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CENTRO EDUCATIVO MILITAR “EL TESORO DEL SABER”

LEMA

“CONSTRUTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD”

LIBRO I MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL

TITULO I PARTE

GENERAL

CAPITULO I

FUNDAMENTOS LEGALES

RESOLUCION RECTORAL No. 007 DICIEMBRE 01 DE 2008

PLANTEAMIENTOS ACADEMICOS INSTITUCIONAL

El Rector Académico del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, en uso de
las atribuciones legales que le otorga la Ley General de Educación 115 de 1994 y
su Decreto reglamentario 1860 del mismo año la Ley 715 de 2001 el Decreto 0230
del 2002 y la Resolución 00715 del 1999, emanada del Ministerio de Defensa
Nacional para el funcionamiento de los colegios militares del país y para que me
otorgue la Licencia de Funcionamiento como Colegio Militar.
CONSIDERANDO:

De

conformidad

con

lo

estipulado

en

el

PROYECTO

EDUCATIVO

INSTITUCIONAL P.E.I. y con base en los artículos 23-76 t 77 de la Ley General de
Educación 115 de 1994 y el artículo 32 del Decreto 1860 de 1994, El Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber, diseña el plan de estudios con sus
respectivas intensidades horarias.

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébese el Plan de Estudio del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber,
con base a las políticas de la Ley General de Educación 115 de 1994 y su Decreto
reglamentario 1860 del mismo año y el Decreto 0230 de 2002.

ARTICULO 2º

El Plan de Estudios se aplicara a todos los alumnos y cadetes del Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber.

ARTICULO 3º

El Plan de Estudios del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, será como
aquí se detalla:
ARTICULO 4º

El alumno o cadete que acumule el 25% de inasistencia, perderá en forma
definitiva cada asignatura a la cual dejare de asistir.

ARTICULO 5º

Entréguese copia de la presente Resolución al Consejo Directivo y al Consejo
Académico del plantel para su aprobación y aplicación.

ARTICULO 6º

La presente Resolución rige a partir de la fecha su publicación

Comuníquese, publíquese y cúmplase
Dado en Caucasiam – Antioquia

01 de Diciembre de 2008

__________________________

_____________________

Secretaria General

Rector Académico
PLANTEAMIENTO ACADÉMICO INSTITUCIONAL

1.

HORARIOS

Las actividades académicas en El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber se
desarrollaran en dos jornadas:

Mañana:

a

12:00 m.

06:30 a.m.

a

12:30 p.m.

Secundaria 06:00 a.m.

a

12:30 p.m.

Preescolar

01:00 p.m.

a

05:00 p.m.

Primaria

2.

07:30 a.m.

Primaria

Tarde

Preescolar

01:00 p.m.

a

06:00 p.m.

CRITERIOS DE EVALUACION

Se harán en forma verbal y escrita, integral, continua y cualitativamente,
siendo consolidadas al final de cada uno de los cuatros períodos
establecidos.
La responsabilidad de la evaluación recae exclusivamente en el profesor de
la asignatura. Quien rinde los informes el director de grupo, quien los
consolida y envía al coordinador académico.
Los resultados de la evaluación verbal se darán a conocer al educando en
forma inmediata. Los escritos en un término de diez días.

3.

CRITERIOS DE PROMOCION Y REPROBACION

Se considera aprobado el año cuando el alumno ha alcanzado la totalidad
de los logros en todas las asignaturas 100%
El alumno que una vez realizado el curso de recuperación. No alcance los
logros en el 90% de la totalidad de las asignaturas contempladas en el plan
de estudio para cada uno de los niveles y grados no será promovido.

Se considera pendiente de promoción el alumno que finalizado el curso de
recuperación, persiste en insuficiencia o deficiencia en la satisfacción de
logros previstos en las áreas restantes.

Después

de

haber

realizado

las

actividades

correspondiente a cada uno de los cuatro períodos

de

recuperación

académicos y no

alcance la totalidad de los logros al finalizar el año escolar, deberá hacer el
curso de actividades especiales de nivelación para su promoción.

El alumno que al finalizar el escolar pierda tres o más áreas del
conocimiento no será promovido; debe repetir el grado, ya que su
rendimiento académico fue deficiente.

El alumno o cadete del grado 11º que al finalizar el grado escolar no
alcance la totalidad

del 100% de los logros de las asignaturas

contempladas en el plan de estudios de la institución, no serán promovidos
y no asistirán a la ceremonia de graduación. Tendrán que hacer un curso
especial de nivelación todos los sábados hasta que haya recuperado todas
las asignaturas deficientes según los requisitos académicos.
CENTRO EDUCATIVO MILITAR “EL TESORO DEL SABER”

LEMA
“CONSTRUTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD”

RESOLUCION No. 0085 DE DICIEMBRE DE 2008

Por la cual se aprueba el Manual de Convivencia social y estatutos disciplinarios
para los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber y se establece
el procedimiento para su aplicación a partir del año 2009 con base en la Ley
general de educación 115 de 1994 y su decreto complementario 1860 del año
mismo, la resolución 00715 del 11 de agosto de 1999 del Ministerio de Defensa
Nacional, la ley 715 del 2001, el decreto 230 del 2002 del Ministerio de Educación
Nacional.

CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL
SABER

En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en el Art. 77 de
la Ley 115 de 1994, los Arts. Del 14 al 17 del decreto 1860 del mismo año, el
decreto 0230 de 2002 sobre evaluación y promoción académica, la resolución
0715 del 1999 del Ministerios de Defensa Nacional que regula el funcionamiento
de los colegios militares y
CONSIDERANDO:

Que es función del Concejo Directivo, velar por el rendimiento académico y buen
comportamiento disciplinario de los educando mientras permanezcan inscritos o
matriculados en la Institución Escolar.

Que la Ley general 115 de 1994 en su Art. 77 y la resolución 00715 de 1999 le
confieren autonomía a la institución escolar para reglamentar las normas de
convivencia social y de disciplina que la regirán en conformidad con las
disposiciones legales vigentes.

Para la ejecución del nuevo Manual de Convivencia social proyectado a todos los
elementos de la organización escolar fue aprobado según reunión realizada con
los padres de familia el 27 de noviembre de 2008.

RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar y disponer que entre en vigencia el nuevo Manual de
Convivencia social y estatus de régimen disciplinario, presentado con conceptos
favorables de los padres de familia y el concejo directivo de la institución.

ARTICULO 2º: El Manual de Convivencia social aprobado por la presente
resolución cobija a todos los alumnos matriculados del Centro Educativo Militar El
Tesoro del Saber y a quienes ingresen posteriormente a la institución escolar.

ARTICULO 3º: La presente resolución rige a partir de la fecha de su promulgación
y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Caucasia – Antioquia a los 01 días del mes de Diciembre de 2008
El Concejo Directivo
CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL SABER

LEMA:
“CONSTRUCTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD”

RESOLUCION No. 009 DE DICIEMBRE 01 DE 2008

Por medio de la cual se expide el Manual de Convivencia social y estatutos
disciplinarios únicos para los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del
Saber y se establece el procedimiento para su aplicación.
El Rector Académico y el Rector Militar del Centro Educativo Militar El Tesoro del
Saber en uso de sus facultades legales y

CONSIDERANDO
1.

Que la Ley General de Educación 115 de 1994 en su Art. 77 el Decreto

1860 del mismo año, en sus Arts. 14 al 17, la resolución 00715 de 11 de agosto de
1999 el Ministerio de Defensa Nacional, para el funcionamiento de los colegios
militares faculta al Rector de la Institución para determinar las condiciones de
admisión y retiro del personal.

2.

Que el reglamento de Régimen Disciplinario para los colegios militares

define la disciplina como condición esencial para la existencia de toda
organización militar e implica la aplicación de las normas y ordenes que consagran
el deber profesional de los educandos.

3.

Que el mantenimiento de las disciplinas es responsabilidad de todos los

miembros Directivos y todos los demás estamentos que hacen parte de la
institución en forma proporcional a los deberes y obligaciones de la comunidad
escolar.

Que es deber del Rector Militar del Colegio velar por el cabal cumplimiento del
código de honor de cadete.

4.

Que la Ley General 115 de 1994 en su Art. 77 le otorga la autonomía a la

institución escolar para expedir su propio Manual de Convivencia de conformidad
con la mencionada ley.

RESUELVE
ARTICULO 1º
Aprobar y disponer que entre en vigencia el Manual de Convivencia Social y el
Estatuto de Régimen Disciplinario único para los alumnos del Centro Educativo
Militar El Tesoro del Saber.

ARTICULO 2º
El Manual de Convivencia Social y Estatuto de Régimen Disciplinario aprobado
por la presente resolución se aplica a los alumnos matriculados en el Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber y a quienes ingresen posteriormente a la
institución.

ARTICULO 3º
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los
manuales divulgados anteriormente.
CAPITULO II

CRITERIOS GENERALES

Como su nombre lo indica el presente Manual articula los diferentes estamentos
de la institución procurando el fenómeno de valores como el respeto, la
solidaridad, autonomía, la justicia, la libertad y otros en pro de la formación de un
estudiante capaz de convivir en armonía consigo mismo, en la naturaleza y con la
sociedad.

Para el diseño de este Manual se han tenido en cuenta las consideraciones de la
Constitución Política de Colombia, el Código del Menor, La Ley General de
Educación, artículos 73, 87, el Decreto 1860 artículo 17, el Código de la Juventud,
respetando la Universidad de los Derechos Humanos.

Sean concertados funciones y comportamientos para elaborar un instrumento
formativo y no represivo con la teoría que la disciplina se obtiene por convicción y
no por imposición.

CRITERIOS GENERALES

Los directivos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber se preocupa por:

1.

Velar por mantener en alto el buen nombre de la institución

2.

Incrementar la inteligencia, las habilidades y destrezas en los educadores.

3.

Ser multiplicadores de la paz a través de la aplicación de los derechos
humanos.
4.

Velar por el bienestar social de la comunidad escolar.

5.

Mantener, recuperar y conservar la comunidad escolar.

6.

Estimular las relaciones humanas entre la comunidad en general.

7.

Alcanzar la eficiencia y la calidad en los educandos.

8.

Amar mucho a Dios por sobre todas las cosas.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Contribuir a la formación de una sociedad más justa y más equilibrada mediante el
Fomento de valores como la justicia, libertad, democracia, solidaridad, autonomía,
responsabilidad, disciplina y autoestima, y otros.

OBJETIVOS ESPECIFICOS
Lograr un compromiso responsable de los estudiantes con las normas
establecidas haciéndolas parte integral de su comportamiento cotidiano.

Mantener el orden y el bienestar dentro de la comunidad educativa.

Orientar al alumno para que juzgue las cosas con criterios propios e
independientes, según lo verdadero, lo justo y las buenas acciones por los
demás.

Proporcionar en el papel un clima de reflexión, análisis e investigación para
el logro de una disciplina intelectual y científica, además de una
actualización permanente.

Promover la creatividad en la utilización de los recursos del medio.
Favorecer la toma de decisiones autónomas y responsables frente a los
compromisos que la institución, la familia y la comunidad exigen.

Fomentar el desarrollo de las destrezas y habilidades del sujetos para
convertirlas en un ser creativo, observador y transformador de la realidad.

Ofrecer un clima socio afectivo adecuado para el desarrollo del espíritu
creador, participativo y solidario.

Fomentar sentimientos de solidaridad y respeto mediante el análisis de los
problemas de la comunidad del entorno.

Propiciar actividades positivas para mejorar los niveles de vida de la
población estudiantil en general.

Instruir al niño con una educación integral, en el que se destaquen el
comportamiento, buenos modales, temor a Dios, trabajo, rendimiento
académico.

Dar educación esmerada bajo la orientación cristiana a la niñez de este
sector, sin ninguna discriminación religiosa, social, económica o política.

Fomentar niños y niñas que sean capaces de moverse en el medio en que
vivan, con buenos conocimientos, buen comportamiento, buena moral, y
etc.
PROYECCION

1.

Formar excelente alumnos proporcionándoles una educación integral, con

criterios científicos y un alta grado de eficiencia en los diferentes campos del saber
donde se desenvuelva.

2.

Propender por la disciplina y el espíritu militar se mantengan en todo

momento buscando elevar la calidad de la Reserva Militar Colombiana,
garantizando un alto nivel institucional en los estudiantes de los tres últimos
grados de bachillerato.

3. Buscar la excelencia académica, entendida esta como la conjugación de
esfuerzo para optimizar la calidad de nuestros programas educativos, de acuerdo
con la evolución tecnológica y científica.

PRINCIPIOS PEDAGOGICOS

El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber toma como base los siguientes
postulados:

1.

Estimular por todos los medios la formación integral del alumno que es la

esencia y el protagonista del proceso de aprendizaje del colegio, a l a cual
aplicamos todas las capacidades institucionales, para lograr así el desarrollo de
sus potencialidades en beneficio del alumno.

2. Fomentar afianzamiento de los valores humanos, éticos y patrióticos así como
la formación de actitudes de respeto a los derechos humanos, la naturaleza y el
cuidado del medio ambiente.
3. Empeñar permanentemente los recursos humanos hacia un enfoque
multidisciplinario del saber y la universidad del conocimiento en los procesos de
formación académica militar.

LINEAMIENTOS PEDAGOGICOS

1.

El aprendizaje no solo se da en la vida escolar sino en todo momento y

sitio cualquiera.

2.

La educación es permanente equilibrada para desarrollar la justicia y la

formación de lideres comprometidos en la construcción de una mejor sociedad.

3.

El maestro es el formador de criterios científicos a través de su

conocimiento, lo que transmite por medio de conceptos y contenidos preparando a
los alumnos para alcanzar los logros.

4.

El educando aprende haciendo con la ayuda del maestro, así será el

propio protagonista en el proceso de aprendizaje y de mas habilidades

5.

El Aprendizaje se produce en la institución por medio de la motivación e

interés de la persona que es el espíritu de superación que la impulsa a
comprometerse y aceptar las consecuencias de los hechos realizados.

1.

PERFIL INSTITUCIONAL

El colegio se propone formar integralmente futuros bachilleres como personas
integras, respetuosas de la constitución y de las instituciones, equilibradas,
motivados para hacer cada día mejores con sólidas condiciones áticas y morales
que facilite el ejercicio profesional con liderazgo y en beneficio de todos.

2.

PERFIL ACADEMICO

El alumno debe alcanzar la fundamentación académica y científica que le permita
el estudio de las ciencias, el dominio de las áreas del conocimiento y su
proyección acorde con las nuevas tecnologías en que avanza la ciencia en el
mundo.

3. PERFIL PERSONAL

El alumno del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber debe tener entre sus
aptitudes el ser: estudioso, critico, comunicativo, colaborador, respetuoso,
triunfador, gran espíritu solidario y leal con sus superiores.
JUSTIFICACION

Toda institución para su fundamentación debe tener un reglamento en el cual se
den a conocer. Garantías, compromisos, estímulos faltas y correctivos que
orienten la acción de quienes participan en las actividades de la comunidad de
acuerdo con los fines que ésta propone.

Una institución educativa debido a su fundamento trascendente debe por los tanto
tener un Manual de Convivencia Escolar en el que se regule su accionar y pueda
mediante un orden lograr la meta que el plantel desea obtener.

CAPITULO III

DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL ESTATURO DE REGIMEN
DISCIPLINARIO

ARTICULO 1º

La Disciplina: Esta se radica en primera instancia en el Rector del Colegio, en el
Rector Militar, en el Coordinador Académico, en el Coordinador de Instrucción
Militar, en los Directores de Grupo, en los Instructores Militares y en los
profesores.

ARTICULO 2º
Acciones Disciplinarias: Le corresponde al “Rector Académico y Rector Militar,
Coordinadores Académicos y de instrucción Militar, Directores de grupo e
Instructores Militares”, conocer los reglamentos disciplinarios de los alumnos o
cadetes del Colegio, de la comisión de faltas leves; graves y gravísima sin
perjuicio del poder disciplinario de los comandantes de la unidad rectora del
colegio.

PARAGRAFO UNICO

La acción disciplinaria es independiente, tanto de la acción administrativa como de
la acción pena.

ARTICULO 3º
Poder Disciplinario Preferente: Los Rectores Académicos y Militar del Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber, ostentaran de manera preferente el poder
disciplinario sobre los alumnos o cadetes de la institución, mediante la acción
motivada, en aquellos asuntos que se trasmiten internamente por cualquiera de
las autoridades competentes.

ARTICULO 4º
Legalidad: Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del
Saber, serán investigados y sancionados disciplinariamente de acuerdo a las
faltas definidas y a las sanciones establecidas en el presente reglamento.

ARTICULO 5
Debido Procedimiento: Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El
Tesoro del Saber que incurran en faltas disciplinarias, deberán ser investigados y
sancionados conforme a las normas sustantivas y procedimentales del
reglamento, ante funcionario competente y con observancia de la plenitud de las
formas propias de cada procedimiento.
ARTICULO 6º
Resolución de la Duda: En el procedimiento disciplinario, toda duda razonable se
resolverá a favor del investigado cuando no modo de eliminarla.

ARTICULO 7º
Reconocimiento de la Dignidad Humana: Todo alumno o cadete del Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber, a quien se atribuya una falta contra el
presente reglamento, tiene derecho a ser tratado con el debido respeto a la
dignidad inherente al ser humano.

ARTICULO 8º
Presunción de Inocencia: El alumno o cadete a quien se le atribuya una falta
disciplinaria se presume inocente, mientras no se declarado responsable y como
consecuencia, sancionado a través del fallo, debidamente motivado y ejecutoriado.

ARTICULO 9º
Aplicabilidad: Lo dispuesto en el presente reglamento del régimen disciplinario, su
jurisdicción y competencia o lo concerniente a la sustentación y formas
procedimentales, se aplicaran desde el momento en que entre a regir, salvo lo que
el mismo reglamento determine.

ARTICULO 10º
Caso Juzgado: Nadie podrá ser investigado más de una sola vez por una misma
acción u omisión constitutiva de falta disciplinaria, aun cuando a esta se le dé una
denominación diferente.
ARTICULO 11º
Celeridad Procedimental: EL funcionario competente de manera oficiosa impulsara
la investigación, atendiendo los principios rectores plasmados en la Constitución
Política de Colombia, Código del Menor y la Ley General de Educación 115 de
1994.

ARTICULO 12º
Finalidad del Procedimiento: En la interpretación del presente reglamento
disciplina, el funcionario competente debe tener en cuenta, a demás de la
prevalencia de los

principios rectores que la finalidad de la investigación

disciplinaria.

ARTICULO 13º
Culpabilidad:

En

materia

disciplinaria

queda

proscrita

toda

forma

de

responsabilidad objetiva y las faltas son sancionadas a titulo de aceptación o
comprobación de culpabilidad.

ARTICULO 14º
Favorabilidad: En materia disciplinaria la norma favorable o permisiva se aplicara
de preferencia a la restrictiva o desfavorable.

ARTICULO 15º
Igualdad: Todos los alumnos o cadetes serán iguales ante el reglamente de
Régimen Disciplinario, recibiendo la misma protección y trato de las autoridades
aquí consagradas y gozaran de los mismo derechos y oportunidad sin ninguna
discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua,
religión. Opinión política y filosófica.
ARTICULO 16
Prevalencia: En la interpretación o aplicación del presente reglamento,
prevalecerán los principios rectores consagrados en la Constitución Política de
Colombia, en la Ley General de Educación 115 de 1994, en el Decreto
reglamentario 1860 del mismo año, en el Código del Menor, que la resolución
00715 de 1999 y todas las disposiciones legales de los ministerios de educación,
Defensa Nacional y del presente Manual de Convivencia Social.

CAPITULO IV
DE LAS FALTAS DISCIPLINARIA COMUNUNES

ARTICULO 17º
Ámbito de aplicación: El presente Manual de Convivencia Social se aplicará a los
alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber cuando
incurran en las faltas señaladas.

ARTICULO 18º
Sujetos Disciplinarios: Son destinatarios de las disposiciones contenidas en el
presente manual. Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro
del Saber.

ARTICULO 19º
Calidad de Alumno o Cadete: Adquieren la calidad de alumno o cadete Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber el aspirante que habiendo solicitado su
ingreso, cumple con los requisitos de admisión establecidos con la institución y
haya sido aceptado y debidamente matriculado bajo el visto bueno del Rector
Académico.
ARTICULO 20º
Pérdida de la Calidad de Alumno: Pierden la calidad de alumno del Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber, quienes hayan sido dados de alta y previa
investigación

se les compruebe alguna de las siguientes conductas que

consideran como faltas gravísima, sin perjuicio de la acción penal correspondiente
así:
a)

Cuando habiendo aceptado no se presente en la fecha y hora determinada

para el inicio del calendario académico, el desarrollo de los programas y el plan de
estudio establecidos por la institución.
b)

El haber presente para su ingreso certificados adulterados o falsos.

c)

El haber suministrado información reservada a personas distintas de la

institución.

ARTICULO 21
Del concurso de Faltas Disciplinarias: El alumno que con una o varias acciones u
omisiones infrinja varias disposiciones o varias veces la misma disposición
quedará sometido a la sanción más grave.

CAPITULO V
DE LA JUSTIFICACION DE LA CONDUCTA
ARTICULO 22º
De la Justificación: La conducta se justifica cuando se comete:

1.

Por la fuerza mayor o caso fortuito.

2.

En estricto cumplimiento de un deber legal.

3.

En cumplimiento de orden legitima de autoridad competente emitida con las

formalidades.
4.

Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye

falta disciplinaria.
TITULO II

PARTE SUSTANTIVA
CAPITULO I

CLASIFICACION DE LAS FALTAS

ARTICULO 23º
Definición de Falta: Constituya falta disciplinaria y por lo tanto da lugar a la
imposición de la sanción correspondiente, la realización de conductas violatorias a
las disposiciones de este reglamento.

ARTICULO 24º
Clasificación para efectos de la sanción, las faltas disciplinarias se clasifican en:

a)

Faltas Leves

b)

Faltas Graves

c)

Faltas Gravísima

ARTICULO 25º
a)

Faltas Leves: Se consideran de este tenor las relacionadas a continuación

1.

No guardar postura y buenos modales en actuaciones públicas, en aulas,
Laboratorios u otros sitios del plantel.

2.

No observar las normas de urbanidad, compañerismo y cultura ciudadana.

3.

Mostrar desánimo, falta de energía o displicencia al dirigirse a un superior.

4.

Presentarse inadecuadamente ante superiores.
5.

Mostrar desaseo personal en correcta presentación (mal afeitado o sin

afeitar, zapatos mal arreglados o sucios, sin distintivos, insignias o elementos de
uniforme, cabello largo o pintado e irreglamentario, etc).
6.

Descuidar su presentación personal en todo tiempo o para asistir a eventos

sociales, culturales y desfile, así como con los libros y útiles de estudios.
7.

No cumplir las órdenes impartidas en el tiempo y modo requerido por los

superiores.
8.

Demostrar inseguridad, negligencia, descuido o falta de energía en el

ejercicio del mando.
9.

Mostrar lentitud, pereza y desinterés en la realización de las actividades

académicas.
10.

Fumar dentro de las instalaciones del plantel y en las actividades de

instrucción militar.
11.

Utilizar cualquier tipo de joyas, celulares, prendas o elementos con el

uniforme, diferentes a los contemplados en el reglamento de uniformes del plantel.
12.

Hacer comentarios no adecuados acerca del Colegio, profesores, directivos,

superiores y compañeros vinculados a la institución.
13.

Llegar retrasadamente a las actividades escolares sin la debida

justificación.
14.

Arrojar basuras al piso. Y en los lugares no autorizados.

15.

Destruir, dañar, pintar o escribir letreros en paredes, muebles u otros

enseres del colegio.
16.

Agredir de palabra u obra a los compañeros, agravándose la falta si uno

resulta herido.
17.

No cumplir a cabalidad con el horario de régimen interno.

18.

Encontrarse dentro de las instalaciones del plantel con el uniforme

desarreglado (cordones sueltos, camisa o camiseta por fuera del pantalón, dar uso
al calzado como chancla).
19.

Ausentarse del salón de clases o de la instrucción sin el debido permiso del

profesor o instructor militar.
20.

Omitir el saludo militar a los instructores militares y símbolos patrios.

21.

Permanecer con los uniformes fuera del colegio después de terminada la

jornada de estudio.
22.

Negarse a notificarle al padre o acudiente cuando sea requerido por el

director de grupo o rector.
23.

Traer a la institución elementos de distracción como radio, audífonos,

juegos de cualquier clase, celulares, etc.
24.

Mostrar desconocimiento de la jerarquía militar.

ARTICULO 26º
b)

Faltas Graves: Se considera de esta entidad, incurrir en las conductas

descritas a continuación.
1.

El incumplimiento reiterado a las obligaciones académicas dentro de las

plazas ordenados por la institución.
2.

No guardar la compostura y posición fundamental cuando se rinden

honores al Pabellón Nacional (izada y arriada).
3.

No informar oportunamente la ocurrencia de daños, maltratos o pérdida de

elementos que sean del plantel.
4.

Comercializar o vender mercancías u otros bienes dentro de las

instalaciones del colegio.
5.

Usar vocabulario Soez (oral o escrito) y comportamientos inadecuados con

los compañeros superiores.
6.

Participar o promover desordenes en presencia o ausencia del profesor o

fuera del colegio cuando se está con el uniforme, así mismo en las formaciones e
instrucciones militares.
7.

Rebeldía o desacato frecuente a las órdenes de los superiores.
8.

Encontrarse con el uniforme desarreglado (camisa o camiseta por fuera,

cordones sueltos, etc) por fuera de las instalaciones del colegio.
9.

Ser desleal con los superiores, compañeros o subalternos; entendiendo por

lealtad la regla de honor de la rectitud y la fidelidad.
10.

Sustraer objetos, elementos, instrumentos, libros o dineros del colegio,

directivos, instructores, docentes y / o compañeros.
11.

Provocar daños, cortos circuitos u otras interrupciones en los servicios.

12.

Portar, conservar o hacer circular revistas, discos, casetes de tipo

pornográfico.
13

Incumplir los compromisos de carácter preuniario adquirido con la

institución.
14.

Utilizar durante la realización de cualquier tipo de evaluación o examen,

medios fraudulentos para obtener buenos resultados.
15.

Visitar portando el uniforme después de haber terminado la jornada de

estudio, lugares públicos tales como: heladerías, teatros, tabernas, billares, juegos
de maquinitas, permisos excusas etc.
16.

Alterar libros o registros de valoraciones, evaluaciones, certificados de

estudios, permisos, excusas, etc.
17.

Irrespetar a los directivos académicos, al profesorado y al alumno.

18.

Ejecutar actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

19.

Despojarse del uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones con

demostraciones de menosprecio.
20. Comportarse indebidamente, abusar de bebidas embriagantes, generar
problemas con cualquier autoridad que ponga en tela de juicio el buen nombre del
colegio.
21.

Reincidir en la comisión de faltas leves de disciplina.

22.

Sabotear algunos de los actos que se hayan programado por la comunidad

educativa.
23.

Fomentar chismes, intrigas, calumnias, etc.
ARTICULO 27º
c)

Faltas Gravísima: Se consideran de este tenor las conductas descritas a

continuación:
1.

Abusar de la confianza de

directivos, docentes, instructores militares y

alumnos.
2.

Incurrir en conducta tipificada por la Ley penal.

3.

Maltratar verbal o físicamente a cualquier directivo, docente, instructor

militar o alumnos de la institución.
4.

No estar a paz y salvo con todas las dependencias del colegio.

5.

Elaborar, portar, guardar, suministrar, distribuir, vender, consumir drogas

alucinógenas, ser fármaco dependiente o inducir a ello.
6.

Introducir e injerir bebidas alcohólicas.

7.

Encubrir cualquier falta cometida por algún miembro de la institución.

8.

Resultar las alumnas en estado de gravidez o mantener relaciones

indebidas con hombres casados aun solteros; asistir a lugares como bares,
caninas, etc.
9.

Presentarse en estado de embriagues a cumplir un servicio dispuesto con

autoridad.
10.

Reincidir en la comisión de falta disciplinaria grave.

11.

Evadirse de las instalaciones del colegio o de las áreas de entrenamiento,

terreno, campaña, polígono y demás sitios donde en forma personal o colectiva se
encuentre cumpliendo una actividad del servicio.
12.

Falsificar o utilizar cualquier medio ilícito para salir sin autorización de las

instalaciones del colegio, áreas de terreno, campaña o cualquier otro lugar donde
se encuentre cumpliendo una actividad de servicio.
13.

Apropiarse o hurtar cualquier elemento dentro o fuera de las instalaciones

sin perjuicio de la acción penal a que haya lugar.
14.

Portar armas o elementos que no hagan parte de su dotación individual o

que no se encuentren contempladas en los programas de instrucción militar o en
cumplimiento de los servicios de régimen interno dentro o fuera del colegio.
15.

Obtener con autoridad los temas de las evaluaciones, pruebas o exámenes

académicos, valiéndose para ello de medios fraudulentos con el propósito de
obtener beneficios para así o para terceros.
16.

Modificar o alternar exámenes o trabajos después de que estos han sido

presentados.
17.

Sustraer de las instalaciones del plantel, sin autorización documentos o

información reservada de cualquier índole.

PARÁGRAFO

La comisión de esta falta impide a quienes las comentan asistir a la ceremonia de
promoción de bachilleres.

ARTICULO 27º

Criterios para apreciar la falta: Se determina la trascendencia de conformidad a
los siguientes aspectos:

1.

Los descargos del inculpado.

2.

El grado de culpabilidad.

3.

El grado de perturbación que se cause al cumplimiento de las políticas del

colegio.
4.

La reiteración de la conducta inapropiada.

5.

El tiempo de permanencia como alumno.

6.

La naturaleza y efecto de la falta, las modalidades y circunstancias del

hecho y los motivos determinantes; se tienen en cuenta los siguientes criterios:
a)

La naturaleza de la falta y su efecto se apreciaran según la gravedad de la

indisciplina y el perjuicio que se causen.
b)

Las modalidades y circunstancias de las faltas se apreciaran con base en el

grado de preparación en la comisión de la misma, la repetida y continuada
realización de la conducta y el aprovechamiento de la confianza depositada en el
alumno.
c)

Los motivos determinados se apreciaran según se haya procedido por

causas innobles o fútiles; por causas nobles o altruistas.

CAPITULO II
DE LOS CORRECTIVOS Y SANCIONES

Los correctivos son momentos de reflexión que permiten el reconocimiento de la
falta y el propósito de enmienda. Este será aplicado por quien observa la falta,
informado de ellos al Director de Grupo y al Coordinador de Disciplina.
Cuando la falta se refiere al deterioro o sustracción de bienes ajenos, el correctivo
implica también el arreglo a la devolución del bien.

ARTICULO 29º
Clasificación de las Sanciones: Las sanciones se clasifican en preventivas,
menores y mayores.

ARTICULO 30º
Sanciones Preventivas: Los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del
Saber que cometan faltas leves se les aplicarán las siguientes:

1.

Temas Escritos: Cuando comete la falta por primera vez, se les ordena

elaborar trabajos finalizada la jornada académica o para presentar al día siguiente.
2.

Llamada de Atención Verbal: Cuando reincidan se le hace a molestación

personal en privado por parte de quien observa la falta, con información al director
de grupo, coordinador de disciplina y psicoorientador.
Sin anotación en folio disciplinario.

3.

Anotación en Folio de Vida: Cuando por tercera vez comete falta, se le hace

amonestación verbal al alumno ante los padres de familia o acudiente. La realiza
el director de grupo, coordinador de

disciplina y el rector con la respectiva

anotación en el folio disciplinario del educando.

ARTICULO 31º
Sanciones Menores: los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber
que sean reincidentes por cuarta vez en faltas leves o comentan falta grave se les
aplicará estas sanciones:

1.

Represión Simple: Es la sanción aplicable al alumno que por la

trascendencia y connotación de la falta amerita suspensión a clases de un día
mediante resolución motivada que firman el sancionado, sus padres o acudientes,
director de grupo, coordinador académico y rector.

2.

Represión Severa: Es la sanción aplicable al alumno reincidente en falta

grave y por lo tanto amerita suspensión de uno a tres días, mediante resolución
motivada que firma el sancionado, su padre o acudiente, el director de grupo y
coordinador académico y el rector.

ARTICULO 32º
Sanciones Mayores: Los alumnos del Centro Educativo Militar el Tesoro del Saber
que sean reincidentes por tercera vez en falta grave o cometan falta gravísima se
les aplicaran estas sanciones.
1.

Matricula Condicional: Es la sanción aplicable al alumno reincidente por

tercera vez en falta grave o que cometa por primera vez falta gravísima; amerita
resolución motivada que firma el alumno, el padre o acudiente, el director de
grupo, el coordinador académico y el rector, condiciona la continuidad del alumno
en la Institución.

2.

Cancelación de Matricula y Pérdida de Cupo: Es la sanción aplicable al

alumno que encontrándose condicionada su continuidad cometa falta grave o
reincida en la falta gravísima. La cancelación será automática y se hará por
resolución motivada del consejo directivo.

CAPITULO III
COMPROMISOS Y GARANTIAS

ARTICULO 33º
Compromisos de los Estudiante: Los alumnos del Centro Educativo Militar El
Tesoro del Saber se compromete a:

1.

Conocer y cumplir las obligaciones y derechos que se deriven de la

Constitución Política, La Ley General de Educación 115 de 2001, el Decreto 0230
de 2002, El Manual de Convivencia Social, el Reglamento de Régimen Interno y
Disciplinario (cadete) y demás normas legales de la institución
2.

Registrar anualmente su matrícula.

3.

Asistir puntualmente y participar de las actividades académicas que

comprenden los planes y programas respectivos, presentando las pruebas de
evaluación, trabajos, materiales y elementos en las fechas y horas dispuesta para
tal fin. Quien llegue tarde o desee salir más temprano lo justifica por escrito con la
firma del padre de familia o acudiente. Quién falte al 25% de las clases dictadas
durante el año lectivo pierde la materia.
4.

Cancelar oportunamente las obligaciones pecuniarias adquiridas con el

colegio; de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Educación, debe
hacerse dentro de los primeros días de cada mes en el banco que la institución
designe.
5.

Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad escolar,

procurando mantener relaciones cordiales con todas las personas; por ello debe
evitarse las bromas del mal gusto, los apodos y las burlas.
6.

Cumplir a cabalidad las órdenes, disposiciones y citaciones que sus

superiores inmediatos (directivos, coordinadores, docentes e instructores militares)
les dicten en el ejercicio de sus atribuciones.
7.

Representar

dignamente

al

Colegio

en

las

académicas, artísticas, culturales, religiosas, deportivas

actividades

militares,

y sociales que se

programen o a los que sean invitados al plantel y para las cuales haya sido
seleccionado en representación del mismo.
8.

Evitar la comisión de faltas disciplinarias que afecten su hoja de vida, su

organismo, el medio ambiente y en general la dignidad de las personas que hacen
parte de la comunidad escolar CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL
SABER.
9.

Portar en forma permanente el carnet estudiantil para efectos de la

identificación como miembro de la Institución escolar. Abstenerse de usar tal
condición para realizar actividades no autorizadas por la rectoría.
10.

Crear y mantener una atmósfera de aseo, distinción, agrado y urbanidad

que les permita gozar de un ambiente limpio, sano, agradable y estético; evitando
factores que afecten el medio ambiente.
11.

Aceptar con bien agrado y total sentido de colaboración, las disposiciones

emanadas de los compañeros que hayan solo revestidos de autoridad o
desempeñen funciones de control de disciplina o cualquier otra actividad propia
del gobierno escolar.
12.

Solicitar ante quien corresponda los permisos estrictamente justificados

para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel.
13.

Aceptar y valorar las costumbres y tradiciones locales, regionales y

nacionales. Por tanto en los eventos escolares so se presentarán actos que
promuevan nuestros valores culturales.
14.

Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos

naturales.
15.

Llevar registro permanente de los logros adquiridos durante los tres

primeros períodos a fin de auto controlar el rendimiento académico y obtener la
aprobación y promoción al grado siguiente.
16.

Observar comportamientos dignos, respetuosos y ceñidos a las normas de

convivencia; evitando tratos bruscos, expresiones y actividades vulgares, con
mayor rigor en el trato con los estudiantes femeninos y en sitios externos al
colegio.
17.

Cuidar con esmero la presentación personal, la cual debe ser natural,

pulcra, limpia y ordenada; quedan proscritos los peinados, collares pulseras,
anillos y aretes extravagantes; uñas largas con colores fuertes. El corte de pelo
para los varones serán estilo militar y color natural.
18.

Tener la solidaridad como un accionar prioritario y de doble vía. Los

elementos que se reciben en calidad de préstamo deben devolverlo en el mismo
estado. No sustraer de la institución ningún bien mueble que le pertenezca.
19.

Respetar la dignidad de las personas lo cual involucran sus pertenencias,

es decir, ningún estudiante se apropiara, ni destruirá los objetos que no le
pertenezcan. Responsabilizarse de los objetos personales dentro y fuera del
plantel, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.
20. Fomentar en las clases y en todas las actividades que se desarrollen, un
ambiente tranquilo que favorezca escuchar, atender y participar; para esto, es
necesario que el alumno guarde orden, silencio y compostura.
21.

Aprovechar el tiempo de descanso para la sana recreación en los espacios

dispuestos para ello y abstenerse de permanecer en los sitios no habilitados
dispuesto para tal fin.
22.

Realizar los cambios de clases. Los descansos y los turnos de fila con

orden, respeto, compostura y silencio, evitando gritos, silbidos y otros actos que
indiquen falta de control de si misma y acarrean problemas internos.
23.

Efectuar los reclamos académicos en forma cometida, respetuosa y

oportuna (decreto de las 72 horas o 3 días hábiles) siguiendo el conducto regular
que se establece:
a)

Ante el profesor de la materia

b)

Ante el director de grupo

c)

Ante el Coordinador Académico

d)

Ante el Personero Estudiantil

e)

Ante el Rector

f)

Ante el Consejo directivo

24.

Solicitar permiso por escrito con anticipación al profesor de la materia,

director de grupo y coordinador académico para realizar cualquier trabajo o
práctica extraescolar.
25.

Utilizar en forma completa y pulcra los uniformes establecidos por el plantel,

según el horario de clases que corresponda a la actividad especial que se
desarrolla.
26.

Cumplir con diligencia, eficiencia y oportunidad en servicios que le sea

encomendado, abatiéndose a cualquier acto que cause la suspensión de un
servicio esencial.
27.

Desarrollar personalmente las órdenes y tareas encomendadas y responder

del uso de autoridad

o mando que se le delegue, así como la ejecución de

órdenes que pueda impartir sin que por ello quede exento de la responsabilidad
que le incumbe.
28.

Permanecer en los servicios asignados, desempeñando sus labores

mientras no se haya hecho cargo de ello quien deba remplazarlo.
29.

Vigilar y salvaguardar los intereses del Centro Educativo Militar El Tesoro

del Saber.
30.

Desempeñar su cargo o función sin pretender beneficio económico de

cualquier índole.

ARTICULO 34º

Derechos y Garantías: Los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del
Saber gozaran de los siguientes derechos y garantías:
1.

Recibir un trato humano, cortes y respetuoso por parte de los directivos,

docentes, instructores militares y demás empleados del plantel.
2.

Gozar de plenitud del libre ejercicio de los derechos fundamentales

constitucionales hasta donde no interfiera o viole los de los demás.
3.

Recibir de la institución integral de lo humanístico y lo militar acorde con los

lineamientos del Ministerio de Educación y Ministerio de Defensa Nacional
consagrados en la Ley General, sus decretos reglamentarios y la resolución 00715
de 1999.
4.

Permanecer dentro del plantel en el tiempo normal de actividades y en su

correspondiente jornada, siempre y cuando su comportamiento lo permita.
5.

Ser evaluado continua, integral y cualitativamente en lo académico y militar,

conocer los resultados obtenidos en las diferentes áreas y en cada período antes
de ser integrados a la coordinación académica y militar. Evaluación escrita en un
plazo máximo de diez días verbal en el acto; puede presentar evaluación
extemporánea cuando la ausencia este justificada.
6.

Ser promovido al grado superior con el lleno de los requisitos establecidos

para que pueda renovar la matrícula como alumno del colegio dentro de las fechas
previstas en el calendario académico, de no mediar cualquiera de las causales por
las que se pierde la calidad de tal.
7.

Recibir los reglamentos y disposiciones emanadas de la rectoría académica

y militar, así como el plan de estudio, programas académicos de cada área y
asignatura para su nivel y grado y lugar donde se recibirá la clase.
8.

Acceder de las distinciones y estimulaciones académicas y militares que

otorga el colegio por

distinguirse y reconocerle su liderazgo, rendimiento

académico, condiciones y virtudes militares en certámenes culturales, deportivos y
científicos, previo cumplimiento de los requisitos previstos para cada caso.
9.

Solicitar que se cumpla el debido proceso en las investigaciones

disciplinarias que se le adelanten, interponiendo los recursos previstos en este
manual.
10.

Recibir certificados o constancias de los resultados de estudios solicitados

en un plazo máximo de ocho días hábiles acatando los turnos establecidos.
11.

Disfrutar de los servicios de orientación, biblioteca, cruz roja, restaurante

escolar, comité de deporte, tienda escolar ofrecidos por el colegio.
12.

Presentar reclamos de índole académico, disciplinario, etc. Cuando sean

violados sus derechos, siguiendo el conducto regular; en términos respetuosos y
prudentes siendo escuchados y atendido con justicia.
13.

Disfrutar de un ambiente de tranquilidad que permita escuchar y participar

en el desarrollo de las disciplinas.
14.

Recibir consejo y buen ejemplo de las personas mayores que conforman la

institución.
15.

Participar en el gobierno escolar a través del Consejo Estudiantil teniendo

derecho a elegir y ser elegido.
16.

Recibir una orientación integral a través de programas académicos,

asesoría

psicología,

formación

hábitos,

procurando

el

desarrollo

de

la

personalidad y la construcción de su proyecto de vida.
17.

Utilizar con responsabilidad los recursos, instalaciones, bienes y servicios

de la institución para actividades propias de la vida escolar cuando lo requiera y
con la debida autorización.
18.

Recibir atención oportuna de los profesores, instructores militares, directivos

y personal administrativo y de servicio de la institución.
19.

Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. de acuerdo

con los mecanismos que para ello se estipulen.
20.

Conformar y pertenecer en forma autónoma a organizaciones internas de

carácter estudiantil cuyo objetivo es el bien personal y de la institución.
21.

Conocer los registros de valoraciones sobre su comportamiento y

desempeño escolar que se haga en el observador del alumno o en cualquier otro
documento interno de la institución.
22.

Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad

educativa sobre cualquier tema en forma cortes y dentro del marco de respeto que
merece toda opinión ajena.
23.

Sugerir en forma oportuna a quien corresponda, propuesta de actividades

que se pueden realizarse en la institución para mejorar el logro de los objetivos de
la comunidad educativa.
24.

Ser eximido de algún requerimiento de la institución cuando por justa causa

debidamente sustentada, lo solicite.
25.

Recibir carnet estudiantil que le permita identificarse en cualquier parte

como miembro del plantel.
26.

Dialogar para mejorar la metodología y los criterios de evaluación de cada

asignatura para los dos períodos del año escolar.
CAPITULO IV
ESTIMULOS Y DISTINCIONES

ARTICULO 35º

Parámetros de Evaluación. El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber,
otorgará estímulos a los alumnos que por su aprovechamiento, rendimiento y
excelencia académica, conducta, compañerismo disciplina y virtudes militares; se
hayan acreedores a ellos porque sobresalieron entre los demás.

ARTICULO 36º

Clases de Estímulos y Distinciones: Los alumnos y cadetes del Centro Educativo
Militar El Tesoro del Saber gozará de los siguientes incentivos concebidos así:

a)

Izada del pabellón nacional durante el mes siguiente a la distinción del

mejor alumno.
b)

Participar en actividades extraescolares y representando el colegio.

c)

Los alumnos que se distingan en certámenes competitivos internos de

carácter académico, cultural y deportivo, recibirán estímulos representados en
trofeos, medallas, placas y diplomas.
d)

Los alumnos que se distingan externamente a nivel académico, cultural y

deportivo se les otorgará placa de honor a la excelencia.
e)

A los alumnos de Primero a Octavo que al finalizar el año obtengan los

promedios académicos más altos; se destaquen por puntualidad, compañerismo,
presentación y disciplina serán premiados con diplomas de honor y merito. Al
primero se le distinguirá y revestirá de autoridad como comandante de curso.
CAPITULO V
DE LAS PRÁCTICAS EXTRA-ESCOLARES Y EXCURSIONES

ARTICULO 37º
Responsabilidad y Planificación: La rectoría

y el cuerpo de profesores se

responsabilizan de las excusiones; cuando el objetivo es de aspecto investigativo
o de carácter escolar.

Para la planificación de estas actividades se deben tener en cuenta los siguientes
aspectos:

1.

Las actividades extraescolares deben llevar el visto bueno de la

coordinación, previa solicitud por escrito.
2.

La coordinación escogerá fechas y horarios de salida.

3.

La rectoría con el profesor de la práctica determinara como sufragar los

gastos de acuerdo con el número de estudiantes y el lugar.
4.

El profesor de la práctica debe rendir un informe a la coordinación

académica del colegio.
5.

El Coordinador de la práctica, antes de la partida; debe llamar a lista para

verificar que no falte ningún alumno o profesor.
6.

Si a la hora señalada para la partida llegase a faltar alguien; el coordinador

de la práctica dispone de 15 minutos de espera, pasados estos pueden ordenar la
partida.
7.

Antes de la práctica o salida de la excursión se realizará una reunión con

los padres de familia o acudientes para explicar los detalles de la misma.
ARTICULO 38º
De las Excusas: Toda falta de asistencia requiere la justificación por medio de la
excusa, los estudiantes la deben pasar por escrito al director de grupo o director
del plantel con la firma de padres o acudientes en tiempo máximo de tres días (3)
hábiles. En caso de falta colectiva el coordinador de disciplina investigara las
causas y aplicar las sanciones respectivas.

ARTICULO 39º
El conducto Regular: Es la escala a seguir para la solución de cualquier dificultad
o problema que se le presenta al alumno en relación con rendimiento académico,
evaluaciones, comportamiento social, etc. Se esquematiza así:

a)

Profesor de la materia

b)

Director de grupo

c)

Coordinador de disciplina o académico según el caso

d)

Personero

e)

Rector académico

f)

Consejo directivo

CAPITULO IV
COMPROMISOS Y GARANTIAS DE PADRES O ACUDIENTES

ARTICULO 40º
De los compromisos: tienen los siguientes:

1.

Cumplir con la fecha y horarios establecidos para el trámite de las

inscripciones y matrículas.
2.

Firmar con su hijo o acudido el contrato de presentación de servicio

educativo que le ofrece el colegio.
3.

Cancelar el valor de la pensión dentro de los diez primeros días de cada

mes y oportunamente otros gastos que se le asignen.
4.

Responder por todos los daños ocasionados por su hijo(a) acudido(a) a los

bienes del Colegio o de sus compañeros, reponiendo a cancelarlo su valor.
5.

Orientar y supervisar la realidad de las obligaciones escolares por parte de

los hijos después del horario de clases.
6.

Dotar al niño de todos los uniformes, textos y útiles necesarios para el

desarrollo de sus actividades escolares.
7.

Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del

rendimiento escolar, y militar disciplina de los hijos.
8.

Participaren todos y cada una de las actividades programadas en el P.E.I

que requieran su presencia e intervención.
9.

Asistir a las entregas oficiales de evaluaciones, reuniones y asambleas

programadas por la institución; así mismo a las citas individuales que hagan las
autoridades del plantel.
10.

Delegar frecuentemente con sus hijos para reforzar la labor de la institución

en la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo.
11.

Aceptar cualquier nombramiento ya sea en el consejo directivo, comités de

apoyo, asociación de padres o consejo de padres de acuerdo con su posibilidad.
12.

Justificar personalmente o por escrito ante quien corresponda los retardos

forzosos o inasistencia al plantel, o la instrucción militar de los hijos(as) o
acudidos(as).
13.

Apoyar a la institución en el trabajo de formación integral que realiza con

sus hijos (as) o acudidos(as) brindando amor, atención y comprensión ante
aquellas dificultades que se presenten debido a su edad.
15.

Constatar con la debida diligencia que el alumno(a) o acudido(a) asista

diariamente con el uniforme y presentación reglamentaria.
16.

Identificarse con la filosofía y política del colegio.

17.

Orientar y controlar el sano uso del tiempo libre de su hijo(a) o acudido(a)

18.

Colaborar con la institución en todas las actividades que se realicen en

beneficio de los alumnos.
19.

Actuar con cordialidad y respeto ante los directivos, docentes, instructores

militares y personal administrativo.
20.

Sostener permanente comunicación con el profesor de las materias,

directores de grupo, instructores militares y coordinadores para lograr óptimo
resultado en el proceso formativo.
21.

Estar a paz y salvo con el colegio para recibir los informes valorativos en

cada uno de los períodos académicos y al finalizar el año escolar.
22.

Para que el alumno que realiza la instrucción militar participe en la campaña

final o en la ceremonia de graduación debe estar a paz y salvo con la institución;
teniendo como fundamento el contrato de prestación de servicio educativo firmado
entre las partes: “Padres de familia – colegios”.

ARTICULO 41º
De las Garantías: Los padres de familia o acudientes gozan de las que se señalan
a continuación:

1.

Enterarse periódicamente de los resultados académicos disciplinarios de

hijo(a) o acudido(a)
2.

Constituirse en asociación con el fin de apoyar y asesorar al colegio de

acuerdo a las normas vigentes que regulan a la asociación de padres de familia.
3.

Recibir con suficiente autoridad las situaciones, circulares y boletines en

donde se informe sobre compromisos con la institución.
4.

Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con

los mecanismos que para ellos se estipulen.
5.

Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al consejo de padres de

familia o al consejo directivo.
6.

Formular reclamos de manera comedida.

7.

Participar en el consejo directivo y en todos los programas de formación de

padres que brinda la institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa
que le corresponde.
8.

Conocer con oportunidad las acciones correctivas que afecten a su hijo(a),

acudido(a).
9.

Participar en las actividades extra-curriculares que programe la institución.

10.

Pertenecer a comisiones y asistir cuando fuere necesario ante las

autoridades a solicitar soluciones a problemas del plantel.

CAPITULO VII
DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES,
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y GRUPOS DE ASESORES

ARTICULO 42º

Deberes:

1.

Conocer íntegramente las funciones inherentes a su cargo para desempeño

con ética, eficiencia y sin extralimitarse.
2.

Inculcar en los educandos el orgullo hacia los valores históricos y culturales

de la nación y el respeto a los símbolos patrios de la institución.
3.

Dar trato cortes a sus compañeros y alumnos, compartiendo sus tareas con

espíritu de humildad y solidaridad.
4.

Capacitarse en forma permanente con miras a mejorar sus labores

pedagógicas y ser ejemplo para sus alumnos en todas las circunstancias y lugar.
5.

Utilizar los materiales y ayudas didácticas que el colegio brinda para el

desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, velando por la conservación del
que le sea confiado.
6.

Evaluar

periódicamente

los

logros

de

los

educandos

bajo

su

responsabilidad, dándoles a conocer los resultados obtenidos para que puedan
ejercer el derecho al reclamo.
7.

Dar trato y solución justa y equitativa a los problemas presentado por los

alumnos sin evidenciar preferencias.
8.

Planear, organizar y ejecutar adecuadamente las actividades propias del

proceso de aprendizaje.
9.

Demostrar una permanente disposición a contribuir en la búsqueda de la

solución a los problemas de la comunidad educativa.
10.

Inculcar a través del ejercicio docente en los estudiantes valores éticos,

morales y sociales que contribuyan a su formación integral; así como el amor por
la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia humana.
11.

Brindar información veraz sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un

estudiante cuando así lo requiera su acudiente de acuerdo con los horarios
establecidos en el plantel para tal efecto.
12.

Registrar en el observador como director de grupo los aspectos positivos o

negativos del rendimiento escolar y disciplinario de los estudiantes a su cargo.
13.

Mantener y fomentar la comunicación en todo el cuerpo docente, con el fin

de propiciar la unidad de criterios en la formación, en valores, niveles de
desempeño y rendimiento escolar de los alumnos a su cargo.
14.

Estimular la creatividad, los esfuerzos, el rendimiento académico y

disciplinario de sus educandos.
15.

Atender y analizar los reclamos y opiniones de los estudiantes.
16.

Verificar diariamente la asistencia a clases a otras actividades por parte de

los alumnos, reportar novedades y registrar resultados.
17.

Informar a los padres de familias o acudientes la inasistencia de los

alumnos.
18.

Participar activamente en las actividades complementarias organizadas por

la comunidad educativa.

ARTICULO 43º

Derechos:

1.

Recibir trato respetuoso y ser acatado en sus decisiones por parte de todos

los miembros de la comunidad educativa.
2.

Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares y profesionales, a

través del conducto regular con fundamento en las disposiciones legales y el
contrato.
3.

Recibir capacitación adecuada y asesoría oportuna de acuerdo a las

necesidades y el desempeño de sus funciones, en las diferentes reformas
educativas.
4.

Interponer los recursos legales para defenderse ante los cargos que

recaigan sobre su persona teniendo en cuenta el estatuto docente.
5.

Recibir oportunamente la renumeración establecida en el contrato como

contraprestación por su trabajo.
6.

Utilizar dentro del horario establecido, los servicios de bienestar – que

ofrece el plantel.
7.

Ascender dentro de la carrera docente.

8.

Recibir estímulos de carácter profesional y económico.
9.

Obtener el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, de acuerdo con

las disposiciones legales vigentes.
10.

Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al consejo directivo, o

académico.
11.

No ser discriminado por razón de sus creencias políticas y religiosas.

12.

Los demás que contemplan la Constitución Política de Colombia en su

condición de ciudadano.

ARTICULO 44 º
Prohibiciones: Además de los consagrados en los artículos 44, 45, 46 y 47 del
Estatuto Docente se tendrán en cuenta los siguientes:

1.

Abandonar o suspender sus labores injustamente o sin autorización previa.

2.

Asistir habitualmente al sitio de trabajo en estado de embriaguez o en

toxicomanía.
3.

Malversar los fondos o bienes del colegio, de los estudiantes o cooperativa

escolar.
4.

Aplicar castigos denigrantes o crueles a los educando.

5.

Traficar con notas, certificados de estudio o alteración del registro de

calificaciones.
6.

El uso de documentos o informaciones falsas al estudiantes, o de carácter

ARTICULO 45º

Compromisos del Rector: Son sus compromisos los que se relacionan:

1.

Conocer y difundir el contenido del Manual de Convivencia entre todos los

miembros de la comunidad educativa.
2.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de

Educación Nacional y de los Consejos Directivos y Académicos.
3.

Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el

ejercicio de sus funciones.
4.

Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la

comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que
puedan surgir entre ellos.
5.

Dirigir la consecución de los recursos materiales en el colegio y velar por

crear y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo
de las actividades académicas.
6.

Promover el desarrollo integral de los humanos por medio de proyectos

educativos, comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.

TITULO III
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

CAPITULO I
LA ACCION DISCIPLINARIA

ARTICULO 46º
Naturaleza de la Acción: La acción disciplinaria es pública.

ARTICULO 47º
Oficiosidad y Preferencia: La acción disciplinaria se iniciara y adelantara de oficio,
por información proveniente de un superior de un alumno o de un directivo que
preste sus servicios en el colegio.
Los alumnos, los docentes, los coordinadores, los instructores militares, el
funcionario que preste sus servicios al colegio, que de cualquier manera se entere
de la ocurrencia de un hecho que constituya falta disciplinaria, deberá ponerlo en
conocimiento de la Rectoría Académica o militar, suministrando toda la
información y prueba que tuviere por medio de un informe escrito.

ARTICULO 48º
De las Atribuciones: Se entiende por atribución disciplinaria la facultad para
premiar, sancionar o estimular al personal de los alumnos teniendo en cuenta los
niveles y grados con que cuenta el colegio.

CAPITULO II
DE LA COMPETENCIA

ARTICULO 49º
Competencia: Es competente para conocer y sancionar la falta disciplinaria, del
rector académico, del rector militar, el coordinador académico, el coordinador de
instrucción militar, el director de grupo, el profesor, el instructor militar.

ARTICULO 50º
Acumulación: La acumulación en un solo proceso de las investigaciones
disciplinarias contra una misma persona podrá hacerse de oficio a solicitud del
infractor a partir de la notificación de los cargos, siempre que no se haya proferido
fallo de primera instancia, si se niega deberá hacerse exponiendo los motivos de
la decisión contra la cual procede el recurso de reposición.
ARTICULO 51º
Reserva: Los directivos que ejerzan atribuciones disciplinarias guardaran la
reserva y discreción necesaria para evitar que se menoscabe la mora y el prestigio
social del afectado tanto dentro como fuera de la institución.

CAPITULO III
SUJETO PROCESALES

ARTICULO 52º
Intervención en el Proceso: Solamente pueden actuar en el desarrollo del proceso
disciplinario, el funcionario competente, el investigado y su defensor sin perjuicio
de la supervisión que en razón de la vigilancia puede ejercer el personero y el
rector del colegio.

ARTICULO 53º
Calidad de Disciplinado: La calidad de disciplinado se adquiere a partir de la
notificación del auto de cargos, momento en el cual se le enterará personalmente
de la respectiva providencia.

ARTICULO 54º
Derechos de Disciplinados: Son derechos del disciplinado:

1.

Conocer de la iniciación de la investigación

2.

Rendir descargo oral o escrito

3.

Estar asistido por el padre, acudiente o defensor.

4.

Recibir copia de la actuación.

5.

Mantener la calidad de alumno hasta que sea ejecutoriado el fallo de

segunda instancia.
CAPITULO IV
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 55º
Principio que Rigen: La actuación disciplinaria se desarrollara de conformidad en
el artículo 29 de la Constitución política de Colombia, teniendo en cuenta los
principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad,
publicidad y contradicción.

ARTICULO 56º
De la Imparcialidad: En virtud de este principio se tiene en cuenta:

1.

La finalidad del procedimiento es establecer la verdad de los hechos y

sancionar a los responsables.
2.

El investigado tendrá derecho al informativo disciplinario desde el momento

en que le sea comunicada la apertura de la investigación.
3.

No podrá una misma conducta más de una vez.

4.

El funcionario debe investigar tanto los hechos y circunstancias favorables

como los desfavorables a los intereses del disciplinado.

ARTICULO 57º

De la Publicidad: En virtud de este principio se tiene en cuenta:

1.

Toda decisión que se adopte en el proceso, se motivara en forma detallada

y precisa.
2.

Las decisiones se darán a conocer mediante notificaciones que las normas

establecen.
3.

Las sanciones impuestas a los alumnos se registraran en el folio de vida.

4.

Los informativos disciplinarios se archivaran en los expedientes individuales

que se lleven por cada alumno.

ARTICULO 58º

De la Contradicción: El investigado tendrá derecho a controvertir las decisiones
adoptadas interponiendo los medios y recursos legales establecidos.

ARTICULO 59º

Requisito Formal de la Actuación: La actuación disciplinaria debe consignarse por
escrito.

CAPITULO V
NOFICACIONES

ARTICULO 60º
Formalidad: Las notificaciones se harán personalmente con la presencia del
alumno y el padre de familia o acudiente. Se notifican los cargos que indican la
indisciplina.

CAPITULO IV
DE LOS FALLOS

ARTICULO 61º
Corresponde a quien tenga atribuciones o competencia disciplinaria, proferir los
fallos correspondientes una vez se haya efectuado todo el procedimiento
finalizado con el cierre de la investigación. Para fallar se dispone de un plazo de
diez (10) días corridos, al cabo de los cuales se notifica al disciplinado. Debe
contener los siguientes aspectos:

1.

Resumen de los hechos.

2.

Síntesis de la prueba recaudada

3.

Resumen del alegato de defensa con las razones por las cuales se aceptan

o se niegan.
4.

Especificación de los cargos que se consideran probados con la indicación

de las normas infringidas.
5.

La decisión que se adopte para su ejecución.

ARTICULO 62º
Recursos: Contra el fallo disciplinario de primera instancia procede el recurso de
reposición ante el superior que lo impuso y el de apelación ante el consejo
directivo o consultivo para que la cuestión decida en la providencia de primer
grado la confirme, reforme o revoque.

ARTICULO 63º
Ejecución de las Sanciones: La sanción impuesta la harán efectiva el rector
académico, rector militar, coordinador académico, coordinador militar y los
directivos de grupo, la cual debe enmarcarse dentro de las atribuciones
disciplinarias que a cada uno le compete.
CAPITULO II
DEL INGRESO

1.

Quienes se sometan a la instrucción militar y los menores de edad lo hacen

en forma voluntaria mediante la firma de un documento por los padres donde se
autorice y especifique tal disposición.

2.

Por ser de carácter voluntario, el cadete puede solicitar en cualquier tiempo

su exclusión de la institución militar, sin que ello implique su exclusión de la parte
formal académica, o que afecte en modo alguno.

3.

En caso de pérdida de la fase de instrucción militar el cadete podrá escoger

entre retirarse o repetirla sin que la parte formal académica se afecte.

4.

La inscripción en el servicio militar de los alumnos de noveno (9) grado se

hace mediante diligenciamiento y presentación al distrito militar de los expediente
de cada alumno que contengan los siguientes documentos:

a)

Registro civil de nacimiento.

b)

autorización firmada por padres para adelantar la instrucción militar.

c)

Una fotografía a color de tres por cuatro y reciente, de frente.

d)

Certificado de aprobación de octavo (8) grado.

e)

Fotocopia ampliada de los documentos de identidad del alumno y de los

padres.
f)

Exámenes de órganos de los sentidos.

g)

Factor RH y certificado medico de convivencia.

h)

Certificado de ingresos laborales o declaración de rentas de cada padre.
5.

Elaborar y presentar al Distrito Militar antes de incidir las labores

académicas de acuerdo al anexo B “de la resolución 00715 de 1999 la relación de
alumnos matriculados para noveno (9) grado con base en el libro de matrículas,
junto con número de registro, firma y sello del rector y póliza de seguros colectivos
vigentes”.

6.

Dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de iniciación de

labores escolares se práctica el primer examen médico de comprobación de
aptitud psicológica para los alumnos matriculados en noveno (9) grado,
jurisdicción, elaboración del acta correspondiente

7.

Al iniciar la primera y la segunda fase militar a los cadetes matriculados en

décimo (10) grado y undécimo (11) grado respectivamente que hayan aprobado la
fase anterior, se práctica el segundo y tercer examen médico de comprobación de
aptitud psicológica, elaborando el acta correspondiente.

8.

EL acta de comprobación de aptitud psicológica para los alumnos

matriculados en octavo (8) grado que ingresan a la fase preliminar debe contener
los siguientes aspectos:

a)

Encabezamiento

b)

Personal apto

c)

Personal inhábil

d)

Autorización de ingreso a la fase preliminar

e)

Entrega de documentación

f)

Constancias

g)

Firmas
CAPITULO III
DE LA ORGANIZACIÓN

1.

El colegio al adoptar la instrucción militar debe construir el consejo

consultivo compuesto por el comandante de la Unidad Directora quien lo preside;
el Rector Militar; el oficial de la sección tercera operaciones de la unidad directora
encargado de supervisar el cumplimiento de los programas de instrucción y
entrenamiento militar, el comandante del distrito militar quiere hacer las veces de
secretario; el coordinador de instrucción militar quien conoce de las decisiones
formadas con respecto a la instrucción.

2.

El Rector Militar debe ser un oficial en uso de buen retiro de las Fuerzas

Militares con grado no inferior al de Mayor o Capitán de Corbeta y llenar requisitos
por el Ministerio de Educación Nacional sobre Escalafón.

3.

El colegio militar debe nombrar un oficial en uso de buen retiro con grado no

inferior a Capitán o Teniente de navío como coordinador de instrucción militar,
quien participará en el consejo consultivo y responderá por la instrucción militar del
plantel.

4

Cada unidad fundamental de instrucción que se organice, tendrá un

comandante con grado no inferior al de subteniente o teniente de corbeta y cada
pelotón un comandante con grado no inferior al de sargento segundo del ejército o
un equivalente en las otras fuerzas.

5

La unidad fundamental no puede estar integrada por más de cuatro (4)

pelotones y un pelotón por más de cuarenta (40) cadetes.
6.

El colegio debe nombrar un instructor de banda marcial idóneo con

conocimiento de las marchas y honores militares, diferente a los suboficiales de
Régimen Interno y comandantes de compañía y pelotón.

CAPITULO IV
DE LOS DEBERES Y FUNCIONES

1.

DEBERES DEL CONSEJO CONSULTIVO

a)

Dirigir y orientar el establecimiento en el aspecto militar.

b)

Solucionar aquellos asuntos que por su magnitud requieren su intervención.

c)

Resolver en última instancia las investigaciones adelantadas contra

alumnos del plantel que reciban instrucción militar por incurrir en fallas que
constituyan causales de mala conducta contempladas en los reglamentos
militares.

d)

Reunirse mensualmente en la sede del colegio militar para tratar aspectos

relativos a la buena marcha del instituto y de la instrucción militar. El cargo como
miembro del consejo constructivo no podrá delegarse.

e)

Velar por el buen trato al personal, las sanas costumbres, el respeto a los

derechos humanos y las libertades individuales.
f)

Verificar el cumplimiento y la asistencia a la institución.

2.

FUNCIONES DEL RECTOR MILITAR

a)

Es el responsable por la buena marcha del instituto en los aspectos legales,

disciplinarios, administrativos, de personal y de instrucción militar.

b)

Debe seleccionar a los oficiales y suboficiales en uso de buen retiro que se

han desempeñar como instructores militares sometiéndolos a la aprobación de la
unidad directora.
c)

Se responde porque la planta de instructores militares se ajuste a los

dispuestos en la resolución 00715 de 1999.

d)

Preparar las ceremonias de clausura del año militar, juramento de bandera,

entrega de armas, licenciamiento y entrega de premios y tarjetas de reservista de
Primera Clase.

e)

Nombrar al oficial funcionario de instrucción y a suboficial secretario para

adelantar los informativos por accidentes de personal en la instrucción militar, por
asuntos disciplinarios y por pérdida de daño en el material de armamento con el fin
de establecer correctivos a que haya lugar. Los funcionarios de instrucción
deberán ceñirse a las normas vigentes para las Fuerzas Militares o de acuerdo
con la normatividad vigente.

f)

Verificar el envío a la dirección de Instrucción y Entrenamiento, Dirección de

Reclutamiento y Oficina de Reservar de la respectiva Fuerza el informe anual y los
resultados de cada fase y cuando no se hubiere efectuado informar a la mayor
brevedad a la dirección de instrucción y entrenamiento.

g)

Verificar el cumplimiento y asistencia a los programas de instrucción militar

de acuerdo con lo dispuesto por la dirección de instrucción y entrenamiento de
cada fuerza.

3.

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE INSTRUCCIÓN MILITAR

a)

Efectuar el planteamiento de la instrucción de acuerdo con dispuesto en el

programa de instrucción y entrenamiento y responder ante la rectoría y el
comando de la unidad directora por la conducción de ésta.

b)

Elaborar los horarios de instrucción y supervisar su cumplimiento.

Copia de ello debe hacerlos llegar a la sección de operaciones de la unidad
directora.

c)

Llevar la estadística de la instrucción militar.

d)

Asesorar al rector militar en todo lo referente a la organización, instrucción y

entrenamiento militar.

e)

Mantener coordinación con la unidad directora para efectos de la instrucción

militar.

f)

Administrar el material de enseñanza y ordenar la confección de aquellas

ayudas de instrucción que sean necesarias para el mejoramiento de la instrucción
militar.
g)

Responder por que el espíritu militar y la disciplina se mantenga en todo

momento.

h)

Proponer a la rectoría del colegio el calendario de conferencias patrióticas

para el personal de alumnos.

i)

Emitir conceptos sobre los informativos que se adelanten en el colegio

militar, motivados por accidentes graves que tengan relación con la instrucción
militar, por pérdidas o daños en el material de armamento o por asuntos
disciplinarios.

j)

Aprovechar la cercanía y relación constante con los estudiantes para

difundir y cimentar conceptos de patria, nacionalismo sano, afecto por las Fuerzas
Militares, respeto a la ley y defensa a los valores democráticos, así como para
incrementar la vocación por la carrera de las armas, como ideal y como profesión.

k)

Velar y responder por la buena marcha de la instrucción, el buen trato al

personal, el respeto a los derechos humanos las libertades individuales y las
sanas costumbres.

l)

En el ejercicio de campaña final verifica y controla que en lo posible el

personal femenino permanezca al mando de un suboficial femenino en uso de
buen retiro. Cuando no es posible, asigna un suboficial masculino con la
supervisión de una profesora.

m)

Hace parte del consejo consecutivo y académico del plantel.
4.

FUNCIONES DEL COMANDANTE DE LA UNIDAD FUNDAMENTAL

a)

Responder por la administración, disciplina, instrucción, educación y

formación moral de los alumnos bajo su mando.

b)

Responder por el planeamiento, preparación y presentación de la revista

final de instrucción.

c)

Cumplir funciones como instructor.

d)

Responder por la preparación de la instrucción y elaboración de los planes

de lección y responder por la elaboración de ayudas de instrucción y disponibilidad
de reglamentos y manuales de consulta.

e)

Responder ante el director y coordinador de la instrucción militar y ante la

unidad directora, por todas las actividades desarrolladoras por la unidad bajo su
mando.

f)

Mantener un elevado nivel moral y espíritu de cuerpo en el personal de su

unidad, mediante el buen ejemplo, adecuadas instrucciones y oportunos
estímulos.
g)

Elaborar la documentación ordenada en la presente resolución.

h)

Controlar el correcto funcionamiento de los servicios de régimen interno de

la unidad fundamental y el cumplimiento de las normas impartidas.
5.

FUNCIONES DE LOS COMANDANTES DE PELOTON

a)

Dictar la instrucción de las materias planeadas, conocerlas a fondo, de

acuerdo con los programas y horarios respectivos.

b)

Ejercer solamente las actividades disciplinarias que le hayan sido

delegadas por el comandante de unidad fundamental.
c)
Llevar al día la documentación del comandante de pelotón estipulado en el
presente reglamento.
d)

Mantenerse actualizado en las doctrinas y técnicas militares.

e)

Velar por el bienestar y buen trato de sus subalternos.

6.

FUNCIONES DEL REGIMEN INTERNO

a)

Llevar al día la documentación ordenada para la Rectoría Militar.

b)

Conocer la misión y funciones que le corresponde al Rector para asesorarlo

en todos los actores del servicio.

c)

Elaborar, registrar y archivar la documentación de la Rectoría y

Coordinación militar entregando lo que sale de la dependencia respectiva.

d)

Llevar al día el registro de los premios, distinciones y sanciones

disciplinarias impuestas a los cadetes por la Rectoría y Coordinación militar.
e)

Llevar al día el control de asistencia de los alumnos a la instrucción militar y

actividades del servicio.

f)

Asumir las funciones de instructor.

7.

FUNCIONES DE LOS COMANDANTES DE ESCUADRA

Los cadetes de undécimo (11) grado que reciban distinción de Brigadier Mayor y
Brigadieres se desempeñaran como reemplazantes de pelotón y comandantes de
escuadra con las siguientes funciones:

a)

Desempeñar funciones de auxiliares en la instrucción militar.

b)

Servir de ejemplo ante los subalternos y fomentar el espíritu de cuerpo.

c)

Colaborar con los superiores directos en el aspecto disciplinario, vigilando el

cumplimiento de las disposiciones que se emitan.
d)

Desarrollar y fomentar el patriotismo y demás virtudes militares en el

personal de la escuadra.
e)

Procurar el mejoramiento constante de sus conocimientos y los de sus

subalternos.

8.

DEBERES DE LOS CADETES

a)

El alumno al ingresar voluntariamente al colegio militar adquiere la

obligación de cumplir las normas militares que rige el funcionamiento
b)

Observar las normas de cortesía militar.

c)

Observar excelente presentación personal y del uniforme dentro y fuera del

plantel.
d)

Cumplir estrictamente los horarios de instrucción militar.

e)

Cumplir las disposiciones de régimen interno del colegio y el manual de

convivencia.
f)

Usar el corte de cabello reglamentario, cuando se esté en instrucción

militar.
g)

velar por el prestigio del plantel.

h)

Cumplir las normas de compañerismo y subordinación.

i)

Acatar y respetar las disposiciones de la Policía Militar y Policía Nacional.

j)

informar a sus superiores en forma inmediata, de las anomalías que se

presentan dentro y fuera de las instalaciones del colegio por parte de los alumnos.
k)

Asistir puntualmente a las actividades especiales de carácter miliar,

religioso, cívico o cultural ordenados por la unidad directora o por el rector del
instituto.

CAPITULO V
DE LA DOCUMENTACION

1.

DOCUMENTACION DE LA RECTORIA MILITAR

a)

Tarjeta kardex y hoja de vida cada alumno.

b)

Copia de los informes de instrucción pasadas al colegio.

c)

Copia de los informes de revista de instrucción.

d)

Archivo de un folleto de revista de instrucción por cada revista presentada.

e)

Archivo de los planes de campaña anual de todas las campañas por el

colegio a partir de la fecha.
f)

Resolución de reglamentación de los Colegios Militares.

g)

Documento que indica la voluntariedad del alumno para asumir la

instrucción militar y la autorización de los padres cuando sean menores de edad.
h)

Contrato de trabajo de los instructores militares.

I)

Póliza de seguro colectivo actualizada.

3.

DOCUMENTACION DEL COORDINADOR DE INSTRUCCIÓN MILITAR

a)

Libro histórico del plantel

b)

Libro de actas del consejo consultivo

c)

Legajo de ordenes del día

d)

Lista orgánica del plantel.

e)

Póliza del seguro colectivo contra accidente actualizada a favor de los

alumnos que reciban la instrucción militar.
f)

Libro registro de los carnet de identificación.

g)

Programa de instrucción anual aprobado por la unidad directora.

h)

Libro registro de informativos.

i)

Reglamento militares vigentes, para preparación de instrucción militar.

j)

Hojas de vida de los alumnos de noveno (9) y undécimo (11) grado, los

cuales deben contener:
Certificado de actitud física expedido por el oficial de sanidad de la unidad
directora.
Registro civil de nacimiento.
k)

Autorización escrita por los padres o alumnos para que el alumno reciba la

instrucción militar asumiendo su propio riesgo.

3.

DOCUMENTACION DEL COMANDANTE DE COMPAÑIA

a)

Carpeta con copia de planes de lección.

b)

Libro de tiro

c)

Borrador de tiro
d)

Carpeta con copia de los horarios de instrucción.

e)

Reglamento militares vigentes para la preparación de la instrucción

f)

Organigrama de la unidad fundamental

g)

Carpeta para informes mensuales a la instrucción.

h)

Carpeta con lista orgánica de la unidad

i)

Carpeta con datos personales, grupo sanguíneo y deporte que practique el

alumno.
j)

Carpetas con folios disciplinarios.

k)

Carpeta con las órdenes del día de la unidad fundamental.

4.

DOCUMENTACION DEL COMANDANTE DE PELOTON

a)

Lista orgánica en orden alfabético con datos personales, grupo sanguíneo y

afición deportiva de cada uno de sus componentes.
b)

Folio de vida de cada alumno.

c)

Anotaciones sobre inasistencia a la instrucción militar.

d)

Libreta de anotaciones personales.

CAPITULO VI
DE LA INSTRUCCIÓN MILITAR

1.

La instrucción militar que se adelante se divide en tres fases así:

a)

Fase Preliminar.

Con un a duración de año lectivo; la adelantan los alumnos que cursan noveno (9)
grado; comprende instrucción de tipo militar con énfasis en asignaturas que
propenden por la cívica, la urbanidad, la ética, la moral, los símbolos patrios, la
sanas costumbres, el amor a la patria y las que conlleven al desarrollo físico y
armónico como deportes y juegos de gimnasia. Se clausura con la ceremonia
militar de la toma de la promesa por parte de quienes la aprueben.

b)

Primera Fase Militar

Se adelantará por los alumnos que cursan décimo (10) grado que hubieren
aprobado la fase preliminar, se desarrolla instrucción militar básica encomendada
a capacitar al cadete como líder y combatiente individual con énfasis en materia
que propendan por el respeto a los derechos humanos, las libertades individuales,
la constitución nacional, los valores personales y familiares y la preparación para
la defensa de la patria. La fase se clausura con la ceremonia militar de la entrega
de armas y juramento de bandera por parte de quienes la aprueben.

c)

Segunda Fase Militar

La adelantan los alumnos que cursen undécimo (11) grado que hubieren aprobado
la primera fase militar; comprende la instrucción de pequeñas unidades y estará
encaminada a capacitar a los cadetes como miembros de escuadra, pelotón y
compañía. Se clausura la fase con la ceremonia militar de licenciamiento de los
alumnos que aprueban la fase y el año lectivo.

2.

Los cadetes que dejen de asistir al tres por ciento (3%) de las labores de

instrucción programadas en una fase, o sea dieciocho (18) horas, perderán dicha
fase.
3.

Ningún cadete podrá ingresar directamente a la primera fase militar sin

haber adelantado y aprobado previamente la fase preliminar.
4.

Ningún cadete podrá ingresar directamente a la segunda fase militar sin

haber adelantado y aprobado la fase preliminar y la primera fase militar.
5.

Los cadetes que habiendo adelantado las tres fases de instrucción militar,

obtengan su titulo de bachiller y deseen continuar la carrera militar, podrán
ingresar a las escuelas de formación con prelación sobre los médicos de actitud
física, certificados de estudio del colegio y conceptos favorables de la unidad
directora.
6.

La evaluación militar es diferente de la evaluación educativa y las no serán

calificadas en común.
7.
*

La intensidad minina horaria en cada fase será como sigue:
Treinta y ocho semanas (38) con quince horas semanales diurnas de

instrucción.
*

Cuatro (04) horas nocturnas al mes

*

Una (1) semana con un (1) ejercicio de campaña final no inferior a cuatro

(4) días.

PRIMERA FASE MILITAR
Treinta y nueve semanas distribuidas así:
*

Treinta y ocho semanas (38) con quince horas semanales diurnas de

instrucción.
*

Un terreno quincenal diurno de seis (6) horas

*

Cuatro (04) horas nocturnas al mes

*

Una (1) semana con un (1) ejercicio de campaña final no inferior a cuatro

(4) días.

d)

Para todas las fases

La instrucción diurna se hará el viernes con ocho (8) horas y el sábado con (7).

La instrucción nocturna mensual se hará el viernes iniciando las 17:00 horas con
la parte teórica y terminara con la parte práctica y terminara con la parte práctica a
las 21:00 horas pudiéndose adelantar hasta en una hora en su iniciación

y

terminación, cuando por razones de seguridad, el consejo consultivo o los
directivos lo consideren conveniente.
El horario de instrucción en el ejercicio anual de campaña es de 07:00 a 13:00
horas y e 17:00 a 12:00 horas para la nocturna.

8.

El personal de cadete masculino o femenino que hayan adelantado y

aprobado las tres fases de instrucción y se titulen como bachilleres tendrán
derecho a que se le expida tarje de conducta, de reservista de primera clase.
9.

Los estudiantes que no se acojan a la instrucción militar, que durante el

transcurso de la misma se inhabiten, que no aprueben la fase o que de acuerdo
con la Ley 48 de 1993 estén exentos de prestar el servicio militar deben
presentarse directamente al distrito militar para definir su situación militar.
10.

Los cadetes están obligados a participar y colaborar en ceremonias

militares y en las jornadas de acción cívico militar y las campañas de
alfabetización que se adelanten.
11.

El cadete que por fuerza mayor o caso fortuito debidamente certificado no

asistir a la revista de instrucción militar o al ejercicio de campaña final, podrá suplir
su inasistencia, presentándose a la siguiente que se realice.
12.

El cadete que reprueba el año académico pero aprueba la fase militar

correspondiente al período no podrá continuar con su programa de instrucción
militar hasta que nivele académicamente.
13.

Al iniciar cada período lectivo, el rector militar debe pasar a la unidad

directora la relación con identificación de comandante, instructores y cadetes que
inician cada fase.
14.

Solo se podrá coordinar la expedición de tarjetas de conducta y libreta

militar de primera clase al término del tercer año lectivo correspondiente a la
segunda fase de instrucción militar, partiendo de la fecha de su aprobación por
parte del ministerio de defensa.
15.

Al terminar cada fase se elaborará el cuadro parcial de calificaciones con

base en las áreas de entrenamiento que tendrán un valor del 20%. Las áreas son
las de preparación psicológica y moral, física, técnica, técnica y operacional y
condiciones militares.
16.

Las cuatro primeras áreas se clasificaran mediante preguntas orales,

exámenes escritos y ejecución práctica; para esto es necesario elaborar
previamente los patrones respectivos. El área de condiciones militares se califica
mediante cuidadosa y permanente observación; esta contiene las siguientes
asignaturas: sentido de responsabilidad, fomento de la colaboración, puntualidad,
presentación personal, iniciativa, compañerismo, comportamiento social, disciplina
militar, parte militar, espíritu militar, mando (brigadieres, brigadieres mayores).
17.

Para que una materia o asignatura pueda considerarse aprobada, se

requiere haber aprobado el logro.
18.

El cadete que no pueda ser calificado por lo menos una vez durante cada

fase, pierde la materia o asignatura.
19.

El cadete que pierda el logro en una materia practica o tres teorías pierde la

fase.
20.

Las calificaciones deben guardar concordancia con los folios de vida,

conceptos de la instrucción y los informes de actividades.
21.

Al final de cada elaboraran cuadros parciales de evaluaciones bajo la

responsabilidad del comandante de compañía, quien lo certifica mediante acta en
la que intervienen los comandantes de pelotón.
22.

La póliza de seguro colectivo contra accidente debe ser renovada cada año

y no se podrá iniciar la instrucción sino se tiene la póliza vigente.
23.

Es responsabilidad del colegio confeccionar y poseer las ayudas de

instrucción y material requerido para el desarrollo del entrenamiento militar.
24.

El colegio organizara en forma ordenada y clasificada los almacenes de

material de intendencia y ayudas de instrucción para el desarrollo del
entrenamiento con las debidas medidas de seguridad, nombrando en cada caso
un almacenista.
25.

El material de guerra o equipo especial debe ser almacenado y manejado

bajo la exclusiva responsabilidad de la unidad directora; en ningún caso el colegio
esta autorizado para poseer, manejar o almacenar este material.
26.

La munición que se va a disparar durante la fase será adquirida por el

colegio en el almacén de Industria Militar de la guarnición. El almacenamiento a
cargo de la unida directora.
27.

El colegio debe organizar la banda marcial ajuntándose a lo establecido en

el reglamento FF.MM 3-20.
28.

Terminantemente prohibido que los cadetes presten el servicio de guardia

diurno y nocturno.

TITULO SEGUNDO
PARTE ESPECIAL

CAPITULO I
DE LA DISCIPLINA Y LAS ORDENES

1.

La disciplina es la condición esencial para la existencia de toda institución

militar, consiste en mandar y obedecer dentro de las atribuciones del superior y las
obligaciones del subalterno.
2.

Los medios para encauzar la disciplina son preventivos o represivos, los

primeros se utilizan para defenderla y vigorizarla; los segundos para restablecerla
cuando ha sido quebrantada.
3.

Los medios preventivos son las normas y preceptos cuya finalidad es

proteger a los hombres contra su propia debilidad, preservándolo de toda
influencia nociva.
4.

Los medios represivos son los actos del superior que tiene como finalidad

provocar la corrección de quienes han infringido las normas y evitar la reincidencia
en la comisión de las mismas. Los actos se denominan sanciones disciplinarias.
5.

Es deber del superior estimular a quienes se destaquen en el cumplimiento

de sus obligaciones y sancionar a quienes infrinjan las normas. El mejor medio
para mantener la disciplina lo constituye el estimulo por que tiende a exaltar ante
los demás el cumplimiento del deber.

Todo aquel a quien se atribuye una función de comando es competente expedir
una orden, la cual debe ser lógica, oportuna, clara, precisa y concisa, debe
cumplirse en el tiempo y del modo indicado por quien la emite.
7.

La responsabilidad de toda orden militar recae en quien la omite y no quien

la ejecuta.

CAPITULO II
DE LAS NORMAS MILITARES DE CONDUCTA

1.

La devoción por la patria deberá superar cualquier interés personal y

familiar.
2.

Demanda clara concepción del deber, acendrado espíritu militar, firmeza de

carácter,

sentido

de

responsabilidad,

veracidad,

valor,

subordinación,

y

compañerismo. Será permanente preocupación de los cadetes del Centro
Educativo Militar El Tesoro del Saber cultivar y desarrollar en el más alto grado
estas virtudes y deberes.
3.

El honor propio y el del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, deben

ser considerados como un bien supremo, por lo tanto será necesario respetar uno
y otro.
4.

La obediencia y el respeto a los superiores son obligatorios para todo el

personal del cadete (noveno, décimo y undécimo) del Centro Educativo Militar El
Tesoro del Saber, en todos los actos del servicio y fuera de él.
5.

La palabra alumno que preste el servicio militar será siempre la expresión

auténtica de la verdad.
6.

Para los alumnos distinguidos mayores, brigadieres y brigadieres mayores,

en el ejercicio del mando debe estar basado en el cumplimiento de la misión
recibida, sin tratar de eludir la responsabilidad, ni delegar esta al subalterno.
7.

Todos los que tengan mando tienen la obligación de conocer y estimular los

esfuerzos de sus subalternos para mantener el espíritu de trabajo y deseo de
superación.

CAPITULO III
DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

1.

El Personal de cadete, brigadieres y brigadieres mayores están obligados a:

a)

Llevar vida ordenada, evitar los excesos y el trato con personas de dudosa

reputación, así como de abstenerse de asistir a lugares que no correspondan al
prestigio del colegio.
b)

Aceptar sin replica no demostraciones de inconformidad las sanciones

impuestas.
c)

Cuidar y conservar los elementos especialmente el material de armamento.

d)

Preocuparse por adquirir y perfeccionar los conocimientos propios de la

instrucción militar.
e)

Observar absoluta reserva en todos los asuntos relacionados con el

servicio.
f)

Asistir con puntualidad al servicio. Las fallas que se cometan en este

sentido serán tanto más graves cuando más elevado sea la distinción y grado del
infractor.
g)

Llevar el uniforme con las normas reglamentarias incurre en grave falla

quien use prendas u objetos no autorizados o quien por su representación
incorrecta denote abandono o negligencia.
h

Guardarse mutuas consideraciones de respeto. En sus relaciones sociales

y del servicio se inspirara en sentimientos de hidalguía y caballerosidad.
i)

Respetar en todos los actos del servicio y fuera de el a oficiales y

suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.
j)

Emplear para con el público procedimiento ceñido a la cultura.

k)

Observar estrictamente el conducto regular en la tramitación de reclamos y

demás asuntos del servicio que así lo requieran en el colegio.

2.

Son actos prohibidos en los cadetes, brigadieres y brigadieres mayores del

Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber los siguientes:
a)

Usar, permitir y tolerar murmuraciones y la crítica destructiva, las cuales se

agravan según la forma, modo y circunstancia en que se hagan.
No debe perderse de vista que la murmuración indispone los ánimos sin remediar
el mal que se critica.
b) Intervenir con juegos de suerte y azar en todos aquellos prohibidos por las leyes
y reglamentos.
c)

Emplear armamento, equipo o cualquier elemento de dotación oficial en

asuntos diferentes a la instrucción.
d)

Suministrar información a cualquier

medio de difusión o a particulares,

sobre aspectos o actividades desarrolladas en la instrucción o de la institución de
los cuales se debe mantener reserva.
CAPITULO IV
FALTAS CONTRA LA DISCIPLINA

ARTICULO 64º
Contra la Moral y el Prestigio del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber.

1.

Intervenir en discusiones y conversaciones sobre asuntos de carácter

político, partidista, religioso mientras permanezca en el colegio recibiendo
instrucción militar o portando el uniforme.
2.

Usar prendar no reglamentarias o uniformes que no correspondan de

acuerdo con lo determinado en el presente reglamento.
3.

Descuidar la correcta presentación persona o en el uniforme.

4.

Prestar sin autorización a personas o entidades ajenas a los colegios

militares, equipo, armamento, o prenda del uniforme.
5.
como

Abusar ocasionalmente de las bebidas embriagantes. Esta falla tendrá
agravante

el

hacerlo

uniformado

en

lugares

públicos

y

hacer

demostraciones que hagan el ridículo.
6.

Intervenir en juegos de suerte y azar prohibido por las leyes y reglamentos

o concurrir a lugar donde se verifiquen estos con uniforme.
7.

Concurrir a lugares que no están de acuerdo con la categoría del alumno y

el prestigio del colegio militar.
8.

Observar conducta impropia con la familia.

9.

Concurrir a la instrucción militar en estado de embriaguez

10.

El irrespeto a miembros de los cuerpos armados nacionales o extranjeros

11.

Vender, suministrar o consumir drogas de carácter alucinógeno que atenten

contra la salud.
ARTICULO 65º
Del Abuso de Autoridad

1.

Las extralimitaciones de las atribuciones.

2.

valerse de terceros para ejercer venganzas profesionales, contra los

subordinados.
3.

Aprovecharse de la propia autoridad para obtener de los demás alumnos

dadivas o prestamos.
4.

El empleo de formas desconocidas de palabras para tratar a los subalternos

o compañeros.
5.

La aplicación por parte de los superiores, no contempladas en esta

resolución.
6.

La parcialidad de un superior al imponer la sanción y dispensar

recompensas por animadversión o simpatía hacia los alumnos.
7.

La desatención por parte de un superior a los reclamos justificados o

demorar sus fallos sin tener excusa.
8.

Presionar a los alumnos para que no reclamen cuando les asiste derecho.

9.

Incitar maliciosamente a los alumnos para que interpongan reclamos.

10.

Comprender e intentar comprometer a otro alumno, o un subordinado

cuando se trata de un superior para que oculte una falla.
11.

La demora por parte de una superior sin excusa, en las tramitaciones de

solicitudes elevadas reglamentariamente por los alumnos.

ARTICULO 66º
De la Negligencia en el Mando

1.

Eludir la responsabilidad inherente a las soluciones de comando

2.

La negligencia en prevenir o reprimir las infracciones contra la disciplina.
3.

Encubrir o tratar de encubrir faltas cometidas por el personal de alumnos

bajo su mando.
4.

Disculparse cuando el personal de alumnos que se comandan incurra en

exceso, negligencia u omisiones en el desempeño de cometido.
5.

Desinterés manifiesto en observar y conocer al personal de alumnos que

comande.
6.

Dejar de anotar, por el superior a quien corresponda, en las hojas de vida

de los alumnos, los premios concedidos y las sanciones impuestas.
7.

La despreocupación de los superiores por el bienestar del personal de

alumnos bajo su mando.
8.

No estimular oportunamente, por actos que lo merezcan al personal bajo su

mando.

ARTICULO 67º
Contra la Subordinación.

1.

El irrespeto del superior con palabra y actitudes.

2.

Las respuestas dadas a los superiores con palabras descomedidas o

empleando medios que riñan con la cortesía militar.
3.

Toda ofensa superior o a quien haga sus veces, cuando esta sea

difamatoria o propagada por medios impresos o dibujos.
4.

La replica a una orden, corrección u observación.

5.

La demanda de explicación al superior sobre el fundamento de una orden,

reconvención, etc.
6.

El usar, permitir o tolerar murmuraciones o crítica contra el superior o contra

sus órdenes.
7.

Los

reclamos

antirreglamentaria.

infundados

o

elevados

en

forma

descomedida

o
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  • 1. CENTRO EDUCATIVO MILITAR “EL TESORO DEL SABER” LEMA “CONSTRUTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD” LIBRO I MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL TITULO I PARTE GENERAL CAPITULO I FUNDAMENTOS LEGALES RESOLUCION RECTORAL No. 007 DICIEMBRE 01 DE 2008 PLANTEAMIENTOS ACADEMICOS INSTITUCIONAL El Rector Académico del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, en uso de las atribuciones legales que le otorga la Ley General de Educación 115 de 1994 y su Decreto reglamentario 1860 del mismo año la Ley 715 de 2001 el Decreto 0230 del 2002 y la Resolución 00715 del 1999, emanada del Ministerio de Defensa Nacional para el funcionamiento de los colegios militares del país y para que me otorgue la Licencia de Funcionamiento como Colegio Militar.
  • 2. CONSIDERANDO: De conformidad con lo estipulado en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P.E.I. y con base en los artículos 23-76 t 77 de la Ley General de Educación 115 de 1994 y el artículo 32 del Decreto 1860 de 1994, El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, diseña el plan de estudios con sus respectivas intensidades horarias. RESUELVE: ARTICULO 1º Apruébese el Plan de Estudio del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, con base a las políticas de la Ley General de Educación 115 de 1994 y su Decreto reglamentario 1860 del mismo año y el Decreto 0230 de 2002. ARTICULO 2º El Plan de Estudios se aplicara a todos los alumnos y cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber. ARTICULO 3º El Plan de Estudios del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, será como aquí se detalla:
  • 3. ARTICULO 4º El alumno o cadete que acumule el 25% de inasistencia, perderá en forma definitiva cada asignatura a la cual dejare de asistir. ARTICULO 5º Entréguese copia de la presente Resolución al Consejo Directivo y al Consejo Académico del plantel para su aprobación y aplicación. ARTICULO 6º La presente Resolución rige a partir de la fecha su publicación Comuníquese, publíquese y cúmplase Dado en Caucasiam – Antioquia 01 de Diciembre de 2008 __________________________ _____________________ Secretaria General Rector Académico
  • 4. PLANTEAMIENTO ACADÉMICO INSTITUCIONAL 1. HORARIOS Las actividades académicas en El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber se desarrollaran en dos jornadas: Mañana: a 12:00 m. 06:30 a.m. a 12:30 p.m. Secundaria 06:00 a.m. a 12:30 p.m. Preescolar 01:00 p.m. a 05:00 p.m. Primaria 2. 07:30 a.m. Primaria Tarde Preescolar 01:00 p.m. a 06:00 p.m. CRITERIOS DE EVALUACION Se harán en forma verbal y escrita, integral, continua y cualitativamente, siendo consolidadas al final de cada uno de los cuatros períodos establecidos. La responsabilidad de la evaluación recae exclusivamente en el profesor de la asignatura. Quien rinde los informes el director de grupo, quien los consolida y envía al coordinador académico. Los resultados de la evaluación verbal se darán a conocer al educando en forma inmediata. Los escritos en un término de diez días. 3. CRITERIOS DE PROMOCION Y REPROBACION Se considera aprobado el año cuando el alumno ha alcanzado la totalidad de los logros en todas las asignaturas 100%
  • 5. El alumno que una vez realizado el curso de recuperación. No alcance los logros en el 90% de la totalidad de las asignaturas contempladas en el plan de estudio para cada uno de los niveles y grados no será promovido. Se considera pendiente de promoción el alumno que finalizado el curso de recuperación, persiste en insuficiencia o deficiencia en la satisfacción de logros previstos en las áreas restantes. Después de haber realizado las actividades correspondiente a cada uno de los cuatro períodos de recuperación académicos y no alcance la totalidad de los logros al finalizar el año escolar, deberá hacer el curso de actividades especiales de nivelación para su promoción. El alumno que al finalizar el escolar pierda tres o más áreas del conocimiento no será promovido; debe repetir el grado, ya que su rendimiento académico fue deficiente. El alumno o cadete del grado 11º que al finalizar el grado escolar no alcance la totalidad del 100% de los logros de las asignaturas contempladas en el plan de estudios de la institución, no serán promovidos y no asistirán a la ceremonia de graduación. Tendrán que hacer un curso especial de nivelación todos los sábados hasta que haya recuperado todas las asignaturas deficientes según los requisitos académicos.
  • 6. CENTRO EDUCATIVO MILITAR “EL TESORO DEL SABER” LEMA “CONSTRUTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD” RESOLUCION No. 0085 DE DICIEMBRE DE 2008 Por la cual se aprueba el Manual de Convivencia social y estatutos disciplinarios para los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber y se establece el procedimiento para su aplicación a partir del año 2009 con base en la Ley general de educación 115 de 1994 y su decreto complementario 1860 del año mismo, la resolución 00715 del 11 de agosto de 1999 del Ministerio de Defensa Nacional, la ley 715 del 2001, el decreto 230 del 2002 del Ministerio de Educación Nacional. CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL SABER En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en el Art. 77 de la Ley 115 de 1994, los Arts. Del 14 al 17 del decreto 1860 del mismo año, el decreto 0230 de 2002 sobre evaluación y promoción académica, la resolución 0715 del 1999 del Ministerios de Defensa Nacional que regula el funcionamiento de los colegios militares y
  • 7. CONSIDERANDO: Que es función del Concejo Directivo, velar por el rendimiento académico y buen comportamiento disciplinario de los educando mientras permanezcan inscritos o matriculados en la Institución Escolar. Que la Ley general 115 de 1994 en su Art. 77 y la resolución 00715 de 1999 le confieren autonomía a la institución escolar para reglamentar las normas de convivencia social y de disciplina que la regirán en conformidad con las disposiciones legales vigentes. Para la ejecución del nuevo Manual de Convivencia social proyectado a todos los elementos de la organización escolar fue aprobado según reunión realizada con los padres de familia el 27 de noviembre de 2008. RESUELVE ARTICULO 1º: Aprobar y disponer que entre en vigencia el nuevo Manual de Convivencia social y estatus de régimen disciplinario, presentado con conceptos favorables de los padres de familia y el concejo directivo de la institución. ARTICULO 2º: El Manual de Convivencia social aprobado por la presente resolución cobija a todos los alumnos matriculados del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber y a quienes ingresen posteriormente a la institución escolar. ARTICULO 3º: La presente resolución rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Caucasia – Antioquia a los 01 días del mes de Diciembre de 2008
  • 9. CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL SABER LEMA: “CONSTRUCTOR DE VALORES Y ACEPTACION DE LA DIVERSIDAD” RESOLUCION No. 009 DE DICIEMBRE 01 DE 2008 Por medio de la cual se expide el Manual de Convivencia social y estatutos disciplinarios únicos para los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber y se establece el procedimiento para su aplicación. El Rector Académico y el Rector Militar del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber en uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO 1. Que la Ley General de Educación 115 de 1994 en su Art. 77 el Decreto 1860 del mismo año, en sus Arts. 14 al 17, la resolución 00715 de 11 de agosto de 1999 el Ministerio de Defensa Nacional, para el funcionamiento de los colegios militares faculta al Rector de la Institución para determinar las condiciones de admisión y retiro del personal. 2. Que el reglamento de Régimen Disciplinario para los colegios militares define la disciplina como condición esencial para la existencia de toda organización militar e implica la aplicación de las normas y ordenes que consagran el deber profesional de los educandos. 3. Que el mantenimiento de las disciplinas es responsabilidad de todos los miembros Directivos y todos los demás estamentos que hacen parte de la
  • 10. institución en forma proporcional a los deberes y obligaciones de la comunidad escolar. Que es deber del Rector Militar del Colegio velar por el cabal cumplimiento del código de honor de cadete. 4. Que la Ley General 115 de 1994 en su Art. 77 le otorga la autonomía a la institución escolar para expedir su propio Manual de Convivencia de conformidad con la mencionada ley. RESUELVE ARTICULO 1º Aprobar y disponer que entre en vigencia el Manual de Convivencia Social y el Estatuto de Régimen Disciplinario único para los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber. ARTICULO 2º El Manual de Convivencia Social y Estatuto de Régimen Disciplinario aprobado por la presente resolución se aplica a los alumnos matriculados en el Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber y a quienes ingresen posteriormente a la institución. ARTICULO 3º La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los manuales divulgados anteriormente.
  • 11. CAPITULO II CRITERIOS GENERALES Como su nombre lo indica el presente Manual articula los diferentes estamentos de la institución procurando el fenómeno de valores como el respeto, la solidaridad, autonomía, la justicia, la libertad y otros en pro de la formación de un estudiante capaz de convivir en armonía consigo mismo, en la naturaleza y con la sociedad. Para el diseño de este Manual se han tenido en cuenta las consideraciones de la Constitución Política de Colombia, el Código del Menor, La Ley General de Educación, artículos 73, 87, el Decreto 1860 artículo 17, el Código de la Juventud, respetando la Universidad de los Derechos Humanos. Sean concertados funciones y comportamientos para elaborar un instrumento formativo y no represivo con la teoría que la disciplina se obtiene por convicción y no por imposición. CRITERIOS GENERALES Los directivos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber se preocupa por: 1. Velar por mantener en alto el buen nombre de la institución 2. Incrementar la inteligencia, las habilidades y destrezas en los educadores. 3. Ser multiplicadores de la paz a través de la aplicación de los derechos humanos.
  • 12. 4. Velar por el bienestar social de la comunidad escolar. 5. Mantener, recuperar y conservar la comunidad escolar. 6. Estimular las relaciones humanas entre la comunidad en general. 7. Alcanzar la eficiencia y la calidad en los educandos. 8. Amar mucho a Dios por sobre todas las cosas. OBJETIVOS ESPECIFICOS Contribuir a la formación de una sociedad más justa y más equilibrada mediante el Fomento de valores como la justicia, libertad, democracia, solidaridad, autonomía, responsabilidad, disciplina y autoestima, y otros. OBJETIVOS ESPECIFICOS Lograr un compromiso responsable de los estudiantes con las normas establecidas haciéndolas parte integral de su comportamiento cotidiano. Mantener el orden y el bienestar dentro de la comunidad educativa. Orientar al alumno para que juzgue las cosas con criterios propios e independientes, según lo verdadero, lo justo y las buenas acciones por los demás. Proporcionar en el papel un clima de reflexión, análisis e investigación para el logro de una disciplina intelectual y científica, además de una actualización permanente. Promover la creatividad en la utilización de los recursos del medio.
  • 13. Favorecer la toma de decisiones autónomas y responsables frente a los compromisos que la institución, la familia y la comunidad exigen. Fomentar el desarrollo de las destrezas y habilidades del sujetos para convertirlas en un ser creativo, observador y transformador de la realidad. Ofrecer un clima socio afectivo adecuado para el desarrollo del espíritu creador, participativo y solidario. Fomentar sentimientos de solidaridad y respeto mediante el análisis de los problemas de la comunidad del entorno. Propiciar actividades positivas para mejorar los niveles de vida de la población estudiantil en general. Instruir al niño con una educación integral, en el que se destaquen el comportamiento, buenos modales, temor a Dios, trabajo, rendimiento académico. Dar educación esmerada bajo la orientación cristiana a la niñez de este sector, sin ninguna discriminación religiosa, social, económica o política. Fomentar niños y niñas que sean capaces de moverse en el medio en que vivan, con buenos conocimientos, buen comportamiento, buena moral, y etc.
  • 14. PROYECCION 1. Formar excelente alumnos proporcionándoles una educación integral, con criterios científicos y un alta grado de eficiencia en los diferentes campos del saber donde se desenvuelva. 2. Propender por la disciplina y el espíritu militar se mantengan en todo momento buscando elevar la calidad de la Reserva Militar Colombiana, garantizando un alto nivel institucional en los estudiantes de los tres últimos grados de bachillerato. 3. Buscar la excelencia académica, entendida esta como la conjugación de esfuerzo para optimizar la calidad de nuestros programas educativos, de acuerdo con la evolución tecnológica y científica. PRINCIPIOS PEDAGOGICOS El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber toma como base los siguientes postulados: 1. Estimular por todos los medios la formación integral del alumno que es la esencia y el protagonista del proceso de aprendizaje del colegio, a l a cual aplicamos todas las capacidades institucionales, para lograr así el desarrollo de sus potencialidades en beneficio del alumno. 2. Fomentar afianzamiento de los valores humanos, éticos y patrióticos así como la formación de actitudes de respeto a los derechos humanos, la naturaleza y el cuidado del medio ambiente.
  • 15. 3. Empeñar permanentemente los recursos humanos hacia un enfoque multidisciplinario del saber y la universidad del conocimiento en los procesos de formación académica militar. LINEAMIENTOS PEDAGOGICOS 1. El aprendizaje no solo se da en la vida escolar sino en todo momento y sitio cualquiera. 2. La educación es permanente equilibrada para desarrollar la justicia y la formación de lideres comprometidos en la construcción de una mejor sociedad. 3. El maestro es el formador de criterios científicos a través de su conocimiento, lo que transmite por medio de conceptos y contenidos preparando a los alumnos para alcanzar los logros. 4. El educando aprende haciendo con la ayuda del maestro, así será el propio protagonista en el proceso de aprendizaje y de mas habilidades 5. El Aprendizaje se produce en la institución por medio de la motivación e interés de la persona que es el espíritu de superación que la impulsa a comprometerse y aceptar las consecuencias de los hechos realizados. 1. PERFIL INSTITUCIONAL El colegio se propone formar integralmente futuros bachilleres como personas integras, respetuosas de la constitución y de las instituciones, equilibradas,
  • 16. motivados para hacer cada día mejores con sólidas condiciones áticas y morales que facilite el ejercicio profesional con liderazgo y en beneficio de todos. 2. PERFIL ACADEMICO El alumno debe alcanzar la fundamentación académica y científica que le permita el estudio de las ciencias, el dominio de las áreas del conocimiento y su proyección acorde con las nuevas tecnologías en que avanza la ciencia en el mundo. 3. PERFIL PERSONAL El alumno del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber debe tener entre sus aptitudes el ser: estudioso, critico, comunicativo, colaborador, respetuoso, triunfador, gran espíritu solidario y leal con sus superiores.
  • 17. JUSTIFICACION Toda institución para su fundamentación debe tener un reglamento en el cual se den a conocer. Garantías, compromisos, estímulos faltas y correctivos que orienten la acción de quienes participan en las actividades de la comunidad de acuerdo con los fines que ésta propone. Una institución educativa debido a su fundamento trascendente debe por los tanto tener un Manual de Convivencia Escolar en el que se regule su accionar y pueda mediante un orden lograr la meta que el plantel desea obtener. CAPITULO III DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DEL ESTATURO DE REGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 1º La Disciplina: Esta se radica en primera instancia en el Rector del Colegio, en el Rector Militar, en el Coordinador Académico, en el Coordinador de Instrucción Militar, en los Directores de Grupo, en los Instructores Militares y en los profesores. ARTICULO 2º Acciones Disciplinarias: Le corresponde al “Rector Académico y Rector Militar, Coordinadores Académicos y de instrucción Militar, Directores de grupo e Instructores Militares”, conocer los reglamentos disciplinarios de los alumnos o cadetes del Colegio, de la comisión de faltas leves; graves y gravísima sin
  • 18. perjuicio del poder disciplinario de los comandantes de la unidad rectora del colegio. PARAGRAFO UNICO La acción disciplinaria es independiente, tanto de la acción administrativa como de la acción pena. ARTICULO 3º Poder Disciplinario Preferente: Los Rectores Académicos y Militar del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, ostentaran de manera preferente el poder disciplinario sobre los alumnos o cadetes de la institución, mediante la acción motivada, en aquellos asuntos que se trasmiten internamente por cualquiera de las autoridades competentes. ARTICULO 4º Legalidad: Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, serán investigados y sancionados disciplinariamente de acuerdo a las faltas definidas y a las sanciones establecidas en el presente reglamento. ARTICULO 5 Debido Procedimiento: Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber que incurran en faltas disciplinarias, deberán ser investigados y sancionados conforme a las normas sustantivas y procedimentales del reglamento, ante funcionario competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada procedimiento.
  • 19. ARTICULO 6º Resolución de la Duda: En el procedimiento disciplinario, toda duda razonable se resolverá a favor del investigado cuando no modo de eliminarla. ARTICULO 7º Reconocimiento de la Dignidad Humana: Todo alumno o cadete del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, a quien se atribuya una falta contra el presente reglamento, tiene derecho a ser tratado con el debido respeto a la dignidad inherente al ser humano. ARTICULO 8º Presunción de Inocencia: El alumno o cadete a quien se le atribuya una falta disciplinaria se presume inocente, mientras no se declarado responsable y como consecuencia, sancionado a través del fallo, debidamente motivado y ejecutoriado. ARTICULO 9º Aplicabilidad: Lo dispuesto en el presente reglamento del régimen disciplinario, su jurisdicción y competencia o lo concerniente a la sustentación y formas procedimentales, se aplicaran desde el momento en que entre a regir, salvo lo que el mismo reglamento determine. ARTICULO 10º Caso Juzgado: Nadie podrá ser investigado más de una sola vez por una misma acción u omisión constitutiva de falta disciplinaria, aun cuando a esta se le dé una denominación diferente.
  • 20. ARTICULO 11º Celeridad Procedimental: EL funcionario competente de manera oficiosa impulsara la investigación, atendiendo los principios rectores plasmados en la Constitución Política de Colombia, Código del Menor y la Ley General de Educación 115 de 1994. ARTICULO 12º Finalidad del Procedimiento: En la interpretación del presente reglamento disciplina, el funcionario competente debe tener en cuenta, a demás de la prevalencia de los principios rectores que la finalidad de la investigación disciplinaria. ARTICULO 13º Culpabilidad: En materia disciplinaria queda proscrita toda forma de responsabilidad objetiva y las faltas son sancionadas a titulo de aceptación o comprobación de culpabilidad. ARTICULO 14º Favorabilidad: En materia disciplinaria la norma favorable o permisiva se aplicara de preferencia a la restrictiva o desfavorable. ARTICULO 15º Igualdad: Todos los alumnos o cadetes serán iguales ante el reglamente de Régimen Disciplinario, recibiendo la misma protección y trato de las autoridades aquí consagradas y gozaran de los mismo derechos y oportunidad sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión. Opinión política y filosófica.
  • 21. ARTICULO 16 Prevalencia: En la interpretación o aplicación del presente reglamento, prevalecerán los principios rectores consagrados en la Constitución Política de Colombia, en la Ley General de Educación 115 de 1994, en el Decreto reglamentario 1860 del mismo año, en el Código del Menor, que la resolución 00715 de 1999 y todas las disposiciones legales de los ministerios de educación, Defensa Nacional y del presente Manual de Convivencia Social. CAPITULO IV DE LAS FALTAS DISCIPLINARIA COMUNUNES ARTICULO 17º Ámbito de aplicación: El presente Manual de Convivencia Social se aplicará a los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber cuando incurran en las faltas señaladas. ARTICULO 18º Sujetos Disciplinarios: Son destinatarios de las disposiciones contenidas en el presente manual. Los alumnos o cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber. ARTICULO 19º Calidad de Alumno o Cadete: Adquieren la calidad de alumno o cadete Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber el aspirante que habiendo solicitado su ingreso, cumple con los requisitos de admisión establecidos con la institución y haya sido aceptado y debidamente matriculado bajo el visto bueno del Rector Académico.
  • 22. ARTICULO 20º Pérdida de la Calidad de Alumno: Pierden la calidad de alumno del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, quienes hayan sido dados de alta y previa investigación se les compruebe alguna de las siguientes conductas que consideran como faltas gravísima, sin perjuicio de la acción penal correspondiente así: a) Cuando habiendo aceptado no se presente en la fecha y hora determinada para el inicio del calendario académico, el desarrollo de los programas y el plan de estudio establecidos por la institución. b) El haber presente para su ingreso certificados adulterados o falsos. c) El haber suministrado información reservada a personas distintas de la institución. ARTICULO 21 Del concurso de Faltas Disciplinarias: El alumno que con una o varias acciones u omisiones infrinja varias disposiciones o varias veces la misma disposición quedará sometido a la sanción más grave. CAPITULO V DE LA JUSTIFICACION DE LA CONDUCTA ARTICULO 22º De la Justificación: La conducta se justifica cuando se comete: 1. Por la fuerza mayor o caso fortuito. 2. En estricto cumplimiento de un deber legal. 3. En cumplimiento de orden legitima de autoridad competente emitida con las formalidades. 4. Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye falta disciplinaria.
  • 23. TITULO II PARTE SUSTANTIVA CAPITULO I CLASIFICACION DE LAS FALTAS ARTICULO 23º Definición de Falta: Constituya falta disciplinaria y por lo tanto da lugar a la imposición de la sanción correspondiente, la realización de conductas violatorias a las disposiciones de este reglamento. ARTICULO 24º Clasificación para efectos de la sanción, las faltas disciplinarias se clasifican en: a) Faltas Leves b) Faltas Graves c) Faltas Gravísima ARTICULO 25º a) Faltas Leves: Se consideran de este tenor las relacionadas a continuación 1. No guardar postura y buenos modales en actuaciones públicas, en aulas, Laboratorios u otros sitios del plantel. 2. No observar las normas de urbanidad, compañerismo y cultura ciudadana. 3. Mostrar desánimo, falta de energía o displicencia al dirigirse a un superior. 4. Presentarse inadecuadamente ante superiores.
  • 24. 5. Mostrar desaseo personal en correcta presentación (mal afeitado o sin afeitar, zapatos mal arreglados o sucios, sin distintivos, insignias o elementos de uniforme, cabello largo o pintado e irreglamentario, etc). 6. Descuidar su presentación personal en todo tiempo o para asistir a eventos sociales, culturales y desfile, así como con los libros y útiles de estudios. 7. No cumplir las órdenes impartidas en el tiempo y modo requerido por los superiores. 8. Demostrar inseguridad, negligencia, descuido o falta de energía en el ejercicio del mando. 9. Mostrar lentitud, pereza y desinterés en la realización de las actividades académicas. 10. Fumar dentro de las instalaciones del plantel y en las actividades de instrucción militar. 11. Utilizar cualquier tipo de joyas, celulares, prendas o elementos con el uniforme, diferentes a los contemplados en el reglamento de uniformes del plantel. 12. Hacer comentarios no adecuados acerca del Colegio, profesores, directivos, superiores y compañeros vinculados a la institución. 13. Llegar retrasadamente a las actividades escolares sin la debida justificación. 14. Arrojar basuras al piso. Y en los lugares no autorizados. 15. Destruir, dañar, pintar o escribir letreros en paredes, muebles u otros enseres del colegio. 16. Agredir de palabra u obra a los compañeros, agravándose la falta si uno resulta herido. 17. No cumplir a cabalidad con el horario de régimen interno. 18. Encontrarse dentro de las instalaciones del plantel con el uniforme desarreglado (cordones sueltos, camisa o camiseta por fuera del pantalón, dar uso al calzado como chancla).
  • 25. 19. Ausentarse del salón de clases o de la instrucción sin el debido permiso del profesor o instructor militar. 20. Omitir el saludo militar a los instructores militares y símbolos patrios. 21. Permanecer con los uniformes fuera del colegio después de terminada la jornada de estudio. 22. Negarse a notificarle al padre o acudiente cuando sea requerido por el director de grupo o rector. 23. Traer a la institución elementos de distracción como radio, audífonos, juegos de cualquier clase, celulares, etc. 24. Mostrar desconocimiento de la jerarquía militar. ARTICULO 26º b) Faltas Graves: Se considera de esta entidad, incurrir en las conductas descritas a continuación. 1. El incumplimiento reiterado a las obligaciones académicas dentro de las plazas ordenados por la institución. 2. No guardar la compostura y posición fundamental cuando se rinden honores al Pabellón Nacional (izada y arriada). 3. No informar oportunamente la ocurrencia de daños, maltratos o pérdida de elementos que sean del plantel. 4. Comercializar o vender mercancías u otros bienes dentro de las instalaciones del colegio. 5. Usar vocabulario Soez (oral o escrito) y comportamientos inadecuados con los compañeros superiores. 6. Participar o promover desordenes en presencia o ausencia del profesor o fuera del colegio cuando se está con el uniforme, así mismo en las formaciones e instrucciones militares. 7. Rebeldía o desacato frecuente a las órdenes de los superiores.
  • 26. 8. Encontrarse con el uniforme desarreglado (camisa o camiseta por fuera, cordones sueltos, etc) por fuera de las instalaciones del colegio. 9. Ser desleal con los superiores, compañeros o subalternos; entendiendo por lealtad la regla de honor de la rectitud y la fidelidad. 10. Sustraer objetos, elementos, instrumentos, libros o dineros del colegio, directivos, instructores, docentes y / o compañeros. 11. Provocar daños, cortos circuitos u otras interrupciones en los servicios. 12. Portar, conservar o hacer circular revistas, discos, casetes de tipo pornográfico. 13 Incumplir los compromisos de carácter preuniario adquirido con la institución. 14. Utilizar durante la realización de cualquier tipo de evaluación o examen, medios fraudulentos para obtener buenos resultados. 15. Visitar portando el uniforme después de haber terminado la jornada de estudio, lugares públicos tales como: heladerías, teatros, tabernas, billares, juegos de maquinitas, permisos excusas etc. 16. Alterar libros o registros de valoraciones, evaluaciones, certificados de estudios, permisos, excusas, etc. 17. Irrespetar a los directivos académicos, al profesorado y al alumno. 18. Ejecutar actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 19. Despojarse del uniforme, insignias, distintivos o condecoraciones con demostraciones de menosprecio. 20. Comportarse indebidamente, abusar de bebidas embriagantes, generar problemas con cualquier autoridad que ponga en tela de juicio el buen nombre del colegio. 21. Reincidir en la comisión de faltas leves de disciplina. 22. Sabotear algunos de los actos que se hayan programado por la comunidad educativa. 23. Fomentar chismes, intrigas, calumnias, etc.
  • 27. ARTICULO 27º c) Faltas Gravísima: Se consideran de este tenor las conductas descritas a continuación: 1. Abusar de la confianza de directivos, docentes, instructores militares y alumnos. 2. Incurrir en conducta tipificada por la Ley penal. 3. Maltratar verbal o físicamente a cualquier directivo, docente, instructor militar o alumnos de la institución. 4. No estar a paz y salvo con todas las dependencias del colegio. 5. Elaborar, portar, guardar, suministrar, distribuir, vender, consumir drogas alucinógenas, ser fármaco dependiente o inducir a ello. 6. Introducir e injerir bebidas alcohólicas. 7. Encubrir cualquier falta cometida por algún miembro de la institución. 8. Resultar las alumnas en estado de gravidez o mantener relaciones indebidas con hombres casados aun solteros; asistir a lugares como bares, caninas, etc. 9. Presentarse en estado de embriagues a cumplir un servicio dispuesto con autoridad. 10. Reincidir en la comisión de falta disciplinaria grave. 11. Evadirse de las instalaciones del colegio o de las áreas de entrenamiento, terreno, campaña, polígono y demás sitios donde en forma personal o colectiva se encuentre cumpliendo una actividad del servicio. 12. Falsificar o utilizar cualquier medio ilícito para salir sin autorización de las instalaciones del colegio, áreas de terreno, campaña o cualquier otro lugar donde se encuentre cumpliendo una actividad de servicio. 13. Apropiarse o hurtar cualquier elemento dentro o fuera de las instalaciones sin perjuicio de la acción penal a que haya lugar.
  • 28. 14. Portar armas o elementos que no hagan parte de su dotación individual o que no se encuentren contempladas en los programas de instrucción militar o en cumplimiento de los servicios de régimen interno dentro o fuera del colegio. 15. Obtener con autoridad los temas de las evaluaciones, pruebas o exámenes académicos, valiéndose para ello de medios fraudulentos con el propósito de obtener beneficios para así o para terceros. 16. Modificar o alternar exámenes o trabajos después de que estos han sido presentados. 17. Sustraer de las instalaciones del plantel, sin autorización documentos o información reservada de cualquier índole. PARÁGRAFO La comisión de esta falta impide a quienes las comentan asistir a la ceremonia de promoción de bachilleres. ARTICULO 27º Criterios para apreciar la falta: Se determina la trascendencia de conformidad a los siguientes aspectos: 1. Los descargos del inculpado. 2. El grado de culpabilidad. 3. El grado de perturbación que se cause al cumplimiento de las políticas del colegio. 4. La reiteración de la conducta inapropiada. 5. El tiempo de permanencia como alumno. 6. La naturaleza y efecto de la falta, las modalidades y circunstancias del hecho y los motivos determinantes; se tienen en cuenta los siguientes criterios:
  • 29. a) La naturaleza de la falta y su efecto se apreciaran según la gravedad de la indisciplina y el perjuicio que se causen. b) Las modalidades y circunstancias de las faltas se apreciaran con base en el grado de preparación en la comisión de la misma, la repetida y continuada realización de la conducta y el aprovechamiento de la confianza depositada en el alumno. c) Los motivos determinados se apreciaran según se haya procedido por causas innobles o fútiles; por causas nobles o altruistas. CAPITULO II DE LOS CORRECTIVOS Y SANCIONES Los correctivos son momentos de reflexión que permiten el reconocimiento de la falta y el propósito de enmienda. Este será aplicado por quien observa la falta, informado de ellos al Director de Grupo y al Coordinador de Disciplina. Cuando la falta se refiere al deterioro o sustracción de bienes ajenos, el correctivo implica también el arreglo a la devolución del bien. ARTICULO 29º Clasificación de las Sanciones: Las sanciones se clasifican en preventivas, menores y mayores. ARTICULO 30º Sanciones Preventivas: Los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber que cometan faltas leves se les aplicarán las siguientes: 1. Temas Escritos: Cuando comete la falta por primera vez, se les ordena elaborar trabajos finalizada la jornada académica o para presentar al día siguiente.
  • 30. 2. Llamada de Atención Verbal: Cuando reincidan se le hace a molestación personal en privado por parte de quien observa la falta, con información al director de grupo, coordinador de disciplina y psicoorientador. Sin anotación en folio disciplinario. 3. Anotación en Folio de Vida: Cuando por tercera vez comete falta, se le hace amonestación verbal al alumno ante los padres de familia o acudiente. La realiza el director de grupo, coordinador de disciplina y el rector con la respectiva anotación en el folio disciplinario del educando. ARTICULO 31º Sanciones Menores: los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber que sean reincidentes por cuarta vez en faltas leves o comentan falta grave se les aplicará estas sanciones: 1. Represión Simple: Es la sanción aplicable al alumno que por la trascendencia y connotación de la falta amerita suspensión a clases de un día mediante resolución motivada que firman el sancionado, sus padres o acudientes, director de grupo, coordinador académico y rector. 2. Represión Severa: Es la sanción aplicable al alumno reincidente en falta grave y por lo tanto amerita suspensión de uno a tres días, mediante resolución motivada que firma el sancionado, su padre o acudiente, el director de grupo y coordinador académico y el rector. ARTICULO 32º Sanciones Mayores: Los alumnos del Centro Educativo Militar el Tesoro del Saber que sean reincidentes por tercera vez en falta grave o cometan falta gravísima se les aplicaran estas sanciones.
  • 31. 1. Matricula Condicional: Es la sanción aplicable al alumno reincidente por tercera vez en falta grave o que cometa por primera vez falta gravísima; amerita resolución motivada que firma el alumno, el padre o acudiente, el director de grupo, el coordinador académico y el rector, condiciona la continuidad del alumno en la Institución. 2. Cancelación de Matricula y Pérdida de Cupo: Es la sanción aplicable al alumno que encontrándose condicionada su continuidad cometa falta grave o reincida en la falta gravísima. La cancelación será automática y se hará por resolución motivada del consejo directivo. CAPITULO III COMPROMISOS Y GARANTIAS ARTICULO 33º Compromisos de los Estudiante: Los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber se compromete a: 1. Conocer y cumplir las obligaciones y derechos que se deriven de la Constitución Política, La Ley General de Educación 115 de 2001, el Decreto 0230 de 2002, El Manual de Convivencia Social, el Reglamento de Régimen Interno y Disciplinario (cadete) y demás normas legales de la institución 2. Registrar anualmente su matrícula. 3. Asistir puntualmente y participar de las actividades académicas que comprenden los planes y programas respectivos, presentando las pruebas de
  • 32. evaluación, trabajos, materiales y elementos en las fechas y horas dispuesta para tal fin. Quien llegue tarde o desee salir más temprano lo justifica por escrito con la firma del padre de familia o acudiente. Quién falte al 25% de las clases dictadas durante el año lectivo pierde la materia. 4. Cancelar oportunamente las obligaciones pecuniarias adquiridas con el colegio; de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Educación, debe hacerse dentro de los primeros días de cada mes en el banco que la institución designe. 5. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad escolar, procurando mantener relaciones cordiales con todas las personas; por ello debe evitarse las bromas del mal gusto, los apodos y las burlas. 6. Cumplir a cabalidad las órdenes, disposiciones y citaciones que sus superiores inmediatos (directivos, coordinadores, docentes e instructores militares) les dicten en el ejercicio de sus atribuciones. 7. Representar dignamente al Colegio en las académicas, artísticas, culturales, religiosas, deportivas actividades militares, y sociales que se programen o a los que sean invitados al plantel y para las cuales haya sido seleccionado en representación del mismo. 8. Evitar la comisión de faltas disciplinarias que afecten su hoja de vida, su organismo, el medio ambiente y en general la dignidad de las personas que hacen parte de la comunidad escolar CENTRO EDUCATIVO MILITAR EL TESORO DEL SABER. 9. Portar en forma permanente el carnet estudiantil para efectos de la identificación como miembro de la Institución escolar. Abstenerse de usar tal condición para realizar actividades no autorizadas por la rectoría. 10. Crear y mantener una atmósfera de aseo, distinción, agrado y urbanidad que les permita gozar de un ambiente limpio, sano, agradable y estético; evitando factores que afecten el medio ambiente.
  • 33. 11. Aceptar con bien agrado y total sentido de colaboración, las disposiciones emanadas de los compañeros que hayan solo revestidos de autoridad o desempeñen funciones de control de disciplina o cualquier otra actividad propia del gobierno escolar. 12. Solicitar ante quien corresponda los permisos estrictamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel. 13. Aceptar y valorar las costumbres y tradiciones locales, regionales y nacionales. Por tanto en los eventos escolares so se presentarán actos que promuevan nuestros valores culturales. 14. Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales. 15. Llevar registro permanente de los logros adquiridos durante los tres primeros períodos a fin de auto controlar el rendimiento académico y obtener la aprobación y promoción al grado siguiente. 16. Observar comportamientos dignos, respetuosos y ceñidos a las normas de convivencia; evitando tratos bruscos, expresiones y actividades vulgares, con mayor rigor en el trato con los estudiantes femeninos y en sitios externos al colegio. 17. Cuidar con esmero la presentación personal, la cual debe ser natural, pulcra, limpia y ordenada; quedan proscritos los peinados, collares pulseras, anillos y aretes extravagantes; uñas largas con colores fuertes. El corte de pelo para los varones serán estilo militar y color natural. 18. Tener la solidaridad como un accionar prioritario y de doble vía. Los elementos que se reciben en calidad de préstamo deben devolverlo en el mismo estado. No sustraer de la institución ningún bien mueble que le pertenezca. 19. Respetar la dignidad de las personas lo cual involucran sus pertenencias, es decir, ningún estudiante se apropiara, ni destruirá los objetos que no le pertenezcan. Responsabilizarse de los objetos personales dentro y fuera del plantel, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.
  • 34. 20. Fomentar en las clases y en todas las actividades que se desarrollen, un ambiente tranquilo que favorezca escuchar, atender y participar; para esto, es necesario que el alumno guarde orden, silencio y compostura. 21. Aprovechar el tiempo de descanso para la sana recreación en los espacios dispuestos para ello y abstenerse de permanecer en los sitios no habilitados dispuesto para tal fin. 22. Realizar los cambios de clases. Los descansos y los turnos de fila con orden, respeto, compostura y silencio, evitando gritos, silbidos y otros actos que indiquen falta de control de si misma y acarrean problemas internos. 23. Efectuar los reclamos académicos en forma cometida, respetuosa y oportuna (decreto de las 72 horas o 3 días hábiles) siguiendo el conducto regular que se establece: a) Ante el profesor de la materia b) Ante el director de grupo c) Ante el Coordinador Académico d) Ante el Personero Estudiantil e) Ante el Rector f) Ante el Consejo directivo 24. Solicitar permiso por escrito con anticipación al profesor de la materia, director de grupo y coordinador académico para realizar cualquier trabajo o práctica extraescolar. 25. Utilizar en forma completa y pulcra los uniformes establecidos por el plantel, según el horario de clases que corresponda a la actividad especial que se desarrolla. 26. Cumplir con diligencia, eficiencia y oportunidad en servicios que le sea encomendado, abatiéndose a cualquier acto que cause la suspensión de un servicio esencial.
  • 35. 27. Desarrollar personalmente las órdenes y tareas encomendadas y responder del uso de autoridad o mando que se le delegue, así como la ejecución de órdenes que pueda impartir sin que por ello quede exento de la responsabilidad que le incumbe. 28. Permanecer en los servicios asignados, desempeñando sus labores mientras no se haya hecho cargo de ello quien deba remplazarlo. 29. Vigilar y salvaguardar los intereses del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber. 30. Desempeñar su cargo o función sin pretender beneficio económico de cualquier índole. ARTICULO 34º Derechos y Garantías: Los alumnos del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber gozaran de los siguientes derechos y garantías: 1. Recibir un trato humano, cortes y respetuoso por parte de los directivos, docentes, instructores militares y demás empleados del plantel. 2. Gozar de plenitud del libre ejercicio de los derechos fundamentales constitucionales hasta donde no interfiera o viole los de los demás. 3. Recibir de la institución integral de lo humanístico y lo militar acorde con los lineamientos del Ministerio de Educación y Ministerio de Defensa Nacional consagrados en la Ley General, sus decretos reglamentarios y la resolución 00715 de 1999. 4. Permanecer dentro del plantel en el tiempo normal de actividades y en su correspondiente jornada, siempre y cuando su comportamiento lo permita. 5. Ser evaluado continua, integral y cualitativamente en lo académico y militar, conocer los resultados obtenidos en las diferentes áreas y en cada período antes de ser integrados a la coordinación académica y militar. Evaluación escrita en un
  • 36. plazo máximo de diez días verbal en el acto; puede presentar evaluación extemporánea cuando la ausencia este justificada. 6. Ser promovido al grado superior con el lleno de los requisitos establecidos para que pueda renovar la matrícula como alumno del colegio dentro de las fechas previstas en el calendario académico, de no mediar cualquiera de las causales por las que se pierde la calidad de tal. 7. Recibir los reglamentos y disposiciones emanadas de la rectoría académica y militar, así como el plan de estudio, programas académicos de cada área y asignatura para su nivel y grado y lugar donde se recibirá la clase. 8. Acceder de las distinciones y estimulaciones académicas y militares que otorga el colegio por distinguirse y reconocerle su liderazgo, rendimiento académico, condiciones y virtudes militares en certámenes culturales, deportivos y científicos, previo cumplimiento de los requisitos previstos para cada caso. 9. Solicitar que se cumpla el debido proceso en las investigaciones disciplinarias que se le adelanten, interponiendo los recursos previstos en este manual. 10. Recibir certificados o constancias de los resultados de estudios solicitados en un plazo máximo de ocho días hábiles acatando los turnos establecidos. 11. Disfrutar de los servicios de orientación, biblioteca, cruz roja, restaurante escolar, comité de deporte, tienda escolar ofrecidos por el colegio. 12. Presentar reclamos de índole académico, disciplinario, etc. Cuando sean violados sus derechos, siguiendo el conducto regular; en términos respetuosos y prudentes siendo escuchados y atendido con justicia. 13. Disfrutar de un ambiente de tranquilidad que permita escuchar y participar en el desarrollo de las disciplinas. 14. Recibir consejo y buen ejemplo de las personas mayores que conforman la institución. 15. Participar en el gobierno escolar a través del Consejo Estudiantil teniendo derecho a elegir y ser elegido.
  • 37. 16. Recibir una orientación integral a través de programas académicos, asesoría psicología, formación hábitos, procurando el desarrollo de la personalidad y la construcción de su proyecto de vida. 17. Utilizar con responsabilidad los recursos, instalaciones, bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar cuando lo requiera y con la debida autorización. 18. Recibir atención oportuna de los profesores, instructores militares, directivos y personal administrativo y de servicio de la institución. 19. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I. de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 20. Conformar y pertenecer en forma autónoma a organizaciones internas de carácter estudiantil cuyo objetivo es el bien personal y de la institución. 21. Conocer los registros de valoraciones sobre su comportamiento y desempeño escolar que se haga en el observador del alumno o en cualquier otro documento interno de la institución. 22. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la comunidad educativa sobre cualquier tema en forma cortes y dentro del marco de respeto que merece toda opinión ajena. 23. Sugerir en forma oportuna a quien corresponda, propuesta de actividades que se pueden realizarse en la institución para mejorar el logro de los objetivos de la comunidad educativa. 24. Ser eximido de algún requerimiento de la institución cuando por justa causa debidamente sustentada, lo solicite. 25. Recibir carnet estudiantil que le permita identificarse en cualquier parte como miembro del plantel. 26. Dialogar para mejorar la metodología y los criterios de evaluación de cada asignatura para los dos períodos del año escolar.
  • 38. CAPITULO IV ESTIMULOS Y DISTINCIONES ARTICULO 35º Parámetros de Evaluación. El Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, otorgará estímulos a los alumnos que por su aprovechamiento, rendimiento y excelencia académica, conducta, compañerismo disciplina y virtudes militares; se hayan acreedores a ellos porque sobresalieron entre los demás. ARTICULO 36º Clases de Estímulos y Distinciones: Los alumnos y cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber gozará de los siguientes incentivos concebidos así: a) Izada del pabellón nacional durante el mes siguiente a la distinción del mejor alumno. b) Participar en actividades extraescolares y representando el colegio. c) Los alumnos que se distingan en certámenes competitivos internos de carácter académico, cultural y deportivo, recibirán estímulos representados en trofeos, medallas, placas y diplomas. d) Los alumnos que se distingan externamente a nivel académico, cultural y deportivo se les otorgará placa de honor a la excelencia. e) A los alumnos de Primero a Octavo que al finalizar el año obtengan los promedios académicos más altos; se destaquen por puntualidad, compañerismo, presentación y disciplina serán premiados con diplomas de honor y merito. Al primero se le distinguirá y revestirá de autoridad como comandante de curso.
  • 39. CAPITULO V DE LAS PRÁCTICAS EXTRA-ESCOLARES Y EXCURSIONES ARTICULO 37º Responsabilidad y Planificación: La rectoría y el cuerpo de profesores se responsabilizan de las excusiones; cuando el objetivo es de aspecto investigativo o de carácter escolar. Para la planificación de estas actividades se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Las actividades extraescolares deben llevar el visto bueno de la coordinación, previa solicitud por escrito. 2. La coordinación escogerá fechas y horarios de salida. 3. La rectoría con el profesor de la práctica determinara como sufragar los gastos de acuerdo con el número de estudiantes y el lugar. 4. El profesor de la práctica debe rendir un informe a la coordinación académica del colegio. 5. El Coordinador de la práctica, antes de la partida; debe llamar a lista para verificar que no falte ningún alumno o profesor. 6. Si a la hora señalada para la partida llegase a faltar alguien; el coordinador de la práctica dispone de 15 minutos de espera, pasados estos pueden ordenar la partida. 7. Antes de la práctica o salida de la excursión se realizará una reunión con los padres de familia o acudientes para explicar los detalles de la misma.
  • 40. ARTICULO 38º De las Excusas: Toda falta de asistencia requiere la justificación por medio de la excusa, los estudiantes la deben pasar por escrito al director de grupo o director del plantel con la firma de padres o acudientes en tiempo máximo de tres días (3) hábiles. En caso de falta colectiva el coordinador de disciplina investigara las causas y aplicar las sanciones respectivas. ARTICULO 39º El conducto Regular: Es la escala a seguir para la solución de cualquier dificultad o problema que se le presenta al alumno en relación con rendimiento académico, evaluaciones, comportamiento social, etc. Se esquematiza así: a) Profesor de la materia b) Director de grupo c) Coordinador de disciplina o académico según el caso d) Personero e) Rector académico f) Consejo directivo CAPITULO IV COMPROMISOS Y GARANTIAS DE PADRES O ACUDIENTES ARTICULO 40º De los compromisos: tienen los siguientes: 1. Cumplir con la fecha y horarios establecidos para el trámite de las inscripciones y matrículas.
  • 41. 2. Firmar con su hijo o acudido el contrato de presentación de servicio educativo que le ofrece el colegio. 3. Cancelar el valor de la pensión dentro de los diez primeros días de cada mes y oportunamente otros gastos que se le asignen. 4. Responder por todos los daños ocasionados por su hijo(a) acudido(a) a los bienes del Colegio o de sus compañeros, reponiendo a cancelarlo su valor. 5. Orientar y supervisar la realidad de las obligaciones escolares por parte de los hijos después del horario de clases. 6. Dotar al niño de todos los uniformes, textos y útiles necesarios para el desarrollo de sus actividades escolares. 7. Mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar, y militar disciplina de los hijos. 8. Participaren todos y cada una de las actividades programadas en el P.E.I que requieran su presencia e intervención. 9. Asistir a las entregas oficiales de evaluaciones, reuniones y asambleas programadas por la institución; así mismo a las citas individuales que hagan las autoridades del plantel. 10. Delegar frecuentemente con sus hijos para reforzar la labor de la institución en la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo. 11. Aceptar cualquier nombramiento ya sea en el consejo directivo, comités de apoyo, asociación de padres o consejo de padres de acuerdo con su posibilidad. 12. Justificar personalmente o por escrito ante quien corresponda los retardos forzosos o inasistencia al plantel, o la instrucción militar de los hijos(as) o acudidos(as). 13. Apoyar a la institución en el trabajo de formación integral que realiza con sus hijos (as) o acudidos(as) brindando amor, atención y comprensión ante aquellas dificultades que se presenten debido a su edad. 15. Constatar con la debida diligencia que el alumno(a) o acudido(a) asista diariamente con el uniforme y presentación reglamentaria.
  • 42. 16. Identificarse con la filosofía y política del colegio. 17. Orientar y controlar el sano uso del tiempo libre de su hijo(a) o acudido(a) 18. Colaborar con la institución en todas las actividades que se realicen en beneficio de los alumnos. 19. Actuar con cordialidad y respeto ante los directivos, docentes, instructores militares y personal administrativo. 20. Sostener permanente comunicación con el profesor de las materias, directores de grupo, instructores militares y coordinadores para lograr óptimo resultado en el proceso formativo. 21. Estar a paz y salvo con el colegio para recibir los informes valorativos en cada uno de los períodos académicos y al finalizar el año escolar. 22. Para que el alumno que realiza la instrucción militar participe en la campaña final o en la ceremonia de graduación debe estar a paz y salvo con la institución; teniendo como fundamento el contrato de prestación de servicio educativo firmado entre las partes: “Padres de familia – colegios”. ARTICULO 41º De las Garantías: Los padres de familia o acudientes gozan de las que se señalan a continuación: 1. Enterarse periódicamente de los resultados académicos disciplinarios de hijo(a) o acudido(a) 2. Constituirse en asociación con el fin de apoyar y asesorar al colegio de acuerdo a las normas vigentes que regulan a la asociación de padres de familia. 3. Recibir con suficiente autoridad las situaciones, circulares y boletines en donde se informe sobre compromisos con la institución. 4. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I de acuerdo con los mecanismos que para ellos se estipulen.
  • 43. 5. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al consejo de padres de familia o al consejo directivo. 6. Formular reclamos de manera comedida. 7. Participar en el consejo directivo y en todos los programas de formación de padres que brinda la institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde. 8. Conocer con oportunidad las acciones correctivas que afecten a su hijo(a), acudido(a). 9. Participar en las actividades extra-curriculares que programe la institución. 10. Pertenecer a comisiones y asistir cuando fuere necesario ante las autoridades a solicitar soluciones a problemas del plantel. CAPITULO VII DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO Y GRUPOS DE ASESORES ARTICULO 42º Deberes: 1. Conocer íntegramente las funciones inherentes a su cargo para desempeño con ética, eficiencia y sin extralimitarse. 2. Inculcar en los educandos el orgullo hacia los valores históricos y culturales de la nación y el respeto a los símbolos patrios de la institución. 3. Dar trato cortes a sus compañeros y alumnos, compartiendo sus tareas con espíritu de humildad y solidaridad.
  • 44. 4. Capacitarse en forma permanente con miras a mejorar sus labores pedagógicas y ser ejemplo para sus alumnos en todas las circunstancias y lugar. 5. Utilizar los materiales y ayudas didácticas que el colegio brinda para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, velando por la conservación del que le sea confiado. 6. Evaluar periódicamente los logros de los educandos bajo su responsabilidad, dándoles a conocer los resultados obtenidos para que puedan ejercer el derecho al reclamo. 7. Dar trato y solución justa y equitativa a los problemas presentado por los alumnos sin evidenciar preferencias. 8. Planear, organizar y ejecutar adecuadamente las actividades propias del proceso de aprendizaje. 9. Demostrar una permanente disposición a contribuir en la búsqueda de la solución a los problemas de la comunidad educativa. 10. Inculcar a través del ejercicio docente en los estudiantes valores éticos, morales y sociales que contribuyan a su formación integral; así como el amor por la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia humana. 11. Brindar información veraz sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante cuando así lo requiera su acudiente de acuerdo con los horarios establecidos en el plantel para tal efecto. 12. Registrar en el observador como director de grupo los aspectos positivos o negativos del rendimiento escolar y disciplinario de los estudiantes a su cargo. 13. Mantener y fomentar la comunicación en todo el cuerpo docente, con el fin de propiciar la unidad de criterios en la formación, en valores, niveles de desempeño y rendimiento escolar de los alumnos a su cargo. 14. Estimular la creatividad, los esfuerzos, el rendimiento académico y disciplinario de sus educandos. 15. Atender y analizar los reclamos y opiniones de los estudiantes.
  • 45. 16. Verificar diariamente la asistencia a clases a otras actividades por parte de los alumnos, reportar novedades y registrar resultados. 17. Informar a los padres de familias o acudientes la inasistencia de los alumnos. 18. Participar activamente en las actividades complementarias organizadas por la comunidad educativa. ARTICULO 43º Derechos: 1. Recibir trato respetuoso y ser acatado en sus decisiones por parte de todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares y profesionales, a través del conducto regular con fundamento en las disposiciones legales y el contrato. 3. Recibir capacitación adecuada y asesoría oportuna de acuerdo a las necesidades y el desempeño de sus funciones, en las diferentes reformas educativas. 4. Interponer los recursos legales para defenderse ante los cargos que recaigan sobre su persona teniendo en cuenta el estatuto docente. 5. Recibir oportunamente la renumeración establecida en el contrato como contraprestación por su trabajo. 6. Utilizar dentro del horario establecido, los servicios de bienestar – que ofrece el plantel. 7. Ascender dentro de la carrera docente. 8. Recibir estímulos de carácter profesional y económico.
  • 46. 9. Obtener el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 10. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al consejo directivo, o académico. 11. No ser discriminado por razón de sus creencias políticas y religiosas. 12. Los demás que contemplan la Constitución Política de Colombia en su condición de ciudadano. ARTICULO 44 º Prohibiciones: Además de los consagrados en los artículos 44, 45, 46 y 47 del Estatuto Docente se tendrán en cuenta los siguientes: 1. Abandonar o suspender sus labores injustamente o sin autorización previa. 2. Asistir habitualmente al sitio de trabajo en estado de embriaguez o en toxicomanía. 3. Malversar los fondos o bienes del colegio, de los estudiantes o cooperativa escolar. 4. Aplicar castigos denigrantes o crueles a los educando. 5. Traficar con notas, certificados de estudio o alteración del registro de calificaciones. 6. El uso de documentos o informaciones falsas al estudiantes, o de carácter ARTICULO 45º Compromisos del Rector: Son sus compromisos los que se relacionan: 1. Conocer y difundir el contenido del Manual de Convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa.
  • 47. 2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivos y Académicos. 3. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones. 4. Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos. 5. Dirigir la consecución de los recursos materiales en el colegio y velar por crear y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas. 6. Promover el desarrollo integral de los humanos por medio de proyectos educativos, comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad. TITULO III PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO CAPITULO I LA ACCION DISCIPLINARIA ARTICULO 46º Naturaleza de la Acción: La acción disciplinaria es pública. ARTICULO 47º Oficiosidad y Preferencia: La acción disciplinaria se iniciara y adelantara de oficio, por información proveniente de un superior de un alumno o de un directivo que preste sus servicios en el colegio.
  • 48. Los alumnos, los docentes, los coordinadores, los instructores militares, el funcionario que preste sus servicios al colegio, que de cualquier manera se entere de la ocurrencia de un hecho que constituya falta disciplinaria, deberá ponerlo en conocimiento de la Rectoría Académica o militar, suministrando toda la información y prueba que tuviere por medio de un informe escrito. ARTICULO 48º De las Atribuciones: Se entiende por atribución disciplinaria la facultad para premiar, sancionar o estimular al personal de los alumnos teniendo en cuenta los niveles y grados con que cuenta el colegio. CAPITULO II DE LA COMPETENCIA ARTICULO 49º Competencia: Es competente para conocer y sancionar la falta disciplinaria, del rector académico, del rector militar, el coordinador académico, el coordinador de instrucción militar, el director de grupo, el profesor, el instructor militar. ARTICULO 50º Acumulación: La acumulación en un solo proceso de las investigaciones disciplinarias contra una misma persona podrá hacerse de oficio a solicitud del infractor a partir de la notificación de los cargos, siempre que no se haya proferido fallo de primera instancia, si se niega deberá hacerse exponiendo los motivos de la decisión contra la cual procede el recurso de reposición.
  • 49. ARTICULO 51º Reserva: Los directivos que ejerzan atribuciones disciplinarias guardaran la reserva y discreción necesaria para evitar que se menoscabe la mora y el prestigio social del afectado tanto dentro como fuera de la institución. CAPITULO III SUJETO PROCESALES ARTICULO 52º Intervención en el Proceso: Solamente pueden actuar en el desarrollo del proceso disciplinario, el funcionario competente, el investigado y su defensor sin perjuicio de la supervisión que en razón de la vigilancia puede ejercer el personero y el rector del colegio. ARTICULO 53º Calidad de Disciplinado: La calidad de disciplinado se adquiere a partir de la notificación del auto de cargos, momento en el cual se le enterará personalmente de la respectiva providencia. ARTICULO 54º Derechos de Disciplinados: Son derechos del disciplinado: 1. Conocer de la iniciación de la investigación 2. Rendir descargo oral o escrito 3. Estar asistido por el padre, acudiente o defensor. 4. Recibir copia de la actuación. 5. Mantener la calidad de alumno hasta que sea ejecutoriado el fallo de segunda instancia.
  • 50. CAPITULO IV DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 55º Principio que Rigen: La actuación disciplinaria se desarrollara de conformidad en el artículo 29 de la Constitución política de Colombia, teniendo en cuenta los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y contradicción. ARTICULO 56º De la Imparcialidad: En virtud de este principio se tiene en cuenta: 1. La finalidad del procedimiento es establecer la verdad de los hechos y sancionar a los responsables. 2. El investigado tendrá derecho al informativo disciplinario desde el momento en que le sea comunicada la apertura de la investigación. 3. No podrá una misma conducta más de una vez. 4. El funcionario debe investigar tanto los hechos y circunstancias favorables como los desfavorables a los intereses del disciplinado. ARTICULO 57º De la Publicidad: En virtud de este principio se tiene en cuenta: 1. Toda decisión que se adopte en el proceso, se motivara en forma detallada y precisa. 2. Las decisiones se darán a conocer mediante notificaciones que las normas establecen.
  • 51. 3. Las sanciones impuestas a los alumnos se registraran en el folio de vida. 4. Los informativos disciplinarios se archivaran en los expedientes individuales que se lleven por cada alumno. ARTICULO 58º De la Contradicción: El investigado tendrá derecho a controvertir las decisiones adoptadas interponiendo los medios y recursos legales establecidos. ARTICULO 59º Requisito Formal de la Actuación: La actuación disciplinaria debe consignarse por escrito. CAPITULO V NOFICACIONES ARTICULO 60º Formalidad: Las notificaciones se harán personalmente con la presencia del alumno y el padre de familia o acudiente. Se notifican los cargos que indican la indisciplina. CAPITULO IV DE LOS FALLOS ARTICULO 61º Corresponde a quien tenga atribuciones o competencia disciplinaria, proferir los fallos correspondientes una vez se haya efectuado todo el procedimiento
  • 52. finalizado con el cierre de la investigación. Para fallar se dispone de un plazo de diez (10) días corridos, al cabo de los cuales se notifica al disciplinado. Debe contener los siguientes aspectos: 1. Resumen de los hechos. 2. Síntesis de la prueba recaudada 3. Resumen del alegato de defensa con las razones por las cuales se aceptan o se niegan. 4. Especificación de los cargos que se consideran probados con la indicación de las normas infringidas. 5. La decisión que se adopte para su ejecución. ARTICULO 62º Recursos: Contra el fallo disciplinario de primera instancia procede el recurso de reposición ante el superior que lo impuso y el de apelación ante el consejo directivo o consultivo para que la cuestión decida en la providencia de primer grado la confirme, reforme o revoque. ARTICULO 63º Ejecución de las Sanciones: La sanción impuesta la harán efectiva el rector académico, rector militar, coordinador académico, coordinador militar y los directivos de grupo, la cual debe enmarcarse dentro de las atribuciones disciplinarias que a cada uno le compete.
  • 53. CAPITULO II DEL INGRESO 1. Quienes se sometan a la instrucción militar y los menores de edad lo hacen en forma voluntaria mediante la firma de un documento por los padres donde se autorice y especifique tal disposición. 2. Por ser de carácter voluntario, el cadete puede solicitar en cualquier tiempo su exclusión de la institución militar, sin que ello implique su exclusión de la parte formal académica, o que afecte en modo alguno. 3. En caso de pérdida de la fase de instrucción militar el cadete podrá escoger entre retirarse o repetirla sin que la parte formal académica se afecte. 4. La inscripción en el servicio militar de los alumnos de noveno (9) grado se hace mediante diligenciamiento y presentación al distrito militar de los expediente de cada alumno que contengan los siguientes documentos: a) Registro civil de nacimiento. b) autorización firmada por padres para adelantar la instrucción militar. c) Una fotografía a color de tres por cuatro y reciente, de frente. d) Certificado de aprobación de octavo (8) grado. e) Fotocopia ampliada de los documentos de identidad del alumno y de los padres. f) Exámenes de órganos de los sentidos. g) Factor RH y certificado medico de convivencia. h) Certificado de ingresos laborales o declaración de rentas de cada padre.
  • 54. 5. Elaborar y presentar al Distrito Militar antes de incidir las labores académicas de acuerdo al anexo B “de la resolución 00715 de 1999 la relación de alumnos matriculados para noveno (9) grado con base en el libro de matrículas, junto con número de registro, firma y sello del rector y póliza de seguros colectivos vigentes”. 6. Dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de iniciación de labores escolares se práctica el primer examen médico de comprobación de aptitud psicológica para los alumnos matriculados en noveno (9) grado, jurisdicción, elaboración del acta correspondiente 7. Al iniciar la primera y la segunda fase militar a los cadetes matriculados en décimo (10) grado y undécimo (11) grado respectivamente que hayan aprobado la fase anterior, se práctica el segundo y tercer examen médico de comprobación de aptitud psicológica, elaborando el acta correspondiente. 8. EL acta de comprobación de aptitud psicológica para los alumnos matriculados en octavo (8) grado que ingresan a la fase preliminar debe contener los siguientes aspectos: a) Encabezamiento b) Personal apto c) Personal inhábil d) Autorización de ingreso a la fase preliminar e) Entrega de documentación f) Constancias g) Firmas
  • 55. CAPITULO III DE LA ORGANIZACIÓN 1. El colegio al adoptar la instrucción militar debe construir el consejo consultivo compuesto por el comandante de la Unidad Directora quien lo preside; el Rector Militar; el oficial de la sección tercera operaciones de la unidad directora encargado de supervisar el cumplimiento de los programas de instrucción y entrenamiento militar, el comandante del distrito militar quiere hacer las veces de secretario; el coordinador de instrucción militar quien conoce de las decisiones formadas con respecto a la instrucción. 2. El Rector Militar debe ser un oficial en uso de buen retiro de las Fuerzas Militares con grado no inferior al de Mayor o Capitán de Corbeta y llenar requisitos por el Ministerio de Educación Nacional sobre Escalafón. 3. El colegio militar debe nombrar un oficial en uso de buen retiro con grado no inferior a Capitán o Teniente de navío como coordinador de instrucción militar, quien participará en el consejo consultivo y responderá por la instrucción militar del plantel. 4 Cada unidad fundamental de instrucción que se organice, tendrá un comandante con grado no inferior al de subteniente o teniente de corbeta y cada pelotón un comandante con grado no inferior al de sargento segundo del ejército o un equivalente en las otras fuerzas. 5 La unidad fundamental no puede estar integrada por más de cuatro (4) pelotones y un pelotón por más de cuarenta (40) cadetes.
  • 56. 6. El colegio debe nombrar un instructor de banda marcial idóneo con conocimiento de las marchas y honores militares, diferente a los suboficiales de Régimen Interno y comandantes de compañía y pelotón. CAPITULO IV DE LOS DEBERES Y FUNCIONES 1. DEBERES DEL CONSEJO CONSULTIVO a) Dirigir y orientar el establecimiento en el aspecto militar. b) Solucionar aquellos asuntos que por su magnitud requieren su intervención. c) Resolver en última instancia las investigaciones adelantadas contra alumnos del plantel que reciban instrucción militar por incurrir en fallas que constituyan causales de mala conducta contempladas en los reglamentos militares. d) Reunirse mensualmente en la sede del colegio militar para tratar aspectos relativos a la buena marcha del instituto y de la instrucción militar. El cargo como miembro del consejo constructivo no podrá delegarse. e) Velar por el buen trato al personal, las sanas costumbres, el respeto a los derechos humanos y las libertades individuales.
  • 57. f) Verificar el cumplimiento y la asistencia a la institución. 2. FUNCIONES DEL RECTOR MILITAR a) Es el responsable por la buena marcha del instituto en los aspectos legales, disciplinarios, administrativos, de personal y de instrucción militar. b) Debe seleccionar a los oficiales y suboficiales en uso de buen retiro que se han desempeñar como instructores militares sometiéndolos a la aprobación de la unidad directora. c) Se responde porque la planta de instructores militares se ajuste a los dispuestos en la resolución 00715 de 1999. d) Preparar las ceremonias de clausura del año militar, juramento de bandera, entrega de armas, licenciamiento y entrega de premios y tarjetas de reservista de Primera Clase. e) Nombrar al oficial funcionario de instrucción y a suboficial secretario para adelantar los informativos por accidentes de personal en la instrucción militar, por asuntos disciplinarios y por pérdida de daño en el material de armamento con el fin de establecer correctivos a que haya lugar. Los funcionarios de instrucción deberán ceñirse a las normas vigentes para las Fuerzas Militares o de acuerdo con la normatividad vigente. f) Verificar el envío a la dirección de Instrucción y Entrenamiento, Dirección de Reclutamiento y Oficina de Reservar de la respectiva Fuerza el informe anual y los
  • 58. resultados de cada fase y cuando no se hubiere efectuado informar a la mayor brevedad a la dirección de instrucción y entrenamiento. g) Verificar el cumplimiento y asistencia a los programas de instrucción militar de acuerdo con lo dispuesto por la dirección de instrucción y entrenamiento de cada fuerza. 3. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE INSTRUCCIÓN MILITAR a) Efectuar el planteamiento de la instrucción de acuerdo con dispuesto en el programa de instrucción y entrenamiento y responder ante la rectoría y el comando de la unidad directora por la conducción de ésta. b) Elaborar los horarios de instrucción y supervisar su cumplimiento. Copia de ello debe hacerlos llegar a la sección de operaciones de la unidad directora. c) Llevar la estadística de la instrucción militar. d) Asesorar al rector militar en todo lo referente a la organización, instrucción y entrenamiento militar. e) Mantener coordinación con la unidad directora para efectos de la instrucción militar. f) Administrar el material de enseñanza y ordenar la confección de aquellas ayudas de instrucción que sean necesarias para el mejoramiento de la instrucción militar.
  • 59. g) Responder por que el espíritu militar y la disciplina se mantenga en todo momento. h) Proponer a la rectoría del colegio el calendario de conferencias patrióticas para el personal de alumnos. i) Emitir conceptos sobre los informativos que se adelanten en el colegio militar, motivados por accidentes graves que tengan relación con la instrucción militar, por pérdidas o daños en el material de armamento o por asuntos disciplinarios. j) Aprovechar la cercanía y relación constante con los estudiantes para difundir y cimentar conceptos de patria, nacionalismo sano, afecto por las Fuerzas Militares, respeto a la ley y defensa a los valores democráticos, así como para incrementar la vocación por la carrera de las armas, como ideal y como profesión. k) Velar y responder por la buena marcha de la instrucción, el buen trato al personal, el respeto a los derechos humanos las libertades individuales y las sanas costumbres. l) En el ejercicio de campaña final verifica y controla que en lo posible el personal femenino permanezca al mando de un suboficial femenino en uso de buen retiro. Cuando no es posible, asigna un suboficial masculino con la supervisión de una profesora. m) Hace parte del consejo consecutivo y académico del plantel.
  • 60. 4. FUNCIONES DEL COMANDANTE DE LA UNIDAD FUNDAMENTAL a) Responder por la administración, disciplina, instrucción, educación y formación moral de los alumnos bajo su mando. b) Responder por el planeamiento, preparación y presentación de la revista final de instrucción. c) Cumplir funciones como instructor. d) Responder por la preparación de la instrucción y elaboración de los planes de lección y responder por la elaboración de ayudas de instrucción y disponibilidad de reglamentos y manuales de consulta. e) Responder ante el director y coordinador de la instrucción militar y ante la unidad directora, por todas las actividades desarrolladoras por la unidad bajo su mando. f) Mantener un elevado nivel moral y espíritu de cuerpo en el personal de su unidad, mediante el buen ejemplo, adecuadas instrucciones y oportunos estímulos. g) Elaborar la documentación ordenada en la presente resolución. h) Controlar el correcto funcionamiento de los servicios de régimen interno de la unidad fundamental y el cumplimiento de las normas impartidas.
  • 61. 5. FUNCIONES DE LOS COMANDANTES DE PELOTON a) Dictar la instrucción de las materias planeadas, conocerlas a fondo, de acuerdo con los programas y horarios respectivos. b) Ejercer solamente las actividades disciplinarias que le hayan sido delegadas por el comandante de unidad fundamental. c) Llevar al día la documentación del comandante de pelotón estipulado en el presente reglamento. d) Mantenerse actualizado en las doctrinas y técnicas militares. e) Velar por el bienestar y buen trato de sus subalternos. 6. FUNCIONES DEL REGIMEN INTERNO a) Llevar al día la documentación ordenada para la Rectoría Militar. b) Conocer la misión y funciones que le corresponde al Rector para asesorarlo en todos los actores del servicio. c) Elaborar, registrar y archivar la documentación de la Rectoría y Coordinación militar entregando lo que sale de la dependencia respectiva. d) Llevar al día el registro de los premios, distinciones y sanciones disciplinarias impuestas a los cadetes por la Rectoría y Coordinación militar.
  • 62. e) Llevar al día el control de asistencia de los alumnos a la instrucción militar y actividades del servicio. f) Asumir las funciones de instructor. 7. FUNCIONES DE LOS COMANDANTES DE ESCUADRA Los cadetes de undécimo (11) grado que reciban distinción de Brigadier Mayor y Brigadieres se desempeñaran como reemplazantes de pelotón y comandantes de escuadra con las siguientes funciones: a) Desempeñar funciones de auxiliares en la instrucción militar. b) Servir de ejemplo ante los subalternos y fomentar el espíritu de cuerpo. c) Colaborar con los superiores directos en el aspecto disciplinario, vigilando el cumplimiento de las disposiciones que se emitan. d) Desarrollar y fomentar el patriotismo y demás virtudes militares en el personal de la escuadra. e) Procurar el mejoramiento constante de sus conocimientos y los de sus subalternos. 8. DEBERES DE LOS CADETES a) El alumno al ingresar voluntariamente al colegio militar adquiere la obligación de cumplir las normas militares que rige el funcionamiento b) Observar las normas de cortesía militar. c) Observar excelente presentación personal y del uniforme dentro y fuera del plantel.
  • 63. d) Cumplir estrictamente los horarios de instrucción militar. e) Cumplir las disposiciones de régimen interno del colegio y el manual de convivencia. f) Usar el corte de cabello reglamentario, cuando se esté en instrucción militar. g) velar por el prestigio del plantel. h) Cumplir las normas de compañerismo y subordinación. i) Acatar y respetar las disposiciones de la Policía Militar y Policía Nacional. j) informar a sus superiores en forma inmediata, de las anomalías que se presentan dentro y fuera de las instalaciones del colegio por parte de los alumnos. k) Asistir puntualmente a las actividades especiales de carácter miliar, religioso, cívico o cultural ordenados por la unidad directora o por el rector del instituto. CAPITULO V DE LA DOCUMENTACION 1. DOCUMENTACION DE LA RECTORIA MILITAR a) Tarjeta kardex y hoja de vida cada alumno. b) Copia de los informes de instrucción pasadas al colegio. c) Copia de los informes de revista de instrucción. d) Archivo de un folleto de revista de instrucción por cada revista presentada. e) Archivo de los planes de campaña anual de todas las campañas por el colegio a partir de la fecha. f) Resolución de reglamentación de los Colegios Militares. g) Documento que indica la voluntariedad del alumno para asumir la instrucción militar y la autorización de los padres cuando sean menores de edad.
  • 64. h) Contrato de trabajo de los instructores militares. I) Póliza de seguro colectivo actualizada. 3. DOCUMENTACION DEL COORDINADOR DE INSTRUCCIÓN MILITAR a) Libro histórico del plantel b) Libro de actas del consejo consultivo c) Legajo de ordenes del día d) Lista orgánica del plantel. e) Póliza del seguro colectivo contra accidente actualizada a favor de los alumnos que reciban la instrucción militar. f) Libro registro de los carnet de identificación. g) Programa de instrucción anual aprobado por la unidad directora. h) Libro registro de informativos. i) Reglamento militares vigentes, para preparación de instrucción militar. j) Hojas de vida de los alumnos de noveno (9) y undécimo (11) grado, los cuales deben contener: Certificado de actitud física expedido por el oficial de sanidad de la unidad directora. Registro civil de nacimiento. k) Autorización escrita por los padres o alumnos para que el alumno reciba la instrucción militar asumiendo su propio riesgo. 3. DOCUMENTACION DEL COMANDANTE DE COMPAÑIA a) Carpeta con copia de planes de lección. b) Libro de tiro c) Borrador de tiro
  • 65. d) Carpeta con copia de los horarios de instrucción. e) Reglamento militares vigentes para la preparación de la instrucción f) Organigrama de la unidad fundamental g) Carpeta para informes mensuales a la instrucción. h) Carpeta con lista orgánica de la unidad i) Carpeta con datos personales, grupo sanguíneo y deporte que practique el alumno. j) Carpetas con folios disciplinarios. k) Carpeta con las órdenes del día de la unidad fundamental. 4. DOCUMENTACION DEL COMANDANTE DE PELOTON a) Lista orgánica en orden alfabético con datos personales, grupo sanguíneo y afición deportiva de cada uno de sus componentes. b) Folio de vida de cada alumno. c) Anotaciones sobre inasistencia a la instrucción militar. d) Libreta de anotaciones personales. CAPITULO VI DE LA INSTRUCCIÓN MILITAR 1. La instrucción militar que se adelante se divide en tres fases así: a) Fase Preliminar. Con un a duración de año lectivo; la adelantan los alumnos que cursan noveno (9) grado; comprende instrucción de tipo militar con énfasis en asignaturas que propenden por la cívica, la urbanidad, la ética, la moral, los símbolos patrios, la
  • 66. sanas costumbres, el amor a la patria y las que conlleven al desarrollo físico y armónico como deportes y juegos de gimnasia. Se clausura con la ceremonia militar de la toma de la promesa por parte de quienes la aprueben. b) Primera Fase Militar Se adelantará por los alumnos que cursan décimo (10) grado que hubieren aprobado la fase preliminar, se desarrolla instrucción militar básica encomendada a capacitar al cadete como líder y combatiente individual con énfasis en materia que propendan por el respeto a los derechos humanos, las libertades individuales, la constitución nacional, los valores personales y familiares y la preparación para la defensa de la patria. La fase se clausura con la ceremonia militar de la entrega de armas y juramento de bandera por parte de quienes la aprueben. c) Segunda Fase Militar La adelantan los alumnos que cursen undécimo (11) grado que hubieren aprobado la primera fase militar; comprende la instrucción de pequeñas unidades y estará encaminada a capacitar a los cadetes como miembros de escuadra, pelotón y compañía. Se clausura la fase con la ceremonia militar de licenciamiento de los alumnos que aprueban la fase y el año lectivo. 2. Los cadetes que dejen de asistir al tres por ciento (3%) de las labores de instrucción programadas en una fase, o sea dieciocho (18) horas, perderán dicha fase. 3. Ningún cadete podrá ingresar directamente a la primera fase militar sin haber adelantado y aprobado previamente la fase preliminar. 4. Ningún cadete podrá ingresar directamente a la segunda fase militar sin haber adelantado y aprobado la fase preliminar y la primera fase militar. 5. Los cadetes que habiendo adelantado las tres fases de instrucción militar, obtengan su titulo de bachiller y deseen continuar la carrera militar, podrán
  • 67. ingresar a las escuelas de formación con prelación sobre los médicos de actitud física, certificados de estudio del colegio y conceptos favorables de la unidad directora. 6. La evaluación militar es diferente de la evaluación educativa y las no serán calificadas en común. 7. * La intensidad minina horaria en cada fase será como sigue: Treinta y ocho semanas (38) con quince horas semanales diurnas de instrucción. * Cuatro (04) horas nocturnas al mes * Una (1) semana con un (1) ejercicio de campaña final no inferior a cuatro (4) días. PRIMERA FASE MILITAR Treinta y nueve semanas distribuidas así: * Treinta y ocho semanas (38) con quince horas semanales diurnas de instrucción. * Un terreno quincenal diurno de seis (6) horas * Cuatro (04) horas nocturnas al mes * Una (1) semana con un (1) ejercicio de campaña final no inferior a cuatro (4) días. d) Para todas las fases La instrucción diurna se hará el viernes con ocho (8) horas y el sábado con (7). La instrucción nocturna mensual se hará el viernes iniciando las 17:00 horas con la parte teórica y terminara con la parte práctica y terminara con la parte práctica a las 21:00 horas pudiéndose adelantar hasta en una hora en su iniciación y terminación, cuando por razones de seguridad, el consejo consultivo o los directivos lo consideren conveniente.
  • 68. El horario de instrucción en el ejercicio anual de campaña es de 07:00 a 13:00 horas y e 17:00 a 12:00 horas para la nocturna. 8. El personal de cadete masculino o femenino que hayan adelantado y aprobado las tres fases de instrucción y se titulen como bachilleres tendrán derecho a que se le expida tarje de conducta, de reservista de primera clase. 9. Los estudiantes que no se acojan a la instrucción militar, que durante el transcurso de la misma se inhabiten, que no aprueben la fase o que de acuerdo con la Ley 48 de 1993 estén exentos de prestar el servicio militar deben presentarse directamente al distrito militar para definir su situación militar. 10. Los cadetes están obligados a participar y colaborar en ceremonias militares y en las jornadas de acción cívico militar y las campañas de alfabetización que se adelanten. 11. El cadete que por fuerza mayor o caso fortuito debidamente certificado no asistir a la revista de instrucción militar o al ejercicio de campaña final, podrá suplir su inasistencia, presentándose a la siguiente que se realice. 12. El cadete que reprueba el año académico pero aprueba la fase militar correspondiente al período no podrá continuar con su programa de instrucción militar hasta que nivele académicamente. 13. Al iniciar cada período lectivo, el rector militar debe pasar a la unidad directora la relación con identificación de comandante, instructores y cadetes que inician cada fase. 14. Solo se podrá coordinar la expedición de tarjetas de conducta y libreta militar de primera clase al término del tercer año lectivo correspondiente a la segunda fase de instrucción militar, partiendo de la fecha de su aprobación por parte del ministerio de defensa. 15. Al terminar cada fase se elaborará el cuadro parcial de calificaciones con base en las áreas de entrenamiento que tendrán un valor del 20%. Las áreas son
  • 69. las de preparación psicológica y moral, física, técnica, técnica y operacional y condiciones militares. 16. Las cuatro primeras áreas se clasificaran mediante preguntas orales, exámenes escritos y ejecución práctica; para esto es necesario elaborar previamente los patrones respectivos. El área de condiciones militares se califica mediante cuidadosa y permanente observación; esta contiene las siguientes asignaturas: sentido de responsabilidad, fomento de la colaboración, puntualidad, presentación personal, iniciativa, compañerismo, comportamiento social, disciplina militar, parte militar, espíritu militar, mando (brigadieres, brigadieres mayores). 17. Para que una materia o asignatura pueda considerarse aprobada, se requiere haber aprobado el logro. 18. El cadete que no pueda ser calificado por lo menos una vez durante cada fase, pierde la materia o asignatura. 19. El cadete que pierda el logro en una materia practica o tres teorías pierde la fase. 20. Las calificaciones deben guardar concordancia con los folios de vida, conceptos de la instrucción y los informes de actividades. 21. Al final de cada elaboraran cuadros parciales de evaluaciones bajo la responsabilidad del comandante de compañía, quien lo certifica mediante acta en la que intervienen los comandantes de pelotón. 22. La póliza de seguro colectivo contra accidente debe ser renovada cada año y no se podrá iniciar la instrucción sino se tiene la póliza vigente. 23. Es responsabilidad del colegio confeccionar y poseer las ayudas de instrucción y material requerido para el desarrollo del entrenamiento militar. 24. El colegio organizara en forma ordenada y clasificada los almacenes de material de intendencia y ayudas de instrucción para el desarrollo del entrenamiento con las debidas medidas de seguridad, nombrando en cada caso un almacenista.
  • 70. 25. El material de guerra o equipo especial debe ser almacenado y manejado bajo la exclusiva responsabilidad de la unidad directora; en ningún caso el colegio esta autorizado para poseer, manejar o almacenar este material. 26. La munición que se va a disparar durante la fase será adquirida por el colegio en el almacén de Industria Militar de la guarnición. El almacenamiento a cargo de la unida directora. 27. El colegio debe organizar la banda marcial ajuntándose a lo establecido en el reglamento FF.MM 3-20. 28. Terminantemente prohibido que los cadetes presten el servicio de guardia diurno y nocturno. TITULO SEGUNDO PARTE ESPECIAL CAPITULO I DE LA DISCIPLINA Y LAS ORDENES 1. La disciplina es la condición esencial para la existencia de toda institución militar, consiste en mandar y obedecer dentro de las atribuciones del superior y las obligaciones del subalterno. 2. Los medios para encauzar la disciplina son preventivos o represivos, los primeros se utilizan para defenderla y vigorizarla; los segundos para restablecerla cuando ha sido quebrantada. 3. Los medios preventivos son las normas y preceptos cuya finalidad es proteger a los hombres contra su propia debilidad, preservándolo de toda influencia nociva.
  • 71. 4. Los medios represivos son los actos del superior que tiene como finalidad provocar la corrección de quienes han infringido las normas y evitar la reincidencia en la comisión de las mismas. Los actos se denominan sanciones disciplinarias. 5. Es deber del superior estimular a quienes se destaquen en el cumplimiento de sus obligaciones y sancionar a quienes infrinjan las normas. El mejor medio para mantener la disciplina lo constituye el estimulo por que tiende a exaltar ante los demás el cumplimiento del deber. Todo aquel a quien se atribuye una función de comando es competente expedir una orden, la cual debe ser lógica, oportuna, clara, precisa y concisa, debe cumplirse en el tiempo y del modo indicado por quien la emite. 7. La responsabilidad de toda orden militar recae en quien la omite y no quien la ejecuta. CAPITULO II DE LAS NORMAS MILITARES DE CONDUCTA 1. La devoción por la patria deberá superar cualquier interés personal y familiar. 2. Demanda clara concepción del deber, acendrado espíritu militar, firmeza de carácter, sentido de responsabilidad, veracidad, valor, subordinación, y compañerismo. Será permanente preocupación de los cadetes del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber cultivar y desarrollar en el más alto grado estas virtudes y deberes. 3. El honor propio y el del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, deben ser considerados como un bien supremo, por lo tanto será necesario respetar uno y otro.
  • 72. 4. La obediencia y el respeto a los superiores son obligatorios para todo el personal del cadete (noveno, décimo y undécimo) del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber, en todos los actos del servicio y fuera de él. 5. La palabra alumno que preste el servicio militar será siempre la expresión auténtica de la verdad. 6. Para los alumnos distinguidos mayores, brigadieres y brigadieres mayores, en el ejercicio del mando debe estar basado en el cumplimiento de la misión recibida, sin tratar de eludir la responsabilidad, ni delegar esta al subalterno. 7. Todos los que tengan mando tienen la obligación de conocer y estimular los esfuerzos de sus subalternos para mantener el espíritu de trabajo y deseo de superación. CAPITULO III DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES 1. El Personal de cadete, brigadieres y brigadieres mayores están obligados a: a) Llevar vida ordenada, evitar los excesos y el trato con personas de dudosa reputación, así como de abstenerse de asistir a lugares que no correspondan al prestigio del colegio. b) Aceptar sin replica no demostraciones de inconformidad las sanciones impuestas. c) Cuidar y conservar los elementos especialmente el material de armamento. d) Preocuparse por adquirir y perfeccionar los conocimientos propios de la instrucción militar. e) Observar absoluta reserva en todos los asuntos relacionados con el servicio.
  • 73. f) Asistir con puntualidad al servicio. Las fallas que se cometan en este sentido serán tanto más graves cuando más elevado sea la distinción y grado del infractor. g) Llevar el uniforme con las normas reglamentarias incurre en grave falla quien use prendas u objetos no autorizados o quien por su representación incorrecta denote abandono o negligencia. h Guardarse mutuas consideraciones de respeto. En sus relaciones sociales y del servicio se inspirara en sentimientos de hidalguía y caballerosidad. i) Respetar en todos los actos del servicio y fuera de el a oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. j) Emplear para con el público procedimiento ceñido a la cultura. k) Observar estrictamente el conducto regular en la tramitación de reclamos y demás asuntos del servicio que así lo requieran en el colegio. 2. Son actos prohibidos en los cadetes, brigadieres y brigadieres mayores del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber los siguientes: a) Usar, permitir y tolerar murmuraciones y la crítica destructiva, las cuales se agravan según la forma, modo y circunstancia en que se hagan. No debe perderse de vista que la murmuración indispone los ánimos sin remediar el mal que se critica. b) Intervenir con juegos de suerte y azar en todos aquellos prohibidos por las leyes y reglamentos. c) Emplear armamento, equipo o cualquier elemento de dotación oficial en asuntos diferentes a la instrucción. d) Suministrar información a cualquier medio de difusión o a particulares, sobre aspectos o actividades desarrolladas en la instrucción o de la institución de los cuales se debe mantener reserva.
  • 74. CAPITULO IV FALTAS CONTRA LA DISCIPLINA ARTICULO 64º Contra la Moral y el Prestigio del Centro Educativo Militar El Tesoro del Saber. 1. Intervenir en discusiones y conversaciones sobre asuntos de carácter político, partidista, religioso mientras permanezca en el colegio recibiendo instrucción militar o portando el uniforme. 2. Usar prendar no reglamentarias o uniformes que no correspondan de acuerdo con lo determinado en el presente reglamento. 3. Descuidar la correcta presentación persona o en el uniforme. 4. Prestar sin autorización a personas o entidades ajenas a los colegios militares, equipo, armamento, o prenda del uniforme. 5. como Abusar ocasionalmente de las bebidas embriagantes. Esta falla tendrá agravante el hacerlo uniformado en lugares públicos y hacer demostraciones que hagan el ridículo. 6. Intervenir en juegos de suerte y azar prohibido por las leyes y reglamentos o concurrir a lugar donde se verifiquen estos con uniforme. 7. Concurrir a lugares que no están de acuerdo con la categoría del alumno y el prestigio del colegio militar. 8. Observar conducta impropia con la familia. 9. Concurrir a la instrucción militar en estado de embriaguez 10. El irrespeto a miembros de los cuerpos armados nacionales o extranjeros 11. Vender, suministrar o consumir drogas de carácter alucinógeno que atenten contra la salud.
  • 75. ARTICULO 65º Del Abuso de Autoridad 1. Las extralimitaciones de las atribuciones. 2. valerse de terceros para ejercer venganzas profesionales, contra los subordinados. 3. Aprovecharse de la propia autoridad para obtener de los demás alumnos dadivas o prestamos. 4. El empleo de formas desconocidas de palabras para tratar a los subalternos o compañeros. 5. La aplicación por parte de los superiores, no contempladas en esta resolución. 6. La parcialidad de un superior al imponer la sanción y dispensar recompensas por animadversión o simpatía hacia los alumnos. 7. La desatención por parte de un superior a los reclamos justificados o demorar sus fallos sin tener excusa. 8. Presionar a los alumnos para que no reclamen cuando les asiste derecho. 9. Incitar maliciosamente a los alumnos para que interpongan reclamos. 10. Comprender e intentar comprometer a otro alumno, o un subordinado cuando se trata de un superior para que oculte una falla. 11. La demora por parte de una superior sin excusa, en las tramitaciones de solicitudes elevadas reglamentariamente por los alumnos. ARTICULO 66º De la Negligencia en el Mando 1. Eludir la responsabilidad inherente a las soluciones de comando 2. La negligencia en prevenir o reprimir las infracciones contra la disciplina.
  • 76. 3. Encubrir o tratar de encubrir faltas cometidas por el personal de alumnos bajo su mando. 4. Disculparse cuando el personal de alumnos que se comandan incurra en exceso, negligencia u omisiones en el desempeño de cometido. 5. Desinterés manifiesto en observar y conocer al personal de alumnos que comande. 6. Dejar de anotar, por el superior a quien corresponda, en las hojas de vida de los alumnos, los premios concedidos y las sanciones impuestas. 7. La despreocupación de los superiores por el bienestar del personal de alumnos bajo su mando. 8. No estimular oportunamente, por actos que lo merezcan al personal bajo su mando. ARTICULO 67º Contra la Subordinación. 1. El irrespeto del superior con palabra y actitudes. 2. Las respuestas dadas a los superiores con palabras descomedidas o empleando medios que riñan con la cortesía militar. 3. Toda ofensa superior o a quien haga sus veces, cuando esta sea difamatoria o propagada por medios impresos o dibujos. 4. La replica a una orden, corrección u observación. 5. La demanda de explicación al superior sobre el fundamento de una orden, reconvención, etc. 6. El usar, permitir o tolerar murmuraciones o crítica contra el superior o contra sus órdenes. 7. Los reclamos antirreglamentaria. infundados o elevados en forma descomedida o