articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
AP-4 Pechakucha.pptx
1. CENTROS PÚBLICOS
Universitat de les Illes Balears
22105 - Organització i Gestió Educatives
Alejandro Landaluce Cialdella
María García Burgos
Desirée Ballester Camarasa
Neus Santandreu Ribas
3. Denominación de los centros públicos
■ Educación Infantil
Escuela Infantil
■ Educación Primaria
Colegio de Educación
Primaria
■ Educación Secundaria Obligatoria,
Instituto de Educación
Bachillerato y Formación Profesional
Secundaria
7. Medios materiales y humanos
■ Administraciones educativas dotan de medios materiales y humanos a los centros
públicos
■ Disposición de infraestructura informática necesaria
8. ■ Las Administraciones educativas proporcionan:
– servicios educativos externos
– relacionar centros públicos con su entorno
– utilización de recursos próximos
9. ■ Centros con alumnado con necesidades específicas reciben recursos
complementarios adecuados
10. ■ Centros que no dispongan de especialistas cualificados (música, ed. física, inglés),
recibirán apoyo de las Administraciones educativas
13. ■ Objetivo:
– fomentar la lectura
– fomentar la correcta expresión oral y escrita
– acceder a la información
– formarse en el uso crítico de la información
17. Tecnologías de la Información y la
Comunicación
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Comunidades Autónomas Garantizarán la interoperabilidad de
diferentes sistemas informáticos
19. ■ Los entornos virtuales facilitarán la aplicación de proyectos educativos
20. ■ El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
– ofrece plataformas digitales y tecnológicas
– elabora un marco común de competencia digital
– promoción de las TIC como medio didáctico