1. Mg. Kristhel Jaylane Calderón Aedo
Ing. Ambiental
Kristhel_ca@hotmail.com
Gestión Ambiental
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES
FACULTAD DE INGENIERIA
ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AMBIENTAL Y RECURSOS NATURALES
2019-II
2.
3. Hay una amplia variedad de instrumentos para hacer frente a los
problemas medio ambientales. Podemos diferenciar:
•Instrumentos no legislativos
•Instrumentos legislativos.
-Regulación directa.
-Regulación indirecta o a través del mercado
4. Instrumentos No Legislativos:
Suelen ser implementados por alguna parte
interesada en resolver un problema ambiental.
Por ejemplo, las ventas de “electricidad verde” a
consumidores preocupados por el medio
ambiente; la adopción de certificados; campañas
de publicidad, etc.
5. Instrumentos Legislativos:
Son implementados por la Administración
por el poder que les confiere la Ley.
Pueden ser:
•Regulación directa
•Regulación indirecta o instrumentos económicos
6. Mediante la ley obliga a los diferentes
agentes involucrados a seguir
comportamientos compatibles con la
protección del medio ambiente.
Por ejemplo: establecer Límites Máximos
Permisibles; Estándares de Calidad
Ambiental o incluso paradas de
producción.
Estos tratan de alterar el
comportamiento de los diferentes
agentes involucrados hacia conductas
más respetuosas con el medio ambiente,
generalmente tratando de repercutir
sobre los contaminadores la carga de los
daños causados. Se trata de introducir
incentivos financieros para que cambien
de actitud.
7. De Prevención
De Control
De Restauración y
Recuperación
Para Disponibilidad de
Recursos financieros
Instrumentos
Económicos
• Evaluación de Impacto Ambiental
• Normas de calidad Ambiental
• Fiscalización y Auditoria Ambiental
• Planes Específicos de manejo Ambiental
• Planes de Conservación
/Planes Maestros
• Fondos Especiales Ambientales
• Cooperación Internacional
• Incentivos y Sanciones
• Multas Ambientales
Sensibilización y
Difusión
• Mecanismos de Difusión y Comunicación
• Mecanismos de Participación Ciudadana
De Planificación
• Planes Acción Ambiental y Agendas Ambientales
• Planes de Ordenamiento Ambiental
• Planes Maestros
8. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTALPueden ser de planificación,
promoción, prevención, control,
corrección, información, entre
otros. Entre los principales
instrumentos de planificación
ambiental de la gestión
ambiental nacional encontramos
a la Política Nacional del
Ambiente y el Plan Nacional de
Acción Ambiental, que son los
dos documentos marco de la
gestión ambiental, a partir de los
cuales deben articularse las
demás estrategias y planes
ambientales: la Agenda Nacional
de Acción Ambiental, los Ejes
Estratégicos de la Gestión
Ambiental Nacional y las
estrategias nacionales.
9. Las políticas ambientales son el conjunto de objetivos,
principios, criterios y orientaciones generales para la
protección del medio ambiente de una sociedad particular.
Esas políticas se ponen en marcha mediante una amplia
variedad de instrumentos y planes.
POLITICAS AMBIENTALES
10. a) Política Nacional del Ambiente
La Política Nacional del Ambiente es un
instrumento de planificación ambiental de
cumplimiento obligatorio que contiene los
objetivos y lineamientos de carácter público. Su
propósito es definir y orientar el accionar de las
entidades del gobierno nacional, regional, local,
así como del sector privado y de la sociedad civil
en materia ambiental, para mejorar la calidad de
vida de las personas, garantizando la existencia
de ecosistemas saludables, viables y funcionales
en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del
país.
La Política Nacional del Ambiente es de cumplimiento obligatorio, sobre las
actividades públicas en materia ambiental en los tres niveles de gobierno y sobre las
actividades privadas.
11.
12. b) Plan Nacional de Acción
Ambiental
PLANAA - Perú 2011-2021
El PLANAA 2011-2021 es el
instrumento de planificación ambiental
nacional de largo plazo, que
implementa la Política Nacional del
Ambiente a través del establecimiento
de metas, acciones estratégicas e
indicadores.
Metas prioritarias establecidas en el
PLANAA Perú 2011-2021
15. Como parte de su política
exterior, el Perú es signatario de
varios convenios internacionales
en materia ambiental, asumiendo
compromisos de carácter
vinculante o voluntario. Entre los
principales convenios vinculados
al SNGA se encuentran:
c) Convenciones internacionales
Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático
(ratificado en 1993)
Convención de las Naciones Unidas de
Lucha contra la Desertificación en los
Países Afectados por Sequía Grave o
Desertificación, en particular en África
(ratificado en 1995):
Convenio sobre la Diversidad
Biológica (ratificado en 1993)
Convenio Relativo a los Humedales de Importancia
Internacional especialmente como Hábitat de Aves
Acuáticas – Ramsar (ratificado en 1991) Convenio de Basilea (ratificado en 1993)
Convenio de Rotterdam
(ratificado en 2005)
16. d) Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental
Representan el compromiso por parte del Gobierno
peruano de incorporar el componente ambiental en
las políticas públicas con los más altos estándares.
Están orientados a fortalecer y mejorar las
condiciones ambientales y sociales bajo el que se
desarrollan las actividades económicas,
especialmente las industrias extractivas del país.
Están definidos por “objetivos prioritarios y, para
garantizar su cumplimiento, se diseñó un conjunto de
normas, políticas, planes, programas y proyectos:
17.
18.
19. e) Agenda Nacional de Acción Ambiental –
Agenda Ambiental al Bicentenario (2021)
(AgendAmbiente)
La Agenda Nacional de Acción Ambiental es el
instrumento de planificación de mediano plazo,
que establece las prioridades ambientales a
nivel nacional, y propone los resultados,
productos y actividades a ser cumplidos.
Éste instrumento sirve también para orientar la
planificación funcional y presupuestal de las
diferentes autoridades con competencias
ambientales en los tres niveles de gobierno.
20. f) Instrumentos de Gestión ambiental regional:
El proceso de elaboración de los instrumentos de gestión ambiental
regional es dirigido por el gobierno regional en coordinación con la
Comisión Ambiental Regional, y su finalidad es establecer los
lineamientos así como las metas de largo y corto plazo .
• La Política Ambiental Regional.
• El Plan de Acción Ambiental y la Agenda de Acción Ambiental Regional.
• La Estrategia Regional de Cambio Climático, la Estrategia Regional de
Diversidad Biológica y el Plan Regional de Lucha contra la
Desertificación.
21. Comisión Ambiental Regional (CAR)
La CAR es la instancia de la gestión ambiental de carácter
multisectorial, encargada de coordinar y concertar la política ambiental
regional, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores
público y privado brindando apoyo al Gobierno Regional de Apurímac.
CAR
22. CAR
De la composición de la CAR APURIMAC
La CAR Apurímac se encuentra compuesta por instituciones públicas y privadas, organizaciones
representativas de sectores económicos o sociales y, eventualmente, por personas designadas por sus
cualidades profesionales y personales.
1. Un representante del Gobierno Regional de Apurímac.
2. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Abancay
3. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Aymaraes
4. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Antabamba
5. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Andahuaylas
6. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Cotabambas
7. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Chincheros
8. Un representante de la Comisión Ambiental Municipal – CAM de la Provincia de Grau
9. Un representante de las Comisiones Ambientales Municipales Distritales - CAMs
10. Un representante de las Universidades de la Región
23. CAR
11. Un representante de la Dirección Regional de Educación.
12. Un representante de la Dirección Regional de Energía y Minas.
13. Un representante de la Dirección Regional de Salud.
14. Un representante de la Dirección Regional de la Producción.
15. Un representante de la Dirección Regional Agraria.
16. Un representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.
17. Un representante de los Colegios Profesionales de la Región Apurímac.
18. Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP.
19. Un representante de las Empresas Mineras instaladas en la Región Apurímac
20. Un representante de los Organismos Constitucionalmente Autónomos con sede en la Región
Apurímac.
21. Un representante de la Asociación Regional de Productores Ecológicos – ARPE Apurímac.
22. Un representante de las Organizaciones Agrarias de la Región.
23. Un representante de las ONG’s con sede en la Región Apurímac.
24. Un representante de la Gerencia Departamental de Agro Rural.
25. Un representante de la Fiscalía del Medio Ambiente.
24. CAR
26. Un representante de Proyectos Ambientales de Cooperación
27. Un representante de Defensa Civil.
28. Un representante de la Cámara de Comercio de Apurímac,
29. Un representante de la organización regional de Mujeres
30. Un representante de la organización regional de Jóvenes
31. Un representante de la organización regional de comunidades campesinas
25. g) Instrumentos de Gestión ambiental local:
El proceso de elaboración de los instrumentos de gestión ambiental
local es dirigido por los gobiernos locales en coordinación con la
Comisión Ambiental Municipal, y su finalidad es establecer los
lineamientos así como las metas de largo y corto plazo.
Estos instrumentos son diseñados de forma simplificada de modo
tal que mediante un único proceso se tengan elaborados la Política
Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda
Ambiental Local, y aprobados por la municipalidad respectiva.
26. Comisión Ambiental Municipal (CAM)
Las CAM son las instancias participativas de Gestión Ambiental,
creadas o reconocidas Formalmente por la municipalidad de su
jurisdicción, encargadas de coordinar y concertar la política
ambiental en el nivel municipal, promoviendo el diálogo y el acuerdo
entre los actores locales.
CAM
27. CAM
La Comisión Ambiental Municipal - CAM, está conformada por los siguientes miembros:
1. Municipalidad Provincial de Abancay
2. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ap.
3. Dirección Regional de Salud
4. Dirección Regional de la Producción
5. Dirección Regional de Energía y Minas
6. Dirección Regional de Educación
7. Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
8. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
9. Dirección Regional de Agricultura
10. Autoridad Local de Agua Abancay
11. Representantes de las Municipalidades Distritales
12. Representantes de las Universidades
13. Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL
14. Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
15. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP
28. CAM
16. Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente - IDMA
17. Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
18. Instituto de Investigación y Desarrollo Andino - IIDA
19. Ministerio Publico - Fiscalía en Materia Ambiental - Abancay
20. División de Medio Ambiente - PNP - Abancay
21. El Programa de Desarrollo Económico Sostenible y Gestión Estratégica de los Recursos Naturales
-PRODERN
22. Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay - EMUSAP
23. CARITAS Abancay
24. CESAL
25. Centro de Estudio y Desarrollo Sostenible - CEDES
26. Federación Agraria Revolucionaria de Apurimac - FARA
27. Federación de Mujeres de la Región de Apurimac - FEMURA
28. Asociación Regional de Productores Ecológicos de Apurimac - ARPEA
29. Junta de Usuarios del Distrito Riego Abancay-JUDRAB
30. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
29. Entre sus principales funciones se encuentran las siguientes:
• Ser la instancia de concertación de la política ambiental local y actuar en
coordinación con el gobierno local para la implementación del Sistema
Local de Gestión Ambiental.
• Elaborar participativamente el Plan y la Agenda de Acción Ambiental
Local que serán aprobados por el gobierno local.
• Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes sobre la
base de una visión compartida.
• Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de
los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas
ambientales.
• Facilitar el tratamiento apropiado para la resolución de conflictos.
30. h) Ámbitos Temáticos del SNGA:
Estrategias y Programas Nacionales:
Instrumentos de alcance nacional que orientan y conducen la gestión pública en materias que
deben ser desarrolladas particularmente, y que se constituyen en tareas nacionales para
contribuir a los compromisos internacionales. En ellos se desarrollan temas transversales que
orientan a los sectores, gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades competentes en
materia ambiental, además de la sociedad civil organizada y el sector privado. Son
prioritariamente:
- Plan Nacional de Gestión Integral Residuos Sólidos
- Estrategia Nacional ante el Cambio Climático
- Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Sequía (PAN Perú)
- Estrategia Nacional de Diversidad Biológica al 2021
- Estrategia Nacional de Humedales
- Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos
Persistentes
31. Características de las normas
Se destinan a regular alguna actividad
que puede ser de carácter comercial,
empresarial, técnico o intelectual.
Recomiendan los niveles mínimos de
calidad y comportamiento de productos y
servicios
Se establecen por acuerdo consensuado
entre representantes de los consumidores,
diseñadores, fabricantes, distribuidores y
otros grupos implicados
i) Normas de calidad ambiental:
32. Clasificación de las normas
• De empresa o de
organismo
• Administrativas
• Nacionales
• Regionales
• Internacionales
POR SU ÁMBITO DE
APLICACIÓN
• De productos
• Generales o Abstractas
(de medidas, de
comportamiento)
POR SU
CONTENIDO
• Voluntarias
• De obligado
cumplimiento
POR SU
OBLIGATORIEDAD
33. El Ministerio del Ambiente, además de sus funciones
rectoras en el marco del SNGA, cumple función
normativa en referencia a la determinación de los
LMP y ECA.
34. Estándar de Calidad Ambiental:
La Ley, define al Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que
establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o
parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo,
en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo
para la salud de las personas ni al ambiente.
Asimismo, el numeral 31.2 del artículo 31 de la Ley establece que el ECA es
obligatorio en el diseño de las normas legales y las políticas públicas, así
como un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los
instrumentos de gestión ambiental.
35. En el Perú tenemos cinco tipos de Estándares de Calidad Ambiental:
Estándares de Calidad Ambiental para Agua:
El ECA para Agua regula 104 parámetros,
entre los que se encuentran elementos
microbiológicos y físico-químicos.
36. Estándares de Calidad Ambiental para Aire:
Regula 10 parámetros, incluyéndose
recientemente el parámetro mercurio.
Estándares de Calidad Ambiental para Suelo:
Regula 21 parámetros que permiten medir
el nivel de concentración de elementos
químicos presentes en el suelo.
37. Estándares de Calidad Ambiental para Radiaciones No
Ionizantes:
Regula 4 parámetros, que son generados por líneas de
corriente eléctrica, rayos infrarrojos, radiación
ultravioleta, entre otros.
Estándares de Calidad Ambiental para Ruido:
Regula 1 parámetro que determina los niveles de ruido, expresados en decibeles, que
no afecta en la salud de las personas.
38. Límite Máximo Permisible:
La Ley, define al Límite Máximo Permisible (LMP) como la medida de la concentración o del
grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan
a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al
bienestar humano y al ambiente.
Su cumplimiento es exigible legalmente por la respectiva autoridad competente.
Según el parámetro en particular a que se refiera, la concentración o grado podrá ser
expresada en máximos, mínimos o rangos.
La determinación del Limite Máximo Permisible (LMP) corresponde al Ministerio del
Ambiente y su cumplimiento es exigible legalmente por éste y las instituciones que
conforman parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
39. - LMP Emisiones atmosféricas para vehículos automotores Decreto Supremo N°
010-2017-MINAM.(30/11/17)
- LMP Referenciales de los parámetros de calidad del agua.
- LMP Efluentes de PTAR Domésticas o Municipales, para el sector Vivienda. Decreto
Supremo N°003-2010-MINAM.
- LMP Minero metalúrgica Decreto Supremo N°010-2010- MINAM
- LMP-Industria Resolución Ministerial N°253-2011 -MINAM
- LPM-Efluentes de plantas desalinizadoras Resolución Ministerial N° 031-2014-
MINAM.
40.
41. Instrumento de gestión ambiental de carácter preventivo, que consiste
en la identificación, predicción, evaluación y mitigación de los impactos
ambientales y sociales que un proyecto de inversión produciría en caso
de ser ejecutado, así como la prevención, corrección y valoración de los
mismos.
Se realiza a través de un procedimiento administrativo de evaluación
previa en el cual se lleva a cabo el análisis técnico legal de una
Declaración de Impacto Ambiental, un Estudio de Impacto Ambiental
Semidetallado o un Estudio de Impacto Detallado.
j) EIA, EAE, PAMA:
La Evaluación de Impacto Ambiental comprende, por tanto, el
análisis de viabilidad ambiental del proyecto, incluyendo los
impactos sociales del mismo.
43. Objetivos del EIA
Detectar, identificar y evaluar los impactos
ambientales de un proyecto determinado.
Proponer las medidas necesarias para remediar o
mitigar los posibles efectos negativos del proyecto.
Recomendar la implementación de acciones que
permitan optimizar los impactos ambientales
positivos
44. El MINAM, ha venido trabajando activamente en la
mejora y consolidación del Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y lo ha
fortalecido con la creación, a fines del 2012, del
Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las
Inversiones Sostenibles – SENACE, organismo
público técnico especializado con autonomía
técnica, adscrito al Ministerio del Ambiente,
responsable de la revisión y aprobación de los
Estudios de Impacto Ambiental Detallados (EIA-d)
de los proyectos de inversión.
Se crea el SEIA como herramienta transectorial de
gestión ambiental y de carácter preventivo. Incluye
la ley, que incorpora precisiones del alcance del SEIA
y nuevos instrumentos, y el reglamento, que regula
el procedimiento de elaboración, evaluación y
control de instrumentos del SEIA.
Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM),
46. Instrumento de gestión ambiental preventivo consistente en
un proceso sistemático, activo y participativo establecido
para internalizar la variable ambiental a través del análisis y
prevención de los impactos ambientales, incluidos los
sociales, que pudiera generar la decisión de aprobar o
modificar políticas, planes y programas de carácter nacional,
regional y local que formulen las instituciones del Estado.
47. Los resultados de la EAE deben orientarse a la prevención de las
implicancias ambientales negativas significativas, así como al
conocimiento de los flujos, tendencias y patrones de desarrollo y la
prevención de posibles conflictos socio ambientales, de trascendencia
nacional o internacional, que podrían generar tales decisiones; y se
expresan a través del Informe Ambiental de la EAE.
Las EAE son aprobadas por el MINAM y son supervisadas por OEFA.
50. El PAMA contiene las acciones, políticas e inversiones necesarias para reducir
prioritariamente la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes que ingresan
al sistema o infraestructura de disposición de residuos o que se viertan o emitan al
ambiente; acciones de reciclaje y reutilización de bienes como medio para reducir
los niveles de acumulación de desechos y prevenir la contaminación ambiental, y
reducir o eliminar las emisiones y vertimientos para poder cumplir con los patrones
ambientales establecidos por la Autoridad Ambiental Competente.
Es un instrumento de gestión ambiental de tipo correctivo que corresponden ser
presentados por el titular de actividades en curso, para su adecuación a la normativa
Ambiental.
51. k) Instrumentos de participación ciudadana:
Es el proceso mediante el cual los ciudadanos participan responsablemente, de
buena fe y con transparencia y veracidad, en forma individual o colectiva, en la
definición y aplicación de las políticas relativas al ambiente y sus componentes,
que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno, y en el proceso de toma de
decisiones públicas sobre materias ambientales, así como en su ejecución y
fiscalización.
52. La participación ciudadana es un instrumento que permite mejorar el
desempeño de un empresa, al introducir cambios en el diseño y ejecución
de sus operaciones, a partir de la percepción y la información que la
comunidad tiene al respecto. Para ello se requiere un manejo cuidadoso de
la información que es suministrada durante el proceso y de la que es
recibida a lo largo del mismo.
53. Finalidad de la Participación Ciudadana
Tiene por finalidad dar a conocer las características del
proyecto o actividad en curso, a fin de determinar si los
intereses de la población que habita en el área de influencia
del proyecto o actividad podrían verse afectados o
beneficiados por los posibles impactos sociales, económicos,
ambientales y culturales generados a partir de la realización de
la actividad.
54. Mecanismos de participación ciudadana ambiental
Los mecanismos de participación ciudadana tienen por finalidad:
- Poner a disposición de la población involucrada información
oportuna y adecuada respecto de las actividades proyectadas o en
ejecución
- Promover el diálogo y la construcción de consensos
- Conocer y canalizar las opiniones, posiciones, puntos de vista,
observaciones, aportes respecto a las actividades, los impactos
ambientales y las medidas de control ambiental a implementar,
para la toma de decisiones de la autoridad ambiental competente
55. a) Audiencias públicas
b) Talleres participativos
c) Acceso a la información
d) Buzones de Observaciones o Sugerencias
e) Visitas guiadas
g) Mesas de concertación con representantes de la población
involucrada
h) Grupos técnicos de trabajo con representantes de la población
acreditados
i) Comités de Gestión
j) Encuestas de Opinión
k) Entrevistas.
De manera complementaria, el titular del
proyecto o de la actividad utilizará mecanismos
de difusión que incidan en el proceso de
participación ciudadana ambiental, tales como
publicidad del proceso, a través de medios de
comunicación escrita, televisiva, radial y otros
Mecanismos de Participación Ciudadana Obligatorios
56. Audiencia Pública: Es el mecanismo de participación ciudadana
que se realiza mediante un acto público dirigido por uno o más
representantes de la autoridad Ambiental, en el cual se presenta y
sustenta un instrumento de gestión ambiental. Es exigible su
realización como parte del proceso de evaluación del Estudio de
Impacto Ambiental Detallado (EsIA detallado),en los Programa de
Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y planes de cierre.
Talleres Participativos: Este mecanismo está orientado a brindar
información y establecer un diálogo entre el titular del proyecto o
actividad y la población involucrada, respecto de los posibles impactos
del proyecto o actividad agraria en curso y las medidas de prevención,
corrección, mitigación, control u otras a adoptarse contempladas en el
instrumento de gestión ambiental.
57. Acceso a la información: El acceso a la información garantiza que la población
tome conocimiento cierto y cabal acerca de los proyectos, obras y actividades, que se
prevé serán realizados en su localidad o en zonas de influencia, con el objeto de
poder ejercer su derecho de participación ciudadana y contribuir a su mejoramiento
en las etapas de planificación, aprobación y ejecución.
Comités de Gestión : Por medio
de este mecanismo se busca conocer
la opinión de grupos especializados o
representativos de los distintos
sectores de la sociedad (personas
involucradas, expertos en temas
específicos o de diferentes grupos de
acción). Estos mecanismos son
utilizados normalmente, para efectuar
análisis finos respecto de aspectos
puntuales de la propuesta.
Entrevistas: Para conocer las percepciones y
recomendaciones de actores clave
individualmente convocados o en grupos muy
reducidos, o para hacer alianzas estratégicas.
Encuestas: Este mecanismo puede utilizarse
para realizar consultas puntuales que se
efectúan a grupos sociales amplios. Debe
tenerse en cuenta que el diseño del formato de
la encuesta debe ser objetivo y claro, para
captar respuestas veraces y evitar influir en la
persona consultada.
58. BENEFICIOS DE LA PARTICIPACION CIUDADANA
a) Beneficios para la empresa:
- Una mejor imagen pública, al establecer una buena comunicación con las
personas que podrían verse afectadas por sus actividades.
- Ahorro de gastos, ya que se revisa con la población las posibles vías para hacer
que las actividades de la empresa sean más eficientes.
- Una mejor relación con los entes reguladores de su actividad, porque ellos
conocerán los esfuerzos que se hacen en la empresa por mejorar su
desempeño ambiental.
- Asumir una posición de liderazgo en el sector privado al tomar parte activa en
los procesos conducentes al desarrollo sostenible.
59. b) Beneficios para el ambiente:
- Mejora la calidad del ambiente local, incluyendo el aire, agua y suelo, así como el
paisaje urbano y rural.
- Brinda sostenibilidad a la relación economía y ambiente.
c) Beneficios para la ciudadanía:
- Una mejor comprensión de la empresa y de cómo opera, incluyendo el hecho de
cómo sus actividades pueden ayudar a la comunidad (por ejemplo, dinamizando
la economía local, dando trabajo a los pobladores de la zona, abriendo nuevos
servicios, etc.)
- Un rol más activo al apoyar a la industria para encontrar vías que permitan
operar de manera más eficiente y armónica con las actividades socioeconómicas
del lugar.
- Un mejor nivel de satisfacción, a medida que la empresa local asuma una gestión
ambiental adecuada y responda a las preocupaciones de la ciudadanía.
60. PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACION CIUDADANA
Son 10 principios básicos :
1. No se ejercita con fórmulas o recetas únicas.
2. Debe ser informada.
3. Debe ser transparente y las contribuciones de la ciudadanía deben ser respetadas.
4. No significa que los terceros toman las decisiones, sino que contribuyen en la toma
de decisiones
5. Es eminentemente local
6. Debe ser planificada y documentada
7. No es una formalidad, es esencial para lograr soluciones sostenibles
8. Debe ser proactiva
9. Genera responsabilidades compartidas
10. Requiere apertura de las partes durante todo el proceso del proyecto
61. Plan de Participación Ciudadana:
Documento mediante el cual el Titular del Proyecto o de la
actividad en curso, describe las acciones y mecanismos
dirigidos a informar a la población respecto de las implicancias
de la implementación de la actividad.
Reglamento sobre Participación Ciudadana Ambiental, Decreto Supremo Nº 002-
2009-MINAM, a través del cual se aprobó el Reglamento sobre Transparencia,
Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana
en Asuntos Ambientales.
62. El objetivo es el mismo que el de los instrumentos de regulación
directa: Alterar el comportamiento de los agentes económicos
(individuos) para que sea compatible con la protección del
medio ambiente mediante incentivos económicos se pretende
que recaiga sobre los contaminadores el coste del daño causado
al medio ambiente.
l) Instrumentos económicos:
63. Es Importante tener clara la definición de Instrumentos económicos.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) define algunas condiciones básicas para que un instrumento
de política pueda ser calificado como instrumento económico.
64. Características:
1. Buscan alterar el comportamiento de los agentes a través de
modificar el coste de contaminar.
2. Son instrumentos eficientes para alcanzar los objetivos
medioambientales perseguidos (permiten alcanzarlos con el menor
coste).
3.Son instrumentos que fomentan la innovación tecnológica puesto que
generan incentivos financieros para seguir reduciendo la generación de
contaminación.
65. • Mecanismos Financieros: Impulsores de La Creación De mercado
para la inversión en Innovación Tecnológica Ambiental
– Tasas por Emisiones Contaminantes
– Permisos Negociables
– Incentivos y Subsidios Ambientales
– Premio a Las “ Buenas Prácticas Ambientales ”
• Mecanismos de Control: No impulsores de Inversión en la Protección
del Ambiente pero de refuerzo a los mecanismos financieros.
– Control Directo (Multas)
Tipos de IE Para Gestión Ambiental
66. Los instrumentos económicos incluyen:
Cargo sobre emisiones y efluentes
Subsidios, incluyendo créditos
blandos y depreciación acelerada
Creación de mercados, incluyendo sistemas de permisos
de emisión transables, seguros ambientales, y sellos
amigables/certificación.
Sistemas de deposito-reembolso
Incentivos de cumplimiento, sanciones
67. Clasificación de Instrumentos Económicos en Europa
1.Los tributos ambientales:
•Son ingresos públicos que se recaudan por parte del Estado.
•Es una fuente potencialmente importante de ingresos.
•El objetivo es cumplir con el pº “quien contamina paga”.
•El impuesto ecológico debería estar afectado, es decir, que el dinero
recaudado se destine a proteger el medio ambiente.
Tipos:
1.Impuestos que gravan la utilización de los factores productivos: Utilización de nitrógeno en la
agricultura
2. Impuestos que gravan la producción: Producción eléctrica procedente de centrales térmicas y
nucleares.
3. Impuestos que gravan las emisiones de contaminantes, es decir, el subproducto no deseado
de la actividad productiva: son difíciles de aplicar porque hay que detectar la fuente de emisión y
demostrar la causa-efecto
68. 2. Las subvenciones ambientales:
Se busca alterar el comportamiento del individuo, pero en lugar de
“castigar” se premia un comportamiento adecuado para la
protección del medio ambiente.
La implantación de Parques eólicos en España.
La sustitución de calefacción eléctrica a gas natural en Dinamarca.
69. Los permisos que cada empresa tiene pueden ser vendidos. Así, se crea un
mercado de negociación. Si una empresa contamina por debajo del nivel que
tiene asignado, podrá vender lo que le “sobra” obteniendo un beneficio. Se
premia a las empresas menos contaminadoras.
Mercado de emisiones para controlar los GEI.
3. Los permisos negociables para contaminar:
La Administración fija un nivel máximo de emisiones contaminantes, para
ello tiene en cuenta los datos históricos y las características de la industria.
Para cada empresa que forma parte de esa industria también fija un nivel
máximo de emisión, de modo que la suma de los niveles máximos de
emisión de todas las empresas no pueden superar el nivel máximo fijado
para la industria.
72. La planificación sobre el uso del territorio es un proceso de
anticipación y toma de decisiones relacionadas con las
acciones futuras en el territorio, el cual incluye los
instrumentos, criterios y aspectos para su ordenamiento
ambiental.
El ordenamiento territorial ambiental es un instrumento que forma
parte de la política de ordenamiento territorial.
Es un proceso técnico, administrativo y político de toma de
decisiones concertadas con los actores sociales, económicos,
políticos y técnicos para la ocupación ordenada y uso sostenible del
territorio.
m) Ordenamiento Territorial:
73. Considera las condiciones sociales, ambientales y
económicas para la ocupación del territorio, así como el uso y
aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar un
desarrollo equilibrado y en condiciones de sostenibilidad.
El Ordenamiento Territorial busca gestionar y minimizar los
impactos negativos que podrían ocasionar las diversas
actividades y procesos de desarrollo que se llevan a cabo en
el territorio, con lo que se garantiza el derecho a gozar de un
ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de vida.
74. En el Perú, la definición del OT se puede encontrar en los “Lineamientos de política para
el ordenamiento territorial” del Ministerio del Ambiente-MINAM.
75. Diferencias entre Ordenamiento Territorial y gestión del territorio
Ordenamiento Territorial :
Forma parte de la gestión territorial
junto a otros procesos que tienen
un componente territorial y su
propio marco conceptual y
normativo, como la demarcación
territorial, el desarrollo urbano, el
catastro predial y las concesiones,
entre otros, en un marco de
gobernabilidad y de visión de
desarrollo.
Gestión del territorio:
Es el proceso de articulación de políticas
nacionales, bajo un enfoque territorial, con
la finalidad de garantizar el desarrollo
integral de la persona humana, teniendo
en cuenta aspectos sociales, económicos,
culturales y ambientales. En ese sentido, la
gestión del territorio toma muy en cuenta
el Ordenamiento Territorial, así como
también otros aspectos relacionados al
territorio bajo un marco de gobernanza,
una visión de desarrollo y los mecanismos
financieros que hacen estas entidades.
77. ¿Qué garantiza el Ordenamiento Territorial?
A través del proceso de Ordenamiento Territorial se garantiza la incorporación
transversal de los componentes económicos, sociales, políticos, culturales,
entre otros, con el componente ambiental en distintos procesos de ocupación
del territorio.
Asimismo, garantiza el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
como base productiva del desarrollo; es decir, se garantiza que el Estado
provea un ambiente equilibrado y sostenible para la calidad de vida de los
ciudadanos.
El OT también se asegura de contar con el marco normativo y las
metodologías necesarias para tal fin y para su implementación a cargo de los
distintos escalafones de gobierno, así como, garantizar su plena
correspondencia con la política actual.
78. Importancia del Ordenamiento territorial
Ayuda a corregir el desigual desarrollo de
los territorios del país y la degradación
ambiental que este genera, factores que
ponen en riesgo la sostenibilidad y,
finalmente, la vida.
Disminuye la vulnerabilidad de la población
ante fenómenos naturales y ante el uso
inadecuado del territorio.
Contribuye a una mejor distribución de las
oportunidades y beneficios del desarrollo,
al formar parte del proceso de
planificación de la gestión pública.
Revalora los territorios como ámbito para la
gestión del desarrollo, especialmente los
ámbitos subnacionales. En esta escala los
territorios posibilitan una actuación y toma
de decisiones de diversos actores,
generando una “gobernanza territorial” de
la que hacen parte autoridades, agentes
privados, actores sociales.
Superar los problemas del desorden territorial
requiere una acción planificada, racional,
intersectorial, intergubernamental y
concertada, como el Ordenamiento Territorial.
79. Instrumentos técnicos sustentatorios para el OT:
– Zonificación Ecológica Económica - ZEE
– Estudios Especializados – EE
– Diagnóstico Integrado del Territorio – DIT
– Plan de Ordenamiento Territorial - POT
82. Los instrumentos de gestión ambiental de tipo preventivo que
corresponden ser presentados por el titular de cualquier
proyecto comprendido en el Listado de Proyectos de
Inversión sujetos al SEIA, o los que el MINAM determine en el
marco de sus funciones, son:
a) Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
b) Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd)
c) Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d)
83. Los instrumentos de gestión ambiental de tipo correctivo que
corresponden ser presentados por el titular de actividades
en curso, para su adecuación a la normativa ambiental, son:
a) Declaración de Adecuación Ambiental (DAA)
b) Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
84. Los instrumentos de gestión ambiental de planificación,
promoción, de seguimiento y otros, son:
a) Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)
b) Acuerdos de Producción Más Limpia
c) Reporte Ambiental
d) Plan de Cierre
e) Otros establecidos por la Ley General del Ambiente