1. El delito
Prólogo
Desde el punto de vista que el ser humano muestra cualidades para actuar con
voluntad libre y a la vez desarrollar por naturaleza ya sea sus habilidades y destrezas
, tomando en cuenta como como única limitante, a la libertad, su propia naturaleza.
En la sociedad muchos americanos (ecuatorianos) sin duda alguna tenemos en cuenta
que nuestra libertad esta esta forzosamente en marcada con el respeto, hacia los
demás ciudadanos, de aquí podríamos referirnos a que concurren normas o reglas
para toda la sociedad se podría decir para todo un conjunto de miembros
organizados hacia una función específica que podría ser la organización que moviliza
una nación, en la cual enmarca una igualdad de ejercicios de derechos y desarrollo de
cada uno de nosotros .
Obtendríamos que esta hipótesis abarca el derecho en general , es decir que el
derecho es una norma de cumplimiento, obligatorio para toda la sociedad que rige o
es nombrada como nacional por un estado que según la ley estipula, Desde luego, la
manifestación del derecho, en su aspecto práctico y real, es por medio o a través de la
ley. En la cual se manifiesta entre las necesidades o interés de la sociedad, para que
tengan una mejor convivencia entre sí, y su relación con las instituciones del estado
,en la cual la misma ley lo viene a denominar como delito.
Es decir seria la causa o la infracción que un miembro de la sociedad que incumpliría
en la misma ley creada por el hombre las disposiciones que abarca cada institución, y
esta se podría arraigar a la convivencia que cada mimbro de una nación se ve
sometido, (realidad) diferentes ámbitos.
“El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión
típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que
corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de punibilidad.
Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión
tipificada y penada por la ley.En sentido legal, los códigos penales y la doctrina
definen al "delito" como toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al
ordenamiento jurídico del país donde se produce. La doctrina siempre ha reprochado
al legislador debe siempre abstenerse de introducir definiciones en los códigos, pues
es trabajo de la dogmática.1 No obstante, algunos códigos como el Código Penal de
España (art. 10) definen al delito, pese a lo dicho.”http://es.wikipedia.org/wiki/Delito
2. Comentario
Analizando desde el punto de vista del concepto de derecho penal al “delito” se lo
denomina como una operación o indolencia contra ley considerada también cómo un
acto doloso (intención) que le conlleva una sanción grave. Ya que este puede analizar
desde el punto de vista de su realización y su ubicación. De acuerdo a lo que hoy
proyecta la teoría dogmática, el delito es una conducta típica (acción u omisión),
antijurídica y culpable, Sus elementos son, entonces, la tipicidad (la adecuación de un
hecho determinado con la descripción que de él hace un tipo legal), la antijurídica (la
contravención de ese hecho típico con todo el ordenamiento jurídico) y la culpabilidad
(el reproche que se hace al sujeto o individuo porque pudo actuar conforme a las
exigencias del ordenamiento jurídico) esencialmente o suyo.
Guillermo de Cabanellas
“lo considera que a lo que uno hace como lo que deja hacer”
Comentario
Se lo podría mencionar como una voluntad delictiva.
El delito también se podría denominar como una escueta (dejarlo a medias) que
resulta excesivamente formal que afirma es un comportamiento humanocastigado o
aplicado una sanción penal
Elementos del delito
Sujeto: la persona que corrompe o destruye la norma o (delincuente)
Objeto: El derecho o la cosa (violada)
Fin: perturbación del orden jurídico
3. “Una falta o contravención, en Derecho penal, es una conducta antijurídica que pone
en peligro algún bien jurídico protegible, pero que es considerado de menor gravedad
y que, por tanto, no es tipificada como delito.
Las faltas cumplen con todos los mismos requisitos que un delito (tipicidad, anti
juridicidad y culpabilidad). La única diferencia es que la propia ley decide tipificarla
como falta, en lugar de hacerlo como delito, atendiendo a su menor gravedad.”
http://es.wikipedia.org/wiki/Falta_%28Derecho%29
http://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20090824091804AAuYEAr
Comentario
La falta o contravención
Según el derecho penal la falta o la contravención se lo denomina como el
comportamiento, (conducta) en contra de una ley, se lo considera como algo de
menor gravedad, por lo tanto no es considerado como un delito. Tomando en cuenta
que las faltas, cumplen los mismos requisitos que el delito, entre ellos tenemos: la
tipicidad,(acción o omisión)antijurídica,(lo contrario o lo violatorio) y la culpabilidad.
Su juzgamiento no depende de un órgano jurisdiccional si no más bien de un órgano
administrativo
Su pena es menor a la del delito como se pude dar una , sanción ( multa , clausura
,decomiso.etc).
Estas se lo puede determinar municipios, Juntas Parroquial, organizaciones
administrativas.