1. 1ª Mencione los aspectos más importantes de la constitución nacional de 1830
1)En cuanto a la forma de Estado establece un sistema que se ha llamado centro federal,
pues aunque consideraba al Estado como unitario, centralista, daba a las provincias que lo
componían considerable autonomía, con una Asamblea o Diputación provincial electa por
los cantones que componían a cada provincia, con facultades de proposición en el
nombramiento o designación de los gobernadores de ellas y en los miembros de las cortes
superiores de los distritos judiciales en que a estos fines se dividió la República;
2) El sistema electoral continuó siendo indirecto y censitario;
3) Se mantuvo como en toda la historia constitucional del país la división de poderes, con
un sistema presidencialista, pero prohibió la reelección inmediata del presidente de la
República;
4) El Poder Legislativo se mantuvo bicameral, igualmente como a través de las varias
constituciones que nos han regido, con una Cámara del Senado y una de Representantes,
pero la Cámara del Senado está compuesta por 2 senadores por cada provincia, afirmando
así la igualdad de cada una de ellas, principio éste que es una de las características normales
de los estados federales y que ha sido continuo en nuestra historia, hasta las últimas
constituciones que en cierta forma lo atenúan y se separan en algo del mismo;
5) La materia de derechos individuales continúa la tendencia ya expresada en la
Constitución de 1811 y resume éstos en la libertad civil, la seguridad individual, la
propiedad y la igualdad. Nada dice la Constitución sobre la libertad religiosa y de cultos,
quizás por considerarla subsumida dentro de la libertad de expresión o regulada por la Ley
de patronato eclesiástico, adoptada por la Gran Colombia en 1824;
6) En materia de nacionalidad afirma como preponderante el sistema del jus soli, por el cual
son nacionales los nacidos en el territorio patrio, dando sólo cabida subsidiaria al jus
sanguinis, esto es, la atribución de la nacionalidad por la nacionalidad de los padres con
independencia del lugar de nacimiento;
7) Consagra en materia territorial el principio de que el territorio de Venezuela es el mismo
que correspondía a la capitanía general de Venezuela antes de la transformación política de
1810, conocido con el nombre de uti possidetis juris y que es el que, con variantes de
redacción, han consagrado hasta hoy todas las constituciones posteriores de Venezuela;
8) Instituye un órgano que denominó Consejo de Gobierno, constituido por miembros del
Parlamento, electos por éste, y los ministros del despacho, con funciones consultivas y
electivas ya que en algunos casos elegía a los vicepresidentes de la República.
2. 2ª mencione los aspectos más resaltantes de la constitución posteriores a 1830-1857-
1856-1869-1874-1881-1893-1901-1904-1909-1914-1922-1925-1928-1931.
* Establece el inicio de Quinta República de Venezuela.
* Cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de
Venezuela".
* Se ratifica a Venezuela como un Estado Federal democrático social de derecho y justicia.
* La división política se divide en Estados, Distrito Capital, Dependencias Federales y
Territorios Federales.
* Cambio de Gobierno representativo a participativo.
* Aumento de los Derechos Políticos, Económicos, Sociales, Familiares, Educativos, del
Trabajo y de la Salud.
* Aumento de los Poderes Públicos Nacionales de 3 a 5 quedando los Poderes
independientes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el
orden jurídico del Poder Público en Nacional, Estadal y Municipal.
* Pre-Eliminación del Senado de la República y el cargo de Senador vitalicio, estableciendo
un Poder Legislativo unicameral.
* Mayor poder presidencial.
* Pre-Reaparición del cargo de Vicepresidente.
* Aumento del periodo presidencial de 5 a 6 años, con una sola reelección inmediata.
* Aparición de los referendos revocatorios para todos los cargos de elección popular a
mitad de su periodo Constitucional.
* Aparición de otros cargos públicos como el Defensor del Pueblo.
* La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.
* Establece la creación de la Policía Nacional
* Establece que la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela S.A. pertenecen al
Estado venezolano.
* Aumento de los Derechos Fundamentales de los Indígenas venezolanos tanto en cultura,
territorio e idiomas. Se distingue el término de Pueblos Indígenas que le otorga ésta
constitución del que se le da en el Derecho Internacional.
4ª que es centralismo
El centralismo (del latín centra, un solo lugar; y lismo, persona) es el sistema de
organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un
mismo centro, sin tener en cuenta las diferentes culturas o pueblos a quienes afecta.
El centralismo es un modelo de gobierno en el que las decisiones políticas se toman
desde el gobierno central. Durante el siglo XXI ha estado en declive esta forma de
gobierno sobreviviendo sólo en Francia donde ha tenido una gran tradición, así
como en varios países latinoamericanos.
3. 5ª que es federalismo
El federalismo es una importante doctrina política que busca que una entidad política u
organización esté formada por distintos organismos
(Estados, asociaciones, agrupaciones, sindicatos) que se asocian delegando algunas
libertades o poderes propios a otro organismo superior, a quien pertenece la soberanía,
(Estado federal o federación) y que conservan una cierta autonomía, ya que algunas
competencias les pertenecen exclusivamente. En otras palabras, es un sistema político en el
cual las funciones del gobierno están repartidas entre un poder central y un grupo de
estados asociados.
4. República bolivariana de Venezuela
Ministerio el poder popular para la educación
U.E.N.: Prof. Rafael aridus Guzmán
4ª sección “C”
San feliz, EDO- bolívar
Prof. Integrantes:
julitza Salazar
María Rodríguez
Yenifer Figueroa
Yrenes Hernández
Ciudad Guayana, 29/10/2011
5. Introducción
Esta República existió (jurídicamente) entre 1821 y 1831, y se configuró a partir de la unión de las
anteriores entidades coloniales denominadas Virreinato de la Nueva Granada, Capitanía General
de Venezuela y Real Audiencia de Quito, al igual que la Provincia Libre de Guayaquil. Su superficie
correspondía a los territorios de las actuales repúblicas
de Colombia, Venezuela, Ecuador y Panamá así como a pequeñas porciones de terreno que hoy
pertenecen a Costa Rica, Perú, Brasil, Guyana y Nicaragua.
El país se disolvió a finales de la década de 1820 e inicios de la de 1830, por las grandes
diferencias políticas que existían entre partidarios del federalismo y el centralismo, así como por las
tensiones regionales entre los pueblos que integraron la República.