1. MONTOYA RUIZ, Ana Milena. NIÑOS Y JÓVENES EN LA
GUERRA EN COLOMBIA. APROXIMACIÓN A SU
RECLUTAMIENTO Y VINCULACIÓN. Opinión Jurídica Universidad
de Faldellín VOLUMEN 13. Número 7 enero- junio, 2008; pp. 37-
51. ezproxy.udem.edu.co. 04, septiembre, 2012. ISSN 2248-4078.
INFORME DE LECTURA
El artículo se desarrolla en cuatro temas :
· Concepto de menores combatientes.
· Formas de ingreso y construcción de vínculos con los actores armados.
· Recorrido general del reclutamiento de menores en el conflicto armado
Colombiano
· Niños combatientes: víctimas en condición especial, pero sin voz.
Según la autora la participación de los niños y los jóvenes en los grupos
armados a nivel mundial y en Colombia se visibilizo a partir de la década del
90. En el plano internacional por la declaración de principios de la ciudad del
Cabo, que se constituyó en una guía para mejorar las prácticas de prevención de
reclutamiento de niños en las fuerzas armadas, la desmovilización y la
reinserción de los niños /as soldados. En esos principios se señala también la
necesidad de que los estados adopten medidas administrativas y judiciales para
que los menores de 18 años no sean utilizados por grupos ilegales.
Se hace una diferenciación entre vinculación y reclutamiento, entendiendo la
primera como una participación indirecta, la que también puede darse por grupos
estatales. Se concreta cuando se utilizan los niños y jóvenes en labores de
inteligencia, información y patrulleros cívicos, concretamente en la policía
nacional. El reclutamiento es aquella modalidad en la que ésta población hace
parte directa del grupo: cuentan con armas, utilizan uniformes, tienen formación
ideológica y de combate y realizan labores militares.
Hay una amplia legislación internacional, la cual ha sido adoptada por Colombia
para prohibir el reclutamiento de menores y a pesar de que todos grupos se han
comprometido a respetar estas legislaciones, esto no ha ocurrido,
desconociéndose en la actualidad cifras reales de los niños y adolescentes que
hacen parte de las filas como combatientes.
A nivel nacional existen cantidad de leyes entre las cuales se presentan vacios,
prueba de eso es la ley de infancia y adolescencia donde se señala que son niños
las personas entre 0 y 12 años y jóvenes entre 12 y 18 años y la ley de la juventud
2. define como niños los que están entre 0 y 12 y como jóvenes entre 12 y 24 años,
esto se constituye en una dificultad a la hora definir políticas de atención.
Igualmente, hay desconocimiento de la situación por la que pasan estos niños y
jóvenes integrantes de los grupos irregulares, pero se tiene claro que los
excombatientes están más desprotegidos en cuanto a sus derechos como salud,
seguridad.
Se deben plantear políticas públicas tanto para la prevención como para el
desarme, la desmovilización y la reintegración de los menores afectados por la
violencia armada. Así mismo, para proteger a los que están en riesgo de ser
reclutados y especialmente reparar a los excombatientes, que por ser victimas en
condición especial deben ser tratados con preferencia en la justicia, la verdad y la
reparación. De igual forma, la reparación debe contemplar restitución,
compensación y rehabilitación, donde se constituye igualmente como un aspecto
clave a tener en cuenta la garantía de la no repetición.
Es importante la distinción que se hace en el texto sobre las características
particulares del reclutamiento y la vinculación, ya que dado sus especificidades
generan consecuencias diferentes, pero no menos graves para los involucrados y
quienes requieren ser visibilizados teniendo en cuenta sus casos concretos para
que la atención que se les brinde responda efectivamente y se convierta en una
garantía.