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Humanismo bioético



   El Partido Acción Nacional
 y la defensa de la vida humana
        Rodrigo Guerra López
 Fundación Rafael Preciado Hernández
      5 de septiembre de 2008
Profundizar y proyectar
 una misma convicción
          • 1939: Principios de
            Doctrina
          • 1965: Proyección de los
            Principios de Doctrina
          • 2002: Proyección de los
            Principios de Doctrina
              • Inclusión de:
                “humanismo bioético”
Humanismo bioético I
•   Acción Nacional afirma el valor de la vida humana desde la concepción hasta la
    muerte natural y el derecho de cada persona a que su vida sea respetada de
    manera total. Cada mujer y cada hombre es un ser indivisible corporal y
    espiritualmente; un ser único, singular, irrepetible, con identidad propia y una
    dignidad intrínseca.

•    El derecho a la vida es inviolable. Por ser fundamento de todos los demás
    derechos, debe ser respetado, garantizado y protegido por el Estado, de acuerdo
    con las normas, principios y valores del derecho. Nadie es dueño de la vida, ni
    de la muerte.

•   El embrión humano es persona. Tiene dignidad y derecho a la vida, a la
    identidad, a la protección por el Estado y la sociedad. No puede ser objeto de
    manipulación ni de las agresiones que conducen a su destrucción y eliminación.
    Toda vez que el ser humano es en sí mismo un fin y no un medio, la clonación de
    seres humanos por cualquier razón debe ser prohibida. En la procreación puede
    ayudarse a la naturaleza, respetando la vida y la dignidad de las personas.
Humanismo bioético II
•   Todo tratamiento, investigación y manejo realizado sobre seres
    humanos y su patrimonio genético debe ser certeramente
    responsable para respetar la dignidad humana. El genoma humano
    es patrimonio de la humanidad. Todo ser humano tiene derecho a
    conocer su filiación genética y a que tal filiación sea protegida por
    las leyes que tutelan la privacidad y la intimidad. No se puede
    discriminar a una persona a causa de su patrimonio genético.

•   La lucha contra el dolor debe ser entendida como un esfuerzo
    común, público y privado, incluyendo los cuidados paliativos, dando
    asistencia total, material y espiritual, en cualquier fase de la vida en
    la que se encuentren los enfermos. Pudiendo ser admisible la
    recomposición genética con fines terapéuticos, bajo los mismos
    principios éticos usados en el manejo de otras terapias, es
    inaceptable cuando se utiliza por razones eugenésicas ni por
    razones arbitrarias.
La condición personal
• La palabra “persona” se acuñó
  para indicar con claridad un
  modo-de-ser, no de “hacer”.
• Todo ser humano real es:
   • Sustancia única, irrepetible,
      insustituible
    • Digna
    • Relacional
    • Con capacidades
      espirituales: razón y libertad
    • Destino trascendente
Derecho a la vida
• La vida es el bien humano básico.
• Por eso, el “derecho a la vida” es
  “fundamental” y es “inviolable”.
• “No matarás” es un absoluto moral
  - no admite excepciones -.
    • Pena de muerte: es
      teóricamente legítima cuando
      es único camino para defender
      la vida humana de un agresor
      injusto. Por ello, en la
      actualidad, es prácticamente
      injustificable.
¿Qué es la Bioética?
• Es un saber “aparentemente” nuevo: 1970
• Es un saber antiguo: Hipócrates, Alcmeon de
  Crotona, Galeno, Aristóteles...


• Es una “interdisciplina”
• El juicio de la bioética, sin embargo, es
  fundamentalmente “ético”.
Bioética

              • Ciencias
                biomédicas
Biofilosofía                    Biojurídica
              • Antropología
              • Ética
Corrientes principales
• Sociobiologismo: la ética debe ser
  principalmente sociología de la vida moral.
• Bioética liberal: la ética no se basa en valores
  objetivos - por incognoscibles - sino en la
  decisión autónoma de los individuos.
• Utilitarismo bioético: es ético aquello que
  optimice la relación costo/beneficio.
• Bioética personalista: es ético aquello que
  afirme a la persona como fin y no la use
  como mero medio.
¿Cuál es la norma fundamental
      para el humanismo bioético?

• La norma
  personalista de la
  acción:
 •   Persona est affirmanda
     propter seipsam!

 •   ¡Hay que afirmar a la
     persona por sí misma
     y nunca usarla como
     mero medio!
¿Bioética católica vs.
     Bioética laica?

• Este es un falso dilema
• Es una estrategia de orden político antes que
  una cuestión científica.
Bioética del inicio
    de la vida
Estatuto del embrión humano

              • ¿Es el embrión
                humano en estadio
                unicelular una
                auténtica persona, un
                auténtico sujeto de
                derechos?
Desde la
 fecundación:
 1) Se establece la
arquitectura básica
  del organismo
      humano
   2) El patrón de
   desarrollo está
   definido por el
 genoma activado y
      por otros
      materiales

3) El destino celular
 si bien es flexible
    presenta una
      dirección
    identificable
El embrión humano es
        un organismo
• Posee genotipo propio
• Posee metabolismo propio
• Posee sistema inmunológico
  propio.
• Posee membrana celular con
  comportamiento “sui géneris”.
• Desde la fecundación su
  arquitectura básica está definida.
El embrión humano es
      persona
         • El embrión humano es un
           sistema causal autónomo de
           base biomolecular, con
           genotipo humano, destino
           celular finamente regulado, y
           orientación a término
           empíricamente identificable.
         • Es un sustancia individual de
           clase natural humana:
           ¡persona!
Procreática
Procreática
• La “proyección de
  principios” no analiza
  casos particulares, sin
  embargo, apuesta por
  todo aquello que
  auténticamente
  promueva la dignidad
  humana y respete la vida
  al implementar técnicas
  reproductivas.
• FIVET: no, GIFT: sí
Derecho a la privacidad
 de la identidad génica
            • Los cromosomas están
              hechos de genes, los
              genes de ADN, el ADN
              es una molécula en
              forma de doble hélice,
              está compuesta por
              “bases nitrogenadas”:
            • A: Adenina T: Timina
            • G: Guanina C: Citosina
¿Clonación?
• La manipulación génica sólo
  puede ser realizada con
  fines terapéuticos.
• La eugenesia, la eliminación
  conciente y voluntaria de
  embriones, la clonación, el
  desarrollo de células madre
  de origen embrionario no
  corresponden al
  humanismo bioético.
Bioética
del fin de la vida
Eutanasia
• “Supresión indolora o por piedad de quien
  sufre o se considera que sufre o puede sufrir
  en el futuro de modo insoportable”
• “Acción u omisión que por su naturaleza, o
  en su intención, procura la muerte a fin de
  eliminar todo dolor”.
• La E. se sitúa en el plano de las intenciones y
  de los métodos usados.
Eutanasia...
• E. en enfermo grave y terminal
• E. neonatal
• E. social: para enfermos que no son capaces
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• E. activa
• E. pasiva
Medios ordinarios y
    extraordinarios
• Antiguamente se señalaba que era
  obligatorio el uso de medios terapéuticos
  ordinarios para ayudar al moribundo... pero
  era lícito, previa solicitud por parte del
  paciente, del uso de medios
  “extraordinarios” incluso cuando implicasen
  adelantar la muerte.
• Esto no es claro debido a que lo ordinario
  es relativo, la terapia intensiva permite hoy
  salvar vidas, etc.
Medios terapéuticos proporcionados
      y desproporcionados: I

• ...medios proporcionados al resultado
  humanamente previsible...


• Es lícito recurrir con el consentimiento del
  enfermo a los medios que dispone la
  medicina más avanzada aunque se
  encuentren en estado experimental y no
  estén exentos de riesgo.
Medios terapéuticos proporcionados
      y desproporcionados: II


• Es lícito interrumpir la aplicación de los
  medios terapéuticos desproporcionados
  cuando los resultados frustren las
  esperanzas puestas en ellos. En este caso es
  obligatorio tomar en cuenta la decisión del
  enfermo, de los familiares y de médicos
  competentes.
Medios terapéuticos proporcionados
     y desproporcionados: III


• Es lícito contentarse con los medios
  normales que la medicina puede ofrecer.
  Nadie tiene obligación de recurrir a un tipo
  de cuidados, que aunque ya se estén
  utilizando, sin embargo, no están exentos de
  peligros o sean muy costosos.
Medios terapéuticos proporcionados
     y desproporcionados: IV

• En la inminencia de una muerte inevitable a
  pesar de los medios utilizados, es lícito en
  conciencia tomar la decisión de renunciar a
  tratamientos que proporcionarían una
  prolongación precaria y penosa de la vida, sin
  interrumpir no obstante los cuidados
  normales debidos al enfermo en casos
  semejantes (alimentación, hidratación -
  artificiales o no -, aspiración de secreciones
  bronquilaes y limpieza de escaras).
Cuidados paliativos

          • Acción Nacional apoya
            los cuidados paliativos y
            la asistencia total,
            espiritual y material, en
            cualquier fase de la vida
            del enfermo.
Rodrigo Guerra López


CISAV            Centro de Investigación
                 Social Avanzada




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Rodrigo Guerra

  • 1. Humanismo bioético El Partido Acción Nacional y la defensa de la vida humana Rodrigo Guerra López Fundación Rafael Preciado Hernández 5 de septiembre de 2008
  • 2. Profundizar y proyectar una misma convicción • 1939: Principios de Doctrina • 1965: Proyección de los Principios de Doctrina • 2002: Proyección de los Principios de Doctrina • Inclusión de: “humanismo bioético”
  • 3. Humanismo bioético I • Acción Nacional afirma el valor de la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural y el derecho de cada persona a que su vida sea respetada de manera total. Cada mujer y cada hombre es un ser indivisible corporal y espiritualmente; un ser único, singular, irrepetible, con identidad propia y una dignidad intrínseca. • El derecho a la vida es inviolable. Por ser fundamento de todos los demás derechos, debe ser respetado, garantizado y protegido por el Estado, de acuerdo con las normas, principios y valores del derecho. Nadie es dueño de la vida, ni de la muerte. • El embrión humano es persona. Tiene dignidad y derecho a la vida, a la identidad, a la protección por el Estado y la sociedad. No puede ser objeto de manipulación ni de las agresiones que conducen a su destrucción y eliminación. Toda vez que el ser humano es en sí mismo un fin y no un medio, la clonación de seres humanos por cualquier razón debe ser prohibida. En la procreación puede ayudarse a la naturaleza, respetando la vida y la dignidad de las personas.
  • 4. Humanismo bioético II • Todo tratamiento, investigación y manejo realizado sobre seres humanos y su patrimonio genético debe ser certeramente responsable para respetar la dignidad humana. El genoma humano es patrimonio de la humanidad. Todo ser humano tiene derecho a conocer su filiación genética y a que tal filiación sea protegida por las leyes que tutelan la privacidad y la intimidad. No se puede discriminar a una persona a causa de su patrimonio genético. • La lucha contra el dolor debe ser entendida como un esfuerzo común, público y privado, incluyendo los cuidados paliativos, dando asistencia total, material y espiritual, en cualquier fase de la vida en la que se encuentren los enfermos. Pudiendo ser admisible la recomposición genética con fines terapéuticos, bajo los mismos principios éticos usados en el manejo de otras terapias, es inaceptable cuando se utiliza por razones eugenésicas ni por razones arbitrarias.
  • 5. La condición personal • La palabra “persona” se acuñó para indicar con claridad un modo-de-ser, no de “hacer”. • Todo ser humano real es: • Sustancia única, irrepetible, insustituible • Digna • Relacional • Con capacidades espirituales: razón y libertad • Destino trascendente
  • 6. Derecho a la vida • La vida es el bien humano básico. • Por eso, el “derecho a la vida” es “fundamental” y es “inviolable”. • “No matarás” es un absoluto moral - no admite excepciones -. • Pena de muerte: es teóricamente legítima cuando es único camino para defender la vida humana de un agresor injusto. Por ello, en la actualidad, es prácticamente injustificable.
  • 7. ¿Qué es la Bioética? • Es un saber “aparentemente” nuevo: 1970 • Es un saber antiguo: Hipócrates, Alcmeon de Crotona, Galeno, Aristóteles... • Es una “interdisciplina” • El juicio de la bioética, sin embargo, es fundamentalmente “ético”.
  • 8. Bioética • Ciencias biomédicas Biofilosofía Biojurídica • Antropología • Ética
  • 9. Corrientes principales • Sociobiologismo: la ética debe ser principalmente sociología de la vida moral. • Bioética liberal: la ética no se basa en valores objetivos - por incognoscibles - sino en la decisión autónoma de los individuos. • Utilitarismo bioético: es ético aquello que optimice la relación costo/beneficio. • Bioética personalista: es ético aquello que afirme a la persona como fin y no la use como mero medio.
  • 10. ¿Cuál es la norma fundamental para el humanismo bioético? • La norma personalista de la acción: • Persona est affirmanda propter seipsam! • ¡Hay que afirmar a la persona por sí misma y nunca usarla como mero medio!
  • 11. ¿Bioética católica vs. Bioética laica? • Este es un falso dilema • Es una estrategia de orden político antes que una cuestión científica.
  • 12. Bioética del inicio de la vida
  • 13. Estatuto del embrión humano • ¿Es el embrión humano en estadio unicelular una auténtica persona, un auténtico sujeto de derechos?
  • 14. Desde la fecundación: 1) Se establece la arquitectura básica del organismo humano 2) El patrón de desarrollo está definido por el genoma activado y por otros materiales 3) El destino celular si bien es flexible presenta una dirección identificable
  • 15. El embrión humano es un organismo • Posee genotipo propio • Posee metabolismo propio • Posee sistema inmunológico propio. • Posee membrana celular con comportamiento “sui géneris”. • Desde la fecundación su arquitectura básica está definida.
  • 16. El embrión humano es persona • El embrión humano es un sistema causal autónomo de base biomolecular, con genotipo humano, destino celular finamente regulado, y orientación a término empíricamente identificable. • Es un sustancia individual de clase natural humana: ¡persona!
  • 18. Procreática • La “proyección de principios” no analiza casos particulares, sin embargo, apuesta por todo aquello que auténticamente promueva la dignidad humana y respete la vida al implementar técnicas reproductivas. • FIVET: no, GIFT: sí
  • 19. Derecho a la privacidad de la identidad génica • Los cromosomas están hechos de genes, los genes de ADN, el ADN es una molécula en forma de doble hélice, está compuesta por “bases nitrogenadas”: • A: Adenina T: Timina • G: Guanina C: Citosina
  • 20. ¿Clonación? • La manipulación génica sólo puede ser realizada con fines terapéuticos. • La eugenesia, la eliminación conciente y voluntaria de embriones, la clonación, el desarrollo de células madre de origen embrionario no corresponden al humanismo bioético.
  • 22. Eutanasia • “Supresión indolora o por piedad de quien sufre o se considera que sufre o puede sufrir en el futuro de modo insoportable” • “Acción u omisión que por su naturaleza, o en su intención, procura la muerte a fin de eliminar todo dolor”. • La E. se sitúa en el plano de las intenciones y de los métodos usados.
  • 23. Eutanasia... • E. en enfermo grave y terminal • E. neonatal • E. social: para enfermos que no son capaces de reanudar vida productiva y laboral. • E. activa • E. pasiva
  • 24. Medios ordinarios y extraordinarios • Antiguamente se señalaba que era obligatorio el uso de medios terapéuticos ordinarios para ayudar al moribundo... pero era lícito, previa solicitud por parte del paciente, del uso de medios “extraordinarios” incluso cuando implicasen adelantar la muerte. • Esto no es claro debido a que lo ordinario es relativo, la terapia intensiva permite hoy salvar vidas, etc.
  • 25. Medios terapéuticos proporcionados y desproporcionados: I • ...medios proporcionados al resultado humanamente previsible... • Es lícito recurrir con el consentimiento del enfermo a los medios que dispone la medicina más avanzada aunque se encuentren en estado experimental y no estén exentos de riesgo.
  • 26. Medios terapéuticos proporcionados y desproporcionados: II • Es lícito interrumpir la aplicación de los medios terapéuticos desproporcionados cuando los resultados frustren las esperanzas puestas en ellos. En este caso es obligatorio tomar en cuenta la decisión del enfermo, de los familiares y de médicos competentes.
  • 27. Medios terapéuticos proporcionados y desproporcionados: III • Es lícito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer. Nadie tiene obligación de recurrir a un tipo de cuidados, que aunque ya se estén utilizando, sin embargo, no están exentos de peligros o sean muy costosos.
  • 28. Medios terapéuticos proporcionados y desproporcionados: IV • En la inminencia de una muerte inevitable a pesar de los medios utilizados, es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a tratamientos que proporcionarían una prolongación precaria y penosa de la vida, sin interrumpir no obstante los cuidados normales debidos al enfermo en casos semejantes (alimentación, hidratación - artificiales o no -, aspiración de secreciones bronquilaes y limpieza de escaras).
  • 29. Cuidados paliativos • Acción Nacional apoya los cuidados paliativos y la asistencia total, espiritual y material, en cualquier fase de la vida del enfermo.
  • 30. Rodrigo Guerra López CISAV Centro de Investigación Social Avanzada Visita: web.mac.com/rodrigoguerra E-mail: rodrigoguerra@mac.com Tel. (442) 245 22 14