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                                                         Facultad de Educación y Psicología

                                                 CÓDIGO É T I C O
                               DE PSICOLOG Í A CL Í N I CA Y PSICOLOG Í A EDUCATIVA
Este CODIGO ÉTICO está destinado a servir como regla de conducta profesional, en el ejercicio de la Psicología. La Coordinación de las Carreras de Licenciatura
en Psicología Clínica y Psicología Educativa velará por su interpretación, aplicación y difusión.

Como profesional en el área de la Psicología me comprometo a:

1. Reconocer que el ejercicio de la Psicología tiene una finalidad humana y social y como objetivos el bienestar, la salud, la calidad de vida, la plenitud del
desarrollo de las personas y de los grupos, en los distintos ámbitos de la vida individual y social.
2. Aceptar que la profesión de Psicólogo/a se rige por principios comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, protección de los
derechos humanos, sentido de responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas, competencia
profesional y solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales.
3. Reconocer que la autoridad profesional del Psicólogo/a se fundamenta en su capacitación y cualificación para las tareas que desempeña.
4. Realizar mi actividad en términos de máxima imparcialidad cuando me halle ante intereses personales o institucionales contrapuestos, considerando que la
prestación de servicios en una institución no exime de la consideración, respeto y atención a las personas que pueden entrar en conflicto con la institución misma.

5. No facilitar cualquier tipo de material estrictamente psicológico, tanto de evaluación como de intervención o tratamiento, a personas no competentes o autorizadas.

6. Ser sumamente cauto(a), prudente y crítico(a), especialmente en mis informes escritos, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y
discriminatorias, del género de normal/anormal, adaptado/inadaptado, o inteligente/deficiente.
7. No realizar ni contribuir a prácticas que atenten a la libertad e integridad física y psíquica de las personas. 8. Colaborar interdisciplinariamente con otros
profesionales, ya que el/la Psicólogo/a no es el único profesional que persigue objetivos humanitarios y sociales.
9. Informar a la Coordinación de la Carrera de Psicología, acerca de violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de reclusión cruel,
inhumanas o degradantes de que sea víctima cualquier persona y de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de mi práctica profesional.
10. No hacer ninguna discriminación de personas por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, credo, ideología, nacionalidad, clase social, o cualquier otra diferencia.
11. No aprovechar la situación de poder que pueda proporcionarme mi estatus para reclamar condiciones especiales de trabajo superiores a las alcanzables en
circunstancias normales.
12. Tener especial cuidado en no crear falsas expectativas que después sea incapaz de satisfacer profesionalmente. En caso de no sentirme capacitado para
atender cualquier caso deberé transferirlo a otro colega capacitado.
13. No aprovechar para lucro o beneficio propio o de terceros, la situación de poder o superioridad que el ejercicio de la profesión pueda conferirme sobre los
clientes.
14. No incurrir en intimidades sexuales con pacientes o clientes con quienes me relacione, ni tampoco aceptar como pacientes o clientes para terapia a personas
con quienes haya tenido algún tipo de intimidad anterior.
15. No realizar maniobras de captación encaminadas a que me sean confiados los casos de determinadas personas.
16. Ofrecer información adecuada sobre las características esenciales de la relación establecida, los problemas que esté abordando, los objetivos y el
método utilizado, al hacerme cargo de una intervención sobre personas, grupos, instituciones o comunidades. En caso de menores de edad o legalmente
incapacitados, se hará saber a sus padres o tutores.
17. Mostrar respeto escrupuloso del derecho de las personas a la propia intimidad en el ejercicio de mi profesión, recabando únicamente la información
estrictamente necesaria para el desempeño de las tareas para las que he sido requerido, y siempre con la autorización del cliente.
18. Velar porque toda la información que recoja en el ejercicio de mi profesión esté sujeta a un deber y a un derecho de secreto profesional, del que, sólo podría
ser eximido por el consentimiento expreso del cliente.
19. Guardar en estricta confidencialidad los informes psicológicos realizados a petición de instituciones u organizaciones, que se encuentren bajo mi responsabilidad.
20. Impedir que personas ajenas puedan tener acceso a los registros escritos y electrónicos de datos psicológicos, entrevistas o resultados de pruebas
que estén bajo mi responsabilidad.
21. Elaborar informes psicológicos claros, precisos, rigurosos e inteligibles para su destinatario.
22. Mantener la confidencialidad en la exposición oral, impresa, audiovisual u otra, de casos clínicos o ilustrativos con fines didácticos o de comunicación o
divulgación     científica, de modo que no sea posible la identificación de la persona, grupo o institución de que se trata.
23. No atribuirme en cualquier medio - anuncios, placas, tarjetas de visita, programas, etc. - una titulación que no poseo. 24. Prestar servicios gratuitos de
evaluación y de intervención a clientes que, no pudiendo pagarlos, se hallan en manifiesta necesidad de ellos.
25. No prestar mis servicios profesionales si hay certeza de que puedan ser mal utilizados o usados en contra de los legítimos intereses de personas,
grupos, instituciones y comunidades.
26. No desacreditar a colegas u otros profesionales y hablar con respeto de las escuelas y tipos de intervención que gozan de credibilidad científica y profesional.
27. Contribuir al progreso de la ciencia y de la profesión psicológica, manteniéndome actualizado(a), acerca de información científica y profesional en mi área e
investigando en mi disciplina, ateniéndome a las reglas y exigencias del trabajo científico y comunicando los resultados a colegas estudiantes y otros profesionales
y/o a través de la docencia.
28. Realizar investigación psicológica experimental u observacional siempre con respeto a la dignidad de las personas y a sus creencias. 29. Mantenerme alerta
ante signos de problemas personales que puedan afectar mi desempeño profesional y buscar ayuda profesional para prevenir un deterioro en dicho desempeño. 30.
Demostrar en mi práctica profesional los principios, valores y creencias que sustento como estudiante de una institución educativa de la iglesia Adventista del
Séptimo Día.




Nombre del estudiante: Betzaida N. Alcántara Salazar Firma:                 Fecha: 24 de Mayo de 2011



(Código Ético basado en información de la Sociedad Mexicana de Psicología y el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España) Nov. 2006, UM,

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Aceptar que la profesión de Psicólogo/a se rige por principios comunes a toda deontología profesional: respeto a la persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad, honestidad, sinceridad para con los clientes, prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas, competencia profesional y solidez de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales. 3. Reconocer que la autoridad profesional del Psicólogo/a se fundamenta en su capacitación y cualificación para las tareas que desempeña. 4. Realizar mi actividad en términos de máxima imparcialidad cuando me halle ante intereses personales o institucionales contrapuestos, considerando que la prestación de servicios en una institución no exime de la consideración, respeto y atención a las personas que pueden entrar en conflicto con la institución misma. 5. No facilitar cualquier tipo de material estrictamente psicológico, tanto de evaluación como de intervención o tratamiento, a personas no competentes o autorizadas. 6. Ser sumamente cauto(a), prudente y crítico(a), especialmente en mis informes escritos, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminatorias, del género de normal/anormal, adaptado/inadaptado, o inteligente/deficiente. 7. No realizar ni contribuir a prácticas que atenten a la libertad e integridad física y psíquica de las personas. 8. Colaborar interdisciplinariamente con otros profesionales, ya que el/la Psicólogo/a no es el único profesional que persigue objetivos humanitarios y sociales. 9. Informar a la Coordinación de la Carrera de Psicología, acerca de violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de reclusión cruel, inhumanas o degradantes de que sea víctima cualquier persona y de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de mi práctica profesional. 10. No hacer ninguna discriminación de personas por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, credo, ideología, nacionalidad, clase social, o cualquier otra diferencia. 11. No aprovechar la situación de poder que pueda proporcionarme mi estatus para reclamar condiciones especiales de trabajo superiores a las alcanzables en circunstancias normales. 12. Tener especial cuidado en no crear falsas expectativas que después sea incapaz de satisfacer profesionalmente. En caso de no sentirme capacitado para atender cualquier caso deberé transferirlo a otro colega capacitado. 13. No aprovechar para lucro o beneficio propio o de terceros, la situación de poder o superioridad que el ejercicio de la profesión pueda conferirme sobre los clientes. 14. No incurrir en intimidades sexuales con pacientes o clientes con quienes me relacione, ni tampoco aceptar como pacientes o clientes para terapia a personas con quienes haya tenido algún tipo de intimidad anterior. 15. No realizar maniobras de captación encaminadas a que me sean confiados los casos de determinadas personas. 16. Ofrecer información adecuada sobre las características esenciales de la relación establecida, los problemas que esté abordando, los objetivos y el método utilizado, al hacerme cargo de una intervención sobre personas, grupos, instituciones o comunidades. En caso de menores de edad o legalmente incapacitados, se hará saber a sus padres o tutores. 17. Mostrar respeto escrupuloso del derecho de las personas a la propia intimidad en el ejercicio de mi profesión, recabando únicamente la información estrictamente necesaria para el desempeño de las tareas para las que he sido requerido, y siempre con la autorización del cliente. 18. Velar porque toda la información que recoja en el ejercicio de mi profesión esté sujeta a un deber y a un derecho de secreto profesional, del que, sólo podría ser eximido por el consentimiento expreso del cliente. 19. 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