El documento propone la creación de un Área de Criminología en un Centro de Atención para Adolescentes en Conflicto con la Ley. El Área clasificaría y diagnosticaría criminológicamente a los menores y diseñaría tratamientos individualizados. Contaría con departamentos de recepción y vinculación al exterior para coordinar con autoridades. El objetivo es brindar un tratamiento integral e interdisciplinario que permita la reinserción social de los adolescentes.
Propuesta para un Área de Criminología en un Centro de Atención para Adolescentes
1. Propuesta para creación
del Área de
Criminología
Centro de atención para adolescentes en
conflicto con la ley
Hector Manuel Gutiérrez Alvarez
2. Bases Históricas
“Consideramos indispensable incluir en este estudio una parte historia,
en cuanto a la historia no solamente tiene un interés anecdótico, o
simplemente cultural, sino una utilidad real, ya que múltiples rasgos
psicológicos son perpetuados a través de los siglos, y perduran en la
forma de reaccionar y de actuar de un pueblo, algunos a nivel
inconsciente y aceptados y promovidos por el mismo pueblo; otros más
se captan a nivel inconsciente, pero sin identificar su profunda
simbología ni su conexión con el pasado”
3. Precolombino
- Mayas El Derecho Penal Maya, era bastante severo: muy comunes las penas
corporales y la pena de muerte y excluyente la minoría de edad
- Chichimecas La fiereza de sus costumbres no se reflejaba al interior del grupo
ya que compartían lo que tenían entre todos
- Aztecas “La educación familiar deberá ser muy severa” una estricta vigilancia
familiar y los jóvenes y niños siempre los mantenían ocupados, tenían
establecidos tribunales para menores, cuya residencia eran las escuelas
4. México en 1800
(1848-1851) se fundó la casa de Tecpan de
Santiago, llamada también Colegio
Correccional de San Antonio, casa que
recibió a menores delincuentes de 16 años,
sentenciados o procesados.
En 1871 aparece el Primer Código Penal
Mexicano en materia federal.
La reclusión preventiva en establecimiento
de educación correccional
Podrá salir si acredita que puede volver al
seno de su familia sin peligro para la
sociedad, por haber mejorado conducta y
concluido su educación, ó porque pueda
terminarla fuera del establecimiento
Época Colonial
Durante esta época destacan la
creación de instituciones
asistenciales para los menores a
través de las instituciones
educativas.
La ley IV de Carlos V del 3 de
octubre de 1533confirmada por
Felipe II en 1558 y 1569, nos da
como referencia de mayoría de
edad a los 18 años
5. México 1900
Hubo pabellones para menores,
cuando no existían instituciones
destinadas específicamente para
ellos, y se les conocía como
“departamentos de pericos”
1912 y sugirió no enviar a los
menores de 18 años a prisión y
crear un Tribunal de Menores
Una Segunda reforma al Artículo 18
de la Constitución Mexicana fue en
1965 y aludió a “menores
infractores”
México Actual
La reforma del artículo 18
constitucional realizada en 2005 se
cuenta entre las modificaciones
legales de mayor trascendencia
debido a sus profundas
implicaciones y a los importantes
retos que plantea al sistema
institucional de justicia para
adolescentes acusados de la
comisión de una conducta
tipificada como delito por las leyes
penales.
Se instauró un sistema de justicia
penal juvenil garantista de acuerdo
con los Derechos del Niño,
denominado “Sistema Integral de
Justicia para Adolescentes”.
6. En México, el monto de la población joven aumentó de 1990 a 2014 de 23.9 a 31.4
millones
7. Conocer los tipos y frecuencia de las conductas delictivas
que cometen los menores, nos permite a su vez conocer
también conductas que contribuyan en saber hacia
donde debemos encaminar nuestros esfuerzos como
sociedad.
8. Una sociabilización inadecuada del niño, debilita las relaciones de los
jóvenes hacia los grupos convencionales como pueden ser la familia, la
escuela, la sociedad y le induce a crear vínculos con otros grupos en los
que va encontrando eco a su desintegración y donde refuerza su
conducta desviada, recordando que el adolescente es un ser
biospicosocial.
El hábitat donde se desarrolle el menor puede modelarlo
fácilmente, debido a la maleabilidad y adaptabilidad que este
posee, tanto lo puede ayudar a formarse o a deformarse
Por lo general el menor de edad posee una capacidad más
amplia que la de los adultos para adaptarse a los cambios de
ambiente, lo cual puede generar actitudes que los adultos
llegan a considerar antisociales.
10. En cifras de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos, que agrupa a 33 países miembros, nos
indica que México ocupa el primer lugar, en violencia física,
abuso sexual y homicidios de menores de 14 años y que hasta
35 mil menores han sido reclutados por el crimen organizado
en los últimos cuatro años.
Y que influye en la comisión de delitos, donde se encuentran
involucrados directa o indirectamente los adolescentes
11. La PGR afirma que los principales delitos por los
cuales los menores infractores llegaron ante el
Ministerio Público fueron: robo, 38 por ciento; faltas
administrativas, 35 por ciento; contra la vida, la
integridad y la seguridad de las personas, 12 por
ciento; contra la salud, 6 por ciento; contra la
integridad y libertad sexual, 4 por ciento; y el resto
por diversos delitos.
15. 12 DE DICIEMBRE DE 2005 SE DIO A CONOCER EL DECRETO POR EL CUAL SE
REFORMO EL PÁRRAFO CUARTO Y SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS QUINTO Y SEXTO
Y SE RECORRE EN SU ORDEN LOS ÚLTIMOS DOS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 18 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
EL PRINCIPAL OBJETICO DE LA ACTUAL REFORMA ES ESTABLECER UN SISTEMA DE
SANCIONES PARA QUE EN VERDAD SE REINTEGRE Y SE REINCORPORE A LOS
ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL A LA SOCIEDAD
16. A. Aplique efectivamente un sistema de justicia de adolescentes conforme los criterios y
lineamientos establecidos por Convención sobre los Derechos del Niño, instrumentos
internacionales, así como la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes.
B. Garantice el mejoramiento de las condiciones de los adolescentes que viven en centros de
internamiento.
C. Cree centros especializados para la rehabilitación de los adolescentes que viven en
conflicto con la ley penal.
D. Prohíba el empleo de la violencia por los agentes de orden público en los centros
previstos para los adolescentes.
E. Que dicho sistema se cerciore de que la privación de la libertad se utiliza solo como último
recurso.
F. Además busque garantizar el rápido acceso a la justicia de los adolescentes en detención
preventiva.
G. Conciba soluciones distintas a la privación de la libertad.
H. Refuerce los programas de formación sobre las normas internacionales pertinentes para
jueces profesionales y el personal que trabajaría en la justicia de adolescentes.
17. Ley para el Tratamiento
de Menores Infractores,
para el Distrito Federal en
Materia de Fuero Común
y para toda la Republica
en Materia Federal
Tiene por objeto reglamentar la función del Estado en
la protección de los derechos de los menores, así
como en la adaptación social de aquéllos cuya
conducta se encuentra tipificada en las leyes penales
federales y del Distrito Federal
Se promoverá que en todo lo relativo al
procedimiento, medidas de orientación, de
protección y de tratamiento, los consejos y tribunales
para menores de cada entidad federativa
Nos indica que los órganos del consejo de menores y
cuales son sus funciones, entre ellos se encuentra el
Comité Técnico Interdisciplinario que estará integrado
por diversas Áreas tomando encuentra a un
Criminólogo
18. Nos indica que las personas de entre 12 años cumplidos y
menores de 18 años de edad, denominados adolescentes, a
quienes se atribuya o compruebe la realización de una conducta
tipificada como delito en las leyes estatales
Las personas de entre 18 años cumplidos y menores de 25 de
edad a quienes se atribuya o compruebe la realización de una
conducta tipificada como delito en las leyes estatales, cometida
cuando eran adolescentes, a quienes se les aplicará el Sistema
Estatal Integral de Justicia para Adolescentes en todo aquello
que proceda
Atribuciones del Centro de Atención es procurar la plena
reincorporación familiar, social y cultural de los adolescentes;
Estar en contacto permanente con los padres, familiares,
tutores, o con quienes ejerzan la patria potestad o la custodia de
adolescentes sujetos a alguna de las medidas a que se refiere el
título cuarto de esta ley, a fin de mantenerlos informados sobre
el cumplimento de ésta y sobre su estado físico y mental;
Ley de Justicia Integral Para
Adolescentes del Estado de
Jalisco
19. Las medidas de orientación y protección consisten en
apercibimientos, mandamientos, prohibiciones o la
aplicación de talleres en su caso, con el fin de regular el
modo de vida de los adolescentes en lo que se refiere a
conductas que afectan el interés de la sociedad,
protegiendo sus derechos, promoviendo su formación,
la comprensión del sentido que tiene la medida, el
fomento de vínculos socialmente positivos y el pleno
desarrollo de su personalidadre del miembro del grupo
21. El Objetivo principal del Área de Criminología es la de
proporcionar al adolescente en conflicto con la ley, el
tratamiento y que este sea integral, porque se basará en
todos los aspectos que conforman el desarrollo
biopsicosociohistorico del menor, de manera secuencial,
porque llevará una evolución ordenada en función de sus
actitudes; teniendo muy presente que dicho tratamiento es y
debe ser interdisciplinario y esto es por la participación de las
demás Áreas que conforman el Consejo Tecnico
Interdisciplinario en los programas del tratamiento.
22. Área de Criminología para el Centro de
Atención Para Adolescentes en Conflicto
con la Ley
(Dirección)
Departamento de
vinculación al exterior
Departamento de
Recepción
23. Área de Criminología para el Centro de Atención Para Adolescentes en
Conflicto con la Ley
(Dirección)
•Clasificar a los menores, atendiendo sólo a criterios científicos y se tendrá en
consideración, la edad mental y física, el sexo, el tipo de personalidad, el estado de
salud física o mental y la conducta observada en el exterior, rasgos de personalidad,
gravedad de la infracción y demás características que presenten.
•Iniciar con la integración del Criminodiagnostico, tomando en cuenta: Nombre, edad,
grado de escolaridad, estado civil, religión, costumbre, nivel socioeconómico y cultural
y la conducta precedente del adolescente.
•Reportar las irregularidades que se perciban en los diferentes sectores del
tratamiento y solicitar orientación y apoyo de los demás miembros del Consejo Técnico
Interdisciplinario
•Realizar los ajustes o modificaciones del tratamiento, en relación con la evolución de
la problemática de personalidad del adolescente, consultando a los diferentes
Directores de Área del Centro.
24. Departamento
de Recepción
Las funciones de este estarán
íntimamente ligadas al Ministerio
Público y con el Juez especializado en
asuntos para adolescentes en
conflicto con la ley.
Coordinándose directamente con el
Departamento de Vinculación al
Exterior, sin que sea necesario
triangular sus requerimientos entre la
Dirección del Área de Criminología y
el Departamento de Vinculación al
exterior.
25. Ministerio Público
Centro de Atencion
para Adolescentes
en conflicto con la
Ley
Área de
Criminología
Ministerio Público
Departamento de
Recepción
Departamento de
Vinculación al
Departamento de
Recepcion
Exterior
Departamento de
Recepcion y Área de
Criminología
Juez especializado
en Adolescentes
Área de
Criminología
26. Departamento
de Vinculación al
Exterior
Tiene como finalidad las primeras
investigaciones como apoyo al
Departamento de Recepción desde
los primeros momentos en que se
encuentra el adolescente ante un
Ministerio Público y después llevar y
organizar con la autorización del Área
de Criminología y avaladas por parte
del Comité Técnico Interdisciplinario
las medidas a tomar afuera del
Centro.
28. El apoyo a los adolescentes en conflicto con la ley deberá ser
integral, con la participación tanto de las instituciones de
resguardo, como de la propia familia, escuela, y su comunidad
siendo necesario su apoyo desde antes su sentencia, durante y
aún cuando este haya sido dado de alta del tratamiento por
parte del Área de Criminología y demás Áreas integrantes del
Comité Técnico Interdisciplinario. Y que dicho tratamiento
sugerido e implementado de manera específica y personalizada
para la integración pronta hacia una nueva vida, aunque el caso
idóneo es el que no llegase a ingresar a una Institución como
medida de reinserción
Notas del editor
Hemos diseñado esta plantilla para que cada miembro del equipo del proyecto tenga un conjunto de diapositivas con su propio tema donde presentar su investigación. De esta manera, los miembros agregan una nueva diapositiva al conjunto:
Marque el lugar donde desea agregar la diapositiva Seleccione una existente en el panel Miniaturas, hagaclic en el botón Nueva diapositiva, luego elija un diseño.
La nueva diapositiva tiene el mismo tema que la anterior que seleccionó.
Tenga cuidado. No moleste a los demás moderadores al cambiar accidentalmente sus temas. Eso puede suceder si elige un tema Variante de la pestaña Diseño, que aplica esa apariencia a todas las diapositivas de la presentación.