3. TIENE COMO BASE:
NÚCLEO IDEOLÓGICO ILUSTRADO
LIBERTAD
FRATERNIDAD
INTERSUBJETIVIDAD
ESTRUCTURAS RACIONALES
4. UNIVERSALIDAD
Promoción ética de nuevos sujetos
(rango político superior).
Válido para todos los sujetos racionales.
En sí misma e independientemente de
los contenidos es buena en sí misma y un
valor por ser norma que afecta a todo sujeto.
5. FEMINISMO
RADICAL
FEMINISMO DE LA
IGUALDAD
Construcciones de lo femenino y
lo masculino son constructos que
obedecen a los roles sociales o
roles de género y no a diferencias
esenciales entre los sexos.
(CONTRATO SOCIAL)
Perjudica a una parte de la humanidad …. Rechazo roles de género
7. CONCEPTO IGUALDAD
No implica identificación con el opresor.
Reivindicación como hecho histórico.
La igualdad no pretende homogeneizar sino
reconocer la diversidad de mujeres y hombres
Es un concepto normativo regulador de un
proyecto feminista de transformación social
(C. Amorós).
Reivindicación de la abolición de las diferencias
artificiales en razón de sexo, los privilegios de
un sexo sobre otro, la desaparición de nuestra
opresión de sexo (Empar Pineda)
8. FEMINISMO DE LA IGUALDAD
Las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos
en todos los ámbitos( civiles, políticos, trabajo, salario,
participación en la vida pública).
Niegan la existencia de valores femeninos y señalan que
la única diferencia es la que tiene su origen en la opresión.
Sexualidad: Reivindican el derecho al placer sexual (histo-
ricamente negada).Ponen en entredicho la heterosexualidad.
Igualdad efectiva en el terreno de la dedicación a la
familia y los hijos. Separación de lo público y lo privado.
Retoma el paradigma del patriarcado.
Derecho al propio cuerpo ( sexualidad/reproducción).
En contra de la violencia hacia las mujeres.
Persigue que el hombre deje de ser
aceptado como prototipo UNIVERSAL del
ser humano.
9. APORTES:
Amelia Valcárcel: El esencialismo insiste en
homogeneizar a las mujeres. No existe “la mujer” sino
mujeres diversas.
Chantal Mouffe: No hay una esencia mujer, lo que hay es
una multiplicidad de relaciones sociales en las cuales
la diferencia social está construida.
E. Pineda: Luchamos porque no se nos niegue ningún
derecho, pero luchamos sobre todo, para
acabar con la dualidad masculino/femenino,
con la división de papeles en función del sexo.
10. Celia Amorós: “Nadie piensa en el vacío y mucho menos
una feminista” Si la teoría feminista resignifica la
realidad, el movimiento social es el agente principal
de resignificación, porque [no resignifica quien quiere
sino quien puede].
11. IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.
DERECHOS NATURALES QUE DEBEN
DISFRUTAR TODOS LOS SERES HUMANOS.
¿Porqué entonces se dio la necesidad de construir
un instrumento que tuviera por objetivo erradicar todas las
formas de discriminación contra la mujer?
12. 1967. Asamblea General de Naciones Unidas.
Declaración sobre la Eliminación contra la Discriminación
de la Mujer.
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer:
Posible firma de un Instrumento Internacional.
13. Convención sobre la Eliminación de todas las
formas de Discriminación contra la Mujer
(CEDAW) a- 1967- 1981
La Convención tiene un carácter jurídicamente vinculante.
El fundamento de la convención se basa en la “prohibición
de todas las formas de discriminación contra la mujer".
Además de exigir que se reconozcan a la mujer derechos
iguales a los de los hombres, la Convención prescribe las
medidas que han de adoptar los Estados para asegurar
que en todas partes las mujeres puedan gozar de los
derechos que les asisten.
14. Art. 3. Los estados partes tomarán en todas las
esferas, las medidas apropiadas, incluso de
carácter legislativo, para asegurar el pleno
desarrollo y adelanto de las mujeres, con el
objetivo de garantizarles el ejercicio y el goce de
los derechos humanos y las libertades
fundamentales en igualdad de condiciones con
los hombres.