La retención en la fuente es el recaudo anticipado de impuestos de renta y complementarios por parte de agentes retenedores como personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales comerciantes con patrimonio superior a 30.000 UVT. Los agentes retenedores deben retener impuestos cuando realicen pagos sujetos a retención, declarar los valores retenidos a la DIAN, expedir certificados de retención y conservar registros contables. No se efectúa retención en la fuente para pagos al Estado, pagos
1. Retención en la fuente Es el recaudo anticipado de los impuestos de renta y complementarios, mediante el cual una persona natural ó jurídica deduce otra un porcentaje determinado del valor por pagar al contado ó a crédito y otros pagos sometidos a retención.
2. Agentes retenedores Según el estatuto tributario, son agentes retenedores: -las personas jurídicas y las sociedades de hecho -las personas naturales que tengan calidad de comerciante y que su patrimonio sea superior a 30.000 uvt. -las entidades de derecho publico y demás entidades del estado.
3. Obligaciones de los agentes retenedores -retener cuando realicen un pago ó abono en una cuenta sujeta a retención -declarar y consignar a favor de la DIAN el valor retenido -expedir certificados de las retenciones practicadas -Conservar los soportes de los registros contables
4. ¿CUANDO NO SE EFECTUA RETENCION EN LA FUENTE? - CUANDO LOS PAGOS EFECTUADOS SON DIRIGIDOS AL ESTADO,DIDTRITOS Y DEPARTAMENTOS. -LOS PAGOS ESPECIALES A LOS BENEFICIARIOS -LOS PAGOS O BONOS CON DISPOCICIONES ESPECIALES O POR OTROS CONCEPTOS
5. NO SON CONTRIBULLENTES -LAS ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO -FONDOS DE PENSIONES , CESANTIAS, INVALIDEZ , PESQUEROS Y AROPECUARIOS -LAS ASOCIACIONES GREMIALES CUANDO NO REALIZAN ACTIVIDADES COMERCIALES , INDUSTRIALES Y MERCADEO