En este documento encontrarás toda la información necesaria sobre qué son los Centros Valencianos en el Exterior, sus derechos y obligaciones y las ayudas qué pueden recibir.
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Información sobre Centros Valencianos en el Exterior (CEVEX)
1. ¿Qué son los Centros
Valencianos en el Exterior?
Exterior
• Los centros valencianos en el exterior (CEVEX) son aquellas entidades
asociativas, fundacionales u otras personas jurídicas sin ánimo de lucro,
legalmente constituidas, que organizan una comunidad de valencianos asentada
fuera de la Comunitat Valenciana, y que se han reconocido como tales por la
Generalitat. Este reconocimiento será necesario para poder disfrutar de los
derechos que se establecen en la ley.
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2. Legislación que regula los
CEVEX
• La Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Comunidades de
Valencianos en el Exterior, y el Decreto 53/2008, de 18 de abril, del Consell,
por el que aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 11/2007, de 20 de
marzo, de la Generalitat, de Comunidades de Valencianos en el Exterior (
modificado por los Decretos 15/2009 y 82/2010 ).
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3. Requisitos para obtener el
reconocimiento como CEVEX
• Para su reconocimiento oficial, los centros deben acreditar los requisitos
siguientes
– Estar legal y válidamente constituidos como entidades con personalidad jurídica
propia.
– La inclusión entre los objetivos estatutarios básicos de la entidad asociativa,
fundacional o persona jurídica sin ánimo de lucro, por acuerdo de su asamblea general
u órgano supremo de gobierno, del mantenimiento de lazos culturales, sociales o
económicos con la Comunitat Valenciana, sus gentes, historia, idioma, cultura o con
cualquier otro aspecto de su realidad.
– Mantener una estructura, organización y funcionamiento internos compatibles con las
normas y criterios democráticos.
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4. Derechos de los Centros
Valencianos en el Exterior
• La Ley 11/2007, de 20 de marzo, de la Generalitat, de Comunidades de Valencianos en el Exterior
les reconoce los siguientes derechos:
derechos
– Recibir información por parte de la Generalitat y los organismos e instituciones de ella dependientes.
– Recibir información individualizada sobre aquellas actuaciones e iniciativas públicas.
– Participación en las distintas formas de manifestación de la vida social, cultural y económica valenciana contribuyendo a
la proyección exterior de la misma.
– Participar en programas, misiones y delegaciones que sean organizados por las instituciones valencianas en el ámbito
territorial donde estén ubicadas.
– Formular sugerencias, consultas y quejas sobre temas de competencia autonómica, en ejercicio del derecho de petición
ante la Generalitat y los organismos e instituciones de ella dependientes, en las mismas condiciones y con los requisitos
que se establecen para los ciudadanos individuales mediante una ley.
– Recabar la colaboración de la Generalitat en el ejercicio de actividades sin ánimo de lucro de carácter cívico, por medio
de los instrumentos y mecanismos de participación que se determinen para los ciudadanos individuales por ley.
– Percibir subvenciones y ayudas públicas para las actuaciones que realicen.
– Que se cree un fondo editorial, audiovisual y a través de Internet tendente a facilitar el conocimiento sobre la
historia, la cultura, la lengua y la realidad social valenciana para su exhibición o distribución.
– Ostentar el nombre de la Comunitat Valenciana en su denominación social.
– Utilizar, conforme al ordenamiento jurídico, los símbolos de la Comunidad Autónoma en su emblema social.
– Usar la bandera de la Comunitat Valenciana en su sede social y en los actos públicos de especial importancia que se
celebren.
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5. ¿Qué ayudas se otorgan?
• Destinadas a dos tipos de actuaciones de los Centros:
– Organización de programas de asistencia social dirigidos a los emigrantes valencianos
que se encuentren en situaciones de necesidad, organización de actividades
culturales, de orientación e información; programas formativos y de difusión de la
cultura de la Comunitat Valenciana entre colectivos de emigrantes valencianos, y
gastos de funcionamiento de los centros que desarrollen dichas actividades.
– Creación, modernización o actualización de las sedes, las instalaciones y el
equipamiento de los centros.
Las ayudas son de tipo económico, de cuantía variable según el coste de la acción que se
proyecte.
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