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 Legislación Nacional - Colombia (ley 527)
 Comercio Electrónico En Colombia
    Milagros Julio A.
   Luis Fernando Paez.
   Luisa Carmona T.
   Susana Garcia R.
   Melissa Ayola A.
   Julieth Zambrano P.
El comercio electrónico es una
metodología moderna para hacer
negocios     que     detecta    la
necesidad de las empresas,
comerciantes y consumidores de
reducir costos, así como mejorar
la calidad de los bienes y
servicios, además de mejorar el
tiempo de entrega de los bienes
o servicios. Por lo tanto no debe
seguirse      contemplando      el
comercio electrónico como una
tecnología, sino que es el uso de
la tecnología para mejorar la
forma de llevar a cabo las
actividades empresariales.
Según la ley se entenderán los siguientes Conceptos:

a) Mensaje de Datos. La información generada, enviada, recibida,
almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares,
como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos
(EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax

b) Comercio electrónico. Abarca las cuestiones de índole comercial, sea o
no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más
mensajes de datos o de cualquier otro medio similar.

c) Firma Digital. Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un
mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido,
vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje, permite
determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del
iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de
efectuada la transformación.
d) Entidad de Certificación. Es aquella persona que,
autorizada conforme a la presente Ley, está facultada
para emitir certificados en relación con las firmas
digitales de las personas, ofrecer o facilitar los
servicios de registro y estampado cronológico de la
transmisión y recepción de mensajes de datos, así como
cumplir otras funciones relativas a las comunicaciones
basadas en las firmas digitales.

e) Intercambio Electrónico de Datos (EDI). La
transmisión electrónica de datos de una computadora a
otra, que está estructurada bajo normas técnicas
convenidas al efecto.

f) Sistema de Información. Se entenderá todo sistema
utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o
procesar de alguna otra forma mensajes de datos.
Cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de
datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la
intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser
vinculado con el contenido del mismo.
El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos
que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los
siguientes atributos:

1) Es única a la persona que la usa.
2) Es susceptible de ser verificada.
3) Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa.
4) Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que
si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada.
5) Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el
Gobierno Nacional.
-  Problemática Jurídica:
En cuestiones como la validez y la eficacia de las
transacciones electrónicas, la problemática del
perfeccionamiento del contrato acreditado por medios
electrónicos y la prueba del mismo, así como la
delimitación de responsabilidades entre los sujetos que
intervienen, la ley aplicable y la jurisdicción
competente.
   Hacer más sencilla la labor de los negocios con sus clientes.
   Permitir una reducción considerable del inventario.
   Acelerar las operaciones del negocio.
   Proveer nuevas maneras para encontrar y servir a los clientes.
   Ayudar a diseñar una estrategia de relaciones con sus clientes
    y proveedores, especialmente a nivel internacional.
   Evitar la utilización de grandes instalaciones ni mucho personal
    para atenderlos .
   Permitir la localización próxima al sitio donde el producto se
    fabrica (Importantísimo)
   No se entra a terrenos desconocidos, esto ya es
    explotable por muchos empresarios.
   Reducir los costos de operación
   Vender de contado y con sus proveedores puede
    comprar a crédito
   No contar con almacén (cero inventarios, cero
    inversión)
   Ser atendido familiarmente (en un momento dado
    ser una pequeña oficina en su casa)
   En resumen, podemos decir que el Comercio
    Electrónico puede mejorar la manera de hacer
    negocios y hacer sus relaciones más provechosas y
    eficientes.
El Comercio Electrónico se conforma, en parte por demanda
agregada (nuevas compras por impulso al navegar en la red) y
en gran parte por desvío de compras realizadas por otros
canales (adquiero mi viaje de turismo o mi computador por
un medio diferente y más cómodo al que lo hacía antes).

El perfil de compras y usuarios en Colombia, no difieren de
los norteamericanos en los segmentos de alto consumo.

La inexistencia de ventas en Internet en los rangos posibles
para el mercado potencial, se debe básicamente a la falta de
oferta, contenidos y solución de los problemas
correspondientes a los medios de pago.
En la medida en que se genere oferta de productos y
servicios y se resuelvan los problemas legales, de pago y
entrega, las cifras del mercado REAL deberán
convergir con las del mercado POTENCIAL
El comercio electrónico estará presidido por las
grandes firmas
El Comercio Electrónico No es un sueño futurista, sino
que es algo que esta ocurriendo ahora y son muchas las
iniciativas de éxito que lo respaldan. Las posibilidades
se extenderán y las restricciones geográficas y de
tiempo se eliminarán.
Ley 527 Colombia comercio electrónico

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Ley 527 Colombia comercio electrónico

  • 1.
  • 2.  Legislación Nacional - Colombia (ley 527)  Comercio Electrónico En Colombia
  • 3. Milagros Julio A.  Luis Fernando Paez.  Luisa Carmona T.  Susana Garcia R.  Melissa Ayola A.  Julieth Zambrano P.
  • 4. El comercio electrónico es una metodología moderna para hacer negocios que detecta la necesidad de las empresas, comerciantes y consumidores de reducir costos, así como mejorar la calidad de los bienes y servicios, además de mejorar el tiempo de entrega de los bienes o servicios. Por lo tanto no debe seguirse contemplando el comercio electrónico como una tecnología, sino que es el uso de la tecnología para mejorar la forma de llevar a cabo las actividades empresariales.
  • 5. Según la ley se entenderán los siguientes Conceptos: a) Mensaje de Datos. La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax b) Comercio electrónico. Abarca las cuestiones de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. c) Firma Digital. Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje, permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación.
  • 6. d) Entidad de Certificación. Es aquella persona que, autorizada conforme a la presente Ley, está facultada para emitir certificados en relación con las firmas digitales de las personas, ofrecer o facilitar los servicios de registro y estampado cronológico de la transmisión y recepción de mensajes de datos, así como cumplir otras funciones relativas a las comunicaciones basadas en las firmas digitales. e) Intercambio Electrónico de Datos (EDI). La transmisión electrónica de datos de una computadora a otra, que está estructurada bajo normas técnicas convenidas al efecto. f) Sistema de Información. Se entenderá todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o procesar de alguna otra forma mensajes de datos.
  • 7. Cuando una firma digital haya sido fijada en un mensaje de datos se presume que el suscriptor de aquella tenía la intención de acreditar ese mensaje de datos y de ser vinculado con el contenido del mismo. El uso de una firma digital tendrá la misma fuerza y efectos que el uso de una firma manuscrita, si aquélla incorpora los siguientes atributos: 1) Es única a la persona que la usa. 2) Es susceptible de ser verificada. 3) Está bajo el control exclusivo de la persona que la usa. 4) Está ligada a la información o mensaje, de tal manera que si éstos son cambiados, la firma digital es invalidada. 5) Está conforme a las reglamentaciones adoptadas por el Gobierno Nacional.
  • 8. - Problemática Jurídica: En cuestiones como la validez y la eficacia de las transacciones electrónicas, la problemática del perfeccionamiento del contrato acreditado por medios electrónicos y la prueba del mismo, así como la delimitación de responsabilidades entre los sujetos que intervienen, la ley aplicable y la jurisdicción competente.
  • 9. Hacer más sencilla la labor de los negocios con sus clientes.  Permitir una reducción considerable del inventario.  Acelerar las operaciones del negocio.  Proveer nuevas maneras para encontrar y servir a los clientes.  Ayudar a diseñar una estrategia de relaciones con sus clientes y proveedores, especialmente a nivel internacional.  Evitar la utilización de grandes instalaciones ni mucho personal para atenderlos .  Permitir la localización próxima al sitio donde el producto se fabrica (Importantísimo)
  • 10. No se entra a terrenos desconocidos, esto ya es explotable por muchos empresarios.  Reducir los costos de operación  Vender de contado y con sus proveedores puede comprar a crédito  No contar con almacén (cero inventarios, cero inversión)  Ser atendido familiarmente (en un momento dado ser una pequeña oficina en su casa)  En resumen, podemos decir que el Comercio Electrónico puede mejorar la manera de hacer negocios y hacer sus relaciones más provechosas y eficientes.
  • 11. El Comercio Electrónico se conforma, en parte por demanda agregada (nuevas compras por impulso al navegar en la red) y en gran parte por desvío de compras realizadas por otros canales (adquiero mi viaje de turismo o mi computador por un medio diferente y más cómodo al que lo hacía antes). El perfil de compras y usuarios en Colombia, no difieren de los norteamericanos en los segmentos de alto consumo. La inexistencia de ventas en Internet en los rangos posibles para el mercado potencial, se debe básicamente a la falta de oferta, contenidos y solución de los problemas correspondientes a los medios de pago.
  • 12. En la medida en que se genere oferta de productos y servicios y se resuelvan los problemas legales, de pago y entrega, las cifras del mercado REAL deberán convergir con las del mercado POTENCIAL El comercio electrónico estará presidido por las grandes firmas El Comercio Electrónico No es un sueño futurista, sino que es algo que esta ocurriendo ahora y son muchas las iniciativas de éxito que lo respaldan. Las posibilidades se extenderán y las restricciones geográficas y de tiempo se eliminarán.