El documento define el derecho como el conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en una sociedad. Explica que las fuentes del derecho son las reales, históricas y formales. Luego distingue entre el derecho efectivo creado por el Estado y el derecho subjetivo que es la facultad de un sujeto de acuerdo a una norma jurídica. Finalmente, señala que el derecho se caracteriza por la bilateralidad, heteronomía y alteridad, y que se clasifica en tres grandes ramas.