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U M S S
CENTRO ANDINO PARA LA GESTION Y USO DEL AGUA
 (1752$*8$
 
LEGISLACIÓN
DEL AGUA EN BOLIVIA
Elaborado por:
Rocio Bustamante
Coordinadora Programa de Gestión del Agua
(Q FRRUGLQDFLyQ FRQ
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Cochabamba, Bolivia Febrero del 2002
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
CONTENIDO
Introducción ______________________________________________________ 6
Antecedentes ______________________________________________________ 7
Situación de los recursos hídricos en Bolivia_______________________ 9
Estado de situación de los principales sectores de Uso del Agua en
Bolivia __________________________________________________________ 11
Agua Potable ____________________________________________________ 11
Riego___________________________________________________________ 12
Generación de Electricidad ________________________________________ 13
Industria _______________________________________________________ 14
Minería___________________________________________________________ 14
Hidrocarburos_____________________________________________________ 14
Acuicultura _______________________________________________________ 15
Navegación, Turismo, y otros usos ____________________________________ 15
Gestión local del agua en Bolivia____________________________________ 15
Lógica socio territorial ____________________________________________ 16
Diferentes fuentes de agua, diferentes formas de gestión ________________ 16
Principios culturales locales________________________________________ 16
El sustento material de la gestión ___________________________________ 17
Diferentes niveles de gestión _______________________________________ 17
Los derechos de agua _____________________________________________ 17
Las obligaciones _________________________________________________ 18
Distribución _____________________________________________________ 18
Organización ____________________________________________________ 18
Marco Legal _______________________________________________________ 19
El sistema jurídico Boliviano _________________________________________ 19
La legislación sobre el uso y aprovechamiento de recursos hídricos en Bolivia 19
El reconocimiento de los derechos indígenas: Influencia histórica y
contemporánea del contexto socio económico, político y cultural______ 21
El tema de los derechos indígenas - campesinos en las Leyes bolivianas _____ 25
Estructuras de poder: la distribución del acceso al agua y poder de
decisión entre actores y entre sectores en el país______________________ 26
Sectores que compiten con los derechos indígenas -campesinos _______ 27
sobre el agua_______________________________________________________ 27
Necesidad e importancia de los derechos indígenas (-campesinos) en la
gestión del agua en Bolivia _________________________________________ 31
Estatus constitucional de los derechos indígenas _____________________ 33
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
El estatus de los derechos indígenas en las Leyes Bolivianas__________ 34
Leyes y Tratados especificos _________________________________________ 34
A. El Convenio 169 de la OIT_____________________________________ 34
Disposiciones especiales en Leyes _____________________________________ 35
A. La Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento _______ 36
Ley del Medio Ambiente No. 1333 __________________________________ 36
Ley de Participación Popular No. 1551 ______________________________ 38
Ley de Reforma Educativa No. 1565 de 07 – 07 - 1994 __________________ 40
Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria No. 1715 , de 1996 ________ 40
Ley Forestal, No. 1700. de 1996_____________________________________ 43
Reglamento del Regimen de Acceso a los Recursos Geneticos, Decreto
Supremo No. 24676 de 1997________________________________________ 44
Reglamento de Areas Protegidas, Decreto Supremo No. 24781 de 1997 ___ 44
Codigo de Mineria _______________________________________________ 44
Ley de Hidrocarburos ____________________________________________ 44
Disposiciones generales aplicables_____________________________________ 44
Modo(s) de adjudicación de derechos de agua, _______________________ 45
La Ley de 1906 ____________________________________________________ 45
Constitución Política del Estado ______________________________________ 45
Normas en leyes generales ___________________________________________ 46
Codigo de Mineria, Ley Nº 1777 ____________________________________ 46
Ley de Electricidad, Nº 1604 _______________________________________ 46
Ley de Municipalidades, No. 2028_____________________________________ 47
Leyes especificas ___________________________________________________ 47
Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066_______________ 47
Proyectos de Ley ___________________________________________________ 48
Anteproyecto de Ley del Recurso Agua (Versión No. 32)________________ 48
Propuestas de Sectores Sociales_______________________________________ 49
La propuesta de las Confederaciones Indígenas y Campesinas, (Documento de
discusión y consulta) 27 de abril de 1999 _____________________________ 49
Propuesta de Ley de Autoridad de Aguas ____________________________ 49
Condiciones / criterios para la transferencia de derechos,_____________ 50
Otro tipo de Permisos_______________________________________________ 54
Proyectos de Ley _________________________________________________ 54
Propuestas Sociales_______________________________________________ 55
Derechos y Obligaciones____________________________________________ 55
Ley de 1906 _____________________________________________________ 55
Leyes sectoriales _________________________________________________ 55
- Articulo 41.- (Obligaciones de los Titulares).- Son las siguientes: _______________ 57
Causales de Caducidad y Revocatoria _______________________________ 57
Infracciones y Sanciones ___________________________________________ 59
Restricciones_______________________________________________________ 60
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Prioridades de adjudicación para los usos distintos___________________ 61
Reglamentos y procedimientos específicos ___________________________ 63
Reglamento de Pesca y Acuicultura (D.S. No. 22581 de 14 /08/90) __________ 63
Normas Reglamentarias de Uso y Aprovechamiento de Agua para Riego
(Resolución Bi Misterial 01/98 de ) ____________________________________ 63
Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del Sector de
Aguas, Decreto Supremo No. 24716 ___________________________________ 64
Disposiciones sobre aguas subterráneas ________________________________ 65
Ley de 8 de Noviembre de 1906, sobre Dominio y Aprovechamiento de Aguas
_______________________________________________________________ 65
Condicionalidades para el reconocimiento de los_____________________ 69
derechos indígenas en la legislación_________________________________ 69
Posición/prioridad de los derechos indígenas en comparación ________ 70
con otros derechos de agua _________________________________________ 70
Alcance del reconocimiento de los derechos indígenas: _______________ 71
Reconocimiento de la territorialidad ________________________________ 71
Reconocimiento de usos ___________________________________________ 72
Casos registrados de reconocimiento de derechos indígenas:__________ 72
identificación, características, atribuciones, procesos y procedimientos, resultados,
pautas ______________________________________________________________ 72
Plataformas y foros para el reconocimiento de los derechos indígenas_ 73
: administrativos, jurídicos, consuetudinarios ______________________________ 73
Posición y estatus para poder reclamar derechos indígenas
(consuetudinarios) _________________________________________________ 75
organización, grupo, población, tribu, ; o individual; criterios /condiciones para
pertenecer a un grupo reconocido________________________________________ 75
Procedimientos para el reconocimiento de los derechos indígenas_____ 76
(+ existen instancias oficiales, competentes, pro activas para tratar los derechos
indígenas de agua?)___________________________________________________ 76
La efectividad y eficacia de la legislación de recursos hídricos con
respecto al reconocimiento de los derechos indígenas_________________ 77
Otros criterios relevantes para el análisis del reconocimiento de los
derechos indígenas (campesinos/ consuetudinarios) en la legislación__ 78
La participación indígena en la toma de desiciones_______________________ 78
La consulta________________________________________________________ 78
El derecho a recibir regalias o beneficios de los proyectos (o subvenciones del
estado) ___________________________________________________________ 79
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
La afectación con servidumbres o expropiaciones________________________ 79
El tema de la Autoridad de Aguas_____________________________________ 79
En el tema de resolución de conflictos _________________________________ 80
Evaluación crítica del sistema legislativo referente a la gestión de los
RR.HH. y el reconocimiento de los derechos indígenas _______________ 80
Las perspectivas actuales para un proceso de cambio legislativo en favor
del reconocimiento de los derechos indígenas (-campesinos) __________ 81
Bibliografía________________________________________________________ 83
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Introducción
Los nuevos enfoques sobre la Gestión del Agua, tiene cada vez mas en claro que
objetivos como la integralidad, la sostenibilidad y la equidad serán posibles solo con la
participación de todos los actores. Esto entre otras cosas implica considerar mas
seriamente la “voz” de los indígenas y campesinos en las políticas y leyes que tratan
sobre recursos hídricos, ya que si bien se han formulado muchos buenos propósitos en
ese sentido, hasta ahora las medidas tomadas para efectividad el reconocimiento de
formas de gestión indígenas o campesinas ha sido muy limitada.
Motivados por lo anterior el “Chair Group Irrigation and water Engineering” de la
Universidad de Wageningen y la CEPAL, elaboraron un proyecto que busca efectuar
una contribución concreta para la Implementación de mejores políticas de gestión de
recursos hídricos, basadas en el reconocimiento de los derechos y las practicas locales
de gestión que deben ser respaldadas por una legislación adecuada. El proyecto se
concentra en el análisis de 4 países andinos, Perú, Ecuador, Chile y Bolivia, donde la
cantidad de población indígena, la escasez del recurso y la constante negación de los
derechos de uso y las formas tradicionales de gestión del agua, son justificación
suficiente para realizar las investigaciones propuestas. En ese sentido la meta final del
proyecto es:
Contribuir al entendimiento de los derechos indígenas, para sensibilizar a los
que toman las decisiones relacionadas con cambios políticos y legales y
concretizar el reconocimiento de los derechos de uso y las normas indígenas
para la gestión del agua en la legislación nacional.
Con este objetivo se ha propuesto realizar tres estudios que en su conjunto den una
visión integral de la problemática indígena con relación al tema del agua. El presente
documento constituye el primero de estos estudios y pretende analizar de forma
exhaustiva y critica la legislación boliviana sobre los derechos de las comunidades
campesinas, pueblos indígenas y originarios en relación a la gestión de recursos
naturales en general y agua en particular.
La investigación estuvo a cargo del Centro Andino para la gestión y Uso del Agua
(Centro AGUA), a través del Sub Programa de Derechos y gestión del Agua, en
coordinación con el Proyecto Legislación (Fase II) de a Comisión para la gestión
Integral del Agua en Bolivia (CGIAB) y la Mesa Técnica Nacional del Agua.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
II..
Antecedentes
La República de Bolivia se encuentra situada en la parte central de Sud América.
Limita al norte y al este con el Brasil, al sudeste con Paraguay, al sur con Argentina, al
oeste con Perú y al sudoeste con Chile. (Ver Fig. No. 1)
Bolivia está dividida políticamente en 9 Departamentos, 112 provincias y 314 secciones
de provincia, correspondientes cada una a un Gobierno Municipal. Según datos del
Censo de 19921
la población del país es de 6´420.720 habitantes, de este total
3´171.265 (57%) habitan en el área urbana y 2´725.946 (42.5%) en el área rural. La
mayor parte de la población se encuentra en los departamentos de La Paz, Cochabamba
y Santa Cruz, donde viven el 68,1% de los bolivianos. Además las ciudades de La Paz,
El Alto, Cochabamba y Santa Cruz concentran al 60,2% de la población urbana. De
acuerdo a datos obtenidos en 1992, de más de 2.7 millones de habitantes rurales a nivel
nacional, 1.8 millones (67%) son indígenas y originarios2
.
La superficie territorial de Bolivia asciende a 1.098.541 Km2, dividiéndose desde el
punto de vista fisiográfico en tres zonas predominantes:
• Zona Andina: Representa el 28% de la superficie total y abarca los Departamentos
de Potosí, La Paz y Oruro. En esta zona se encuentran las cordilleras oriental y
occidental en las cuales están algunos de los picos más altos del país y de América
cubiertos por nieves perpetuas. Entre estas dos cordilleras se encuentra el Altiplano
a una altura promedio de 3.800 m.s.n.m., una temperatura media entre 7 y 11 grados
centígrados y precipitaciones pluviales entre 300 y 600 milímetros al año. Al norte
está situado el lago Titicaca, siendo el segundo de Sudamérica en extensión y el más
alto del mundo, y al sudoeste se tiene la región volcánica y de los salares.
• Zona Sub Andina: En la región intermedia del país entre el altiplano y los llanos
orientales que abarca los Departamentos de Cochabamba, Chuquisaca y Tarija, lo
que representa el 15% de la superficie total del país. En esta zona se encuentran los
valles y yungas (valle subtropical) que presentan una topografía accidentada
combinándose con mesetas y terrazas onduladas. La elevación promedio de esta
región es de 2.500 m.s.n.m. con temperaturas promedio entre 15 y 18 grados y una
precipitación pluvial media de 380 a 700 milímetros anuales.
• Zona de los Llanos: Esta zona abarca un 57% de la superficie total de Bolivia;
abarca los Departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando, con una altura promedio de
160 a 500 m.s.n.m. una temperatura promedio de 23 grados centígrados y una
precipitación pluvial de 1100 a 1900 milímetros al año. Comprende las llanuras
orientales y extensas selvas ricas en flora y fauna.
1
Aunque el año 2001 se realizo un nuevo Censo de Población y Vivienda, sus
resultados son todavía preliminares.
2
Estos datos fueron obtenidos en base a criterios lingüísticos. El Censo del año 2001
incorpora ademas el criterio de la autodefinición étnica que seguramente arrojara datos
interesantes sobre el numero de indígenas en el pais.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
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Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Situación de los recursos hídricos en Bolivia
Bolivia esta hidrográficamente dividida en tres grandes cuencas: la Cuenca Amazónica
formada por las subcuencas del río Beni, el Mamore y el Tienes que cubre un 66% del
territorio y tiene 180 mil millones de m3
/ año; la Cuenca del Plata en la región del Chaco
que cubre un 21% del territorio y por la que fluyen 22 mil millones de m3
/ año; y la
Cuenca Andina o Endorreica3
con 13% y 1,6 mil millones de m3
/ año respectivamente
(Ver Fig. No.2 ). Existen enormes contrastes en la precipitación media anual en estas
cuencas, desde menos de 200 mm al sudoeste del país, hasta más de 5,000 mm en la
región amazónica.
Según un estudio de la Unidad de la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y
Económicas (UDAPE, 1998) la demanda de agua consume apenas un 1% (150 millones
de m3
/ año) de los recursos superficiales disponibles, debido principalmente a la falta de
infraestructura física que permita una mayor utilización.
En cuanto a las aguas subterráneas, no existen el país estudios globales y solamente se
cuenta con algunos diagnósticos de regiones concretas como los Valles de Cochabamba,
el Altiplano Norte o ciudades como Santa Cruz y Trinidad, sin embargo se estima que en
el país existirían aproximadamente 200.000 pozos con por lo menos 10 metros de
profundidad (Bazoberry, 1996).
3
Estos datos se han obtenido del libro “Geografía y recursos Naturales en Bolivia”, de
Montes de Oca, I.; 1989 Ministerio de Educación, La Paz - Bolivia
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
),*85$  0DSD GH %ROLYLD FRQ LGHQWLILFDFLyQ GH ODV SULQFLSDOHV
FXHQFDV KLGURJUiILFDV
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Estado de situación de los principales sectores de Uso del Agua en
Bolivia
Agua Potable
En cuanto al abastecimiento a poblaciones según datos del banco Mundial tenemos que
la situación de Bolivia comparada con otros países de la región es la siguiente:
Cuadro No. : Algunos países: Acceso a agua y alcantarillado
País Acceso a agua potable Acceso a alcantarillado
Bolivia 72% 28%
Brasil 87% 49%
Chile 87% 85%
México 89% 50%
World Bank 1999:xxvi, datos de 1998
Por otro lado si consideramos la cobertura del servicio en relación a las áreas urbanas y
rurales vemos que, de la población sin servicio un 56% se encuentra en zonas rurales.
Cuadro No. : Cobertura de Agua Potable a Nivel Nacional
Según Área Geográfica
Tipo de Servicio Urbano (miles) Porcentaje Rural
(miles)
Porcentaje
Población servida con conexión
domiciliaria
4.169 Hab. 87,4% 967 Hab. 30,4%
Población sin conexión domiciliaria
pero con acceso a una fuente
pública de agua cercana
272 Hab. 5,70% 432 Hab. 13,6%
Población Total Servida 4.441 Hab. 93,1% 1.399 Hab. 44,0%
Población Total sin Servicio 329 Hab. 6,90% 1.781 Hab. 56,0%
Datos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud del año 1998
Del total de la población con acceso al servicio, los tipos de conexiones y las fuentes de
agua que utilizan mas frecuentemente son las siguientes:
Cuadro No. : Bolivia: Tipos de conexiones y fuentes de agua
Tipo Urbana Rural Total
Cañería dentro de la casa 47.0 6.5 31.9
Cañería en lote 40.4 23.9 34.2
Cañería fuera 5.7 13.6 8.6
Pozo 3.0 23.5 10.6
Río, lago, vertiente 0.4 30.3 11.5
Carro repartidor 2.6 0.1 1.7
Otro 1.1 2.2 1.5
Total 100.0 100.0 100.0
Instituto Nacional de Estadística (INE), encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDSA) 1998
En cuanto al abastecimiento a poblaciones según datos del Instituto Nacional de
Estadística (INE) vemos que los niveles de cobertura por departamento, son los
siguientes:
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Cuadro No. :Cobertura de agua potable por departamento
Departamento Cobertura total Cobertura urbana Cobertura rural % de la población
urbana
Chuquisaca
Cochabamba
La Paz
Oruro
Potosí
Tarija
Santa Cruz
Beni
Pando
52
66
80
74
52
73
83
57
31
95
82
98
96
95
97
97
73
80
29
46
44
28
29
39
36
17
10
36
55
67
67
35
59
78
72
30
Total 72 93 37 61
Fuente: INE, Noviembre 1997
El servicio de provisión agua potable que frecuentemente esta también vinculado al de
alcantarillado sanitario es prestado en la mayoría de las ciudades del país por Empresas
Publicas Municipales o los Municipios de forma directa. Además existe una compañía
privada en La Paz (Aguas del Illimani) y varios sistemas cooperativos (Como
SAGUAPAC en Sta, Cruz), Asociaciones o Comités vecinales.
Riego
Según un informe de la CEPAL (1987) la extracción del sector riego corresponde al
85% del total de recursos hídricos utilizados en el país. Estos recursos tienen un uso
principalmente agrícola y menor proporción pecuario, como vemos en el Cuadro a
continuación:
Cuadro No. :Uso de los sistemas de riego
Sistemas de Riego en
Funcionamiento
Sistemas de Riego de Uso Agrícola Sistemas de Riego de Uso Pecuario
(Bofedales)
5.459 5.350 109
Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de
Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000
Según el mismo Inventario estos sistemas son en su mayoría de micro riego y sistemas pequeños:
Cuadro No. :Tipos de sistemas clasificados por su tamaño
Sistemas de Riego
Familiares
 2 Has.
Sistemas de Micro
Riego
2 – 10 Has.
Sistemas
Pequeños
10 – 100 Has.
Sistemas
Medianos
100 – 500 Has.
Sistemas Grandes
 500 Has.
626 1.733 2.616 326 49
Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de
Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000
Los departamentos con mayor cantidad de sistemas de riego, de usuarios y de área
regada son Cochabamba, La Paz, Potosí y Chuquisaca.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Cuadro No. :Sistemas de riego y usuarios por departamento:
Sistemas Usuarios área RegadaDepartamento
Numero % Familias % Hectáreas %
Chuquisaca 678 14.5 17,718 8.1 21,168 9.4
Cochabamba 1,035 21.9 81,925 37.6 87,534 38.6
La Paz 961 20.3 54,618 25.1 35,993 15.9
Oruro 312 6.6 9,934 4.6 14,039 6.2
Potosí 956 20.2 31,940 14.7 16,240 7.2
Santa Cruz 232 4.9 5,865 2.6 15,239 6.7
Tarija 550 11.6 15,975 7.3 36,351 16.0
Total 4,724 100.0 217,975 100.0 226,564 100.0
Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de
Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000
De la cantidad total de hectáreas regadas, 63, 454 corresponden a los sistemas de riego
grandes, 65, 944 a los medianos, 86,638 a los pequeños y solo 10, 528 a los sistemas de
micro riego.
Por otro lado, la mayoría de los sistemas de riego en Bolivia tiene como fuente principal
a los ríos (69% del área regada), seguidos por los embalses (19%), las vertientes (6%) y
los pozos (6%) profundos y semiprofundos.
Un aspecto interesante a tomarse en cuenta es que los sistemas de riego del país, están
en gran parte representados por las organizaciones de base tradicionales como el
sindicato, así como por organizaciones específicamente vinculadas al riego como los
Comités y las Asociaciones.
Cuadro No: Tipo de Organización por Departamento
Departamento Organización de
Base (%)
Cooperativa /OTB
(%)
Comité
(%)
Asociación
(%)
Tarija 64 28 8
Santa Cruz 23 2 52 23
Potosí 7 54 39
Oruro 80 1 18 1
La Paz 82 2 15 1
Cochabamba 66 33 1
Chuquisaca 77 8 15
Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de
Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000
Generación de Electricidad
De acuerdo a un estudio de la FAO realizado en 1999, en Bolivia existen un total de 68
centrales hidroeléctricas, desde pequeños sistemas (0.006 MW de potencia instalada)
hasta centrales hidroeléctricas con mayor potencia instalada como Santa Isabel en
Cochabamba, (con 72 MW). Los caudales empleados para generación de energía
hidroeléctrica también varían desde 12 l/s hasta 9.3 m3/s . Según este mismo estudio
los datos anteriores muestran que las actuales centrales hidroeléctricas alcanzan niveles
mínimos de aprovechamiento, lo cual se debe principalmente a razones de tipo político
(como las constantes protestas de grupos ambientalistas que impidieron la construcción
de grandes represas como el Bala); la falta de una Política y un Plan Nacional de
Gestion de los Recursos Hídricos y las dificultades que implica el uso de estos en
medios rurales donde se debe negociar con campesinos e indígenas el acceso a las
fuentes de agua.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
La evaluación del potencial hidroenergético y geotérmico en Bolivia ha permitido la
identificación de varios proyectos, algunos de los cuales se encuentran ya a nivel de
preinversión, entre los más grandes e importantes tenemos: Proyecto El Bala, Proyecto
Cachuela Esperanza, Proyecto Múltiple Binacional (Argentina y Bolivia) las Pavas y el
Proyecto Geotérmico Laguna Colorada.
Por otro lado existe también el Proyecto de Electrificación Rural con el que el estado
boliviano pretende impulsar el desarrollo de las comunidades campesinas e indígenas.
Industria
En Bolivia existen aproximadamente 13,400 industrias, de las cuales se estima que el
94% son pequeñas (de entre 1 a 10 empleados), consistiendo talleres de tipo artesanal.
El 80% de las industrias están ubicadas en las ciudades del eje central: La Paz, El Alto,
Santa Cruz y Cochabamba.
Los principales sectores industriales son: metalúrgico, terminaciones metálicas,
minerales industriales, Químico, del Calzado y Curtiembres, Industria textil, del papel y
Alimenticia.
El uso de agua para actividades industriales esta en gran parte vinculado al consumo de
agua potable en las ciudades ya que un porcentaje elevado de las industrias se encuentra
en el área urbana o peri urbana (un 67% en Cochabamba). Por otro lado es muy
frecuente que las fabricas o industrias cuenten con una fuente propia de agua
(generalmente un pozo) y tengan solo un contrato de descarga de aguas residuales con
la empresa de saneamiento básico. La falta de un control adecuado por parte de
autoridades ambientales, motiva que estas descargas generen procesos de contaminación
importantes de los recursos hídricos que muchas veces son empleados aguas abajo para
consumo humano y riego.
Minería
La actividad minera, fue la base más importante de la economía estatal por mucho
tiempo. Se concentra principalmente en la región andina altiplanica de Bolivia y
actualmente esta actividad es realizada por compañías estatales, y empresas privadas
medianas y pequeñas, así como por el sector cooperativista.
El acceso a los recursos hídricos es parte de la concesión minera para su uso en los
campamentos y en los ingenios; las aguas residuales deberían ser restituidas en
cantidad y calidad a los cursos originales pero esto casi nunca ocurre, generando
problemas de contaminación importantes de los acuíferos superficiales y subterráneos,
tanto en la zona andina con la minería tradicional, como en regiones amazónicas con la
explotación de oro.
Hidrocarburos
Durante los ultimo años la actividad hidrocarburifera se ha incrementado de manera
importante en el país. Según datos del INE la producción de petróleo crudo para el año
1997 fue de 10,9 millones de barriles. Para el mismo año, la producción de gas ha sido
106.286 MMPC (Datos INE-1997).
Los campos de petróleo y gas están ubicados en la parte central y sur del país. Existen
doce oleoductos y nueve gasoductos que transportan los hidrocarburos a las refinerías
y/o a los consumidores industriales y a los puntos de exportación.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
Al igual que con la actividad minera el uso del agua esta garantizado en el derecho de
exploración o explotación. Estas actividades pueden ser también altamanente
contaminantes y con efectos negativos en el ambiente. Por otro lado incluso el
transporte de hidrocarburos por oleoductos o gasoductos ha provocado serios problemas
ambientales debido derrames y filtraciones.
Acuicultura
La actividad acuícola y piscícola con fines comerciales es reducida y se limita a algunas
regiones del país tales como el Lago Poopó, Río Pilcomayo, Río Piraí, Ríos Beni y
Madre de Dios, en los cuales se viene observando una gran pérdida de su capacidad
productiva piscícola debido a la degradación ambiental de recursos hídricos, altas
concentraciones de salinidad, pérdidas en los cuerpos de agua, excesiva sedimentación
en los cauces, etc.
En varios lugares se practica también la pesca artesanal y de sobrevivencia, por parte de
las comunidades indígenas y campesinas asentadas en las orillas.
Navegación, Turismo, y otros usos
Debido a que Bolivia es un país sin salida propia al mar, el transporte fluvial adquiere
importancia relevante. Existen varias vías fluviales, lacustres y puertos que actualmente
son utilizados para facilitar el comercio, movilizar personas e incluso acceder al
océano Atlántico (Hidrovia Canal Tamengo - Paraguay - Parana).
El Uso turístico de los recursos hídricos se ha limitado todavía a algunos lugares y
regiones, pero existen actualmente políticas de apoyo al desarrollo del sector.
Gestión local del agua en Bolivia
En Bolivia, a diferencia de otros países incluso de la región andina, nos encontramos
ante una situación de debilidad y casi inexistencia del estado en la gestión de los
recursos hídricos. Producto de esto, la gestión de los recursos hídricos, especialmente
en las zonas rurales, viene haciéndose de forma autónoma e independiente y sin
prácticamente ningún tipo de intervención externas (exceptuando algunas veces las de
los proyectos de desarrollo). Solo recientemente y ante las presiones de organismos
internacionales de cooperación el Estado boliviano pretende asumir un rol mas activo en
la gestión del agua, principalmente mediante la formulación de leyes que regulen los
derechos de uso y aprovechamiento del recurso.
Esta particularidad del caso boliviano, permitió el amplio desarrollo de formas locales
de gestión y de creación de derechos basadas en principios y valores culturales diversos:
los ‘usos, costumbres y servidumbres’ que frecuentemente alegan los campesinos e
indígenas como fuentes de sus derechos sobre el agua y que actualmente se han
constituido en un referente identitario poderoso en función del cual se negocian cambios
en la legislación y la institucionalidad del Estado, e incluso se plantean reivindicaciones
de carácter territorial.
La diversidad ecológica, social, cultural, étnica de Bolivia, que se expresa en las formas
locales de gestión del agua hace muy difícil una caracterización global, por lo que a
continuación solo haremos referencia a algunos elementos centrales que a criterio
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Derechos Indígenas (WALIR)
nuestro son importantes considerar respecto a la gestión del agua en las comunidades
campesinas, pueblos indígenas y originarios:
Lógica socio territorial
Un primer elemento es lo que podemos llamar una “lógica socio territorial”, que hace
referencia a la reivindicación que hacen la mayoría de las comunidades campesinas,
pueblos indígenas y originarios de las fuentes de agua que se encuentran en el territorio
comunal sea este de origen o constituido posteriormente. Esto hará que en los
márgenes de este territorio se tenga acceso a diferentes fuentes de agua, las cuales
pueden ser utilizadas para diferentes usos y en algunos casos por diferentes usuarios,
incluso se pueden tener diferentes formas de gestión para cada una de ellas. Los
derechos de acceso a estas fuentes de agua dependen en algunos caso de la pertenencia a
la comunidad pero también de otros aspectos como por ejemplo los aportes en mano de
obra o dinero para la construcción de infraestructura.
El socio territorio no solo se define por la demarcación comunal ya que en otros casos
como el de las organizaciones de riego esta dado por el espacio que abarca el sistema,
en el cual pueden incluirse varias comunidades o partes de comunidades. En estos
casos, puede incluso ocurrir que no exista una solución de continuidad entre el
territorio que es regado y el territorio en que se encuentra la fuente de agua, pero aunque
últimamente se están generando conflictos por este motivo, de forma general se respetan
los derechos y acuerdos existentes al respecto.
Diferentes fuentes de agua, diferentes formas de gestión
Como ya indicamos es frecuente que en un territorio existan diferentes fuentes de agua
y que están tengan diferentes usuarios y formas de gestión. Las fuentes más antiguas en
su utilización son los ríos (mit’as) y las vertientes, que generalmente tienen normas de
gestión que datan de épocas incluso pre coloniales. posteriormente se comenzó a
aprovechar el agua de pequeñas lagunas y embalses, cuyas normas de gestión dependen
mucho del periodo histórico en el que se las habilito para su uso, así en algunos casos
estas son similares a las normas de gestión de los ríos y en otros responden a las
definiciones dadas en intervenciones mas recientes.
Finalmente, durante los últimos años se ha comenzado han explotar de forma intensa las
aguas subterráneas mediante la perforación de pozos profundos y semiprofundos, cuyas
reglas de gestión responden a los requerimientos técnicos y las necesidades especificas
de esta forma de aprovechamiento. Así es frecuente encontrar que las contribuciones
económicas (bastante elevadas en algunos casos) son un tema importante a considerar
en el caso de pozos a diferencia de otras fuentes de agua.
Principios culturales locales
La forma particular que adopta la gestión del agua dependerá en gran medida del
entorno físico, social, cultural, económico, político, etc. en que se desarrolla, originando
lo que se denomina como una “gestión imbricada”. De todos estos elementos, es central
considerar a los principios culturales locales, es decir aquellos definidos por la
organización social que hace uso del recurso en base a su visión del mundo.
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El sustento material de la gestión
Sin embargo si la cuestión cultural es importante es también fundamental tener en
cuenta que la gestión del agua no solo incorpora los principios culturales, sociales,
étnicos, etc. Sino que toma lugar en un contexto geográfico determinado por lo que
aquello que se denomina como “usos y costumbres” de la gestión tiene un sustento
material que se expresa en las necesidades técnicas. En el caso de la mita (o caudal
básico del río) por ejemplo la gestión de agua es, sobre todo, rutinaria y los
requerimientos técnicos son menores, puesto que, con sólo respetar el turno de agua
(fecha y hora conocido por todos), el sistema funciona sin problemas. A diferencia de
ello, en sistemas de represas las necesidades técnicas son mayores, puesto que se debe
acordar sobre muchos aspectos (fechas de largada, número de largadas, designación de
cargos y otros), lo que lleva a que también exista un sinnúmero de normatividades
locales para la gestión de agua. Además, la gestión también es flexible puesto que se
adecua a las condiciones cambiantes, como la disponibilidad de agua.
Diferentes niveles de gestión
La gestión del agua tiene generalmente diferentes niveles de concretización; estos
niveles están relacionados con las instancias de reparto de agua y las jerarquías dentro la
organización. El nivel superior de gestión es generalmente el de sistema pero puede
ocurrir que también se den casos en que sea la cuenca; los subniveles van desde las
zonas, comunidades y grupos de usuarios hasta el nivel de familia.
La gestión campesina - indígena tiene generalmente como ejes centrales a la comunidad
y la familia o la instancia social de referencia más próxima a estas, aunque también
existen otras instancias como los ‘grupos de riego’ que en algunos sistemas antiguos se
denominan “asignaciones”, los cuales en sus orígenes constituyeron una unidad familiar
pero que con el tiempo se fueron transformando en una entidad que involucra a varias
familias vinculadas a veces por ciertos lazos de parentesco real o ritual.
Los derechos de agua
Estos derechos que expresan un reclamo legitimado socialmente para ejercer ciertas
atribuciones, implican:
- Derecho al usufructo de agua
o Derecho a adquirir una parte del flujo de agua
- Derecho a la gestión
o Derecho a regular patrones internos de uso y transformar el recurso a
través de mejoramientos.
- Derecho al uso de la infraestructura
o Derecho a usar los canales para conducir el flujo de agua
El tener un derecho de agua también involucra, poder ejercer ciertas atribuciones y
tomar decisiones a diferentes niveles de gestión.
La adquisición y el acceso a los derechos de agua asumen una variedad de modalidades
que van desde la simple accesión o la pertenencia comunitaria hasta complicadas
correlaciones con aportes (en mano de obra o dinero) realizados por los usuarios
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En general los derechos de agua se diferencian de las posibilidades de acceso al recurso.
El primero implica un derecho estable en el tiempo, el segundo la gestión de las
relaciones sociales para usufructuar el recurso cuando se precise.
Las obligaciones
Tener derechos de agua conlleva necesariamente la obligación de cumplir con ciertas
responsabilidades como el mantenimiento, mejora y reparación del sistema de
aprovechamiento, el pago de cuotas, asistencia a reuniones, etc. De estas tal vez la más
importante es la del mantenimiento por su carácter ritual y reafirmatorio de los derechos
y la organización.
Como dijimos antes esta definición de deberes y obligaciones es transparente porque
aun sin estar escritas casi todos los usuarios conocen con cabalidad cuales son y que
sanciones ocasiona su incumplimiento.
Distribución
La distribución del agua esta generalmente relacionada con los derechos. Según
Gerbrandy y Gutiérrez (1996), los criterios básicos de distribución en las comunidades
andinas son: equidad, transparencia, flexibilidad y autonomía.4
Por lo general existen varios niveles e instancias de distribución del agua a nivel
sistema, zonal y comunal. A nivel de la comunidad, estas instancias pueden formar
parte de las organizaciones comunales (Sindicato, OTB, etc.)que asumen la distribución
del agua como una mas de sus tareas o constituirse en entidades especializadas que solo
se encargan de este asunto ( Asignación, Comité, incluso Asociación).
Organización
A nivel de sistema las organizaciones encargadas son por lo general especializadas en la
gestión del agua. La mayoría de estas organizaciones especificas, reconocen la
supremacía de las organizaciones comunitarias y supracomunitarias (Central,
Subcentral, Federación, etc.)
El sistema de cargos suele considerar una autoridad ‘hacia el interior’ - generalmente el
Juez de Aguas- que se encarga de la distribución del agua, la solución de conflictos
internos y la supervisión del mantenimiento por un lado y por otro la ‘autoridad hacia
afuera’ - generalmente el Presidente, Vicepresidente y demás cargos en el esquema de
una Asociación- que se encarga de gestionar los asuntos e intereses del sistema con el
Estado y las instituciones.
Dependiendo del sistema los cargos pueden rotar entre los usuarios de manera mas o
menos continua (en los Ayllus por ejemplo) o implicar un cierto grado de
especialización, en el cual estos son detentados por un grupo de personas por tiempos
relativamente prolongados. Asimismo la complejidad del sistema de cargos varia
generalmente en relación al tamaño del sistema de riego.
4
Para mayores referencias ver el documento “Concepciones campesinas de Equidad
en la Distribución de Agua”, Gerbrandy, Gerben y Gutiérrez Zulema, PEIRAV - 1996
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Marco Legal
El sistema jurídico Boliviano
Para comenzar esta sección haremos una breve referencia al tipo de sistema jurídico que
existe en Bolivia de forma que se haga más entendible lo que viene a continuación.
La Legislación boliviana esta organizada en una pirámide jerárquica cuya cúspide esta
ocupada por la Constitución Política del Estado (CPE) que ha sido reformada el año
1994. A continuación se encuentran las Leyes o Códigos, que para su validez deben ser
aprobados por el Órgano Legislativo y promulgados por el Ejecutivo. Siguiendo en
grado de validez jurídica a las Leyes se encuentran los Decretos Leyes, que se
diferencia de las primeras por haber sido aprobada solo por el Ejecutivo, debido a que se
emitieron en periodos dictatoriales en los que no funcionaba el Congreso. El nivel
inmediato lo ocupan los Decretos Supremos, que son emitidos solo por el Ejecutivo y
tiene la función principal de reglamentar a las Leyes. Luego siguen las Resoluciones
Supremas, emitidas solo por el presidente con el apoyo de algunos Ministros y las
Resoluciones Ministeriales a cargo de los Ministros de estado y sus secretarios.
Finalmente están los Decretos de mero tramite, Circulares, Instrucciones y Memorandos
internos, que son instrumentos de carácter administrativo.
En cuanto a la aplicación de las leyes, existe el principio de que “una ley especial
deroga a la ley general” y de que la “ley posterior prevalece sobre la anterior”, sin
embargo debe tenerse en cuenta que tratándose de leyes especiales estas prevalecen aun
si se emite una ley posterior que sea general.
Las normas internacionales (Acuerdos y Convenios ratificados por el gobierno
boliviano) deben ser convertidas en leyes nacionales para adquirir validez.
La legislación sobre el uso y aprovechamiento de recursos hídricos en Bolivia
En Bolivia se tiene una Ley de Dominio y Aprovechamiento de Aguas que se basa en
un Decreto del 8 de Septiembre de 1879 que fue elevado a rango de Ley el 28 de
Noviembre de 1906 y la cual ha sido casi derogada en varias partes por normas
posteriores; de forma que actualmente si bien algunas de sus disposiciones todavía
tienen vigencia5
estas no son aplicadas debido principalmente al desconocimiento y a
que se fueron elaborando Leyes y Reglamentaciones sectoriales que establecían normas
distintas sobre el tema.
Así, en cuanto al tema de las leyes vigentes sobre recursos hídricos en Bolivia se tiene
una compleja variedad de normas que regulan sectores concretos y algunos principios
generales en la Constitución Política del Estado. A continuación haremos una
descripción de las principales normas que aun están vigentes y forman parte de la
legislación general en cuanto al tema:
5
Ultimamente algunos sectores han intentado tambien “rescatar” normas de la vieja Ley
de 1906, por ejemplo para justificar sus derechos sobre aguas subterraneas o en el
caso de los Municipios para argumentar que tiene competencias para otorgar derechos.
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AÑO DISPOSICION
1953 Ley de Reforma Agraria
1967 Constitución Política del Estado
1967 Reglamento de Aguas para irrigación, resolución Ministerial No. 210/67
1975 Código Civil
1975 Decreto ley de navegación fluvial, lacustre y marítima (DS 12684)
1975 Decreto Ley de Vida silvestre, parques nacionales, caza y pesca (DS 12301)
1977 Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del sector de aguas (DS
24716)
1990 Reglamento de Pesca y Acuicultura (DS 22581)
1993 Ley de Participación Popular
1993 Ley de Exportaciones
1994 Ley SIRESE
1994 Ley de Electricidad
1996 Ley Forestal
1996 Ley INRA
1997 Código de Minería
1997 Reglamento de Áreas Protegidas (DS 24781)
1997 Reglamento de uso de Bienes de dominio publico y de servidumbres para servicios de Aguas
(DS 24716)
1998 Normas Reglamentarias de uso y Aprovechamiento de Agua para Riego, Resolución
Biministerial 01/98
1999 Ley de Municipalidades
2000 Ley Nº 2066 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario
Es por esta razón que durante los últimos 30 años se ha venido trabajando en una
propuesta legislativa que llene el vacío dejado por la Ley de 1906, pero esto aun no se
ha concretado aunque hasta la fecha se tienen ya 32 versiones de Proyectos de Ley
generados en el Estado y varias propuestas alternativas de parte de las organizaciones
de la sociedad civil.
Fueron precisamente las organizaciones sociales, quienes al pronunciarse (Septiembre y
Octubre del 2000) en contra de una nueva Ley de Aguas lograron que el Gobierno
accediera a retirar y archivar el Proyecto de Ley que en ese momento se encontraba
siendo analizado en el Congreso Nacional. En los acuerdos firmados entonces el
Gobierno se comprometió a conformar una Comisión para que el plazo de 60 días
elabore un proyecto de Ley alternativo que modifique las normas atentatorias a los
derechos campesinos, indígenas y de los colonizadores sobre las aguas, contenidas en
otras leyes y disposiciones. Se establecía además que mientras esta Comisión termine
su trabajo “no se aprobaría ninguna norma ni concesión sobre el recurso agua”6
, lo cual
estaba en concordancia con el Articulo Transitorio7
de la Ley No. 2066 de Abril del
2000, cuya aprobación fue producto del conflicto denominado la “Guerra del Agua”.
Finalmente, se acordó también abrogar la Ley de Dominio y Aprovechamiento de
Aguas de 1906.
Han transcurrido casi dos años desde que estos acuerdos fueron firmados y todavía no
se logrado avanzar en el cumplimiento de los puntos mencionados antes, por lo que ante
la falta de una norma general que permita la otorgacion de nuevos derechos se esta
6
Puntos 11 y 14 concensuados entre representantes del Gobierno y de las
organizaciones campesinas e indígenas el día 4 de Octubre a hrs. 16:30 p.m
7
Este Articulo Transitorio establece que todas las autorizaciones para aprovechamiento
de otros usos que no fueran la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado
sanitario, en tanto se apruebe la Ley que norme el Recurso Agua, seran aprobados por
Ley.
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recurriendo a leyes especificas8
, disposiciones sectoriales y a Contratos Administrativos
lo cuales tienen muchas veces como prioridad asegurar las mejores condiciones para los
inversionistas, dejando de lado consideraciones sociales e incluso ambientales.
No obstante, a pesar de todo el tiempo transcurrido y de las dificultades confrontadas, el
tema de la legislación sobre recursos hídricos esta aun en la agenda publica y constituye
una de las prioridades de trabajo de los organismos internacionales de cooperación, por
las implicaciones que tiene para las inversiones en proyectos de desarrollo (riego – agua
potable). Estos organismos han venido presionando y financiando al gobierno para que
se logre una pronta aprobación del nuevo marco legal, lo cual hasta ahora no ha sido
posible todavía por lo difícil y polémico que resulta, así como por intereses sectoriales
que existen para mantener el estado actual de situación (mineros, industriales,
hidroeléctricos) debido a que el vacío legal existente en muchos casos garantiza, bajo
otras normas legales, amplios derechos y pocas responsabilidades.
El reconocimiento de los derechos indígenas: Influencia histórica y
contemporánea del contexto socio económico, político y cultural
La situación de los pueblos originarios latinoamericanos durante la Colonia estuvo
caracterizada por practicas segregacionistas basadas en una supuesta diferenciación
étnica y racial entre “indios” y “españoles”. Esta segregación se expreso por ejemplo
“en la existencia de regímenes jurídicos y espacios territoriales diferenciados entre
peninsulares e “indios” mediante el establecimiento de “pueblos de indios” separados
de las “villas de españoles” (Yrigoyen, 2000).
El sustento ideológico de las practicas segregacionistas coloniales, era la supuesta
inferioridad natural de los indios, considerados incluso como “seres salvajes sin alma
humana” según algunos miembros de la Iglesia Católica. Esta idea de la inferioridad
indígena dio lugar a que se crearan instituciones como la Encomienda que garantizaba
la evangelización y control de los indígenas; la figura del Protector de Naturales que
representaba sus intereses ante la justicia y se instauraran varias formas de limitación a
derechos como la disposición de bienes y la sucesión hereditaria.
Los movimientos independentistas latinoamericanos y la posterior instauración de
repúblicas darán lugar a un nuevo enfoque sobre el tema indígena, el cual se basa esta
vez en el principio de igualdad proclamado por los lideres de la Revolución Francesa.
En esta nueva lógica se incorpora a los “indios” en el Estado – nación, que es concebido
como una entidad culturalmente homogénea, y se declara oficialmente la vigencia de un
solo idioma, religión, moneda, etc.
Este proceso de “asimilación” dio lugar a “...la negación de la realidad plural, y, si
bien los distintos idiomas, culturas y sistemas legales indígenas no desaparecieron
totalmente, quedaron relegados a una posición política subordinada.” (Yrigoyen, 2000).
Los pueblos indígenas desaparecen de las leyes, políticas, discursos, etc. y ya solo se
habla de ellos como ciudadanos, en muchos casos (como en Bolivia) con derechos
restringidos.
8
Como la polemica Ley de Exportación de Aguas para el Departamento de Potosí.
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Sin embargo las reivindicaciones étnicas de principios del siglo XX, continuaron
interpelando el modelo asimilacionista del Estado – nación, por lo que durante los años
40 surge el movimiento denominado “integracionista”, que básicamente propone
“un reconocimiento de la existencia de las etnias, y de la afirmación de que
existe una imperativo ético de asistencia y cooperación respecto de ellas, que
por encontrarse en una situación de inferioridad, merecen la preocupación
especial de la sociedad global.” (Breton en Lillo, 2000)
Este enfoque llamado también “indigenista”, fue avanzado para la época, aunque en sus
preceptos todavía era posible evidenciar un menosprecio a las “otras” culturas,
consideradas como inferiores a la dominante “cultura occidental”. Además se veía el
tema de lo indígena como una cuestión de atraso, subdesarrollo o un problema de
“marginación socioeconómica”, ya que estaba estrechamente vinculado a la pobreza,
falta de educación y marginalidad política. Incluso para los movimientos de izquierda
la situación de los pueblos indígenas era básicamente una cuestión de clases sociales, ya
que se consideraba que como eran identidades primitivas irían desapareciendo al ser
absorbidas por la modernidad (Urioste, 2001). Esta visión se expresó también en lo
algunos llaman el proceso de “campesinización” latinoamericano.
La vinculación de lo indígena – campesino con la pobreza y el sub desarrollo, motivo
que se plantearan medidas paternalistas, como el reconocimiento de sus derechos sobre
la tierra, a su propio idioma, a sus costumbres, etc., solo en cuanto les “ayudara a salir
de su atraso” y permitiera “civilizarlos”, es decir se seguía considerando a los pueblos
indígenas como “objetos de políticas y no como sujetos políticos” (Yrigoyen, 2000)
A pesar de las criticas, que se han hecho al modelo indigenista, este continua vigente,
aunque con propuestas más sutiles en la practica de muchas instituciones y organismos
de la cooperación9
.
Diferentes factores de orden político y social a nivel de los estados y el ámbito
internacional, han motivado últimamente que al menos como propuesta surja otro
enfoque, basado en el derecho a la diferencia que según André Breton es
“la actitud que vuelve decididamente la espalda a los proyectos totalitarios de
uniformización de la humanidad y de la sociedad, y que en el individuo
diferente no ve ni un extraviado a quien hay que castigar, ni a un enfermo por
curar, ni a un minusválido a quien ayudar, sino a otro sí mismo, dotado
simplemente de un conjunto de rasgos físicos o de costumbres culturales,
generadores de una sensibilidad, de gustos y de aspiraciones propios” (Breton
en Lillo, 2000)
De forma que según esta concepción de la relación entre culturas diferentes, los pueblos
indígenas pasan de ser “...objetos de políticas a ser actores políticos.... Así deja de
considerarse el derecho a la diversidad cultural como un asunto de “minorías” y pasa
a ser un derecho de todos dentro de un modelo de “ciudadanía multicultural”
(Yrigoyen, 2000)
En la década de los noventa presionados por los movimientos a nivel internacional y
también por las crecientes reivindicaciones indígenas internas, los estados comienzan a
9
Proyectos como Nuevas Tribus son una prueba clara de ello
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plantearse el tema de la diversidad cultural, y en al menos nueve países
latinoamericanos se realizan reformas constitucionales y legales para reconocer el
carácter pluri – multi de sus sociedades en ámbitos como la educación, la
administración de justicia a nivel local, el idioma, las costumbres, etc. Sin embargo se
dejan todavía muchos temas en el tintero y hay resistencia a considerar otros como el
Territorio, la Autodeterminación y las Autonomías locales que se ven con celo por las
supuestas implicancias separatistas.
Asimismo en muchos países se ratifica el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos
Indígenas y tribales en Países Independientes (aprobado en 1989), que se constituyo en
el instrumento legal internacional, que a pesar de sus innumerables “siempre y cuando”
y “en la medida de lo posible” dio un importante impulso al proceso anterior puesto que
otorga cierto sustento legal para lograr el respeto y reconocimiento de los derechos de
los pueblos indígenas y sus normas han servido de inspiración para reformas
constitucionales y legislativas.
La creciente importancia y presencia del tema indígena en casi todos los discursos,
programas, planes y políticas e incluso los noticieros de los países latinoamericanos
durante la ultima época se debe a diferentes factores. Un elemento importante es sin
duda la serie de cambios en el ámbito internacional que han llevado a “descubrir la
diversidad en una era marcada por la economía globalizada” (Urioste, 2001), los
cuales han tenido gran influencia en los ámbitos locales. A esto contribuye también la
creciente ”demanda de tradicionalidad” - por parte de la cultura urbano occidental,
expresada por ejemplo en el repentino interés por las culturas indígenas y campesinas,
que demuestran las ONGs, los organismos internacionales e incluso los Estados,
motivada por el colapso de los paradigmas clásicos, que lleva a buscar nuevas opciones,
los que a veces decaen en esencialismos. Por otro lado el surgimiento de un enfoque
post modernista que comienza a “discutir la idea del atraso de ciertas culturas con
relación a la occidental y a replantear la relación entre Occidente y el resto de las
maneras de ver el mundo.” (Urioste, ídem), abre también las posibilidades de encuentro
con formas diferentes de conocimiento.
Asimismo la vinculación casi inevitable entre pueblos indígenas y pobreza interesó
también a los organismos internacionales de cooperación, ya que “el hecho de que los
más pobres fuesen (sean) indígenas y que éstos tuviesen (tengan) menos oportunidades
para dejar de serlo llamó la atención de los estudiosos sobre el tema de la
discriminación y sobre el rol que juega la identidad cultural en el momento de aplicar
distintas políticas de desarrollo” (Ídem). Lo cual motivo que se desarrollaran planes,
programas y proyectos específicos sobre la cuestión indígena, en prácticamente todos
las entidades de cooperación.
Finalmente, están la creciente tendencia de ir hacia sistemas de gobierno de orden
liberal y la globalización de la economía que motivan a una re - definición del estado –
nación10
.
Por otro lado para el resurgimiento del tema indígena a nivel local también han influido
varios factores, entre ellos tenemos:
10
En esta re – definición tuvieron también gran influencia los conflictos étnicos surgidos en
diferentes partes del mundo.
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• Las movilizaciones y reflexiones motivadas por los 500 años de la conquista
española realizadas a principios de los años 90 en América Latina, que estuvieron
vinculadas estrechamente con el apogeo de las posturas ecologistas y que aportaron
bastante en la búsqueda de una identidad indígena.
• La reformas de contenido liberal en gran parte de los Estados. Actualmente estamos
en un periodo de repliegue en las tareas estatales, con políticas que tienden a la
descentralización, privatización, y desregulación de las actividades, dentro de una
economía de libre mercado.
• El retorno a la democracia en algunos países, y la influencia de este proceso en el
ejercicio de libertades y derechos fundamentales.
• La transición de las organizaciones indígenas desde un sitio en la estructura de clase
sociales a la de una identidad étnica diferente.
Sobre todo este ultimo factor tiene una importancia fundamental por que se manifiesta
mediante el auto descubrimiento de los pueblos originarios como tales, lo cual será
consecuencia de una historia de discriminación interna sufrida en razón de ser
culturalmente diferentes.
Esta transición es además parte de un proceso en el que se pasa de reivindicar
• desde las escuelas para el campo a la educación bilingüe
• lucha por la tierra a la reivindicación de un régimen territorial indígena
• reconocimiento de la organización al estatuto de nacionalidad indígena
• demandas por el cumplimiento de la Ley a la exigencia de un pluralismo jurídico.
Con el añadido de que estas reivindicaciones se dan en un contexto internacional que es
altamente propicio.
La conciencia de la propia identidad permite a los pueblos indígenas, elaborar una
plataforma de demandas cada vez mas definidas, que principalmente están relacionadas
con:
1. El reconocimiento del carácter pluriétnico del Estado;
2. La defensa sus tierras, territorios y los recursos naturales;
3. El reconocimiento de su propio derecho, formas de autogobierno, idiomas
originarios;
4. El respeto a sus valores culturales, tradiciones y costumbres;
Estas reivindicaciones, deben ser entendidas además como avances hacia una mayor
autonomía social y económica, que permita a estos pueblos establecer “ una base
material para su desarrollo, en el marco de su propia identidad cultural” (Yrigoyen,
2000)
El reconocimiento de ciertos márgenes de autonomía (para aplicar su propio derecho,
gestionar sus territorios, decidir sus prioridades de desarrollo, etc. ) es por ello
posiblemente una de las demandas fundamentales y debido a sus implicancias la más
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difícil de implementar, puesto que se la vincula con motivaciones separatistas. En el
camino hacia esa autonomía el reconocimiento del derecho a identificarse a sí mismos
es un paso importante.
El tema de los derechos indígenas - campesinos en las Leyes bolivianas
A lo largo de la historia de las leyes bolivianas sobre recursos naturales, incluso desde
periodos coloniales, se hace referencia al “indio” para reconocerle ciertos derechos,
pero estrictamente restringidos al estado de ciudadanía limitada que se le otorgaba. En
muchos casos el reconocimiento de algunos derechos estaba vinculado con otros
intereses como por ejemplo el incremento en la recaudación de tributos por concepto de
derechos de propiedad. Además, se reconocía principalmente los derechos de tipo
individual (con lo que en muchos casos se contribuyo a la fragmentación de los
esquemas comunales) y no así las reivindicaciones de tipo comunitario, que para las
sociedades andinas son base importante de su cultura.
Así, debido a la influencia liberal existente, durante el periodo republicano (1825 –
1936) las normas legales establecidas con relación a los derechos “de los indios”
reconocen principalmente derechos de tipo individual y privado, sin hacer ningún tipo
de consideraciones a diferencias culturales. .
Durante mucho tiempo, la discusión en torno al tema de los derechos de las
comunidades indígenas, pueblos indígenas y originarios fue limitada al reconocimiento
de los derechos humanos de la primera generación (derecho a la vida, la educación, la
ciudadanania, ....etc.) y solo es a partir de los años 80 que las reivindicaciones se
plantean en términos que van mas allá de lo individual, enfatizando ya no la igualdad
sino la diferencia, no la homogeneidad sino la diversidad, no solo la identidad personal
sino cultural, es decir que se da un paso trascendental hacia los derechos conocidos
como de tercera generación.
Obviamente esto tiene una fuerte repercusión en cuanto hace al tema de los recursos
naturales( agua, tierra, bosques, ...), que se convierte además en un elemento central de
las reivindicaciones de los pueblos indígenas y las comunidades campesinos en los
últimos tiempos. La estrategia inicialmente planteada para reivindicación de los
derechos indígenas y campesinos sobre sus recursos naturales por sus organizaciones,
durante los últimos años ha sido “desplazada” puesto que de reivindicar el dominio
territorial (como base física – geográfica) ha pasado a buscar en lo inmediato el
reconocimiento y respeto de sus derechos en cuanto al control y la gestión de
determinados recursos. Obviamente que este cambio de estrategia no implica la
renuncia a la territorialidad sino solamente actuar con criterios de “realismo político” y
dar respuesta a situaciones concretas que demandan una acción urgente para que no
ocurra que “a la hora de los derechos reconocidos, si alguna vez llegara, pocos
recursos habrá efectivamente bajo control indígena” (Toledo, 1996).
Esta posición, que algunos consideraran mas pragmática e incluso inmediatita, tiende a
lograr la protección de los recursos naturales que se encuentran en territorios o bajo el
control de pueblos indígenas y comunidades campesinas para que sus derechos no sean
afectados por terceros.
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“Las propuestas se fundamentan como medidas de protección de grupos y
zonas vulnerables, discriminación positiva, resguardo del equilibrio ecológico.
A su vez las estrategias jurídicas concretas pueden ser fuertes, como exigencia
de exclusividad de concesión, o débiles como la solicitud del derecho
preferente, pasando por prohibiciones de concesión en determinadas zonas y
recursos” (Ídem)
Este tipo de posiciones han sido recogidas por varios sectores e incluso aquellos que
parecían ser más reacios están comenzando a aceptar la importancia de reconocer los
derechos de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas así como la necesidad
de ampliar los espacios para su participación en la gestión de los recursos naturales.
El proceso histórico descrito antes, también va a expresarse en relación al tema del agua
y la legislación, pasándose de propuestas que consideran a los pueblos indígenas y
campesinos como “ciudadanos” que pueden acceder a derechos sobre los recursos
hídricos al igual que cualquier otro, a planteamientos mas elaborados que ponen énfasis
en la diversidad cultural existente en el país, estableciendo regímenes de derechos
diferenciados para el reconocimiento de los “usos y costumbres”.
Varios factores contribuirán a este avance, principalmente el resurgimiento de las
organizaciones indígenas y campesinas como parte de los movimientos políticos que
fueron fortalecidos por el “boom” generado a raíz de los 500 años de colonización
española. Por otro lado la ratificación del Convenio 169 de la OIT mediante la Ley No.
1257 en 1991 y las Reformas Constitucionales realizadas el año 1994, significaron
también un gran paso en el reconocimiento de la diversidad cultural de Bolivia, que por
primera vez admite ser un país “multiétnico y pluricultural”.
Las modificaciones a la Constitución le dieron un giro diferente al debate sobre el
contenido que debería tener una nueva Ley de Aguas en el país motivando que casi
todos los proyectos posteriores consideren el tema de los derechos indígenas y
campesinos, en la formulación de normas con un enfoque más amplio en algunos casos
y más restrictivo en otros, debido a la gran dificultad que existe para precisar que y
cuales son los “usos y costumbres” alegados frecuentemente por los pueblos y
comunidades indígenas y campesinas.
Estructuras de poder: la distribución del acceso al agua y poder de
decisión entre actores y entre sectores en el país
Históricamente el acceso al agua ha sido muy disputado y se tiene varios ejemplos de
cómo las comunidades indígenas se vieron afectadas e incluso despojadas de sus
derechos por las haciendas. En periodos mas contemporáneos otros factores han
configurado las relaciones de poder en torno al agua, por ejemplo las influencias
políticas y las estrategias de los actores para reivindicar sus derechos frente a terceros.
Este fue un elemento importante principalmente en lugares donde la escasez del recurso,
lo convirtió en parte fundamental de los discursos y las campañas políticas para acceder
a cargos públicos, (p.e. en Cochabamba).
Actualmente aunque según datos sobre el uso del agua se sabe que el sector campesino -
indígena tiene en sus manos un gran porcentaje de este recurso para su uso en riego y
consumo, sus derechos se ven constantemente amenazados por otros sectores que
debido a la posibilidad de involucrar inversiones son favorecidos por el gobierno. Así
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Derechos Indígenas (WALIR)
tenemos por ejemplo las concesiones al sector eléctrico que le han permitido asegurar
derechos en perjuicio de sectores campesinos o las regularizaciones que actualmente
están otorgando fuentes de aguas para su uso en la prestación de servicios de
saneamiento básico. Las empresas que adquieren estos derechos, son muchas veces
transnacionales con mucha experiencia, por lo que muchas veces el estado se encuentra
en condición de inferioridad cuando se negocian los contratos para establecer las
condiciones y limitaciones del uso de los los recursos hídricos. Por otro lado, estas
empresas no dudan en hacer uso del poder de su capital (withdrawal power) al amenazar
con su retiro al menor indicio de medidas que limiten sus derechos a favor de sectores
indígenas o campesinos.
A pesar de lo anterior es indudable, sin embargo que el sector indígena y campesino ha
demostrado tener bastante poder para influenciar al gobierno en su favor y mantener un
cierto nivel de respeto de sus derechos lo cual ha sido logrado principalmente mediante
la presión social y las movilizaciones.
Los derechos poseídos por el sector indígena y campesino, a pesar de algunas
concepciones utópicas que opinan lo contrario, están también sujetos a las dinámicas del
poder, puesto que el hecho de que estén principalmente en manos de organizaciones
colectivas o comunitarias no significa que automáticamente exista equidad en su acceso
ya que para esto influyen elementos como las relaciones internas de poder que hacen
que algunos tengan mas derechos que otros en razón de su pertenencia a clases sociales
o un genero determinado. Así en algunos lugares la distribución de recurso depende de
si una comunidad esta en la parte Aranzaya o Urinzaya del territorio y en muchos
lugares los derechos están generalmente registrados a nombre de los hombres, lo cual no
significa sin embargo que las mujeres u otros miembros de la familia no puedan tener
acceso o ejercer las facultades que implican, como participar en la toma publica de
decisiones, pero si crea un esquema de dependencia. Por otro lado es por todos
conocido que quienes se encuentran en las zonas de cabecera acceden al recurso con
derechos preferentes.
Por ultimo, en cuanto al tema de las decisiones se debe también hacer mención del
enorme poder de los organismos financieros internacionales quienes prácticamente
casos definen la agenda del agua en Bolivia. Esto se ha hecho evidente precisamente a
raíz de conflictos como la guerra del Agua en los que la presión para privatizar el sector
publico de prestación de servicios provoco la movilización social y el estado de inercia
en torno al tema agua que actualmente se vive.
Sectores que compiten con los derechos indígenas -campesinos
sobre el agua
Haciendo una breve revisión de los principales sectores de uso de agua que compiten con las
comunidades y pueblos indígenas tenemos en orden de importancia a los siguientes:
Agua Potable
Constituye el principal sector en competencia debido al crecimiento acelerado de las poblaciones urbanas,
en desmedro de áreas agrícolas o de otro tipo (p.e. parques nacionales, área protegidas, etc.)
Los sistemas de aducción de agua en las grandes ciudades han significado la
reducción del agua para riego y en algunos casos el abandono de los sistemas.
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Derechos Indígenas (WALIR)
En las ciudades de La Paz y El Alto, ahora se utilizan aguas que antes se
empleaban para riego (FAO, 2000)
Con la transferencia de la responsabilidad para la prestación del servicio de agua potable a los
Municipios, se ha generado varias situaciones de conflicto por el uso debido a las afectaciones que se han
realizado en razón de que el consumo humano tiene prioridad sobre los demás usos.
Nosotros tenemos un problema con el alcalde de Ansaldo ..... aquí han hecho
un tanque innotable, de aquisito han captado, un tanque innotable,
subterráneamente han hecho, no se nota nada, con cemento, vaciado han
hecho, innotable, o sea plano nomás está viniendo. Y han llevado de aquí a
Pucara 6 km, y para nosotros nada no se queda, nada nada, absolutamente, ni
un atajado no está quedando, todo ha llevado el alcalde
Pero esto es nuestro derecho de nosotros, de 60 personas, nosotros pedimos
con esto las 60 personas, tenemos hijos, tenemos nietos, esta año no tenemos
nada, ni papa, ni maíz, ni durazno y alfa alfa más sabía dar pero no ha crecido
con las lluvias. Porque no hemos preparado bien los terrenos para sembrar
maíz, papa, en vano nosotros hemos sembrado, porque ha llovido
anteriormente, con esa lluvia hemos hecho arar, hemos sembrado con dos
cargas de semilla, pero no ha dado nada, nadie no teníamos nada este año,
hemos perdido todo porque no teníamos agua
Allá señoras nomás, hay viudas, hay solteras señoras, hay viudos, no tienen
plata, con que se van a defender, se lloran nomás, se protestan nomás, no
hacen nada, y ese alcalde muy malo, nos están haciendo pelear, nos están
haciendo hacer guerra contra Jarka Pucara.
Porque el alcalde dice, acaso ellos orinan agua, eso es del Estado, el río es del
Estado, el agua es del Estado, así ha dicho, en nuestra cara ha dicho es del
Estado, ustedes no orinan agua, así nos ha dicho..(Julia Camacho, Dirigente de
Anzaldo)
En estos caso sin embargo no se ha considerado que las comunidades y pueblos indígenas también
utilizan estas fuentes para consumo y otros fines domésticos y no solamente para riego.
Un argumento bastante utilizado para afectar derechos de las comunidades, esta asociado a esta idea de
que el uso del recurso es casi exclusivamente para riego y que además es ineficiente porque no se
reconoce el valor económico del recurso
Obviamente, en el uso del agua para riego, la entrega de agua en base a un
tiempo fijo mensual (mita), hace que el uso de la misma sea altamente
ineficiente ya que se riega más allá de la capacidad de campo de manera que el
agua humedezca en exceso el terreno hasta que se tenga la nueva mita. Esto no
necesariamente tiene que ver con las necesidades de la planta y más bien
induce una pérdida de agua que como no es pagada o es fuertemente
subvencionada, no repercute en la economía del agricultor pero sí en el
bienestar social en su conjunto, ya que se tiende a proponer e implementar
proyectos grandes para cubrir la demanda de agua potable, con costos por m3
que tienen que cubrir los gastos que se vayan a realizar y que se cobran vía
tarifa. (FAO, 1999)
Industria
El sector industrial, que como habíamos mencionado antes esta estrechamente
vinculado al de agua potable, se constituye en otro competidor por el uso del recurso,
con una problemática similar, agravada por las implicaciones ambientales, ya que
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constituye uno de los sectores que causa importantes impactos en términos de
contaminación que afectan nos solo a indígenas y campesino sino a la población en
general.
El río Rocha que baja al km 27 28 a 31, aquí nos afecta a nosotros esta agua
contaminadas de la fábrica de Quillacollo, a nosotros nos afecta a nuestro
riego. Así que hay fábricas y ya no podemos aguantar con este riego porque
mucho olor tiene, porque hace años me parece sabían llevarle me parece hacia
el Cotapache, no sabían venir esas aguas, no se en que forma ahora este año
han aparecido esas aguas, mucho nos están contaminando a nuestro cultivos.
Nosotros somos primeros productores de la verdura, cebolla, haba, todo lo que
nos da, ahora ya van a empezar a poner tomate también (Ismael Heredia,
regante de Quillacollo)
En la ciudad de Santa Cruz, el río Piraí es un curso de agua con usos múltiples
(irrigación, pesca, recreación, natación, etc.); los problemas causados por la
importante descarga de residuos industriales sin tratar, incrementa
gradualmente los efectos negativos de la contaminación de las aguas. Los
conflictos de contaminación hídrica por efecto de las descargas industriales es
manifiesta, observándose muertes masivas de peces durante las épocas de
producción azucarera (FAO, 2000)
De acuerdo a estudios sobre la utilización del agua en el país, cuando la oferta es
limitada como ocurre en las ciudades de Cochabamba y el Alto de la Paz, la alternativa
inmediata a la que recurren las industrias es la perforación de pozos, ocasionando la
sobreexplotación de los acuíferos y perjudicando otros usos.
Hidroeléctricas
Las generación de energía eléctrica es otro sector de uso del agua que esta en constante
competencia con los derechos indígenas y campesinos, ya que implica la regulación de
caudales de flujo y otros aspectos técnicos de manera no siempre compatible con otros
usos.
En el campo, el agua es fundamentalmente utilizada para riego y agua potable
en ese orden. Como en la mayoría de los casos ya se tienen los canales que
llevan agua de riego a una cota determinada, no es posible incrementar la
altura de caída, restando así la potencia instalable, por lo que se genera un
conflicto entre los usos de agua (FAO, 2000)
Por otro lado aunque el uso hidroeléctrico es considerado de tipo no consuntivo es decir
que el beneficiario del derecho debería restituir el recurso a su cauce natural en calidad
y cantidad similares; en la practica los derechos adquiridos parecen ampliarse con otras
prerrogativas como la posibilidad de vender los caudales ya utilizados para otros fines.
Este es el caso pro ejemplo de la empresa Corani que pretendió vender a la ciudad de
Cochabamba parte de sus supuestos derechos para su utilización en la prestación del
servicio de agua potable y que actualmente impide la ejecución de un proyecto de riego
importante para el Valle Alto de este departamento generando un conflicto con los
campesinos de la zona.
Al igual que con el sector del agua potable, pero con argumentos diferentes – esta vez
económicos – las políticas del estado boliviano tienden a perjudicar los derechos de las
comunidades y pueblos indígena y campesinos a favor de este sector.
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En cuanto al municipio Tomave hay dos plantas de electrificaciones que están
afectando al campesino. Más antes casi no había tanto, no se notaba, porque
había nomás agua, pero en estos tiempos el agua se está disminuyendo y en ese
canal donde está Chillpani y Punutuma se lo sacan todito el agua y por el río
de donde tomaba el campesino no hay, no hay agua de dónde sacar
No nos da justicia tampoco nos escuchan, dos veces ya se ha levantado el
campesino contra esta empresa y se va levantar siempre porque no se va a
dejar así tranquilo, entonces en cuanto a estas dos empresas, en la empresa
Chillpani, casi no hay sembradíos si no hay mojicales donde multiplica
animales y ahí viven y ahora los mojicales se están secando no hay agua, ahora
en Punutuma son sembradíos todo y se están secando, toda esa gente se iba a
la Argentina, la mayoría, pero ahora están regresando como ahí la situación
esta muy difícil, ahora si que necesitamos trabajar la tierra pero no hay agua
Minería
La explotación minera, esta generando conflictos de uso en muchos lugares, ya que el
uso del recurso para consumo en campamentos y utilización en ingenios se obtiene
como derecho accesorio al derecho minero, casi sin consideraciones por la posible
afectación a terceros. Por otro lado, es indudable el impacto ambiental de este tipo de
actividad, que a diferencia de otras como la del sector hidrocarburos por ejemplo esta
vinculado muchas veces con la sobrevivencia como en el caso de los pequeños
cooperativistas minero.
En otros lugares, se tiene también problemas con la extracción de agregados de río (materiales de
construcción como arena y piedra) que también forma parte del sector minero.
Nosotros hemos peleado con los areneros, nos cortaron totalmente el agua de
riego y nosotros hemos convocado toda la gente se ha venido por el río y hemos
ido primero ha hablarles que no nos corten el agua de riego por que no había
ni para los animales; bueno no nos hacen caso, dos, tres veces la tercera vez
hemos convocado yo tengo bastante lucha sobre el agua y la gente me hace
caso entonces toditos nos hemos venido por el río con machetes y palas nos
hemos acercado a los primeros areneros y les hemos hablado que por favor el
agua nos larguen por que nosotros tenemos necesidades de regar, de los
animales de todo eso, el primero nos dice bueno yo les voy a abrir con la
máquina, el segundo dice: no señores nadie me abre sale con su rifle y sus
perros, nos mirábamos algunos querían escapar y entonces yo dije: no
compañeros ustedes no se van de aquí agarren los machetes y corten las
bombas y teníamos camiones hemos cortado las bombas a los camiones y
hemos cargado ya el hombre no supo que hacer todas las bombas hemos
recogido y toditos los areneros hemos ido quemando entonces esa vez fue
nuestra primera lucha debe ser ya unos 5 a 6 años
En esa ocasión la segunda vez nos vuelven a cortar nosotros hemos bloqueado
en Parotani han venido los del ejército y en aquella ocasión hemos bloqueado
hemos pedido que venga el Prefecto que venga el Superintendente de minas
hasta que se hagan presentes no hemos levantado el bloqueo han venido, han
hecho Convenio de que no se utilice el agua por lo menos el tiempo de estiaje..
(Aurora de Bascope, Dirigente de Ucuchi)
Hidrocarburos
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Derechos Indígenas (WALIR)
El uso del agua en las actividades exploratorias y extractivas de hidrocarburos, también
concurre en la competencia por el recurso agua. Especialmente en la región del Chaco
boliviano, donde las comunidades indígenas (guarani) reclaman constantemente las
afectaciones que sufren por ejemplo por la exploración sísmica que afecta sus acuíferos,
asimismo se tienen reclamos por la perforación de pozos para su uso en los
campamentos, lo cuales a pesar de estar en territorios de las comunidades y pueblos
indígenas no les reportan ningún tipo de beneficio, ni siquiera el acceso a agua para
consumo. Al igual que la minería y la industria la actividad hidrocarburifera tiene
fuertes impactos ambientales y esta generando conflictos en territorios por esta causa.
Piscicultura
En varias lagunas y ríos la actividad piscícola esta generando conflictos por el uso ya
que requiere la conservación de ciertas cantidades de agua, que permitan la crianza de
peces, lo cual es muchas veces incompatible con el uso que hacen de estas fuentes las
organizaciones de regantes por ejemplo.
Turismo
También debemos mencionar a este sector que cada vez va adquiriendo mayor
importancia como actividad económica alternativa, pero cuyas condiciones de uso del
recurso esta generando conflictos debido a que el estado otorga derechos exclusivos
sobre tramos de un río o riberas de un lago o laguna, sin considerar la afectación de
derechos de otros usuarios.
Finalmente debemos decir que, el hecho de que los otros sectores de usuarios del agua (energía, minería,
hidrocarburos y agua potable), cuenten con leyes sectoriales y sus respectivos reglamentos, así como
mecanismos institucionales, económicos y legales para su establecimiento y funcionamiento, hace que los
pueblos y comunidades indígenas y campesinas, al no contar con los mismos instrumentos, se vean
periódicamente afectados en sus derechos. En tales situaciones, es muy probable que los otros sectores,
recurran al marco legal e institucional vigente, desconociendo los derechos de agua históricamente
constituidos, lo cual puede desembocar en graves conflictos, tal como ocurrió en el Valle Central de
Cochabamba y a menor escala en otros casos, como en el sistema de riego Tolomosa en Tarija, donde el
Municipio pretendió expropiar los derechos de los regantes para incrementar la oferta del recurso en la
ciudad.
Necesidad e importancia de los derechos indígenas (-campesinos) en la
gestión del agua en Bolivia
En Bolivia una característica de la gestión del agua es la poca influencia del estado y
por ello el alto nivel de autonomía de las comunidades y pueblos indígenas y
campesinos en las formas y normas de uso y aprovechamiento de este recurso. Esta
autogestión se reivindica constantemente y ha permitido configurar un discurso (en
defensa de los usos, costumbres y servidumbres) en torno al que se cohesionan las
organizaciones indígenas y campesinas
Las naciones originarias reivindicamos nuestros derechos sobre el territorio de
lo que hoy ocupa el Estado Boliviano, que no es más que un enclave dentro del
territorio ancestral del kollasuyo
Las naciones originarias luchamos por una plena autodeterminación para
decidir sobre nuestros recursos naturales y así evitar el despojo que seguimos
sufriendo desde hace quinientos años.
Según la Constitución Política del Estado, los recursos naturales renovables y
no renovables es de dominio originario del Estado. Este principio
constitucional fundamenta el derecho a despojarnos a las naciones aymaras,
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Derechos Indígenas (WALIR)
que quechuas, guaranís y otros pueblos sobre nuestros recursos naturales, en
una flagrante violación a nuestro derecho consuetudinario sobre tierra y
territorio reconocido a nuestros pueblos pro el Derecho Internacional. Juntos,
la tierra y las aguas permiten nuestra sobrevivencia como pueblos y como
naciones
Declaración conjunta sobre el Anteproyecto de Ley del Recurso Agua
CONFEDERACIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS DE BOLIVIA (C.I.D.O.B.)CONFEDERACIÓN
SINDICAL ÚNICA DE TRABAJADORES CAMPESINOS DE BOLIVIA (C.S.U.T.C.B.)
CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COLONIZADORES DE BOLIVIA (C.S.C.B)
FEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES CAMPESINAS DE BOLIVIA-BARTOLINA SISA
(F.N.M.C.B.-B.S.)
Un elemento central de este discurso es la defensa de la gestión y derechos comunitarios, a nivel no solo
rural sino también urbano.
Sin embargo, mas allá de las demandas del sector campesino indígena por el respeto de sus derechos,
cuales serian los argumentos para establecer la necesidad e importancia de algo así?
Pues en cuanto a la necesidad, creemos el respeto a la diversidad y la diferencia es un elemento central
para la construcción de nuevas practicas democráticas,
Buscar y agregar en Articulo para CONDESAN
Respecto ala importancia, nos parece interesante rescatar la discusión generada a partir de la definición de
lo que constituye la Utilidad Publica.
Las propuestas de Ley del Recurso Agua consideran como de Utilidad Publica y casi de forma exclusiva,
la construcción de obras hidráulicas. Ante esta posición las organizaciones indígenas y campesinas
plantearon una perspectiva diferente, según la que la Utilidad Publica también incorpora
a) La protección del agua como bien social y ecológico para garantizar la
satisfacción de las necesidades humanas y sociales para el mejoramiento de la
calidad de vida.
b) El uso y acceso equitativo al agua para el bienestar familiar y colectivo, el
desarrollo socio-económico y cultural de las colonias y comunidades
campesinas, pueblos indígenas y originarios y colectividades en general.
c) La prevención y atención de los desastres naturales como la erosión, la
sequía y las inundaciones que pongan en peligro a comunidades y regiones.
d) La conservación y protección de los ciclos hidrológicos, las reservas
naturales de aguas (deshielos, lagunas, lagos), los usos ambientales del agua y
los caudales ecológicos.(Propuesta de Ley de las Confederaciones, 1998)
Este planteamiento retoma la idea de que las políticas de desarrollo deben tener como
objetivo prioritario el mejoramiento de la calidad de vida de la personas, considerándolo
de forma integral y no solo en base a parámetros económicos.
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Derechos Indígenas (WALIR)
IIII
DDeerreecchhooss IInnddííggeennaass –– CCaammppeessiinnooss yy LLeeggiissllaacciióónn
Estatus constitucional de los derechos indígenas
En agosto del año 1994, después de un
procedimiento riguroso finalmente se
aprobaron las reformas a la Constitución
Política del Estado, reconociendo el carácter
“multiétnico y pluricultural” del país (art. 1)
aunque sin llegar a definir precisamente los
alcances e implicaciones de este
reconocimiento.
Otro cambio importante realizado en esta
reforma es el reconocimiento de la identidad,
valores, lenguas, instituciones y los derechos de los pueblos indígenas del país, estableciendo – al menos
en teoría - garantías para el uso y aprovechamiento de sus recursos naturales (Art. 171).
3RU RWUR ODGR VH UHFRQRFH WDPELpQ OD
SHUVRQDOLGDG MXUtGLFD GH ODV FRPXQLGDGHV
LQGtJHQDV  FDPSHVLQDV  GH DVRFLDFLRQHV 
VLQGLFDWRV FDPSHVLQRV SHUR VLQ XQD
WUDPLWDFLyQ DXWRPiWLFD VLQR TXH VRPHWLpQGROR
D OR TXH OD /H GH 3DUWLFLSDFLyQ 3RSXODU
HVWDEOHFH
Finalmente en el mismo precepto se
otorga a las autoridades naturales la
atribución de ejercer funciones de
administración y aplicar normas para
la solución alternativa de conflictos
“en conformidad a sus costumbres y
procedimientos” (Art. 171, inc. III).
C.P.E.) y siempre que no sean
contrarias a la Constitución y las
Leyes; estableciendo así una
competencia sin precedentes en la
historia jurídica contemporánea de
Bolivia.
A partir de este precepto constitucional se fueron incorporando también disposiciones
que tienden al reconocimiento positivo del derecho consuetudinario indígena y
campesino para la gestión de sus recursos (Ley INRA), conformación de sus
organizaciones, elección de sus autoridades (Ley de Participación Popular), resolución
de conflictos en base a reglas propias, etc.
Por otro lado deben considerarse también otras disposiciones que aunque no hacen referencia
específicamente al tema indígena si tienen consecuencias en relación a este, por ejemplo el Articulo 203
de la CPE que establece que cada Municipio tiene una jurisdicción territorial continua determinada por
Ley, que ha sido utilizado para proponer la creación de Municipios Indígenas o el articulo 221 de la CPE
CONSTITUCION POLITICA
DEL ESTADO
Articulo 1.- Bolivia, libre, independiente,
soberana, multietnica y pluricultural, constituida
en Republica unitaria, adopta para su gobierno
la forma democrática representativa, fundada en
la unión y la solidaridad de todos los bolivianos.
CONSTITUCION POLITICA
DEL ESTADO
Articulo 171.- I. Se reconocen, respetan y protegen
en el marco de la Ley, los derechos sociales,
economicos y culturales de los pueblos indigenas que
habitan en el territorio nacional, especialmente los
relativos a sus tierras comunitarias de origen,
garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, a su identidad, valores,
lenguas e instituciones.
II. El Estado reconoce la Personalidad Jurídica delas
comunidades indígenas y campesinas y de las
asociaciones y sindicatos campesinos.
III: Las autoridades naturales de las comunidades
indígenas y campesinas podran ejercer funciones de
administración y aplicacion de normas propias como
solucion alternativa de conflictos, en conformidad a
sus costumbres y procedimientos, siempre que no
sean contrarias a esta Constitución y las Leyes. La
Ley compatibilizara estas funciones con las
atribuciones de los Poderes del Estado.
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
que elimina el requisito de saber leer y escribir para ser elegibles en funciones estatales, que facilita el
acceso a cargos públicos por parte de sectores que antes estaban restringidos.
El estatus de los derechos indígenas en las Leyes Bolivianas
Se podrían decir muchas cosas sobre el estatus de los pueblos indígenas en la legislación boliviana,
considerando por ejemplo los cambios que se han ido dando a través del tiempo, sin embargo por razones
de tiempo y espacio nos limitaremos a mencionar las Leyes, reglamentos y otras disposiciones formuladas
durante el ultimo periodo de reformas estructurales en el país (1985 – 2001). En ese sentido se pueden
considerar tres escenarios
- Leyes y Tratados específicos
- Disposiciones especiales en Leyes, y
- Disposiciones generales aplicables
Leyes y Tratados específicos
Entre estos tenemos a:
S Ley No. 1468 que ratifica el Convenio Constitutivo del Fondo de Desarrollo de los
Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe
S La Ley No. 1580 que ratifica el Convenio sobre Diversidad Biológica
S La Ley 1257 que ratifica el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y tribales
en Países Independientes
además de estos instrumentos que han sido ratificados y convertidos en leyes nacionales, se han venido
emitiendo Declaraciones y otros documentos en los que han participados representantes de los pueblos de
Bolivia, por ejemplo:
• La Declaración sobre Etnocidio y Etno Desarrollo de San José (Conferencia de la UNESCO,
Diciembre de 1981)
• La declaración de Kari – Oca (Carta de la Tierra de los Pueblos Indígenas) redactada durante la
Conferencia Mundial de los Pueblos Indígenas sobre Territorios, Medio Ambiente y Desarrollo
(25 al 30 de Mayo de 1992) como respuesta alternativa a las Declaraciones de la Cumbre sobre
medio Ambiente en río (1992)
• La carta de los Pueblos Indígenas – Tribales de los Bosques Tropicales formulada por la Alianza
de los Pueblos Indígenas – Tribales de los Bosques Tropicales (15 de febrero de 1992)
• El proyecto de Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
(1993)proyecto de Declaración Interamericana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (febrero de 1997).
De todos estos instrumentos jurídicos internacionales el más importante es el Convenio 169 de la OIT,
puesto que establece el marco general de los derechos de los pueblos indígenas. Es también la única Ley
especifica sobre este tema en Bolivia.
A. El Convenio 169 de la OIT
Este Convenio establece preceptos importantes relacionados con:
• la protección de los derechos de los pueblos indígenas y las garantías para su integridad (Art. 2)
• El goce en pie de igualdad de los derechos y oportunidades que establece la legislación de los países
(Art. 2 y 3)
• El reconocimiento y protección de los valores, practicas e instituciones de estos pueblos. Lo cual
implica el reconocimiento del derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre
que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales. (Art. 5)
• La consulta mediante procedimientos apropiados y sus instituciones representativas, de las medidas
legislativas o administrativas que pudieran afectarles directamente.
• El establecimiento de medios para su libre participación en todos los niveles de adopción de
decisiones en instituciones y organismos administrativos responsables de políticas y programas que
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les conciernan o les afecten. En el caso por ejemplo cualquier traslado o reubicación que fuese
absolutamente necesaria se debe lograr el consentimiento – libre y con conocimiento de causa –
previo y dar una indemnización adecuada.
• Reconocer sus derechos a decidir y controlar sus propias prioridades de desarrollo para lo cual se
debe proporcionar los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de estos
pueblos
• Reconocer el derecho que tienen estos pueblos a participar en la utilización, administración y
conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras11
. Esto significa que por ejemplo se
debe garantizar que siempre que sea posible participen en los beneficios que reporten las actividades
prospección y explotación de recursos naturales así como recibir indemnización por cualquier daño
resultante de estas actividades.
• Realizar estudios en cooperación con estos pueblos, para evaluar la incidencia social, espiritual y
cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo puedan tener, así como impedir
que personas extrañas se aprovechen de las costumbres o el desconocimiento de las leyes por parte de
estos pueblos.
• La consideración de sus costumbres o su derecho consuetudinario al aplicar la legislación nacional a
los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en (Art. 8, inc 1), así como el reconocimiento
del derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que estas no sean
incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los
derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse
procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio
(Art. 8, inc 2).
• El respeto a sus métodos tradicionales de represión de delitos en la medida en que sean compatibles
con el sistema jurídico nacional y los derechos humanos (Art. 9)
Estos derechos reconocidos por el Convenio 169, se establecen junto a otros no menos importantes que
tratan sobre las tierras de los pueblos indígenas, las condiciones de empleo, la formación profesional, la
educación y la salud, etc.
Disposiciones especiales en Leyes
A diferencia de otros países donde existen Leyes especificas sobre los derechos
Indígenas, en Bolivia se ha optado por incorporar algunas disposiciones concretas en las
Leyes en general. Entre las leyes que hacen referencia a la situación de los pueblos
indígenas tenemos:
Disposición
11
“Las leyes de Bolivia, Brasil, Colombia y Perú atribuyen el uso exclusivo de los recursos
naturales renovables dentro de los territorios. En Colombia se concede el usufructo exclusivo
sobre las tierras, ríos y lagos que existan dentro de sus territorios. La Corte Constitucional
colombiana ha señalado que el derecho de propiedad colectiva de los indígenas sobre la tierra
“comprende a la propiedad colectiva de estos sobre los recursos naturales renovables existentes
en su territorio.”
Ecuador y Guyana tiene derecho al aprovechamiento mediante el derecho preferencial y no de
exclusividad. En Ecuador y Venezuela los recursos forestales son propiedad de comunidades en
cuanto que tengan pleno dominio sobre sus tierras, mientras que en Surinam carecen de
disposición alguna al respecto” (Marinissen, 1998).
Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y
Derechos Indígenas (WALIR)
a) Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento
b) Ley del Medio Ambiente
c) Ley de Participación Popular
Reglamento de las Organizaciones Territoriales de Base
Reglamentación Complementaria de las Leyes de Participación Popular y
Descentralización Administrativa
d) Ley de Reforma Educativa
e) Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria
Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de reforma Agraria
f) Ley Forestal
Reglamento de la Ley Forestal
g) Reglamento del Régimen de Acceso a los Recursos Genéticos
h) Reglamento de áreas Protegidas
i) Ley de Hidrocarburos
j) Código de Minería
Esta lista no es exhaustiva ya que continuamente se van formulando nuevas Leyes que hacen referencia al
tema, pero si hace mención de algunos de los instrumentos legales más importantes.
A. La Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento
Esta Ley establece la forma de organización de la administración publica, desde la presidencia de la
Republica, pasando por los Ministerios, las Instituciones Publicas Nacionales hasta las Prefecturas de
Departamento y sus órganos dependientes.
De acuerdo a esta norma los Ministerios y entidades que tienen directa competencia sobre temas
indígenas y campesinos son:
a) El Ministerio de Asuntos Campesinos de Indígenas, ex Viceministerio de Asuntos Indígenas y
Pueblos originarios (VAIPO). Este Ministerio fue creado a raíz del intenso conflicto campesino
que ocurrió en Septiembre del año 2000 con la misión de:
formular, promover, aplicar y supervisar los objetivos, normas, políticas,
estrategias, planes, programas y proyectos de Estado para los pueblos
indígenas y originarios, atendiendo con pertinencia a sus particularidades
culturales, económicas, organizacionales, políticas y sociales
b) El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que tiene a su cargo el
Viceministerio de Explotación Integral de Recursos Naturales Renovables, el que a su vez esta
conformado por una Dirección General Forestal y de Silvicultura, Dirección General de Cuencas
Hidrográficas, tierras y Pesca y una Dirección de tierras Agrícolas y Riego.
c) El Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, que tiene a su cargo los
Viceministerios de: 1) Planificación y ordenamiento territorial, 2) de Medio Ambiente, recursos
Naturales y desarrollo Forestal, 3) de Participación Popular y Fortalecimiento Municipal y 4) de
Asuntos de Genero, Generacionales y Familia. Por otro lado este Ministerio esta también a
cargo del Servicio Nacional de áreas Protegidas (SERNAP).
Ley del Medio Ambiente No. 1333
La Ley del Medio Ambiente fue aprobada el 27 de Abril de 1992, para establecer los principios y
disposiciones generales en la materia, esta norma tiene como objeto principal:
La protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales,
regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el
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  • 1. U M S S CENTRO ANDINO PARA LA GESTION Y USO DEL AGUA (1752$*8$ LEGISLACIÓN DEL AGUA EN BOLIVIA Elaborado por: Rocio Bustamante Coordinadora Programa de Gestión del Agua (Q FRRUGLQDFLyQ FRQ KDLU JURXS ,UULJDWLRQ DQG ZDWHU (QJLQHHULQJµ :DJHQLQJHQ 8QLYHUVLW RPLVLyQ (FRQyPLFD SDUD $PpULFD /DWLQD (3$/ Cochabamba, Bolivia Febrero del 2002
  • 2. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) CONTENIDO Introducción ______________________________________________________ 6 Antecedentes ______________________________________________________ 7 Situación de los recursos hídricos en Bolivia_______________________ 9 Estado de situación de los principales sectores de Uso del Agua en Bolivia __________________________________________________________ 11 Agua Potable ____________________________________________________ 11 Riego___________________________________________________________ 12 Generación de Electricidad ________________________________________ 13 Industria _______________________________________________________ 14 Minería___________________________________________________________ 14 Hidrocarburos_____________________________________________________ 14 Acuicultura _______________________________________________________ 15 Navegación, Turismo, y otros usos ____________________________________ 15 Gestión local del agua en Bolivia____________________________________ 15 Lógica socio territorial ____________________________________________ 16 Diferentes fuentes de agua, diferentes formas de gestión ________________ 16 Principios culturales locales________________________________________ 16 El sustento material de la gestión ___________________________________ 17 Diferentes niveles de gestión _______________________________________ 17 Los derechos de agua _____________________________________________ 17 Las obligaciones _________________________________________________ 18 Distribución _____________________________________________________ 18 Organización ____________________________________________________ 18 Marco Legal _______________________________________________________ 19 El sistema jurídico Boliviano _________________________________________ 19 La legislación sobre el uso y aprovechamiento de recursos hídricos en Bolivia 19 El reconocimiento de los derechos indígenas: Influencia histórica y contemporánea del contexto socio económico, político y cultural______ 21 El tema de los derechos indígenas - campesinos en las Leyes bolivianas _____ 25 Estructuras de poder: la distribución del acceso al agua y poder de decisión entre actores y entre sectores en el país______________________ 26 Sectores que compiten con los derechos indígenas -campesinos _______ 27 sobre el agua_______________________________________________________ 27 Necesidad e importancia de los derechos indígenas (-campesinos) en la gestión del agua en Bolivia _________________________________________ 31 Estatus constitucional de los derechos indígenas _____________________ 33
  • 3. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) El estatus de los derechos indígenas en las Leyes Bolivianas__________ 34 Leyes y Tratados especificos _________________________________________ 34 A. El Convenio 169 de la OIT_____________________________________ 34 Disposiciones especiales en Leyes _____________________________________ 35 A. La Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento _______ 36 Ley del Medio Ambiente No. 1333 __________________________________ 36 Ley de Participación Popular No. 1551 ______________________________ 38 Ley de Reforma Educativa No. 1565 de 07 – 07 - 1994 __________________ 40 Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria No. 1715 , de 1996 ________ 40 Ley Forestal, No. 1700. de 1996_____________________________________ 43 Reglamento del Regimen de Acceso a los Recursos Geneticos, Decreto Supremo No. 24676 de 1997________________________________________ 44 Reglamento de Areas Protegidas, Decreto Supremo No. 24781 de 1997 ___ 44 Codigo de Mineria _______________________________________________ 44 Ley de Hidrocarburos ____________________________________________ 44 Disposiciones generales aplicables_____________________________________ 44 Modo(s) de adjudicación de derechos de agua, _______________________ 45 La Ley de 1906 ____________________________________________________ 45 Constitución Política del Estado ______________________________________ 45 Normas en leyes generales ___________________________________________ 46 Codigo de Mineria, Ley Nº 1777 ____________________________________ 46 Ley de Electricidad, Nº 1604 _______________________________________ 46 Ley de Municipalidades, No. 2028_____________________________________ 47 Leyes especificas ___________________________________________________ 47 Ley de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, No. 2066_______________ 47 Proyectos de Ley ___________________________________________________ 48 Anteproyecto de Ley del Recurso Agua (Versión No. 32)________________ 48 Propuestas de Sectores Sociales_______________________________________ 49 La propuesta de las Confederaciones Indígenas y Campesinas, (Documento de discusión y consulta) 27 de abril de 1999 _____________________________ 49 Propuesta de Ley de Autoridad de Aguas ____________________________ 49 Condiciones / criterios para la transferencia de derechos,_____________ 50 Otro tipo de Permisos_______________________________________________ 54 Proyectos de Ley _________________________________________________ 54 Propuestas Sociales_______________________________________________ 55 Derechos y Obligaciones____________________________________________ 55 Ley de 1906 _____________________________________________________ 55 Leyes sectoriales _________________________________________________ 55 - Articulo 41.- (Obligaciones de los Titulares).- Son las siguientes: _______________ 57 Causales de Caducidad y Revocatoria _______________________________ 57 Infracciones y Sanciones ___________________________________________ 59 Restricciones_______________________________________________________ 60
  • 4. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Prioridades de adjudicación para los usos distintos___________________ 61 Reglamentos y procedimientos específicos ___________________________ 63 Reglamento de Pesca y Acuicultura (D.S. No. 22581 de 14 /08/90) __________ 63 Normas Reglamentarias de Uso y Aprovechamiento de Agua para Riego (Resolución Bi Misterial 01/98 de ) ____________________________________ 63 Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del Sector de Aguas, Decreto Supremo No. 24716 ___________________________________ 64 Disposiciones sobre aguas subterráneas ________________________________ 65 Ley de 8 de Noviembre de 1906, sobre Dominio y Aprovechamiento de Aguas _______________________________________________________________ 65 Condicionalidades para el reconocimiento de los_____________________ 69 derechos indígenas en la legislación_________________________________ 69 Posición/prioridad de los derechos indígenas en comparación ________ 70 con otros derechos de agua _________________________________________ 70 Alcance del reconocimiento de los derechos indígenas: _______________ 71 Reconocimiento de la territorialidad ________________________________ 71 Reconocimiento de usos ___________________________________________ 72 Casos registrados de reconocimiento de derechos indígenas:__________ 72 identificación, características, atribuciones, procesos y procedimientos, resultados, pautas ______________________________________________________________ 72 Plataformas y foros para el reconocimiento de los derechos indígenas_ 73 : administrativos, jurídicos, consuetudinarios ______________________________ 73 Posición y estatus para poder reclamar derechos indígenas (consuetudinarios) _________________________________________________ 75 organización, grupo, población, tribu, ; o individual; criterios /condiciones para pertenecer a un grupo reconocido________________________________________ 75 Procedimientos para el reconocimiento de los derechos indígenas_____ 76 (+ existen instancias oficiales, competentes, pro activas para tratar los derechos indígenas de agua?)___________________________________________________ 76 La efectividad y eficacia de la legislación de recursos hídricos con respecto al reconocimiento de los derechos indígenas_________________ 77 Otros criterios relevantes para el análisis del reconocimiento de los derechos indígenas (campesinos/ consuetudinarios) en la legislación__ 78 La participación indígena en la toma de desiciones_______________________ 78 La consulta________________________________________________________ 78 El derecho a recibir regalias o beneficios de los proyectos (o subvenciones del estado) ___________________________________________________________ 79
  • 5. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) La afectación con servidumbres o expropiaciones________________________ 79 El tema de la Autoridad de Aguas_____________________________________ 79 En el tema de resolución de conflictos _________________________________ 80 Evaluación crítica del sistema legislativo referente a la gestión de los RR.HH. y el reconocimiento de los derechos indígenas _______________ 80 Las perspectivas actuales para un proceso de cambio legislativo en favor del reconocimiento de los derechos indígenas (-campesinos) __________ 81 Bibliografía________________________________________________________ 83
  • 6. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Introducción Los nuevos enfoques sobre la Gestión del Agua, tiene cada vez mas en claro que objetivos como la integralidad, la sostenibilidad y la equidad serán posibles solo con la participación de todos los actores. Esto entre otras cosas implica considerar mas seriamente la “voz” de los indígenas y campesinos en las políticas y leyes que tratan sobre recursos hídricos, ya que si bien se han formulado muchos buenos propósitos en ese sentido, hasta ahora las medidas tomadas para efectividad el reconocimiento de formas de gestión indígenas o campesinas ha sido muy limitada. Motivados por lo anterior el “Chair Group Irrigation and water Engineering” de la Universidad de Wageningen y la CEPAL, elaboraron un proyecto que busca efectuar una contribución concreta para la Implementación de mejores políticas de gestión de recursos hídricos, basadas en el reconocimiento de los derechos y las practicas locales de gestión que deben ser respaldadas por una legislación adecuada. El proyecto se concentra en el análisis de 4 países andinos, Perú, Ecuador, Chile y Bolivia, donde la cantidad de población indígena, la escasez del recurso y la constante negación de los derechos de uso y las formas tradicionales de gestión del agua, son justificación suficiente para realizar las investigaciones propuestas. En ese sentido la meta final del proyecto es: Contribuir al entendimiento de los derechos indígenas, para sensibilizar a los que toman las decisiones relacionadas con cambios políticos y legales y concretizar el reconocimiento de los derechos de uso y las normas indígenas para la gestión del agua en la legislación nacional. Con este objetivo se ha propuesto realizar tres estudios que en su conjunto den una visión integral de la problemática indígena con relación al tema del agua. El presente documento constituye el primero de estos estudios y pretende analizar de forma exhaustiva y critica la legislación boliviana sobre los derechos de las comunidades campesinas, pueblos indígenas y originarios en relación a la gestión de recursos naturales en general y agua en particular. La investigación estuvo a cargo del Centro Andino para la gestión y Uso del Agua (Centro AGUA), a través del Sub Programa de Derechos y gestión del Agua, en coordinación con el Proyecto Legislación (Fase II) de a Comisión para la gestión Integral del Agua en Bolivia (CGIAB) y la Mesa Técnica Nacional del Agua.
  • 7. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) II.. Antecedentes La República de Bolivia se encuentra situada en la parte central de Sud América. Limita al norte y al este con el Brasil, al sudeste con Paraguay, al sur con Argentina, al oeste con Perú y al sudoeste con Chile. (Ver Fig. No. 1) Bolivia está dividida políticamente en 9 Departamentos, 112 provincias y 314 secciones de provincia, correspondientes cada una a un Gobierno Municipal. Según datos del Censo de 19921 la población del país es de 6´420.720 habitantes, de este total 3´171.265 (57%) habitan en el área urbana y 2´725.946 (42.5%) en el área rural. La mayor parte de la población se encuentra en los departamentos de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, donde viven el 68,1% de los bolivianos. Además las ciudades de La Paz, El Alto, Cochabamba y Santa Cruz concentran al 60,2% de la población urbana. De acuerdo a datos obtenidos en 1992, de más de 2.7 millones de habitantes rurales a nivel nacional, 1.8 millones (67%) son indígenas y originarios2 . La superficie territorial de Bolivia asciende a 1.098.541 Km2, dividiéndose desde el punto de vista fisiográfico en tres zonas predominantes: • Zona Andina: Representa el 28% de la superficie total y abarca los Departamentos de Potosí, La Paz y Oruro. En esta zona se encuentran las cordilleras oriental y occidental en las cuales están algunos de los picos más altos del país y de América cubiertos por nieves perpetuas. Entre estas dos cordilleras se encuentra el Altiplano a una altura promedio de 3.800 m.s.n.m., una temperatura media entre 7 y 11 grados centígrados y precipitaciones pluviales entre 300 y 600 milímetros al año. Al norte está situado el lago Titicaca, siendo el segundo de Sudamérica en extensión y el más alto del mundo, y al sudoeste se tiene la región volcánica y de los salares. • Zona Sub Andina: En la región intermedia del país entre el altiplano y los llanos orientales que abarca los Departamentos de Cochabamba, Chuquisaca y Tarija, lo que representa el 15% de la superficie total del país. En esta zona se encuentran los valles y yungas (valle subtropical) que presentan una topografía accidentada combinándose con mesetas y terrazas onduladas. La elevación promedio de esta región es de 2.500 m.s.n.m. con temperaturas promedio entre 15 y 18 grados y una precipitación pluvial media de 380 a 700 milímetros anuales. • Zona de los Llanos: Esta zona abarca un 57% de la superficie total de Bolivia; abarca los Departamentos de Santa Cruz, Beni y Pando, con una altura promedio de 160 a 500 m.s.n.m. una temperatura promedio de 23 grados centígrados y una precipitación pluvial de 1100 a 1900 milímetros al año. Comprende las llanuras orientales y extensas selvas ricas en flora y fauna. 1 Aunque el año 2001 se realizo un nuevo Censo de Población y Vivienda, sus resultados son todavía preliminares. 2 Estos datos fueron obtenidos en base a criterios lingüísticos. El Censo del año 2001 incorpora ademas el criterio de la autodefinición étnica que seguramente arrojara datos interesantes sobre el numero de indígenas en el pais.
  • 8. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) ),*85$ 0DSD 3ROtWLFR GH %ROLYLD
  • 9. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Situación de los recursos hídricos en Bolivia Bolivia esta hidrográficamente dividida en tres grandes cuencas: la Cuenca Amazónica formada por las subcuencas del río Beni, el Mamore y el Tienes que cubre un 66% del territorio y tiene 180 mil millones de m3 / año; la Cuenca del Plata en la región del Chaco que cubre un 21% del territorio y por la que fluyen 22 mil millones de m3 / año; y la Cuenca Andina o Endorreica3 con 13% y 1,6 mil millones de m3 / año respectivamente (Ver Fig. No.2 ). Existen enormes contrastes en la precipitación media anual en estas cuencas, desde menos de 200 mm al sudoeste del país, hasta más de 5,000 mm en la región amazónica. Según un estudio de la Unidad de la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas (UDAPE, 1998) la demanda de agua consume apenas un 1% (150 millones de m3 / año) de los recursos superficiales disponibles, debido principalmente a la falta de infraestructura física que permita una mayor utilización. En cuanto a las aguas subterráneas, no existen el país estudios globales y solamente se cuenta con algunos diagnósticos de regiones concretas como los Valles de Cochabamba, el Altiplano Norte o ciudades como Santa Cruz y Trinidad, sin embargo se estima que en el país existirían aproximadamente 200.000 pozos con por lo menos 10 metros de profundidad (Bazoberry, 1996). 3 Estos datos se han obtenido del libro “Geografía y recursos Naturales en Bolivia”, de Montes de Oca, I.; 1989 Ministerio de Educación, La Paz - Bolivia
  • 10. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) ),*85$ 0DSD GH %ROLYLD FRQ LGHQWLILFDFLyQ GH ODV SULQFLSDOHV FXHQFDV KLGURJUiILFDV
  • 11. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Estado de situación de los principales sectores de Uso del Agua en Bolivia Agua Potable En cuanto al abastecimiento a poblaciones según datos del banco Mundial tenemos que la situación de Bolivia comparada con otros países de la región es la siguiente: Cuadro No. : Algunos países: Acceso a agua y alcantarillado País Acceso a agua potable Acceso a alcantarillado Bolivia 72% 28% Brasil 87% 49% Chile 87% 85% México 89% 50% World Bank 1999:xxvi, datos de 1998 Por otro lado si consideramos la cobertura del servicio en relación a las áreas urbanas y rurales vemos que, de la población sin servicio un 56% se encuentra en zonas rurales. Cuadro No. : Cobertura de Agua Potable a Nivel Nacional Según Área Geográfica Tipo de Servicio Urbano (miles) Porcentaje Rural (miles) Porcentaje Población servida con conexión domiciliaria 4.169 Hab. 87,4% 967 Hab. 30,4% Población sin conexión domiciliaria pero con acceso a una fuente pública de agua cercana 272 Hab. 5,70% 432 Hab. 13,6% Población Total Servida 4.441 Hab. 93,1% 1.399 Hab. 44,0% Población Total sin Servicio 329 Hab. 6,90% 1.781 Hab. 56,0% Datos de la Encuesta Nacional de Demografía y Salud del año 1998 Del total de la población con acceso al servicio, los tipos de conexiones y las fuentes de agua que utilizan mas frecuentemente son las siguientes: Cuadro No. : Bolivia: Tipos de conexiones y fuentes de agua Tipo Urbana Rural Total Cañería dentro de la casa 47.0 6.5 31.9 Cañería en lote 40.4 23.9 34.2 Cañería fuera 5.7 13.6 8.6 Pozo 3.0 23.5 10.6 Río, lago, vertiente 0.4 30.3 11.5 Carro repartidor 2.6 0.1 1.7 Otro 1.1 2.2 1.5 Total 100.0 100.0 100.0 Instituto Nacional de Estadística (INE), encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDSA) 1998 En cuanto al abastecimiento a poblaciones según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) vemos que los niveles de cobertura por departamento, son los siguientes:
  • 12. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Cuadro No. :Cobertura de agua potable por departamento Departamento Cobertura total Cobertura urbana Cobertura rural % de la población urbana Chuquisaca Cochabamba La Paz Oruro Potosí Tarija Santa Cruz Beni Pando 52 66 80 74 52 73 83 57 31 95 82 98 96 95 97 97 73 80 29 46 44 28 29 39 36 17 10 36 55 67 67 35 59 78 72 30 Total 72 93 37 61 Fuente: INE, Noviembre 1997 El servicio de provisión agua potable que frecuentemente esta también vinculado al de alcantarillado sanitario es prestado en la mayoría de las ciudades del país por Empresas Publicas Municipales o los Municipios de forma directa. Además existe una compañía privada en La Paz (Aguas del Illimani) y varios sistemas cooperativos (Como SAGUAPAC en Sta, Cruz), Asociaciones o Comités vecinales. Riego Según un informe de la CEPAL (1987) la extracción del sector riego corresponde al 85% del total de recursos hídricos utilizados en el país. Estos recursos tienen un uso principalmente agrícola y menor proporción pecuario, como vemos en el Cuadro a continuación: Cuadro No. :Uso de los sistemas de riego Sistemas de Riego en Funcionamiento Sistemas de Riego de Uso Agrícola Sistemas de Riego de Uso Pecuario (Bofedales) 5.459 5.350 109 Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000 Según el mismo Inventario estos sistemas son en su mayoría de micro riego y sistemas pequeños: Cuadro No. :Tipos de sistemas clasificados por su tamaño Sistemas de Riego Familiares 2 Has. Sistemas de Micro Riego 2 – 10 Has. Sistemas Pequeños 10 – 100 Has. Sistemas Medianos 100 – 500 Has. Sistemas Grandes 500 Has. 626 1.733 2.616 326 49 Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000 Los departamentos con mayor cantidad de sistemas de riego, de usuarios y de área regada son Cochabamba, La Paz, Potosí y Chuquisaca.
  • 13. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Cuadro No. :Sistemas de riego y usuarios por departamento: Sistemas Usuarios área RegadaDepartamento Numero % Familias % Hectáreas % Chuquisaca 678 14.5 17,718 8.1 21,168 9.4 Cochabamba 1,035 21.9 81,925 37.6 87,534 38.6 La Paz 961 20.3 54,618 25.1 35,993 15.9 Oruro 312 6.6 9,934 4.6 14,039 6.2 Potosí 956 20.2 31,940 14.7 16,240 7.2 Santa Cruz 232 4.9 5,865 2.6 15,239 6.7 Tarija 550 11.6 15,975 7.3 36,351 16.0 Total 4,724 100.0 217,975 100.0 226,564 100.0 Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000 De la cantidad total de hectáreas regadas, 63, 454 corresponden a los sistemas de riego grandes, 65, 944 a los medianos, 86,638 a los pequeños y solo 10, 528 a los sistemas de micro riego. Por otro lado, la mayoría de los sistemas de riego en Bolivia tiene como fuente principal a los ríos (69% del área regada), seguidos por los embalses (19%), las vertientes (6%) y los pozos (6%) profundos y semiprofundos. Un aspecto interesante a tomarse en cuenta es que los sistemas de riego del país, están en gran parte representados por las organizaciones de base tradicionales como el sindicato, así como por organizaciones específicamente vinculadas al riego como los Comités y las Asociaciones. Cuadro No: Tipo de Organización por Departamento Departamento Organización de Base (%) Cooperativa /OTB (%) Comité (%) Asociación (%) Tarija 64 28 8 Santa Cruz 23 2 52 23 Potosí 7 54 39 Oruro 80 1 18 1 La Paz 82 2 15 1 Cochabamba 66 33 1 Chuquisaca 77 8 15 Fuente: Inventario Nacional de Sistemas de Riego, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Dirección general de Suelos y Riego, Programa Nacional de Riego, Bolivia 2000 Generación de Electricidad De acuerdo a un estudio de la FAO realizado en 1999, en Bolivia existen un total de 68 centrales hidroeléctricas, desde pequeños sistemas (0.006 MW de potencia instalada) hasta centrales hidroeléctricas con mayor potencia instalada como Santa Isabel en Cochabamba, (con 72 MW). Los caudales empleados para generación de energía hidroeléctrica también varían desde 12 l/s hasta 9.3 m3/s . Según este mismo estudio los datos anteriores muestran que las actuales centrales hidroeléctricas alcanzan niveles mínimos de aprovechamiento, lo cual se debe principalmente a razones de tipo político (como las constantes protestas de grupos ambientalistas que impidieron la construcción de grandes represas como el Bala); la falta de una Política y un Plan Nacional de Gestion de los Recursos Hídricos y las dificultades que implica el uso de estos en medios rurales donde se debe negociar con campesinos e indígenas el acceso a las fuentes de agua.
  • 14. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) La evaluación del potencial hidroenergético y geotérmico en Bolivia ha permitido la identificación de varios proyectos, algunos de los cuales se encuentran ya a nivel de preinversión, entre los más grandes e importantes tenemos: Proyecto El Bala, Proyecto Cachuela Esperanza, Proyecto Múltiple Binacional (Argentina y Bolivia) las Pavas y el Proyecto Geotérmico Laguna Colorada. Por otro lado existe también el Proyecto de Electrificación Rural con el que el estado boliviano pretende impulsar el desarrollo de las comunidades campesinas e indígenas. Industria En Bolivia existen aproximadamente 13,400 industrias, de las cuales se estima que el 94% son pequeñas (de entre 1 a 10 empleados), consistiendo talleres de tipo artesanal. El 80% de las industrias están ubicadas en las ciudades del eje central: La Paz, El Alto, Santa Cruz y Cochabamba. Los principales sectores industriales son: metalúrgico, terminaciones metálicas, minerales industriales, Químico, del Calzado y Curtiembres, Industria textil, del papel y Alimenticia. El uso de agua para actividades industriales esta en gran parte vinculado al consumo de agua potable en las ciudades ya que un porcentaje elevado de las industrias se encuentra en el área urbana o peri urbana (un 67% en Cochabamba). Por otro lado es muy frecuente que las fabricas o industrias cuenten con una fuente propia de agua (generalmente un pozo) y tengan solo un contrato de descarga de aguas residuales con la empresa de saneamiento básico. La falta de un control adecuado por parte de autoridades ambientales, motiva que estas descargas generen procesos de contaminación importantes de los recursos hídricos que muchas veces son empleados aguas abajo para consumo humano y riego. Minería La actividad minera, fue la base más importante de la economía estatal por mucho tiempo. Se concentra principalmente en la región andina altiplanica de Bolivia y actualmente esta actividad es realizada por compañías estatales, y empresas privadas medianas y pequeñas, así como por el sector cooperativista. El acceso a los recursos hídricos es parte de la concesión minera para su uso en los campamentos y en los ingenios; las aguas residuales deberían ser restituidas en cantidad y calidad a los cursos originales pero esto casi nunca ocurre, generando problemas de contaminación importantes de los acuíferos superficiales y subterráneos, tanto en la zona andina con la minería tradicional, como en regiones amazónicas con la explotación de oro. Hidrocarburos Durante los ultimo años la actividad hidrocarburifera se ha incrementado de manera importante en el país. Según datos del INE la producción de petróleo crudo para el año 1997 fue de 10,9 millones de barriles. Para el mismo año, la producción de gas ha sido 106.286 MMPC (Datos INE-1997). Los campos de petróleo y gas están ubicados en la parte central y sur del país. Existen doce oleoductos y nueve gasoductos que transportan los hidrocarburos a las refinerías y/o a los consumidores industriales y a los puntos de exportación.
  • 15. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Al igual que con la actividad minera el uso del agua esta garantizado en el derecho de exploración o explotación. Estas actividades pueden ser también altamanente contaminantes y con efectos negativos en el ambiente. Por otro lado incluso el transporte de hidrocarburos por oleoductos o gasoductos ha provocado serios problemas ambientales debido derrames y filtraciones. Acuicultura La actividad acuícola y piscícola con fines comerciales es reducida y se limita a algunas regiones del país tales como el Lago Poopó, Río Pilcomayo, Río Piraí, Ríos Beni y Madre de Dios, en los cuales se viene observando una gran pérdida de su capacidad productiva piscícola debido a la degradación ambiental de recursos hídricos, altas concentraciones de salinidad, pérdidas en los cuerpos de agua, excesiva sedimentación en los cauces, etc. En varios lugares se practica también la pesca artesanal y de sobrevivencia, por parte de las comunidades indígenas y campesinas asentadas en las orillas. Navegación, Turismo, y otros usos Debido a que Bolivia es un país sin salida propia al mar, el transporte fluvial adquiere importancia relevante. Existen varias vías fluviales, lacustres y puertos que actualmente son utilizados para facilitar el comercio, movilizar personas e incluso acceder al océano Atlántico (Hidrovia Canal Tamengo - Paraguay - Parana). El Uso turístico de los recursos hídricos se ha limitado todavía a algunos lugares y regiones, pero existen actualmente políticas de apoyo al desarrollo del sector. Gestión local del agua en Bolivia En Bolivia, a diferencia de otros países incluso de la región andina, nos encontramos ante una situación de debilidad y casi inexistencia del estado en la gestión de los recursos hídricos. Producto de esto, la gestión de los recursos hídricos, especialmente en las zonas rurales, viene haciéndose de forma autónoma e independiente y sin prácticamente ningún tipo de intervención externas (exceptuando algunas veces las de los proyectos de desarrollo). Solo recientemente y ante las presiones de organismos internacionales de cooperación el Estado boliviano pretende asumir un rol mas activo en la gestión del agua, principalmente mediante la formulación de leyes que regulen los derechos de uso y aprovechamiento del recurso. Esta particularidad del caso boliviano, permitió el amplio desarrollo de formas locales de gestión y de creación de derechos basadas en principios y valores culturales diversos: los ‘usos, costumbres y servidumbres’ que frecuentemente alegan los campesinos e indígenas como fuentes de sus derechos sobre el agua y que actualmente se han constituido en un referente identitario poderoso en función del cual se negocian cambios en la legislación y la institucionalidad del Estado, e incluso se plantean reivindicaciones de carácter territorial. La diversidad ecológica, social, cultural, étnica de Bolivia, que se expresa en las formas locales de gestión del agua hace muy difícil una caracterización global, por lo que a continuación solo haremos referencia a algunos elementos centrales que a criterio
  • 16. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) nuestro son importantes considerar respecto a la gestión del agua en las comunidades campesinas, pueblos indígenas y originarios: Lógica socio territorial Un primer elemento es lo que podemos llamar una “lógica socio territorial”, que hace referencia a la reivindicación que hacen la mayoría de las comunidades campesinas, pueblos indígenas y originarios de las fuentes de agua que se encuentran en el territorio comunal sea este de origen o constituido posteriormente. Esto hará que en los márgenes de este territorio se tenga acceso a diferentes fuentes de agua, las cuales pueden ser utilizadas para diferentes usos y en algunos casos por diferentes usuarios, incluso se pueden tener diferentes formas de gestión para cada una de ellas. Los derechos de acceso a estas fuentes de agua dependen en algunos caso de la pertenencia a la comunidad pero también de otros aspectos como por ejemplo los aportes en mano de obra o dinero para la construcción de infraestructura. El socio territorio no solo se define por la demarcación comunal ya que en otros casos como el de las organizaciones de riego esta dado por el espacio que abarca el sistema, en el cual pueden incluirse varias comunidades o partes de comunidades. En estos casos, puede incluso ocurrir que no exista una solución de continuidad entre el territorio que es regado y el territorio en que se encuentra la fuente de agua, pero aunque últimamente se están generando conflictos por este motivo, de forma general se respetan los derechos y acuerdos existentes al respecto. Diferentes fuentes de agua, diferentes formas de gestión Como ya indicamos es frecuente que en un territorio existan diferentes fuentes de agua y que están tengan diferentes usuarios y formas de gestión. Las fuentes más antiguas en su utilización son los ríos (mit’as) y las vertientes, que generalmente tienen normas de gestión que datan de épocas incluso pre coloniales. posteriormente se comenzó a aprovechar el agua de pequeñas lagunas y embalses, cuyas normas de gestión dependen mucho del periodo histórico en el que se las habilito para su uso, así en algunos casos estas son similares a las normas de gestión de los ríos y en otros responden a las definiciones dadas en intervenciones mas recientes. Finalmente, durante los últimos años se ha comenzado han explotar de forma intensa las aguas subterráneas mediante la perforación de pozos profundos y semiprofundos, cuyas reglas de gestión responden a los requerimientos técnicos y las necesidades especificas de esta forma de aprovechamiento. Así es frecuente encontrar que las contribuciones económicas (bastante elevadas en algunos casos) son un tema importante a considerar en el caso de pozos a diferencia de otras fuentes de agua. Principios culturales locales La forma particular que adopta la gestión del agua dependerá en gran medida del entorno físico, social, cultural, económico, político, etc. en que se desarrolla, originando lo que se denomina como una “gestión imbricada”. De todos estos elementos, es central considerar a los principios culturales locales, es decir aquellos definidos por la organización social que hace uso del recurso en base a su visión del mundo.
  • 17. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) El sustento material de la gestión Sin embargo si la cuestión cultural es importante es también fundamental tener en cuenta que la gestión del agua no solo incorpora los principios culturales, sociales, étnicos, etc. Sino que toma lugar en un contexto geográfico determinado por lo que aquello que se denomina como “usos y costumbres” de la gestión tiene un sustento material que se expresa en las necesidades técnicas. En el caso de la mita (o caudal básico del río) por ejemplo la gestión de agua es, sobre todo, rutinaria y los requerimientos técnicos son menores, puesto que, con sólo respetar el turno de agua (fecha y hora conocido por todos), el sistema funciona sin problemas. A diferencia de ello, en sistemas de represas las necesidades técnicas son mayores, puesto que se debe acordar sobre muchos aspectos (fechas de largada, número de largadas, designación de cargos y otros), lo que lleva a que también exista un sinnúmero de normatividades locales para la gestión de agua. Además, la gestión también es flexible puesto que se adecua a las condiciones cambiantes, como la disponibilidad de agua. Diferentes niveles de gestión La gestión del agua tiene generalmente diferentes niveles de concretización; estos niveles están relacionados con las instancias de reparto de agua y las jerarquías dentro la organización. El nivel superior de gestión es generalmente el de sistema pero puede ocurrir que también se den casos en que sea la cuenca; los subniveles van desde las zonas, comunidades y grupos de usuarios hasta el nivel de familia. La gestión campesina - indígena tiene generalmente como ejes centrales a la comunidad y la familia o la instancia social de referencia más próxima a estas, aunque también existen otras instancias como los ‘grupos de riego’ que en algunos sistemas antiguos se denominan “asignaciones”, los cuales en sus orígenes constituyeron una unidad familiar pero que con el tiempo se fueron transformando en una entidad que involucra a varias familias vinculadas a veces por ciertos lazos de parentesco real o ritual. Los derechos de agua Estos derechos que expresan un reclamo legitimado socialmente para ejercer ciertas atribuciones, implican: - Derecho al usufructo de agua o Derecho a adquirir una parte del flujo de agua - Derecho a la gestión o Derecho a regular patrones internos de uso y transformar el recurso a través de mejoramientos. - Derecho al uso de la infraestructura o Derecho a usar los canales para conducir el flujo de agua El tener un derecho de agua también involucra, poder ejercer ciertas atribuciones y tomar decisiones a diferentes niveles de gestión. La adquisición y el acceso a los derechos de agua asumen una variedad de modalidades que van desde la simple accesión o la pertenencia comunitaria hasta complicadas correlaciones con aportes (en mano de obra o dinero) realizados por los usuarios
  • 18. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) En general los derechos de agua se diferencian de las posibilidades de acceso al recurso. El primero implica un derecho estable en el tiempo, el segundo la gestión de las relaciones sociales para usufructuar el recurso cuando se precise. Las obligaciones Tener derechos de agua conlleva necesariamente la obligación de cumplir con ciertas responsabilidades como el mantenimiento, mejora y reparación del sistema de aprovechamiento, el pago de cuotas, asistencia a reuniones, etc. De estas tal vez la más importante es la del mantenimiento por su carácter ritual y reafirmatorio de los derechos y la organización. Como dijimos antes esta definición de deberes y obligaciones es transparente porque aun sin estar escritas casi todos los usuarios conocen con cabalidad cuales son y que sanciones ocasiona su incumplimiento. Distribución La distribución del agua esta generalmente relacionada con los derechos. Según Gerbrandy y Gutiérrez (1996), los criterios básicos de distribución en las comunidades andinas son: equidad, transparencia, flexibilidad y autonomía.4 Por lo general existen varios niveles e instancias de distribución del agua a nivel sistema, zonal y comunal. A nivel de la comunidad, estas instancias pueden formar parte de las organizaciones comunales (Sindicato, OTB, etc.)que asumen la distribución del agua como una mas de sus tareas o constituirse en entidades especializadas que solo se encargan de este asunto ( Asignación, Comité, incluso Asociación). Organización A nivel de sistema las organizaciones encargadas son por lo general especializadas en la gestión del agua. La mayoría de estas organizaciones especificas, reconocen la supremacía de las organizaciones comunitarias y supracomunitarias (Central, Subcentral, Federación, etc.) El sistema de cargos suele considerar una autoridad ‘hacia el interior’ - generalmente el Juez de Aguas- que se encarga de la distribución del agua, la solución de conflictos internos y la supervisión del mantenimiento por un lado y por otro la ‘autoridad hacia afuera’ - generalmente el Presidente, Vicepresidente y demás cargos en el esquema de una Asociación- que se encarga de gestionar los asuntos e intereses del sistema con el Estado y las instituciones. Dependiendo del sistema los cargos pueden rotar entre los usuarios de manera mas o menos continua (en los Ayllus por ejemplo) o implicar un cierto grado de especialización, en el cual estos son detentados por un grupo de personas por tiempos relativamente prolongados. Asimismo la complejidad del sistema de cargos varia generalmente en relación al tamaño del sistema de riego. 4 Para mayores referencias ver el documento “Concepciones campesinas de Equidad en la Distribución de Agua”, Gerbrandy, Gerben y Gutiérrez Zulema, PEIRAV - 1996
  • 19. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Marco Legal El sistema jurídico Boliviano Para comenzar esta sección haremos una breve referencia al tipo de sistema jurídico que existe en Bolivia de forma que se haga más entendible lo que viene a continuación. La Legislación boliviana esta organizada en una pirámide jerárquica cuya cúspide esta ocupada por la Constitución Política del Estado (CPE) que ha sido reformada el año 1994. A continuación se encuentran las Leyes o Códigos, que para su validez deben ser aprobados por el Órgano Legislativo y promulgados por el Ejecutivo. Siguiendo en grado de validez jurídica a las Leyes se encuentran los Decretos Leyes, que se diferencia de las primeras por haber sido aprobada solo por el Ejecutivo, debido a que se emitieron en periodos dictatoriales en los que no funcionaba el Congreso. El nivel inmediato lo ocupan los Decretos Supremos, que son emitidos solo por el Ejecutivo y tiene la función principal de reglamentar a las Leyes. Luego siguen las Resoluciones Supremas, emitidas solo por el presidente con el apoyo de algunos Ministros y las Resoluciones Ministeriales a cargo de los Ministros de estado y sus secretarios. Finalmente están los Decretos de mero tramite, Circulares, Instrucciones y Memorandos internos, que son instrumentos de carácter administrativo. En cuanto a la aplicación de las leyes, existe el principio de que “una ley especial deroga a la ley general” y de que la “ley posterior prevalece sobre la anterior”, sin embargo debe tenerse en cuenta que tratándose de leyes especiales estas prevalecen aun si se emite una ley posterior que sea general. Las normas internacionales (Acuerdos y Convenios ratificados por el gobierno boliviano) deben ser convertidas en leyes nacionales para adquirir validez. La legislación sobre el uso y aprovechamiento de recursos hídricos en Bolivia En Bolivia se tiene una Ley de Dominio y Aprovechamiento de Aguas que se basa en un Decreto del 8 de Septiembre de 1879 que fue elevado a rango de Ley el 28 de Noviembre de 1906 y la cual ha sido casi derogada en varias partes por normas posteriores; de forma que actualmente si bien algunas de sus disposiciones todavía tienen vigencia5 estas no son aplicadas debido principalmente al desconocimiento y a que se fueron elaborando Leyes y Reglamentaciones sectoriales que establecían normas distintas sobre el tema. Así, en cuanto al tema de las leyes vigentes sobre recursos hídricos en Bolivia se tiene una compleja variedad de normas que regulan sectores concretos y algunos principios generales en la Constitución Política del Estado. A continuación haremos una descripción de las principales normas que aun están vigentes y forman parte de la legislación general en cuanto al tema: 5 Ultimamente algunos sectores han intentado tambien “rescatar” normas de la vieja Ley de 1906, por ejemplo para justificar sus derechos sobre aguas subterraneas o en el caso de los Municipios para argumentar que tiene competencias para otorgar derechos.
  • 20. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) AÑO DISPOSICION 1953 Ley de Reforma Agraria 1967 Constitución Política del Estado 1967 Reglamento de Aguas para irrigación, resolución Ministerial No. 210/67 1975 Código Civil 1975 Decreto ley de navegación fluvial, lacustre y marítima (DS 12684) 1975 Decreto Ley de Vida silvestre, parques nacionales, caza y pesca (DS 12301) 1977 Reglamento de la Organización Institucional y de las Concesiones del sector de aguas (DS 24716) 1990 Reglamento de Pesca y Acuicultura (DS 22581) 1993 Ley de Participación Popular 1993 Ley de Exportaciones 1994 Ley SIRESE 1994 Ley de Electricidad 1996 Ley Forestal 1996 Ley INRA 1997 Código de Minería 1997 Reglamento de Áreas Protegidas (DS 24781) 1997 Reglamento de uso de Bienes de dominio publico y de servidumbres para servicios de Aguas (DS 24716) 1998 Normas Reglamentarias de uso y Aprovechamiento de Agua para Riego, Resolución Biministerial 01/98 1999 Ley de Municipalidades 2000 Ley Nº 2066 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario Es por esta razón que durante los últimos 30 años se ha venido trabajando en una propuesta legislativa que llene el vacío dejado por la Ley de 1906, pero esto aun no se ha concretado aunque hasta la fecha se tienen ya 32 versiones de Proyectos de Ley generados en el Estado y varias propuestas alternativas de parte de las organizaciones de la sociedad civil. Fueron precisamente las organizaciones sociales, quienes al pronunciarse (Septiembre y Octubre del 2000) en contra de una nueva Ley de Aguas lograron que el Gobierno accediera a retirar y archivar el Proyecto de Ley que en ese momento se encontraba siendo analizado en el Congreso Nacional. En los acuerdos firmados entonces el Gobierno se comprometió a conformar una Comisión para que el plazo de 60 días elabore un proyecto de Ley alternativo que modifique las normas atentatorias a los derechos campesinos, indígenas y de los colonizadores sobre las aguas, contenidas en otras leyes y disposiciones. Se establecía además que mientras esta Comisión termine su trabajo “no se aprobaría ninguna norma ni concesión sobre el recurso agua”6 , lo cual estaba en concordancia con el Articulo Transitorio7 de la Ley No. 2066 de Abril del 2000, cuya aprobación fue producto del conflicto denominado la “Guerra del Agua”. Finalmente, se acordó también abrogar la Ley de Dominio y Aprovechamiento de Aguas de 1906. Han transcurrido casi dos años desde que estos acuerdos fueron firmados y todavía no se logrado avanzar en el cumplimiento de los puntos mencionados antes, por lo que ante la falta de una norma general que permita la otorgacion de nuevos derechos se esta 6 Puntos 11 y 14 concensuados entre representantes del Gobierno y de las organizaciones campesinas e indígenas el día 4 de Octubre a hrs. 16:30 p.m 7 Este Articulo Transitorio establece que todas las autorizaciones para aprovechamiento de otros usos que no fueran la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario, en tanto se apruebe la Ley que norme el Recurso Agua, seran aprobados por Ley.
  • 21. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) recurriendo a leyes especificas8 , disposiciones sectoriales y a Contratos Administrativos lo cuales tienen muchas veces como prioridad asegurar las mejores condiciones para los inversionistas, dejando de lado consideraciones sociales e incluso ambientales. No obstante, a pesar de todo el tiempo transcurrido y de las dificultades confrontadas, el tema de la legislación sobre recursos hídricos esta aun en la agenda publica y constituye una de las prioridades de trabajo de los organismos internacionales de cooperación, por las implicaciones que tiene para las inversiones en proyectos de desarrollo (riego – agua potable). Estos organismos han venido presionando y financiando al gobierno para que se logre una pronta aprobación del nuevo marco legal, lo cual hasta ahora no ha sido posible todavía por lo difícil y polémico que resulta, así como por intereses sectoriales que existen para mantener el estado actual de situación (mineros, industriales, hidroeléctricos) debido a que el vacío legal existente en muchos casos garantiza, bajo otras normas legales, amplios derechos y pocas responsabilidades. El reconocimiento de los derechos indígenas: Influencia histórica y contemporánea del contexto socio económico, político y cultural La situación de los pueblos originarios latinoamericanos durante la Colonia estuvo caracterizada por practicas segregacionistas basadas en una supuesta diferenciación étnica y racial entre “indios” y “españoles”. Esta segregación se expreso por ejemplo “en la existencia de regímenes jurídicos y espacios territoriales diferenciados entre peninsulares e “indios” mediante el establecimiento de “pueblos de indios” separados de las “villas de españoles” (Yrigoyen, 2000). El sustento ideológico de las practicas segregacionistas coloniales, era la supuesta inferioridad natural de los indios, considerados incluso como “seres salvajes sin alma humana” según algunos miembros de la Iglesia Católica. Esta idea de la inferioridad indígena dio lugar a que se crearan instituciones como la Encomienda que garantizaba la evangelización y control de los indígenas; la figura del Protector de Naturales que representaba sus intereses ante la justicia y se instauraran varias formas de limitación a derechos como la disposición de bienes y la sucesión hereditaria. Los movimientos independentistas latinoamericanos y la posterior instauración de repúblicas darán lugar a un nuevo enfoque sobre el tema indígena, el cual se basa esta vez en el principio de igualdad proclamado por los lideres de la Revolución Francesa. En esta nueva lógica se incorpora a los “indios” en el Estado – nación, que es concebido como una entidad culturalmente homogénea, y se declara oficialmente la vigencia de un solo idioma, religión, moneda, etc. Este proceso de “asimilación” dio lugar a “...la negación de la realidad plural, y, si bien los distintos idiomas, culturas y sistemas legales indígenas no desaparecieron totalmente, quedaron relegados a una posición política subordinada.” (Yrigoyen, 2000). Los pueblos indígenas desaparecen de las leyes, políticas, discursos, etc. y ya solo se habla de ellos como ciudadanos, en muchos casos (como en Bolivia) con derechos restringidos. 8 Como la polemica Ley de Exportación de Aguas para el Departamento de Potosí.
  • 22. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) Sin embargo las reivindicaciones étnicas de principios del siglo XX, continuaron interpelando el modelo asimilacionista del Estado – nación, por lo que durante los años 40 surge el movimiento denominado “integracionista”, que básicamente propone “un reconocimiento de la existencia de las etnias, y de la afirmación de que existe una imperativo ético de asistencia y cooperación respecto de ellas, que por encontrarse en una situación de inferioridad, merecen la preocupación especial de la sociedad global.” (Breton en Lillo, 2000) Este enfoque llamado también “indigenista”, fue avanzado para la época, aunque en sus preceptos todavía era posible evidenciar un menosprecio a las “otras” culturas, consideradas como inferiores a la dominante “cultura occidental”. Además se veía el tema de lo indígena como una cuestión de atraso, subdesarrollo o un problema de “marginación socioeconómica”, ya que estaba estrechamente vinculado a la pobreza, falta de educación y marginalidad política. Incluso para los movimientos de izquierda la situación de los pueblos indígenas era básicamente una cuestión de clases sociales, ya que se consideraba que como eran identidades primitivas irían desapareciendo al ser absorbidas por la modernidad (Urioste, 2001). Esta visión se expresó también en lo algunos llaman el proceso de “campesinización” latinoamericano. La vinculación de lo indígena – campesino con la pobreza y el sub desarrollo, motivo que se plantearan medidas paternalistas, como el reconocimiento de sus derechos sobre la tierra, a su propio idioma, a sus costumbres, etc., solo en cuanto les “ayudara a salir de su atraso” y permitiera “civilizarlos”, es decir se seguía considerando a los pueblos indígenas como “objetos de políticas y no como sujetos políticos” (Yrigoyen, 2000) A pesar de las criticas, que se han hecho al modelo indigenista, este continua vigente, aunque con propuestas más sutiles en la practica de muchas instituciones y organismos de la cooperación9 . Diferentes factores de orden político y social a nivel de los estados y el ámbito internacional, han motivado últimamente que al menos como propuesta surja otro enfoque, basado en el derecho a la diferencia que según André Breton es “la actitud que vuelve decididamente la espalda a los proyectos totalitarios de uniformización de la humanidad y de la sociedad, y que en el individuo diferente no ve ni un extraviado a quien hay que castigar, ni a un enfermo por curar, ni a un minusválido a quien ayudar, sino a otro sí mismo, dotado simplemente de un conjunto de rasgos físicos o de costumbres culturales, generadores de una sensibilidad, de gustos y de aspiraciones propios” (Breton en Lillo, 2000) De forma que según esta concepción de la relación entre culturas diferentes, los pueblos indígenas pasan de ser “...objetos de políticas a ser actores políticos.... Así deja de considerarse el derecho a la diversidad cultural como un asunto de “minorías” y pasa a ser un derecho de todos dentro de un modelo de “ciudadanía multicultural” (Yrigoyen, 2000) En la década de los noventa presionados por los movimientos a nivel internacional y también por las crecientes reivindicaciones indígenas internas, los estados comienzan a 9 Proyectos como Nuevas Tribus son una prueba clara de ello
  • 23. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) plantearse el tema de la diversidad cultural, y en al menos nueve países latinoamericanos se realizan reformas constitucionales y legales para reconocer el carácter pluri – multi de sus sociedades en ámbitos como la educación, la administración de justicia a nivel local, el idioma, las costumbres, etc. Sin embargo se dejan todavía muchos temas en el tintero y hay resistencia a considerar otros como el Territorio, la Autodeterminación y las Autonomías locales que se ven con celo por las supuestas implicancias separatistas. Asimismo en muchos países se ratifica el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y tribales en Países Independientes (aprobado en 1989), que se constituyo en el instrumento legal internacional, que a pesar de sus innumerables “siempre y cuando” y “en la medida de lo posible” dio un importante impulso al proceso anterior puesto que otorga cierto sustento legal para lograr el respeto y reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y sus normas han servido de inspiración para reformas constitucionales y legislativas. La creciente importancia y presencia del tema indígena en casi todos los discursos, programas, planes y políticas e incluso los noticieros de los países latinoamericanos durante la ultima época se debe a diferentes factores. Un elemento importante es sin duda la serie de cambios en el ámbito internacional que han llevado a “descubrir la diversidad en una era marcada por la economía globalizada” (Urioste, 2001), los cuales han tenido gran influencia en los ámbitos locales. A esto contribuye también la creciente ”demanda de tradicionalidad” - por parte de la cultura urbano occidental, expresada por ejemplo en el repentino interés por las culturas indígenas y campesinas, que demuestran las ONGs, los organismos internacionales e incluso los Estados, motivada por el colapso de los paradigmas clásicos, que lleva a buscar nuevas opciones, los que a veces decaen en esencialismos. Por otro lado el surgimiento de un enfoque post modernista que comienza a “discutir la idea del atraso de ciertas culturas con relación a la occidental y a replantear la relación entre Occidente y el resto de las maneras de ver el mundo.” (Urioste, ídem), abre también las posibilidades de encuentro con formas diferentes de conocimiento. Asimismo la vinculación casi inevitable entre pueblos indígenas y pobreza interesó también a los organismos internacionales de cooperación, ya que “el hecho de que los más pobres fuesen (sean) indígenas y que éstos tuviesen (tengan) menos oportunidades para dejar de serlo llamó la atención de los estudiosos sobre el tema de la discriminación y sobre el rol que juega la identidad cultural en el momento de aplicar distintas políticas de desarrollo” (Ídem). Lo cual motivo que se desarrollaran planes, programas y proyectos específicos sobre la cuestión indígena, en prácticamente todos las entidades de cooperación. Finalmente, están la creciente tendencia de ir hacia sistemas de gobierno de orden liberal y la globalización de la economía que motivan a una re - definición del estado – nación10 . Por otro lado para el resurgimiento del tema indígena a nivel local también han influido varios factores, entre ellos tenemos: 10 En esta re – definición tuvieron también gran influencia los conflictos étnicos surgidos en diferentes partes del mundo.
  • 24. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) • Las movilizaciones y reflexiones motivadas por los 500 años de la conquista española realizadas a principios de los años 90 en América Latina, que estuvieron vinculadas estrechamente con el apogeo de las posturas ecologistas y que aportaron bastante en la búsqueda de una identidad indígena. • La reformas de contenido liberal en gran parte de los Estados. Actualmente estamos en un periodo de repliegue en las tareas estatales, con políticas que tienden a la descentralización, privatización, y desregulación de las actividades, dentro de una economía de libre mercado. • El retorno a la democracia en algunos países, y la influencia de este proceso en el ejercicio de libertades y derechos fundamentales. • La transición de las organizaciones indígenas desde un sitio en la estructura de clase sociales a la de una identidad étnica diferente. Sobre todo este ultimo factor tiene una importancia fundamental por que se manifiesta mediante el auto descubrimiento de los pueblos originarios como tales, lo cual será consecuencia de una historia de discriminación interna sufrida en razón de ser culturalmente diferentes. Esta transición es además parte de un proceso en el que se pasa de reivindicar • desde las escuelas para el campo a la educación bilingüe • lucha por la tierra a la reivindicación de un régimen territorial indígena • reconocimiento de la organización al estatuto de nacionalidad indígena • demandas por el cumplimiento de la Ley a la exigencia de un pluralismo jurídico. Con el añadido de que estas reivindicaciones se dan en un contexto internacional que es altamente propicio. La conciencia de la propia identidad permite a los pueblos indígenas, elaborar una plataforma de demandas cada vez mas definidas, que principalmente están relacionadas con: 1. El reconocimiento del carácter pluriétnico del Estado; 2. La defensa sus tierras, territorios y los recursos naturales; 3. El reconocimiento de su propio derecho, formas de autogobierno, idiomas originarios; 4. El respeto a sus valores culturales, tradiciones y costumbres; Estas reivindicaciones, deben ser entendidas además como avances hacia una mayor autonomía social y económica, que permita a estos pueblos establecer “ una base material para su desarrollo, en el marco de su propia identidad cultural” (Yrigoyen, 2000) El reconocimiento de ciertos márgenes de autonomía (para aplicar su propio derecho, gestionar sus territorios, decidir sus prioridades de desarrollo, etc. ) es por ello posiblemente una de las demandas fundamentales y debido a sus implicancias la más
  • 25. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) difícil de implementar, puesto que se la vincula con motivaciones separatistas. En el camino hacia esa autonomía el reconocimiento del derecho a identificarse a sí mismos es un paso importante. El tema de los derechos indígenas - campesinos en las Leyes bolivianas A lo largo de la historia de las leyes bolivianas sobre recursos naturales, incluso desde periodos coloniales, se hace referencia al “indio” para reconocerle ciertos derechos, pero estrictamente restringidos al estado de ciudadanía limitada que se le otorgaba. En muchos casos el reconocimiento de algunos derechos estaba vinculado con otros intereses como por ejemplo el incremento en la recaudación de tributos por concepto de derechos de propiedad. Además, se reconocía principalmente los derechos de tipo individual (con lo que en muchos casos se contribuyo a la fragmentación de los esquemas comunales) y no así las reivindicaciones de tipo comunitario, que para las sociedades andinas son base importante de su cultura. Así, debido a la influencia liberal existente, durante el periodo republicano (1825 – 1936) las normas legales establecidas con relación a los derechos “de los indios” reconocen principalmente derechos de tipo individual y privado, sin hacer ningún tipo de consideraciones a diferencias culturales. . Durante mucho tiempo, la discusión en torno al tema de los derechos de las comunidades indígenas, pueblos indígenas y originarios fue limitada al reconocimiento de los derechos humanos de la primera generación (derecho a la vida, la educación, la ciudadanania, ....etc.) y solo es a partir de los años 80 que las reivindicaciones se plantean en términos que van mas allá de lo individual, enfatizando ya no la igualdad sino la diferencia, no la homogeneidad sino la diversidad, no solo la identidad personal sino cultural, es decir que se da un paso trascendental hacia los derechos conocidos como de tercera generación. Obviamente esto tiene una fuerte repercusión en cuanto hace al tema de los recursos naturales( agua, tierra, bosques, ...), que se convierte además en un elemento central de las reivindicaciones de los pueblos indígenas y las comunidades campesinos en los últimos tiempos. La estrategia inicialmente planteada para reivindicación de los derechos indígenas y campesinos sobre sus recursos naturales por sus organizaciones, durante los últimos años ha sido “desplazada” puesto que de reivindicar el dominio territorial (como base física – geográfica) ha pasado a buscar en lo inmediato el reconocimiento y respeto de sus derechos en cuanto al control y la gestión de determinados recursos. Obviamente que este cambio de estrategia no implica la renuncia a la territorialidad sino solamente actuar con criterios de “realismo político” y dar respuesta a situaciones concretas que demandan una acción urgente para que no ocurra que “a la hora de los derechos reconocidos, si alguna vez llegara, pocos recursos habrá efectivamente bajo control indígena” (Toledo, 1996). Esta posición, que algunos consideraran mas pragmática e incluso inmediatita, tiende a lograr la protección de los recursos naturales que se encuentran en territorios o bajo el control de pueblos indígenas y comunidades campesinas para que sus derechos no sean afectados por terceros.
  • 26. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) “Las propuestas se fundamentan como medidas de protección de grupos y zonas vulnerables, discriminación positiva, resguardo del equilibrio ecológico. A su vez las estrategias jurídicas concretas pueden ser fuertes, como exigencia de exclusividad de concesión, o débiles como la solicitud del derecho preferente, pasando por prohibiciones de concesión en determinadas zonas y recursos” (Ídem) Este tipo de posiciones han sido recogidas por varios sectores e incluso aquellos que parecían ser más reacios están comenzando a aceptar la importancia de reconocer los derechos de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas así como la necesidad de ampliar los espacios para su participación en la gestión de los recursos naturales. El proceso histórico descrito antes, también va a expresarse en relación al tema del agua y la legislación, pasándose de propuestas que consideran a los pueblos indígenas y campesinos como “ciudadanos” que pueden acceder a derechos sobre los recursos hídricos al igual que cualquier otro, a planteamientos mas elaborados que ponen énfasis en la diversidad cultural existente en el país, estableciendo regímenes de derechos diferenciados para el reconocimiento de los “usos y costumbres”. Varios factores contribuirán a este avance, principalmente el resurgimiento de las organizaciones indígenas y campesinas como parte de los movimientos políticos que fueron fortalecidos por el “boom” generado a raíz de los 500 años de colonización española. Por otro lado la ratificación del Convenio 169 de la OIT mediante la Ley No. 1257 en 1991 y las Reformas Constitucionales realizadas el año 1994, significaron también un gran paso en el reconocimiento de la diversidad cultural de Bolivia, que por primera vez admite ser un país “multiétnico y pluricultural”. Las modificaciones a la Constitución le dieron un giro diferente al debate sobre el contenido que debería tener una nueva Ley de Aguas en el país motivando que casi todos los proyectos posteriores consideren el tema de los derechos indígenas y campesinos, en la formulación de normas con un enfoque más amplio en algunos casos y más restrictivo en otros, debido a la gran dificultad que existe para precisar que y cuales son los “usos y costumbres” alegados frecuentemente por los pueblos y comunidades indígenas y campesinas. Estructuras de poder: la distribución del acceso al agua y poder de decisión entre actores y entre sectores en el país Históricamente el acceso al agua ha sido muy disputado y se tiene varios ejemplos de cómo las comunidades indígenas se vieron afectadas e incluso despojadas de sus derechos por las haciendas. En periodos mas contemporáneos otros factores han configurado las relaciones de poder en torno al agua, por ejemplo las influencias políticas y las estrategias de los actores para reivindicar sus derechos frente a terceros. Este fue un elemento importante principalmente en lugares donde la escasez del recurso, lo convirtió en parte fundamental de los discursos y las campañas políticas para acceder a cargos públicos, (p.e. en Cochabamba). Actualmente aunque según datos sobre el uso del agua se sabe que el sector campesino - indígena tiene en sus manos un gran porcentaje de este recurso para su uso en riego y consumo, sus derechos se ven constantemente amenazados por otros sectores que debido a la posibilidad de involucrar inversiones son favorecidos por el gobierno. Así
  • 27. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) tenemos por ejemplo las concesiones al sector eléctrico que le han permitido asegurar derechos en perjuicio de sectores campesinos o las regularizaciones que actualmente están otorgando fuentes de aguas para su uso en la prestación de servicios de saneamiento básico. Las empresas que adquieren estos derechos, son muchas veces transnacionales con mucha experiencia, por lo que muchas veces el estado se encuentra en condición de inferioridad cuando se negocian los contratos para establecer las condiciones y limitaciones del uso de los los recursos hídricos. Por otro lado, estas empresas no dudan en hacer uso del poder de su capital (withdrawal power) al amenazar con su retiro al menor indicio de medidas que limiten sus derechos a favor de sectores indígenas o campesinos. A pesar de lo anterior es indudable, sin embargo que el sector indígena y campesino ha demostrado tener bastante poder para influenciar al gobierno en su favor y mantener un cierto nivel de respeto de sus derechos lo cual ha sido logrado principalmente mediante la presión social y las movilizaciones. Los derechos poseídos por el sector indígena y campesino, a pesar de algunas concepciones utópicas que opinan lo contrario, están también sujetos a las dinámicas del poder, puesto que el hecho de que estén principalmente en manos de organizaciones colectivas o comunitarias no significa que automáticamente exista equidad en su acceso ya que para esto influyen elementos como las relaciones internas de poder que hacen que algunos tengan mas derechos que otros en razón de su pertenencia a clases sociales o un genero determinado. Así en algunos lugares la distribución de recurso depende de si una comunidad esta en la parte Aranzaya o Urinzaya del territorio y en muchos lugares los derechos están generalmente registrados a nombre de los hombres, lo cual no significa sin embargo que las mujeres u otros miembros de la familia no puedan tener acceso o ejercer las facultades que implican, como participar en la toma publica de decisiones, pero si crea un esquema de dependencia. Por otro lado es por todos conocido que quienes se encuentran en las zonas de cabecera acceden al recurso con derechos preferentes. Por ultimo, en cuanto al tema de las decisiones se debe también hacer mención del enorme poder de los organismos financieros internacionales quienes prácticamente casos definen la agenda del agua en Bolivia. Esto se ha hecho evidente precisamente a raíz de conflictos como la guerra del Agua en los que la presión para privatizar el sector publico de prestación de servicios provoco la movilización social y el estado de inercia en torno al tema agua que actualmente se vive. Sectores que compiten con los derechos indígenas -campesinos sobre el agua Haciendo una breve revisión de los principales sectores de uso de agua que compiten con las comunidades y pueblos indígenas tenemos en orden de importancia a los siguientes: Agua Potable Constituye el principal sector en competencia debido al crecimiento acelerado de las poblaciones urbanas, en desmedro de áreas agrícolas o de otro tipo (p.e. parques nacionales, área protegidas, etc.) Los sistemas de aducción de agua en las grandes ciudades han significado la reducción del agua para riego y en algunos casos el abandono de los sistemas.
  • 28. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) En las ciudades de La Paz y El Alto, ahora se utilizan aguas que antes se empleaban para riego (FAO, 2000) Con la transferencia de la responsabilidad para la prestación del servicio de agua potable a los Municipios, se ha generado varias situaciones de conflicto por el uso debido a las afectaciones que se han realizado en razón de que el consumo humano tiene prioridad sobre los demás usos. Nosotros tenemos un problema con el alcalde de Ansaldo ..... aquí han hecho un tanque innotable, de aquisito han captado, un tanque innotable, subterráneamente han hecho, no se nota nada, con cemento, vaciado han hecho, innotable, o sea plano nomás está viniendo. Y han llevado de aquí a Pucara 6 km, y para nosotros nada no se queda, nada nada, absolutamente, ni un atajado no está quedando, todo ha llevado el alcalde Pero esto es nuestro derecho de nosotros, de 60 personas, nosotros pedimos con esto las 60 personas, tenemos hijos, tenemos nietos, esta año no tenemos nada, ni papa, ni maíz, ni durazno y alfa alfa más sabía dar pero no ha crecido con las lluvias. Porque no hemos preparado bien los terrenos para sembrar maíz, papa, en vano nosotros hemos sembrado, porque ha llovido anteriormente, con esa lluvia hemos hecho arar, hemos sembrado con dos cargas de semilla, pero no ha dado nada, nadie no teníamos nada este año, hemos perdido todo porque no teníamos agua Allá señoras nomás, hay viudas, hay solteras señoras, hay viudos, no tienen plata, con que se van a defender, se lloran nomás, se protestan nomás, no hacen nada, y ese alcalde muy malo, nos están haciendo pelear, nos están haciendo hacer guerra contra Jarka Pucara. Porque el alcalde dice, acaso ellos orinan agua, eso es del Estado, el río es del Estado, el agua es del Estado, así ha dicho, en nuestra cara ha dicho es del Estado, ustedes no orinan agua, así nos ha dicho..(Julia Camacho, Dirigente de Anzaldo) En estos caso sin embargo no se ha considerado que las comunidades y pueblos indígenas también utilizan estas fuentes para consumo y otros fines domésticos y no solamente para riego. Un argumento bastante utilizado para afectar derechos de las comunidades, esta asociado a esta idea de que el uso del recurso es casi exclusivamente para riego y que además es ineficiente porque no se reconoce el valor económico del recurso Obviamente, en el uso del agua para riego, la entrega de agua en base a un tiempo fijo mensual (mita), hace que el uso de la misma sea altamente ineficiente ya que se riega más allá de la capacidad de campo de manera que el agua humedezca en exceso el terreno hasta que se tenga la nueva mita. Esto no necesariamente tiene que ver con las necesidades de la planta y más bien induce una pérdida de agua que como no es pagada o es fuertemente subvencionada, no repercute en la economía del agricultor pero sí en el bienestar social en su conjunto, ya que se tiende a proponer e implementar proyectos grandes para cubrir la demanda de agua potable, con costos por m3 que tienen que cubrir los gastos que se vayan a realizar y que se cobran vía tarifa. (FAO, 1999) Industria El sector industrial, que como habíamos mencionado antes esta estrechamente vinculado al de agua potable, se constituye en otro competidor por el uso del recurso, con una problemática similar, agravada por las implicaciones ambientales, ya que
  • 29. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) constituye uno de los sectores que causa importantes impactos en términos de contaminación que afectan nos solo a indígenas y campesino sino a la población en general. El río Rocha que baja al km 27 28 a 31, aquí nos afecta a nosotros esta agua contaminadas de la fábrica de Quillacollo, a nosotros nos afecta a nuestro riego. Así que hay fábricas y ya no podemos aguantar con este riego porque mucho olor tiene, porque hace años me parece sabían llevarle me parece hacia el Cotapache, no sabían venir esas aguas, no se en que forma ahora este año han aparecido esas aguas, mucho nos están contaminando a nuestro cultivos. Nosotros somos primeros productores de la verdura, cebolla, haba, todo lo que nos da, ahora ya van a empezar a poner tomate también (Ismael Heredia, regante de Quillacollo) En la ciudad de Santa Cruz, el río Piraí es un curso de agua con usos múltiples (irrigación, pesca, recreación, natación, etc.); los problemas causados por la importante descarga de residuos industriales sin tratar, incrementa gradualmente los efectos negativos de la contaminación de las aguas. Los conflictos de contaminación hídrica por efecto de las descargas industriales es manifiesta, observándose muertes masivas de peces durante las épocas de producción azucarera (FAO, 2000) De acuerdo a estudios sobre la utilización del agua en el país, cuando la oferta es limitada como ocurre en las ciudades de Cochabamba y el Alto de la Paz, la alternativa inmediata a la que recurren las industrias es la perforación de pozos, ocasionando la sobreexplotación de los acuíferos y perjudicando otros usos. Hidroeléctricas Las generación de energía eléctrica es otro sector de uso del agua que esta en constante competencia con los derechos indígenas y campesinos, ya que implica la regulación de caudales de flujo y otros aspectos técnicos de manera no siempre compatible con otros usos. En el campo, el agua es fundamentalmente utilizada para riego y agua potable en ese orden. Como en la mayoría de los casos ya se tienen los canales que llevan agua de riego a una cota determinada, no es posible incrementar la altura de caída, restando así la potencia instalable, por lo que se genera un conflicto entre los usos de agua (FAO, 2000) Por otro lado aunque el uso hidroeléctrico es considerado de tipo no consuntivo es decir que el beneficiario del derecho debería restituir el recurso a su cauce natural en calidad y cantidad similares; en la practica los derechos adquiridos parecen ampliarse con otras prerrogativas como la posibilidad de vender los caudales ya utilizados para otros fines. Este es el caso pro ejemplo de la empresa Corani que pretendió vender a la ciudad de Cochabamba parte de sus supuestos derechos para su utilización en la prestación del servicio de agua potable y que actualmente impide la ejecución de un proyecto de riego importante para el Valle Alto de este departamento generando un conflicto con los campesinos de la zona. Al igual que con el sector del agua potable, pero con argumentos diferentes – esta vez económicos – las políticas del estado boliviano tienden a perjudicar los derechos de las comunidades y pueblos indígena y campesinos a favor de este sector.
  • 30. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) En cuanto al municipio Tomave hay dos plantas de electrificaciones que están afectando al campesino. Más antes casi no había tanto, no se notaba, porque había nomás agua, pero en estos tiempos el agua se está disminuyendo y en ese canal donde está Chillpani y Punutuma se lo sacan todito el agua y por el río de donde tomaba el campesino no hay, no hay agua de dónde sacar No nos da justicia tampoco nos escuchan, dos veces ya se ha levantado el campesino contra esta empresa y se va levantar siempre porque no se va a dejar así tranquilo, entonces en cuanto a estas dos empresas, en la empresa Chillpani, casi no hay sembradíos si no hay mojicales donde multiplica animales y ahí viven y ahora los mojicales se están secando no hay agua, ahora en Punutuma son sembradíos todo y se están secando, toda esa gente se iba a la Argentina, la mayoría, pero ahora están regresando como ahí la situación esta muy difícil, ahora si que necesitamos trabajar la tierra pero no hay agua Minería La explotación minera, esta generando conflictos de uso en muchos lugares, ya que el uso del recurso para consumo en campamentos y utilización en ingenios se obtiene como derecho accesorio al derecho minero, casi sin consideraciones por la posible afectación a terceros. Por otro lado, es indudable el impacto ambiental de este tipo de actividad, que a diferencia de otras como la del sector hidrocarburos por ejemplo esta vinculado muchas veces con la sobrevivencia como en el caso de los pequeños cooperativistas minero. En otros lugares, se tiene también problemas con la extracción de agregados de río (materiales de construcción como arena y piedra) que también forma parte del sector minero. Nosotros hemos peleado con los areneros, nos cortaron totalmente el agua de riego y nosotros hemos convocado toda la gente se ha venido por el río y hemos ido primero ha hablarles que no nos corten el agua de riego por que no había ni para los animales; bueno no nos hacen caso, dos, tres veces la tercera vez hemos convocado yo tengo bastante lucha sobre el agua y la gente me hace caso entonces toditos nos hemos venido por el río con machetes y palas nos hemos acercado a los primeros areneros y les hemos hablado que por favor el agua nos larguen por que nosotros tenemos necesidades de regar, de los animales de todo eso, el primero nos dice bueno yo les voy a abrir con la máquina, el segundo dice: no señores nadie me abre sale con su rifle y sus perros, nos mirábamos algunos querían escapar y entonces yo dije: no compañeros ustedes no se van de aquí agarren los machetes y corten las bombas y teníamos camiones hemos cortado las bombas a los camiones y hemos cargado ya el hombre no supo que hacer todas las bombas hemos recogido y toditos los areneros hemos ido quemando entonces esa vez fue nuestra primera lucha debe ser ya unos 5 a 6 años En esa ocasión la segunda vez nos vuelven a cortar nosotros hemos bloqueado en Parotani han venido los del ejército y en aquella ocasión hemos bloqueado hemos pedido que venga el Prefecto que venga el Superintendente de minas hasta que se hagan presentes no hemos levantado el bloqueo han venido, han hecho Convenio de que no se utilice el agua por lo menos el tiempo de estiaje.. (Aurora de Bascope, Dirigente de Ucuchi) Hidrocarburos
  • 31. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) El uso del agua en las actividades exploratorias y extractivas de hidrocarburos, también concurre en la competencia por el recurso agua. Especialmente en la región del Chaco boliviano, donde las comunidades indígenas (guarani) reclaman constantemente las afectaciones que sufren por ejemplo por la exploración sísmica que afecta sus acuíferos, asimismo se tienen reclamos por la perforación de pozos para su uso en los campamentos, lo cuales a pesar de estar en territorios de las comunidades y pueblos indígenas no les reportan ningún tipo de beneficio, ni siquiera el acceso a agua para consumo. Al igual que la minería y la industria la actividad hidrocarburifera tiene fuertes impactos ambientales y esta generando conflictos en territorios por esta causa. Piscicultura En varias lagunas y ríos la actividad piscícola esta generando conflictos por el uso ya que requiere la conservación de ciertas cantidades de agua, que permitan la crianza de peces, lo cual es muchas veces incompatible con el uso que hacen de estas fuentes las organizaciones de regantes por ejemplo. Turismo También debemos mencionar a este sector que cada vez va adquiriendo mayor importancia como actividad económica alternativa, pero cuyas condiciones de uso del recurso esta generando conflictos debido a que el estado otorga derechos exclusivos sobre tramos de un río o riberas de un lago o laguna, sin considerar la afectación de derechos de otros usuarios. Finalmente debemos decir que, el hecho de que los otros sectores de usuarios del agua (energía, minería, hidrocarburos y agua potable), cuenten con leyes sectoriales y sus respectivos reglamentos, así como mecanismos institucionales, económicos y legales para su establecimiento y funcionamiento, hace que los pueblos y comunidades indígenas y campesinas, al no contar con los mismos instrumentos, se vean periódicamente afectados en sus derechos. En tales situaciones, es muy probable que los otros sectores, recurran al marco legal e institucional vigente, desconociendo los derechos de agua históricamente constituidos, lo cual puede desembocar en graves conflictos, tal como ocurrió en el Valle Central de Cochabamba y a menor escala en otros casos, como en el sistema de riego Tolomosa en Tarija, donde el Municipio pretendió expropiar los derechos de los regantes para incrementar la oferta del recurso en la ciudad. Necesidad e importancia de los derechos indígenas (-campesinos) en la gestión del agua en Bolivia En Bolivia una característica de la gestión del agua es la poca influencia del estado y por ello el alto nivel de autonomía de las comunidades y pueblos indígenas y campesinos en las formas y normas de uso y aprovechamiento de este recurso. Esta autogestión se reivindica constantemente y ha permitido configurar un discurso (en defensa de los usos, costumbres y servidumbres) en torno al que se cohesionan las organizaciones indígenas y campesinas Las naciones originarias reivindicamos nuestros derechos sobre el territorio de lo que hoy ocupa el Estado Boliviano, que no es más que un enclave dentro del territorio ancestral del kollasuyo Las naciones originarias luchamos por una plena autodeterminación para decidir sobre nuestros recursos naturales y así evitar el despojo que seguimos sufriendo desde hace quinientos años. Según la Constitución Política del Estado, los recursos naturales renovables y no renovables es de dominio originario del Estado. Este principio constitucional fundamenta el derecho a despojarnos a las naciones aymaras,
  • 32. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) que quechuas, guaranís y otros pueblos sobre nuestros recursos naturales, en una flagrante violación a nuestro derecho consuetudinario sobre tierra y territorio reconocido a nuestros pueblos pro el Derecho Internacional. Juntos, la tierra y las aguas permiten nuestra sobrevivencia como pueblos y como naciones Declaración conjunta sobre el Anteproyecto de Ley del Recurso Agua CONFEDERACIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS DE BOLIVIA (C.I.D.O.B.)CONFEDERACIÓN SINDICAL ÚNICA DE TRABAJADORES CAMPESINOS DE BOLIVIA (C.S.U.T.C.B.) CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COLONIZADORES DE BOLIVIA (C.S.C.B) FEDERACIÓN NACIONAL DE MUJERES CAMPESINAS DE BOLIVIA-BARTOLINA SISA (F.N.M.C.B.-B.S.) Un elemento central de este discurso es la defensa de la gestión y derechos comunitarios, a nivel no solo rural sino también urbano. Sin embargo, mas allá de las demandas del sector campesino indígena por el respeto de sus derechos, cuales serian los argumentos para establecer la necesidad e importancia de algo así? Pues en cuanto a la necesidad, creemos el respeto a la diversidad y la diferencia es un elemento central para la construcción de nuevas practicas democráticas, Buscar y agregar en Articulo para CONDESAN Respecto ala importancia, nos parece interesante rescatar la discusión generada a partir de la definición de lo que constituye la Utilidad Publica. Las propuestas de Ley del Recurso Agua consideran como de Utilidad Publica y casi de forma exclusiva, la construcción de obras hidráulicas. Ante esta posición las organizaciones indígenas y campesinas plantearon una perspectiva diferente, según la que la Utilidad Publica también incorpora a) La protección del agua como bien social y ecológico para garantizar la satisfacción de las necesidades humanas y sociales para el mejoramiento de la calidad de vida. b) El uso y acceso equitativo al agua para el bienestar familiar y colectivo, el desarrollo socio-económico y cultural de las colonias y comunidades campesinas, pueblos indígenas y originarios y colectividades en general. c) La prevención y atención de los desastres naturales como la erosión, la sequía y las inundaciones que pongan en peligro a comunidades y regiones. d) La conservación y protección de los ciclos hidrológicos, las reservas naturales de aguas (deshielos, lagunas, lagos), los usos ambientales del agua y los caudales ecológicos.(Propuesta de Ley de las Confederaciones, 1998) Este planteamiento retoma la idea de que las políticas de desarrollo deben tener como objetivo prioritario el mejoramiento de la calidad de vida de la personas, considerándolo de forma integral y no solo en base a parámetros económicos.
  • 33. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) IIII DDeerreecchhooss IInnddííggeennaass –– CCaammppeessiinnooss yy LLeeggiissllaacciióónn Estatus constitucional de los derechos indígenas En agosto del año 1994, después de un procedimiento riguroso finalmente se aprobaron las reformas a la Constitución Política del Estado, reconociendo el carácter “multiétnico y pluricultural” del país (art. 1) aunque sin llegar a definir precisamente los alcances e implicaciones de este reconocimiento. Otro cambio importante realizado en esta reforma es el reconocimiento de la identidad, valores, lenguas, instituciones y los derechos de los pueblos indígenas del país, estableciendo – al menos en teoría - garantías para el uso y aprovechamiento de sus recursos naturales (Art. 171). 3RU RWUR ODGR VH UHFRQRFH WDPELpQ OD SHUVRQDOLGDG MXUtGLFD GH ODV FRPXQLGDGHV LQGtJHQDV FDPSHVLQDV GH DVRFLDFLRQHV VLQGLFDWRV FDPSHVLQRV SHUR VLQ XQD WUDPLWDFLyQ DXWRPiWLFD VLQR TXH VRPHWLpQGROR D OR TXH OD /H GH 3DUWLFLSDFLyQ 3RSXODU HVWDEOHFH Finalmente en el mismo precepto se otorga a las autoridades naturales la atribución de ejercer funciones de administración y aplicar normas para la solución alternativa de conflictos “en conformidad a sus costumbres y procedimientos” (Art. 171, inc. III). C.P.E.) y siempre que no sean contrarias a la Constitución y las Leyes; estableciendo así una competencia sin precedentes en la historia jurídica contemporánea de Bolivia. A partir de este precepto constitucional se fueron incorporando también disposiciones que tienden al reconocimiento positivo del derecho consuetudinario indígena y campesino para la gestión de sus recursos (Ley INRA), conformación de sus organizaciones, elección de sus autoridades (Ley de Participación Popular), resolución de conflictos en base a reglas propias, etc. Por otro lado deben considerarse también otras disposiciones que aunque no hacen referencia específicamente al tema indígena si tienen consecuencias en relación a este, por ejemplo el Articulo 203 de la CPE que establece que cada Municipio tiene una jurisdicción territorial continua determinada por Ley, que ha sido utilizado para proponer la creación de Municipios Indígenas o el articulo 221 de la CPE CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO Articulo 1.- Bolivia, libre, independiente, soberana, multietnica y pluricultural, constituida en Republica unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO Articulo 171.- I. Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la Ley, los derechos sociales, economicos y culturales de los pueblos indigenas que habitan en el territorio nacional, especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen, garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a su identidad, valores, lenguas e instituciones. II. El Estado reconoce la Personalidad Jurídica delas comunidades indígenas y campesinas y de las asociaciones y sindicatos campesinos. III: Las autoridades naturales de las comunidades indígenas y campesinas podran ejercer funciones de administración y aplicacion de normas propias como solucion alternativa de conflictos, en conformidad a sus costumbres y procedimientos, siempre que no sean contrarias a esta Constitución y las Leyes. La Ley compatibilizara estas funciones con las atribuciones de los Poderes del Estado.
  • 34. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) que elimina el requisito de saber leer y escribir para ser elegibles en funciones estatales, que facilita el acceso a cargos públicos por parte de sectores que antes estaban restringidos. El estatus de los derechos indígenas en las Leyes Bolivianas Se podrían decir muchas cosas sobre el estatus de los pueblos indígenas en la legislación boliviana, considerando por ejemplo los cambios que se han ido dando a través del tiempo, sin embargo por razones de tiempo y espacio nos limitaremos a mencionar las Leyes, reglamentos y otras disposiciones formuladas durante el ultimo periodo de reformas estructurales en el país (1985 – 2001). En ese sentido se pueden considerar tres escenarios - Leyes y Tratados específicos - Disposiciones especiales en Leyes, y - Disposiciones generales aplicables Leyes y Tratados específicos Entre estos tenemos a: S Ley No. 1468 que ratifica el Convenio Constitutivo del Fondo de Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe S La Ley No. 1580 que ratifica el Convenio sobre Diversidad Biológica S La Ley 1257 que ratifica el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y tribales en Países Independientes además de estos instrumentos que han sido ratificados y convertidos en leyes nacionales, se han venido emitiendo Declaraciones y otros documentos en los que han participados representantes de los pueblos de Bolivia, por ejemplo: • La Declaración sobre Etnocidio y Etno Desarrollo de San José (Conferencia de la UNESCO, Diciembre de 1981) • La declaración de Kari – Oca (Carta de la Tierra de los Pueblos Indígenas) redactada durante la Conferencia Mundial de los Pueblos Indígenas sobre Territorios, Medio Ambiente y Desarrollo (25 al 30 de Mayo de 1992) como respuesta alternativa a las Declaraciones de la Cumbre sobre medio Ambiente en río (1992) • La carta de los Pueblos Indígenas – Tribales de los Bosques Tropicales formulada por la Alianza de los Pueblos Indígenas – Tribales de los Bosques Tropicales (15 de febrero de 1992) • El proyecto de Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (1993)proyecto de Declaración Interamericana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (febrero de 1997). De todos estos instrumentos jurídicos internacionales el más importante es el Convenio 169 de la OIT, puesto que establece el marco general de los derechos de los pueblos indígenas. Es también la única Ley especifica sobre este tema en Bolivia. A. El Convenio 169 de la OIT Este Convenio establece preceptos importantes relacionados con: • la protección de los derechos de los pueblos indígenas y las garantías para su integridad (Art. 2) • El goce en pie de igualdad de los derechos y oportunidades que establece la legislación de los países (Art. 2 y 3) • El reconocimiento y protección de los valores, practicas e instituciones de estos pueblos. Lo cual implica el reconocimiento del derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales. (Art. 5) • La consulta mediante procedimientos apropiados y sus instituciones representativas, de las medidas legislativas o administrativas que pudieran afectarles directamente. • El establecimiento de medios para su libre participación en todos los niveles de adopción de decisiones en instituciones y organismos administrativos responsables de políticas y programas que
  • 35. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) les conciernan o les afecten. En el caso por ejemplo cualquier traslado o reubicación que fuese absolutamente necesaria se debe lograr el consentimiento – libre y con conocimiento de causa – previo y dar una indemnización adecuada. • Reconocer sus derechos a decidir y controlar sus propias prioridades de desarrollo para lo cual se debe proporcionar los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de estos pueblos • Reconocer el derecho que tienen estos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras11 . Esto significa que por ejemplo se debe garantizar que siempre que sea posible participen en los beneficios que reporten las actividades prospección y explotación de recursos naturales así como recibir indemnización por cualquier daño resultante de estas actividades. • Realizar estudios en cooperación con estos pueblos, para evaluar la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo puedan tener, así como impedir que personas extrañas se aprovechen de las costumbres o el desconocimiento de las leyes por parte de estos pueblos. • La consideración de sus costumbres o su derecho consuetudinario al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados deberán tomarse debidamente en (Art. 8, inc 1), así como el reconocimiento del derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Siempre que sea necesario, deberán establecerse procedimientos para solucionar los conflictos que puedan surgir en la aplicación de este principio (Art. 8, inc 2). • El respeto a sus métodos tradicionales de represión de delitos en la medida en que sean compatibles con el sistema jurídico nacional y los derechos humanos (Art. 9) Estos derechos reconocidos por el Convenio 169, se establecen junto a otros no menos importantes que tratan sobre las tierras de los pueblos indígenas, las condiciones de empleo, la formación profesional, la educación y la salud, etc. Disposiciones especiales en Leyes A diferencia de otros países donde existen Leyes especificas sobre los derechos Indígenas, en Bolivia se ha optado por incorporar algunas disposiciones concretas en las Leyes en general. Entre las leyes que hacen referencia a la situación de los pueblos indígenas tenemos: Disposición 11 “Las leyes de Bolivia, Brasil, Colombia y Perú atribuyen el uso exclusivo de los recursos naturales renovables dentro de los territorios. En Colombia se concede el usufructo exclusivo sobre las tierras, ríos y lagos que existan dentro de sus territorios. La Corte Constitucional colombiana ha señalado que el derecho de propiedad colectiva de los indígenas sobre la tierra “comprende a la propiedad colectiva de estos sobre los recursos naturales renovables existentes en su territorio.” Ecuador y Guyana tiene derecho al aprovechamiento mediante el derecho preferencial y no de exclusividad. En Ecuador y Venezuela los recursos forestales son propiedad de comunidades en cuanto que tengan pleno dominio sobre sus tierras, mientras que en Surinam carecen de disposición alguna al respecto” (Marinissen, 1998).
  • 36. Proyecto de Investigación - Acción en Ley de Aguas y Derechos Indígenas (WALIR) a) Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento b) Ley del Medio Ambiente c) Ley de Participación Popular Reglamento de las Organizaciones Territoriales de Base Reglamentación Complementaria de las Leyes de Participación Popular y Descentralización Administrativa d) Ley de Reforma Educativa e) Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de reforma Agraria f) Ley Forestal Reglamento de la Ley Forestal g) Reglamento del Régimen de Acceso a los Recursos Genéticos h) Reglamento de áreas Protegidas i) Ley de Hidrocarburos j) Código de Minería Esta lista no es exhaustiva ya que continuamente se van formulando nuevas Leyes que hacen referencia al tema, pero si hace mención de algunos de los instrumentos legales más importantes. A. La Ley de Organización del Poder Ejecutivo y su Reglamento Esta Ley establece la forma de organización de la administración publica, desde la presidencia de la Republica, pasando por los Ministerios, las Instituciones Publicas Nacionales hasta las Prefecturas de Departamento y sus órganos dependientes. De acuerdo a esta norma los Ministerios y entidades que tienen directa competencia sobre temas indígenas y campesinos son: a) El Ministerio de Asuntos Campesinos de Indígenas, ex Viceministerio de Asuntos Indígenas y Pueblos originarios (VAIPO). Este Ministerio fue creado a raíz del intenso conflicto campesino que ocurrió en Septiembre del año 2000 con la misión de: formular, promover, aplicar y supervisar los objetivos, normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de Estado para los pueblos indígenas y originarios, atendiendo con pertinencia a sus particularidades culturales, económicas, organizacionales, políticas y sociales b) El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que tiene a su cargo el Viceministerio de Explotación Integral de Recursos Naturales Renovables, el que a su vez esta conformado por una Dirección General Forestal y de Silvicultura, Dirección General de Cuencas Hidrográficas, tierras y Pesca y una Dirección de tierras Agrícolas y Riego. c) El Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, que tiene a su cargo los Viceministerios de: 1) Planificación y ordenamiento territorial, 2) de Medio Ambiente, recursos Naturales y desarrollo Forestal, 3) de Participación Popular y Fortalecimiento Municipal y 4) de Asuntos de Genero, Generacionales y Familia. Por otro lado este Ministerio esta también a cargo del Servicio Nacional de áreas Protegidas (SERNAP). Ley del Medio Ambiente No. 1333 La Ley del Medio Ambiente fue aprobada el 27 de Abril de 1992, para establecer los principios y disposiciones generales en la materia, esta norma tiene como objeto principal: La protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el