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Notificaciones Telemáticas
Jornada sobre la Gestión de las Notificaciones 
Electrónicas Obligatorias


Cámara de Comercio e Industria de Madrid    17 de enero de 2013
1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES
  1.1 Normativa


     Contexto Normativo interno
  Disposición adicional quincuagésima del Texto Refundido de la Ley General 
  de  la  Seguridad  Social  (redacción  Ley  32/2010):  Establecimiento  de 
  notificaciones  de  actos  administrativos  por  medios  electrónicos,  informáticos  o 
  telemáticos

   Las notificaciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos de actos administrativos 
 1 en el ámbito de la SS se efectuarán en la SEDESS

 2 Los sujetos obligados serán los determinados por  Ministerio de Empleo y Seguridad Social así
    como quienes, sin estar obligados, hubiesen optado por dicha clase de notificación

   Los sujetos no obligados a ser notificados por vía telemática en la SEDESS y que no opten por 
 3 dicha forma de notificación, serán notificados en el domicilio indicado para cada procedimiento, 
   y en su defecto, en el que figure en  los registros de la Administración de la SS

   Las notificaciones de los actos administrativos que traigan causa o se dicten como consecuencia 
 4 de los datos que deban comunicarse electrónicamente a través de Sistema RED, realizadas a los 
   autorizados para dicha transmisión, se efectuarán obligatoriamente en la SEDESS, siendo válidas 
   y vinculantes a todos los efectos legales para las empresas y sujetos obligados, salvo que estos 
   últimos hubiesen manifestado su preferencia porque dicha notificación se les efectúe 
   directamente a ellos o a un tercero

                                                                                                       2
1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES
 1.1 Normativa


   Acciones Normativas pendientes de publicación

   Proyecto de Orden Ministerial      Tiene  por  objeto  establecer  los  supuestos  y  condiciones en  que  los  sujetos 
  de Notificaciones Telemáticas de    están obligados a recibir notificaciones electrónicas mediante comparecencia 
          Seguridad Social            en la SEDESS

                                      Tiene por objeto crear y regular el Registro Electrónico de Apoderamientos de 
   Proyecto de Orden Ministerial 
                                      la  Seguridad  Social para  la  realización  de  trámites  y  actuaciones  por  medios 
   de Registro de Apoderamiento       electrónicos, informáticos y telemáticos


   Proyecto de Orden Ministerial      Tiene  por  objeto  regular  el  Sistema  de  Remisión  Electrónica  de  Datos  (RED)
            Sistema RED               como  un  servicio  para  el  suministro  de  datos  o  documentos  y  realización  de 
                                      actuaciones  administrativas  en  el  ámbito  de  la  Seguridad  Social,  con  el  fin  de 
      ‐Obligatoriedad Carbón‐         facilitar el cumplimiento de las obligaciones en este ámbito

     Resoluciones de la Orden 
                                      Para  incluir los  actos  de  vía  ejecutiva  y  aplazamientos que  se  van  notificar 
    Ministerial de Notificaciones     mediante el sistema NOTESS
            Telemáticas

                                         Resolución  de  la  incorporación  efectiva  al  Sistema  RED  de  las  empresas, 
                                         agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento 
   Resoluciones del Sistema RED
                                         de  la  obligación  de  cotizar encuadrados  en  los  Sistemas  Especiales  del 
      ‐ Obligatoriedad SEAG ‐            Régimen General aún pendientes de su incorporación
                                         Resolución para la modificación de las autorizaciones del Sistema RED

                                                                                                                                    3
1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES
 1.2 Beneficios


  Aspectos de mayor valor para las Empresas 
  y Autorizados RED
 Punto único de acceso para     • Centralización de la recepción y gestión de las notificaciones 
 todas las notificaciones       en el ámbito de la Seguridad Social

 Mayor anticipación en el      • Prontitud en la identificación, toma de decisiones y 
 conocimiento de las 
 incidencias                   subsanación de las incidencias asociadas a la cotización

 Confidencialidad en la        • La  autenticación del receptor impide que terceros ajenos 
 recepción de las 
 notificaciones                accedan a la notificación


                               • Disponibilidad del servicio permanente (24 horas al día, los 
                               365 días del año)
 Agilidad en el acceso a la 
 notificación                  • Acceso telemático a las notificaciones mediante certificado 
                               digital de persona física y jurídica o física vs. Notificación en 
                               papel al domicilio postal



                                                                                                    4
1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES
 1.2 Beneficios


   Aspectos de mayor valor para las Empresas 
   y Autorizados RED
                                •Habrá un sistema de soporte y atención a los ciudadanos y las 
  Atención específica
                                empresas

                                •Almacenamiento de las notificaciones en formato electrónico
  Almacenamiento Seguro 
                                •Verificación de la integridad y veracidad de los documentos

                                 • Gestión íntegra de la empresa con respecto a cotización 
  Gestión íntegra de empresa
                                 social

                                 • Aumento en el número de clientes potenciales tras el 
  Nuevas oportunidades
                                 establecimiento de la obligatoriedad

                                 • Incremento de la cantidad y calidad de los servicios a ofrecer 
  Disponibilidad de servicios
                                 a los usuarios


                                                                                                     5
1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES
 1.3 Fases del Proyecto: Obligatoriedad


  ¿Qué supondrá la obligatoriedad a partir de 2013?



                 Cerca  de  1.500.000  de  empresas  estarán  sujetas  a  la 
                 obligatoriedad de Notificaciones Telemáticas


                 La  comunicación  de  obligatoriedad  a  NOTESS  será
                 enviada  por  correo  postal,  siendo  efectiva  un  mes 
                 después de su recepción


                 Las  empresas  entrarán  a  este  nuevo  sistema de 
                 notificaciones según los criterios de selección


                                                                                6
2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS
 2.1 Sujetos obligados



  ¿Quiénes están obligados a NOTESS?
        Proyecto de Orden Ministerial por la que se regulan las notificaciones por 
                medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social


                      Obligatoriedad permanente
                      Sujetos  obligados a  incorporarse  al  Sistema  RED  con 
                      independencia de que sus CCCs estén de alta o baja


                      Obligatoriedad transitoria
                      Sujetos, que sin estar obligados a incorporarse al Sistema 
                      RED,  se  hayan  adherido  voluntariamente al  mismo  –
                      mientras sigan incorporados al Sistema RED




                                                                                      7
2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS
 2.1 Sujetos obligados


  ¿Quiénes están obligados al Sistema RED?
        Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula el Sistema de Remisión 
                Electrónica de Datos en el ámbito de la Seguridad Social

     • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables:
           obligados  a  cotizar  y  encuadrados  en  cualquiera  de  los  Regímenes  del  Sistema  de  la 
           Seguridad Social
           con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta


     • RETAs, excepto SETAs de cuenta propia, que estén obligados a transmitir por 
       el  Sistema  RED  los  datos  relativos  a  sus  trabajadores,  estarán  también 
       obligados respecto de sus propios datos como trabajadores autónomos


     • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos obligados a cotizar 
       encuadrados  en  los  Sistemas  Especiales  del  Régimen  General,  excepto    el 
       sistema especial de empleados de hogar


                                                                                                              8
2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS
 2.2 Procedimientos incorporados


 ¿Qué procedimientos de la T.G.S.S. 
 estarán sujetos a NOTESS?
                                     Reclamaciones de Deuda
                                     Providencias de Apremio
                                     Actos de Vía Ejecutiva
                                     Procedimientos de Deducción
                                     Aplazamientos (abril)
                            Primer Trimestre
      No habrá más notificaciones en papel de estos procedimientos para 
      los sujetos responsables obligados a NOTESS

                              Durante 2013
       Adaptación a NOTESS de otros procedimientos y aplicaciones
     Incorporación de otros actos administrativos de la SS por Resolución  
   SESS

                                                                              9
2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS
 2.3 Receptores de la notificación



   ¿Quién recibe la Notificación?
   Proyecto de Orden Ministerial por la que se regulan las notificaciones por 
           medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social



            La empresa siempre será objeto de la notificación


                   y el Autorizado RED y usuarios secundarios                    correspondiente 
                                                                                 al CCC principal 
                        Salvo que la empresa:

    A través de SEDESS, determine que será el único receptor de la 
  1
    notificación telemática,
    o
  2 A través del Registro Electrónico de Apoderamiento –REAT‐, designe a un 
    tercero como receptor adicional
                                                                                              10
2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS
 2.3 Receptores de la notificación



  Reglas para la determinación del Receptor




         1. La Empresa SIEMPRE


         2. Si tiene Apoderado       también el Apoderado


         3. Si no tiene apoderado       al autorizado RED 
            del CCC principal




                                                             11

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Notificaciones Telemáticas Obligatorias SS

  • 2. 1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES 1.1 Normativa Contexto Normativo interno Disposición adicional quincuagésima del Texto Refundido de la Ley General  de  la  Seguridad  Social  (redacción  Ley  32/2010):  Establecimiento  de  notificaciones  de  actos  administrativos  por  medios  electrónicos,  informáticos  o  telemáticos Las notificaciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos de actos administrativos  1 en el ámbito de la SS se efectuarán en la SEDESS 2 Los sujetos obligados serán los determinados por  Ministerio de Empleo y Seguridad Social así como quienes, sin estar obligados, hubiesen optado por dicha clase de notificación Los sujetos no obligados a ser notificados por vía telemática en la SEDESS y que no opten por  3 dicha forma de notificación, serán notificados en el domicilio indicado para cada procedimiento,  y en su defecto, en el que figure en  los registros de la Administración de la SS Las notificaciones de los actos administrativos que traigan causa o se dicten como consecuencia  4 de los datos que deban comunicarse electrónicamente a través de Sistema RED, realizadas a los  autorizados para dicha transmisión, se efectuarán obligatoriamente en la SEDESS, siendo válidas  y vinculantes a todos los efectos legales para las empresas y sujetos obligados, salvo que estos  últimos hubiesen manifestado su preferencia porque dicha notificación se les efectúe  directamente a ellos o a un tercero 2
  • 3. 1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES 1.1 Normativa Acciones Normativas pendientes de publicación Proyecto de Orden Ministerial  Tiene  por  objeto  establecer  los  supuestos  y  condiciones en  que  los  sujetos  de Notificaciones Telemáticas de  están obligados a recibir notificaciones electrónicas mediante comparecencia  Seguridad Social en la SEDESS Tiene por objeto crear y regular el Registro Electrónico de Apoderamientos de  Proyecto de Orden Ministerial  la  Seguridad  Social para  la  realización  de  trámites  y  actuaciones  por  medios  de Registro de Apoderamiento electrónicos, informáticos y telemáticos Proyecto de Orden Ministerial  Tiene  por  objeto  regular  el  Sistema  de  Remisión  Electrónica  de  Datos  (RED) Sistema RED  como  un  servicio  para  el  suministro  de  datos  o  documentos  y  realización  de  actuaciones  administrativas  en  el  ámbito  de  la  Seguridad  Social,  con  el  fin  de  ‐Obligatoriedad Carbón‐ facilitar el cumplimiento de las obligaciones en este ámbito Resoluciones de la Orden  Para  incluir los  actos  de  vía  ejecutiva  y  aplazamientos que  se  van  notificar  Ministerial de Notificaciones  mediante el sistema NOTESS Telemáticas Resolución  de  la  incorporación  efectiva  al  Sistema  RED  de  las  empresas,  agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento  Resoluciones del Sistema RED de  la  obligación  de  cotizar encuadrados  en  los  Sistemas  Especiales  del  ‐ Obligatoriedad SEAG ‐ Régimen General aún pendientes de su incorporación Resolución para la modificación de las autorizaciones del Sistema RED 3
  • 4. 1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES 1.2 Beneficios Aspectos de mayor valor para las Empresas  y Autorizados RED Punto único de acceso para  • Centralización de la recepción y gestión de las notificaciones  todas las notificaciones en el ámbito de la Seguridad Social Mayor anticipación en el  • Prontitud en la identificación, toma de decisiones y  conocimiento de las  incidencias subsanación de las incidencias asociadas a la cotización Confidencialidad en la  • La  autenticación del receptor impide que terceros ajenos  recepción de las  notificaciones accedan a la notificación • Disponibilidad del servicio permanente (24 horas al día, los  365 días del año) Agilidad en el acceso a la  notificación • Acceso telemático a las notificaciones mediante certificado  digital de persona física y jurídica o física vs. Notificación en  papel al domicilio postal 4
  • 5. 1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES 1.2 Beneficios Aspectos de mayor valor para las Empresas  y Autorizados RED •Habrá un sistema de soporte y atención a los ciudadanos y las  Atención específica empresas •Almacenamiento de las notificaciones en formato electrónico Almacenamiento Seguro  •Verificación de la integridad y veracidad de los documentos • Gestión íntegra de la empresa con respecto a cotización  Gestión íntegra de empresa social • Aumento en el número de clientes potenciales tras el  Nuevas oportunidades establecimiento de la obligatoriedad • Incremento de la cantidad y calidad de los servicios a ofrecer  Disponibilidad de servicios a los usuarios 5
  • 6. 1. OBJETIVOS Y ANTECEDENTES 1.3 Fases del Proyecto: Obligatoriedad ¿Qué supondrá la obligatoriedad a partir de 2013? Cerca  de  1.500.000  de  empresas  estarán  sujetas  a  la  obligatoriedad de Notificaciones Telemáticas La  comunicación  de  obligatoriedad  a  NOTESS  será enviada  por  correo  postal,  siendo  efectiva  un  mes  después de su recepción Las  empresas  entrarán  a  este  nuevo  sistema de  notificaciones según los criterios de selección 6
  • 7. 2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS 2.1 Sujetos obligados ¿Quiénes están obligados a NOTESS? Proyecto de Orden Ministerial por la que se regulan las notificaciones por  medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social Obligatoriedad permanente Sujetos  obligados a  incorporarse  al  Sistema  RED  con  independencia de que sus CCCs estén de alta o baja Obligatoriedad transitoria Sujetos, que sin estar obligados a incorporarse al Sistema  RED,  se  hayan  adherido  voluntariamente al  mismo  – mientras sigan incorporados al Sistema RED 7
  • 8. 2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS 2.1 Sujetos obligados ¿Quiénes están obligados al Sistema RED? Proyecto de Orden Ministerial por la que se regula el Sistema de Remisión  Electrónica de Datos en el ámbito de la Seguridad Social • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables: obligados  a  cotizar  y  encuadrados  en  cualquiera  de  los  Regímenes  del  Sistema  de  la  Seguridad Social con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta • RETAs, excepto SETAs de cuenta propia, que estén obligados a transmitir por  el  Sistema  RED  los  datos  relativos  a  sus  trabajadores,  estarán  también  obligados respecto de sus propios datos como trabajadores autónomos • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos obligados a cotizar  encuadrados  en  los  Sistemas  Especiales  del  Régimen  General,  excepto    el  sistema especial de empleados de hogar 8
  • 9. 2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS 2.2 Procedimientos incorporados ¿Qué procedimientos de la T.G.S.S.  estarán sujetos a NOTESS? Reclamaciones de Deuda Providencias de Apremio Actos de Vía Ejecutiva Procedimientos de Deducción Aplazamientos (abril) Primer Trimestre No habrá más notificaciones en papel de estos procedimientos para  los sujetos responsables obligados a NOTESS Durante 2013 Adaptación a NOTESS de otros procedimientos y aplicaciones Incorporación de otros actos administrativos de la SS por Resolución   SESS 9
  • 10. 2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS 2.3 Receptores de la notificación ¿Quién recibe la Notificación? Proyecto de Orden Ministerial por la que se regulan las notificaciones por  medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social La empresa siempre será objeto de la notificación y el Autorizado RED y usuarios secundarios correspondiente  al CCC principal  Salvo que la empresa: A través de SEDESS, determine que será el único receptor de la  1 notificación telemática, o 2 A través del Registro Electrónico de Apoderamiento –REAT‐, designe a un  tercero como receptor adicional 10
  • 11. 2. MARCO DE DESARROLLO DE NOTESS 2.3 Receptores de la notificación Reglas para la determinación del Receptor 1. La Empresa SIEMPRE 2. Si tiene Apoderado también el Apoderado 3. Si no tiene apoderado  al autorizado RED  del CCC principal 11