2. La Asamblea Nacional de la República
Bolivariana de Venezuela es el
órgano unicameral que ejerce el poder
legislativo en dicho país.
Está conformada por
167 diputados. Nace después de
la aprobación de la Constitución
de 1999, reemplazando al
anterior Congreso de la
República, que era un
órgano bicameral.
Actualmente es presidida por Henry
Ramos Allup. La actual Asamblea se
instaló el 5 de enero de 2016 y
ejercerá sus funciones hasta el 5 de
enero de 2021.
Para dirigir la Asamblea Nacional los
diputados eligen un Presidente, dos
Vicepresidentes, un Secretario y un
Subsecretario, por periodos de un año
por la mayoría de los votos afirmativos
de la Cámara, y además se nombrarán
Comisiones Permanentes, ordinarias y
especiales y a su vez Subcomisiones.
3. Poder Ejecutivo
Nacional en Venezuela
es representado por el
Presidente, el
Vicepresidente, los
Ministros y el
Procurador General de
la República.
Los integrantes del
poder ejecutivo
conforman el gabinete
ejecutivo del gobierno
de Venezuela,
presidido por el
presidente ejecutivo,
quien es el Jefe de
Estado y el Jefe de
Gobierno.
El cargo de
Vicepresidente de la
República es de libre
nombramiento y
remoción por parte del
Presidente de la
República
Los Ministros o
Ministras son órganos
directos del Presidente
o Presidenta de la
República, y reunidos
conjuntamente con
este o ésta y con el
Vicepresidente
Ejecutivo o
Vicepresidenta
Ejecutiva
Es elegido a su cargo
por un período de 6
años; aparte, puede
ser reelecto de manera
continua para periodos
adicionales, en
elecciones generales,
universales, secretas y
directas
4. El Poder Judicial
de Venezuela es
ejercido por
el Tribunal
Supremo de
Justicia y otros,
que se subdividen
en Cortes de
Apelaciones,
Tribunales
Superiores entre
otros.
se fundamenta en
la Constitución de
la República y en la
Ley Orgánica del
Tribunal Supremo
de Justicia.
El Tribunal Supremo
de Justicia, es
el máximo
tribunal de Venezuela
. Está formado por
32 magistrados
Las salas son: Sala
de Casación Civil,
Sala de Casación
Penal,
Sala de Casación
Social, Sala
Político-
Administrativa, Sala
Electoral.
El magistrado
presidente será un
miembro de la
Junta Directiva, que
estará conformado
por el Presidente o
Presidenta de cada
una de las Salas.
5. El Poder Ciudadano forma parte del Poder
Público Nacional y se ejerce por el Consejo
Moral Republicano, el cual es su órgano de
expresión, integrado por el Defensor o
Defensora del Pueblo, el Fiscal o la Fiscal
General de la República, y el Contralor o
Contralora General de la República.
Se establece a través de la Ley
Orgánica del Poder Ciudadano que
uno o una de los titulares de estas
instituciones será designado por el
Consejo Moral Republicano como su
Presidente o Presidenta por un
período de un año, pudiendo ser
reelecto o reelecta.
La Contraloría General
de la República, Se
encarga de velar por la
transparente
administración del
patrimonio público del
Estado venezolano.
La Defensoría del
Pueblo según la
Constitución tiene como
finalidad la promoción,
vigilancia y defensa de
los Derechos humanos
El Poder Ciudadano es
independiente de los
demás Poderes Públicos y,
en consecuencia, no podrá
ser impedido o coartado en
el ejercicio de sus
funciones por ninguna
autoridad.
El Ministerio
Público estará
bajo la dirección
del o de la Fiscal
General de la
República.
6. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) estableció en la
sentencia n.° 1.556 del 9 de julio de 2002 que dicha sala podía nombrar a los rectores del CNE
en caso de que no se diera en la Asamblea
Nacional los votos de las dos terceras partes (2/3)
de los diputados necesarios para la escogencia.
La decisión de la Sala Constitucional del TSJ se
basó en el numeral 7 del artículo 336 de la
Constitución de 1999.
Los miembros del CNE se denominan Rectores, terminología que no está en la Constitución de
1999 pero si en la Ley Orgánica del Poder Electoral de noviembre de 2002.
El Consejo Nacional Electoral estará
integrado por cinco personas no vinculadas
a organizaciones con fines políticos
tres de ellos o ellas serán postulados o
postuladas por la sociedad civil, uno o una
por las facultades de ciencias jurídicas y
políticas
El Consejo Nacional Electoral (CNE) es el organismo que rige el Poder Electoral, el cual
es uno de los 5 poderes en el que se divide el Poder Público de Venezuela.
El CNE es responsable y garante de la
transparencia de los procesos electorales y
refrendarios que se llevan a cabo en la
nación.
Es de su competencia normar, dirigir y
supervisar las actividades de sus órganos
subordinados
7. Con la vigencia de la nueva Constitución Nacional de 1999, el Poder Público se
transformó del tradicional esquema de tres poderes, heredado de las ideas de
Charles Montesquieu (1689-1755) y Juan Jacobo Rousseau (1712-1778), a
una estructura de cinco poderes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y
Electoral.
En el caso del Poder
Ejecutivo, la nueva
Constitución de 1999
introduce la novedad del
Vicepresidente Ejecutivo. El
Presidente de la República
continúa ejerciendo la
jefatura.
El sistema de justicia está
constituido por el Tribunal
Supremo de Justicia, los
demás tribunales que
determine la ley
Los órganos que ejercen
el Poder Ciudadano,
tienen a su cargo,
prevenir, investigar y
sancionar los hechos que
atenten contra la ética.
La Asamblea Nacional Constituyente
decretó un Régimen de Transición del
Poder Público , para realizar los cambios
pertinentes de la pasada Constitución
Nacional a la aprobada en referendo del
15 de diciembre de 1999.