1. MANUAL DE
FUNCIONES Y
COMPETENCIAS
LABORALES DEL
MUNICIPIO DE
SAN GIL.
Elaborado por: Gladys Stella Lara Garzón
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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2. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
CONTENIDO
I.DECRETO No. 059 de 2.005................................................................................................5
II.MISIÓN Y VISIÓN.................................................................................................................7
III.planta de CARGOS ................................................................................................................8
IV.ALCALDE...........................................................................................................................10
V.JEFE DE CONTROL INTERNO ........................................................................................17
VI.jefe OFICINA asesora.........................................................................................................22
VII.SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO.................................................................27
VIII.SECRETARÍA DE HACIENDA Y DEL TESORO.........................................................33
IX.SECRETARÍA DE PLANEACIÓN....................................................................................39
X.SECRETARÍA LOCAL DE SALUD....................................................................................44
XI.SECRETARÍA DE EDUCACIÓN CULTURA Y TURISMO............................................48
XII.SECRETARÍA DE TRANSITO Y TRANSPORTE..........................................................53
XIII.SECRETARÍA DE AGRICULTURA...............................................................................58
XIV.CENTRO DE CONVIVENCIA, CULTURA Y PAZ.......................................................64
XV.SECRETARIO PRIVADO.................................................................................................69
XVI.ALMACENISTA GENERAL...........................................................................................73
XVII.SECRETARIA EJECUTIVA DEL DESPACHO DEL ALCALDE...............................78
XVIII.Profesional Universitario (Arquitecto)...........................................................................82
XIX.Profesional Universitario (Turismo)..................................................................................87
XX.Profesional Universitario (asesor).......................................................................................91
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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3. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
XXI.Técnico (Área de Proyectos) ............................................................................................96
XXII.Técnico (Sistemas).........................................................................................................100
XXIII.Técnico (oficina asesora)..............................................................................................104
XXIV.COMISARIO DE FAMILIA........................................................................................108
XXV.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (salud).................................................................113
XXVI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (hacienda y del tesoro)......................................117
XXVII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (AGRICULTURA)..........................................122
XXVIII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (sisben)...........................................................128
XXIX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (ARCHIVO GENERAL)..................................132
XXX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (S. Hacienda)......................................................137
XXXI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (BANCO DE PROYECTOS)...........................141
XXXII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (PLANEACIÓN).............................................147
XXXIII.INSPECTOR DE POLICÍA.......................................................................................153
XXXIV.Técnico (presupuesto) ...............................................................................................158
XXXV.Técnico (deportes)......................................................................................................162
XXXVI.Técnico (gobierno)....................................................................................................166
XXXVII.Técnico (ÁREA RESOLUCIÓN de conflictos).......................................................170
XXXVIII.Técnico (agricultura)...............................................................................................174
XXXIX.Técnico (ESTADÍSTICA de salud)...........................................................................178
XL.TÉCNICO (SUSTANCIADOR).......................................................................................182
XLI.TÉCNICO (COMPARENDOS Y LICENCIAS).............................................................186
XLII.Técnico (hacienda)..........................................................................................................190
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4. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
XLIII.Técnico (cultura)...........................................................................................................195
XLIV.Técnico (turismo)..........................................................................................................198
XLV.Técnico(HACIENDA y del tesoro)................................................................................202
XLVI.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (GOBIERNO).......................................................206
XLVII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (area TRansito)....................................................210
XLVIII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO ............................................................................214
XLIX.SECRETARIA EJECUTIVA........................................................................................218
L.AUXILIAR EN SALUD......................................................................................................222
LI.Auxiliar Administrativo......................................................................................................226
LII.Auxiliar Administrativo (supervisor)................................................................................230
LIII.CONDUCTOR MECÁNICO...........................................................................................234
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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5. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS DECRETO
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
I. DECRETO NO. 059 DE 2.005
(Octubre 14)
Por el cual se ajusta el manual específico de funciones y de Competencias Laborales
para los empleos de la planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil.
El Alcalde de la Alcaldía Municipal de San Gil,
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley
785 de 2.005 y
CONSIDERANDO
a) Que los decretos leyes 770 y 785 de 2.005, establecen los criterios y la
obligatoriedad para definir e incorporar en los Manuales específicos de funciones y
de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos
públicos de las entidades del orden Nacional y Territorial en sus sectores Central y
descentralizado.
b) Que en desarrollo de estas disposiciones, el Gobierno Nacional expidió el Decreto
2539 de Julio 22 de 2.005, “Por el cual se establece las competencias laborales
generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las
entidades a las cuales se aplican los decretos Ley 770 y 785 de 2.005”, donde se
fijan las competencias comportamentales comunes a los servidores públicos y las
comportamentales mínimas que corresponden por cada nivel jerárquico de empleo.
c) Que es indispensable que las autoridades nominadoras de las entidades del orden
Nacional y Territorial y los Jefes de las Unidades de Personal o quien haga sus
veces, obligadas legalmente a ello por lo dispuesto en la Ley 909 de 2.004, procedan
en lo pertinente a dar aplicación a las disposiciones legales vigentes.
d) Que mediante Acuerdo Municipal 021 del 2 de Octubre de 2.005, el Honorable
Concejo Municipal faculta al señor Alcalde.
e) Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias
Laborales, Para los empleos que conforman el Plan Anual de Vacantes
contempladas en la Planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil, fijada por
el Decreto de Planta No 058 de fecha 13 de Octubre de 2005, cuyas funciones
deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterio de eficiencia y eficacia en
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6. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS DECRETO
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le
señalan la Alcaldía Municipal de San Gil, así:
A partir de la página siguiente inicia la descripción de funciones y competencias
laborales de cada uno de los empleos objeto del presente ajuste de manual.
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7. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS MISIÓN Y
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL VISIÓN
II. MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN. La Alcaldía de San Gil, es una entidad de derecho público, que tiene como misión asegurar
el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. La Alcaldía administra
bajo los principios de equidad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad,
para mejorar:
• La atención al ciudadano.
• La prestación de los servicios públicos que le son de su competencia, o en la regulación, control y
vigilancia de dichos servicios.
• En el cumplimiento de ejecución del plan de desarrollo municipal.
• En el establecimiento de mecanismos que propicien la participación y concertación ciudadana.
• En recuperar la confiabilidad de inversionistas públicos y privados para que se genere empresas y
empleos.
• En el fortalecimiento de los valores del trabajo, ética, identidad cultural y ecología.
• En el resultado de clima laboral de mutuo respeto y desarrollo integral.
VISIÓN. La Alcaldía municipal de San Gil será una entidad territorial de categoría nacional,
vanguardia en su género del desarrollo económico, social, cultural y turístico en el oriente colombiano
para lograr una verdadera transformación de la empresa pública que enorgullezca a cada uno de los
Sangileños. Cumplir con esta misión del futuro en una meta de todos para el año 2020.
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8. PLANTA DE
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CARGOS
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
III. PLANTA DE CARGOS
No DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO
CARGOS
DESPACHO DEL ALCALDE
1 Alcalde 005 02
6 Secretarios de Despacho 020 01
1 Secretario Local de Salud 097 01
1 Jefe de Oficina Asesora 115 01
3 Profesional Universitario (Oficina Asesora, Arquitectura, Turismo) 219 05
1 Jefe de Oficina (Control Interno) 06 01
1 Profesional Universitario (Director del Centro de Convivencia Cultura y Paz) 219 06
1 Secretario Privado 219 06
1 Técnico (Banco de Proyectos) 314 03
2 Técnico (Oficina Asesora, sistemas) 314 04
1 Secretaria Ejecutiva del Despacho del Alcalde 438 08
1 Almacenista General 215 02
20 TOTAL
PLANTA GLOBAL
1 Comisario de Familia 202 04
5 Profesional Universitario (Archivo, Hacienda, Siben, Proyectos, 219 03
infraestructura
2 Profesional Universitario (Hacienda, Salud) 219 04
1 Profesional Universitario (Agricultura) 219 05
1 Inspector de Policía 314 07
1 Técnico (Turismo) 314 01
1 Técnico (Hacienda) 314 09
2 Técnico (Comparendos, Resolución de conflictos) 314 03
1 Técnico (Secretaría Agricultura) 314 04
1 Técnico en estadística en Salud 367 05
2 Técnico (Sustanciador, Área de Cultura) 314 05
1 Técnico (Área de Gobierno) 314 06
1 Técnico (Deportes) 314 07
1 Técnico (Presupuesto) 314 09
1 Técnico (Hacienda y del Tesoro) 314 08
4 Auxiliar Administrativo 407 01
1 Auxiliar Administrativo en salud 407 02
1 Auxiliar Administrativo (conductor) 407 03
1 Auxiliar Administrativo (Área de Gobierno) 407 08
4 Auxiliar Administrativo (Área de Tránsito, Planeación, Hacienda, Educación) 407 04
1 Auxiliar Administrativo (Supervisor) 407 05
1 Secretaria Ejecutiva 425 06
35 TOTAL
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9. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES ORGANIGRAMA
DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
ALCALDE MUNICIPAL DE SAN GIL
CONTROL INTERNO OFICINA JURÍDICA
Secretaría Secretaría de Secretaría de Secretaría de
Secretaría de Secretaría de Educación Secretaría de
General y de Hacienda y el Tránsito y
Planeación Salud Cultura y Agricultura
Gobierno Tesoro Transporte Turismo
Inspección de
Policía
Comisaría de
Familia
Archivo General
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10. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
IV. ALCALDE
1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Alcalde
CÓDIGO 005
GRADO 02
NIVEL JERÁRQUICO Directivo – Alta Dirección Territorial.
NUMERO DE CARGOS 01
CARÁCTER DEL EMPLEO Elección Popular
UBICACIÓN Municipio De San Gil
NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General,
de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y
proyectos.
PROPÓSITO PRINCIPAL
Ejercer la autoridad política, asumir la jefatura de la administración local, representar
legalmente a la entidad territorial y ser la primera autoridad de policía del municipio
con carácter de empleado público del mismo.
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
• CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ARTÍCULO 315 SON
ATRIBUCIONES DEL ALCALDE:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley, los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas, y los
Acuerdos del Concejo Municipal.
2. Conservar el Orden Público en el Municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y
órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la
primera autoridad del Municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las
órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo Comandante.
3. Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la
prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente y nombrar y
remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes o directores de los
establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales de carácter local, de acuerdo
con las disposiciones pertinentes.
4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales y descentralizadas de conformidad con
los Acuerdos municipales respectivos
5. Presentar oportunamente al Concejo los Proyectos de Acuerdo sobre: Planes y Programas de
Desarrollo Económico y Social, Obras Públicas, Presupuesto Anual de Rentas y Gastos y los
demás que estime convenientes para la buena marcha del Municipio.
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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11. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y
fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos municipales correspondientes.
8. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes
generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se
ocupará de los temas para los cuales fue citado.
9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el Plan de Inversión y el Presupuesto y las demás
que la Constitución y las leyes le señales.
• CONFORME A LA LEY 136 DE 1994, ARTICULO 91 SON FUNCIONES DEL
ALCALDE:
EN RELACIÓN CON EL CONCEJO:
1. Presentar los Proyectos de Acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio.
2. Presentar oportunamente los Proyectos de Acuerdo sobre los planes y programas de desarrollo
social y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y
nacionales.
3. Presentar dentro del término legal el proyecto de Acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y
gastos.
4. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarles informes
generales sobre su administración en la primera sesión ordinaria de cada año, y convocarlo a
sesiones extraordinarias en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue
citado.
5. Sancionar y promulgar los Acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
6. Reglamentar los acuerdos municipales.
7. Enviar al Gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición, los
Acuerdos del Concejo, los Decretos de carácter general que expida, los actos mediante los cuales
se reconozca y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que el
Gobernador le solicite.
8. Aceptar la renuncia o conceder licencia a los Concejales, cuando el Concejo esté en receso.
• SON FUNCIONES DEL ALCALDE EN RELACIÓN CON EL ORDEN
PÚBLICO:
1. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley las instrucciones del
Presidente de la República y del Gobernador del Departamento. La Policía Nacional cumplirá con
prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo
comandante.
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12. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
2. Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la Ley, si
fuera del caso, medidas tales como:
a. Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
b. Decretar el toque de queda.
c. Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes.
d. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la constitución y la Ley.
e. Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el
cumplimiento de las normas superiores, conforme al artículo 9 del Decreto 135 de 1970 y demás
disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Parágrafo 1.
La infracción a las medidas previstas en los literales a, b y c se sancionarán por los alcaldes con
multas hasta de dos salarios legales mínimos mensuales.
Parágrafo 2.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 52 de 1990, los alcaldes estarán obligados a informar
a la Oficina de Orden Público y Convivencia Ciudadana del Ministerio de Gobierno, los hechos o
circunstancias que amenacen con alterar o subvertir el orden público o la paz de la comunidad, con la
especificidad de las medidas que se han tomado para mantenerlo o restablecerlo.
• EN RELACIÓN CON LA NACIÓN AL DEPARTAMENTO Y A LAS
AUTORIDADES JURISDICCIONALES:
1. Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus
funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba
hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación.
2. Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o
departamentales e informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del cumplimiento de
los deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planes y programas
de desarrollo municipal.
3. Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el
territorio de la jurisdicción.
4. Ejercer las funciones que le delegue el Gobernador.
5. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando éstas requieran de su apoyo e intervención.
• EN RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL:
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13. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
1. Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y de la
prestación de los servicios a su cargo, representarlo judicial y extrajudicialmente.
2. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes y directores de los
establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales de carácter local de acuerdo con
las disposiciones pertinentes.
3. Suprimir o fusionar entidades o dependencias municipales de conformidad con los Acuerdos
respectivos. Los Acuerdos que sobre este particular expida el Concejo, facultarán al Alcalde para
que ejerza la atribución con miras al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad definidos por el artículo 209 de la
Constitución Política.
4. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y
fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos correspondientes. Los Acuerdos que sobre
este particular se expidan podrán facultar al Alcalde para que sin exceder el monto presupuestal
fijado, ejerza dicha función en los términos del Artículo 209 de la Constitución Política.
5. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el Plan de
Desarrollo Económico y Social y con el Presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables.
6. Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio.
Esta función puede ser delegada en la Tesorería Municipal y se ejercerá conforme a lo establecido
en la legislación Contencioso Administrativo y de Procedimiento Civil.
7. Velar por el cumplimiento de las funciones de los empleados municipales y dictar los actos
necesarios para su administración.
8. Representar al municipio en procesos administrativos y judiciales, pudiendo delegar conforme a la
ley.
9. Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos diarios, según la gravedad, a quienes lo
desobedezcan, o le falten el respeto, previo procedimiento sumario administrativo donde se
observe el debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con los Acuerdos
correspondientes. La oportunidad para el pago y la conversión de las sumas en arresto se
gobiernan por lo prescrito en la Ley.
10. Conformar grupos informales funcionales dependientes del Despacho, para llevar a cabo
proyectos específicos de exigencia interdisciplinaria e interinstitucional.
11. Ejercer el poder disciplinario respecto a los empleados públicos bajo su dependencia.
12. Delegar en los Secretarios de Despacho, Jefe de División, de Unidad y de Oficinas, y en los
Directores las funciones que la ley y los reglamentos le permitan.
13. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, empresas industriales y
comerciales, sociedades de economía mixta, fondos rotatorios y unidades administrativas
especiales del municipio.
14. Distribuir los negocios según su naturaleza, entre las Secretarías, Divisiones, Unidades, Oficinas,
demás dependencias y establecimientos públicos.
15. Conceder permisos a los empleados públicos municipales de carrera administrativa para aceptar
con carácter temporal cargos de la Nación o del Departamento.
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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14. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
16. Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento económico de los habitantes del
municipio. Gestionar ante entidades públicas y privadas recursos para promover el desarrollo de la
comunidad.
17. Dirigir, promover y verificar el cumplimiento de los objetivos misionales de la administración, de los
principios y finalidades.
18. Conocer de todos los procesos disciplinarios que se adelanten en la administración central y
ejercer el control disciplinario interno en segunda instancia de los procesos que se adelanten
contra los funcionarios del municipio, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo 3°, artículo
76 del Código Disciplinario Único.
19. Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia
entre los habitantes del Municipio, diseñando mecanismos que permitan la participación de la
comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones municipales.
20. Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley.
21. Ejecutar acciones tendientes a la protección de las personas, niños e indigentes y su integración a
la familia y a la vida social, productiva y comunitaria.
• EN RELACIÓN CON LA CIUDADANÍA:
1. Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía a través de bandos y medios de
comunicación local de que dispongan.
2. Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las organizaciones sociales y veedurías
ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán
desarrollados por la administración.
3. Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las
organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general.
4. Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal.
5. Las demás funciones que le establece la Constitución, las Leyes, las Ordenanzas, los Acuerdos y
las que les fueren delegadas por el Presidente de la República o el Gobernador del
Departamento.
• EN RELACIÓN CON SUS COLABORADORES INMEDIATOS
1. El Alcalde podrá delegar en las Secretarías de la Alcaldía, las siguientes funciones:
a) Nombrar y remover los funcionarios dependientes de los delegatarios.
b) Ordenar gastos municipales y celebrar los contratos y convenios municipales, de acuerdo con el
Plan de Desarrollo y con el Presupuesto, con la observancia de las normas legales aplicables.
c) Ejercer el poder disciplinario sobre los empleados dependientes de los delegatarios.
d) Recibir los testimonios de que trata el artículo 299 del Código de Procedimiento Civil.
• RESPONSABILIDADES
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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15. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
1. Ante las Inhabilidades e Incompatibilidades consagradas en la Constitución en concordancia
con los artículos 37 y 38 de la Ley 617 del 2000.
2. Ante las Prohibiciones consagradas en la Constitución y desarrolladas en el artículo 97 de la
Ley 136 de 1994.
3. Ante la Comunidad, en el cumplimiento del Voto Programático consagrado en el artículo 259 de
la Constitución Nacional.
4. Según el artículo 314 de la constitución Nacional el Alcalde es el Jefe de la Administración Local
y Representante Legal del municipio.
CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
1. Las políticas, planes, programas y proyectos del orden municipal se realizan en base al Plan de
Desarrollo Municipal y a las directrices y lineamientos departamentales y nacionales.
2. Se da cabal cumplimiento a las disposiciones, directrices o lineamientos del orden
departamental y nacional.
3. Presenta iniciativas y Proyectos de Acuerdo para el desarrollo económico, social y de obras del
municipio y de Presupuesto Anual de Rentas y Gastos al Concejo de manera oportuna, de
acuerdo a las necesidades del municipio.
4. Ordena los gastos respondiendo al Plan de Inversiones y Presupuesto Municipal aplicando las
normas legales vigentes.
5. Los servicios que presta la entidad responden a las necesidades del sector poblacional
involucrado, en materia administrativa pública.
6. Los planes, programas, proyectos, actividades y servicios prestados por la entidad responden a
las normas y reglamentos establecidos, a los lineamientos generales emitidos por el Estado, al
Plan Municipal de Desarrollo y a los Planes Institucionales.
7. Los recursos humanos, técnicos y financieros aprobados por el Alcalde, se adecuan y ajustan a
las orientaciones de la Presidencia, Vicepresidencia, Ministerios Nacionales, Gobernación
Departamental y organismos de control.
8. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal de la Administración Central
Municipal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
9. Los informes presentados a los organismos de control reflejan los resultados y transparencia de
la gestión municipal.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Políticas públicas, administración pública, financiera y del recurso humano.
2. Constitución Política, Leyes y Decretos del Gobierno, Ordenanzas y Acuerdos del Concejo, Plan
de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial, directrices y lineamientos de la Presidencia de
la República, Ministerios, Función Pública, Comisión Nacional del Servicio Civil, y organismos
de control.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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16. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL
3. Reglamento y normas internas de trabajo.
REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
Las señaladas en la Ley. ------------------
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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17. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO
V. JEFE DE CONTROL INTERNO
1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Jefe De Control Interno
CÓDIGO 006
GRADO 01
NIVEL JERÁRQUICO Directivo
NUMERO DE CARGOS Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO Alcalde
NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección
General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes,
programas y proyectos.
PROPÓSITO PRINCIPAL
Asesorar y evaluar la oportunidad, eficiencia y transparencia de las actividades de
la Administración Central Municipal, con el fin de asegurar la ejecución de los
planes, proyectos y objetivos institucionales y fomentar la cultura de autocontrol en
todos los niveles.
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno.
2. Evaluar el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
3. Evaluar la calidad y oportunidad de la información financiera, económica y social del municipio
de acuerdo con las normas y procedimientos contables públicos y velar porque los registros
contables sean veraces y confiables y porque la preparación de los estados financieros se
ajuste a las normas de contabilidad generalmente aceptadas.
4. Requerir de las diferentes dependencias de la administración municipal el trámite de asuntos
con sujeción a la normatividad interna y asegurar que se cumplan las disposiciones legales.
5. Promover el cumplimiento de los programas de la administración central dentro de los criterios
de austeridad y eficacia del gasto público.
6. Coordinar con todas las dependencias el establecimiento de correctivos que permitan mejorar la
eficiencia, eficacia, celeridad y oportunidad en el ejercicio de las funciones de control,
inspección y vigilancia y demás servicios y funciones señalados por la ley.
7. Verificar que las quejas y reclamos que se presenten ante la entidad sobre el mal desempeño
de las dependencias que conforman la administración central, sean atendidas por la
dependencia competente; que se inicien las investigaciones preliminares y que, si hay mérito,
se dé traslado a la autoridad pública competente.
8. Informar a las autoridades correspondientes, de oficio o a petición de parte, sobre los resultados
de las evaluaciones efectuadas.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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18. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO
9. Diseñar y elaborar un plan anual general de actividades de evaluación de control interno e
informar sobre el mismo al ejecutivo municipal.
10. Presentar al Consejo de Gobierno, un informe ejecutivo anual en el mes de diciembre acerca
del estado del sistema de control interno y de los resultados de evaluación de gestión y formular
las recomendaciones y sugerencias que contribuyan a su mejoramiento y optimización, de
conformidad con lo consagrado en el artículo 2º del Decreto 1826 de 1994.
11. Elaborar el Plan de Acción del área y de toda la administración central y velar por su cabal
cumplimiento.
12. Impulsar y apoyar el desarrollo local institucional para que en el municipio se constituya y ponga
en funcionamiento las Juntas de Acción Comunal.
13. Proporcionar suficiente formación, asesoría, coordinación y asistencia técnica a las
organizaciones comunitarias para el diseño, ejecución y gestión de sus proyectos de desarrollo
y utilización de mecanismos de cofinanciación de proyectos comunitarios.
14. Diseñar y presentar asesoría, asistencia, coordinación y apoyo económico para que los
programas de las Juntas de Acción Comunal se cumplan.
15. Difundir entre las organizaciones comunitarias las leyes sobre participación ciudadana,
contratación administrativa y funcionamiento de los municipios y todas aquellas que se refieran
a la participación comunitaria en salud, educación, trabajo, economía solidaria, justicia y
seguridad.
16. Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones
que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo.
CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
1. Los planes, programas y actividades en materia de control interno presentadas están de
acuerdo a las políticas trazadas en las áreas de su competencia.
2. Los recursos humanos, financieros y físicos son controlados y evaluados para garantizar un
buen desempeño administrativo y operativo.
3. Las dependencias de la Administración Central son asesoradas en el diseño, análisis y
formulación de métodos de control inherentes a los procedimientos de cada unidad.
4. Las medidas aplicadas para prevenir riesgos, detectan y corrigen las desviaciones que puedan
afectar el logro de los objetivos institucionales, definidas y aplicadas adecuadamente.
5. La aplicación y seguimiento de los procesos se realizan acordes a las normas vigentes.
6. El sistema de control Interno aplicado oportunamente a las dependencias, propicia la
optimización, calidad y eficiencia en la prestación del servicio.
7. Se controlan las actividades financieras, contables y presupuestales, desarrolladas por el
personal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
8. La cultura de control en la entidad es fomentada a través de programas de capacitación.
9. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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19. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO
CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES
1. Políticas Públicas, normas, lineamientos y directrices en las áreas de su competencia, en
materia Financiera, Presupuestal, Contable, de Recaudos y Pagaduría, de Administración de
Personal, Control Interno, Auditoría, Archivo, Almacén y Suministros.
2. Conocimientos de administración financiera, contabilidad, presupuesto, tesorería, costos.
3. Plan de Desarrollo Municipal.
4. Legislación vigente relacionada con el área.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley.
ESTUDIOS: Título de formación universitaria o profesional en Administración Pública, Derecho,
Administración de Empresas, Ingeniería Industrial o Economía.
EXPERIENCIA: Tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del
procesador de palabra.
COMPETENCIAS COMUNES
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
·Cumple con oportunidad en función de estándares,
Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
·Asume la responsabilidad por sus resultados.
Orientación a eficacia y calidad.
·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
resultados productividad tomando las medidas necesarias para
minimizar los riesgos.
·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los
objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se
presentan.
Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de
la satisfacción de las necesidades e los usuarios y de ciudadanos en general.
Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al
y al ciudadano externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios.
responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los
asignadas a la entidad. usuarios de conformidad con el servicio que ofrece
la entidad.
·Establece diferentes canales de comunicación
con el usuario para conocer sus necesidades y
propuestas y responde a las mismas.
·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
el de otros.
Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y basada
los recursos públicos, eliminando en hechos.
cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada con
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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20. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO
en su utilización y garantizar el sus responsabilidades y con el servicio a cargo de
acceso a la información la entidad en que labora.
Transparencia gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
criterios aplicables.
·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo
de las labores y la prestación del servicio.
Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y respeta
las necesidades, prioridades y sus normas.
Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a
Organización sus propias necesidades.
·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
actuaciones.
COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
DIRECTIVO
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Guiar y dirigir grupos y ·Mantiene a sus colaboradores motivados.
establecer y mantener la ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta.
cohesión de grupo ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un
necesaria para alcanzar desempeño conforme a los estándares.
los objetivos ·Promueve la eficacia del equipo.
Liderazgo organizacionales ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus
colaboradores.
·Fomenta la participación de todos en los procesos de
reflexión y de toma de decisiones.
·Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas
institucionales.
Determinar eficazmente ·Anticipa situaciones y escenarios futuros con acierto.
las metas y prioridades ·Establece objetivos claros y concisos, estructurados y
institucionales, coherentes con las metas organizacionales.
identificando las ·Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos
Planeación acciones, los y factibles.
responsables, los plazos ·Busca soluciones a los problemas.
y los recursos requeridos ·Distribuye el tiempo con eficiencia.
para alcanzarlas. ·Establece planes alternativos de acción.
Elegir entre una o varias ·Elige con oportunidad, entre muchas alternativas, los
alternativas para proyectos a realizar.
solucionar un problema o ·Efectúa cambios complejos y comprometidos en sus
Toma de atender una situación, actividades o en las funciones que tiene asignadas
decisiones comprometiéndose con cuando detecta problemas o dificultades para su
acciones concretas y realización.
consecuentes con la ·Decide bajo presión.
decisión. ·Decide en situaciones de alta complejidad e
incertidumbre.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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21. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO
Favorecer el aprendizaje ·Identifica necesidades de formación y capacitación y
y desarrollo de sus propone acciones para satisfacerlas.
colaboradores, ·Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el
articulando las desarrollo integral del empleado.
potencialidades y ·Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir
necesidades individuales y cuándo no hacerlo.
con las de la ·Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de
Dirección y organización para trabajo para alcanzar las metas y los estándares de
Desarrollo de optimizar la calidad de productividad.
Personal las contribuciones de los ·Establece espacios regulares de retroalimentación y
equipos de trabajo y de reconocimiento del desempeño y sabe manejar
las personas, en el hábilmente el bajo desempeño.
cumplimiento de los ·Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores.
objetivos y metas ·Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto.
organizacionales
presentes y futuras.
Estar al tanto de las · Es consciente de las condiciones específicas del
circunstancias y las entorno organizacional.
relaciones de poder que ·Está al día en los acontecimientos claves del sector y
Conocimiento influyen en el entorno del Estado.
del entorno organizacional. ·Conoce y hace seguimiento a las políticas
gubernamentales.
·Identifica las fuerzas políticas que afectan la
organización y las posibles alianzas para cumplir con
los propósitos organizacionales.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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22. JEFE OFICIA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO
DEL ALCALDE
VI. JEFE OFICINA ASESORA
1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Jefe De Oficina Asesora
CÓDIGO 115
GRADO 01
NIVEL JERÁRQUICO Asesor
NUMERO DE CARGOS Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO Alcalde
NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Agrupa los empleos cuyas funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar
directamente a los empleados públicos de la alta dirección territorial.
PROPÓSITO PRINCIPAL
Establecer las políticas, métodos, Realizar, analizar, dar conceptos y
procedimientos adecuados para obtener óptimos resultados en el desarrollo de las
actividades propias del área Jurídica en las distintas dependencias de la
Administración Central Municipal.
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar al despacho y demás dependencias de la entidad, en la elaboración, interpretación y
aplicación de normas y procedimientos jurídicos y, en general, en los asuntos de su
competencia.
2. Elaborar y/o estudiar minutas de los contratos y la suscripción de las respectivas pólizas.
3. Verificar el cumplimiento de los requisitos para la legalización de contratos de acuerdo con su
modalidad.
4. Estudiar y elaborar minutas de convenios suscritos con otras entidades nacionales o
internacionales, constitución de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico.
5. Integrar una biblioteca especializada en normas, procedimientos y jurisprudencia.
6. Elaborar y revisar proyectos de reglamentación sobre situaciones administrativas, laborales y
docentes.
7. Participar en las investigaciones y estudios jurídicos que fueren recomendados por el ejecutivo
municipal.
8. Resolver las tutelas y los recursos en los cuales esté vinculada la entidad.
9. Elaborar las actas de suspensión, terminación y liquidación de los contratos.
10. Colaborar y asistir al ejecutivo municipal en el suministro de información a las autoridades
judiciales y organismos de vigilancia y control.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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23. JEFE OFICIA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO
DEL ALCALDE
11. Representar jurídicamente a la entidad en los procesos en los que se le delegue y estudiar la
delegación de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico.
12. Elaborar las resoluciones de suspensión y restitución para los servidores públicos vinculados y
atender los recursos de reposición.
13. Adelantar los procesos de caducidad de contratos.
14. Preparar proyectos de actos administrativos orientados al fortalecimiento de la entidad.
15. Asesorar y asistir al Alcalde y funcionarios de la entidad en aspectos jurídicos y en la
aplicación de normas jurídicas, procesos y procedimientos del área de su competencia.
16. Proyectar los actos administrativos que decidan los recursos interpuestos por la vía
gubernativa y el de revocatoria directa.
17. Apoderar judicialmente a la Entidad por delegación en los diferentes procesos que se
promuevan contra la entidad y en los que esta deba promover en materia contencioso-
administrativa, civil, laboral, penal u otra, en defensa de los intereses institucionales.
18. Revisar y actualizar proyectos de normas internas, convenios nacionales e internacionales,
contratos y demás actos administrativos que deba suscribir el Alcalde Municipal.
19. Velar por la legalización y titulación de los inmuebles del Municipio, hacer el estudio de títulos,
minutas y contratos,
20. Mantener actualizada y sistematizada la compilación de normas legales, tanto internas como
externas.
21. Prestar asesoría a las diferentes dependencias en el proyecto de actos administrativos,
contratos y obligaciones referentes a las áreas de vivienda, relaciones laborales, aportes y
demás temas relacionados con el desempeño institucional.
22. Conceptuar sobre los asuntos jurídicos que se sometan a su consideración.
23. Gestionar y apoyar la administración de las pólizas de seguros de bienes muebles e
inmuebles.
24. Apoyar la administración de la contratación de los servicios generales.
25. Preparar proyectos de normas referentes a las actividades propias de la institución en apoyo a
las áreas
26. Participar en la elaboración de los estudios jurídicos relacionados con los asuntos de
competencia institucional.
27. Analizar, proyectar, perfeccionar o recomendar las acciones jurídicas que deban adoptarse
para el cumplimiento de la misión institucional.
28. Actuar como apoderado en los procesos adelantados contra la institución y mantener
informado sobre su curso a su superior inmediato.
29. Estudiar y llevar a cabo las investigaciones jurídicas que le sean asignadas por el superior
inmediato y colaborar con los integrantes del área en la atención de los procesos judiciales
que sea necesario.
30. Asesorar a su superior en el aporte de textos legales, doctrinales y de jurisprudencia con el fin
de dar fundamento jurídico a las decisiones de la Entidad.
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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24. JEFE OFICIA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO
DEL ALCALDE
31. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la
naturaleza y el área del desempeño del empleo.
CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
1. Los procesos son distribuidos o despachados de manera oportuna y conforme a los términos
estipulados por las autoridades competentes.
2. Los conceptos se emiten con prontitud de acuerdo a la temática tratada.
3. Se da respuesta a los conceptos, peticiones y tutelas, teniendo en cuenta los términos legales
establecidos.
4. Los procesos y asesorías jurídicas efectuadas están acorde a los requerimientos y se aplican
las normas legales y reglamentarias vigentes.
5. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión, la
debida aplicación del control Interno y cumplen los requisitos de ley.
6. La entrega de informes se realiza de manera oportuna al superior inmediato a los entes de
control, e instancias correspondientes.
7. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES
1. Políticas Públicas en materia Administrativa Pública.
2. Constitución Política, Normas Legales vigentes.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Mínimo: Título de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley
EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho
EXPERIENCIA: Dos (2) años de experiencia profesional relacionada y manejo del procesador de
palabra.
COMPETENCIAS COMUNES
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
·Cumple con oportunidad en función de estándares,
Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
·Asume la responsabilidad por sus resultados.
Orientación a eficacia y calidad.
·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
resultados productividad tomando las medidas necesarias para
minimizar los riesgos.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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25. JEFE OFICIA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO
DEL ALCALDE
·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los
objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se
presentan.
Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de
la satisfacción de las necesidades e los usuarios y de ciudadanos en general.
Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al
y al ciudadano externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios.
responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los
asignadas a la entidad. usuarios de conformidad con el servicio que ofrece
la entidad.
·Establece diferentes canales de comunicación
con el usuario para conocer sus necesidades y
propuestas y responde a las mismas.
·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
el de otros.
Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y basada
los recursos públicos, eliminando en hechos.
cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada con
en su utilización y garantizar el sus responsabilidades y con el servicio a cargo de
acceso a la información la entidad en que labora.
Transparencia gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
criterios aplicables.
·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo
de las labores y la prestación del servicio.
Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y respeta
las necesidades, prioridades y sus normas.
Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a
Organización sus propias necesidades.
·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
actuaciones.
COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
NIVEL ASESOR
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Experticia Aplicar el conocimiento o Orienta el desarrollo de proyectos
Profesional profesional en la resolución de especiales para el logro de resultados de la
problemas y transferirlo a su alta dirección.
entorno laboral a Aconseja y orienta la toma de decisiones en
los temas que le han sido asignados
l Asesora en materias propias de su campo
de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios
o propuestas ajustados a lineamientos
teóricos y técnicos.
t Se comunica de modo lógico, claro, efectivo
y seguro.
Conocimiento del Conocer e interpretar la Comprende el entorno organizacional que
entorno organización, su funcionamiento enmarca las situaciones objeto de asesoría y
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competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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26. JEFE OFICIA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO
DEL ALCALDE
y sus relaciones políticas y lo toma como referente obligado para emitir
administrativas juicios, conceptos o propuestas a desarrollar.
Construcción de Establecer y mantener ·Utiliza sus contactos para conseguir
relaciones relaciones cordiales y objetivos
recíprocas con redes o grupos ·Comparte información para establecer lazos.
de personas internas y externas ·Interactúa con otros de un modo efectivo y
a la organización que faciliten la adecuado.
consecución de los objetivos
institucionales.
Anticiparse a los problemas ·Prevé situaciones y alternativas de solución
iniciando acciones para superar que orientan la toma de decisiones de la alta
Iniciativa los obstáculos y alcanzar metas dirección.
concretas ·Enfrenta los problemas y propone acciones
concretas para solucionarlos.
·Reconoce y hace viables las oportunidades.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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27. SECRETARÍA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO
VII. SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO
1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Secretario De Despacho - Secretaría General
Y De Gobierno
CÓDIGO 020
GRADO 01
NIVEL JERÁRQUICO Directivo – Alta dirección territorial.
NUMERO DE CARGOS Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO Alcalde
NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección
General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes,
programas y proyectos.
PROPÓSITO PRINCIPAL
Proyectar, dirigir, implementar y controlar las políticas en materia de Gobierno,
seguridad, orden público, asuntos electorales, participación ciudadana, desarrollo
comunitario y atención y prevención de desastres en la Administración Central
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Elaborar el Plan de Acción de la Secretaría y velar por su cabal cumplimiento
2. Coordinar los procesos de administración del talento humano.
3. Mantener actualizado la estructura de cargos administrativos y operativos del personal del
municipio.
4. Dirigir el fondo de bienestar social con programas que contribuyan al mejoramiento de la calidad
de vida laboral.
5. Tramitar las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos que prestan su servicio a la
entidad y en general reconocer las prestaciones económicas parciales o definitivas.
6. Dirigir el Archivo General, la radicación y la correspondencia.
7. Instruir al personal directivo en la concertación de objetivos y evaluación del desempeño.
8. Elaborar y remitir el cuadro de novedades de la nómina de personal.
9. Establecer la formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal.
10. Coordinar los comités de capacitación y estímulos al personal.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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28. SECRETARÍA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO
11. Tramitar las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal.
12. Desarrollar las metodologías señaladas por el departamento de la Función Pública para las
modificaciones de la estructura, salarios y la planta de personal de la Alcaldía Municipal.
13. Dirigir las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana.
14. Rendir fe pública de los actos administrativos de la Alcaldía.
15. Aplicar y controlar las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y
estacionarias.
16. Diseñar los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos que
ordene el Señor Alcalde y que sean de su competencia.
17. Direccional las actividades industriales y comerciales de conformidad con la ley y a los
Acuerdos municipales.
18. Supervisar y Autorizar bazares, festivales, espectáculos, conceder licencias para juegos y rifas
y expedir certificados de supervivencia, vecindad y de tiempo de servicio de los servidores
públicos y de los pensionados
19. supervisar que la Comisaría de Familia y la Inspección de Policía, cumplan su propósito de
mediadores en la solución de conflictos y protección a la familia y sociedad
20. Ejercer el control interno de la Secretaria.
21. Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones
que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo.
CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. El plan de acción de la oficina es elaborado teniendo en cuenta la realidad social de la
comunidad
2. Los procesos de talento humano y salud ocupacional deben cumplir con las necesidades de los
trabajadores y lo dispuesto por la OIT
3. La estructura de cargos administrativos y operativos son la columna vertebral del organigrama y
mantenerlos actualizados ayuda a definir la responsabilidad jerárquica cada uno en la
organización.
4. El fondo de bienestar social debe tener destinaciones específicas para el mejoramiento de la
calidad de vida de los empleados.
5. Las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos deben ir correctamente dijilenciadas
y cumpliendo con los requisitos que estipula la ley.
6. el Archivo General, la radicación de decretos y correspondencia, deben estar manejados como
lo estipula las normas de calidad especificas y la ley.
7. El personal directivo debe tener claros los objetivos expuestos en el plan de desarrollo para así
cumplir con las necesidades de la ciudadanía y los compromisos de ley.
8. El cuadro de novedades de la nomina debe ser formalmente elaborado como lo estipula la ley y
las normas de calidad pertinentes.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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29. SECRETARÍA
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO
9. La formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal están
enmarcadas a lo dispuesto por la ley para así no cometer errores en los dineros públicos y de lo
empleados.
10. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un
procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución.
11. Los comités de capacitación y estímulos al personal son piesa fundamental para mejorar las
relaciones entra la institución los trabajadores y la comunidad, llegando asi a una mejor gestión
y solución a los necesidades de la comunidad.
12. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un
procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución.
13. Las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana desempeñan un papel
importante en la concepción de estado, por lo tanto el seguimiento corresponde al compromiso
del funcionario.
14. La fe pública de los actos administrativos son requisito para demostrar la transparencia de
estos y como estipula de ley
15. Las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y estacionarias están
enmarcadas en ley, contribuyendo esto a mejorar el ordenamiento del municipio en la parte
física como económica.
16. Los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos deben estar
enmarcados en la ley.
17. Las actividades industriales y comerciales del municipio deben llenar el riguroso y estricto que
los regula para si las finanzas del municipio no se vea afectado y cumplan con lo dispuesto en
la ley.
18. Los bazares, festivales y espectáculos tendrán que ser regulados por medio de la ley y ejercer
la vigilancia respectiva para hacer cumplir las normas que los acogen.
19. La proyección y aplicación de las políticas en materia de gobierno y orden público se hacen en
base al Plan de Desarrollo Municipal y al Plan de Acción de la dependencia acorde a las
directrices y con el conocimiento del superior inmediato.
20. Los planes, programas y actividades presentadas están de acuerdo a las políticas trazadas en
las áreas de su competencia.
21. Los procesos policivos, de control de espacio público, prevención y atención de desastres,
control de rifas, juegos y espectáculos, se aplican de acuerdo a las orientaciones, y
requerimientos de las normas legales y reglamentarias vigentes.
22. Las estadísticas de los fallecimientos ocurridos en el municipio son consignados diariamente.
23. Los despachos comisorios son distribuidos al inspector, de manera oportuna y conforme a los
términos estipulados por los juzgados.
24. Se aplican o imponen las sanciones a los infractores o contraventores, conforme a las
competencias legales asignadas.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y
LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO
25. La entrega de informes se hace de manera oportuna al superior inmediato a los entes de
control, e instancias correspondientes.
26. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión
administrativa, la debida aplicación del control disciplinario interno y cumplen los requisitos de
ley.
27. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Políticas Públicas en materia de Gobierno, conservación del orden público, seguridad
ciudadana, participación comunitaria, estadísticas y defunciones, prevención y atención de
desastres.
2. Normas, directrices y lineamientos expedidos por el Gobierno Nacional, Departamental y el
Ministerio del Interior en materias de su competencia.
3. Conocimientos de contravenciones, normas, leyes y reglamentaciones policivas..
4. Plan de Desarrollo Municipal y Planes de Acción.
5. Proyección de actos administrativos.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley.
EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho, Ciencias Políticas,
Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Humanidades o
comunicación social.
EXPERIENCIA: Un (1) año de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del
procesador de palabra.
COMPETENCIAS COMUNES
DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
COMPETENCIA
·Cumple con oportunidad en función de estándares,
Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
·Asume la responsabilidad por sus resultados.
eficacia y calidad.
Orientación a ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
resultados productividad tomando las medidas necesarias para
minimizar los riesgos.
·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar
los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos
que se presentan.
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO
Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones
la satisfacción de las necesidades e de los usuarios y de ciudadanos en general.
intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al
externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios.
responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de
Orientación al usuario
asignadas a la entidad. los usuarios de conformidad con el servicio que
y al ciudadano
ofrece la entidad.
·Establece diferentes canales de comunicación
con el usuario para conocer sus necesidades y
propuestas y responde a las mismas.
·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
el de otros.
Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y
los recursos públicos, eliminando basada en hechos.
cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada
en su utilización y garantizar el con sus responsabilidades y con el servicio a
acceso a la información cargo de la entidad en que labora.
Transparencia
gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
criterios aplicables.
·Utiliza los recursos de la entidad para el
desarrollo de las labores y la prestación del
servicio.
Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y
las necesidades, prioridades y respeta sus normas.
Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a
Organización sus propias necesidades.
·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
actuaciones.
COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
DIRECTIVO
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Guiar y dirigir grupos y ·Mantiene a sus colaboradores motivados.
establecer y mantener la ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta.
cohesión de grupo ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un
necesaria para alcanzar desempeño conforme a los estándares.
los objetivos ·Promueve la eficacia del equipo.
Liderazgo organizacionales ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus
colaboradores.
·Fomenta la participación de todos en los procesos de
reflexión y de toma de decisiones.
·Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas
institucionales.
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