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MANUAL DE
 FUNCIONES Y
COMPETENCIAS
LABORALES DEL
 MUNICIPIO DE
   SAN GIL.

Elaborado por: Gladys Stella Lara Garzón


 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
     competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                        CONTENIDO
                                          LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



                                                     CONTENIDO


I.DECRETO No. 059 de 2.005................................................................................................5

II.MISIÓN Y VISIÓN.................................................................................................................7

III.planta de CARGOS ................................................................................................................8

IV.ALCALDE...........................................................................................................................10

V.JEFE DE CONTROL INTERNO ........................................................................................17

VI.jefe OFICINA asesora.........................................................................................................22

VII.SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO.................................................................27

VIII.SECRETARÍA DE HACIENDA Y DEL TESORO.........................................................33

IX.SECRETARÍA DE PLANEACIÓN....................................................................................39

X.SECRETARÍA LOCAL DE SALUD....................................................................................44

XI.SECRETARÍA DE EDUCACIÓN CULTURA Y TURISMO............................................48

XII.SECRETARÍA DE TRANSITO Y TRANSPORTE..........................................................53

XIII.SECRETARÍA DE AGRICULTURA...............................................................................58

XIV.CENTRO DE CONVIVENCIA, CULTURA Y PAZ.......................................................64

XV.SECRETARIO PRIVADO.................................................................................................69

XVI.ALMACENISTA GENERAL...........................................................................................73

XVII.SECRETARIA EJECUTIVA DEL DESPACHO DEL ALCALDE...............................78

XVIII.Profesional Universitario (Arquitecto)...........................................................................82

XIX.Profesional Universitario (Turismo)..................................................................................87

XX.Profesional Universitario (asesor).......................................................................................91
   Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
       competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                         LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



XXI.Técnico (Área de Proyectos) ............................................................................................96

XXII.Técnico (Sistemas).........................................................................................................100

XXIII.Técnico (oficina asesora)..............................................................................................104

XXIV.COMISARIO DE FAMILIA........................................................................................108

XXV.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (salud).................................................................113

XXVI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (hacienda y del tesoro)......................................117

XXVII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (AGRICULTURA)..........................................122

XXVIII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (sisben)...........................................................128

XXIX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (ARCHIVO GENERAL)..................................132

XXX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (S. Hacienda)......................................................137

XXXI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (BANCO DE PROYECTOS)...........................141

XXXII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (PLANEACIÓN).............................................147

XXXIII.INSPECTOR DE POLICÍA.......................................................................................153

XXXIV.Técnico (presupuesto) ...............................................................................................158

XXXV.Técnico (deportes)......................................................................................................162

XXXVI.Técnico (gobierno)....................................................................................................166

XXXVII.Técnico (ÁREA RESOLUCIÓN de conflictos).......................................................170

XXXVIII.Técnico (agricultura)...............................................................................................174

XXXIX.Técnico (ESTADÍSTICA de salud)...........................................................................178

XL.TÉCNICO (SUSTANCIADOR).......................................................................................182

XLI.TÉCNICO (COMPARENDOS Y LICENCIAS).............................................................186

XLII.Técnico (hacienda)..........................................................................................................190

   Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
       competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                         LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



XLIII.Técnico (cultura)...........................................................................................................195

XLIV.Técnico (turismo)..........................................................................................................198

XLV.Técnico(HACIENDA y del tesoro)................................................................................202

XLVI.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (GOBIERNO).......................................................206

XLVII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (area TRansito)....................................................210

XLVIII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO ............................................................................214

XLIX.SECRETARIA EJECUTIVA........................................................................................218

L.AUXILIAR EN SALUD......................................................................................................222

LI.Auxiliar Administrativo......................................................................................................226

LII.Auxiliar Administrativo (supervisor)................................................................................230

LIII.CONDUCTOR MECÁNICO...........................................................................................234




   Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
       competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  DECRETO
                                    LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



                                I. DECRETO NO. 059 DE 2.005

                                                 (Octubre 14)

Por el cual se ajusta el manual específico de funciones y de Competencias Laborales
   para los empleos de la planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil.

                          El Alcalde de la Alcaldía Municipal de San Gil,

 En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley
                                    785 de 2.005 y

                                                CONSIDERANDO

a) Que los decretos leyes 770 y 785 de 2.005, establecen los criterios y la
obligatoriedad para definir e incorporar en los Manuales específicos de funciones y
de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos
públicos de las entidades del orden Nacional y Territorial en sus sectores Central y
descentralizado.
b) Que en desarrollo de estas disposiciones, el Gobierno Nacional expidió el Decreto
2539 de Julio 22 de 2.005, “Por el cual se establece las competencias laborales
generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las
entidades a las cuales se aplican los decretos Ley 770 y 785 de 2.005”, donde se
fijan las competencias comportamentales comunes a los servidores públicos y las
comportamentales mínimas que corresponden por cada nivel jerárquico de empleo.
c) Que es indispensable que las autoridades nominadoras de las entidades del orden
Nacional y Territorial y los Jefes de las Unidades de Personal o quien haga sus
veces, obligadas legalmente a ello por lo dispuesto en la Ley 909 de 2.004, procedan
en lo pertinente a dar aplicación a las disposiciones legales vigentes.
d) Que mediante Acuerdo Municipal 021 del 2 de Octubre de 2.005, el Honorable
Concejo Municipal faculta al señor Alcalde.
e) Que por lo anteriormente expuesto,

                                                    DECRETA

ARTICULO PRIMERO: Ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias
Laborales, Para los empleos que conforman el Plan Anual de Vacantes
contempladas en la Planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil, fijada por
el Decreto de Planta No 058 de fecha 13 de Octubre de 2005, cuyas funciones
deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterio de eficiencia y eficacia en

 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
     competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  DECRETO
                                    LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le
señalan la Alcaldía Municipal de San Gil, así:

A partir de la página siguiente inicia la descripción de funciones y competencias
laborales de cada uno de los empleos objeto del presente ajuste de manual.




 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
     competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                   MISIÓN Y
                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                   VISIÓN



                                              II. MISIÓN Y VISIÓN



MISIÓN. La Alcaldía de San Gil, es una entidad de derecho público, que tiene como misión asegurar

el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. La Alcaldía administra

bajo los principios de equidad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad,

para mejorar:



•    La atención al ciudadano.

•    La prestación de los servicios públicos que le son de su competencia, o en la regulación, control y

     vigilancia de dichos servicios.

•    En el cumplimiento de ejecución del plan de desarrollo municipal.

•    En el establecimiento de mecanismos que propicien la participación y concertación ciudadana.

•    En recuperar la confiabilidad de inversionistas públicos y privados para que se genere empresas y

     empleos.

•    En el fortalecimiento de los valores del trabajo, ética, identidad cultural y ecología.

•    En el resultado de clima laboral de mutuo respeto y desarrollo integral.



VISIÓN. La Alcaldía municipal de San Gil                   será una entidad territorial de categoría nacional,

vanguardia en su género del desarrollo económico, social, cultural y turístico en el oriente colombiano

para lograr una verdadera transformación de la empresa pública que enorgullezca a cada uno de los

Sangileños. Cumplir con esta misión del futuro en una meta de todos para el año 2020.




    Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
        competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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PLANTA DE
                                      MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                     CARGOS
                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



                                        III. PLANTA DE CARGOS

         No                            DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                                     CÓDIGO   GRADO
       CARGOS
                                       DESPACHO DEL ALCALDE
           1        Alcalde                                                                         005      02
           6        Secretarios de Despacho                                                         020      01
           1        Secretario Local de Salud                                                       097      01
           1        Jefe de Oficina Asesora                                                         115      01
           3        Profesional Universitario (Oficina Asesora, Arquitectura, Turismo)              219      05
           1        Jefe de Oficina (Control Interno)                                               06       01
           1        Profesional Universitario (Director del Centro de Convivencia Cultura y Paz)    219      06
           1        Secretario Privado                                                              219      06
          1         Técnico (Banco de Proyectos)                                                    314      03
           2        Técnico (Oficina Asesora, sistemas)                                             314      04
           1        Secretaria Ejecutiva del Despacho del Alcalde                                   438      08
           1        Almacenista General                                                             215      02
          20        TOTAL
                    PLANTA GLOBAL
          1         Comisario de Familia                                                            202      04
           5        Profesional Universitario (Archivo, Hacienda, Siben, Proyectos,                 219      03
                    infraestructura

           2        Profesional Universitario (Hacienda, Salud)                                     219      04
           1        Profesional Universitario (Agricultura)                                         219      05
           1        Inspector de Policía                                                            314      07
           1        Técnico (Turismo)                                                               314      01
           1        Técnico (Hacienda)                                                              314      09
           2        Técnico (Comparendos, Resolución de conflictos)                                 314      03
           1        Técnico (Secretaría Agricultura)                                                314      04
           1        Técnico en estadística en Salud                                                 367      05
           2        Técnico (Sustanciador, Área de Cultura)                                         314      05
           1        Técnico (Área de Gobierno)                                                      314      06
           1        Técnico (Deportes)                                                              314      07
           1        Técnico (Presupuesto)                                                           314      09
           1        Técnico (Hacienda y del Tesoro)                                                 314      08
           4        Auxiliar Administrativo                                                         407      01
           1        Auxiliar Administrativo en salud                                                407      02
           1        Auxiliar Administrativo (conductor)                                             407      03
           1        Auxiliar Administrativo (Área de Gobierno)                                      407      08
           4        Auxiliar Administrativo (Área de Tránsito, Planeación, Hacienda, Educación)     407      04
           1        Auxiliar Administrativo (Supervisor)                                            407      05
           1        Secretaria Ejecutiva                                                            425      06
          35        TOTAL
Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
    competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES                                     ORGANIGRAMA
                                               DEL MUNICIPIO DE SAN GIL




      ALCALDE MUNICIPAL DE SAN GIL
                         CONTROL INTERNO                                              OFICINA JURÍDICA

         Secretaría         Secretaría de                                                  Secretaría de        Secretaría de
                                                 Secretaría de        Secretaría de                              Educación          Secretaría de
        General y de        Hacienda y el                                                   Tránsito y
                                                  Planeación              Salud                                   Cultura y          Agricultura
         Gobierno              Tesoro                                                      Transporte             Turismo



                   Inspección de
                       Policía




                    Comisaría de
                       Familia




                  Archivo General




Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la
                                                        Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
                                                                           Pág. 9 de 245
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  ALCALDE
                                     LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



                                                 IV. ALCALDE

                         1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                     Alcalde
CÓDIGO                                      005
GRADO                                       02
NIVEL JERÁRQUICO                            Directivo – Alta Dirección Territorial.
NUMERO DE CARGOS                            01
CARÁCTER DEL EMPLEO                         Elección Popular
UBICACIÓN                                   Municipio De San Gil
                  NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General,
de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y
proyectos.
                                PROPÓSITO PRINCIPAL
Ejercer la autoridad política, asumir la jefatura de la administración local, representar
legalmente a la entidad territorial y ser la primera autoridad de policía del municipio
con carácter de empleado público del mismo.
                   DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES


    •   CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ARTÍCULO 315 SON
        ATRIBUCIONES DEL ALCALDE:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley, los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas, y los
   Acuerdos del Concejo Municipal.
2. Conservar el Orden Público en el Municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y
   órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la
   primera autoridad del Municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las
   órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo Comandante.
3. Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la
   prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente y nombrar y
   remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes o directores de los
   establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales de carácter local, de acuerdo
   con las disposiciones pertinentes.
4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales y descentralizadas de conformidad con
   los Acuerdos municipales respectivos
5. Presentar oportunamente al Concejo los Proyectos de Acuerdo sobre: Planes y Programas de
   Desarrollo Económico y Social, Obras Públicas, Presupuesto Anual de Rentas y Gastos y los
   demás que estime convenientes para la buena marcha del Municipio.

  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  ALCALDE
                                     LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
   inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y
   fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos municipales correspondientes.
8. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes
   generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se
   ocupará de los temas para los cuales fue citado.
9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el Plan de Inversión y el Presupuesto y las demás
   que la Constitución y las leyes le señales.

   •    CONFORME A LA LEY 136 DE 1994, ARTICULO 91 SON FUNCIONES DEL
        ALCALDE:


        EN RELACIÓN CON EL CONCEJO:

1. Presentar los Proyectos de Acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio.
2. Presentar oportunamente los Proyectos de Acuerdo sobre los planes y programas de desarrollo
   social y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y
   nacionales.
3. Presentar dentro del término legal el proyecto de Acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y
   gastos.
4. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarles informes
   generales sobre su administración en la primera sesión ordinaria de cada año, y convocarlo a
   sesiones extraordinarias en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue
   citado.
5. Sancionar y promulgar los Acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
   inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
6. Reglamentar los acuerdos municipales.
7. Enviar al Gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición, los
   Acuerdos del Concejo, los Decretos de carácter general que expida, los actos mediante los cuales
   se reconozca y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que el
   Gobernador le solicite.
8. Aceptar la renuncia o conceder licencia a los Concejales, cuando el Concejo esté en receso.

   •    SON FUNCIONES DEL ALCALDE EN RELACIÓN CON EL ORDEN
        PÚBLICO:

1. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley las instrucciones del
   Presidente de la República y del Gobernador del Departamento. La Policía Nacional cumplirá con
   prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo
   comandante.
  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                        LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



2. Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la Ley, si
   fuera del caso, medidas tales como:
a. Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
b. Decretar el toque de queda.
c.    Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes.
d. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la constitución y la Ley.
e. Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el
   cumplimiento de las normas superiores, conforme al artículo 9 del Decreto 135 de 1970 y demás
   disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Parágrafo 1.
La infracción a las medidas previstas en los literales a, b y c se sancionarán por los alcaldes con
multas hasta de dos salarios legales mínimos mensuales.
Parágrafo 2.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 52 de 1990, los alcaldes estarán obligados a informar
a la Oficina de Orden Público y Convivencia Ciudadana del Ministerio de Gobierno, los hechos o
circunstancias que amenacen con alterar o subvertir el orden público o la paz de la comunidad, con la
especificidad de las medidas que se han tomado para mantenerlo o restablecerlo.

      •    EN RELACIÓN CON LA NACIÓN AL DEPARTAMENTO Y A LAS
           AUTORIDADES JURISDICCIONALES:

1. Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus
   funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba
   hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación.
2. Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o
   departamentales e informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del cumplimiento de
   los deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planes y programas
   de desarrollo municipal.
3. Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el
   territorio de la jurisdicción.
4. Ejercer las funciones que le delegue el Gobernador.
5. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando éstas requieran de su apoyo e intervención.




      •    EN RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL:



     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                     LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



1. Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y de la
   prestación de los servicios a su cargo, representarlo judicial y extrajudicialmente.
2. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes y directores de los
   establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales de carácter local de acuerdo con
   las disposiciones pertinentes.
3. Suprimir o fusionar entidades o dependencias municipales de conformidad con los Acuerdos
   respectivos. Los Acuerdos que sobre este particular expida el Concejo, facultarán al Alcalde para
   que ejerza la atribución con miras al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad,
   eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad definidos por el artículo 209 de la
   Constitución Política.
4. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y
   fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos correspondientes. Los Acuerdos que sobre
   este particular se expidan podrán facultar al Alcalde para que sin exceder el monto presupuestal
   fijado, ejerza dicha función en los términos del Artículo 209 de la Constitución Política.
5. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el Plan de
   Desarrollo Económico y Social y con el Presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables.
6. Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio.
   Esta función puede ser delegada en la Tesorería Municipal y se ejercerá conforme a lo establecido
   en la legislación Contencioso Administrativo y de Procedimiento Civil.
7. Velar por el cumplimiento de las funciones de los empleados municipales y dictar los actos
   necesarios para su administración.
8. Representar al municipio en procesos administrativos y judiciales, pudiendo delegar conforme a la
   ley.
9. Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos diarios, según la gravedad, a quienes lo
   desobedezcan, o le falten el respeto, previo procedimiento sumario administrativo donde se
   observe el debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con los Acuerdos
   correspondientes. La oportunidad para el pago y la conversión de las sumas en arresto se
   gobiernan por lo prescrito en la Ley.
10. Conformar grupos informales funcionales dependientes del Despacho, para llevar a cabo
    proyectos específicos de exigencia interdisciplinaria e interinstitucional.
11. Ejercer el poder disciplinario respecto a los empleados públicos bajo su dependencia.
12. Delegar en los Secretarios de Despacho, Jefe de División, de Unidad y de Oficinas, y en los
    Directores las funciones que la ley y los reglamentos le permitan.
13. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, empresas industriales y
    comerciales, sociedades de economía mixta, fondos rotatorios y unidades administrativas
    especiales del municipio.
14. Distribuir los negocios según su naturaleza, entre las Secretarías, Divisiones, Unidades, Oficinas,
    demás dependencias y establecimientos públicos.
15. Conceder permisos a los empleados públicos municipales de carrera administrativa para aceptar
    con carácter temporal cargos de la Nación o del Departamento.



  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                        LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



16. Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento económico de los habitantes del
    municipio. Gestionar ante entidades públicas y privadas recursos para promover el desarrollo de la
    comunidad.
17. Dirigir, promover y verificar el cumplimiento de los objetivos misionales de la administración, de los
    principios y finalidades.
18. Conocer de todos los procesos disciplinarios que se adelanten en la administración central y
    ejercer el control disciplinario interno en segunda instancia de los procesos que se adelanten
    contra los funcionarios del municipio, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo 3°, artículo
    76 del Código Disciplinario Único.
19. Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia
    entre los habitantes del Municipio, diseñando mecanismos que permitan la participación de la
    comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones municipales.
20. Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley.
21. Ejecutar acciones tendientes a la protección de las personas, niños e indigentes y su integración a
    la familia y a la vida social, productiva y comunitaria.

      •    EN RELACIÓN CON LA CIUDADANÍA:

1. Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía a través de bandos y medios de
   comunicación local de que dispongan.
2. Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las organizaciones sociales y veedurías
   ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán
   desarrollados por la administración.
3. Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las
   organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general.
4. Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal.
5. Las demás funciones que le establece la Constitución, las Leyes, las Ordenanzas, los Acuerdos y
   las que les fueren delegadas por el Presidente de la República o el Gobernador del
   Departamento.

      •    EN RELACIÓN CON SUS COLABORADORES INMEDIATOS

1. El Alcalde podrá delegar en las Secretarías de la Alcaldía, las siguientes funciones:
a)        Nombrar y remover los funcionarios dependientes de los delegatarios.
b)        Ordenar gastos municipales y celebrar los contratos y convenios municipales, de acuerdo con el
          Plan de Desarrollo y con el Presupuesto, con la observancia de las normas legales aplicables.
c)        Ejercer el poder disciplinario sobre los empleados dependientes de los delegatarios.
d)        Recibir los testimonios de que trata el artículo 299 del Código de Procedimiento Civil.

      •    RESPONSABILIDADES

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                        LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



1.       Ante las Inhabilidades e Incompatibilidades consagradas en la Constitución en concordancia
         con los artículos 37 y 38 de la Ley 617 del 2000.
2.       Ante las Prohibiciones consagradas en la Constitución y desarrolladas en el artículo 97 de la
         Ley 136 de 1994.
3.       Ante la Comunidad, en el cumplimiento del Voto Programático consagrado en el artículo 259 de
         la Constitución Nacional.
4.       Según el artículo 314 de la constitución Nacional el Alcalde es el Jefe de la Administración Local
         y Representante Legal del municipio.

                                    CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
1.       Las políticas, planes, programas y proyectos del orden municipal se realizan en base al Plan de
         Desarrollo Municipal y a las directrices y lineamientos departamentales y nacionales.
2.       Se da cabal cumplimiento a las disposiciones, directrices o lineamientos del orden
         departamental y nacional.
3.       Presenta iniciativas y Proyectos de Acuerdo para el desarrollo económico, social y de obras del
         municipio y de Presupuesto Anual de Rentas y Gastos al Concejo de manera oportuna, de
         acuerdo a las necesidades del municipio.
4.       Ordena los gastos respondiendo al Plan de Inversiones y Presupuesto Municipal aplicando las
         normas legales vigentes.
5.       Los servicios que presta la entidad responden a las necesidades del sector poblacional
         involucrado, en materia administrativa pública.
6.       Los planes, programas, proyectos, actividades y servicios prestados por la entidad responden a
         las normas y reglamentos establecidos, a los lineamientos generales emitidos por el Estado, al
         Plan Municipal de Desarrollo y a los Planes Institucionales.
7.       Los recursos humanos, técnicos y financieros aprobados por el Alcalde, se adecuan y ajustan a
         las orientaciones de la Presidencia, Vicepresidencia, Ministerios Nacionales, Gobernación
         Departamental y organismos de control.
8.       Se controlan las actividades desarrolladas por el personal de la Administración Central
         Municipal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
9.       Los informes presentados a los organismos de control reflejan los resultados y transparencia de
         la gestión municipal.


                                  CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES


1.       Políticas públicas, administración pública, financiera y del recurso humano.
2.       Constitución Política, Leyes y Decretos del Gobierno, Ordenanzas y Acuerdos del Concejo, Plan
         de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial, directrices y lineamientos de la Presidencia de
         la República, Ministerios, Función Pública, Comisión Nacional del Servicio Civil, y organismos
         de control.

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                        LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL



3.       Reglamento y normas internas de trabajo.

                            REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA

Las señaladas en la Ley.                                       ------------------




     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
                                                   Pág. 16 de 245
MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  CONTROL
                                        LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                 INTERNO



                                   V. JEFE DE CONTROL INTERNO

                       1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO                  Jefe De Control Interno
CÓDIGO                                   006
GRADO                                    01
NIVEL JERÁRQUICO                         Directivo
NUMERO DE CARGOS                         Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO                      Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN                                Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO                       Alcalde
                 NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección
General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes,
programas y proyectos.
                             PROPÓSITO PRINCIPAL
Asesorar y evaluar la oportunidad, eficiencia y transparencia de las actividades de
la Administración Central Municipal, con el fin de asegurar la ejecución de los
planes, proyectos y objetivos institucionales y fomentar la cultura de autocontrol en
todos los niveles.
                   DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1.       Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno.
2.       Evaluar el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
3.       Evaluar la calidad y oportunidad de la información financiera, económica y social del municipio
         de acuerdo con las normas y procedimientos contables públicos y velar porque los registros
         contables sean veraces y confiables y porque la preparación de los estados financieros se
         ajuste a las normas de contabilidad generalmente aceptadas.
4.       Requerir de las diferentes dependencias de la administración municipal el trámite de asuntos
         con sujeción a la normatividad interna y asegurar que se cumplan las disposiciones legales.
5.       Promover el cumplimiento de los programas de la administración central dentro de los criterios
         de austeridad y eficacia del gasto público.
6.       Coordinar con todas las dependencias el establecimiento de correctivos que permitan mejorar la
         eficiencia, eficacia, celeridad y oportunidad en el ejercicio de las funciones de control,
         inspección y vigilancia y demás servicios y funciones señalados por la ley.
7.       Verificar que las quejas y reclamos que se presenten ante la entidad sobre el mal desempeño
         de las dependencias que conforman la administración central, sean atendidas por la
         dependencia competente; que se inicien las investigaciones preliminares y que, si hay mérito,
         se dé traslado a la autoridad pública competente.
8.       Informar a las autoridades correspondientes, de oficio o a petición de parte, sobre los resultados
         de las evaluaciones efectuadas.
     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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9.       Diseñar y elaborar un plan anual general de actividades de evaluación de control interno e
         informar sobre el mismo al ejecutivo municipal.
10.      Presentar al Consejo de Gobierno, un informe ejecutivo anual en el mes de diciembre acerca
         del estado del sistema de control interno y de los resultados de evaluación de gestión y formular
         las recomendaciones y sugerencias que contribuyan a su mejoramiento y optimización, de
         conformidad con lo consagrado en el artículo 2º del Decreto 1826 de 1994.
11.      Elaborar el Plan de Acción del área y de toda la administración central y velar por su cabal
         cumplimiento.
12.      Impulsar y apoyar el desarrollo local institucional para que en el municipio se constituya y ponga
         en funcionamiento las Juntas de Acción Comunal.
13.      Proporcionar suficiente formación, asesoría, coordinación y asistencia técnica a las
         organizaciones comunitarias para el diseño, ejecución y gestión de sus proyectos de desarrollo
         y utilización de mecanismos de cofinanciación de proyectos comunitarios.
14.      Diseñar y presentar asesoría, asistencia, coordinación y apoyo económico                          para que los
         programas de las Juntas de Acción Comunal se cumplan.
15.      Difundir entre las organizaciones comunitarias las leyes sobre participación ciudadana,
         contratación administrativa y funcionamiento de los municipios y todas aquellas que se refieran
         a la participación comunitaria en salud, educación, trabajo, economía solidaria, justicia y
         seguridad.
16.      Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones
         que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo.


                                    CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES
1.       Los planes, programas y actividades en materia de control interno presentadas están de
         acuerdo a las políticas trazadas en las áreas de su competencia.
2.       Los recursos humanos, financieros y físicos son controlados y evaluados para garantizar un
         buen desempeño administrativo y operativo.
3.       Las dependencias de la Administración Central son asesoradas en el diseño, análisis y
         formulación de métodos de control inherentes a los procedimientos de cada unidad.
4.       Las medidas aplicadas para prevenir riesgos, detectan y corrigen las desviaciones que puedan
         afectar el logro de los objetivos institucionales, definidas y aplicadas adecuadamente.
5.       La aplicación y seguimiento de los procesos se realizan acordes a las normas vigentes.
6.       El sistema de control Interno aplicado oportunamente a las dependencias, propicia la
         optimización, calidad y eficiencia en la prestación del servicio.
7.       Se controlan las actividades financieras, contables y presupuestales, desarrolladas por el
         personal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
8.       La cultura de control en la entidad es fomentada a través de programas de capacitación.
9.       Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.



     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                             CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES
1.       Políticas Públicas, normas, lineamientos y directrices en las áreas de su competencia, en
         materia Financiera, Presupuestal, Contable, de Recaudos y Pagaduría, de Administración de
         Personal, Control Interno, Auditoría, Archivo, Almacén y Suministros.
2.       Conocimientos de administración financiera, contabilidad, presupuesto, tesorería, costos.
3.       Plan de Desarrollo Municipal.
4.       Legislación vigente relacionada con el área.

                              REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley.

ESTUDIOS: Título de formación universitaria o profesional en Administración Pública, Derecho,
Administración de Empresas, Ingeniería Industrial o Economía.

EXPERIENCIA: Tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del
procesador de palabra.

                                         COMPETENCIAS COMUNES
COMPETENCIA                  DEFINICIÓN DE LA                        CONDUCTAS ASOCIADAS
                             COMPETENCIA
                                                                     ·Cumple con oportunidad en función de estándares,
                             Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
                             compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
                                                                  ·Asume la responsabilidad por sus resultados.
Orientación a                eficacia y calidad.
                                                                     ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
resultados                                                           productividad tomando las medidas necesarias para
                                                                     minimizar los riesgos.
                                                                     ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los
                                                                     objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se
                                                                     presentan.

                       Dirigir las decisiones y acciones a       ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de
                       la satisfacción de las necesidades e      los usuarios y de ciudadanos en general.
Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y      ·Considera las necesidades de los usuarios al
y al ciudadano         externos, de conformidad con las          diseñar proyectos o servicios.
                       responsabilidades            públicas     ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los
                       asignadas a la entidad.                   usuarios de conformidad con el servicio que ofrece
                                                                 la entidad.
                                                                 ·Establece diferentes canales de comunicación
                                                                 con el usuario para conocer sus necesidades y
                                                                 propuestas y responde a las mismas.
                                                                 ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
                                                                 el de otros.
                             Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y basada
                             los recursos públicos, eliminando en hechos.
                             cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada con
     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                     LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                 INTERNO



                          en su utilización y   garantizar el sus responsabilidades y con el servicio a cargo de
                          acceso      a    la    información la entidad en que labora.
Transparencia             gubernamental.                      ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
                                                              ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
                                                              criterios aplicables.
                                                              ·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo
                                                              de las labores y la prestación del servicio.
                          Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y respeta
                          las necesidades, prioridades y sus normas.
 Compromiso con la        metas organizacionales              ·Antepone las necesidades de la organización a
   Organización                                               sus propias necesidades.
                                                              ·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
                                                              ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
                                                              actuaciones.


       COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
DIRECTIVO
COMPETENCIA           DEFINICIÓN DE LA                CONDUCTAS ASOCIADAS
                      COMPETENCIA
                      Guiar y dirigir grupos y        ·Mantiene a sus colaboradores motivados.
                      establecer y mantener la        ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta.
                      cohesión     de     grupo       ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un
                      necesaria para alcanzar         desempeño conforme a los estándares.
                      los              objetivos      ·Promueve la eficacia del equipo.
Liderazgo             organizacionales                ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus
                                                      colaboradores.
                                                      ·Fomenta la participación de todos en los procesos de
                                                      reflexión y de toma de decisiones.
                                                      ·Unifica    esfuerzos   hacia    objetivos   y   metas
                                                      institucionales.

                      Determinar eficazmente          ·Anticipa situaciones y escenarios futuros con acierto.
                      las metas y prioridades         ·Establece objetivos claros y concisos, estructurados y
                      institucionales,                coherentes con las metas organizacionales.
                      identificando          las      ·Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos
Planeación            acciones,              los      y factibles.
                      responsables, los plazos        ·Busca soluciones a los problemas.
                      y los recursos requeridos       ·Distribuye el tiempo con eficiencia.
                      para alcanzarlas.               ·Establece planes alternativos de acción.

                    Elegir entre una o varias         ·Elige con oportunidad, entre muchas alternativas, los
                    alternativas        para          proyectos a realizar.
                    solucionar un problema o          ·Efectúa cambios complejos y comprometidos en sus
Toma             de atender una situación,            actividades o en las funciones que tiene asignadas
decisiones          comprometiéndose con              cuando detecta problemas o dificultades para su
                    acciones concretas y              realización.
                    consecuentes con la               ·Decide bajo presión.
                    decisión.                         ·Decide en situaciones de alta complejidad e
                                                      incertidumbre.
  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                     LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                 INTERNO



                Favorecer el aprendizaje              ·Identifica necesidades de formación y capacitación y
                y desarrollo de sus                   propone acciones para satisfacerlas.
                colaboradores,                        ·Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el
                articulando           las             desarrollo integral del empleado.
                potencialidades          y            ·Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir
                necesidades individuales              y cuándo no hacerlo.
                con      las     de     la            ·Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de
Dirección     y organización         para             trabajo para alcanzar las metas y los estándares de
Desarrollo   de optimizar la calidad de               productividad.
Personal        las contribuciones de los             ·Establece espacios regulares de retroalimentación y
                equipos de trabajo y de               reconocimiento del desempeño y sabe manejar
                las personas, en el                   hábilmente el bajo desempeño.
                cumplimiento     de   los             ·Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores.
                objetivos     y     metas             ·Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto.
                organizacionales
                presentes y futuras.
                Estar al tanto de las                 · Es consciente de las condiciones específicas del
                circunstancias y      las             entorno organizacional.
                relaciones de poder que               ·Está al día en los acontecimientos claves del sector y
Conocimiento    influyen en el entorno                del Estado.
del entorno     organizacional.                       ·Conoce y hace seguimiento a las políticas
                                                      gubernamentales.
                                                      ·Identifica las fuerzas políticas que afectan la
                                                      organización y las posibles alianzas para cumplir con
                                                      los propósitos organizacionales.




  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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JEFE OFICIA
                                      MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  ASESORA
                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                DESPACHO
                                                                                                        DEL ALCALDE


                                      VI. JEFE OFICINA ASESORA

                       1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO               Jefe De Oficina Asesora
CÓDIGO                                115
GRADO                                 01
NIVEL JERÁRQUICO                      Asesor
NUMERO DE CARGOS                      Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO                   Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN                             Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO                    Alcalde
                 NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Agrupa los empleos cuyas funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar
directamente a los empleados públicos de la alta dirección territorial.
                            PROPÓSITO PRINCIPAL
Establecer las políticas, métodos, Realizar, analizar, dar conceptos y
procedimientos adecuados para obtener óptimos resultados en el desarrollo de las
actividades propias del área Jurídica en las distintas dependencias de la
Administración Central Municipal.
                 DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1.         Asesorar al despacho y demás dependencias de la entidad, en la elaboración, interpretación y
           aplicación de normas y procedimientos jurídicos y, en general, en los asuntos de su
           competencia.
2.         Elaborar y/o estudiar minutas de los contratos y la suscripción de las respectivas pólizas.
3.         Verificar el cumplimiento de los requisitos para la legalización de contratos de acuerdo con su
           modalidad.
4.         Estudiar y elaborar minutas de convenios suscritos con otras entidades nacionales o
           internacionales, constitución de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico.
5.         Integrar una biblioteca especializada en normas, procedimientos y jurisprudencia.
6.         Elaborar y revisar proyectos de reglamentación sobre situaciones administrativas, laborales y
           docentes.
7.         Participar en las investigaciones y estudios jurídicos que fueren recomendados por el ejecutivo
           municipal.
8.         Resolver las tutelas y los recursos en los cuales esté vinculada la entidad.
9.         Elaborar las actas de suspensión, terminación y liquidación de los contratos.
10.        Colaborar y asistir al ejecutivo municipal en el suministro de información a las autoridades
           judiciales y organismos de vigilancia y control.

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
                                                   Pág. 22 de 245
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                                   MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                  ASESORA
                                    LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                DESPACHO
                                                                                                     DEL ALCALDE


11.     Representar jurídicamente a la entidad en los procesos en los que se le delegue y estudiar la
        delegación de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico.
12.     Elaborar las resoluciones de suspensión y restitución para los servidores públicos vinculados y
        atender los recursos de reposición.
13.     Adelantar los procesos de caducidad de contratos.
14.     Preparar proyectos de actos administrativos orientados al fortalecimiento de la entidad.
15.     Asesorar y asistir al Alcalde y funcionarios de la entidad en aspectos jurídicos y en la
        aplicación de normas jurídicas, procesos y procedimientos del área de su competencia.
16.     Proyectar los actos administrativos que decidan los recursos interpuestos por la vía
        gubernativa y el de revocatoria directa.
17.     Apoderar judicialmente a la Entidad por delegación en los diferentes procesos que se
        promuevan contra la entidad y en los que esta deba promover en materia contencioso-
        administrativa, civil, laboral, penal u otra, en defensa de los intereses institucionales.
18.     Revisar y actualizar proyectos de normas internas, convenios nacionales e internacionales,
        contratos y demás actos administrativos que deba suscribir el Alcalde Municipal.
19.     Velar por la legalización y titulación de los inmuebles del Municipio, hacer el estudio de títulos,
        minutas y contratos,
20.     Mantener actualizada y sistematizada la compilación de normas legales, tanto internas como
        externas.
21.     Prestar asesoría a las diferentes dependencias en el proyecto de actos administrativos,
        contratos y obligaciones referentes a las áreas de vivienda, relaciones laborales, aportes y
        demás temas relacionados con el desempeño institucional.
22.     Conceptuar sobre los asuntos jurídicos que se sometan a su consideración.
23.     Gestionar y apoyar la administración de las pólizas de seguros de bienes muebles e
        inmuebles.
24.     Apoyar la administración de la contratación de los servicios generales.
25.     Preparar proyectos de normas referentes a las actividades propias de la institución en apoyo a
        las áreas
26.     Participar en la elaboración de los estudios jurídicos relacionados con los asuntos de
        competencia institucional.
27.     Analizar, proyectar, perfeccionar o recomendar las acciones jurídicas que deban adoptarse
        para el cumplimiento de la misión institucional.
28.     Actuar como apoderado en los procesos adelantados contra la institución y mantener
        informado sobre su curso a su superior inmediato.
29.     Estudiar y llevar a cabo las investigaciones jurídicas que le sean asignadas por el superior
        inmediato y colaborar con los integrantes del área en la atención de los procesos judiciales
        que sea necesario.
30.     Asesorar a su superior en el aporte de textos legales, doctrinales y de jurisprudencia con el fin
        de dar fundamento jurídico a las decisiones de la Entidad.

  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                      LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DESPACHO
                                                                                                     DEL ALCALDE


31.        Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la
           naturaleza y el área del desempeño del empleo.


                                   CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1.         Los procesos son distribuidos o despachados de manera oportuna y conforme a los términos
           estipulados por las autoridades competentes.
2.         Los conceptos se emiten con prontitud de acuerdo a la temática tratada.
3.         Se da respuesta a los conceptos, peticiones y tutelas, teniendo en cuenta los términos legales
           establecidos.
4.         Los procesos y asesorías jurídicas efectuadas están acorde a los requerimientos y se aplican
           las normas legales y reglamentarias vigentes.
5.         Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión, la
           debida aplicación del control Interno y cumplen los requisitos de ley.
6.         La entrega de informes se realiza de manera oportuna al superior inmediato a los entes de
           control, e instancias correspondientes.
7.         Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.


                            CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES

1.       Políticas Públicas en materia Administrativa Pública.
2.       Constitución Política, Normas Legales vigentes.

                             REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Mínimo: Título de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley
EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho

EXPERIENCIA: Dos (2) años de experiencia profesional relacionada y manejo del procesador de
palabra.

                                       COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA                 DEFINICIÓN DE LA                        CONDUCTAS ASOCIADAS
                            COMPETENCIA
                                                                    ·Cumple con oportunidad en función de estándares,
                            Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
                            compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
                                                                 ·Asume la responsabilidad por sus resultados.
Orientación a               eficacia y calidad.
                                                                       ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
resultados                                                             productividad tomando las medidas necesarias para
                                                                       minimizar los riesgos.
     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                    LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                DESPACHO
                                                                                                     DEL ALCALDE

                                                                  ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los
                                                                  objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se
                                                                  presentan.

                       Dirigir las decisiones y acciones a        ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de
                       la satisfacción de las necesidades e       los usuarios y de ciudadanos en general.
Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y       ·Considera las necesidades de los usuarios al
y al ciudadano         externos, de conformidad con las           diseñar proyectos o servicios.
                       responsabilidades            públicas      ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los
                       asignadas a la entidad.                    usuarios de conformidad con el servicio que ofrece
                                                                  la entidad.
                                                                  ·Establece diferentes canales de comunicación
                                                                  con el usuario para conocer sus necesidades y
                                                                  propuestas y responde a las mismas.
                                                                  ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
                                                                  el de otros.
                          Hacer uso responsable y claro de        ·Proporciona información veraz, objetiva y basada
                          los recursos públicos, eliminando       en hechos.
                          cualquier discrecionalidad indebida     ·Facilita el acceso a la información relacionada con
                          en su utilización y garantizar el       sus responsabilidades y con el servicio a cargo de
                          acceso      a     la    información     la entidad en que labora.
Transparencia             gubernamental.                          ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
                                                                  ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
                                                                  criterios aplicables.
                                                                  ·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo
                                                                  de las labores y la prestación del servicio.
                          Alinear el propio comportamiento a      ·Promueve las metas de la organización y respeta
                          las necesidades, prioridades y          sus normas.
 Compromiso con la        metas organizacionales                  ·Antepone las necesidades de la organización a
   Organización                                                   sus propias necesidades.
                                                                  ·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
                                                                  ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
                                                                  actuaciones.


        COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
NIVEL ASESOR
COMPETENCIA               DEFINICIÓN DE LA                        CONDUCTAS ASOCIADAS
                          COMPETENCIA
      Experticia          Aplicar el conocimiento         o Orienta el desarrollo de proyectos
     Profesional          profesional en la resolución de especiales para el logro de resultados de la
                          problemas y transferirlo a su   alta dirección.
                          entorno laboral                 a Aconseja y orienta la toma de decisiones en
                                                          los temas que le han sido asignados
                                                          l Asesora en materias propias de su campo
                                                          de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios
                                                          o propuestas ajustados a         lineamientos
                                                          teóricos y técnicos.
                                                          t Se comunica de modo lógico, claro, efectivo
                                                          y seguro.
 Conocimiento del         Conocer    e     interpretar la Comprende el entorno organizacional que
     entorno              organización, su funcionamiento enmarca las situaciones objeto de asesoría y
  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                  LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                                DESPACHO
                                                                                                   DEL ALCALDE


                        y sus relaciones políticas y            lo toma como referente obligado para emitir
                        administrativas                         juicios, conceptos o propuestas a desarrollar.
Construcción de         Establecer       y      mantener        ·Utiliza sus contactos para conseguir
  relaciones            relaciones       cordiales       y      objetivos
                        recíprocas con redes o grupos           ·Comparte información para establecer lazos.
                        de personas internas y externas         ·Interactúa con otros de un modo efectivo y
                        a la organización que faciliten la      adecuado.
                        consecución de los objetivos
                        institucionales.
                        Anticiparse a los problemas             ·Prevé situaciones y alternativas de solución
                        iniciando acciones para superar         que orientan la toma de decisiones de la alta
   Iniciativa           los obstáculos y alcanzar metas         dirección.
                        concretas                               ·Enfrenta los problemas y propone acciones
                                                                concretas para solucionarlos.
                                                                ·Reconoce y hace viables las oportunidades.




Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
    competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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SECRETARÍA
                                      MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS                                GENERAL Y
                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DE GOBIERNO



                       VII. SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO


                      1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO               Secretario De Despacho - Secretaría General
                                      Y De Gobierno
CÓDIGO                                020
GRADO                                 01
NIVEL JERÁRQUICO                      Directivo – Alta dirección territorial.
NUMERO DE CARGOS                      Uno (1)
CARÁCTER DEL EMPLEO                   Libre Nombramiento y Remoción.
UBICACIÓN                             Despacho del Alcalde
SUPERIOR INMEDIATO                    Alcalde
                NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES
Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección
General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes,
programas y proyectos.
                            PROPÓSITO PRINCIPAL
Proyectar, dirigir, implementar y controlar las políticas en materia de Gobierno,
seguridad, orden público, asuntos electorales, participación ciudadana, desarrollo
comunitario y atención y prevención de desastres en la Administración Central
Municipal.
                   DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1.       Elaborar el Plan de Acción de la Secretaría y velar por su cabal cumplimiento
2.       Coordinar los procesos de administración del talento humano.
3.       Mantener actualizado la estructura de cargos administrativos y operativos del personal del
         municipio.
4.       Dirigir el fondo de bienestar social con programas que contribuyan al mejoramiento de la calidad
         de vida laboral.
5.       Tramitar las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos que prestan su servicio a la
         entidad y en general reconocer las prestaciones económicas parciales o definitivas.
6.       Dirigir el Archivo General, la radicación y la correspondencia.
7.       Instruir al personal directivo en la concertación de objetivos y evaluación del desempeño.
8.       Elaborar y remitir el cuadro de novedades de la nómina de personal.
9.       Establecer la formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal.
10.      Coordinar los comités de capacitación y estímulos al personal.

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DE GOBIERNO


11.      Tramitar las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal.
12.      Desarrollar las metodologías señaladas por el departamento de la Función Pública para las
         modificaciones de la estructura, salarios y la planta de personal de la Alcaldía Municipal.
13.      Dirigir las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana.
14.      Rendir fe pública de los actos administrativos de la Alcaldía.
15.      Aplicar y controlar las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y
         estacionarias.
16.      Diseñar los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos que
         ordene el Señor Alcalde y que sean de su competencia.
17.      Direccional las actividades industriales y            comerciales de conformidad con la ley y a los
         Acuerdos municipales.
18.      Supervisar y Autorizar bazares, festivales, espectáculos, conceder licencias para juegos y rifas
         y expedir certificados de supervivencia, vecindad y de tiempo de servicio de los servidores
         públicos y de los pensionados
19.      supervisar que la Comisaría de Familia y la Inspección de Policía, cumplan su propósito de
         mediadores en la solución de conflictos y protección a la familia y sociedad
20.      Ejercer el control interno de la Secretaria.
21.      Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones
         que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo.


             CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1.       El plan de acción de la oficina es elaborado teniendo en cuenta la realidad social de la
         comunidad
2.       Los procesos de talento humano y salud ocupacional deben cumplir con las necesidades de los
         trabajadores y lo dispuesto por la OIT
3.       La estructura de cargos administrativos y operativos son la columna vertebral del organigrama y
         mantenerlos actualizados ayuda a definir la responsabilidad jerárquica cada uno en la
         organización.
4.       El fondo de bienestar social debe tener destinaciones específicas para el mejoramiento de la
         calidad de vida de los empleados.
5.       Las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos deben ir correctamente dijilenciadas
         y cumpliendo con los requisitos que estipula la ley.
6.       el Archivo General, la radicación de decretos y correspondencia, deben estar manejados como
         lo estipula las normas de calidad especificas y la ley.
7.       El personal directivo debe tener claros los objetivos expuestos en el plan de desarrollo para así
         cumplir con las necesidades de la ciudadanía y los compromisos de ley.
8.       El cuadro de novedades de la nomina debe ser formalmente elaborado como lo estipula la ley y
         las normas de calidad pertinentes.
     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DE GOBIERNO


9.       La formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal están
         enmarcadas a lo dispuesto por la ley para así no cometer errores en los dineros públicos y de lo
         empleados.
10. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un
         procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución.
11. Los comités de capacitación y estímulos al personal son piesa fundamental para mejorar las
         relaciones entra la institución los trabajadores y la comunidad, llegando asi a una mejor gestión
         y solución a los necesidades de la comunidad.
12. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un
         procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución.
13. Las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana desempeñan un papel
         importante en la concepción de estado, por lo tanto el seguimiento corresponde al compromiso
         del funcionario.
14. La fe pública de los actos administrativos son requisito para demostrar la transparencia de
         estos y como estipula de ley
15. Las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y estacionarias están
         enmarcadas en ley, contribuyendo esto a mejorar el ordenamiento del municipio en la parte
         física como económica.
16. Los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos deben estar
         enmarcados en la ley.
17. Las actividades industriales y comerciales del municipio deben llenar el riguroso y estricto que
         los regula para si las finanzas del municipio no se vea afectado y cumplan con lo dispuesto en
         la ley.
18. Los bazares, festivales y espectáculos tendrán que ser regulados por medio de la ley y ejercer
         la vigilancia respectiva para hacer cumplir las normas que los acogen.
19. La proyección y aplicación de las políticas en materia de gobierno y orden público se hacen en
         base al Plan de Desarrollo Municipal y al Plan de Acción de la dependencia acorde a las
         directrices y con el conocimiento del superior inmediato.
20. Los planes, programas y actividades presentadas están de acuerdo a las políticas trazadas en
         las áreas de su competencia.
21. Los procesos policivos, de control de espacio público, prevención y atención de desastres,
         control de rifas, juegos y espectáculos, se aplican de acuerdo a las orientaciones, y
         requerimientos de las normas legales y reglamentarias vigentes.
22. Las estadísticas de los fallecimientos ocurridos en el municipio son consignados diariamente.
23. Los despachos comisorios son distribuidos al inspector, de manera oportuna y conforme a los
         términos estipulados por los juzgados.
24. Se aplican o imponen las sanciones a los infractores o contraventores, conforme a las
         competencias legales asignadas.

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                       LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DE GOBIERNO


25. La entrega de informes se hace de manera oportuna al superior inmediato a los entes de
         control, e instancias correspondientes.
26. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión
         administrativa, la debida aplicación del control disciplinario interno y cumplen los requisitos de
         ley.
27. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional.

                             CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1.       Políticas Públicas en materia de Gobierno, conservación del orden público, seguridad
         ciudadana, participación comunitaria, estadísticas y defunciones, prevención y atención de
         desastres.
2.       Normas, directrices y lineamientos expedidos por el Gobierno Nacional, Departamental y el
         Ministerio del Interior en materias de su competencia.
3.       Conocimientos de contravenciones, normas, leyes y reglamentaciones policivas..
4.       Plan de Desarrollo Municipal y Planes de Acción.
5.       Proyección de actos administrativos.


                             REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia.
Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia.
Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley.

EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho, Ciencias Políticas,
Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Humanidades o
comunicación social.

EXPERIENCIA: Un (1) año de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del
procesador de palabra.

                                         COMPETENCIAS COMUNES
                             DEFINICIÓN DE LA                        CONDUCTAS ASOCIADAS
      COMPETENCIA
                             COMPETENCIA
                                                                     ·Cumple con oportunidad en función de estándares,
                             Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las
                             compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas.
                                                                  ·Asume la responsabilidad por sus resultados.
                             eficacia y calidad.
       Orientación a                                                 ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la
        resultados                                                   productividad tomando las medidas necesarias para
                                                                     minimizar los riesgos.
                                                                     ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar
                                                                     los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos
                                                                     que se presentan.

     Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
         competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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                                    LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL                              DE GOBIERNO


                       Dirigir las decisiones y acciones a        ·Atiende y valora las necesidades y peticiones
                       la satisfacción de las necesidades e       de los usuarios y de ciudadanos en general.
                       intereses de los usuarios internos y       ·Considera las necesidades de los usuarios al
                       externos, de conformidad con las           diseñar proyectos o servicios.
                       responsabilidades            públicas      ·Da respuestas oportuna a las necesidades de
Orientación al usuario
                       asignadas a la entidad.                    los usuarios de conformidad con el servicio que
    y al ciudadano
                                                                  ofrece la entidad.
                                                                  ·Establece diferentes canales de comunicación
                                                                  con el usuario para conocer sus necesidades y
                                                                  propuestas y responde a las mismas.
                                                                  ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y
                                                                  el de otros.
                          Hacer uso responsable y claro de        ·Proporciona información veraz, objetiva y
                          los recursos públicos, eliminando       basada en hechos.
                          cualquier discrecionalidad indebida     ·Facilita el acceso a la información relacionada
                          en su utilización y garantizar el       con sus responsabilidades y con el servicio a
                          acceso      a     la    información     cargo de la entidad en que labora.
    Transparencia
                          gubernamental.                          ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones.
                                                                  ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y
                                                                  criterios aplicables.
                                                                  ·Utiliza los recursos de la entidad para el
                                                                  desarrollo de las labores y la prestación del
                                                                  servicio.
                          Alinear el propio comportamiento a      ·Promueve las metas de la organización y
                          las necesidades, prioridades y          respeta sus normas.
 Compromiso con la        metas organizacionales                  ·Antepone las necesidades de la organización a
   Organización                                                   sus propias necesidades.
                                                                  ·Apoya a la organización en situaciones difíciles.
                                                                  ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus
                                                                  actuaciones.


       COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO
DIRECTIVO
COMPETENCIA           DEFINICIÓN DE LA                CONDUCTAS ASOCIADAS
                      COMPETENCIA
                      Guiar y dirigir grupos y        ·Mantiene a sus colaboradores motivados.
                      establecer y mantener la        ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta.
                      cohesión     de     grupo       ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un
                      necesaria para alcanzar         desempeño conforme a los estándares.
                      los              objetivos      ·Promueve la eficacia del equipo.
   Liderazgo          organizacionales                ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus
                                                      colaboradores.
                                                      ·Fomenta la participación de todos en los procesos de
                                                      reflexión y de toma de decisiones.
                                                      ·Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas
                                                      institucionales.




  Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y
      competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”.
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Manual de funciones 2005 SAN GIL
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  • 1. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL. Elaborado por: Gladys Stella Lara Garzón Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 1 de 245
  • 2. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL CONTENIDO I.DECRETO No. 059 de 2.005................................................................................................5 II.MISIÓN Y VISIÓN.................................................................................................................7 III.planta de CARGOS ................................................................................................................8 IV.ALCALDE...........................................................................................................................10 V.JEFE DE CONTROL INTERNO ........................................................................................17 VI.jefe OFICINA asesora.........................................................................................................22 VII.SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO.................................................................27 VIII.SECRETARÍA DE HACIENDA Y DEL TESORO.........................................................33 IX.SECRETARÍA DE PLANEACIÓN....................................................................................39 X.SECRETARÍA LOCAL DE SALUD....................................................................................44 XI.SECRETARÍA DE EDUCACIÓN CULTURA Y TURISMO............................................48 XII.SECRETARÍA DE TRANSITO Y TRANSPORTE..........................................................53 XIII.SECRETARÍA DE AGRICULTURA...............................................................................58 XIV.CENTRO DE CONVIVENCIA, CULTURA Y PAZ.......................................................64 XV.SECRETARIO PRIVADO.................................................................................................69 XVI.ALMACENISTA GENERAL...........................................................................................73 XVII.SECRETARIA EJECUTIVA DEL DESPACHO DEL ALCALDE...............................78 XVIII.Profesional Universitario (Arquitecto)...........................................................................82 XIX.Profesional Universitario (Turismo)..................................................................................87 XX.Profesional Universitario (asesor).......................................................................................91 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 2 de 245
  • 3. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL XXI.Técnico (Área de Proyectos) ............................................................................................96 XXII.Técnico (Sistemas).........................................................................................................100 XXIII.Técnico (oficina asesora)..............................................................................................104 XXIV.COMISARIO DE FAMILIA........................................................................................108 XXV.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (salud).................................................................113 XXVI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (hacienda y del tesoro)......................................117 XXVII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (AGRICULTURA)..........................................122 XXVIII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (sisben)...........................................................128 XXIX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (ARCHIVO GENERAL)..................................132 XXX.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (S. Hacienda)......................................................137 XXXI.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (BANCO DE PROYECTOS)...........................141 XXXII.PROFESIONAL UNIVERSITARIO (PLANEACIÓN).............................................147 XXXIII.INSPECTOR DE POLICÍA.......................................................................................153 XXXIV.Técnico (presupuesto) ...............................................................................................158 XXXV.Técnico (deportes)......................................................................................................162 XXXVI.Técnico (gobierno)....................................................................................................166 XXXVII.Técnico (ÁREA RESOLUCIÓN de conflictos).......................................................170 XXXVIII.Técnico (agricultura)...............................................................................................174 XXXIX.Técnico (ESTADÍSTICA de salud)...........................................................................178 XL.TÉCNICO (SUSTANCIADOR).......................................................................................182 XLI.TÉCNICO (COMPARENDOS Y LICENCIAS).............................................................186 XLII.Técnico (hacienda)..........................................................................................................190 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 3 de 245
  • 4. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTENIDO LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL XLIII.Técnico (cultura)...........................................................................................................195 XLIV.Técnico (turismo)..........................................................................................................198 XLV.Técnico(HACIENDA y del tesoro)................................................................................202 XLVI.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (GOBIERNO).......................................................206 XLVII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO (area TRansito)....................................................210 XLVIII.AUXILIAR ADMINISTRATIVO ............................................................................214 XLIX.SECRETARIA EJECUTIVA........................................................................................218 L.AUXILIAR EN SALUD......................................................................................................222 LI.Auxiliar Administrativo......................................................................................................226 LII.Auxiliar Administrativo (supervisor)................................................................................230 LIII.CONDUCTOR MECÁNICO...........................................................................................234 Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 4 de 245
  • 5. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS DECRETO LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL I. DECRETO NO. 059 DE 2.005 (Octubre 14) Por el cual se ajusta el manual específico de funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil. El Alcalde de la Alcaldía Municipal de San Gil, En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2.005 y CONSIDERANDO a) Que los decretos leyes 770 y 785 de 2.005, establecen los criterios y la obligatoriedad para definir e incorporar en los Manuales específicos de funciones y de requisitos las competencias laborales mínimas, para los diferentes empleos públicos de las entidades del orden Nacional y Territorial en sus sectores Central y descentralizado. b) Que en desarrollo de estas disposiciones, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2539 de Julio 22 de 2.005, “Por el cual se establece las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los decretos Ley 770 y 785 de 2.005”, donde se fijan las competencias comportamentales comunes a los servidores públicos y las comportamentales mínimas que corresponden por cada nivel jerárquico de empleo. c) Que es indispensable que las autoridades nominadoras de las entidades del orden Nacional y Territorial y los Jefes de las Unidades de Personal o quien haga sus veces, obligadas legalmente a ello por lo dispuesto en la Ley 909 de 2.004, procedan en lo pertinente a dar aplicación a las disposiciones legales vigentes. d) Que mediante Acuerdo Municipal 021 del 2 de Octubre de 2.005, el Honorable Concejo Municipal faculta al señor Alcalde. e) Que por lo anteriormente expuesto, DECRETA ARTICULO PRIMERO: Ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, Para los empleos que conforman el Plan Anual de Vacantes contempladas en la Planta de personal de la Alcaldía Municipal de San Gil, fijada por el Decreto de Planta No 058 de fecha 13 de Octubre de 2005, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterio de eficiencia y eficacia en Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 5 de 245
  • 6. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS DECRETO LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan la Alcaldía Municipal de San Gil, así: A partir de la página siguiente inicia la descripción de funciones y competencias laborales de cada uno de los empleos objeto del presente ajuste de manual. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 6 de 245
  • 7. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS MISIÓN Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL VISIÓN II. MISIÓN Y VISIÓN MISIÓN. La Alcaldía de San Gil, es una entidad de derecho público, que tiene como misión asegurar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. La Alcaldía administra bajo los principios de equidad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, para mejorar: • La atención al ciudadano. • La prestación de los servicios públicos que le son de su competencia, o en la regulación, control y vigilancia de dichos servicios. • En el cumplimiento de ejecución del plan de desarrollo municipal. • En el establecimiento de mecanismos que propicien la participación y concertación ciudadana. • En recuperar la confiabilidad de inversionistas públicos y privados para que se genere empresas y empleos. • En el fortalecimiento de los valores del trabajo, ética, identidad cultural y ecología. • En el resultado de clima laboral de mutuo respeto y desarrollo integral. VISIÓN. La Alcaldía municipal de San Gil será una entidad territorial de categoría nacional, vanguardia en su género del desarrollo económico, social, cultural y turístico en el oriente colombiano para lograr una verdadera transformación de la empresa pública que enorgullezca a cada uno de los Sangileños. Cumplir con esta misión del futuro en una meta de todos para el año 2020. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 7 de 245
  • 8. PLANTA DE MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CARGOS LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL III. PLANTA DE CARGOS No DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO CARGOS DESPACHO DEL ALCALDE 1 Alcalde 005 02 6 Secretarios de Despacho 020 01 1 Secretario Local de Salud 097 01 1 Jefe de Oficina Asesora 115 01 3 Profesional Universitario (Oficina Asesora, Arquitectura, Turismo) 219 05 1 Jefe de Oficina (Control Interno) 06 01 1 Profesional Universitario (Director del Centro de Convivencia Cultura y Paz) 219 06 1 Secretario Privado 219 06 1 Técnico (Banco de Proyectos) 314 03 2 Técnico (Oficina Asesora, sistemas) 314 04 1 Secretaria Ejecutiva del Despacho del Alcalde 438 08 1 Almacenista General 215 02 20 TOTAL PLANTA GLOBAL 1 Comisario de Familia 202 04 5 Profesional Universitario (Archivo, Hacienda, Siben, Proyectos, 219 03 infraestructura 2 Profesional Universitario (Hacienda, Salud) 219 04 1 Profesional Universitario (Agricultura) 219 05 1 Inspector de Policía 314 07 1 Técnico (Turismo) 314 01 1 Técnico (Hacienda) 314 09 2 Técnico (Comparendos, Resolución de conflictos) 314 03 1 Técnico (Secretaría Agricultura) 314 04 1 Técnico en estadística en Salud 367 05 2 Técnico (Sustanciador, Área de Cultura) 314 05 1 Técnico (Área de Gobierno) 314 06 1 Técnico (Deportes) 314 07 1 Técnico (Presupuesto) 314 09 1 Técnico (Hacienda y del Tesoro) 314 08 4 Auxiliar Administrativo 407 01 1 Auxiliar Administrativo en salud 407 02 1 Auxiliar Administrativo (conductor) 407 03 1 Auxiliar Administrativo (Área de Gobierno) 407 08 4 Auxiliar Administrativo (Área de Tránsito, Planeación, Hacienda, Educación) 407 04 1 Auxiliar Administrativo (Supervisor) 407 05 1 Secretaria Ejecutiva 425 06 35 TOTAL Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 8 de 245
  • 9. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES ORGANIGRAMA DEL MUNICIPIO DE SAN GIL ALCALDE MUNICIPAL DE SAN GIL CONTROL INTERNO OFICINA JURÍDICA Secretaría Secretaría de Secretaría de Secretaría de Secretaría de Secretaría de Educación Secretaría de General y de Hacienda y el Tránsito y Planeación Salud Cultura y Agricultura Gobierno Tesoro Transporte Turismo Inspección de Policía Comisaría de Familia Archivo General Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 9 de 245
  • 10. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL IV. ALCALDE 1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Alcalde CÓDIGO 005 GRADO 02 NIVEL JERÁRQUICO Directivo – Alta Dirección Territorial. NUMERO DE CARGOS 01 CARÁCTER DEL EMPLEO Elección Popular UBICACIÓN Municipio De San Gil NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. PROPÓSITO PRINCIPAL Ejercer la autoridad política, asumir la jefatura de la administración local, representar legalmente a la entidad territorial y ser la primera autoridad de policía del municipio con carácter de empleado público del mismo. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES • CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ARTÍCULO 315 SON ATRIBUCIONES DEL ALCALDE: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley, los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas, y los Acuerdos del Concejo Municipal. 2. Conservar el Orden Público en el Municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la primera autoridad del Municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo Comandante. 3. Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente y nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes. 4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales y descentralizadas de conformidad con los Acuerdos municipales respectivos 5. Presentar oportunamente al Concejo los Proyectos de Acuerdo sobre: Planes y Programas de Desarrollo Económico y Social, Obras Públicas, Presupuesto Anual de Rentas y Gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del Municipio. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 10 de 245
  • 11. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico. 7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos municipales correspondientes. 8. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se ocupará de los temas para los cuales fue citado. 9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el Plan de Inversión y el Presupuesto y las demás que la Constitución y las leyes le señales. • CONFORME A LA LEY 136 DE 1994, ARTICULO 91 SON FUNCIONES DEL ALCALDE: EN RELACIÓN CON EL CONCEJO: 1. Presentar los Proyectos de Acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio. 2. Presentar oportunamente los Proyectos de Acuerdo sobre los planes y programas de desarrollo social y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y nacionales. 3. Presentar dentro del término legal el proyecto de Acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y gastos. 4. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarles informes generales sobre su administración en la primera sesión ordinaria de cada año, y convocarlo a sesiones extraordinarias en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado. 5. Sancionar y promulgar los Acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico. 6. Reglamentar los acuerdos municipales. 7. Enviar al Gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición, los Acuerdos del Concejo, los Decretos de carácter general que expida, los actos mediante los cuales se reconozca y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que el Gobernador le solicite. 8. Aceptar la renuncia o conceder licencia a los Concejales, cuando el Concejo esté en receso. • SON FUNCIONES DEL ALCALDE EN RELACIÓN CON EL ORDEN PÚBLICO: 1. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la Ley las instrucciones del Presidente de la República y del Gobernador del Departamento. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo comandante. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 11 de 245
  • 12. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 2. Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la Ley, si fuera del caso, medidas tales como: a. Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos. b. Decretar el toque de queda. c. Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes. d. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la constitución y la Ley. e. Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el cumplimiento de las normas superiores, conforme al artículo 9 del Decreto 135 de 1970 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen. Parágrafo 1. La infracción a las medidas previstas en los literales a, b y c se sancionarán por los alcaldes con multas hasta de dos salarios legales mínimos mensuales. Parágrafo 2. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 52 de 1990, los alcaldes estarán obligados a informar a la Oficina de Orden Público y Convivencia Ciudadana del Ministerio de Gobierno, los hechos o circunstancias que amenacen con alterar o subvertir el orden público o la paz de la comunidad, con la especificidad de las medidas que se han tomado para mantenerlo o restablecerlo. • EN RELACIÓN CON LA NACIÓN AL DEPARTAMENTO Y A LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES: 1. Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación. 2. Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o departamentales e informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del cumplimiento de los deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planes y programas de desarrollo municipal. 3. Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el territorio de la jurisdicción. 4. Ejercer las funciones que le delegue el Gobernador. 5. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando éstas requieran de su apoyo e intervención. • EN RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL: Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 12 de 245
  • 13. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 1. Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestación de los servicios a su cargo, representarlo judicial y extrajudicialmente. 2. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia, y a los gerentes y directores de los establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales de carácter local de acuerdo con las disposiciones pertinentes. 3. Suprimir o fusionar entidades o dependencias municipales de conformidad con los Acuerdos respectivos. Los Acuerdos que sobre este particular expida el Concejo, facultarán al Alcalde para que ejerza la atribución con miras al cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad definidos por el artículo 209 de la Constitución Política. 4. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos correspondientes. Los Acuerdos que sobre este particular se expidan podrán facultar al Alcalde para que sin exceder el monto presupuestal fijado, ejerza dicha función en los términos del Artículo 209 de la Constitución Política. 5. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social y con el Presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables. 6. Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio. Esta función puede ser delegada en la Tesorería Municipal y se ejercerá conforme a lo establecido en la legislación Contencioso Administrativo y de Procedimiento Civil. 7. Velar por el cumplimiento de las funciones de los empleados municipales y dictar los actos necesarios para su administración. 8. Representar al municipio en procesos administrativos y judiciales, pudiendo delegar conforme a la ley. 9. Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos diarios, según la gravedad, a quienes lo desobedezcan, o le falten el respeto, previo procedimiento sumario administrativo donde se observe el debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con los Acuerdos correspondientes. La oportunidad para el pago y la conversión de las sumas en arresto se gobiernan por lo prescrito en la Ley. 10. Conformar grupos informales funcionales dependientes del Despacho, para llevar a cabo proyectos específicos de exigencia interdisciplinaria e interinstitucional. 11. Ejercer el poder disciplinario respecto a los empleados públicos bajo su dependencia. 12. Delegar en los Secretarios de Despacho, Jefe de División, de Unidad y de Oficinas, y en los Directores las funciones que la ley y los reglamentos le permitan. 13. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales, sociedades de economía mixta, fondos rotatorios y unidades administrativas especiales del municipio. 14. Distribuir los negocios según su naturaleza, entre las Secretarías, Divisiones, Unidades, Oficinas, demás dependencias y establecimientos públicos. 15. Conceder permisos a los empleados públicos municipales de carrera administrativa para aceptar con carácter temporal cargos de la Nación o del Departamento. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 13 de 245
  • 14. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 16. Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento económico de los habitantes del municipio. Gestionar ante entidades públicas y privadas recursos para promover el desarrollo de la comunidad. 17. Dirigir, promover y verificar el cumplimiento de los objetivos misionales de la administración, de los principios y finalidades. 18. Conocer de todos los procesos disciplinarios que se adelanten en la administración central y ejercer el control disciplinario interno en segunda instancia de los procesos que se adelanten contra los funcionarios del municipio, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo 3°, artículo 76 del Código Disciplinario Único. 19. Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia entre los habitantes del Municipio, diseñando mecanismos que permitan la participación de la comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones municipales. 20. Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley. 21. Ejecutar acciones tendientes a la protección de las personas, niños e indigentes y su integración a la familia y a la vida social, productiva y comunitaria. • EN RELACIÓN CON LA CIUDADANÍA: 1. Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía a través de bandos y medios de comunicación local de que dispongan. 2. Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán desarrollados por la administración. 3. Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general. 4. Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal. 5. Las demás funciones que le establece la Constitución, las Leyes, las Ordenanzas, los Acuerdos y las que les fueren delegadas por el Presidente de la República o el Gobernador del Departamento. • EN RELACIÓN CON SUS COLABORADORES INMEDIATOS 1. El Alcalde podrá delegar en las Secretarías de la Alcaldía, las siguientes funciones: a) Nombrar y remover los funcionarios dependientes de los delegatarios. b) Ordenar gastos municipales y celebrar los contratos y convenios municipales, de acuerdo con el Plan de Desarrollo y con el Presupuesto, con la observancia de las normas legales aplicables. c) Ejercer el poder disciplinario sobre los empleados dependientes de los delegatarios. d) Recibir los testimonios de que trata el artículo 299 del Código de Procedimiento Civil. • RESPONSABILIDADES Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 14 de 245
  • 15. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 1. Ante las Inhabilidades e Incompatibilidades consagradas en la Constitución en concordancia con los artículos 37 y 38 de la Ley 617 del 2000. 2. Ante las Prohibiciones consagradas en la Constitución y desarrolladas en el artículo 97 de la Ley 136 de 1994. 3. Ante la Comunidad, en el cumplimiento del Voto Programático consagrado en el artículo 259 de la Constitución Nacional. 4. Según el artículo 314 de la constitución Nacional el Alcalde es el Jefe de la Administración Local y Representante Legal del municipio. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Las políticas, planes, programas y proyectos del orden municipal se realizan en base al Plan de Desarrollo Municipal y a las directrices y lineamientos departamentales y nacionales. 2. Se da cabal cumplimiento a las disposiciones, directrices o lineamientos del orden departamental y nacional. 3. Presenta iniciativas y Proyectos de Acuerdo para el desarrollo económico, social y de obras del municipio y de Presupuesto Anual de Rentas y Gastos al Concejo de manera oportuna, de acuerdo a las necesidades del municipio. 4. Ordena los gastos respondiendo al Plan de Inversiones y Presupuesto Municipal aplicando las normas legales vigentes. 5. Los servicios que presta la entidad responden a las necesidades del sector poblacional involucrado, en materia administrativa pública. 6. Los planes, programas, proyectos, actividades y servicios prestados por la entidad responden a las normas y reglamentos establecidos, a los lineamientos generales emitidos por el Estado, al Plan Municipal de Desarrollo y a los Planes Institucionales. 7. Los recursos humanos, técnicos y financieros aprobados por el Alcalde, se adecuan y ajustan a las orientaciones de la Presidencia, Vicepresidencia, Ministerios Nacionales, Gobernación Departamental y organismos de control. 8. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal de la Administración Central Municipal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos. 9. Los informes presentados a los organismos de control reflejan los resultados y transparencia de la gestión municipal. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Políticas públicas, administración pública, financiera y del recurso humano. 2. Constitución Política, Leyes y Decretos del Gobierno, Ordenanzas y Acuerdos del Concejo, Plan de Desarrollo, Plan de Ordenamiento Territorial, directrices y lineamientos de la Presidencia de la República, Ministerios, Función Pública, Comisión Nacional del Servicio Civil, y organismos de control. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 15 de 245
  • 16. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ALCALDE LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL 3. Reglamento y normas internas de trabajo. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA Las señaladas en la Ley. ------------------ Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 16 de 245
  • 17. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO V. JEFE DE CONTROL INTERNO 1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Jefe De Control Interno CÓDIGO 006 GRADO 01 NIVEL JERÁRQUICO Directivo NUMERO DE CARGOS Uno (1) CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción. UBICACIÓN Despacho del Alcalde SUPERIOR INMEDIATO Alcalde NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar y evaluar la oportunidad, eficiencia y transparencia de las actividades de la Administración Central Municipal, con el fin de asegurar la ejecución de los planes, proyectos y objetivos institucionales y fomentar la cultura de autocontrol en todos los niveles. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno. 2. Evaluar el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias. 3. Evaluar la calidad y oportunidad de la información financiera, económica y social del municipio de acuerdo con las normas y procedimientos contables públicos y velar porque los registros contables sean veraces y confiables y porque la preparación de los estados financieros se ajuste a las normas de contabilidad generalmente aceptadas. 4. Requerir de las diferentes dependencias de la administración municipal el trámite de asuntos con sujeción a la normatividad interna y asegurar que se cumplan las disposiciones legales. 5. Promover el cumplimiento de los programas de la administración central dentro de los criterios de austeridad y eficacia del gasto público. 6. Coordinar con todas las dependencias el establecimiento de correctivos que permitan mejorar la eficiencia, eficacia, celeridad y oportunidad en el ejercicio de las funciones de control, inspección y vigilancia y demás servicios y funciones señalados por la ley. 7. Verificar que las quejas y reclamos que se presenten ante la entidad sobre el mal desempeño de las dependencias que conforman la administración central, sean atendidas por la dependencia competente; que se inicien las investigaciones preliminares y que, si hay mérito, se dé traslado a la autoridad pública competente. 8. Informar a las autoridades correspondientes, de oficio o a petición de parte, sobre los resultados de las evaluaciones efectuadas. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 17 de 245
  • 18. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO 9. Diseñar y elaborar un plan anual general de actividades de evaluación de control interno e informar sobre el mismo al ejecutivo municipal. 10. Presentar al Consejo de Gobierno, un informe ejecutivo anual en el mes de diciembre acerca del estado del sistema de control interno y de los resultados de evaluación de gestión y formular las recomendaciones y sugerencias que contribuyan a su mejoramiento y optimización, de conformidad con lo consagrado en el artículo 2º del Decreto 1826 de 1994. 11. Elaborar el Plan de Acción del área y de toda la administración central y velar por su cabal cumplimiento. 12. Impulsar y apoyar el desarrollo local institucional para que en el municipio se constituya y ponga en funcionamiento las Juntas de Acción Comunal. 13. Proporcionar suficiente formación, asesoría, coordinación y asistencia técnica a las organizaciones comunitarias para el diseño, ejecución y gestión de sus proyectos de desarrollo y utilización de mecanismos de cofinanciación de proyectos comunitarios. 14. Diseñar y presentar asesoría, asistencia, coordinación y apoyo económico para que los programas de las Juntas de Acción Comunal se cumplan. 15. Difundir entre las organizaciones comunitarias las leyes sobre participación ciudadana, contratación administrativa y funcionamiento de los municipios y todas aquellas que se refieran a la participación comunitaria en salud, educación, trabajo, economía solidaria, justicia y seguridad. 16. Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los planes, programas y actividades en materia de control interno presentadas están de acuerdo a las políticas trazadas en las áreas de su competencia. 2. Los recursos humanos, financieros y físicos son controlados y evaluados para garantizar un buen desempeño administrativo y operativo. 3. Las dependencias de la Administración Central son asesoradas en el diseño, análisis y formulación de métodos de control inherentes a los procedimientos de cada unidad. 4. Las medidas aplicadas para prevenir riesgos, detectan y corrigen las desviaciones que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales, definidas y aplicadas adecuadamente. 5. La aplicación y seguimiento de los procesos se realizan acordes a las normas vigentes. 6. El sistema de control Interno aplicado oportunamente a las dependencias, propicia la optimización, calidad y eficiencia en la prestación del servicio. 7. Se controlan las actividades financieras, contables y presupuestales, desarrolladas por el personal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos. 8. La cultura de control en la entidad es fomentada a través de programas de capacitación. 9. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 18 de 245
  • 19. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES 1. Políticas Públicas, normas, lineamientos y directrices en las áreas de su competencia, en materia Financiera, Presupuestal, Contable, de Recaudos y Pagaduría, de Administración de Personal, Control Interno, Auditoría, Archivo, Almacén y Suministros. 2. Conocimientos de administración financiera, contabilidad, presupuesto, tesorería, costos. 3. Plan de Desarrollo Municipal. 4. Legislación vigente relacionada con el área. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia. Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia. Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley. ESTUDIOS: Título de formación universitaria o profesional en Administración Pública, Derecho, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial o Economía. EXPERIENCIA: Tres (3) años de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del procesador de palabra. COMPETENCIAS COMUNES COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA ·Cumple con oportunidad en función de estándares, Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas. ·Asume la responsabilidad por sus resultados. Orientación a eficacia y calidad. ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la resultados productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de la satisfacción de las necesidades e los usuarios y de ciudadanos en general. Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al y al ciudadano externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios. responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los asignadas a la entidad. usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad. ·Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y basada los recursos públicos, eliminando en hechos. cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada con Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 19 de 245
  • 20. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO en su utilización y garantizar el sus responsabilidades y con el servicio a cargo de acceso a la información la entidad en que labora. Transparencia gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones. ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables. ·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y respeta las necesidades, prioridades y sus normas. Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a Organización sus propias necesidades. ·Apoya a la organización en situaciones difíciles. ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO DIRECTIVO COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA Guiar y dirigir grupos y ·Mantiene a sus colaboradores motivados. establecer y mantener la ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta. cohesión de grupo ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un necesaria para alcanzar desempeño conforme a los estándares. los objetivos ·Promueve la eficacia del equipo. Liderazgo organizacionales ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. ·Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. ·Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas institucionales. Determinar eficazmente ·Anticipa situaciones y escenarios futuros con acierto. las metas y prioridades ·Establece objetivos claros y concisos, estructurados y institucionales, coherentes con las metas organizacionales. identificando las ·Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos Planeación acciones, los y factibles. responsables, los plazos ·Busca soluciones a los problemas. y los recursos requeridos ·Distribuye el tiempo con eficiencia. para alcanzarlas. ·Establece planes alternativos de acción. Elegir entre una o varias ·Elige con oportunidad, entre muchas alternativas, los alternativas para proyectos a realizar. solucionar un problema o ·Efectúa cambios complejos y comprometidos en sus Toma de atender una situación, actividades o en las funciones que tiene asignadas decisiones comprometiéndose con cuando detecta problemas o dificultades para su acciones concretas y realización. consecuentes con la ·Decide bajo presión. decisión. ·Decide en situaciones de alta complejidad e incertidumbre. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 20 de 245
  • 21. MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS CONTROL LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL INTERNO Favorecer el aprendizaje ·Identifica necesidades de formación y capacitación y y desarrollo de sus propone acciones para satisfacerlas. colaboradores, ·Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el articulando las desarrollo integral del empleado. potencialidades y ·Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir necesidades individuales y cuándo no hacerlo. con las de la ·Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de Dirección y organización para trabajo para alcanzar las metas y los estándares de Desarrollo de optimizar la calidad de productividad. Personal las contribuciones de los ·Establece espacios regulares de retroalimentación y equipos de trabajo y de reconocimiento del desempeño y sabe manejar las personas, en el hábilmente el bajo desempeño. cumplimiento de los ·Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores. objetivos y metas ·Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto. organizacionales presentes y futuras. Estar al tanto de las · Es consciente de las condiciones específicas del circunstancias y las entorno organizacional. relaciones de poder que ·Está al día en los acontecimientos claves del sector y Conocimiento influyen en el entorno del Estado. del entorno organizacional. ·Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales. ·Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir con los propósitos organizacionales. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 21 de 245
  • 22. JEFE OFICIA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO DEL ALCALDE VI. JEFE OFICINA ASESORA 1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Jefe De Oficina Asesora CÓDIGO 115 GRADO 01 NIVEL JERÁRQUICO Asesor NUMERO DE CARGOS Uno (1) CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción. UBICACIÓN Despacho del Alcalde SUPERIOR INMEDIATO Alcalde NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES Agrupa los empleos cuyas funciones consisten en asistir, aconsejar y asesorar directamente a los empleados públicos de la alta dirección territorial. PROPÓSITO PRINCIPAL Establecer las políticas, métodos, Realizar, analizar, dar conceptos y procedimientos adecuados para obtener óptimos resultados en el desarrollo de las actividades propias del área Jurídica en las distintas dependencias de la Administración Central Municipal. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar al despacho y demás dependencias de la entidad, en la elaboración, interpretación y aplicación de normas y procedimientos jurídicos y, en general, en los asuntos de su competencia. 2. Elaborar y/o estudiar minutas de los contratos y la suscripción de las respectivas pólizas. 3. Verificar el cumplimiento de los requisitos para la legalización de contratos de acuerdo con su modalidad. 4. Estudiar y elaborar minutas de convenios suscritos con otras entidades nacionales o internacionales, constitución de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico. 5. Integrar una biblioteca especializada en normas, procedimientos y jurisprudencia. 6. Elaborar y revisar proyectos de reglamentación sobre situaciones administrativas, laborales y docentes. 7. Participar en las investigaciones y estudios jurídicos que fueren recomendados por el ejecutivo municipal. 8. Resolver las tutelas y los recursos en los cuales esté vinculada la entidad. 9. Elaborar las actas de suspensión, terminación y liquidación de los contratos. 10. Colaborar y asistir al ejecutivo municipal en el suministro de información a las autoridades judiciales y organismos de vigilancia y control. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 22 de 245
  • 23. JEFE OFICIA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO DEL ALCALDE 11. Representar jurídicamente a la entidad en los procesos en los que se le delegue y estudiar la delegación de poderes y conceptuar sobre aspectos de orden jurídico. 12. Elaborar las resoluciones de suspensión y restitución para los servidores públicos vinculados y atender los recursos de reposición. 13. Adelantar los procesos de caducidad de contratos. 14. Preparar proyectos de actos administrativos orientados al fortalecimiento de la entidad. 15. Asesorar y asistir al Alcalde y funcionarios de la entidad en aspectos jurídicos y en la aplicación de normas jurídicas, procesos y procedimientos del área de su competencia. 16. Proyectar los actos administrativos que decidan los recursos interpuestos por la vía gubernativa y el de revocatoria directa. 17. Apoderar judicialmente a la Entidad por delegación en los diferentes procesos que se promuevan contra la entidad y en los que esta deba promover en materia contencioso- administrativa, civil, laboral, penal u otra, en defensa de los intereses institucionales. 18. Revisar y actualizar proyectos de normas internas, convenios nacionales e internacionales, contratos y demás actos administrativos que deba suscribir el Alcalde Municipal. 19. Velar por la legalización y titulación de los inmuebles del Municipio, hacer el estudio de títulos, minutas y contratos, 20. Mantener actualizada y sistematizada la compilación de normas legales, tanto internas como externas. 21. Prestar asesoría a las diferentes dependencias en el proyecto de actos administrativos, contratos y obligaciones referentes a las áreas de vivienda, relaciones laborales, aportes y demás temas relacionados con el desempeño institucional. 22. Conceptuar sobre los asuntos jurídicos que se sometan a su consideración. 23. Gestionar y apoyar la administración de las pólizas de seguros de bienes muebles e inmuebles. 24. Apoyar la administración de la contratación de los servicios generales. 25. Preparar proyectos de normas referentes a las actividades propias de la institución en apoyo a las áreas 26. Participar en la elaboración de los estudios jurídicos relacionados con los asuntos de competencia institucional. 27. Analizar, proyectar, perfeccionar o recomendar las acciones jurídicas que deban adoptarse para el cumplimiento de la misión institucional. 28. Actuar como apoderado en los procesos adelantados contra la institución y mantener informado sobre su curso a su superior inmediato. 29. Estudiar y llevar a cabo las investigaciones jurídicas que le sean asignadas por el superior inmediato y colaborar con los integrantes del área en la atención de los procesos judiciales que sea necesario. 30. Asesorar a su superior en el aporte de textos legales, doctrinales y de jurisprudencia con el fin de dar fundamento jurídico a las decisiones de la Entidad. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 23 de 245
  • 24. JEFE OFICIA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO DEL ALCALDE 31. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los procesos son distribuidos o despachados de manera oportuna y conforme a los términos estipulados por las autoridades competentes. 2. Los conceptos se emiten con prontitud de acuerdo a la temática tratada. 3. Se da respuesta a los conceptos, peticiones y tutelas, teniendo en cuenta los términos legales establecidos. 4. Los procesos y asesorías jurídicas efectuadas están acorde a los requerimientos y se aplican las normas legales y reglamentarias vigentes. 5. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión, la debida aplicación del control Interno y cumplen los requisitos de ley. 6. La entrega de informes se realiza de manera oportuna al superior inmediato a los entes de control, e instancias correspondientes. 7. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional. CONOCIMIENTOS BÁSICOS Y ESENCIALES 1. Políticas Públicas en materia Administrativa Pública. 2. Constitución Política, Normas Legales vigentes. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Mínimo: Título de profesional y experiencia. Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia. Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho EXPERIENCIA: Dos (2) años de experiencia profesional relacionada y manejo del procesador de palabra. COMPETENCIAS COMUNES COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA ·Cumple con oportunidad en función de estándares, Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas. ·Asume la responsabilidad por sus resultados. Orientación a eficacia y calidad. ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la resultados productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 24 de 245
  • 25. JEFE OFICIA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO DEL ALCALDE ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones de la satisfacción de las necesidades e los usuarios y de ciudadanos en general. Orientación al usuario intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al y al ciudadano externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios. responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de los asignadas a la entidad. usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad. ·Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y basada los recursos públicos, eliminando en hechos. cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada con en su utilización y garantizar el sus responsabilidades y con el servicio a cargo de acceso a la información la entidad en que labora. Transparencia gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones. ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables. ·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y respeta las necesidades, prioridades y sus normas. Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a Organización sus propias necesidades. ·Apoya a la organización en situaciones difíciles. ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO NIVEL ASESOR COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA Experticia Aplicar el conocimiento o Orienta el desarrollo de proyectos Profesional profesional en la resolución de especiales para el logro de resultados de la problemas y transferirlo a su alta dirección. entorno laboral a Aconseja y orienta la toma de decisiones en los temas que le han sido asignados l Asesora en materias propias de su campo de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios o propuestas ajustados a lineamientos teóricos y técnicos. t Se comunica de modo lógico, claro, efectivo y seguro. Conocimiento del Conocer e interpretar la Comprende el entorno organizacional que entorno organización, su funcionamiento enmarca las situaciones objeto de asesoría y Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 25 de 245
  • 26. JEFE OFICIA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS ASESORA LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DESPACHO DEL ALCALDE y sus relaciones políticas y lo toma como referente obligado para emitir administrativas juicios, conceptos o propuestas a desarrollar. Construcción de Establecer y mantener ·Utiliza sus contactos para conseguir relaciones relaciones cordiales y objetivos recíprocas con redes o grupos ·Comparte información para establecer lazos. de personas internas y externas ·Interactúa con otros de un modo efectivo y a la organización que faciliten la adecuado. consecución de los objetivos institucionales. Anticiparse a los problemas ·Prevé situaciones y alternativas de solución iniciando acciones para superar que orientan la toma de decisiones de la alta Iniciativa los obstáculos y alcanzar metas dirección. concretas ·Enfrenta los problemas y propone acciones concretas para solucionarlos. ·Reconoce y hace viables las oportunidades. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 26 de 245
  • 27. SECRETARÍA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO VII. SECRETARIA GENERAL Y DE GOBIERNO 1. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO Secretario De Despacho - Secretaría General Y De Gobierno CÓDIGO 020 GRADO 01 NIVEL JERÁRQUICO Directivo – Alta dirección territorial. NUMERO DE CARGOS Uno (1) CARÁCTER DEL EMPLEO Libre Nombramiento y Remoción. UBICACIÓN Despacho del Alcalde SUPERIOR INMEDIATO Alcalde NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES Comprende los empleos a los cuales corresponden funciones de Dirección General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos. PROPÓSITO PRINCIPAL Proyectar, dirigir, implementar y controlar las políticas en materia de Gobierno, seguridad, orden público, asuntos electorales, participación ciudadana, desarrollo comunitario y atención y prevención de desastres en la Administración Central Municipal. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar el Plan de Acción de la Secretaría y velar por su cabal cumplimiento 2. Coordinar los procesos de administración del talento humano. 3. Mantener actualizado la estructura de cargos administrativos y operativos del personal del municipio. 4. Dirigir el fondo de bienestar social con programas que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida laboral. 5. Tramitar las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos que prestan su servicio a la entidad y en general reconocer las prestaciones económicas parciales o definitivas. 6. Dirigir el Archivo General, la radicación y la correspondencia. 7. Instruir al personal directivo en la concertación de objetivos y evaluación del desempeño. 8. Elaborar y remitir el cuadro de novedades de la nómina de personal. 9. Establecer la formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal. 10. Coordinar los comités de capacitación y estímulos al personal. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 27 de 245
  • 28. SECRETARÍA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO 11. Tramitar las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal. 12. Desarrollar las metodologías señaladas por el departamento de la Función Pública para las modificaciones de la estructura, salarios y la planta de personal de la Alcaldía Municipal. 13. Dirigir las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana. 14. Rendir fe pública de los actos administrativos de la Alcaldía. 15. Aplicar y controlar las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y estacionarias. 16. Diseñar los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos que ordene el Señor Alcalde y que sean de su competencia. 17. Direccional las actividades industriales y comerciales de conformidad con la ley y a los Acuerdos municipales. 18. Supervisar y Autorizar bazares, festivales, espectáculos, conceder licencias para juegos y rifas y expedir certificados de supervivencia, vecindad y de tiempo de servicio de los servidores públicos y de los pensionados 19. supervisar que la Comisaría de Familia y la Inspección de Policía, cumplan su propósito de mediadores en la solución de conflictos y protección a la familia y sociedad 20. Ejercer el control interno de la Secretaria. 21. Las demás señaladas en la Constitución, la ley, los acuerdos municipales y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 1. El plan de acción de la oficina es elaborado teniendo en cuenta la realidad social de la comunidad 2. Los procesos de talento humano y salud ocupacional deben cumplir con las necesidades de los trabajadores y lo dispuesto por la OIT 3. La estructura de cargos administrativos y operativos son la columna vertebral del organigrama y mantenerlos actualizados ayuda a definir la responsabilidad jerárquica cada uno en la organización. 4. El fondo de bienestar social debe tener destinaciones específicas para el mejoramiento de la calidad de vida de los empleados. 5. Las nóminas y autoliquidaciones de los servidores públicos deben ir correctamente dijilenciadas y cumpliendo con los requisitos que estipula la ley. 6. el Archivo General, la radicación de decretos y correspondencia, deben estar manejados como lo estipula las normas de calidad especificas y la ley. 7. El personal directivo debe tener claros los objetivos expuestos en el plan de desarrollo para así cumplir con las necesidades de la ciudadanía y los compromisos de ley. 8. El cuadro de novedades de la nomina debe ser formalmente elaborado como lo estipula la ley y las normas de calidad pertinentes. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 28 de 245
  • 29. SECRETARÍA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO 9. La formulación para la liquidación de las prestaciones económicas del personal están enmarcadas a lo dispuesto por la ley para así no cometer errores en los dineros públicos y de lo empleados. 10. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución. 11. Los comités de capacitación y estímulos al personal son piesa fundamental para mejorar las relaciones entra la institución los trabajadores y la comunidad, llegando asi a una mejor gestión y solución a los necesidades de la comunidad. 12. Las peticiones y reclamos relacionados con la administración de personal tendrán un procedimiento estipulado por la ley para ell buen funcionamiento de la institución. 13. Las políticas y programas de promoción social y participación ciudadana desempeñan un papel importante en la concepción de estado, por lo tanto el seguimiento corresponde al compromiso del funcionario. 14. La fe pública de los actos administrativos son requisito para demostrar la transparencia de estos y como estipula de ley 15. Las políticas sobre el uso del espacio público, las ventas ambulantes y estacionarias están enmarcadas en ley, contribuyendo esto a mejorar el ordenamiento del municipio en la parte física como económica. 16. Los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones y demás actos administrativos deben estar enmarcados en la ley. 17. Las actividades industriales y comerciales del municipio deben llenar el riguroso y estricto que los regula para si las finanzas del municipio no se vea afectado y cumplan con lo dispuesto en la ley. 18. Los bazares, festivales y espectáculos tendrán que ser regulados por medio de la ley y ejercer la vigilancia respectiva para hacer cumplir las normas que los acogen. 19. La proyección y aplicación de las políticas en materia de gobierno y orden público se hacen en base al Plan de Desarrollo Municipal y al Plan de Acción de la dependencia acorde a las directrices y con el conocimiento del superior inmediato. 20. Los planes, programas y actividades presentadas están de acuerdo a las políticas trazadas en las áreas de su competencia. 21. Los procesos policivos, de control de espacio público, prevención y atención de desastres, control de rifas, juegos y espectáculos, se aplican de acuerdo a las orientaciones, y requerimientos de las normas legales y reglamentarias vigentes. 22. Las estadísticas de los fallecimientos ocurridos en el municipio son consignados diariamente. 23. Los despachos comisorios son distribuidos al inspector, de manera oportuna y conforme a los términos estipulados por los juzgados. 24. Se aplican o imponen las sanciones a los infractores o contraventores, conforme a las competencias legales asignadas. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 29 de 245
  • 30. SECRETARÍA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO 25. La entrega de informes se hace de manera oportuna al superior inmediato a los entes de control, e instancias correspondientes. 26. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión administrativa, la debida aplicación del control disciplinario interno y cumplen los requisitos de ley. 27. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES 1. Políticas Públicas en materia de Gobierno, conservación del orden público, seguridad ciudadana, participación comunitaria, estadísticas y defunciones, prevención y atención de desastres. 2. Normas, directrices y lineamientos expedidos por el Gobierno Nacional, Departamental y el Ministerio del Interior en materias de su competencia. 3. Conocimientos de contravenciones, normas, leyes y reglamentaciones policivas.. 4. Plan de Desarrollo Municipal y Planes de Acción. 5. Proyección de actos administrativos. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Mínimo: Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia. Máximo: Título profesional, título de postgrado y experiencia. Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución Política o la ley. EDUCACIÓN: Título de formación universitaria o profesional en Derecho, Ciencias Políticas, Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Humanidades o comunicación social. EXPERIENCIA: Un (1) año de experiencia profesional específica o relacionada y manejo del procesador de palabra. COMPETENCIAS COMUNES DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA COMPETENCIA ·Cumple con oportunidad en función de estándares, Realizar las funciones y cumplir los objetivos y metas establecidas por la entidad, las compromisos organizacionales con funciones que le son asignadas. ·Asume la responsabilidad por sus resultados. eficacia y calidad. Orientación a ·Compromete recursos y tiempos para mejorar la resultados productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. ·Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 30 de 245
  • 31. SECRETARÍA MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS GENERAL Y LABORALES DEL MUNICIPIO DE SAN GIL DE GOBIERNO Dirigir las decisiones y acciones a ·Atiende y valora las necesidades y peticiones la satisfacción de las necesidades e de los usuarios y de ciudadanos en general. intereses de los usuarios internos y ·Considera las necesidades de los usuarios al externos, de conformidad con las diseñar proyectos o servicios. responsabilidades públicas ·Da respuestas oportuna a las necesidades de Orientación al usuario asignadas a la entidad. los usuarios de conformidad con el servicio que y al ciudadano ofrece la entidad. ·Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. ·Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Hacer uso responsable y claro de ·Proporciona información veraz, objetiva y los recursos públicos, eliminando basada en hechos. cualquier discrecionalidad indebida ·Facilita el acceso a la información relacionada en su utilización y garantizar el con sus responsabilidades y con el servicio a acceso a la información cargo de la entidad en que labora. Transparencia gubernamental. ·Demuestra imparcialidad en sus decisiones. ·Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables. ·Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Alinear el propio comportamiento a ·Promueve las metas de la organización y las necesidades, prioridades y respeta sus normas. Compromiso con la metas organizacionales ·Antepone las necesidades de la organización a Organización sus propias necesidades. ·Apoya a la organización en situaciones difíciles. ·Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO DIRECTIVO COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS COMPETENCIA Guiar y dirigir grupos y ·Mantiene a sus colaboradores motivados. establecer y mantener la ·Fomenta la comunicación clara, directa y concreta. cohesión de grupo ·Constituye y mantiene grupos de trabajo con un necesaria para alcanzar desempeño conforme a los estándares. los objetivos ·Promueve la eficacia del equipo. Liderazgo organizacionales ·Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. ·Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. ·Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas institucionales. Decreto No 059 del 14 de Octubre 2.005 “por medio del cual se adopta el Manual Específico de Funciones, Requisitos y competencias laborales de los diferentes empleos de la Planta de Personal de la Alcaldía Municipal de San Gil”. Pág. 31 de 245