ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
Soberania y participacion ciudadana
1. La Soberanía
Soberanía
(supremus)
Independencia
política y jurídica
Libertad de decisión
por sobre todo
Autoridad y poder
Características
No puede ser
dividida
Es un poder
primigenio
No puede ser
negociada
Fundamentos
Supervisión del
pueblo
Jurídicos
(CRBV)
Protección estatal
Reside esencialmente
en el pueblo
2. La Soberanía
importancia
Políticas adaptadas a
la necesidad propia
Decisiones propias
Libertad de decisión
Principios de
solidaridad
Igualdad ante las
demás naciones
respeto a los convenios
internacionales
Tipos de
Soberanía
Interna
Externa
Integración social
Sinergia pueblo-
gobierno
Participación directa
por el voto
3. La Soberanía
El pueblo y la
soberanía
Soberanía
participativa
Elecciones, participación,
política y social
Sociedad organizada
Democracia participativa
Democracia
participativa
En la toma de
decisiones
Expresión de participación
Sociedad, pueblo
4. El pueblo y la
soberanía
Soberanía
participativa
Elecciones, participación,
política y social
Sociedad organizada
Democracia participativa
Características
Respaldo
constitucional
La ejerce el pueblo
directamente
Decisiones vinculantes
Elementos
Resguardo de las
instituciones
Opción de participación en
lo político
Participación directa
del pueblo
5. Democracia participativa
Objeto
Ámbitos políticos, económicos,
cultural, soberanía
El pueblo como gobierno
Transferencia del poder
por medio del Voto
Magistrado-Ponente: FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ. Sobre interpretación de los gastos de los partidos
políticos en su accionar diario. Sobre el respecto el TSJ por medio de su sala constitucional decidió en lo referente al
caso de la interpretación del art 67 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, bajo la cual emitió
so dictamen en la cual plasma que no pueden inmiscuirse en los gastos rutinarios de los partidos políticos por cuanto
no es menester directo del TSJ ni de la sala constitucional. En dicho dictamen exponen que es exigencia
constitucional la participación de las organizaciones políticas y que su funcionamiento es decisión de cada uno de
ellos, los cuales deben de estar sujetos al espíritu constitucional de la Carta Magna