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AYUNTAMIENTO DE
HERNÁN CORTÉS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
QUE REGIRÁ LA LICITACIÓN PARA ADJUDICAR EL CONTRATO
MIXTO DE SUMINISTRO DE FAROLAS PARA ALUMBRADO
PÚBLICO Y OBRAS DE INSTALACIÓN DE LAS MISMAS POR
PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO.
ÍNDICE.
1.- OBJETO DEL CONTRATO. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.......................................... 3
1.1.- RÉGIMEN JURÍDICO.............................................................................................................................. 3
1.2.- OBJETO DEL CONTRATO. ................................................................................................................... 4
1.2.1.- Objeto y necesidades administrativas a cubrir.......................................................................... 4
1.2.2.- División por lotes (en su caso). ................................................................................................ 4
1.2.3.- Determinación de si se trata de contrato reservado. ................................................................ 5
2.- ÓRG. DE CONTRATACIÓN. RESPONS. CONTRATO. ÓRG. CONTABILIDAD PÚBL....... 5
3.- PRESUP. BASE DE LICITACION. VALOR ESTIMADO. PRECIO DEL CONTRATO. ......... 6
3.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN................................................................................................ 6
3.2.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. .................................................................................................. 6
3.3.- PRECIO DEL CONTRATO. .................................................................................................................... 6
3.3.1.- Revisión de precios.................................................................................................................. 7
4.- FINANCIACIÓN. ...................................................................................................................... 7
4.1.- RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN............................................................................................................... 7
4.2.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. ANUALIDADES (EN SU CASO). ............................................ 7
4.3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.................................................................................................................... 7
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. MANTENIMIENTO.................. 7
5.1.- PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO. ................................................................... 7
5.2.- PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO............................................................................................. 8
5.3.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO. ........................................................................................... 8
5.4.- MANTENIMIENTO DEL SUMINISTRO. .................................................................................................. 8
6.- PUBLICIDAD Y NOTIFICACIONES........................................................................................ 8
6.1.- PERFIL DE CONTRATANTE.................................................................................................................. 8
6.2.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. .................................................................................................... 9
6.3.- INFORMACIÓN A LOS LICITADORES. ................................................................................................. 9
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. .................................................................................. 9
8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE...................................................................................... 10
8.1.- ANUNCIO DE LICITACIÓN. ................................................................................................................. 10
8.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN......................................................................................................... 10
8.3.- GARANTÍA PROVISIONAL. ................................................................................................................. 10
8.4.- GARANTÍA DEFINITIVA. CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN. ............................................................. 11
8.5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. .................................... 11
8.5.1.- Plazo de presentación............................................................................................................ 11
8.5.2.- Forma de presentación. ......................................................................................................... 11
8.5.3.- Notificaciones y comunicaciones............................................................................................ 12
8.5.4.- Contenido de las proposiciones. ............................................................................................ 12
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AYUNTAMIENTO DE
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8.5.4.1.- Sobre electr. “CRITERIOS CUANTIFICABLES FÓRMULAS MATEMÁTICAS”....... 13
8.5.5.- Justificante de entrega de las proposiciones.......................................................................... 14
8.6.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES........................................................................... 14
8.6.1.- Resolución de desempates.................................................................................................... 14
8.6.2.- Ofertas anormalmente bajas.................................................................................................. 15
8.7.- SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS. .................................................................................................. 15
8.8.- COMPROBACIÓN DE LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES RESPONSABLES. ................. 16
8.9.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR
EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. ............................................................................................................ 16
8.10.- CLASIF. DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN CONTRATO Y NOTIF. DE LA ADJUDICACIÓN.............. 16
9.- FORMALIZACIÓN Y PUBLICIDAD DEL CONTRATO. ....................................................... 18
10.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO........................................................................................... 18
10.1.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN........................................................................................................ 18
10.1.1.- Condiciones especiales de ejecución................................................................................... 19
10.2.- FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. ................................... 20
10.3.- EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y PENALIDADES ADMINISTRATIVAS. .............................................. 20
10.3.1.- Penalidades por demora. ..................................................................................................... 21
10.3.2.- Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación. .................... 21
11.- OTRAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES...................................................................... 22
11.1.- OBLIGACIONES LABORALES.......................................................................................................... 22
11.2.- OTRAS OBLIGACIONES. .................................................................................................................. 22
11.3.- TRIBUTOS.......................................................................................................................................... 24
12.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.................................................................................... 24
12.1.- ENTREGA DEL OBJETO DEL CONTRATO. ..................................................................................... 24
12.2.- CONFORMIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN...................................................................................... 24
12.3.- PLAZO DE GARANTÍA....................................................................................................................... 24
13.- PAGO DEL PRECIO............................................................................................................ 24
14.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO.............................. 25
15.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ....................................................... 26
15.1.- MODIFICACIÓN.................................................................................................................................. 26
15.2.- RESOLUCIÓN. ................................................................................................................................... 27
16.- RÉGIMEN DE RECURSOS................................................................................................. 27
ANEXO I...................................................................................................................................... 29
ANEXO II..................................................................................................................................... 30
ANEXO III.................................................................................................................................... 33
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1.- OBJETO DEL CONTRATO. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
1.1.- RÉGIMEN JURÍDICO.
A.- El contrato a que se refiere el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se
regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Con-
sejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), el Real Decreto
817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del
Sector Público, el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,
aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP); con carácter
supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las nor-
mas de derecho privado.
B.- En concreto, la adjudicación se realizará mediante el procedimiento abierto simplifi-
cado, en su modalidad abreviada, a la que le será de aplicación el artículo 159, apartado sexto,
de la LCSP, en todo lo no previsto en dicho apartado, por la regulación general del procedimiento
abierto simplificado y en lo no previsto por éste último, la del procedimiento abierto en general.
C.- De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la LCSP, los contratos que impli-
quen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Or-
gánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(RGPD), y la normativa complementaria.
D.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Téc-
nicas Particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos
se ajustarán al contenido del presente Pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante
de los respectivos contratos.
E.- Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las licitadoras. En
caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contrac-
tuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen
los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
F.- El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de
los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de
aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas
G.- El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en los artículos 190 y
191 de la LCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía
administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En los procedimientos que se instruyan, para
la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato de-
berá darse audiencia al contratista y solicitar previo informe del Servicio Jurídico correspondiente,
salvo en los casos previstos en los artículos 109 y 195.
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H.- El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver
las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción
de este contrato. No cabe la interposición de recurso especial en materia de contratación ante el
Tribunal Administrativo Especial de Recursos Contractuales.
I.- Todos los plazos establecidos en este Pliego, salvo que en el mismo se indique que
son de días hábiles, se entenderán referidos a días naturales.
J.- Este contrato NO es susceptible de recurso especial en materia de contratación (ar-
tículo 44 LCSP).
Por último, el presente se trata de un contrato mixto, de acuerdo con lo establecido por
el artículo 18 LCSP, considerándose que las prestaciones no son separables, al estar totalmente
relacionadas entre sí, tramitándose, según lo señalado en el punto 1. 1º de dicho precepto, por
las normas aplicables al contrato de suministros, al ser la prestación principal.
1.2.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.2.1.- Objeto y necesidades administrativas a cubrir.
El objeto del contrato regulado en el presente Pliego es el que más abajo se señala, de
acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en su caso,
las modificaciones del mismo que puedan acordarse.
Objeto: Adquisición e instalación de farolas para alumbrado público.
CPV: 34928510 Farolas para el alumbrado de calles
Necesidades Administrativas
a satisfacer:
Suministro de farolas para la mejora y adecuación del
servicio de alumbrado público
1.2.2.- División por lotes (en su caso).
LOTES - JUSTIFICACIÓN EN CASO DE QUE NO SE ESTABLEZCAN
NO SE ESTABLECEN, debido a que El hecho de que la obra necesaria lo sea exclusivamente
para la instalación de las farolas hace que la realización independiente de las diversas prestaciones com-
prendidasenelobjetodelcontratodificultaralacorrectaejecucióndelmismodesdeelpuntodevistatécnico,
ya que resulta un tanto absurdo que las empresas que suministren las farolas y las que las instalen sean
distintas, dándose además el caso de que habría que coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones,
cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes yejecución por una pluralidad de contratis-
tas diferentes, lo que se hace constar a efectos del artículo 99 LCSP.
Posibilidad de licitar por Lotes:
☐ SÍ. ☒ NO.
Posibilidad de licitar por sublotes / partidas
☐ SÍ. ☒ NO.
Limitaciones en lotes: ☐ SÍ ☐ NO.
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Limitaciones en los lotes (en su caso): No procede.
1.2.3.- Determinación de si se trata de contrato reservado.
☒ NO. ☐ SÍ
En caso de ser reservado: ☐ Centros especiales de empleo.
☐ Centros de Inserción Social.
☐ Otros (especificar)
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
ÓRGANO CON COMPETENCIAS EN MATERÍA DE CONTABILIDAD
PÚBLICA
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Ayuntamiento de Hernán Cortés
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DESTINATARIO DEL OBJETO DEL CONTRATO.
Denominación del órgano de contratación: Alcaldía.
Dirección Postal:
Plaza de la Hispanidad 1- 06412 Hernán Cortés
BADAJOZ.
Correo electrónico: ayuntamiento@hernancortes.es
Responsable del contrato (Unidad de segui-
miento y control del contrato):
Vocal del servicio de Vías y Obras.
A.- El órgano de contratación difundirá a través de su perfil del contratante cualquiera de
los datos e informaciones referentes a su actividad contractual que se mencionan en el art. 63
LCSP.
B.- De conformidad con lo previsto en el artículo 62 de LCSP, al responsable del contrato
le corresponde supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones nece-
sarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito
de las facultades se le atribuyan.
C.- El órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública será
la Secretaría Intervención del Ayuntamiento.
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3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACION. VALOR ESTIMADO. PRE-
CIO DEL CONTRATO.
3.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
Importe: 38.332,80 €
Pago mediante entrega de bienes: ☐ SÍ. ☒ NO.
Sistema de determinación del precio:
Estimaciones teniendo en cuenta los precios habi-
tuales en el mercado.
A.- El presupuesto base de licitación será el límite máximo de gastos que pueda com-
prometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Será adecuado
a los precios del mercado y su importe es el señalado como máximo en el presente apartado,
conforme al desglose indicado en el ANEXO I. En caso de que se indique que el sistema de
determinación del precio sea por precios unitarios y las prestaciones estén subordinadas a las
necesidades de la Administración, el presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo.
B.- Si el sistema de determinación es el de precios unitarios, los precios máximos unita-
rios de licitación, IVA excluido, serán los establecidos en dicho ANEXO I.
3.2.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
IMPORTE IVA TOTAL
31.680,00 € 6.652,80 € 38.332,80 €
El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 101 de la LCSP, ha sido
tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad
a la que va a someterse. En él se han considerado, sin incluir el IVA, además de los costes
derivados de la aplicación de las normativas vigente, otros costes que se deriven de la ejecución
material, gastos generales de estructura y el beneficio industrial, además de las eventuales pró-
rrogas de este contrato.
3.3.- PRECIO DEL CONTRATO.
A.- El órgano de contratación no está obligado a agotar la totalidad del presupuesto má-
ximo, quedando limitado el gasto real al suministro efectivamente realizado.
B.- Las ofertas de los licitadores deberán ser iguales o inferiores al presupuesto base de
licitación del contrato, y no serán, caso contrario, admitidas a la licitación.
C.- El sistema de determinación del precio aplicable a este contrato, es el que se formula
en los términos establecidos en el artículo 102.4 del LCSP (a tanto alzado a la totalidad).
D.- El contrato, por razón de su cuantía, no está sujeto a regulación armonizada.
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Prórroga: ☐ SÍ. ☒ NO. Plazo de preaviso: ☐ General. ☐ Específico.
Duración de prórroga (en su caso): ______ ☐ Días. ☐ Meses.
A.- El plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha
fijada en el documento contractual.
B.- El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga
obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación
prevista en el presente apartado, que no podrá ser inferior al plazo general de dos meses res-
pecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
5.2.- PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO.
☐ Días. ☒ Meses (2). ☐ Otro (especificar):
5.3.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO.
☐ Almacén municipal
☒ Otro (especificar): Lugar de instalación o el que se indique al contratista dentro de la población.
En cualquier caso, ver Pliego de Prescripciones Técnicas.
5.4.- MANTENIMIENTO DEL SUMINISTRO.
☒ Sí Plazo: 1 año ☐ NO.
6.- PUBLICIDAD Y NOTIFICACIONES.
6.1.- PERFIL DE CONTRATANTE.
A.- La forma de acceso público al perfil del contratante será por la Plataforma de Contra-
tación del sector público (https://contrataciondelestado.es).
B.- En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la información
relativa a este contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP. Asimismo,
se publicarán en el perfil del contratante las respuestas a las solicitudes de aclaración al PCAP
o al resto de la documentación cuando en él se haya atribuido carácter vinculante a las mismas,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 138.3 de la LCSP.
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6.2.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
A.- Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practica-
rán de manera electrónica. Por tanto, los licitadores deberán contar con sistemas de firma elec-
trónica reconocida avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma
electrónica que les permita recoger las en la sede electrónica de este Ayuntamiento, http://her-
nancortes.sedelectronica.es.
B.- En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los
licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en
el requerimiento.
C.- Con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tras el
acceso al contenido de la notificación, ésta se entenderá por practicada. Si transcurren diez días
naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda al contenido de la misma, se tendrá
por rechazada. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoquinta
de la LCSP relativo al cómputo de plazos. En base a ello, los plazos a contar desde la notificación
se computarán desde la fecha de envío de la misma, siempre que el acto objeto de notificación
se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación.
D.- En caso contrario, los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por
el interesado. No obstante, el requisito de publicidad en el perfil de contratante no resultará apli-
cable a las notificaciones practicadas con motivo del procedimiento de recurso especial por los
órganos competentes para su resolución, computándose los plazos desde la fecha de envío de
la misma.
6.3.- INFORMACIÓN A LOS LICITADORES.
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere
el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días
antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición
se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud
se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de
licitación.
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES.
A.- Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de representantes
debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 68 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar,
no estén incursas en las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 71 de la
LCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones ni tampoco cuando
se proceda a la adjudicación del contrato.
B.- Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestacio-
nes estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de su actividad a tenor de lo que
dispongan sus estatutos o reglas fundacionales.
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C.- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea
deberán justificar su aptitud para contratar mediante la presentación del informe previsto en el
artículo 68 de la LCSP y las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea
(o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo) deberán sujetarse a lo dis-
puesto en el artículo 67 de la LCSP.
D.- Las uniones temporales de empresarios deberán atenerse a lo establecido en el ar-
tículo 69 de la LCSP.
E.- De conformidad con el artículo 159.6.b de la LCSP se eximirá a los licitadores de la
acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, sin perjuicio de que
la tengan y así lo expresen en la declaración responsable que deberán cumplimentar.
F.- De conformidad con el artículo 159.6 b) de la LCSP, los licitadores están exentos de
la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE.
8.1.- ANUNCIO DE LICITACIÓN.
Según la regulación establecida en el artículo 159.2 LCSP, el anuncio de licitación para
la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas se publicará en el Perfil del Con-
tratante del órgano de contratación (https://contrataciondelestado.es). Toda la documentación
necesaria para la presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos
desde el día la publicación de dicho anuncio.
8.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios de adjudicación de las propuestas cuantificable/s exclusivamente mediante
la mera aplicación de fórmulas son los siguientes:
1.- Oferta económica: Se aplicará el criterio de proporcionalidad.
Fórmula a aplicar = (50*(Omin. / Olic.))
Siendo:
 Omin: oferta económica más ventajosa (precio más bajo).
 Olic.: oferta económica del licitador a valorar.
Hasta 50
2.- Ampliación del plazo de garantía / mantenimiento sobre el exigido en el Pliego
1 punto por cada mes completo, despreciando las fracciones
Hasta 24
8.3.- GARANTÍA PROVISIONAL.
No procede, de conformidad con el artículo 106 de la LCSP.
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8.4.- GARANTÍA DEFINITIVA. CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN.
No requerida según el artículo 159.6 LCSP.
8.5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES.
8.5.1.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días naturales a contar desde el
siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Perfil de Contratante. No se admitirán
proposiciones que no estén presentadas en dicho plazo.
8.5.2.- Forma de presentación.
A.- En aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la LCSP, la pre-
sentación de ofertas se realizará exclusivamente de forma electrónica, dentro del plazo habilitado
al efecto, y a través de la Plataforma de Licitación Electrónica LOCAL de la Diputación, cuyo
enlace es el siguiente:
https://licitacionmunicipios.dip-badajoz.es/licitacion/UltimosExpte.do
B.- Para ello, con carácter previo a la presentación de una oferta, deberán estar dados
de alta en el Portal. El alta se efectúa igualmente a través de la Plataforma de Licitación. En dicha
Plataforma los licitadores disponen de un enlace (Ayuda PLYCA-Empresas) donde disponen de
una extensa información sobre el funcionamiento de los siguientes servicios:
— Alta en la Plataforma.
— Sobres Electrónicos.
— Notificaciones Telemáticas.
C.- En caso de que, por razones técnicas de comunicación no imputables al licitador, no
pudiese hacer efectiva la entrega de la proposición mediante el canal electrónico, el software
genera un código específico de verificación (huella electrónica) que se almacena en un docu-
mento junto con el sobre electrónico, antes de realizar el envío. Para que la oferta sea admitida,
este documento con la Huella Electrónica de la oferta, deberá ser remitido por los siguientes
medios alternativos:
— Por correo electrónico, a contratación@dip-badajoz.es.
— Por fax, al siguiente número: 924212449.
D.- La Huella Electrónica deberá remitirse por dichos medios dentro del plazo de licitación
establecido. Posteriormente, dentro de las 24 horas siguientes debe hacerse entrega del sobre
electrónico generado, por los siguientes medios:
— Por correo electrónico, a contratación@dip-badajoz.es
— Directamente en el Registro de la Diputación de Badajoz (Servicio de Contrata-
ción Centralizada).
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E.- En el ANEXO II de este Pliego se recoge mayor información sobre el proceso de Alta
y sobre el proceso de cumplimentación y envío de Sobres Electrónicos. No obstante, si la em-
presa tuviera cualquier incidencia de carácter tecnológica a la hora de tramitar el Alta de la Em-
presa o de cumplimentar el Sobre Electrónico deberá reportarse por correo electrónico a la
siguiente dirección: soporte.empresas@plyca.es
8.5.3.- Notificaciones y comunicaciones.
A.- En cuanto a las notificaciones y comunicaciones relativas al presente expediente
(subsanación de ofertas, solicitud de aclaraciones, requerimientos de documentación, notifica-
ciones, etc.) se efectuarán, igualmente de forma electrónica, a través de tres pasos:
1.- Puesta a Disposición del Destinatario (en el correo electrónico indicado por el
propio licitador en el momento de efectuar el Alta en el Portal)
2.- Aceptación mediante firma electrónica por el destinatario.
3.- Acceso al contenido de la notificación: una vez aceptadas, se accederá (me-
diante comparecencia electrónica) al contenido de la misma.
B.- La suscripción al procedimiento de "Notificaciones Electrónicas" se efectúa automá-
ticamente al darse de alta en la Plataforma.
C.- Los plazos empezarán a contar desde el aviso de notificación (si el acto objeto de la
notificación se publica el mismo día en el Perfil del Contratante) o desde la recepción de la noti-
ficación (si el acto no se publica el mismo día en el Perfil del Contratante).
D.- Transcurridos 10 días naturales desde la Puesta a Disposición de la notificación, si
el destinatario no la acepta o rechaza, se considerará expirada y se dará por cumplido formal-
mente el trámite de notificación.
E.- Los certificados de envíos y entrega de notificaciones quedan almacenados en el
sistema de forma automática desde el momento de puesta a disposición de las mismas, con
plenas garantías jurídicas.
F.- Conforme a la Disposición Adicional décimo quinta de la LCSP podrá utilizarse la
comunicación oral para comunicaciones distintas de las relativas a los elementos esenciales de
un procedimiento de contratación, siempre que el contenido de la comunicación oral esté sufi-
cientemente documentado. A este respecto, los elementos esenciales de un procedimiento de
contratación incluyen: los pliegos de la contratación, las solicitudes de participación y las ofertas.
En particular, las comunicaciones orales con los licitadores que puedan incidir sustancialmente
en el contenido y la evaluación de las ofertas estarán documentadas de modo suficiente y a
través de los medios adecuados, tales como los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los
principales elementos de la comunicación.
8.5.4.- Contenido de las proposiciones.
A.- Las proposiciones se ajustarán al contenido del Sobre Electrónico que, a tal efecto,
ha sido diseñado para el presente expediente, y cuyo acceso se realiza a través de la Plataforma
de Licitación Electrónica de las Entidades locales de la Diputación Provincial de Badajoz, en la
forma prevista en el presente Pliego.
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B.- El límite en cuanto al tamaño de los archivos a incluir en un Sobre Electrónico es el
siguiente:
— En caso de que se firmen electrónicamente, el límite es de 8MB por archivo.
— Si no se requiere firma electrónica del archivo, el límite es de 30MB.
C.- El tamaño máximo del total de los archivos será 140 MB, de forma que el Sobre
Electrónico no podrá superar dicho límite.
D.- La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incon-
dicionada de las cláusulas o condiciones de los Pliegos, sin salvedad o reserva alguna, así como
la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
E.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisión
de variantes en su caso. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros
si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas
normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
F.- A efectos de licitación, a través de la Plataforma de Licitación se presentará UNA
SOLA OFERTA ELECTRÓNICA (comprensiva de todos los lotes a los que se licite). Mientras
está abierto el plazo de presentación de ofertas, los licitadores podrán presentar cuantas ofertas
estimen oportunas, rectificando la anterior. A efectos de licitación la única oferta que se tendrá
en cuenta será la última presentada, de forma que las anteriores se tendrán por no presentadas.
8.5.4.1.- Contenido sobre electrónico “CRITERIOS CUANTIFICABLES ME-
DIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS”.
A.- En este sobre se incluirá únicamente la proposición relativa a criterios cuantificables
de forma automática, debidamente firmada. No se aceptarán aquellas proposiciones que conten-
gan omisiones o errores que impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime
fundamental para considerar la oferta.
B.- Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y
admitida, excediese cualquiera de los precios unitarios máximos de licitación, variase sustancial-
mente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o
existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la
hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin
que sea causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si
ello no altera su sentido.
C.- La proposición deberá ser presentado por el empresario individual o por la persona
que, en representación de persona jurídica, ostente los poderes suficientes a tales efectos.
D.- En la oferta económica se entenderán incluidos los tributos que sean de aplicación
según las disposiciones vigentes, a excepción del I.V.A., que figurará en cuantía aparte (en caso
de no figurar separado el importe correspondiente al I.V.A., a la hora de valorar la oferta, se
entenderá que el precio no incluye I.V.A.).
E.- Concretamente se incluirán en el Sobre los siguientes archivos:
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— Oferta en formato PDF, conforme al modelo previsto en el Anexo III.
— Oferta en formato .xlsx. Este documento es generado por la propia Plataforma al
cumplimentar el Sobre Electrónico. En este caso, a la hora de introducir la oferta
económica, deberá especificarse el importe sin IVA, señalándose en el campo
“Comentarios” el porcentaje de IVA aplicable.
F.- Los importes y demás condiciones ofertadas deberán ser iguales en ambos formatos.
G.- Todos los documentos deberán ir firmados mediante firma electrónica reconocida.
H.- Conforme a lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de
octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administra-
ciones Públicas, los documentos se presentarán en castellano.
8.5.5.- Justificante de entrega de las proposiciones.
A.- El envío del Sobre Electrónico se efectúa a través de la Plataforma de Licitación
Electrónica en dos fases:
1.- En primer lugar, se envía la Huella Electrónica del sobre generado
2.- En segundo lugar, se envía el contenido del Sobre propiamente dicho
B.- Tras el envío de la Huella Electrónica, el sistema generará automáticamente el justi-
ficante de entrega, que podrá descargarse el licitador en su equipo informático.
8.6.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
A.- De conformidad con el art. 159.6 de la LCSP no se efectuará acto público de apertura
de proposiciones, toda vez que el sistema acredita que la apertura de las proposiciones no se
efectúa hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas. Lo anterior se entiende sin
perjuicio de las sesiones que celebre la Mesa de Contratación, (si éste se constituyera) a afectos
de selección de la mejor oferta. A estos efectos, no se constituye dicha Mesa.
B.- Las ofertas se valorarán, de forma automática mediante dispositivos informáticos,
atendiendo a los criterios establecidos en este Pliego.
C.- El resultado de los actos de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publi-
cará en la Plataforma de Contratación del Sector Público y será notificada a los licitadores. La
comunicación a los interesados se efectuará mediante notificación por medios electrónicos.
D.- Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas
serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el mo-
mento en que se notifique la adjudicación del contrato.
8.6.1.- Resolución de desempates.
A.- En caso de empate, se estará a los criterios establecidos en el artículo 147 de la
LCSP, que se irán aplicando por el orden establecido en dicho artículo.
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B.- La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el pre-
sente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate,
y no con carácter previo.
8.6.2.- Ofertas anormalmente bajas
A.- Los parámetros para determinar el carácter anormalmente bajo de una oferta en su
conjunto serán los siguientes.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. PARÁMETROS DE IDENTIFICACIÓN
Oferta económica. Artículo 85 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
B.- En el caso de que el órgano de contratación presuma que una oferta resulta inviable
por haber sido formulada en términos que la hacen anormalmente baja, se estará a lo establecido
en el artículo. 149 LCSP. Si el Órgano de Contratación estimase que la oferta no puede ser
cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la ex-
cluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición más ventajosa, de
acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado en los artículos 150
y 151 de la LCSP.
C.- Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo,
en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el
régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere
más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con
otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal.
8.7.- SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS.
A.- La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de
participación será objeto de subsanación por los licitadores, a requerimiento de los servicios de-
pendientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presen-
tado o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
B.- Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta
presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación
que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
C.- En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días, a contar desde el
siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación.
D.- Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano, o en su caso la mesa de con-
tratación entenderá que el licitador desiste de su oferta.
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8.8.- COMPROBACIÓN DE LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES RESPONSA-
BLES.
A.- Los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación podrán, en cual-
quier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre
las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
B.- El licitador deberá presentar la documentación requerida en un plazo máximo de
cinco días hábiles a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuada-
mente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta
y será excluido del procedimiento.
8.9.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DE ADJU-
DICACIÓN POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
A.- En virtud del art. 152 LCSP, en el caso en que el órgano de contratación desista del
procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el contrato para el cual se haya
efectuado la correspondiente convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores.
B.- La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento
podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. En estos casos se
compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en
que hubiesen incurrido en la forma prevista en el anuncio o en el pliego o, en su defecto, de
acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimo-
nial de la Administración, a través de los trámites del procedimiento administrativo común.
C.- Solo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones
de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse
una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la
decisión.
D.- El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsa-
nable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de ad-
judicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento
no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.
8.10.- CLASIFICACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICA-
CIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
A.- Una vez valoradas automáticamente las ofertas, el órgano de contratación clasificará
por orden decreciente las proposiciones presentadas, y realizará la correspondiente propuesta
de adjudicación. Posteriormente, requerirá al licitador que haya presentado la oferta más venta-
josa para que en, el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación electró-
nica, aporte la documentación que se relaciona a continuación:
1.- CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITA-
DORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO O EN EL REGISTRO
DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. La inscrip-
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ción deberá tener como límite la fecha final de presentación de proposiciones. Si no es-
tuviera inscrito (véase la observación anterior sobre la excepcional NO exigibilidad en
este procedimiento) deberá presentar:
— Si los licitadores fueran empresarios individuales, deberán acompañar foto-
copia debidamente legalizada del Documento Nacional de Identidad o del
documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
— Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, deberán acompañar
la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro
Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mer-
cantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de
obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de mo-
dificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las
que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro
público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 84.1 de la LCSP.
— En todo caso, los empresarios individuales y las personas jurídicas españo-
las deberán presentar fotocopia debidamente legalizada de la tarjeta de iden-
tificación fiscal.
— Cuando los licitadores sean empresarios no españoles que sean nacionales
de estados miembros de la Unión Europea, se estará a lo dispuesto en los
artículos 67 y 84.2 de la LCSP.
— La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se acreditará
en los términos exigidos en el artículo 68 y 84.3 de la LCSP.
2.- ACREDITACIÓN, EN SU CASO, DE LA REPRESENTACIÓN: Los que com-
parezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán fotocopia de poder bas-
tante al efecto y de su D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces (Art.140
de la LCSP). Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el
Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscrip-
ción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Regla-
mento del Registro Mercantil.
B.- Los servicios correspondientes del órgano de contratación, verificarán que el pro-
puesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos de
participación exigidos, y se solicitará al licitador propuesto o a los organismos correspondientes
la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.
C.- De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documenta-
ción indicada dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, pro-
cediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en
que hayan quedado clasificadas las ofertas.
D.- El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, en su caso, a pro-
puesta de la mesa de contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea ad-
misible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego.
E.- La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores por
medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, debiendo ser publicada en
el Perfil de Contratante en el plazo de 15 días. La notificación contendrá la información necesaria
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que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de
adjudicación.
9.- FORMALIZACIÓN Y PUBLICIDAD DEL CONTRATO.
A.- La formalización del contrato se realizará mediante la firma por el contratista de la
resolución de adjudicación, aunque podrá realizarse, si así lo estima oportuno el órgano de con-
tratación, un documento contractual expreso en los términos recogidos por la LCSP. En ningún
caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, que se producirá en el
plazo máximo de cinco días desde que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento.
B.- Si se tratara de una Unión Temporal de Empresas su representante deberá presentar
ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombra-
miento de representante con poder suficiente.
C.- La formalización del contrato se publicará en el Perfil de Contratante.
10.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
10.1.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN.
A.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este Pliego y
en el Pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpre-
tación diere al contratista el órgano de contratación.
B.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, de acuerdo
con los límites y responsabilidades establecidos en el artículo 197 de la LCSP.
C.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y
de las prestaciones y servicios o suministros realizados, así como de las consecuencias que se
deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados
o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
D.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen
a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP.
E.- En el caso de los suministros, el plazo y lugar de entrega será el consignado en el
presente Pliego o en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En todo caso la Administración con-
tratante se reserva el derecho de ordenar al contratista la modificación del calendario de plazos,
sin derecho a indemnización a favor del mismo.
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F.- El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su costa todo tipo de operaciones inhe-
rentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares ne-
cesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en
la composición de aquél, salvo que el Pliego de prescripciones técnicas establezca otra cosa.
G.- Si así se establece en el Pliego de prescripciones técnicas la firma adjudicataria lle-
vará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios
para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el
órgano de contratación.
H.- Si la Administración estima conveniente exigir un Programa de Trabajos, éste será
presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se
aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
I.- Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obli-
gado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos
efectos, reciba.
10.1.1.- Condiciones especiales de ejecución.
A.- Se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público:
TIPO: Consideraciones de tipo social o relativas al empleo.
Descripción:
 Garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de
trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y
territoriales aplicables.
TIPO: Medioambiental
Descripción:
 Promover la eficiencia energética y, en la medida de lo posible,
la utilización de fuentes de energía renovables.
B.- El incumplimiento por el contratista de las condiciones especiales de ejecución del
contrato podrá motivar la imposición de penalidades en los términos previstos en este Pliego,
pudiendo atribuirse a las mismas el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos
en el artículo 211.f) de la LCSP.
C.- Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de reso-
lución del contrato, el mismo podrá ser considerado, en los términos reglamentariamente esta-
blecidos, como infracción grave a los efectos previstos en el artículo 71.1.e) de la LCSP.
D.- En el supuesto de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del
contrato se aplicarán las penalidades previstas en LCSP que deberán ser proporcionales a la
gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del con-
trato. El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas de las
cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
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10.2.- FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.
A.- La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control del
órgano de contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para su fiel cumplimiento.
B.- La dirección e inspección de la ejecución del suministro que se contratan, así como
la comprobación de las características y calidades del mismo, se realizarán, sin perjuicio de las
recepciones oficiales que procedan, por las Unidades competentes del órgano de contratación
o, caso de haber sido designado, por el responsable del contrato, quien podrá dirigir instrucciones
al contratista, inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, acerca de los materiales emplea-
dos o del proceso de ejecución del suministro, pudiendo, en los casos que estime pertinente,
solicitar los asesoramientos técnicos de las o entidades más idóneas por su especialización.
C.- En el caso de que se estimasen incumplidas las prescripciones técnicas del contrato,
se darán por escrito al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las
faltas o defectos observados, haciendo constar en el escrito el plazo para subsanarlas y las ob-
servaciones que se estimen oportunas.
D.- Si existiese reclamación del contratista respecto de las observaciones formuladas por
el representante del órgano de contratación, éste la elevará, junto con su informe, al órgano de
contratación que resolverá sobre el particular.
E.- Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del represen-
tante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con las mismas es-
tando obligado a corregir los defectos observados.
10.3.- EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
A.- La ejecución defectuosa de cualquiera de las prestaciones del contrato definidas en
los Pliegos (entrega de prendas distintas o de calidad inferior a la establecida en Pliegos, falta
de atención a las comunicaciones de la Administración, etc.) dará lugar a las penalidades deta-
lladas en el presente Pliego o, en su caso, en el de Prescripciones Técnicas. En cualquier caso,
será de aplicación lo establecido en el artículo 192 de la LCSP.
B.- No obstante lo anterior, cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hu-
biere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Admi-
nistración podrá optar también, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del
contrato (art. 192.2 LCSP).
C.- El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas
de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista.
D.- El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la
realización del mismo, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubiesen señalado
para su ejecución sucesiva. La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa
por parte de la Administración.
E.- En caso de demora del contratista, por causas imputables al mismo, respecto al cum-
plimiento del plazo total, la Administración contratante podrá optar, atendidas las circunstancias
del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias.
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10.3.1.- Penalidades por demora.
A.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y
de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación.
B.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora
respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la re-
solución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias las previstas en el artículo
193.3 LCSP, de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
C.- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del
contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o
acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
D.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecu-
ción parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistin-
tamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
10.3.2.- Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la presta-
ción objeto del contrato.
A.- Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de cual-
quiera de las condiciones especiales de ejecución establecidas en este Pliego.
B.- Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se considere
que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no
resulta conveniente para el interés del servicio en cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la
penalización correspondiente.
C.- Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición de las
penalidades coercitivas del 5% del precio de adjudicación IVA excluido, por cada infracción y/o
día de incumplimiento de plazos en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión
de la infracción.
D.- El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas en la
cláusula 19 en materia de subcontratación, conllevará una penalización del 5 % del importe de
lo subcontratado, siendo su reiteración causa de resolución del contrato.
E.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus obligaciones
contractuales o su cumplimiento defectuoso, conllevará igualmente una multa coercitiva del 5 %
del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
F.- De acuerdo con el artículo 192.1.de la LCSP, las penalidades deberán ser proporcio-
nales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas no podrán ser supe-
riores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el
50 por cien del precio del contra-to.]
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G.- Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes de la obli-
gación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione
al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento.
H.- En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta,
la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya exis-
tido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener
en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario.
11.- OTRAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
11.1.- OBLIGACIONES LABORALES.
Además de los derechos y obligaciones generales derivados del régimen jurídico del
presente contrato, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones:
A.- Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente: El per-
sonal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá ex-
clusivamente de ésta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la
consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano con-
tratante. Así mismo, El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes
en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapaci-
dad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan
tanto en la normativa vigente como en los Pliegos que rigen la presente contratación.
B.- En cumplimiento del artículo 35.1 n) de la LCSP se establece la obligación de la
empresa contratista de cumplir durante todo el periodo de ejecución de contrato las normas y
condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación
C.- El contratista, en todo caso, deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos
laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos
adecuados, conforme al artículo 22.bis del Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención.
D.- En función de las prestaciones contratadas, deberá adecuarse la coordinación de
actividades empresariales que corresponda, conforme al Decreto 171/2004, de 30 de enero, por
el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Ries-
gos Laborales.
11.2.- OTRAS OBLIGACIONES.
A.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que
tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carác-
ter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo
respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con
el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia
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del contrato, el plazo de garantía y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los
términos del artículo 133 de la LCSP.
B.- El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los
trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización
escrita del órgano de contratación.
C.- El contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de
la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de
que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia
del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
D.- El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empre-
sarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los
secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
E.- A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos
de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al
margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
F.- El contratista y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan
obligados por lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por
el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y la normativa complementaria. Esta obligación
seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto.
G.- La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de
los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
H.- Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones: El contra-
tista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así
se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones estable-
cidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o
privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega al uso o servicio de las obras,
solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
I.- Obligaciones de transparencia: El contratista deberá suministrar a la entidad contra-
tante, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el
cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de la
Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana.
Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido aten-
dido, la entidad administrativa podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la
imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por períodos de quince
días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5 % del importe de
adjudicación, o del presupuesto de licitación en el caso de oferta por precios unitarios.
J.- La infracción de estos deberes por parte del contratista generará, además de respon-
sabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda
con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y
perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
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11.3.- TRIBUTOS.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación,
se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los
diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como
partida independiente de acuerdo con la legislación vigente.
12.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
12.1.- ENTREGA DEL OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de
acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la pres-
tación contratada.
A tal efecto, el contratista deberá realizar los trabajos relativos al objeto del contrato den-
tro del plazo estipulado en el mismo.
12.2.- CONFORMIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN.
Dentro del mes siguiente a la entrega del suministro, la Administración, si considera que
la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, procederá a la recepción de
conformidad. Si la prestación del contratista no reuniese las condiciones debidas se actuará de
acuerdo al artículo 311 de la LCSP.
12.3.- PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía se establece en un 1 AÑO a partir de la recepción del contrato de
conformidad. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en
el suministro efectuado, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la
subsanación de los mismos, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre las ob-
servaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Termi-
nado el plazo de garantía sin que la Administración haya formulado reparo alguno, el contratista
quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
13.- PAGO DEL PRECIO.
A.- El pago del suministro se efectuará una vez sea entregado y recibido de conformidad,
previa presentación de factura debidamente conformada, que podrá ser comprensiva de una o
varias entregas, y Acta de Recepción cuando proceda.
B.- Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según el siguiente
detalle:
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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Alcaldía.
ÓRGANO ADMINISTRATIVO CON COMPETENCIAS EN MATE-
RIA DE CONTABILIDAD PÚBLICA:
Intervención.
CÓDIGO DIR3: L04060015
OFICINA CONTABLE: Intervención.
ÓRGANO GESTOR: Intervención.
UNIDAD TRAMITADORA Secretaría Intervención
C.- El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de
30 días desde la fecha de la prestación. En el caso de suministros de tracto sucesivo las facturas
deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la entrega en el
periodo de que se trate.
D.- La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley
25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Con-
table de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto
General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo.
E.- Estarán exentas de dicha obligación las facturas cuyo importe total (IVA excluido) sea
igual o inferior a 5.000 euros, de acuerdo con el Reglamento municipal del Registro de Facturas
Electrónicas.
F.- Por otra parte, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la
conformidad con lo dispuesto en el contrato de los suministros entregados dentro de los treinta
días siguientes a la entrega efectiva de los bienes.
G.- Si en la financiación de este contrato participan dos o más departamentos de la Ad-
ministración de la Comunidad Autónoma o está cofinanciado por otras Entidades u Organismos,
al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el
trabajo ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en el apartado
correspondiente del presente Pliego.
H.- Podrán realizarse valoraciones parciales por suministros o trabajos efectuados antes
de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del con-
tratista y sean autorizados por el órgano de contratación.
I.- Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante precios unitarios, se
podrá incrementar el número de unidades a suministrar hasta el porcentaje del 10 por ciento del
precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación,
siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación en el expediente originario del
contrato.
14.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO.
A.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el con-
tratista a un tercero en los términos y condiciones establecidos en el artículo 214 de la LCSP, y
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siempre y cuando las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón deter-
minante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la
competencia en el mercado.
B.- Es requisito indispensable el cumplimiento de los límites y los requisitos del apartado
segundo del artículo 214 de la LCSP.
C.- El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en
los términos regulados en el artículo 215 LCSP.
D.- Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto
subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de los subcontratistas a
los que vaya a encomendar su realización.
E.- Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas
en el artículo 215.2 de la LCSP será de aplicación los previsto en al apartado tercero del men-
cionado artículo.
15.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
15.1.- MODIFICACIÓN.
A.- Sin perjuicio de los supuestos previstos en la LCSP respecto a la sucesión en la
persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecu-
ción, los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público.
Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato que se acuerden de confor-
midad con lo establecido en el artículo 203 de la LCSP.
B.- Los contratos administrativos celebrados por los órganos de contratación solo podrán
modificarse durante la vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1.- Cuando así se haya previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Parti-
culares, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 204.
2.- Excepcionalmente, cuando sea necesario realizar una modificación que no esté
prevista en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, siempre y cuando
se cumplan las condiciones que establece el artículo 205.
C.- A efectos de lo preceptuado en el artículo 204 LCSP, se establecen las siguientes
condiciones concretas de modificación del contrato:
— CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se pro-
duzca la modificación): En los contratos en los cuales el empresario se obligue a
entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el
número total de entregas se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar
subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, en el caso de que,
dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las
estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación antes de
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que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin
el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades.
— ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los
que afectará): Todas las unidades incluidas en el contrato que, previo informe de los
servicios técnicos del órgano de contratación que justifiquen la necesidad de un au-
mento de suministro.
— CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para
determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…): Los
precios serán los mismos que los ofertados en el contrato original y los plazos de
entrega se fijarán de mutuo acuerdo; si éste no se alcanzara será como máximo de
un 30 por ciento del plazo original.
— PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE COMO
MÁXIMO PUEDAN AFECTAR: 20 por ciento del precio de adjudicación del contrato
como máximo.
D.- Cuando, como consecuencia de modificaciones del contrato de servicios acordadas
conforme a lo establecido en el artículo 203 y el artículo 205 de la LCSP, se produzca aumento,
reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el servicio o la sustitución de unos
bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificacio-
nes serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o
reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.
E.- Por otra parte, ni el responsable del contrato ni el contratista podrán introducir u or-
denar modificaciones en el contrato que no estén debidamente autorizadas.
F.- Las modificaciones no podrán suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios
no previstos en el contrato.
G.- Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo establecido en
el artículo 153 de la LCSP.
15.2.- RESOLUCIÓN.
A.- Son causas de resolución del contrato las estipuladas en los artículos 192 y 211 de
la LCSP, con los efectos previstos en su artículo 313.
B.- La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los
artículos 211 y 212 de la LCSP y, específicamente, para el contrato de suministro en el artículo
306 de dicho texto legal.
16.- RÉGIMEN DE RECURSOS.
Contra el acto de aprobación de este Pliego podrá interponerse Recurso de reposición
ante el órgano que consta en la Cláusula 2ª de este Pliego en el apartado “Denominación del
órgano de contratación” y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
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publicación en el perfil de contratante, y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos
112 y siguientes de la Ley 39/2015. Alternativamente al recurso de reposición podrá interponerse
recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
******************
DILIGENCIA: El presente Pliego fue aprobado con fecha 30/07/2019 mediante:
☒ Resolución de Alcaldía.
☐ Acuerdo de la Junta Vecinal.
EL SECRETARIO INTERVENTOR. – Francisco Jesús Rozano Alba.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
(Fecha y código de verificación en los márgenes
del presente documento)
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ANEXO II
Instrucciones para la licitación electrónica.
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones de forma electrónica, y para ello
tendrán que seguir el siguiente procedimiento:
1.- Verificar que el ordenador que se va a utilizar para la licitación electrónica cumple
con los requisitos mínimos exigidos. Para ello, pueden acceder al siguiente enlace:
http://soporte.plyca.es/checklist/
2.- Para registrarse en la Plataforma de Licitación de la Diputación de Badajoz deben
identificarse en el Portal accediendo a la opción indicada en la parte superior de la pantalla
"Acceda a más información con su certificado digital", empleando para ello un certifi-
cado digital válido. La lista de prestadores de servicios de certificación la puede encontrar
en la siguiente dirección:
https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.es/prestadores/
Para ello puede comprobar la validez de su certificado en la siguiente dirección:
https://valide.redsara.es/valide/validarCertificado/ejecutar.html
Recuerde que en caso de tener importado el certificado en su navegador, deberá
tenerlo con la clave pública (.pfx) y con la clave privada (.cer)) en todos los navegadores
desde los que trabaje.
Si tiene DNI electrónico, los pasos a seguir son idénticos solo que en lugar de
tener el certificado digital importado en su navegador, deberá disponer de un lector de
tarjetas inteligentes que cumpla el estándar ISO-7816.
Posteriormente, deberá pulsar en la opción de menú "Empresas/Mi empresa".
Se le remitirá a una página en la que se le indica que para poder participar en cualquier
procedimiento de contratación como interesado, licitador, adjudicatario o contratista por
medios telemáticos, deberá estar dado de alta en la plataforma. A continuación, pulsar en
"Continuar".
Se mostrarán los datos del usuario conectado, debiendo cumplimentar el campo
"Email" y pulsar "Actualizar email". Se le abrirá una nueva página indicándole que el pro-
ceso de validación está en curso. Se le habrá enviado un correo electrónico a la dirección
indicada para que siga las instrucciones en él descritas para completar el proceso.
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Adquisición e instalación de faro-
las para alumbrado público.
Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194
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AYUNTAMIENTO DE
HERNÁN CORTÉS
Tenga en cuenta que la recepción del correo de confirmación podría no ser in-
mediata, compruebe la bandeja de correo no deseado (spam) si este no aparece en un
tiempo razonable. Después, pulse "Aceptar".
En el correo que reciba, deberá pinchar sobre el enlace resaltado en rojo para
confirmar el proceso.
3.- Para darse de alta como licitador, una vez registrado en el Portal, deberá acceder al
apartado “Empresas/Mi empresa”. Desde esta página podrá darse de alta como licitador
en la plataforma, así como consultar los distintos trámites de alta iniciados.
Si desea darse de alta como licitador pulse en "Trámite alta". Para consultar el
listado de los trámites que tiene disponible pulse en "Mis trámites".
En su caso deberá elegir la opción "Trámite alta". En el formulario al que se le
remite, deberá cumplimentar los datos obligatorios de: Tipo Empresa; Tipo Documento;
CIF/NIF, y pulsar "Aceptar".
En la siguiente pantalla deberá descargarse la solicitud de inscripción, guardán-
dola en su disco local con extensión PDF. En dicha solicitud observará que se habrán vol-
cado los datos que usted cumplimentó en la pantalla anterior. Estos datos ya no serán
editables, es decir, no podrá modificarlos en el PDF que usted se haya descargado.
Deberá cumplimentar el resto de información de carácter obligatorio teniendo en
cuenta que en el apartado de “DATOS DE LOS APODERADOS” deberán incluir los datos
de los representantes / apoderados de su empresa que dispongan de un certificado digital
válido, y a posteriori firmar la solicitud desde el apartado "Firma digital del Represen-
tante".
Únicamente los apoderados registrados en el formulario o los representantes au-
torizados por estos, podrán realizar gestiones en nombre de la empresa. Es necesario que
dichos apoderados y representantes dispongan de un certificado digital valido.
Una vez cumplimentado y firmado el documento, anexar la solicitud de inscrip-
ción desde el botón "Anexar fichero". Si al anexar el fichero en el Portal le aparece un
error indicándole que "Integridad de la firma no válida", pruebe a descargarse de nuevo la
solicitud, cumplimentarla y firmarla desde Valide; URL: https://valide.redsara.es o descar-
gándose la utilidad AutoFirma (http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html)
a) Diríjase al apartado "Realizar Firma".
b) Pulsar el botón "Firmar".
c) Seleccione la solicitud de inscripción ya cumplimentada.
d) Seleccione el certificado digital cuando se lo solicite.
e) Espere a que aparezca en pantalla "Fichero firmado correctamente”
Una vez registrada su empresa en la Plataforma de Licitación, debe identificarse
de nuevo en la opción indicada en la parte superior de la pantalla "Acceda a más infor-
mación con su certificado digital", y acceder al menú "Cambiar representación...". Se-
leccionar la empresa en representación de la cual se actúa y pulsar "Aceptar", tardará
Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/
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unos 5 minutos en poder seleccionar a la empresa. Este es el tiempo que tarda en trami-
tarse en el sistema de gestión.
4.- Para dar de alta a otros representantes, acceder a la opción de menú "Mi empresa" y
dirigirse a la opción "Si desea gestionar los usuarios que podrá acceder a la plataforma
para participar en los procesos de licitación representando a su empresa pulse Ges-
tión de apoderados", y añadir a las personas necesarias (recuerde incluir los datos de
DNI/CIF, tal y como aparecen en sus certificados).
5.- Suscripción a Notificaciones telemáticas. La Diputación de Badajoz pone a disposición
un sistema de notificaciones telemáticas a los interesados que estén registrados y que ad-
mitan de forma expresa dicho medio de notificación, mediante suscripción.
La suscripción al sistema de notificaciones se realiza de forma automática en el momento
de darse de alta como licitador.
Desde la opción de “Mis Expedientes” del menú de empresas, un usuario re-
gistrado, tendrá acceso al buzón de comunicaciones y notificaciones recibidas para su em-
presa.
Para poder acceder a las notificaciones, será necesario tener instalado el soft-
ware de notificaciones. La aplicación se descargará e instalará de forma automática
cuando se requiera al realizar la apertura de la notificación.
6.- Para presentar ofertas electrónicas, acceda al apartado de Últimos Anuncios/Anuncios
de licitación de la Plataforma de Licitación y acceda al expediente para el cuál desea licitar
pinchando en él, y en el "Historial de Publicaciones", pinchar en el enlace que indica "Pre-
sentación de ofertas" y descargarse el sobre electrónico para la presentación de ofertas.
Si tiene correctamente instalado el software PLYCA-Empresas, se abrirá la apli-
cación que le permitirá cumplimentar la oferta, guiándole a través de los distintos pasos a
seguir.
NOTA (1): En caso de que, por razones técnicas de comunicación, no impu-
tables al licitador, no pudiese hacerse efectiva la entrega de la proposición mediante
el canal electrónico, el software PLYCA Empresas, genera un código específico de verifi-
cación (HASH) “huella digital” que se muestra en pantalla, antes de realizar el envío. Este
código deberá ser remitido por los medios alternativos previstos en el presente pliego, dentro
del plazo de presentación de ofertas.
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Doc20190801143948 138454-pliegode clausulasadministrativasparticulares
Doc20190801143948 138454-pliegode clausulasadministrativasparticulares
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Doc20190801143948 138454-pliegode clausulasadministrativasparticulares

  • 1. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 1 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ LA LICITACIÓN PARA ADJUDICAR EL CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO DE FAROLAS PARA ALUMBRADO PÚBLICO Y OBRAS DE INSTALACIÓN DE LAS MISMAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO. ÍNDICE. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.......................................... 3 1.1.- RÉGIMEN JURÍDICO.............................................................................................................................. 3 1.2.- OBJETO DEL CONTRATO. ................................................................................................................... 4 1.2.1.- Objeto y necesidades administrativas a cubrir.......................................................................... 4 1.2.2.- División por lotes (en su caso). ................................................................................................ 4 1.2.3.- Determinación de si se trata de contrato reservado. ................................................................ 5 2.- ÓRG. DE CONTRATACIÓN. RESPONS. CONTRATO. ÓRG. CONTABILIDAD PÚBL....... 5 3.- PRESUP. BASE DE LICITACION. VALOR ESTIMADO. PRECIO DEL CONTRATO. ......... 6 3.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN................................................................................................ 6 3.2.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. .................................................................................................. 6 3.3.- PRECIO DEL CONTRATO. .................................................................................................................... 6 3.3.1.- Revisión de precios.................................................................................................................. 7 4.- FINANCIACIÓN. ...................................................................................................................... 7 4.1.- RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN............................................................................................................... 7 4.2.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. ANUALIDADES (EN SU CASO). ............................................ 7 4.3.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.................................................................................................................... 7 5.- DURACIÓN DEL CONTRATO Y LUGAR DE EJECUCIÓN. MANTENIMIENTO.................. 7 5.1.- PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO. ................................................................... 7 5.2.- PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO............................................................................................. 8 5.3.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO. ........................................................................................... 8 5.4.- MANTENIMIENTO DEL SUMINISTRO. .................................................................................................. 8 6.- PUBLICIDAD Y NOTIFICACIONES........................................................................................ 8 6.1.- PERFIL DE CONTRATANTE.................................................................................................................. 8 6.2.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. .................................................................................................... 9 6.3.- INFORMACIÓN A LOS LICITADORES. ................................................................................................. 9 7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. .................................................................................. 9 8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE...................................................................................... 10 8.1.- ANUNCIO DE LICITACIÓN. ................................................................................................................. 10 8.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN......................................................................................................... 10 8.3.- GARANTÍA PROVISIONAL. ................................................................................................................. 10 8.4.- GARANTÍA DEFINITIVA. CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN. ............................................................. 11 8.5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. .................................... 11 8.5.1.- Plazo de presentación............................................................................................................ 11 8.5.2.- Forma de presentación. ......................................................................................................... 11 8.5.3.- Notificaciones y comunicaciones............................................................................................ 12 8.5.4.- Contenido de las proposiciones. ............................................................................................ 12 Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página1de36 FranciscoJesúsRozanoAlba(1de1) SecretarioInterventor FechaFirma:01/08/2019 HASH:d5ea6ddbfd7ce2f493944daca3594210
  • 2. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 2 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 8.5.4.1.- Sobre electr. “CRITERIOS CUANTIFICABLES FÓRMULAS MATEMÁTICAS”....... 13 8.5.5.- Justificante de entrega de las proposiciones.......................................................................... 14 8.6.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES........................................................................... 14 8.6.1.- Resolución de desempates.................................................................................................... 14 8.6.2.- Ofertas anormalmente bajas.................................................................................................. 15 8.7.- SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS. .................................................................................................. 15 8.8.- COMPROBACIÓN DE LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES RESPONSABLES. ................. 16 8.9.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. ............................................................................................................ 16 8.10.- CLASIF. DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN CONTRATO Y NOTIF. DE LA ADJUDICACIÓN.............. 16 9.- FORMALIZACIÓN Y PUBLICIDAD DEL CONTRATO. ....................................................... 18 10.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO........................................................................................... 18 10.1.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN........................................................................................................ 18 10.1.1.- Condiciones especiales de ejecución................................................................................... 19 10.2.- FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. ................................... 20 10.3.- EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y PENALIDADES ADMINISTRATIVAS. .............................................. 20 10.3.1.- Penalidades por demora. ..................................................................................................... 21 10.3.2.- Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación. .................... 21 11.- OTRAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES...................................................................... 22 11.1.- OBLIGACIONES LABORALES.......................................................................................................... 22 11.2.- OTRAS OBLIGACIONES. .................................................................................................................. 22 11.3.- TRIBUTOS.......................................................................................................................................... 24 12.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.................................................................................... 24 12.1.- ENTREGA DEL OBJETO DEL CONTRATO. ..................................................................................... 24 12.2.- CONFORMIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN...................................................................................... 24 12.3.- PLAZO DE GARANTÍA....................................................................................................................... 24 13.- PAGO DEL PRECIO............................................................................................................ 24 14.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO.............................. 25 15.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. ....................................................... 26 15.1.- MODIFICACIÓN.................................................................................................................................. 26 15.2.- RESOLUCIÓN. ................................................................................................................................... 27 16.- RÉGIMEN DE RECURSOS................................................................................................. 27 ANEXO I...................................................................................................................................... 29 ANEXO II..................................................................................................................................... 30 ANEXO III.................................................................................................................................... 33 Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página2de36
  • 3. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 3 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 1.- OBJETO DEL CONTRATO. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. 1.1.- RÉGIMEN JURÍDICO. A.- El contrato a que se refiere el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Con- sejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP); con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las nor- mas de derecho privado. B.- En concreto, la adjudicación se realizará mediante el procedimiento abierto simplifi- cado, en su modalidad abreviada, a la que le será de aplicación el artículo 159, apartado sexto, de la LCSP, en todo lo no previsto en dicho apartado, por la regulación general del procedimiento abierto simplificado y en lo no previsto por éste último, la del procedimiento abierto en general. C.- De conformidad con la Disposición adicional 25ª de la LCSP, los contratos que impli- quen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Or- gánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y la normativa complementaria. D.- El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Téc- nicas Particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente Pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. E.- Queda prohibida toda negociación de los términos del contrato con las licitadoras. En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera del resto de los documentos contrac- tuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. F.- El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas G.- El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en los artículos 190 y 191 de la LCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En los procedimientos que se instruyan, para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato de- berá darse audiencia al contratista y solicitar previo informe del Servicio Jurídico correspondiente, salvo en los casos previstos en los artículos 109 y 195. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página3de36
  • 4. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 4 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS H.- El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato. No cabe la interposición de recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Especial de Recursos Contractuales. I.- Todos los plazos establecidos en este Pliego, salvo que en el mismo se indique que son de días hábiles, se entenderán referidos a días naturales. J.- Este contrato NO es susceptible de recurso especial en materia de contratación (ar- tículo 44 LCSP). Por último, el presente se trata de un contrato mixto, de acuerdo con lo establecido por el artículo 18 LCSP, considerándose que las prestaciones no son separables, al estar totalmente relacionadas entre sí, tramitándose, según lo señalado en el punto 1. 1º de dicho precepto, por las normas aplicables al contrato de suministros, al ser la prestación principal. 1.2.- OBJETO DEL CONTRATO. 1.2.1.- Objeto y necesidades administrativas a cubrir. El objeto del contrato regulado en el presente Pliego es el que más abajo se señala, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en su caso, las modificaciones del mismo que puedan acordarse. Objeto: Adquisición e instalación de farolas para alumbrado público. CPV: 34928510 Farolas para el alumbrado de calles Necesidades Administrativas a satisfacer: Suministro de farolas para la mejora y adecuación del servicio de alumbrado público 1.2.2.- División por lotes (en su caso). LOTES - JUSTIFICACIÓN EN CASO DE QUE NO SE ESTABLEZCAN NO SE ESTABLECEN, debido a que El hecho de que la obra necesaria lo sea exclusivamente para la instalación de las farolas hace que la realización independiente de las diversas prestaciones com- prendidasenelobjetodelcontratodificultaralacorrectaejecucióndelmismodesdeelpuntodevistatécnico, ya que resulta un tanto absurdo que las empresas que suministren las farolas y las que las instalen sean distintas, dándose además el caso de que habría que coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes yejecución por una pluralidad de contratis- tas diferentes, lo que se hace constar a efectos del artículo 99 LCSP. Posibilidad de licitar por Lotes: ☐ SÍ. ☒ NO. Posibilidad de licitar por sublotes / partidas ☐ SÍ. ☒ NO. Limitaciones en lotes: ☐ SÍ ☐ NO. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página4de36
  • 5. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 5 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS Limitaciones en los lotes (en su caso): No procede. 1.2.3.- Determinación de si se trata de contrato reservado. ☒ NO. ☐ SÍ En caso de ser reservado: ☐ Centros especiales de empleo. ☐ Centros de Inserción Social. ☐ Otros (especificar) 2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. RESPONSABLE DEL CONTRATO. ÓRGANO CON COMPETENCIAS EN MATERÍA DE CONTABILIDAD PÚBLICA ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: Ayuntamiento de Hernán Cortés ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y DESTINATARIO DEL OBJETO DEL CONTRATO. Denominación del órgano de contratación: Alcaldía. Dirección Postal: Plaza de la Hispanidad 1- 06412 Hernán Cortés BADAJOZ. Correo electrónico: ayuntamiento@hernancortes.es Responsable del contrato (Unidad de segui- miento y control del contrato): Vocal del servicio de Vías y Obras. A.- El órgano de contratación difundirá a través de su perfil del contratante cualquiera de los datos e informaciones referentes a su actividad contractual que se mencionan en el art. 63 LCSP. B.- De conformidad con lo previsto en el artículo 62 de LCSP, al responsable del contrato le corresponde supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones nece- sarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades se le atribuyan. C.- El órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública será la Secretaría Intervención del Ayuntamiento. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página5de36
  • 6. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 6 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACION. VALOR ESTIMADO. PRE- CIO DEL CONTRATO. 3.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. Importe: 38.332,80 € Pago mediante entrega de bienes: ☐ SÍ. ☒ NO. Sistema de determinación del precio: Estimaciones teniendo en cuenta los precios habi- tuales en el mercado. A.- El presupuesto base de licitación será el límite máximo de gastos que pueda com- prometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Será adecuado a los precios del mercado y su importe es el señalado como máximo en el presente apartado, conforme al desglose indicado en el ANEXO I. En caso de que se indique que el sistema de determinación del precio sea por precios unitarios y las prestaciones estén subordinadas a las necesidades de la Administración, el presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo. B.- Si el sistema de determinación es el de precios unitarios, los precios máximos unita- rios de licitación, IVA excluido, serán los establecidos en dicho ANEXO I. 3.2.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. IMPORTE IVA TOTAL 31.680,00 € 6.652,80 € 38.332,80 € El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 101 de la LCSP, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse. En él se han considerado, sin incluir el IVA, además de los costes derivados de la aplicación de las normativas vigente, otros costes que se deriven de la ejecución material, gastos generales de estructura y el beneficio industrial, además de las eventuales pró- rrogas de este contrato. 3.3.- PRECIO DEL CONTRATO. A.- El órgano de contratación no está obligado a agotar la totalidad del presupuesto má- ximo, quedando limitado el gasto real al suministro efectivamente realizado. B.- Las ofertas de los licitadores deberán ser iguales o inferiores al presupuesto base de licitación del contrato, y no serán, caso contrario, admitidas a la licitación. C.- El sistema de determinación del precio aplicable a este contrato, es el que se formula en los términos establecidos en el artículo 102.4 del LCSP (a tanto alzado a la totalidad). D.- El contrato, por razón de su cuantía, no está sujeto a regulación armonizada. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página6de36
  • 8. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 8 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS Prórroga: ☐ SÍ. ☒ NO. Plazo de preaviso: ☐ General. ☐ Específico. Duración de prórroga (en su caso): ______ ☐ Días. ☐ Meses. A.- El plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual. B.- El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación prevista en el presente apartado, que no podrá ser inferior al plazo general de dos meses res- pecto de la finalización del plazo de duración del contrato. 5.2.- PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO. ☐ Días. ☒ Meses (2). ☐ Otro (especificar): 5.3.- LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO. ☐ Almacén municipal ☒ Otro (especificar): Lugar de instalación o el que se indique al contratista dentro de la población. En cualquier caso, ver Pliego de Prescripciones Técnicas. 5.4.- MANTENIMIENTO DEL SUMINISTRO. ☒ Sí Plazo: 1 año ☐ NO. 6.- PUBLICIDAD Y NOTIFICACIONES. 6.1.- PERFIL DE CONTRATANTE. A.- La forma de acceso público al perfil del contratante será por la Plataforma de Contra- tación del sector público (https://contrataciondelestado.es). B.- En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la información relativa a este contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP. Asimismo, se publicarán en el perfil del contratante las respuestas a las solicitudes de aclaración al PCAP o al resto de la documentación cuando en él se haya atribuido carácter vinculante a las mismas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138.3 de la LCSP. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página8de36
  • 9. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 9 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 6.2.- NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. A.- Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practica- rán de manera electrónica. Por tanto, los licitadores deberán contar con sistemas de firma elec- trónica reconocida avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger las en la sede electrónica de este Ayuntamiento, http://her- nancortes.sedelectronica.es. B.- En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento. C.- Con los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, tras el acceso al contenido de la notificación, ésta se entenderá por practicada. Si transcurren diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda al contenido de la misma, se tendrá por rechazada. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LCSP relativo al cómputo de plazos. En base a ello, los plazos a contar desde la notificación se computarán desde la fecha de envío de la misma, siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil de contratante del órgano de contratación. D.- En caso contrario, los plazos se computarán desde la recepción de la notificación por el interesado. No obstante, el requisito de publicidad en el perfil de contratante no resultará apli- cable a las notificaciones practicadas con motivo del procedimiento de recurso especial por los órganos competentes para su resolución, computándose los plazos desde la fecha de envío de la misma. 6.3.- INFORMACIÓN A LOS LICITADORES. Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación. 7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES. A.- Podrán concurrir a la licitación de este contrato, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 68 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 71 de la LCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones ni tampoco cuando se proceda a la adjudicación del contrato. B.- Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestacio- nes estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de su actividad a tenor de lo que dispongan sus estatutos o reglas fundacionales. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página9de36
  • 10. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 10 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS C.- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar su aptitud para contratar mediante la presentación del informe previsto en el artículo 68 de la LCSP y las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea (o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo) deberán sujetarse a lo dis- puesto en el artículo 67 de la LCSP. D.- Las uniones temporales de empresarios deberán atenerse a lo establecido en el ar- tículo 69 de la LCSP. E.- De conformidad con el artículo 159.6.b de la LCSP se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, sin perjuicio de que la tengan y así lo expresen en la declaración responsable que deberán cumplimentar. F.- De conformidad con el artículo 159.6 b) de la LCSP, los licitadores están exentos de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. 8.- TRAMITACION DEL EXPEDIENTE. 8.1.- ANUNCIO DE LICITACIÓN. Según la regulación establecida en el artículo 159.2 LCSP, el anuncio de licitación para la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas se publicará en el Perfil del Con- tratante del órgano de contratación (https://contrataciondelestado.es). Toda la documentación necesaria para la presentación de la oferta tiene que estar disponible por medios electrónicos desde el día la publicación de dicho anuncio. 8.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Los criterios de adjudicación de las propuestas cuantificable/s exclusivamente mediante la mera aplicación de fórmulas son los siguientes: 1.- Oferta económica: Se aplicará el criterio de proporcionalidad. Fórmula a aplicar = (50*(Omin. / Olic.)) Siendo:  Omin: oferta económica más ventajosa (precio más bajo).  Olic.: oferta económica del licitador a valorar. Hasta 50 2.- Ampliación del plazo de garantía / mantenimiento sobre el exigido en el Pliego 1 punto por cada mes completo, despreciando las fracciones Hasta 24 8.3.- GARANTÍA PROVISIONAL. No procede, de conformidad con el artículo 106 de la LCSP. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página10de36
  • 11. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 11 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 8.4.- GARANTÍA DEFINITIVA. CONSTITUCIÓN Y DEVOLUCIÓN. No requerida según el artículo 159.6 LCSP. 8.5.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. 8.5.1.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de proposiciones será de 15 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Perfil de Contratante. No se admitirán proposiciones que no estén presentadas en dicho plazo. 8.5.2.- Forma de presentación. A.- En aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional 15ª de la LCSP, la pre- sentación de ofertas se realizará exclusivamente de forma electrónica, dentro del plazo habilitado al efecto, y a través de la Plataforma de Licitación Electrónica LOCAL de la Diputación, cuyo enlace es el siguiente: https://licitacionmunicipios.dip-badajoz.es/licitacion/UltimosExpte.do B.- Para ello, con carácter previo a la presentación de una oferta, deberán estar dados de alta en el Portal. El alta se efectúa igualmente a través de la Plataforma de Licitación. En dicha Plataforma los licitadores disponen de un enlace (Ayuda PLYCA-Empresas) donde disponen de una extensa información sobre el funcionamiento de los siguientes servicios: — Alta en la Plataforma. — Sobres Electrónicos. — Notificaciones Telemáticas. C.- En caso de que, por razones técnicas de comunicación no imputables al licitador, no pudiese hacer efectiva la entrega de la proposición mediante el canal electrónico, el software genera un código específico de verificación (huella electrónica) que se almacena en un docu- mento junto con el sobre electrónico, antes de realizar el envío. Para que la oferta sea admitida, este documento con la Huella Electrónica de la oferta, deberá ser remitido por los siguientes medios alternativos: — Por correo electrónico, a contratación@dip-badajoz.es. — Por fax, al siguiente número: 924212449. D.- La Huella Electrónica deberá remitirse por dichos medios dentro del plazo de licitación establecido. Posteriormente, dentro de las 24 horas siguientes debe hacerse entrega del sobre electrónico generado, por los siguientes medios: — Por correo electrónico, a contratación@dip-badajoz.es — Directamente en el Registro de la Diputación de Badajoz (Servicio de Contrata- ción Centralizada). Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página11de36
  • 12. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 12 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS E.- En el ANEXO II de este Pliego se recoge mayor información sobre el proceso de Alta y sobre el proceso de cumplimentación y envío de Sobres Electrónicos. No obstante, si la em- presa tuviera cualquier incidencia de carácter tecnológica a la hora de tramitar el Alta de la Em- presa o de cumplimentar el Sobre Electrónico deberá reportarse por correo electrónico a la siguiente dirección: soporte.empresas@plyca.es 8.5.3.- Notificaciones y comunicaciones. A.- En cuanto a las notificaciones y comunicaciones relativas al presente expediente (subsanación de ofertas, solicitud de aclaraciones, requerimientos de documentación, notifica- ciones, etc.) se efectuarán, igualmente de forma electrónica, a través de tres pasos: 1.- Puesta a Disposición del Destinatario (en el correo electrónico indicado por el propio licitador en el momento de efectuar el Alta en el Portal) 2.- Aceptación mediante firma electrónica por el destinatario. 3.- Acceso al contenido de la notificación: una vez aceptadas, se accederá (me- diante comparecencia electrónica) al contenido de la misma. B.- La suscripción al procedimiento de "Notificaciones Electrónicas" se efectúa automá- ticamente al darse de alta en la Plataforma. C.- Los plazos empezarán a contar desde el aviso de notificación (si el acto objeto de la notificación se publica el mismo día en el Perfil del Contratante) o desde la recepción de la noti- ficación (si el acto no se publica el mismo día en el Perfil del Contratante). D.- Transcurridos 10 días naturales desde la Puesta a Disposición de la notificación, si el destinatario no la acepta o rechaza, se considerará expirada y se dará por cumplido formal- mente el trámite de notificación. E.- Los certificados de envíos y entrega de notificaciones quedan almacenados en el sistema de forma automática desde el momento de puesta a disposición de las mismas, con plenas garantías jurídicas. F.- Conforme a la Disposición Adicional décimo quinta de la LCSP podrá utilizarse la comunicación oral para comunicaciones distintas de las relativas a los elementos esenciales de un procedimiento de contratación, siempre que el contenido de la comunicación oral esté sufi- cientemente documentado. A este respecto, los elementos esenciales de un procedimiento de contratación incluyen: los pliegos de la contratación, las solicitudes de participación y las ofertas. En particular, las comunicaciones orales con los licitadores que puedan incidir sustancialmente en el contenido y la evaluación de las ofertas estarán documentadas de modo suficiente y a través de los medios adecuados, tales como los archivos o resúmenes escritos o sonoros de los principales elementos de la comunicación. 8.5.4.- Contenido de las proposiciones. A.- Las proposiciones se ajustarán al contenido del Sobre Electrónico que, a tal efecto, ha sido diseñado para el presente expediente, y cuyo acceso se realiza a través de la Plataforma de Licitación Electrónica de las Entidades locales de la Diputación Provincial de Badajoz, en la forma prevista en el presente Pliego. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página12de36
  • 13. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 13 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS B.- El límite en cuanto al tamaño de los archivos a incluir en un Sobre Electrónico es el siguiente: — En caso de que se firmen electrónicamente, el límite es de 8MB por archivo. — Si no se requiere firma electrónica del archivo, el límite es de 30MB. C.- El tamaño máximo del total de los archivos será 140 MB, de forma que el Sobre Electrónico no podrá superar dicho límite. D.- La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incon- dicionada de las cláusulas o condiciones de los Pliegos, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. E.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisión de variantes en su caso. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. F.- A efectos de licitación, a través de la Plataforma de Licitación se presentará UNA SOLA OFERTA ELECTRÓNICA (comprensiva de todos los lotes a los que se licite). Mientras está abierto el plazo de presentación de ofertas, los licitadores podrán presentar cuantas ofertas estimen oportunas, rectificando la anterior. A efectos de licitación la única oferta que se tendrá en cuenta será la última presentada, de forma que las anteriores se tendrán por no presentadas. 8.5.4.1.- Contenido sobre electrónico “CRITERIOS CUANTIFICABLES ME- DIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS”. A.- En este sobre se incluirá únicamente la proposición relativa a criterios cuantificables de forma automática, debidamente firmada. No se aceptarán aquellas proposiciones que conten- gan omisiones o errores que impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta. B.- Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese cualquiera de los precios unitarios máximos de licitación, variase sustancial- mente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. C.- La proposición deberá ser presentado por el empresario individual o por la persona que, en representación de persona jurídica, ostente los poderes suficientes a tales efectos. D.- En la oferta económica se entenderán incluidos los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del I.V.A., que figurará en cuantía aparte (en caso de no figurar separado el importe correspondiente al I.V.A., a la hora de valorar la oferta, se entenderá que el precio no incluye I.V.A.). E.- Concretamente se incluirán en el Sobre los siguientes archivos: Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página13de36
  • 14. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 14 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS — Oferta en formato PDF, conforme al modelo previsto en el Anexo III. — Oferta en formato .xlsx. Este documento es generado por la propia Plataforma al cumplimentar el Sobre Electrónico. En este caso, a la hora de introducir la oferta económica, deberá especificarse el importe sin IVA, señalándose en el campo “Comentarios” el porcentaje de IVA aplicable. F.- Los importes y demás condiciones ofertadas deberán ser iguales en ambos formatos. G.- Todos los documentos deberán ir firmados mediante firma electrónica reconocida. H.- Conforme a lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administra- ciones Públicas, los documentos se presentarán en castellano. 8.5.5.- Justificante de entrega de las proposiciones. A.- El envío del Sobre Electrónico se efectúa a través de la Plataforma de Licitación Electrónica en dos fases: 1.- En primer lugar, se envía la Huella Electrónica del sobre generado 2.- En segundo lugar, se envía el contenido del Sobre propiamente dicho B.- Tras el envío de la Huella Electrónica, el sistema generará automáticamente el justi- ficante de entrega, que podrá descargarse el licitador en su equipo informático. 8.6.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES. A.- De conformidad con el art. 159.6 de la LCSP no se efectuará acto público de apertura de proposiciones, toda vez que el sistema acredita que la apertura de las proposiciones no se efectúa hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las sesiones que celebre la Mesa de Contratación, (si éste se constituyera) a afectos de selección de la mejor oferta. A estos efectos, no se constituye dicha Mesa. B.- Las ofertas se valorarán, de forma automática mediante dispositivos informáticos, atendiendo a los criterios establecidos en este Pliego. C.- El resultado de los actos de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publi- cará en la Plataforma de Contratación del Sector Público y será notificada a los licitadores. La comunicación a los interesados se efectuará mediante notificación por medios electrónicos. D.- Las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el mo- mento en que se notifique la adjudicación del contrato. 8.6.1.- Resolución de desempates. A.- En caso de empate, se estará a los criterios establecidos en el artículo 147 de la LCSP, que se irán aplicando por el orden establecido en dicho artículo. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página14de36
  • 15. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 15 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS B.- La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el pre- sente apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. 8.6.2.- Ofertas anormalmente bajas A.- Los parámetros para determinar el carácter anormalmente bajo de una oferta en su conjunto serán los siguientes. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN. PARÁMETROS DE IDENTIFICACIÓN Oferta económica. Artículo 85 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. B.- En el caso de que el órgano de contratación presuma que una oferta resulta inviable por haber sido formulada en términos que la hacen anormalmente baja, se estará a lo establecido en el artículo. 149 LCSP. Si el Órgano de Contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la ex- cluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado en los artículos 150 y 151 de la LCSP. C.- Cuando hubieren presentado ofertas empresas que pertenezcan a un mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de identificación de las ofertas incursas en presunción de anormalidad, aquella que fuere más baja, y ello con independencia de que presenten su oferta en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al grupo y con las cuales concurran en unión temporal. 8.7.- SUBSANACIÓN DE DOCUMENTOS. A.- La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores, a requerimiento de los servicios de- pendientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presen- tado o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada. B.- Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato. C.- En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días, a contar desde el siguiente al de recepción del requerimiento de subsanación. D.- Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano, o en su caso la mesa de con- tratación entenderá que el licitador desiste de su oferta. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página15de36
  • 16. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 16 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 8.8.- COMPROBACIÓN DE LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES RESPONSA- BLES. A.- Los servicios del órgano de contratación o la mesa de contratación podrán, en cual- quier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento. B.- El licitador deberá presentar la documentación requerida en un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuada- mente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento. 8.9.- RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DE ADJU- DICACIÓN POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. A.- En virtud del art. 152 LCSP, en el caso en que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el contrato para el cual se haya efectuado la correspondiente convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores. B.- La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización. En estos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en la forma prevista en el anuncio o en el pliego o, en su defecto, de acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimo- nial de la Administración, a través de los trámites del procedimiento administrativo común. C.- Solo podrá adoptarse la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión. D.- El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsa- nable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de ad- judicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación. 8.10.- CLASIFICACIÓN DE OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICA- CIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. A.- Una vez valoradas automáticamente las ofertas, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, y realizará la correspondiente propuesta de adjudicación. Posteriormente, requerirá al licitador que haya presentado la oferta más venta- josa para que en, el plazo de 7 días hábiles a contar desde el envío de la comunicación electró- nica, aporte la documentación que se relaciona a continuación: 1.- CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITA- DORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO O EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. La inscrip- Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página16de36
  • 17. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 17 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS ción deberá tener como límite la fecha final de presentación de proposiciones. Si no es- tuviera inscrito (véase la observación anterior sobre la excepcional NO exigibilidad en este procedimiento) deberá presentar: — Si los licitadores fueran empresarios individuales, deberán acompañar foto- copia debidamente legalizada del Documento Nacional de Identidad o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. — Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, deberán acompañar la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mer- cantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de mo- dificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, de acuerdo con lo previsto en el artículo 84.1 de la LCSP. — En todo caso, los empresarios individuales y las personas jurídicas españo- las deberán presentar fotocopia debidamente legalizada de la tarjeta de iden- tificación fiscal. — Cuando los licitadores sean empresarios no españoles que sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea, se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 84.2 de la LCSP. — La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se acreditará en los términos exigidos en el artículo 68 y 84.3 de la LCSP. 2.- ACREDITACIÓN, EN SU CASO, DE LA REPRESENTACIÓN: Los que com- parezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán fotocopia de poder bas- tante al efecto y de su D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces (Art.140 de la LCSP). Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscrip- ción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Regla- mento del Registro Mercantil. B.- Los servicios correspondientes del órgano de contratación, verificarán que el pro- puesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de todos los requisitos de participación exigidos, y se solicitará al licitador propuesto o a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social. C.- De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documenta- ción indicada dentro del plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, pro- cediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. D.- El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación, en su caso, a pro- puesta de la mesa de contratación, cuando no exista ninguna oferta o proposición que sea ad- misible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego. E.- La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, debiendo ser publicada en el Perfil de Contratante en el plazo de 15 días. La notificación contendrá la información necesaria Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página17de36
  • 18. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 18 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. 9.- FORMALIZACIÓN Y PUBLICIDAD DEL CONTRATO. A.- La formalización del contrato se realizará mediante la firma por el contratista de la resolución de adjudicación, aunque podrá realizarse, si así lo estima oportuno el órgano de con- tratación, un documento contractual expreso en los términos recogidos por la LCSP. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, que se producirá en el plazo máximo de cinco días desde que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento. B.- Si se tratara de una Unión Temporal de Empresas su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, CIF asignado y nombra- miento de representante con poder suficiente. C.- La formalización del contrato se publicará en el Perfil de Contratante. 10.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 10.1.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN. A.- El contrato se ejecutará con sujeción a lo previsto en su clausulado, en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpre- tación diere al contratista el órgano de contratación. B.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, de acuerdo con los límites y responsabilidades establecidos en el artículo 197 de la LCSP. C.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios o suministros realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. D.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 196 de la LCSP. E.- En el caso de los suministros, el plazo y lugar de entrega será el consignado en el presente Pliego o en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En todo caso la Administración con- tratante se reserva el derecho de ordenar al contratista la modificación del calendario de plazos, sin derecho a indemnización a favor del mismo. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página18de36
  • 19. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 19 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS F.- El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su costa todo tipo de operaciones inhe- rentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares ne- cesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el Pliego de prescripciones técnicas establezca otra cosa. G.- Si así se establece en el Pliego de prescripciones técnicas la firma adjudicataria lle- vará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el órgano de contratación. H.- Si la Administración estima conveniente exigir un Programa de Trabajos, éste será presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes. I.- Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obli- gado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba. 10.1.1.- Condiciones especiales de ejecución. A.- Se establecen las siguientes condiciones especiales de ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: TIPO: Consideraciones de tipo social o relativas al empleo. Descripción:  Garantizar la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables. TIPO: Medioambiental Descripción:  Promover la eficiencia energética y, en la medida de lo posible, la utilización de fuentes de energía renovables. B.- El incumplimiento por el contratista de las condiciones especiales de ejecución del contrato podrá motivar la imposición de penalidades en los términos previstos en este Pliego, pudiendo atribuirse a las mismas el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP. C.- Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de reso- lución del contrato, el mismo podrá ser considerado, en los términos reglamentariamente esta- blecidos, como infracción grave a los efectos previstos en el artículo 71.1.e) de la LCSP. D.- En el supuesto de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato se aplicarán las penalidades previstas en LCSP que deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del con- trato. El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página19de36
  • 20. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 20 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 10.2.- FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. A.- La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control del órgano de contratación, el cual podrá dictar las instrucciones oportunas para su fiel cumplimiento. B.- La dirección e inspección de la ejecución del suministro que se contratan, así como la comprobación de las características y calidades del mismo, se realizarán, sin perjuicio de las recepciones oficiales que procedan, por las Unidades competentes del órgano de contratación o, caso de haber sido designado, por el responsable del contrato, quien podrá dirigir instrucciones al contratista, inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, acerca de los materiales emplea- dos o del proceso de ejecución del suministro, pudiendo, en los casos que estime pertinente, solicitar los asesoramientos técnicos de las o entidades más idóneas por su especialización. C.- En el caso de que se estimasen incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se darán por escrito al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en el escrito el plazo para subsanarlas y las ob- servaciones que se estimen oportunas. D.- Si existiese reclamación del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará, junto con su informe, al órgano de contratación que resolverá sobre el particular. E.- Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del represen- tante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con las mismas es- tando obligado a corregir los defectos observados. 10.3.- EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y PENALIDADES ADMINISTRATIVAS. A.- La ejecución defectuosa de cualquiera de las prestaciones del contrato definidas en los Pliegos (entrega de prendas distintas o de calidad inferior a la establecida en Pliegos, falta de atención a las comunicaciones de la Administración, etc.) dará lugar a las penalidades deta- lladas en el presente Pliego o, en su caso, en el de Prescripciones Técnicas. En cualquier caso, será de aplicación lo establecido en el artículo 192 de la LCSP. B.- No obstante lo anterior, cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hu- biere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Admi- nistración podrá optar también, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato (art. 192.2 LCSP). C.- El importe de las penalidades se hará efectivo mediante la deducción de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. D.- El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubiesen señalado para su ejecución sucesiva. La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. E.- En caso de demora del contratista, por causas imputables al mismo, respecto al cum- plimiento del plazo total, la Administración contratante podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página20de36
  • 21. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 21 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 10.3.1.- Penalidades por demora. A.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el órgano de contratación. B.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la re- solución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias las previstas en el artículo 193.3 LCSP, de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido. C.- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. D.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecu- ción parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistin- tamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente. 10.3.2.- Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la presta- ción objeto del contrato. A.- Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de cual- quiera de las condiciones especiales de ejecución establecidas en este Pliego. B.- Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente. C.- Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición de las penalidades coercitivas del 5% del precio de adjudicación IVA excluido, por cada infracción y/o día de incumplimiento de plazos en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infracción. D.- El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones establecidas en la cláusula 19 en materia de subcontratación, conllevará una penalización del 5 % del importe de lo subcontratado, siendo su reiteración causa de resolución del contrato. E.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso, conllevará igualmente una multa coercitiva del 5 % del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia. F.- De acuerdo con el artículo 192.1.de la LCSP, las penalidades deberán ser proporcio- nales a la gravedad del incumplimiento y las cuantías de cada una de ellas no podrán ser supe- riores al 10 por ciento del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien del precio del contra-to.] Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página21de36
  • 22. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 22 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS G.- Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes de la obli- gación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento. H.- En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya exis- tido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario. 11.- OTRAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES. 11.1.- OBLIGACIONES LABORALES. Además de los derechos y obligaciones generales derivados del régimen jurídico del presente contrato, se atenderá especialmente a las siguientes obligaciones: A.- Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente: El per- sonal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá ex- clusivamente de ésta, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano con- tratante. Así mismo, El contratista estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapaci- dad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los Pliegos que rigen la presente contratación. B.- En cumplimiento del artículo 35.1 n) de la LCSP se establece la obligación de la empresa contratista de cumplir durante todo el periodo de ejecución de contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación C.- El contratista, en todo caso, deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados, conforme al artículo 22.bis del Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención. D.- En función de las prestaciones contratadas, deberá adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda, conforme al Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Ries- gos Laborales. 11.2.- OTRAS OBLIGACIONES. A.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carác- ter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página22de36
  • 23. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 23 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS del contrato, el plazo de garantía y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 133 de la LCSP. B.- El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. C.- El contratista adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas. D.- El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empre- sarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. E.- A estos efectos, el contratista podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. F.- El contratista y todo el personal que intervenga en la prestación contractual quedan obligados por lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y la normativa complementaria. Esta obligación seguirá vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. G.- La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP. H.- Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones: El contra- tista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones estable- cidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega al uso o servicio de las obras, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios. I.- Obligaciones de transparencia: El contratista deberá suministrar a la entidad contra- tante, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido aten- dido, la entidad administrativa podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por períodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5 % del importe de adjudicación, o del presupuesto de licitación en el caso de oferta por precios unitarios. J.- La infracción de estos deberes por parte del contratista generará, además de respon- sabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página23de36
  • 24. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 24 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS 11.3.- TRIBUTOS. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente. 12.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 12.1.- ENTREGA DEL OBJETO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la pres- tación contratada. A tal efecto, el contratista deberá realizar los trabajos relativos al objeto del contrato den- tro del plazo estipulado en el mismo. 12.2.- CONFORMIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN. Dentro del mes siguiente a la entrega del suministro, la Administración, si considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, procederá a la recepción de conformidad. Si la prestación del contratista no reuniese las condiciones debidas se actuará de acuerdo al artículo 311 de la LCSP. 12.3.- PLAZO DE GARANTÍA. El plazo de garantía se establece en un 1 AÑO a partir de la recepción del contrato de conformidad. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en el suministro efectuado, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre las ob- servaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Termi- nado el plazo de garantía sin que la Administración haya formulado reparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. 13.- PAGO DEL PRECIO. A.- El pago del suministro se efectuará una vez sea entregado y recibido de conformidad, previa presentación de factura debidamente conformada, que podrá ser comprensiva de una o varias entregas, y Acta de Recepción cuando proceda. B.- Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según el siguiente detalle: Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página24de36
  • 25. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 25 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Alcaldía. ÓRGANO ADMINISTRATIVO CON COMPETENCIAS EN MATE- RIA DE CONTABILIDAD PÚBLICA: Intervención. CÓDIGO DIR3: L04060015 OFICINA CONTABLE: Intervención. ÓRGANO GESTOR: Intervención. UNIDAD TRAMITADORA Secretaría Intervención C.- El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación. En el caso de suministros de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la entrega en el periodo de que se trate. D.- La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Con- table de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo. E.- Estarán exentas de dicha obligación las facturas cuyo importe total (IVA excluido) sea igual o inferior a 5.000 euros, de acuerdo con el Reglamento municipal del Registro de Facturas Electrónicas. F.- Por otra parte, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los suministros entregados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes. G.- Si en la financiación de este contrato participan dos o más departamentos de la Ad- ministración de la Comunidad Autónoma o está cofinanciado por otras Entidades u Organismos, al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el trabajo ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en el apartado correspondiente del presente Pliego. H.- Podrán realizarse valoraciones parciales por suministros o trabajos efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del con- tratista y sean autorizados por el órgano de contratación. I.- Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante precios unitarios, se podrá incrementar el número de unidades a suministrar hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación, siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación en el expediente originario del contrato. 14.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO. A.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el con- tratista a un tercero en los términos y condiciones establecidos en el artículo 214 de la LCSP, y Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página25de36
  • 26. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 26 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS siempre y cuando las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón deter- minante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. B.- Es requisito indispensable el cumplimiento de los límites y los requisitos del apartado segundo del artículo 214 de la LCSP. C.- El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos regulados en el artículo 215 LCSP. D.- Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización. E.- Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 215.2 de la LCSP será de aplicación los previsto en al apartado tercero del men- cionado artículo. 15.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 15.1.- MODIFICACIÓN. A.- Sin perjuicio de los supuestos previstos en la LCSP respecto a la sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecu- ción, los contratos administrativos solo podrán ser modificados por razones de interés público. Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato que se acuerden de confor- midad con lo establecido en el artículo 203 de la LCSP. B.- Los contratos administrativos celebrados por los órganos de contratación solo podrán modificarse durante la vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos: 1.- Cuando así se haya previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Parti- culares, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 204. 2.- Excepcionalmente, cuando sea necesario realizar una modificación que no esté prevista en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, siempre y cuando se cumplan las condiciones que establece el artículo 205. C.- A efectos de lo preceptuado en el artículo 204 LCSP, se establecen las siguientes condiciones concretas de modificación del contrato: — CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se pro- duzca la modificación): En los contratos en los cuales el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación antes de Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página26de36
  • 27. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 27 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades. — ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará): Todas las unidades incluidas en el contrato que, previo informe de los servicios técnicos del órgano de contratación que justifiquen la necesidad de un au- mento de suministro. — CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…): Los precios serán los mismos que los ofertados en el contrato original y los plazos de entrega se fijarán de mutuo acuerdo; si éste no se alcanzara será como máximo de un 30 por ciento del plazo original. — PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE COMO MÁXIMO PUEDAN AFECTAR: 20 por ciento del precio de adjudicación del contrato como máximo. D.- Cuando, como consecuencia de modificaciones del contrato de servicios acordadas conforme a lo establecido en el artículo 203 y el artículo 205 de la LCSP, se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el servicio o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificacio- nes serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas. E.- Por otra parte, ni el responsable del contrato ni el contratista podrán introducir u or- denar modificaciones en el contrato que no estén debidamente autorizadas. F.- Las modificaciones no podrán suponer el establecimiento de nuevos precios unitarios no previstos en el contrato. G.- Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo establecido en el artículo 153 de la LCSP. 15.2.- RESOLUCIÓN. A.- Son causas de resolución del contrato las estipuladas en los artículos 192 y 211 de la LCSP, con los efectos previstos en su artículo 313. B.- La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 211 y 212 de la LCSP y, específicamente, para el contrato de suministro en el artículo 306 de dicho texto legal. 16.- RÉGIMEN DE RECURSOS. Contra el acto de aprobación de este Pliego podrá interponerse Recurso de reposición ante el órgano que consta en la Cláusula 2ª de este Pliego en el apartado “Denominación del órgano de contratación” y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página27de36
  • 28. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 28 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS publicación en el perfil de contratante, y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015. Alternativamente al recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante. ****************** DILIGENCIA: El presente Pliego fue aprobado con fecha 30/07/2019 mediante: ☒ Resolución de Alcaldía. ☐ Acuerdo de la Junta Vecinal. EL SECRETARIO INTERVENTOR. – Francisco Jesús Rozano Alba. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE (Fecha y código de verificación en los márgenes del presente documento) Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página28de36
  • 30. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 30 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS ANEXO II Instrucciones para la licitación electrónica. Los licitadores deberán presentar sus proposiciones de forma electrónica, y para ello tendrán que seguir el siguiente procedimiento: 1.- Verificar que el ordenador que se va a utilizar para la licitación electrónica cumple con los requisitos mínimos exigidos. Para ello, pueden acceder al siguiente enlace: http://soporte.plyca.es/checklist/ 2.- Para registrarse en la Plataforma de Licitación de la Diputación de Badajoz deben identificarse en el Portal accediendo a la opción indicada en la parte superior de la pantalla "Acceda a más información con su certificado digital", empleando para ello un certifi- cado digital válido. La lista de prestadores de servicios de certificación la puede encontrar en la siguiente dirección: https://sedeaplicaciones2.minetur.gob.es/prestadores/ Para ello puede comprobar la validez de su certificado en la siguiente dirección: https://valide.redsara.es/valide/validarCertificado/ejecutar.html Recuerde que en caso de tener importado el certificado en su navegador, deberá tenerlo con la clave pública (.pfx) y con la clave privada (.cer)) en todos los navegadores desde los que trabaje. Si tiene DNI electrónico, los pasos a seguir son idénticos solo que en lugar de tener el certificado digital importado en su navegador, deberá disponer de un lector de tarjetas inteligentes que cumpla el estándar ISO-7816. Posteriormente, deberá pulsar en la opción de menú "Empresas/Mi empresa". Se le remitirá a una página en la que se le indica que para poder participar en cualquier procedimiento de contratación como interesado, licitador, adjudicatario o contratista por medios telemáticos, deberá estar dado de alta en la plataforma. A continuación, pulsar en "Continuar". Se mostrarán los datos del usuario conectado, debiendo cumplimentar el campo "Email" y pulsar "Actualizar email". Se le abrirá una nueva página indicándole que el pro- ceso de validación está en curso. Se le habrá enviado un correo electrónico a la dirección indicada para que siga las instrucciones en él descritas para completar el proceso. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página30de36
  • 31. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 31 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS Tenga en cuenta que la recepción del correo de confirmación podría no ser in- mediata, compruebe la bandeja de correo no deseado (spam) si este no aparece en un tiempo razonable. Después, pulse "Aceptar". En el correo que reciba, deberá pinchar sobre el enlace resaltado en rojo para confirmar el proceso. 3.- Para darse de alta como licitador, una vez registrado en el Portal, deberá acceder al apartado “Empresas/Mi empresa”. Desde esta página podrá darse de alta como licitador en la plataforma, así como consultar los distintos trámites de alta iniciados. Si desea darse de alta como licitador pulse en "Trámite alta". Para consultar el listado de los trámites que tiene disponible pulse en "Mis trámites". En su caso deberá elegir la opción "Trámite alta". En el formulario al que se le remite, deberá cumplimentar los datos obligatorios de: Tipo Empresa; Tipo Documento; CIF/NIF, y pulsar "Aceptar". En la siguiente pantalla deberá descargarse la solicitud de inscripción, guardán- dola en su disco local con extensión PDF. En dicha solicitud observará que se habrán vol- cado los datos que usted cumplimentó en la pantalla anterior. Estos datos ya no serán editables, es decir, no podrá modificarlos en el PDF que usted se haya descargado. Deberá cumplimentar el resto de información de carácter obligatorio teniendo en cuenta que en el apartado de “DATOS DE LOS APODERADOS” deberán incluir los datos de los representantes / apoderados de su empresa que dispongan de un certificado digital válido, y a posteriori firmar la solicitud desde el apartado "Firma digital del Represen- tante". Únicamente los apoderados registrados en el formulario o los representantes au- torizados por estos, podrán realizar gestiones en nombre de la empresa. Es necesario que dichos apoderados y representantes dispongan de un certificado digital valido. Una vez cumplimentado y firmado el documento, anexar la solicitud de inscrip- ción desde el botón "Anexar fichero". Si al anexar el fichero en el Portal le aparece un error indicándole que "Integridad de la firma no válida", pruebe a descargarse de nuevo la solicitud, cumplimentarla y firmarla desde Valide; URL: https://valide.redsara.es o descar- gándose la utilidad AutoFirma (http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html) a) Diríjase al apartado "Realizar Firma". b) Pulsar el botón "Firmar". c) Seleccione la solicitud de inscripción ya cumplimentada. d) Seleccione el certificado digital cuando se lo solicite. e) Espere a que aparezca en pantalla "Fichero firmado correctamente” Una vez registrada su empresa en la Plataforma de Licitación, debe identificarse de nuevo en la opción indicada en la parte superior de la pantalla "Acceda a más infor- mación con su certificado digital", y acceder al menú "Cambiar representación...". Se- leccionar la empresa en representación de la cual se actúa y pulsar "Aceptar", tardará Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página31de36
  • 32. Nº EXP: ASUNTO 134/2019 Adquisición e instalación de faro- las para alumbrado público. Plaza de la Hispanidad 1 – 06412 Hernán Cortés (BADAJOZ) Telf. 924821106 - Fax 924821194 Web https //hernancortes.sedelectronica.es - Correo electrónico ayuntamiento@hernancortes.es Pág. 32 de 36 AYUNTAMIENTO DE HERNÁN CORTÉS unos 5 minutos en poder seleccionar a la empresa. Este es el tiempo que tarda en trami- tarse en el sistema de gestión. 4.- Para dar de alta a otros representantes, acceder a la opción de menú "Mi empresa" y dirigirse a la opción "Si desea gestionar los usuarios que podrá acceder a la plataforma para participar en los procesos de licitación representando a su empresa pulse Ges- tión de apoderados", y añadir a las personas necesarias (recuerde incluir los datos de DNI/CIF, tal y como aparecen en sus certificados). 5.- Suscripción a Notificaciones telemáticas. La Diputación de Badajoz pone a disposición un sistema de notificaciones telemáticas a los interesados que estén registrados y que ad- mitan de forma expresa dicho medio de notificación, mediante suscripción. La suscripción al sistema de notificaciones se realiza de forma automática en el momento de darse de alta como licitador. Desde la opción de “Mis Expedientes” del menú de empresas, un usuario re- gistrado, tendrá acceso al buzón de comunicaciones y notificaciones recibidas para su em- presa. Para poder acceder a las notificaciones, será necesario tener instalado el soft- ware de notificaciones. La aplicación se descargará e instalará de forma automática cuando se requiera al realizar la apertura de la notificación. 6.- Para presentar ofertas electrónicas, acceda al apartado de Últimos Anuncios/Anuncios de licitación de la Plataforma de Licitación y acceda al expediente para el cuál desea licitar pinchando en él, y en el "Historial de Publicaciones", pinchar en el enlace que indica "Pre- sentación de ofertas" y descargarse el sobre electrónico para la presentación de ofertas. Si tiene correctamente instalado el software PLYCA-Empresas, se abrirá la apli- cación que le permitirá cumplimentar la oferta, guiándole a través de los distintos pasos a seguir. NOTA (1): En caso de que, por razones técnicas de comunicación, no impu- tables al licitador, no pudiese hacerse efectiva la entrega de la proposición mediante el canal electrónico, el software PLYCA Empresas, genera un código específico de verifi- cación (HASH) “huella digital” que se muestra en pantalla, antes de realizar el envío. Este código deberá ser remitido por los medios alternativos previstos en el presente pliego, dentro del plazo de presentación de ofertas. Cód.Validación:3RZKEWYSZMEPKWMJZ5QCCPA2L|Verificación:http://hernancortes.sedelectronica.es/ DocumentofirmadoelectrónicamentedesdelaplataformaesPublicoGestiona|Página32de36