SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 160
Descargar para leer sin conexión
La eficiencia de la
captación fiscal
 por la vía judicial
ICEFI
    La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial. --- Guatemala: Instituto
    Centroamericano de Estudios Fiscales, 2008.
    160p.

    ISBN: 978-99922-905-9-0

    1. Evasión de impuestos. 2. Obligaciones fiscales y tributarias. 3. Política
    criminal en materia fiscal. 4. Criminalidad en materia fiscal. 5. Sanciones
    frente al incumplimiento de las obligaciones tributarias. I. Título




Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, ICEFI
Dirección: 9 calle 5-21 J zona 10
Teléfonos: (502) 2361 1570 al 74

www.icefi.org

Las opiniones contenidas en esta publicación son responsabilidad exclusiva de sus
autores, no necesariamente reflejan las del Fondo de Gobernabilidad, IBIS o de la Real
Embajada de los Países Bajos.

Se permite la reproducción parcial o total de este documento siempre y cuando se cite
la fuente.

Equipo responsable de la elaboración del estudio:
Javier Monterroso       	         (Investigador principal)
Luis Ramírez                  	   (Investigador legal)
Marcelo Coj                 	     (Investigador económico)
Maynor Cabrera            	       (Supervisión técnica)
Iliana Peña                   	   (Coordinación administrativa)

Participaron también en la elaboración de este documento:
Francisco Albizúrez Palma 	       (Editor)
Gabriel Gómez Méndez
Juan Alberto Fuentes Knight
Christa Bollmann
Adelma Bercián
Marielos Ramírez
Elvin Díaz
Dominick Morales

Diseño de portada, interiores y diagramación:
Ycrea. Teléfono: (502) 5917-3360
Fotografía de portada:
© [2008] Jupiterimages Corporation
Impresión:
Serviprensa, S.A. Teléfono: (502) 2232-0237
Índice



Siglas y acrónimos.
                  ..................................................................................................... iv
Presentación.
            ............................................................................................................... v
Introducción................................................................................................................1


1. Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia...........................5
    1.1. Fines del Estado y recursos económicos. .........................................................5
                                               .
    1.2. Dos visiones del Estado...................................................................................7
    1.3. Situación fiscal en Guatemala . .......................................................................7
    1.4. La justicia como forma de exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias....9
                                                                                         .
    1.5. Ilícitos administrativos y penales...................................................................10


2. Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como
forma de cobro de las obligaciones tributarias. ..........................................................13
                                              .
    2.1. El procedimiento administrativo para el cobro de las obligaciones tributarias...13
           2.1.1. Principios del Derecho Tributario Sancionador.
                                                               ....................................15
           2.1.2. Infracciones y sanciones en materia fiscal............................................17
           2.1.3. El proceso tributario sancionador........................................................18
    2.2. El procedimiento contencioso administrativo.................................................23
    2.3. El procedimiento económico coactivo.............................................................25
    2.4. Cierre de negocios. ........................................................................................28
                           .
    2.5. Resultados obtenidos en los procesos judiciales.............................................28
           2.5.1. Contencioso administrativo..................................................................28
           2.5.2. Resultados obtenidos en casación........................................................31
           2.5.3. Proceso económico coactivo. ................................................................32
                                            .
           2.5.4. Cierre de negocios.
                                    ...............................................................................34


                                                               Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
3. La política criminal en materia fiscal.....................................................................39
     3.1. Criminalidad fiscal como expresión de la criminalidad económica..................39
          3.1.1. Criminalidad de cuello blanco y delito fiscal.........................................39
          3.1.2. Teorías de la reacción social y criminalidad de cuello blanco................43
     3.2. Política criminal y criminalidad en materia fiscal...........................................46
     3.3. Anotaciones sobre la teoría económica de la evasión......................................48
     3.4. Política criminal en materia fiscal..................................................................50
     3.5. Política criminal democrática en materia fiscal. .............................................54
                                                         .


4. Las leyes penales en materia fiscal: análisis dogmático-jurídico.............................57
     4.1. Principios generales del Derecho Penal guatemalteco.....................................57
     4.2. Análisis de los delitos tributarios tipificados en el Código Penal.....................58
                                                                            .
          4.2.1. Bien jurídico protegido.........................................................................58
          4.2.2. Comportamiento típico. .......................................................................59
                                      .
          4.2.3. Autoría................................................................................................60
          4.2.4. Responsabilidad penal.........................................................................60
     4.3. Análisis de los delitos de contrabando tipificados en la Ley Contra el
          Contrabando y la Defraudación Aduanera. ....................................................61
                                                .
          4.3.1. Bien jurídico protegido.........................................................................61
          4.3.2. Comportamiento típico. .......................................................................62
                                      .
          4.3.3. Autoría................................................................................................62
          4.3.4. Responsabilidad penal.........................................................................63


5. El proceso penal en materia tributaria.
                                         ..................................................................65
     5.1. Instituciones que intervienen en el proceso penal tributario...........................67
          5.1.1. Organismo Judicial.
                                   .............................................................................67
          5.1.2. Ministerio Público................................................................................69
          5.1.3. Superintendencia de Administración Tributaria...................................71
          5.1.4. Policía Nacional Civil. ..........................................................................74
                                       .
          5.1.5. Procuraduría General de la Nación. .....................................................75
                                                  .
          5.1.6. Imputado y defensa técnica. ................................................................75
                                           .
     5.2. Las fases del proceso penal............................................................................76
          5.2.1. Procedimiento preparatorio..................................................................76
          5.2.2. El procedimiento intermedio................................................................81
          5.2.3. Juicio..................................................................................................82



ii
5.3. Mecanismos de simplificación y de salida al procedimiento penal común.......85
           5.3.1. Mecanismos simplificadores y delitos tributarios..................................85
           5.3.2. Los mecanismos simplificadores aplicables a los delitos tributarios......87
           5.3.3. Valoración de los mecanismos simplificadores en el proceso tributario...91


6. Situación de las instituciones encargadas de la persecución de los delitos tributarios.........93
    6.1. Estructura organizacional. ............................................................................93
                                  .
    6.2. Recursos humanos asignados.
                                   .......................................................................96
    6.3. Sistemas de formación especializada en materia penal tributaria...................97
    6.4. Mecanismos de gestión de casos ...................................................................98
    6.5. Mecanismos de carrera y evaluación del desempeño......................................99
    6.6. Coordinación interinstitucional. ..................................................................100
                                        .


7. Resultados obtenidos en la persecución penal de los delitos tributarios.........................103
    7.1. Denuncias presentadas por delito y tributo.
                                                   .................................................104
    7.2. Personas denunciadas.................................................................................108
    7.3. Monto de las denuncias...............................................................................109
    7.4. Duración de los procesos ............................................................................111
    7.5. Medidas de coerción....................................................................................113
    7.6. Efectividad en la persecución penal en los delitos tributarios.......................114
    7.7. Montos recuperados por la vía penal.
                                            ...........................................................117


8. Conclusiones y recomendaciones . ...........................................................................121
    8.1. Conclusiones ..............................................................................................121
    8.2. Recomendaciones .......................................................................................123
Anexos....................................................................................................................127
      .
Bibliografía..............................................................................................................141




                                                               Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -         iii
Siglas y acrónimos




AP 	        Acuerdos de Paz
BID 	       Banco Interamericano de Desarrollo
CAAP 	      Comisión de Acompañamiento de los Acuerdos de Paz
CESR 	      Centro para los derechos económicos y sociales (por sus siglas en inglés)
CEPAL 	     Comisión Económica para América Latina y el Caribe
CP 	        Código Penal
CPP 	       Código Procesal Penal
CPTPAM 	    Código Penal Tipo Para América Latina
CT 	        Código Tributario
ICCPG 	     Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala
ICEFI	      Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales
ISR 	       Impuesto sobre la Renta
IVA 	       Impuesto al Valor Agregado
LOMP 	      Ley Orgánica del Ministerio Público
MP 	        Ministerio Público
PGN 	       Procuraduría General de la Nación
PNC 	       Policía Nacional Civil
SAT 	       Superintendencia de Administración Tributaria
Segeplan	   Secretaría General de Planificación y Programación de la Presidencia
SNU 	       Sistema de Naciones Unidas en Guatemala




iv
Presentación




La evasión de impuestos es una limitación        unidad monopolizadora del poder social
importante para el desarrollo del Estado,        implica una alta dosis de violencia física,
especialmente cuando el incumplimiento           pero sobre todo de violencia fiscal, tal como
de la obligación fiscal proviene de los          lúcidamente demostró Norbert Elias en la
sectores que concentran la riqueza, como         famosa obra El proceso de la civilización.
las personas pudientes y las empresas            En este sentido, no se puede perder de
poderosas. Este problema, que es todavía         vista que los problemas relacionados con
mayor en sociedades marcadas por una             el cumplimiento de obligaciones fiscales
profunda desigualdad social, violencia e         son uno de los atributos más esenciales de
injusticia, demuestra que la consolidación       estatidad, sin el cual sería inimaginable
de sociedades más democráticas e                 la idea misma del Estado. En términos
inclusivas no debería olvidar la importancia     materiales, esta aseveración significa que,
del pago de impuestos para mejorar la            sin recaudación fiscal, se ve seriamente
distribución de la riqueza en favor de           condicionada la eficacia de las acciones
los sectores vulnerables y de menores            estatales. Se trata de un problema en
recursos.                                        materia de políticas públicas, en cuanto
                                                 introduce un sustrato de debilidad en los
Pero tampoco se puede perder de vista            procesos de implementación de aquellas.
que, en el núcleo de esta compleja cuestión      Sin embargo, no es el único problema,
política, que muchas veces enfrenta              ya que por detrás de éste, de manera
a débiles contra poderosos, reside el            incuestionable, sigue presente la misma
problema de la definición o, en su caso,         regla de distribución de las obligaciones
redefinición, del pacto fiscal indispensable     tributarias dentro de la sociedad
para todo orden político: es decir, la           
                                                  	 Elias, Norbert (1993), El proceso de la civilización, Fondo de
manera como ricos y pobres contribuyen           Cultura Económica, Buenos Aires, pp. 333 y ss.
financieramente a la constitución del            
                                                  	 Oszlak, Oscar (2007), “El Estado democrático en América
Estado y el desarrollo de las políticas          Latina: Hacia el desarrollo de líneas de investigación”, Revista
                                                 Nueva Sociedad N 210, pp. 46
públicas, según su capacidad tributaria.         
                                                  	 Skinner, Quentin (2003), El Nacimiento del Estado, ed. Gorla,
La formación del Estado moderno como             Buenos Aires.




                                               Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
bajo formas regresivas. Reside aquí                                  de las entidades estatales responsables
un conflicto político irresuelto en los                              de la recaudación, regulación y sanción
Estados latinoamericanos, que debería                                de la obligación tributaria y, por último,
ser cuestionado permanentemente, a fin                               la gestión y resultado de estas mismas
de sacarlo del silencio histórico en que                             entidades demuestran que en Guatemala
los sectores dominantes le mantienen en                              es necesario redefinir las cargas sociales
resguardo de sus privilegios. Claro que                              que sostienen hoy el pacto fiscal, así como
discutir nuevamente sobre las reglas                                 el rol y eficacia del sistema judicial para
y formas de reparto tributario implica                               reparar y sancionar el incumplimiento de
costos políticos inevitables, que ponen en                           dichas obligaciones.
entredicho desde la forma jurídica de la
propiedad hasta la validez ética de la riqueza.                      Sin intención de adelantarme al contenido
Y ninguna de estas cuestiones puede                                  de la investigación desarrollada por el
escindirse del problema posterior derivado                           Instituto Centroamericano de Estudios
del incumplimiento de una obligación legal                           Fiscales (ICEFI) y el Instituto de Estudios
tributaria, porque no pagar los impuestos                            Comparados en Ciencias Penales de
acarrea una infracción fiscal o un delito                            Guatemala       (ICCPG), es importante
que debiera ser sancionado y reparado                                destacar la absoluta claridad de su punto
adecuadamente por el Estado. Sin embargo,                            de partida: el carácter excluyente que, en
muchas veces los hechos demuestran que                               el caso de Guatemala, tuvo la definición
estos no son sancionados debidamente                                 del pacto fiscal y los efectos favorables a
por la justicia, especialmente cuando                                los privilegios económicos y de otro tipo de
los responsables de su incumplimiento                                la elite dominante.
pertenecen a sectores del poder. Si,
como dice Sieyès, los privilegios son una                           Cabría agregar aquí que este estilo injusto
dispensa, un derecho exclusivo que ajeno                             y excluyente es, y ha sido, un rasgo común
al derecho común está resguardado de la                              en la constitución del Estado en todos los
sanción, entonces la evasión tributaria –en                          países de América Latina y el Caribe, e
tanto dato constante de la realidad fiscal                           indica mucho sobre la desigualdad social
latinoamericana– constituye uno de los                               que prima hoy en la mayoría de nuestros
aspectos explicativos de la impunidad que                            países.
caracteriza a los delitos del poder y a la
protección que la selectividad del sistema                           En este estudio se realiza un breve
penal genera en este sentido.                                        recorrido histórico por algunas etapas
                                                                     fundantes del Estado, tales como el proceso
La presente investigación es un testimonio                           de incorporación al mercado mundial. El
fiel de la convergencia de estos dos aspectos                        primer capítulo permite visualizar el papel
problemáticos brevemente esbozados                                   central que en esas instancias jugaron
en los anteriores párrafos. El diseño                                los sectores conservadores evitando
normativo, la estructura institucional                               cualquier mínimo esbozo de reforma fiscal
                                                                     que procurase desarticular los privilegios

 	 Sieyès E. (1993), ¿Qué es el Tercer Estado? Ensayo sobre los
privilegios, en Escritos Políticos de Sieyès, ed. Fondo de Cultura
                                                                     de los grupos poderosos y fortalecer las
Económica, México, pp. 115.                                          capacidades de acción estatal.


vi
Debido a que la política fiscal no siempre       imposición de sanciones. Mediante el
cumple satisfactoriamente con sus metas          análisis de diferentes indicadores, la
recaudatorias, el sistema de justicia            investigación ilustra los principales
y, especialmente el sistema penal,               problemas del sistema de administración
cobran protagonismo como ámbito de               tributaria de Guatemala, entre los que
implementación de políticas orientadas           destacan el bajo nivel de resolución de
a sancionar los delitos y recuperar el           casos tramitados en el proceso contencioso
monto del dinero evadido al fisco. Claro         administrativo y el escaso nivel de tributos
que el sistema judicial no constituye el         recuperados por esta vía.
principal ámbito en este sentido (ya que
la administración pública es la principal        El tercer capitulo estudia las relaciones
encargada de mantener un sistema                 entre el delito fiscal, la criminalidad
eficiente de recaudación tributaria),            económica y los delitos del poder, mediante
pero sí tiene por delante la importante          un sintético pero lúcido repaso de las
función de aplicar sanciones por evasión         principales    corrientes    criminológicas
tributaria, contribuyendo así a reducir la       que -a lo largo de los siglos XIX y XX-
impunidad reinante en el ámbito de los           fueron definiendo los aspectos clave de
delitos del poder. Por tal motivo, a pesar       comprensión de la cuestión criminal.
de su carácter subsidiario no por ello tiene     Tanto Durkheim como, luego, Sutherland
a cargo funciones de menor importancia,          son aquí referencias obligatorias. De
especialmente porque cuando la delincuencia      alguna manera ya estaba en Durkheim
económica adopta un carácter estructural,        la ecuación más básica de la selectividad
se profundizan los privilegios de los            del sistema penal: el castigo de los
sectores poderosos y la desigualdad social,      débiles es la condición de posibilidad
situación que en su conjunto contribuye a        de la impunidad de los poderosos. Por
transformar la democracia en un sistema          otro lado, los diferentes casos estudiados
político excluyente.                             por Sutherland en el clásico libro Delitos
                                                 de cuello blanco resultan decisivos para
El segundo capítulo se ocupa de los              comprender que el delito económico es una
principales mecanismos jurisdiccionales          práctica aprehendida por esos hombres
previstos en el sistema jurídico                 “de status social y reputación elevada” y
guatemalteco para lograr el cobro de             que, por lo tanto, lejos de demostrar un
impuestos adeudados y establecer                 comportamiento desviado, representan
sanciones frente al incumplimiento de            una modalidad habitual de participación
las obligaciones tributarias. También se         en la vida económica que, pese a estar
analizan los principios regulatorios del         caracterizada por su ilegalidad en diversas
sistema tributario sancionador y el catálogo     formas (desde prácticas monopólicas
de las principales infracciones y sanciones      hasta estrategias de evasión impositiva,
previstas en el Código Tributario. Por           pasando por el soborno, la colusión, el
último, se estudian detalladamente los           lavado de activos y el fraude empresario),
principales resultados obtenidos por medio       parecen estar exentas o dispensadas de la
de la vía judicial en materia de recaudación     legalidad, si juzgamos los resultados de
tributaria mediante recuperación e               la reacción institucional de los órganos


                                               Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -   vii
estatales, o mejor dicho, de la manifiesta        sistema procesal, poniendo especial énfasis
falta de reacción estatal frente a estos          en la materia tributaria y en el papel de los
delitos.                                          principales actores involucrados, como el
                                                  caso de la SAT, la Policía Nacional Civil,
La investigación se nutre también                 el Ministerio Público y la Procuraduría
de los aportes producidos por la                  General de la Nación. También estudia
criminología crítica, especialmente del           el uso de mecanismos simplificadores del
dato estructurante más importante del             proceso penal, tales como los criterios de
sistema penal contemporáneo, esto es,             oportunidad, la suspensión condicional
la selectividad penal, para, luego, saltar        de la persecución penal, el procedimiento
hacia el ámbito de las políticas públicas         abreviado, y el potencial impacto de estos
y analizar los componentes, tensiones y           mecanismos en materia de recuperación
posibilidades implicados en el diseño e           de tributos.
implementación de una política criminal
que en materia fiscal contribuya a perseguir      El capítulo sexto identifica aspectos
adecuadamente los delitos fiscales y              problemáticos cruciales que condicionan
recuperar eficazmente el dinero evadido           la efectividad de la potestad tributaria del
mediante delitos tributarios, concentrando        Estado.
los esfuerzos punitivos en los actores
empresarios que reciben mayores beneficios        De manera sintética y concisa, se
económicos, condición previa y necesaria          individualizan debilidades estructurales que
para la reinversión en políticas públicas que     abarcan aspectos tan amplios y complejos
atiendan las demandas sociales propias            de resolver como los mecanismos de gestión
de una sociedad democrática. El capítulo          de casos, los programas de formación y
cuarto realiza un análisis dogmático sobre        adiestramiento en materia penal tributaria
las principales figuras penales previstas         o la coordinación interinstitucional.
en el ordenamiento guatemalteco, tanto en
el código penal como en leyes especiales.         Por su parte, el capítulo séptimo analiza
No se trata de un estudio exhaustivo; no          datos      empíricos    relacionados     con
busca agotar la temática tan compleja y           indicadores de medición de desempeño
rica relacionada con todas las discusiones        del proceso penal en la persecución y
posibles que podrían plantearse desde el          resolución de delitos fiscales. Mediante
punto de vista de los análisis de la teoría del   estos indicadores cabe medir con exactitud
delito. Por el contrario, tiene como objetivo     las dimensiones del problema delictivo
presentar un mapa detallado y preciso de          tributario en Guatemala. La cantidad de
las herramientas penales previstas en el          denuncias presentadas por tipo de delito
ordenamiento jurídico guatemalteco para           tributario, la comparación entre la cantidad
sancionar el comportamiento criminal              de denuncias formuladas por estos
generado mediante la evasión de impuestos         delitos respecto de otros delitos comunes
o el contrabando en sus diversas formas.          -seleccionadas como parte de la muestra-, la
                                                  cantidad de denuncias presentadas según
En igual sentido, el capítulo quinto recorre      el tipo de impuesto y las principales formas
los principales aspectos normativos del           delictivas identificadas, la duración de


viii
los procesos, etc., permiten evaluar con         realidad fiscal del Estado de Guatemala,
mayor detalle las diferentes dimensiones         que merece mayor atención por parte de
y cuestiones pendientes de solución en la        las autoridades públicas y la clase política
materia.                                         dirigente. Y esto es así especialmente
                                                 porque sin compromiso fiscal no existe
El estudio concluye en la identificación de      posibilidad alguna de dar un paso adelante
una serie de debilidades, como la duración       en el proceso de construcción de una
prolongada de los procesos, el bajo nivel de     sociedad democrática e inclusiva. Resta,
resolución de casos por la vía contenciosa       desde luego, profundizar estos estudios y
y otras tantas que resumen sintéticamente        desarrollar programas políticos adaptados
los aspectos que debieran abordarse como         a las necesidades de una futura y necesaria
parte de futuras reformas legales, para lo       reforma fiscal.
cual la investigación enumera una serie de
recomendaciones que deberán ser tenidas          Buenos Aires, julio de 2008
en cuenta en este sentido.
                                                 Pedro Biscay
Podemos afirmar, sin duda alguna, que el         Director del Centro de Investigación y
lector tiene entre sus manos un diagnóstico      Prevención de la Criminalidad Económica
preciso y revelador sobre una porción de la      (CIPCE)




                                               Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -   ix
Introducción




La situación de las finanzas públicas             relativa a la administración de justicia en
en Guatemala es complicada. Existen               esta materia ha quedado al margen.
crecientes demandas y necesidades por
parte de la población en distintos ámbitos,       La cultura jurídica generada alrededor de
lo cual está acompañado de recursos               lo “judicial” se caracteriza por la lentitud de
escasos para atenderlas. A esto se agrega         los trámites, la preocupación desmedida por
que el Estado guatemalteco es poco eficaz         las formas escritas antes que por la solución
en llevar a cabo sus funciones, entre las que     de los conflictos y la excesiva formalidad
se incluye el cobro de impuestos, aspecto         convertida en ritualismo incomprensible
en el cual se han mostrado mejorías en los        para los técnicos en materia impositiva y los
últimos años.                                     ciudadanos. Probablemente, los aspectos
                                                  mencionados han creado la sensación
La capacidad de recaudación tributaria            de que hacer cumplir la ley tributaria es
se halla sujeta a variables de distinta           una utopía irrealizable. Por lo tanto, se
naturaleza social: convencer a los                estableció una tendencia dirigida a resolver
ciudadanos y fortalecer al Estado con             los problemas administrativos, que en
recursos económicos para que cumpla               última instancia son más entendibles y
su función constitucional, establecer los         con mayores posibilidades de éxito que
controles administrativos adecuados,              aquellos relacionados con el reclamo de los
incorporar tecnología con el fin de facilitar     tributos por la vía judicial.
la exigencia del pago de impuestos, contar
con mecanismos que faciliten el acceso            Independientemente de la política fiscal
del ciudadano a las instancias tributarias,       que se adopte, la administración de justicia
ampliar la base tributaria, incrementar las       está llamada a procurar el cumplimiento
tasas impositivas, etc. Estas variables han       de ley, como resultado de pactos sociales
sido objeto de preocupación no solo en el         cristalizados en la legislación tributaria. De
sector político, sino también en la sociedad      muy poco sirve que se adopte una política
civil y la comunidad internacional. Sin           fiscal determinada si la administración
embargo, la discusión sobre la problemática       de justicia no se convierte en un estímulo


                                                Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
coactivo para el pleno ejercicio de los          La información empírica utilizada en
derechos ciudadanos y el cumplimiento de         este estudio tiene como base entrevistas
las obligaciones tributarias. Esta debe ser      realizadas a operadores de justicia, en
garante de derechos, pues el ciudadano no        especial abogados de la Superintendencia
puede quedar en un estado de indefensión         de Administración Tributaria (SAT),
frente al poder arbitrario en el requerimiento   de la Fiscalía de Delitos Económicos y
del pago de impuestos; y de obligaciones,        jueces de primera instancia; información
pues la indiferencia de la administración        estadística de las memorias de labores
de justicia frente al fenómeno de la evasión     del    Ministerio   Público;     información
fiscal, no solo debilita al Estado en el         estadística proporcionada por la SAT y
cumplimiento de sus funciones, sino que          análisis de casos de delitos tributarios
también debilita la credibilidad de la ley,      que ingresaron a los juzgados de la ciudad
principal endemia heredada del régimen           capital durante el año 2007. Se agradece
colonial.                                        la valiosa información proporcionada por
                                                 la Intendencia de Asuntos Jurídicos de
El presente estudio intentó explorar el          la Superintendencia de Administración
funcionamiento de la administración de           Tributaria, la Dirección General de la
justicia en materia fiscal. Su carácter es       Policía Nacional Civil, la Fiscalía de Delitos
exploratorio y descriptivo, en el sentido de     Económicos del Ministerio Público, la
abordar la relación entre la administración      Cámara Penal de la Corte Suprema de
de justicia y el sistema impositivo, desde       Justicia y el Centro Administrativo de
una perspectiva jurídica y sociológica,          Gestión Penal del Organismo Judicial.
con la finalidad de proponer una visión
general de la problemática a públicos de         El documento se divide en ocho partes.
diversa formación social. Por lo tanto,          En la primera se exponen antecedentes
no fue posible abarcar todos los temas a         conceptuales relacionados con los fines del
profundidad. Esto se debe, en primer lugar,      Estado, la visión del Estado en Guatemala
a la ausencia de investigaciones previas         y la situación fiscal en los años recientes, el
que aborden los problemas de la justicia         papel de la justicia en el cumplimiento de
en un campo tan especializado como lo            obligaciones tributarias y la distinción entre
es el tributario, y en segundo lugar, a la       hechos ilícitos administrativos y penales.
carencia de información empírica accesible       En la parte segunda se describe el proceso
y confiable sobre el funcionamiento de la        administrativo de recuperación de tributos,
justicia en materia tributaria.                  con énfasis en los procesos contencioso
                                                 administrativo y económico coactivo. La
 A pesar de estas limitaciones, el objetivo      tercera parte comprende un marco teórico
primordial se logró a satisfacción, pues         que explica la política criminal en materia
desde el inicio se propuso develar el            tributaria. En la parte cuarta se expone un
panorama general del funcionamiento de la        análisis jurídico de las leyes penales en el
justicia en materia fiscal, lo cual permitió     ámbito fiscal. Posteriormente, en la quinta
identificar problemas estructurales y temas      parte se describe el proceso penal en
de investigación futuros sobre situaciones       materia tributaria y las instituciones que
específicas.                                     intervienen en dicho proceso. La sexta parte
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




muestra la situación de las instituciones                    de información empírica que devele las
encargadas de la persecución de los delitos                  estructuras organizativas judiciales, de
tributarios. La séptima sección incluye un                   acceso a la justicia y de aspectos de
análisis de los resultados obtenidos en la                   la cultura jurídica, entre otros. Todos
persecución penal de los delitos tributarios.                ellos resultan esenciales para explicar el
Finalmente, en la octava se plantean las                     porqué la administración de justicia como
conclusiones y recomendaciones resultantes                   mecanismo de exigencia para cumplir
de la investigación. Esta investigación                      con las obligaciones tributarias, está
intenta contribuir al inicio del debate                      al margen de las expectativas sociales,
sobre la tarea que la administración de                      políticas e históricas de proveer los
justicia está llamada a cumplir en el                        recursos económicos necesarios para el
ámbito tributario. Debe incluir el análisis                  cumplimiento de la función del Estado.




                                                           Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
Exigencia de las obligaciones
                                                               1
                              tributarias por el sistema
                                      de justicia



                                                                      movimiento liberal, triunfante en 1871,
1.1. Fines del Estado y                                               inició la incorporación del país al mercado
recursos económicos                                                   mundial agroexportador, lo que significó
                                                                      una etapa de conformación de elites
La función del Estado en la intervención                              políticas que aprovecharon sus privilegios
de la conflictividad social constituye un                             para mantener un Estado protector del
tema de debate recurrente en la historia                              trabajo forzado y raquítico en la prestación
republicana de Guatemala. A partir del                                de servicios públicos. Así lo expresa la
movimiento independentista consumado a                                Comisión de Esclarecimiento Histórico:
inicios del siglo XIX, se instaló la discusión                        “Desde la independencia proclamada en
entre liberales y conservadores por atribuir                          1821, acontecimiento impulsado por las
determinadas funciones al Estado. Los                                 elites del país, se configuró un Estado
primeros, bajo la conducción de Mariano                               autoritario y excluyente de las mayorías,
Gálvez, iniciaron la eliminación en                                   racista en sus preceptos y en la práctica,
forma superficial de los privilegios de los                           que sirvió para proteger los intereses de
estamentos sociales instalados en la época                            los restringidos sectores privilegiados”.
colonial. Esto se tradujo en un intento de
construir un sistema tributario para que el                           La reforma del Estado constituyó uno de
naciente Estado laico iniciara la prestación                          los principales objetivos de la Revolución
de servicios públicos de salud, educación,                            de Octubre de 1944. Se inicia así una
seguridad y justicia.                                                transformación de las funciones del Estado,
                                                                      en especial de aquellas orientadas a la
Este modelo fracasó con la insurrección                               prestación de los servicios básicos, como
conservadora de Rafael Carrera, lo cual                               educación, salud, trabajo y seguridad social.
significó retomar las prácticas coloniales                            Para el efecto, se buscó transformar un
de gobernabilidad. Posteriormente, el                                 Estado dictatorial y mínimo en un Estado

                                                                      democrático comprometido con el desarrollo
 	 Ver en detalle en ICEFI(2007b), Historia de la tributación en
Guatemala: desde los mayas hasta la actualidad, estudio elaborado
                                                                      
por encargo de la Superintendencia de Administración Tributaria        	 CEH (1997), Guatemala Memoria del Silencio, Informe de La
SAT, Mimeo.                                                           Comisión del Esclarecimiento Histórico, Tomo V, p. 21.




                                                                    Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
nacional. La afectación de intereses de la                      evaluación y control, patrimonio del estado
oligarquía terrateniente y la intolerancia                      y descentralización. Importa considerar
ideológica geopolítica imperante en esa                         que el pago de impuestos es impopular
época significó, a partir de 1954, el retorno                   para cualquie estrato social y que la “moral
a un tipo de Estado de carácter policial y                      tributaria” tiende a debilitarse ante la
subordinado a los intereses económicos                          presencia de prácticas de corrupción
conservadores, a la manera del que imperó                       en la administración pública y escasos
hasta 1944. Las luchas sociales iniciadas                       resultados. Sin embargo, Guatemala se
en los años sesenta y que generaron el                          distingue de otros países por la capacidad
conflicto armado interno, contienen en                          de veto de los sectores tradicionales a
mucho la necesidad de transformar la                            contribuir con el pago de impuestos, y ya
función del Estado en su intervención para                      es tradición que cualquier movimiento de
solucionar la problemática de la pobreza.                       reforma fiscal que se intenta implementar
Por ello, esta es una preocupación contenida                    para fortalecer la capacidad del Estado, trae
en los Acuerdos de Paz –AP-, y una de las                       aparejado un proceso de oposición por parte
discusiones centrales en la disputa política                    de los sectores empresariales tradicionales.
post-conflicto.
                                                                Cabe mencionar que, la existencia de
En la actualidad existe un consenso más                         un Estado débil muestra una asociación
o menos generalizado de que el Estado                           empírica con la debilidad en el cobro de
debe cumplir funciones protagónicas en                          los impuestos y para impulsar reformas
la solución de algunos de los problemas                         tributarias.
urgentes de la sociedad, en especial en
lo relativo a educación, salud, seguridad                       Una muestra de la debilidad del Estado
y justicia. Sin embargo, al momento de                          guatemalteco es el sistema de justicia, que
implementar las políticas tendentes a                           se caracteriza por su ineficacia, que no solo
fortalecer estas capacidades, se encuentra                      refleja la inercia cultural que por tradición
que el problema central es la falta de                          impregna su funcionamiento, sino que
recursos económicos para atender las                            también significa el resguardo de privilegios
necesidades del pais.                                           de sectores económicos pudientes. Por
                                                                ello, la Reforma de la Justicia y la Reforma
El Pacto Fiscal, como espacio de discusión                      Fiscal constituyen dos pilares básicos para
de los diversos sectores sociales para                          lograr la construcción de un sistema que
dotar al Estado de estas capacidades,                           permita en el ámbito tributario la expedita
constituye una herramienta democrática                          recuperación de bienes fiscales.
para solventar esa situación. Sin embargo,                      
                                                                 	 Ver Torgler, B. (2005), “Tax Morale in Latin America”, Public
hasta el momento ha sido poco exitoso,                          Choice 122:133-157.
entre otros factores debido a que no se ha                      
                                                                 	 Existe un cúmulo importante de literatura sobre el tema, como
abordado de una forma integral: se han                          BID (2006), “La política de las políticas públicas”; e ICEFI (2007a),
                                                                La política fiscal en la encrucijada: el caso de América Central, para
impulsado casi solamente las reformas                           mencionar los más recientes.
contenidas en el área de impuestos y en                         
                                                                 	 Ver Melo, M. A. (2005), “O leviatã brasileiro e a esfinge
                                                                argentina: os determinantes institucionais da politica tributaria”.
el manejo del déficit fiscal. Está pendiente                    Revista brasileria de Ciências Sociais Vol. 20 No. 58. p.91-128, São
implementar políticas en la parte de gasto,                     Paulo.




   Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




                                                                       medios de información y con capacidad de
1.2. Dos visiones del Estado                                  
                                                                       pronunciamiento. Dicha visión entiende
                                                                       que la responsabilidad del Estado se
La falta de acuerdos mínimos en política
                                                                       limita a garantizar un número reducido de
fiscal se caracteriza por la presencia de dos
                                                                       derechos civiles y políticos. Sin embargo,
visiones contrapuestas acerca del papel
                                                                       esta visión no reconoce que existen serias
del Estado en la sociedad. Una, derivada
                                                                       desigualdades en el país y condiciones
del fin del conflicto armado interno y
                                                                       sociales precarias principalmente por
contenida en los AP (1996), y la otra, la de
                                                                       elevada pobreza, alta desnutrición crónica
un “Estado mínimo”, potenciada a raíz del
                                                                       y mortalidad infantil.
replanteamiento del rol del Estado ocurrido
desde los años ochenta.
                                                                       Por lo tanto, para la visión del Estado
                                                                       mínimo, no se visualiza un rol del mismo
El propósito de los AP consiste en el
                                                                       en la reducción de las desigualdades
establecimiento de bases para el desarrollo
                                                                       económicas y sociales, ni en abordar
económico y social del país, por medio de
                                                                       las raíces estructurales de la pobreza,
una agenda que ve el cumplimiento de los
                                                                       más allá de crear un clima conducente
derechos humanos (entendidos en sus
                                                                       a la inversión privada, como mecanismo
dimensiones económica, social y cultural,
                                                                       para incrementar el ingreso a todos los
así como en términos de libertades civiles
                                                                       estratos de la sociedad (teoría del goteo o
y políticas) como una piedra de toque para
                                                                       derrame).
la construcción de un nuevo modelo de
Estado.
                                                                       Por otra parte, los aumentos del gasto
                                                                       público social se consideran ineficientes
Por ello es que los Acuerdos comprometen
                                                                       económicamente. Asimismo, esta visión
al Estado a asumir activamente un papel
                                                                       tilda a las políticas fiscales redistributivas
de legislador, de proveedor de servicios
                                                                       de intervencionismo público excesivo o
sociales universales, de corrector de
                                                                       populismo.
injusticias sociales, de inversor en gasto
social y de redistribuidor de la riqueza.
                                                                       En síntesis, la discusión sobre las políticas
                                                                       públicas y, en particular, la política judicial
En fuerte contraste con lo anterior, se
                                                                       tributaria en Guatemala, tiene como
ha consolidado una tendencia hacia
                                                                       referente obligado a estas dos visiones
un modelo de “Estado mínimo”. Esta
                                                                       contrapuestas.
corriente predomina en el pensamiento
de ciertas elites económicas y políticas y
en otros sectores sociales, como el estrato                            1.3. Situación fiscal
de clase media, que cuenta con acceso a
                                                                       en Guatemala

 	 Esta sección está basada en el documento ICEFI/CESR (2008)
¿Derechos o privilegios? El derecho a la salud y a la educación en     La debilidad del Estado para cumplir sus
Guatemala: un momento decisivo, en elaboración.                        finalidades de intermediario en el desarrollo

  	 Los Acuerdos fueron consensuados y suscritos por el gobierno,
la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) y un
                                                                       de condiciones de igualdad es una
amplio espectro de actores sociales y políticos.                       constante histórica. En los AP se reconoció


                                                                     Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
esta realidad, por lo que se propuso como                              y la estabilidad tanto económica como
meta para el gobierno central una carga                                política, en especial para países en vías de
tributaria de 13.2% del PIB para el año                                desarrollo, como es el caso de Guatemala.11
1998.                                                                 Aparte de lo anterior, el país cuenta con
                                                                       un sistema inequitativo horizontalmente,12
Después de doce años de la firma de los                                producto de la persistencia de un generoso
Acuerdos de Paz, las metas fiscales no se                              marco de exenciones fiscales.13
han cumplido y la recaudación tributaria,
si bien es cierto que ha tenido una                                    También se enfrentan situaciones de
tendencia al alza, se encuentra aún lejos                              elevado incumplimiento tributario14 (evasión
de lo pactado en los Acuerdos (en el año                               y elusión fiscal). Para este último tema
2007 la carga fue de 12.3% del PIB, un                                 se cuenta únicamente con estimaciones
máximo histórico).                                                    para el Impuesto sobre la Renta –ISR- y
                                                                       el Impuesto al Valor Agregado –IVA-. En el
Esta situación no le ha permitido al                                   caso del ISR su incumplimiento fue, en el
Estado cumplir progresivamente con las                                 período 1995-2003, de entre el 40% y el
demandas mínimas de educación, salud y                                 60% para personas jurídicas, y entre el 3%
seguridad, tal y como lo revela un análisis                            y el 20% para personas naturales; en el caso
detallado del presupuesto y del gasto a lo                             del IVA, su incumplimiento fue de 26.1% en
largo de la última década.10                                           2007.15 En otros países de Latinoamérica,
                                                                       como México, el incumplimiento global se
Por otra parte, la vigencia de una visión de                           situó en 27% en 2004, y en Chile entre
un Estado mínimo ha hecho que se vea al                                15.6% y 18.2% para ese mismo año.16
aumento en la recaudación tributaria como                              Las anteriores situaciones caracterizan
una manera de mermar los incentivos a la                               a un país donde la tributación es débil,
inversión privada. Ante esto, la literatura
económica concluye que la inversión                                    11
                                                                         	 ICEFI (2008), Incentivos fiscales y su relación con la inversión
está determinada, en mayor medida,                                     extranjera en Guatemala y Nicaragua, p.42.
                                                                       12
por otras variables, como el crecimiento                                 	 Se refiere a que, para un mismo nivel de ingresos, la carga
                                                                       impositiva es distinta.
económico, la apertura comercial, la                                   13
                                                                          	 Esto se mide a través del gasto tributario, el cual fue de
calidad de infraestructura existente, el                               Q18,307.3 millones en 2006, equivalentes a un 8% del PIB. Dicho
capital humano de la fuerza laboral, los                               indicador es calculado por la SAT y se asocia con lo que deja de
                                                                       percibir el Estado por otorgar tratamientos tributarios especiales
niveles de corrupción en el sector público                             que representan una excepción a la norma tributaria vigente para
                                                                       los contribuyentes en general.
                                                                       14
                                                                          	 Por incumplimiento tributario se entiende la suma de la

  	 El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria      evasión y la elusión fiscal. Evasión es todo acto que, violando las
indica textualmente lo siguiente: “…el Gobierno se compromete a        disposiciones legales, produce el impago de un tributo. En cambio,
que, antes del año 2000, la carga tributaria en relación al producto   elusión es el acto de sacar provecho del defecto de una norma
interno bruto se haya incrementado en, por lo menos, un 50% con        legal y que produce –también- el incumplimiento en el pago de los
respecto a la carga tributaria de 1995”. Con el propósito de contar    tributos.
con cifras actualizadas, se calculó lo anterior con base en el nuevo   15
                                                                          	 Para cifras de ISR, ver Solórzano, C. (2005), El incumplimiento
sistema de cuentas nacionales (SCN93) del Banco de Guatemala.
                                                                       tributario del ISR y el déficit fiscal en Guatemala en el período de

  	 Tomado de la Superintendencia de Administración Tributaria         1995 al 2003, Tesis. Para el caso del IVA, SAT (2008), Memoria de
(SAT), en: http://portal.sat.gob.gt/portal/estadisticas/Prueba/Carga   labores del año 2007.
%20Tributaria%20Gobierno%20Central.htm                                 16
                                                                         	 Cetrángolo, O. y J. Gómez-Sabaini (2007), La tributación directa
10
  	 Puede observarse esto en la evolución de los Objetivos de          en América Latina y los desafíos a la imposición sobre la renta, pp.
Desarrollo del Milenio, Ver Segeplan (2006) y SNU (2008).              86-87.




      Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




tanto en términos de recursos como de                        partidos políticos y otras organizaciones
cumplimiento. Por ello cabe aseverar que                     sociales, en el contexto democrático,
los retos en el tema tributario son vastos                   realizan acuerdos, alianzas y transacciones
y variados.                                                  para alcanzar sus intereses sectoriales.
                                                             Estos acuerdos necesitan estabilizarse
                                                             para regular el conjunto de actividades de
1.4. La justicia como forma                                  que se trate. El instrumento principal para
                                                             que ello ocurra es la ley. Le corresponde al
de exigir el cumplimiento de                                 parlamento estabilizar los acuerdos políticos,
las obligaciones tributarias                                 normativizándolos. Luego el sistema judicial
                                                             (y otras instituciones del Estado), deberán
Tradicionalmente se ha reconocido que                        garantizar que el incumplimiento de esas
la actual crisis de gobernabilidad se                        normas (resultado de los pactos políticos)
debe a la debilidad de las instituciones                     será reparado, dotándolas de fuerza y
gubernamentales. También se supone,                          confianza y mostrando a los grupos sociales
tal como lo declaran diversos informes                       que bien vale la pena pactar y estabilizar
sobre la situación de gobernabilidad en el                   esos pactos en normas…”.17
país, que una de las causas del conflicto
armado interno fue, precisamente, la                         En el ámbito del cumplimiento de las
debilidad institucional. Esta afirmación                     obligaciones    tributarias,  la   justicia
es acertada, pero, en realidad, encubre                      tiene dos funciones básicas: por un
la debilidad de la ley, materializada en                     lado, debe disminuir los riesgos de
la profunda falta de credibilidad de los                     impunidad en los intentos de evadir
ciudadanos en la fuerza de aquella para                      dichas responsabilidades; y por el otro,
resolver los conflictos sociales. Algunos                    proteger al ciudadano respecto a posibles
pregonan que tal debilidad es un fenómeno                    arbitrariedades que cometan las instancias
moderno e incluso, característico de                         responsables del efectivo cumplimiento de
sociedades postconflicto; sin embargo, la                    las obligaciones tributarias.
historia de la sociedad guatemalteca es
una de impotencia constante de la ley,                       Pero la justicia no es el único espacio
desde la colonia, pasando por el período                     apto para exigir el cumplimiento de las
independiente, e incluso, en el período                      obligaciones tributarias y la protección
revolucionario de 1944.                                      de los derechos del contribuyente. De
                                                             ser así, tendríamos el problema de
Lo expuesto, aunado a la ineficiencia                        la judicialización de la conflictividad
de las instituciones estatales, impide                       tributaria, que provocaría la saturación
la consolidación del ciclo básico de la                      de casos e ineficiencia en la doble función
democracia, que tiene como base el Estado                    de protección de derechos y eficacia para
de Derecho: los acuerdos sociales que se                     reclamar el impago de impuestos. En
convierten en leyes y su cumplimiento                        este sentido, el sistema de justicia es
efectivo por medio de diversos mecanismos,
incluida la justicia. Alberto Bínder explica                 17
                                                               	 Binder, A., y Ovando, J. (2003), De las repúblicas aéreas al
este fenómeno de la siguiente manera: “...los                Estado de Derecho, p. 124.




                                                           Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
subsidiario de la administración pública,                          si la administración pública tiene las
la cual debiera implementar mecanismos                             potestades constitucionales para imponer
ágiles de cobro de impuestos y mecanismos                          sanciones, pues pareciera que dicha
expeditos de gestión de la conflictividad en                       potestad estaría únicamente a cargo de la
materia tributaria.                                                función jurisdiccional, por la naturaleza
                                                                   de la división de poderes. La Constitución
                                                                   de la República, aun cuando no es
1.5. Ilícitos administrativos                                      explícita al respecto, contiene principios
y penales                                                          que autorizan, dentro de determinados
                                                                   límites, la posibilidad de que el Ejecutivo
Por las razones anteriores, existen dos tipos                      imponga sanciones por el incumplimiento
de infracciones al incumplimiento de las                           de las obligaciones de naturaleza
obligaciones tributarias: administrativas                          administrativa. Dentro de los límites se
y penales; las primeras constituyen                                encuentra el artículo cinco constitucional,
infracciones a normas de carácter                                  que contiene lo relativo a la libertad de
administrativo, principalmente contenidas                          acción de la persona, en el sentido de que
en el Código Tributario y demás leyes                              no podrá ser molestada por actos que
tributarias, mientras que las segundas                             no impliquen infracción a las leyes. Esta
están dispuestas en leyes de naturaleza                            potestad de sanción administrativa no
penal (delitos y faltas). Ambas se acompañan                       es absoluta; así, por ejemplo, el artículo
de mecanismos específicos para imponer                             11 de la Constitución prohíbe que por
la sanción correspondiente. La discusión                           infracciones a reglamentos las personas
estriba en dilucidar la legitimidad de                             permanezcan detenidas; el artículo 24
cada tipo de sanción. En el caso de las                            enuncia que, en materia fiscal, para
sanciones administrativas, se discute                              impugnar resoluciones administrativas en


                                                        Figura 1
                                       Ilícitos administrativos e ilícitos penales

           Leyes tributarias                                            Leyes penales

           •	 Código Tributario y leyes tributarias                     •	         Código Penal y leyes tributarias
           especiales.                                                  especiales.
           •	 Determinan las obligaciones tributarias                   •	         Tipifican los delitos tributarios
           y regulan los mecanismos de cobro de los                     (ilícitos penales tributarios)
           tributos.                                                    •	         El Código Procesal Penal
           •	 Tipifican las faltas tributarias (ilícitos                establece el procedimiento para la
           administrativos tributarios o infracciones
                                                                        investigación y sanción de estos ilícitos
           tributarias)
           •	 Establecen el procedimiento para
           la investigación y sanción de los estos
           ilícitos.



Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional.




10     Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




los expedientes originados en reparos o                      penal en materia fiscal, se encuentra en
ajustes por cualquier tributo, no se exigirá                 que el Estado tiene la potestad del Ius
al contribuyente el pago previo del impuesto                 Puniendi, o derecho de castigar, dentro
o garantía alguna, y el artículo 239 se                      de límites específicos, en especial como
refiere a que los reglamentos se limitarán a                 último mecanismo de intervención para
normar lo relativo al cobro administrativo                   proteger determinados bienes jurídicos.
del tributo y a establecer los procedimientos                Su utilización en materia fiscal se justifica
que faciliten su recaudación.                                en la medida en que el régimen tributario
                                                             y el erario nacional constituyen un recurso
A estos principios generales que facultan                    indispensable para el cumplimiento de
la posibilidad de imponer sanciones                          la misión que la Constitución le confiere
administrativas, deben agregarse las                         al Estado. Su aplicación se rige por los
garantías penales y procesales de                            principios de legalidad, es decir, que las
naturaleza penal: legalidad, irretroactividad,               conductas se hallen claramente definidas;
prohibición de analogía cuando no                            necesidad, en el entendido de que constituya
favorezca al infractor, excepcionalidad                      el último mecanismo para resolver la
de la sanción administrativa, inocencia,                     conflictos; se garantice la protección de
defensa y juicio previo. Esto es así porque                  un bien jurídico determinado, y pueda
la sanción administrativa, en su aplicación,                 atribuirse a una persona por cometer las
implica afectación de derechos (aun                          acciones prohibidas con la intención de
cuando no sean derechos fundamentales),                      realizarlas.
los cuales no se pueden limitar sin
que previamente no se garanticen los                         Sin duda las sanciones penales en materia
derechos constitucionales que protegen a                     tributaria tienen que cumplir los principios
la persona frente a arbitrariedades de la                    constitucionales relativos al Régimen
administración tributaria. Tanto es así,                     Financiero del Estado contenidos en los
que el sistema jurídico administrativo                       artículos 239-243, en especial el relativo
contempla la posibilidad de que el afectado                  a que las leyes tributarias se estructuran
recurra ante un juez específico (juez de lo                  de conformidad con la capacidad de pago.
contencioso administrativo), quien tiene la                  Esto no solo debe regir para la creación de
posibilidad de analizar el agravio recibido                  tributos, sino también para la gestión de
durante el procedimiento administrativo.                     los cobros y en el régimen punitivo.
La justificación para legitimar la sanción




                                                           Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -   11
Los procesos contencioso administrativo
                                                        2
             y económico coactivo como forma de
              cobro de las obligaciones tributarias



2.1. El procedimiento                                             El proceso económico coactivo (Ver Figura
administrativo para                                               2) es un mecanismo de cobro por la
                                                                  vía judicial, y deviene del impago de la
el cobro de las                                                   obligación tributaria determinada mediante
obligaciones tributarias                                          el proceso administrativo. Es decir que en
                                                                  este caso el proceso económico coactivo es
Uno de los objetivos centrales de esta                            un proceso judicial por medio del cual la
investigación es determinar en qué medida                         administración pública reclama el pago de
el sistema de justicia incide en el cobro de                      una obligación tributaria. Por otra parte, el
las obligaciones tributarias. Por lo tanto, en                    procedimiento contencioso administrativo
este capítulo se analizará el funcionamiento                      (Figura 3) busca resolver una reclamación
y resultados de los procesos contencioso                          del contribuyente contra decisiones de
administrativo y económico coactivo para                          la administración tributaria, tomadas
la recuperación de los tributos. También                          mediante un proceso administrativo.
se analizará, aunque en forma meramente                           Finalmente, existe una relación entre el
explicativa, el sistema administrativo                            procedimiento contencioso administrativo
sancionador, debido a que tanto el                                y el proceso económico coactivo, pues si
proceso contencioso administrativo como                           el resultado final del proceso contencioso
el económico coactivo se derivan           del                    administrativo es favorable a la
procedimiento administrativo previo.                              administración tributaria, por medio de

                                                       Figura 2

                        Proceso                                      Proceso económico
                        administrativo                               coactivo
                        La SAT determina la                          El Estado procura el pago
                        existencia y el monto de la                  de la obligación tributaria
                        infracción tributaria.                       mediante la coacción judicial.


Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional.


                                                             Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -   13
Figura 3

      Proceso                                      Impugnación en la vía                    Contencioso
      administrativo                               administrativa                           administrativo
      La SAT determina la                          La resolución del proceso                El contribuyente impugna la
                                                                                            resolución de la SAT ante el
      existencia y el monto de la                  administrativo se impugna                tribunal de lo contencioso
      infracción tributaria.                       ante el directorio de SAT.               administrativo.


Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional.



                                               Figura 4
              Esquema de relaciones entre el procedimiento administrativo y los procesos
                          económico coactivo y contencioso administrativo

                                              La SAT detecta la infracción tributaria



                                           Se inicia el proceso administrativo
                               Se determina el monto de la infracción, sumando al valor de la
                                           infracción, multas, intereses y mora.


                                La SAT emite resolución, cobrando el monto de la infracción.


                                                                ¿El
                  Fin al proceso                       contribuyente realiza
                  administrativo                      el pago de la infracción
                                            Si              tributaria?

                                                           No

                                                                 ¿El        No
                                                      contribuyente impugna                   Se inicia el proceso
                                                           la resolución                      económico coactivo
                                                              de SAT?
                                                          Si

                                        Se inicia el proceso contencioso administrativo



                                                 No             ¿El              Si
         Contribuyente absuelto                        contribuyente pierde
         de pagar la infracción                       el proceso contencioso
         tributaria.                                      administrativo?


Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional.


    14    Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




ésta se inicia el procedimiento económico                    cobro del impuesto defraudado e imponer
coactivo para lograr el cobro del tributo.                   la sanción correspondiente al autor de la
                                                             infracción.
En síntesis, los procesos contencioso
administrativo y económico coactivo,                         El Derecho Tributario Sancionador ejerce
dependen de la existencia de un                              coacción mediante sanciones de carácter
procedimiento administrativo previo, que                     pecuniario. En contraste con el Derecho
determina la obligación tributaria a pagar.                  Penal, la aplicación de una sanción tributaria
                                                             no afecta derechos fundamentales (la vida,
2.1.1. Principios del derecho                                la libertad), sino únicamente la propiedad.
tributario sancionador                                       Desde luego, el procedimiento tributario
                                                             sancionador debe estar regulado con base
Es una rama del derecho administrativo,                      en principios y garantías contenidos en la
y constituye un mecanismo de reacción                        Constitución Política de la República. Es
del Estado frente al incumplimiento de                       importante señalar que estos son un marco
las normas jurídicas tributarias por                         mínimo de regulación y limitación del poder
parte de los ciudadanos. Es el conjunto                      estatal para evitar la arbitrariedad y, por lo
de normas y procedimientos coercitivos                       tanto, no constituyen un beneficio para el
de carácter administrativo por medio del                     contribuyente. En ese sentido, los principios
cual la administración pública asegura el                    y garantías constitucionales, al sujetar la
pago de los tributos e impone sanciones                      actividad del Estado a lo establecido en
a los contribuyentes responsables de las                     la ley, desarrollan el verdadero Estado
infracciones tributarias.                                    de Derecho. Los principios del Derecho
                                                             Tributario Sancionador son:
Sin embargo, a diferencia del Derecho
Penal, cuya aplicación corresponde                           1.	 Principio de legalidad
exclusivamente a los tribunales de justicia,
el Derecho Tributario Sancionador es una                     El artículo 239 de la Constitución establece
potestad de la administración tributaria.                    el principio de legalidad en materia
El basamento jurídico de esta facultad                       tributaria al estipular que corresponde
sancionadora     de     la   administración                  con exclusividad al Congreso de la
se encuentra en el artículo 183 de la                        República determinar las infracciones y
Constitución Política de la República. Allí                  sanciones tributarias; esto significa
se establece como función del Organismo                      que la administración tributaria no
Ejecutivo hacer cumplir las leyes, de tal                    puede crear infracciones por medio de
suerte que el quebrantamiento de una                         reglamentos o acuerdos. Este principio
ley tributaria provoca la intervención de                    establece que la infracción tributaria debe
la administración para lograr el pago del                    estar previamente determinada en la ley;
tributo establecido en la norma. Una vez                     implica además que ésta debe definir en
que la administración tributaria determina                   forma clara y precisa las conductas que
que existen indicios de que el contribuyente                 pueden ser sancionadas, así como la
ha cometido una infracción tributaria,                       sanción específica a imponer, y prohíbe las
se inicia el procedimiento para lograr el                    infracciones y sanciones por analogía. El


                                                           Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -   15
principio de legalidad en materia tributaria                 Tributario Sancionador, que implica
constituye, por una parte, una garantía                      únicamente sanciones a la propiedad. Por
para el contribuyente de que no va a ser                     ello es que en esta materia el principio de
perseguido por la administración de forma                    ley más favorable al contribuyente no debe
arbitraria, creando así certeza jurídica                     ser aplicable.
y económica, y a la vez, es una forma de
motivación para que el contribuyente                         3.	 Principio de responsabilidad
pague sus impuestos ante la amenaza de                           personal y empresarial
sufrir una sanción.
                                                             Este principio establece que únicamente
2.	 Principio de irretroactividad                            pueden ser sancionadas las personas
                                                             causantes de la acción u omisión que
El principio de irretroactividad establece                   constituye la infracción tributaria. En
que a nadie se le puede sancionar por                        el caso de las empresas, como personas
cometer actos que no estaban prohibidos                      jurídicas, también son susceptibles de ser
antes de ser emitida la ley. Este principio                  sancionadas por incumplimiento de las
redunda en una mayor estabilidad jurídica                    obligaciones tributarias. En ese sentido,
y económica, beneficiosa, en términos de                     el artículo 81 del CT establece que las
certeza, para el contribuyente. El artículo                  personas jurídicas son responsables ante
66 del Código Tributario –CT– excede                         la administración tributaria por los actos
este principio al establecer el criterio de                  u omisiones de sus representantes.
retroactividad de la ley más favorable al
contribuyente: Artículo 66. Las normas                       4.	 Principio de proporcionalidad
tributarias sancionatorias regirán para                          o capacidad de pago
el futuro. No obstante, tendrán efecto
retroactivo las que supriman infracciones                    Además del pago del tributo, el Derecho
y establezcan sanciones más benignas,                        Tributario Sancionador busca la imposición
siempre que favorezcan al infractor y que no                 de una sanción ejemplar y preventiva, que
afecten resoluciones o sentencias firmes.                    sea eficaz para disuadir a los contribuyentes
                                                             de cometer infracciones tributarias.
Ante esto, en este estudio se considera                      Sin embargo, estas sanciones se deben
que esta disposición del CT contraviene                      adecuar a la capacidad real de pago de
el artículo 15 de la Constitución Política                   los contribuyentes y a la proporcionalidad
de la República, según el cual la ley no es                  con la infracción cometida. Este punto es
retroactiva salvo en materia penal cuando                    tratado en el artículo 243 de la Constitución,
favorezca al reo. Resulta evidente que la                    donde se establece que las leyes tributarias
aplicación de una sanción penal conlleva la                  serán estructuradas conforme al principio
afectación de derechos fundamentales de                      de capacidad de pago.
la persona, y que por ello el Derecho Penal
debe ser utilizado en la forma más benigna                   5.	 Principio de única persecución
posible, incluso retrotrayendo la sanción
penal hacia una situación más favorable                      Este principio supone la prohibición
a la persona condenada; no así el Derecho                    de imponer, por una misma infracción


16   Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




tributaria, dos o más sanciones. A este                      la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales
respecto, el artículo 90 del CT establece                    y Papel Sellado Especial para Protocolos,
que “La Administración Tributaria en                         Decreto 37-92; la Ley de Racionalización
ningún caso sancionará dos veces la misma                    de los Impuestos al Consumo de Bebidas
infracción”.                                                 Alcohólicas, Destiladas, Cerveza y otras
                                                             bebidas, Decreto 74-83; y el Decreto 61-
6.	 Menor afectación al bien jurídico                        77, Ley de Tabaco y sus Productos. Las
                                                             infracciones se clasifican en sustanciales
En algunas materias el procedimiento                         y formales. Son infracciones sustanciales
administrativo es independiente del                          las caracterizadas por la falta de pago de los
procedimiento penal, y una misma                             tributos en la forma y término que establece
acción puede conllevar responsabilidad                       la ley, mientras que las infracciones
administrativa y, a la vez, responsabilidad                  formales contemplan el incumplimiento
penal. Por ejemplo, cuando un policía                        de los deberes formales o procedimientos
comete un delito, se lleva a cabo                            administrativos establecidos en la ley o por
un procedimiento administrativo de                           los reglamentos.
destitución y un procedimiento penal de
acusación, ya que se están afectando dos                     En relación con las sanciones se
bienes jurídicos distintos: el servicio policial             diferencian las de naturaleza pecuniaria,
y la propiedad. Sin embargo, en materia                      que comprenden las multas y recargos,
tributaria los delitos y las infracciones                    y las no pecuniarias. Entre estas últimas
tributarias son acciones que dañan el                        encontramos: (i) el cierre temporal del
mismo bien jurídico: el erario, pero que                     negocio, establecimiento u oficina; (ii) la
se diferencian por la intensidad del daño;                   prohibición de celebrar contratos y otros
por ello la comisión de un delito tributario                 actos jurídicos con órganos del Estado;
subsume la infracción administrativa. En                     (iii) el decomiso de materiales objeto de
ese sentido, el artículo 69 del CT establece                 la infracción o utilizados para cometerla;
que constituye infracción tributaria “toda                   (iv) la pérdida de concesiones; (v) la
acción u omisión que implique violación de                   pérdida de exenciones o incentivos, y (vi)
normas tributarias de índole sustancial o                    la inhabilitación para el ejercicio de oficios
formal constituye infracción que sancionará                  o profesiones por determinado periodo.
la Administración Tributaria, en tanto                       Finalmente, algunas sanciones pecuniarias
no constituya delito o falta sancionado                      tienen rebajas de las multas cuando el
conforme a la legislación penal”.                            contribuyente se presenta a pagar antes
                                                             de ser notificado. Así mismo, en algunos
2.1.2. Infracciones y sanciones en                           casos se estipula la agravación de la multa
materia fiscal                                               en el caso de reincidencias.

Las infracciones tributarias se encuentran                   
                                                               	 Escobar, R. y otros (2000), Fortalecimiento de las Sanciones
establecidas en el CT, Decreto 6-91 y en                     Penales relacionadas con la defraudación fiscal y la capacidad
algunas leyes tributarias especiales, tales                  reinvestigación y sanción del Ministerio Público y del Organismo
                                                             Judicial, p. 44.
como la Ley Contra la Defraudación y el                      
                                                              	 En el Anexo 1 se describen las infracciones en materia tributaria
Contrabando Aduanero, Decreto 58-90,                         y la sanción correspondiente a cada infracción.




                                                           Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -          17
sancionadora y contribuyente) en la
2.1.3. El proceso tributario
                                                             audiencia, facilitando el contradictorio, es
sancionador
                                                             decir, la posibilidad de que el contribuyente
                                                             puede contraargumentar en el mismo
El procedimiento para sancionar las
                                                             acto; también permiten la concentración
infracciones tributarias se encuentra
                                                             de las actuaciones del procedimiento en
regulado en el Decreto 6-91, CT. En tal
                                                             pocas audiencias sin necesidad de muchos
Código se determinan los dos fines centrales
                                                             trámites; finalmente, al ser públicos y
del proceso tributario sancionador:
                                                             orales dan lugar al conocimiento público de
                                                             las actuaciones, evitando así la corrupción
1.	 Asegurar el cumplimiento de las
                                                             y tráfico de influencias. Todo esto
    obligaciones tributarias que por acción
                                                             redunda en la celeridad del procedimiento
    u omisión el contribuyente dejó de
                                                             administrativo.
    pagar.
2.	 Sancionar a los contribuyentes por el
                                                             a. 	 Fases del procedimiento
    impago de estas obligaciones.
                                                                  tributario sancionador

El proceso tributario sancionador se
                                                             Debido a que el objetivo central de esta
caracteriza porque todo su procedimiento
                                                             investigación se circunscribe a la materia
se realiza por escrito. Algunos autores de
                                                             judicial, y el procedimiento tributario
Derecho Administrativo consideran que
                                                             sancionador es de índole administrativa,
esta es una característica importante
                                                             únicamente se describirá a grandes rasgos
de este proceso: “Otro fundamento del
                                                             el mencionado procedimiento, ya que
procedimiento administrativo se refiere a
                                                             de este dependen en buena medida los
la necesaria manifestación y constancia
                                                             procesos económico coactivo y contencioso
escrita de los actos que lo integran. Esto
                                                             administrativo, los cuales sí son objeto de
constituye una garantía de seguridad
                                                             esta investigación.
jurídica para el particular y para la misma
Administración”.
                                                             El procedimiento tributario sancionador
                                                             está a cargo de la Superintendencia de
Sin embargo esos argumentos resultan
                                                             Administración Tributaria –SAT- desde
descontextualizados a tenor de los avances
                                                             su inicio hasta su finalización. El artículo
tecnológicos, ya que actualmente las
                                                             98 del CT establece como facultad de la
grabaciones de audio o vídeo permiten
                                                             SAT: 4. “Sancionar a los contribuyentes y
dejar plena constancia de las actuaciones
                                                             responsables, de acuerdo con este código
procesales, respetando así la seguridad
                                                             y demás leyes tributarias”. Por su parte, el
jurídica de los contribuyentes y de la
                                                             artículo 100 del mismo cuerpo legal otorga
Administración Tributaria.
                                                             facultades de investigación y fiscalización
                                                             a la SAT.
Además, los procesos orales garantizan
la inmediación de los actores (autoridad                     
                                                              	 “Artículo 100. Elementos de fiscalización. La Administración
                                                             Tributaria tendrá facultades de fiscalización e investigación. Para

 	 Calderón, H. y Amenós, J. (2005), “El procedimiento       el efecto tomará como base entre otros: 1. Libros, documentos y
administrativo”, p. 218.                                     archivos, o sistemas de contabilidad del contribuyente que se




18   Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial




Cuando la SAT, por medio de la                                             Una vez determinado de oficio el monto de
verificación de las declaraciones y los datos                              la infracción, se notifica al contribuyente
proporcionados por el contribuyente, o                                     dándole un plazo de treinta días hábiles, a
por las inspecciones y determinaciones                                     efecto de que –si existe inconformidad desu
que realiza mediante sus Intendencias                                      parte– presente pruebas que demuestren
de fiscalización, encuentra indicios de                                    que la determinación de la SAT no es
la comisión de una infracción tributaria,                                  correcta (artículo 146 CT).
debe iniciar el procedimiento tributario
sancionador.                                                               Durante el período de los 30 días
                                                                           el contribuyente debe contestar la
Como primer punto, la SAT debe requerir                                    notificación y solicitar apertura a prueba.
al contribuyente la presentación de las                                    El período de prueba tiene una duración
declaraciones omitidas, fijando para ello                                  improrrogable de 30 días y es otorgado
el plazo de diez días (artículo 107 CT). Si                                con la mera solicitud; comienza a correr
transcurrido ese plazo el contribuyente                                    a partir del sexto día hábil posterior al día
no presentara las declaraciones o la                                       del vencimiento del plazo conferido para
información requerida, la SAT formulará                                    evacuar la audiencia. Este plazo puede
la determinación de oficio del impuesto,                                   declararse vencido antes de su finalización,
así como las sanciones o intereses que                                     cuando las pruebas se hayan aportado
corresponda.                                                               y las partes interesadas así lo requieran
                                                                           (artículo 143 CT). De conformidad con
En este punto se debe tomar en cuenta                                      los artículos 142 y 143 del CT, durante
que el procedimiento establecido en el CT                                  este período podrán utilizarse todos los
para las notificaciones presenta un avance                                 medios de prueba admitidos en Derecho.
importante: la posibilidad de notificar                                    En cualquier caso, se haya o no evacuado
al contribuyente en las direcciones                                        audiencia y de oficio o a solicitud de parte,
electrónicas que para tal efecto se tengan                                 la SAT puede dictar resolución en un plazo
registradas (artículo 133 CT). Se considera                                no mayor de 15 días, durante los cual cabe
que, de ser aplicada esta medida, permitirá                                ordenar que se tenga a la vista cualquier
reducir significativamente los plazos del                                  documento que se crea conveniente, que
procedimiento. Sin embargo, la información                                 se practique cualquier diligencia que se
recopilada indica que la práctica común                                    considere necesaria o que se amplíen las
en los procedimientos es la cédula de                                      que ya se hayan realizado (artículo 144
notificación entregada personalmente al                                    CT).
contribuyente; de acuerdo con la Ley del
Organismo Judicial, el plazo máximo para                                   Concluido el procedimiento, en el plazo
las notificaciones es de diez días.                                        de treinta días hábiles la SAT dictará
                                                                           la resolución final, que incluye la
relacionan con sus actividades económicas y financieras…2.
Informaciones referentes a volúmenes o cantidades y valores de los
                                                                           
bienes que se importen o exporten. 3.Tiene la facultad de requerir del       	 En la doctrina procesal se conoce como “plazo para mejor
contribuyente y éste esta obligado a presentar las copias, fotocopias,     fallar” o “plazo para mejor resolver” a un período durante el cual
copias electrónicas o por cualquier otro medio, de la documentación        la autoridad que debe resolver el procedimiento se toma un tiempo
y archivos almacenados en papel o medios magnéticos, ópticos u             para estudiar las pruebas presentadas por las partes, pudiéndose
otros dispositivos de almacenamiento digital”.                             incluso incorporar nuevas pruebas de oficio.




                                                                         Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -        19
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi
Libro IBIS Icefi

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

3901 derechosdelnio
3901 derechosdelnio3901 derechosdelnio
3901 derechosdelnioFATIMAMI
 
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortiz
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortizManual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortiz
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortizCarolina Roa Bulboa
 
Codigo web
Codigo webCodigo web
Codigo webcetae
 
Lct reformas web
Lct reformas webLct reformas web
Lct reformas webcetae
 
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009Dian Cartilla 350 Retefuente 2009
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009Olson Ortiz
 
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...Marcial Pons Argentina
 
Tesis beneficios de pagar impuestos en México
Tesis beneficios de pagar impuestos en MéxicoTesis beneficios de pagar impuestos en México
Tesis beneficios de pagar impuestos en MéxicoGuillermo Garcia
 
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...Susy Inés Bello Knoll
 
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaBoe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaJosep Molina Merino
 
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv Politica Infancia
 
Manual tributario franquicias y beneficios
Manual tributario franquicias y beneficiosManual tributario franquicias y beneficios
Manual tributario franquicias y beneficioskndrec20
 
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...Luis Aguilar Cardoso
 
Ley 2492 Codigo Tributario Boliviano
Ley 2492 Codigo Tributario BolivianoLey 2492 Codigo Tributario Boliviano
Ley 2492 Codigo Tributario BolivianoJJLIMACALZADILLA
 
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012wanderson dione
 
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaLey Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaJJLIMACALZADILLA
 
Mapa mental art. 5 º cf
Mapa mental art. 5 º cfMapa mental art. 5 º cf
Mapa mental art. 5 º cfdigobim
 
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1Jackson Caixeta
 
Libro para web resumen
Libro para web resumenLibro para web resumen
Libro para web resumencetae
 

La actualidad más candente (20)

3901 derechosdelnio
3901 derechosdelnio3901 derechosdelnio
3901 derechosdelnio
 
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortiz
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortizManual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortiz
Manual de derecho_tributario_-_jose_luis_zavala_ortiz
 
Codigo web
Codigo webCodigo web
Codigo web
 
Lct reformas web
Lct reformas webLct reformas web
Lct reformas web
 
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009Dian Cartilla 350 Retefuente 2009
Dian Cartilla 350 Retefuente 2009
 
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...
CÓDIGO CIVIL ALEMÁN. Bürgerliches Gesetzbuch. DIRECTOR: Albert Lamarca Marqué...
 
Tesis beneficios de pagar impuestos en México
Tesis beneficios de pagar impuestos en MéxicoTesis beneficios de pagar impuestos en México
Tesis beneficios de pagar impuestos en México
 
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...
El derecho tributario y el derecho concursal como interdisciplina. la necesid...
 
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributariaBoe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
Boe 022 codigo-de_legislacion_financiera_y_tributaria
 
Plan De PrevencióN Del Fraude Fiscal
Plan De  PrevencióN Del  Fraude  FiscalPlan De  PrevencióN Del  Fraude  Fiscal
Plan De PrevencióN Del Fraude Fiscal
 
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv
Oscilaciones y horizontes de la política de inf, adol y juv
 
Manual tributario franquicias y beneficios
Manual tributario franquicias y beneficiosManual tributario franquicias y beneficios
Manual tributario franquicias y beneficios
 
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...
El derecho humano al debido procedimiento administrativo en la gestión migrat...
 
Ley 2492 Codigo Tributario Boliviano
Ley 2492 Codigo Tributario BolivianoLey 2492 Codigo Tributario Boliviano
Ley 2492 Codigo Tributario Boliviano
 
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012
Ebook direito fundamentais-mapasequestoes-amostra-2012
 
Finanzas
FinanzasFinanzas
Finanzas
 
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma TributariaLey Nº 843 Reforma Tributaria
Ley Nº 843 Reforma Tributaria
 
Mapa mental art. 5 º cf
Mapa mental art. 5 º cfMapa mental art. 5 º cf
Mapa mental art. 5 º cf
 
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1
Mq d02 dad_l1_improbidade_administrativa_v1
 
Libro para web resumen
Libro para web resumenLibro para web resumen
Libro para web resumen
 

Similar a Libro IBIS Icefi

Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010
Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010
Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010Uruguay XXI
 
Evasion equidad final
Evasion equidad finalEvasion equidad final
Evasion equidad finalAngi Di
 
Libro presupuesto 2012
Libro presupuesto 2012Libro presupuesto 2012
Libro presupuesto 2012GG_Docus
 
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publico
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publicoTrabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publico
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publicoMAGNO CARDENAS
 
Cómo está El Salvador
Cómo está El SalvadorCómo está El Salvador
Cómo está El SalvadorFUSADES
 
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...Marcial Pons Argentina
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorElio Laureano
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorManager Asesores
 
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...Marcial Pons Argentina
 
Gestión administrativa
Gestión administrativaGestión administrativa
Gestión administrativaabraxas69
 
Presupuesto de egresos del DF para 2011
Presupuesto de egresos del DF para 2011Presupuesto de egresos del DF para 2011
Presupuesto de egresos del DF para 2011Agenda Legislativa
 
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...Marcial Pons Argentina
 

Similar a Libro IBIS Icefi (20)

Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010
Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010
Guía de Negocios - Uruguay XXI - Agosto 2010
 
Responsabilidadcivil lizardotaboada-130414112353-phpapp01
Responsabilidadcivil lizardotaboada-130414112353-phpapp01Responsabilidadcivil lizardotaboada-130414112353-phpapp01
Responsabilidadcivil lizardotaboada-130414112353-phpapp01
 
Evasion equidad final
Evasion equidad finalEvasion equidad final
Evasion equidad final
 
Irae -ip_-_mayo_2015
Irae  -ip_-_mayo_2015Irae  -ip_-_mayo_2015
Irae -ip_-_mayo_2015
 
Guia de exportacion en peru
Guia de exportacion en peruGuia de exportacion en peru
Guia de exportacion en peru
 
Libro presupuesto 2012
Libro presupuesto 2012Libro presupuesto 2012
Libro presupuesto 2012
 
Anual cnbv2010
Anual cnbv2010Anual cnbv2010
Anual cnbv2010
 
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publico
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publicoTrabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publico
Trabajo de impuesto fuente de finaciamiento sector publico
 
Cómo está El Salvador
Cómo está El SalvadorCómo está El Salvador
Cómo está El Salvador
 
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...
PROCESOS COLECTIVOS Y LEGITIMACIÓN. UN NECESARIO SALTO HACIA EL FUTURO. AUTOR...
 
Iva 2009
Iva 2009Iva 2009
Iva 2009
 
Apuntes de Derecho Procesal
Apuntes de Derecho ProcesalApuntes de Derecho Procesal
Apuntes de Derecho Procesal
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exterior
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exterior
 
Fiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exteriorFiscalidad de comercio exterior
Fiscalidad de comercio exterior
 
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...
PREVENCIÓN Y CASTIGO DEL BLANQUEO DE CAPITALES. Un análisis jurídico-económic...
 
Gestión administrativa
Gestión administrativaGestión administrativa
Gestión administrativa
 
Presupuesto de egresos del DF para 2011
Presupuesto de egresos del DF para 2011Presupuesto de egresos del DF para 2011
Presupuesto de egresos del DF para 2011
 
Definitiu
DefinitiuDefinitiu
Definitiu
 
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...
HACIA UNA EVALUACIÓN RACIONAL DE LAS LEYES PENALES. DIRECTORES: Adán Nieto Ma...
 

Más de Emanuel Erazo

Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012Emanuel Erazo
 
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011Emanuel Erazo
 
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013Emanuel Erazo
 
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013Emanuel Erazo
 
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...Emanuel Erazo
 
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012Emanuel Erazo
 
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...Emanuel Erazo
 
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre cero
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre ceroAyuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre cero
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre ceroEmanuel Erazo
 
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)Emanuel Erazo
 
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461Emanuel Erazo
 
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461Emanuel Erazo
 
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013 Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013 Emanuel Erazo
 
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013Emanuel Erazo
 
Enrique Maldonado - Martes
Enrique Maldonado - MartesEnrique Maldonado - Martes
Enrique Maldonado - MartesEmanuel Erazo
 

Más de Emanuel Erazo (20)

Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a marzo de 2012
 
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011
Presentación del diagnóstico de las finanzas públicas a junio de 2011
 
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013
Presentación de la Diputada Nineth Montenegro, 4 de abril de 2013
 
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013
Presentación de la comisión de liquidación de Fonapaz 4 de abril 2013
 
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...
Icefi el problema de los fideicomisos públicos, una reflexión a favor de la t...
 
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012
Presentación diagnóstico finanzas públicas Honduras 2008-2012
 
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...
Consecuencias políticas y económicas de las impugnaciones a la reforma tribut...
 
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre cero
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre ceroAyuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre cero
Ayuda de memoria foro 16 de octubre discutiendo el programa hambre cero
 
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)
Análisis y comentarios proyecto presupuesto 2013 (18 sep)
 
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461
Presentación diputado pedro muadi iniciativa 4461
 
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461
Ayuda de memoria foro hacia el dictamen favorable de la iniciativa de ley 4461
 
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013 Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013
Icefi análisis y comentarios iniciales al proyecto de presupuesto 2013
 
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013
BREVE ANÁLISIS PROYECTO DE PRESUPUESTO INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2013
 
Ricardo Barrientos
Ricardo BarrientosRicardo Barrientos
Ricardo Barrientos
 
Enrique Maldonado - Martes
Enrique Maldonado - MartesEnrique Maldonado - Martes
Enrique Maldonado - Martes
 
Ricardo Martner
Ricardo MartnerRicardo Martner
Ricardo Martner
 
Enrique Maldonado
Enrique MaldonadoEnrique Maldonado
Enrique Maldonado
 
Francisco Beiner
Francisco BeinerFrancisco Beiner
Francisco Beiner
 
Juan blas
Juan blasJuan blas
Juan blas
 
Enrique Maldonado
Enrique MaldonadoEnrique Maldonado
Enrique Maldonado
 

Libro IBIS Icefi

  • 1.
  • 2.
  • 3. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial
  • 4. ICEFI La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial. --- Guatemala: Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, 2008. 160p. ISBN: 978-99922-905-9-0 1. Evasión de impuestos. 2. Obligaciones fiscales y tributarias. 3. Política criminal en materia fiscal. 4. Criminalidad en materia fiscal. 5. Sanciones frente al incumplimiento de las obligaciones tributarias. I. Título Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, ICEFI Dirección: 9 calle 5-21 J zona 10 Teléfonos: (502) 2361 1570 al 74 www.icefi.org Las opiniones contenidas en esta publicación son responsabilidad exclusiva de sus autores, no necesariamente reflejan las del Fondo de Gobernabilidad, IBIS o de la Real Embajada de los Países Bajos. Se permite la reproducción parcial o total de este documento siempre y cuando se cite la fuente. Equipo responsable de la elaboración del estudio: Javier Monterroso (Investigador principal) Luis Ramírez (Investigador legal) Marcelo Coj (Investigador económico) Maynor Cabrera (Supervisión técnica) Iliana Peña (Coordinación administrativa) Participaron también en la elaboración de este documento: Francisco Albizúrez Palma (Editor) Gabriel Gómez Méndez Juan Alberto Fuentes Knight Christa Bollmann Adelma Bercián Marielos Ramírez Elvin Díaz Dominick Morales Diseño de portada, interiores y diagramación: Ycrea. Teléfono: (502) 5917-3360 Fotografía de portada: © [2008] Jupiterimages Corporation Impresión: Serviprensa, S.A. Teléfono: (502) 2232-0237
  • 5. Índice Siglas y acrónimos. ..................................................................................................... iv Presentación. ............................................................................................................... v Introducción................................................................................................................1 1. Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia...........................5 1.1. Fines del Estado y recursos económicos. .........................................................5 . 1.2. Dos visiones del Estado...................................................................................7 1.3. Situación fiscal en Guatemala . .......................................................................7 1.4. La justicia como forma de exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias....9 . 1.5. Ilícitos administrativos y penales...................................................................10 2. Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias. ..........................................................13 . 2.1. El procedimiento administrativo para el cobro de las obligaciones tributarias...13 2.1.1. Principios del Derecho Tributario Sancionador. ....................................15 2.1.2. Infracciones y sanciones en materia fiscal............................................17 2.1.3. El proceso tributario sancionador........................................................18 2.2. El procedimiento contencioso administrativo.................................................23 2.3. El procedimiento económico coactivo.............................................................25 2.4. Cierre de negocios. ........................................................................................28 . 2.5. Resultados obtenidos en los procesos judiciales.............................................28 2.5.1. Contencioso administrativo..................................................................28 2.5.2. Resultados obtenidos en casación........................................................31 2.5.3. Proceso económico coactivo. ................................................................32 . 2.5.4. Cierre de negocios. ...............................................................................34 Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 6. 3. La política criminal en materia fiscal.....................................................................39 3.1. Criminalidad fiscal como expresión de la criminalidad económica..................39 3.1.1. Criminalidad de cuello blanco y delito fiscal.........................................39 3.1.2. Teorías de la reacción social y criminalidad de cuello blanco................43 3.2. Política criminal y criminalidad en materia fiscal...........................................46 3.3. Anotaciones sobre la teoría económica de la evasión......................................48 3.4. Política criminal en materia fiscal..................................................................50 3.5. Política criminal democrática en materia fiscal. .............................................54 . 4. Las leyes penales en materia fiscal: análisis dogmático-jurídico.............................57 4.1. Principios generales del Derecho Penal guatemalteco.....................................57 4.2. Análisis de los delitos tributarios tipificados en el Código Penal.....................58 . 4.2.1. Bien jurídico protegido.........................................................................58 4.2.2. Comportamiento típico. .......................................................................59 . 4.2.3. Autoría................................................................................................60 4.2.4. Responsabilidad penal.........................................................................60 4.3. Análisis de los delitos de contrabando tipificados en la Ley Contra el Contrabando y la Defraudación Aduanera. ....................................................61 . 4.3.1. Bien jurídico protegido.........................................................................61 4.3.2. Comportamiento típico. .......................................................................62 . 4.3.3. Autoría................................................................................................62 4.3.4. Responsabilidad penal.........................................................................63 5. El proceso penal en materia tributaria. ..................................................................65 5.1. Instituciones que intervienen en el proceso penal tributario...........................67 5.1.1. Organismo Judicial. .............................................................................67 5.1.2. Ministerio Público................................................................................69 5.1.3. Superintendencia de Administración Tributaria...................................71 5.1.4. Policía Nacional Civil. ..........................................................................74 . 5.1.5. Procuraduría General de la Nación. .....................................................75 . 5.1.6. Imputado y defensa técnica. ................................................................75 . 5.2. Las fases del proceso penal............................................................................76 5.2.1. Procedimiento preparatorio..................................................................76 5.2.2. El procedimiento intermedio................................................................81 5.2.3. Juicio..................................................................................................82 ii
  • 7. 5.3. Mecanismos de simplificación y de salida al procedimiento penal común.......85 5.3.1. Mecanismos simplificadores y delitos tributarios..................................85 5.3.2. Los mecanismos simplificadores aplicables a los delitos tributarios......87 5.3.3. Valoración de los mecanismos simplificadores en el proceso tributario...91 6. Situación de las instituciones encargadas de la persecución de los delitos tributarios.........93 6.1. Estructura organizacional. ............................................................................93 . 6.2. Recursos humanos asignados. .......................................................................96 6.3. Sistemas de formación especializada en materia penal tributaria...................97 6.4. Mecanismos de gestión de casos ...................................................................98 6.5. Mecanismos de carrera y evaluación del desempeño......................................99 6.6. Coordinación interinstitucional. ..................................................................100 . 7. Resultados obtenidos en la persecución penal de los delitos tributarios.........................103 7.1. Denuncias presentadas por delito y tributo. .................................................104 7.2. Personas denunciadas.................................................................................108 7.3. Monto de las denuncias...............................................................................109 7.4. Duración de los procesos ............................................................................111 7.5. Medidas de coerción....................................................................................113 7.6. Efectividad en la persecución penal en los delitos tributarios.......................114 7.7. Montos recuperados por la vía penal. ...........................................................117 8. Conclusiones y recomendaciones . ...........................................................................121 8.1. Conclusiones ..............................................................................................121 8.2. Recomendaciones .......................................................................................123 Anexos....................................................................................................................127 . Bibliografía..............................................................................................................141 Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - iii
  • 8. Siglas y acrónimos AP Acuerdos de Paz BID Banco Interamericano de Desarrollo CAAP Comisión de Acompañamiento de los Acuerdos de Paz CESR Centro para los derechos económicos y sociales (por sus siglas en inglés) CEPAL Comisión Económica para América Latina y el Caribe CP Código Penal CPP Código Procesal Penal CPTPAM Código Penal Tipo Para América Latina CT Código Tributario ICCPG Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala ICEFI Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales ISR Impuesto sobre la Renta IVA Impuesto al Valor Agregado LOMP Ley Orgánica del Ministerio Público MP Ministerio Público PGN Procuraduría General de la Nación PNC Policía Nacional Civil SAT Superintendencia de Administración Tributaria Segeplan Secretaría General de Planificación y Programación de la Presidencia SNU Sistema de Naciones Unidas en Guatemala iv
  • 9. Presentación La evasión de impuestos es una limitación unidad monopolizadora del poder social importante para el desarrollo del Estado, implica una alta dosis de violencia física, especialmente cuando el incumplimiento pero sobre todo de violencia fiscal, tal como de la obligación fiscal proviene de los lúcidamente demostró Norbert Elias en la sectores que concentran la riqueza, como famosa obra El proceso de la civilización. las personas pudientes y las empresas En este sentido, no se puede perder de poderosas. Este problema, que es todavía vista que los problemas relacionados con mayor en sociedades marcadas por una el cumplimiento de obligaciones fiscales profunda desigualdad social, violencia e son uno de los atributos más esenciales de injusticia, demuestra que la consolidación estatidad, sin el cual sería inimaginable de sociedades más democráticas e la idea misma del Estado. En términos inclusivas no debería olvidar la importancia materiales, esta aseveración significa que, del pago de impuestos para mejorar la sin recaudación fiscal, se ve seriamente distribución de la riqueza en favor de condicionada la eficacia de las acciones los sectores vulnerables y de menores estatales. Se trata de un problema en recursos. materia de políticas públicas, en cuanto introduce un sustrato de debilidad en los Pero tampoco se puede perder de vista procesos de implementación de aquellas. que, en el núcleo de esta compleja cuestión Sin embargo, no es el único problema, política, que muchas veces enfrenta ya que por detrás de éste, de manera a débiles contra poderosos, reside el incuestionable, sigue presente la misma problema de la definición o, en su caso, regla de distribución de las obligaciones redefinición, del pacto fiscal indispensable tributarias dentro de la sociedad para todo orden político: es decir, la Elias, Norbert (1993), El proceso de la civilización, Fondo de manera como ricos y pobres contribuyen Cultura Económica, Buenos Aires, pp. 333 y ss. financieramente a la constitución del Oszlak, Oscar (2007), “El Estado democrático en América Estado y el desarrollo de las políticas Latina: Hacia el desarrollo de líneas de investigación”, Revista Nueva Sociedad N 210, pp. 46 públicas, según su capacidad tributaria. Skinner, Quentin (2003), El Nacimiento del Estado, ed. Gorla, La formación del Estado moderno como Buenos Aires. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 10. bajo formas regresivas. Reside aquí de las entidades estatales responsables un conflicto político irresuelto en los de la recaudación, regulación y sanción Estados latinoamericanos, que debería de la obligación tributaria y, por último, ser cuestionado permanentemente, a fin la gestión y resultado de estas mismas de sacarlo del silencio histórico en que entidades demuestran que en Guatemala los sectores dominantes le mantienen en es necesario redefinir las cargas sociales resguardo de sus privilegios. Claro que que sostienen hoy el pacto fiscal, así como discutir nuevamente sobre las reglas el rol y eficacia del sistema judicial para y formas de reparto tributario implica reparar y sancionar el incumplimiento de costos políticos inevitables, que ponen en dichas obligaciones. entredicho desde la forma jurídica de la propiedad hasta la validez ética de la riqueza. Sin intención de adelantarme al contenido Y ninguna de estas cuestiones puede de la investigación desarrollada por el escindirse del problema posterior derivado Instituto Centroamericano de Estudios del incumplimiento de una obligación legal Fiscales (ICEFI) y el Instituto de Estudios tributaria, porque no pagar los impuestos Comparados en Ciencias Penales de acarrea una infracción fiscal o un delito Guatemala (ICCPG), es importante que debiera ser sancionado y reparado destacar la absoluta claridad de su punto adecuadamente por el Estado. Sin embargo, de partida: el carácter excluyente que, en muchas veces los hechos demuestran que el caso de Guatemala, tuvo la definición estos no son sancionados debidamente del pacto fiscal y los efectos favorables a por la justicia, especialmente cuando los privilegios económicos y de otro tipo de los responsables de su incumplimiento la elite dominante. pertenecen a sectores del poder. Si, como dice Sieyès, los privilegios son una Cabría agregar aquí que este estilo injusto dispensa, un derecho exclusivo que ajeno y excluyente es, y ha sido, un rasgo común al derecho común está resguardado de la en la constitución del Estado en todos los sanción, entonces la evasión tributaria –en países de América Latina y el Caribe, e tanto dato constante de la realidad fiscal indica mucho sobre la desigualdad social latinoamericana– constituye uno de los que prima hoy en la mayoría de nuestros aspectos explicativos de la impunidad que países. caracteriza a los delitos del poder y a la protección que la selectividad del sistema En este estudio se realiza un breve penal genera en este sentido. recorrido histórico por algunas etapas fundantes del Estado, tales como el proceso La presente investigación es un testimonio de incorporación al mercado mundial. El fiel de la convergencia de estos dos aspectos primer capítulo permite visualizar el papel problemáticos brevemente esbozados central que en esas instancias jugaron en los anteriores párrafos. El diseño los sectores conservadores evitando normativo, la estructura institucional cualquier mínimo esbozo de reforma fiscal que procurase desarticular los privilegios Sieyès E. (1993), ¿Qué es el Tercer Estado? Ensayo sobre los privilegios, en Escritos Políticos de Sieyès, ed. Fondo de Cultura de los grupos poderosos y fortalecer las Económica, México, pp. 115. capacidades de acción estatal. vi
  • 11. Debido a que la política fiscal no siempre imposición de sanciones. Mediante el cumple satisfactoriamente con sus metas análisis de diferentes indicadores, la recaudatorias, el sistema de justicia investigación ilustra los principales y, especialmente el sistema penal, problemas del sistema de administración cobran protagonismo como ámbito de tributaria de Guatemala, entre los que implementación de políticas orientadas destacan el bajo nivel de resolución de a sancionar los delitos y recuperar el casos tramitados en el proceso contencioso monto del dinero evadido al fisco. Claro administrativo y el escaso nivel de tributos que el sistema judicial no constituye el recuperados por esta vía. principal ámbito en este sentido (ya que la administración pública es la principal El tercer capitulo estudia las relaciones encargada de mantener un sistema entre el delito fiscal, la criminalidad eficiente de recaudación tributaria), económica y los delitos del poder, mediante pero sí tiene por delante la importante un sintético pero lúcido repaso de las función de aplicar sanciones por evasión principales corrientes criminológicas tributaria, contribuyendo así a reducir la que -a lo largo de los siglos XIX y XX- impunidad reinante en el ámbito de los fueron definiendo los aspectos clave de delitos del poder. Por tal motivo, a pesar comprensión de la cuestión criminal. de su carácter subsidiario no por ello tiene Tanto Durkheim como, luego, Sutherland a cargo funciones de menor importancia, son aquí referencias obligatorias. De especialmente porque cuando la delincuencia alguna manera ya estaba en Durkheim económica adopta un carácter estructural, la ecuación más básica de la selectividad se profundizan los privilegios de los del sistema penal: el castigo de los sectores poderosos y la desigualdad social, débiles es la condición de posibilidad situación que en su conjunto contribuye a de la impunidad de los poderosos. Por transformar la democracia en un sistema otro lado, los diferentes casos estudiados político excluyente. por Sutherland en el clásico libro Delitos de cuello blanco resultan decisivos para El segundo capítulo se ocupa de los comprender que el delito económico es una principales mecanismos jurisdiccionales práctica aprehendida por esos hombres previstos en el sistema jurídico “de status social y reputación elevada” y guatemalteco para lograr el cobro de que, por lo tanto, lejos de demostrar un impuestos adeudados y establecer comportamiento desviado, representan sanciones frente al incumplimiento de una modalidad habitual de participación las obligaciones tributarias. También se en la vida económica que, pese a estar analizan los principios regulatorios del caracterizada por su ilegalidad en diversas sistema tributario sancionador y el catálogo formas (desde prácticas monopólicas de las principales infracciones y sanciones hasta estrategias de evasión impositiva, previstas en el Código Tributario. Por pasando por el soborno, la colusión, el último, se estudian detalladamente los lavado de activos y el fraude empresario), principales resultados obtenidos por medio parecen estar exentas o dispensadas de la de la vía judicial en materia de recaudación legalidad, si juzgamos los resultados de tributaria mediante recuperación e la reacción institucional de los órganos Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - vii
  • 12. estatales, o mejor dicho, de la manifiesta sistema procesal, poniendo especial énfasis falta de reacción estatal frente a estos en la materia tributaria y en el papel de los delitos. principales actores involucrados, como el caso de la SAT, la Policía Nacional Civil, La investigación se nutre también el Ministerio Público y la Procuraduría de los aportes producidos por la General de la Nación. También estudia criminología crítica, especialmente del el uso de mecanismos simplificadores del dato estructurante más importante del proceso penal, tales como los criterios de sistema penal contemporáneo, esto es, oportunidad, la suspensión condicional la selectividad penal, para, luego, saltar de la persecución penal, el procedimiento hacia el ámbito de las políticas públicas abreviado, y el potencial impacto de estos y analizar los componentes, tensiones y mecanismos en materia de recuperación posibilidades implicados en el diseño e de tributos. implementación de una política criminal que en materia fiscal contribuya a perseguir El capítulo sexto identifica aspectos adecuadamente los delitos fiscales y problemáticos cruciales que condicionan recuperar eficazmente el dinero evadido la efectividad de la potestad tributaria del mediante delitos tributarios, concentrando Estado. los esfuerzos punitivos en los actores empresarios que reciben mayores beneficios De manera sintética y concisa, se económicos, condición previa y necesaria individualizan debilidades estructurales que para la reinversión en políticas públicas que abarcan aspectos tan amplios y complejos atiendan las demandas sociales propias de resolver como los mecanismos de gestión de una sociedad democrática. El capítulo de casos, los programas de formación y cuarto realiza un análisis dogmático sobre adiestramiento en materia penal tributaria las principales figuras penales previstas o la coordinación interinstitucional. en el ordenamiento guatemalteco, tanto en el código penal como en leyes especiales. Por su parte, el capítulo séptimo analiza No se trata de un estudio exhaustivo; no datos empíricos relacionados con busca agotar la temática tan compleja y indicadores de medición de desempeño rica relacionada con todas las discusiones del proceso penal en la persecución y posibles que podrían plantearse desde el resolución de delitos fiscales. Mediante punto de vista de los análisis de la teoría del estos indicadores cabe medir con exactitud delito. Por el contrario, tiene como objetivo las dimensiones del problema delictivo presentar un mapa detallado y preciso de tributario en Guatemala. La cantidad de las herramientas penales previstas en el denuncias presentadas por tipo de delito ordenamiento jurídico guatemalteco para tributario, la comparación entre la cantidad sancionar el comportamiento criminal de denuncias formuladas por estos generado mediante la evasión de impuestos delitos respecto de otros delitos comunes o el contrabando en sus diversas formas. -seleccionadas como parte de la muestra-, la cantidad de denuncias presentadas según En igual sentido, el capítulo quinto recorre el tipo de impuesto y las principales formas los principales aspectos normativos del delictivas identificadas, la duración de viii
  • 13. los procesos, etc., permiten evaluar con realidad fiscal del Estado de Guatemala, mayor detalle las diferentes dimensiones que merece mayor atención por parte de y cuestiones pendientes de solución en la las autoridades públicas y la clase política materia. dirigente. Y esto es así especialmente porque sin compromiso fiscal no existe El estudio concluye en la identificación de posibilidad alguna de dar un paso adelante una serie de debilidades, como la duración en el proceso de construcción de una prolongada de los procesos, el bajo nivel de sociedad democrática e inclusiva. Resta, resolución de casos por la vía contenciosa desde luego, profundizar estos estudios y y otras tantas que resumen sintéticamente desarrollar programas políticos adaptados los aspectos que debieran abordarse como a las necesidades de una futura y necesaria parte de futuras reformas legales, para lo reforma fiscal. cual la investigación enumera una serie de recomendaciones que deberán ser tenidas Buenos Aires, julio de 2008 en cuenta en este sentido. Pedro Biscay Podemos afirmar, sin duda alguna, que el Director del Centro de Investigación y lector tiene entre sus manos un diagnóstico Prevención de la Criminalidad Económica preciso y revelador sobre una porción de la (CIPCE) Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - ix
  • 14.
  • 15. Introducción La situación de las finanzas públicas relativa a la administración de justicia en en Guatemala es complicada. Existen esta materia ha quedado al margen. crecientes demandas y necesidades por parte de la población en distintos ámbitos, La cultura jurídica generada alrededor de lo cual está acompañado de recursos lo “judicial” se caracteriza por la lentitud de escasos para atenderlas. A esto se agrega los trámites, la preocupación desmedida por que el Estado guatemalteco es poco eficaz las formas escritas antes que por la solución en llevar a cabo sus funciones, entre las que de los conflictos y la excesiva formalidad se incluye el cobro de impuestos, aspecto convertida en ritualismo incomprensible en el cual se han mostrado mejorías en los para los técnicos en materia impositiva y los últimos años. ciudadanos. Probablemente, los aspectos mencionados han creado la sensación La capacidad de recaudación tributaria de que hacer cumplir la ley tributaria es se halla sujeta a variables de distinta una utopía irrealizable. Por lo tanto, se naturaleza social: convencer a los estableció una tendencia dirigida a resolver ciudadanos y fortalecer al Estado con los problemas administrativos, que en recursos económicos para que cumpla última instancia son más entendibles y su función constitucional, establecer los con mayores posibilidades de éxito que controles administrativos adecuados, aquellos relacionados con el reclamo de los incorporar tecnología con el fin de facilitar tributos por la vía judicial. la exigencia del pago de impuestos, contar con mecanismos que faciliten el acceso Independientemente de la política fiscal del ciudadano a las instancias tributarias, que se adopte, la administración de justicia ampliar la base tributaria, incrementar las está llamada a procurar el cumplimiento tasas impositivas, etc. Estas variables han de ley, como resultado de pactos sociales sido objeto de preocupación no solo en el cristalizados en la legislación tributaria. De sector político, sino también en la sociedad muy poco sirve que se adopte una política civil y la comunidad internacional. Sin fiscal determinada si la administración embargo, la discusión sobre la problemática de justicia no se convierte en un estímulo Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 16. coactivo para el pleno ejercicio de los La información empírica utilizada en derechos ciudadanos y el cumplimiento de este estudio tiene como base entrevistas las obligaciones tributarias. Esta debe ser realizadas a operadores de justicia, en garante de derechos, pues el ciudadano no especial abogados de la Superintendencia puede quedar en un estado de indefensión de Administración Tributaria (SAT), frente al poder arbitrario en el requerimiento de la Fiscalía de Delitos Económicos y del pago de impuestos; y de obligaciones, jueces de primera instancia; información pues la indiferencia de la administración estadística de las memorias de labores de justicia frente al fenómeno de la evasión del Ministerio Público; información fiscal, no solo debilita al Estado en el estadística proporcionada por la SAT y cumplimiento de sus funciones, sino que análisis de casos de delitos tributarios también debilita la credibilidad de la ley, que ingresaron a los juzgados de la ciudad principal endemia heredada del régimen capital durante el año 2007. Se agradece colonial. la valiosa información proporcionada por la Intendencia de Asuntos Jurídicos de El presente estudio intentó explorar el la Superintendencia de Administración funcionamiento de la administración de Tributaria, la Dirección General de la justicia en materia fiscal. Su carácter es Policía Nacional Civil, la Fiscalía de Delitos exploratorio y descriptivo, en el sentido de Económicos del Ministerio Público, la abordar la relación entre la administración Cámara Penal de la Corte Suprema de de justicia y el sistema impositivo, desde Justicia y el Centro Administrativo de una perspectiva jurídica y sociológica, Gestión Penal del Organismo Judicial. con la finalidad de proponer una visión general de la problemática a públicos de El documento se divide en ocho partes. diversa formación social. Por lo tanto, En la primera se exponen antecedentes no fue posible abarcar todos los temas a conceptuales relacionados con los fines del profundidad. Esto se debe, en primer lugar, Estado, la visión del Estado en Guatemala a la ausencia de investigaciones previas y la situación fiscal en los años recientes, el que aborden los problemas de la justicia papel de la justicia en el cumplimiento de en un campo tan especializado como lo obligaciones tributarias y la distinción entre es el tributario, y en segundo lugar, a la hechos ilícitos administrativos y penales. carencia de información empírica accesible En la parte segunda se describe el proceso y confiable sobre el funcionamiento de la administrativo de recuperación de tributos, justicia en materia tributaria. con énfasis en los procesos contencioso administrativo y económico coactivo. La A pesar de estas limitaciones, el objetivo tercera parte comprende un marco teórico primordial se logró a satisfacción, pues que explica la política criminal en materia desde el inicio se propuso develar el tributaria. En la parte cuarta se expone un panorama general del funcionamiento de la análisis jurídico de las leyes penales en el justicia en materia fiscal, lo cual permitió ámbito fiscal. Posteriormente, en la quinta identificar problemas estructurales y temas parte se describe el proceso penal en de investigación futuros sobre situaciones materia tributaria y las instituciones que específicas. intervienen en dicho proceso. La sexta parte
  • 17. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial muestra la situación de las instituciones de información empírica que devele las encargadas de la persecución de los delitos estructuras organizativas judiciales, de tributarios. La séptima sección incluye un acceso a la justicia y de aspectos de análisis de los resultados obtenidos en la la cultura jurídica, entre otros. Todos persecución penal de los delitos tributarios. ellos resultan esenciales para explicar el Finalmente, en la octava se plantean las porqué la administración de justicia como conclusiones y recomendaciones resultantes mecanismo de exigencia para cumplir de la investigación. Esta investigación con las obligaciones tributarias, está intenta contribuir al inicio del debate al margen de las expectativas sociales, sobre la tarea que la administración de políticas e históricas de proveer los justicia está llamada a cumplir en el recursos económicos necesarios para el ámbito tributario. Debe incluir el análisis cumplimiento de la función del Estado. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 18.
  • 19. Exigencia de las obligaciones 1 tributarias por el sistema de justicia movimiento liberal, triunfante en 1871, 1.1. Fines del Estado y inició la incorporación del país al mercado recursos económicos mundial agroexportador, lo que significó una etapa de conformación de elites La función del Estado en la intervención políticas que aprovecharon sus privilegios de la conflictividad social constituye un para mantener un Estado protector del tema de debate recurrente en la historia trabajo forzado y raquítico en la prestación republicana de Guatemala. A partir del de servicios públicos. Así lo expresa la movimiento independentista consumado a Comisión de Esclarecimiento Histórico: inicios del siglo XIX, se instaló la discusión “Desde la independencia proclamada en entre liberales y conservadores por atribuir 1821, acontecimiento impulsado por las determinadas funciones al Estado. Los elites del país, se configuró un Estado primeros, bajo la conducción de Mariano autoritario y excluyente de las mayorías, Gálvez, iniciaron la eliminación en racista en sus preceptos y en la práctica, forma superficial de los privilegios de los que sirvió para proteger los intereses de estamentos sociales instalados en la época los restringidos sectores privilegiados”. colonial. Esto se tradujo en un intento de construir un sistema tributario para que el La reforma del Estado constituyó uno de naciente Estado laico iniciara la prestación los principales objetivos de la Revolución de servicios públicos de salud, educación, de Octubre de 1944. Se inicia así una seguridad y justicia. transformación de las funciones del Estado, en especial de aquellas orientadas a la Este modelo fracasó con la insurrección prestación de los servicios básicos, como conservadora de Rafael Carrera, lo cual educación, salud, trabajo y seguridad social. significó retomar las prácticas coloniales Para el efecto, se buscó transformar un de gobernabilidad. Posteriormente, el Estado dictatorial y mínimo en un Estado democrático comprometido con el desarrollo Ver en detalle en ICEFI(2007b), Historia de la tributación en Guatemala: desde los mayas hasta la actualidad, estudio elaborado por encargo de la Superintendencia de Administración Tributaria CEH (1997), Guatemala Memoria del Silencio, Informe de La SAT, Mimeo. Comisión del Esclarecimiento Histórico, Tomo V, p. 21. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 20. nacional. La afectación de intereses de la evaluación y control, patrimonio del estado oligarquía terrateniente y la intolerancia y descentralización. Importa considerar ideológica geopolítica imperante en esa que el pago de impuestos es impopular época significó, a partir de 1954, el retorno para cualquie estrato social y que la “moral a un tipo de Estado de carácter policial y tributaria” tiende a debilitarse ante la subordinado a los intereses económicos presencia de prácticas de corrupción conservadores, a la manera del que imperó en la administración pública y escasos hasta 1944. Las luchas sociales iniciadas resultados. Sin embargo, Guatemala se en los años sesenta y que generaron el distingue de otros países por la capacidad conflicto armado interno, contienen en de veto de los sectores tradicionales a mucho la necesidad de transformar la contribuir con el pago de impuestos, y ya función del Estado en su intervención para es tradición que cualquier movimiento de solucionar la problemática de la pobreza. reforma fiscal que se intenta implementar Por ello, esta es una preocupación contenida para fortalecer la capacidad del Estado, trae en los Acuerdos de Paz –AP-, y una de las aparejado un proceso de oposición por parte discusiones centrales en la disputa política de los sectores empresariales tradicionales. post-conflicto. Cabe mencionar que, la existencia de En la actualidad existe un consenso más un Estado débil muestra una asociación o menos generalizado de que el Estado empírica con la debilidad en el cobro de debe cumplir funciones protagónicas en los impuestos y para impulsar reformas la solución de algunos de los problemas tributarias. urgentes de la sociedad, en especial en lo relativo a educación, salud, seguridad Una muestra de la debilidad del Estado y justicia. Sin embargo, al momento de guatemalteco es el sistema de justicia, que implementar las políticas tendentes a se caracteriza por su ineficacia, que no solo fortalecer estas capacidades, se encuentra refleja la inercia cultural que por tradición que el problema central es la falta de impregna su funcionamiento, sino que recursos económicos para atender las también significa el resguardo de privilegios necesidades del pais. de sectores económicos pudientes. Por ello, la Reforma de la Justicia y la Reforma El Pacto Fiscal, como espacio de discusión Fiscal constituyen dos pilares básicos para de los diversos sectores sociales para lograr la construcción de un sistema que dotar al Estado de estas capacidades, permita en el ámbito tributario la expedita constituye una herramienta democrática recuperación de bienes fiscales. para solventar esa situación. Sin embargo, Ver Torgler, B. (2005), “Tax Morale in Latin America”, Public hasta el momento ha sido poco exitoso, Choice 122:133-157. entre otros factores debido a que no se ha Existe un cúmulo importante de literatura sobre el tema, como abordado de una forma integral: se han BID (2006), “La política de las políticas públicas”; e ICEFI (2007a), La política fiscal en la encrucijada: el caso de América Central, para impulsado casi solamente las reformas mencionar los más recientes. contenidas en el área de impuestos y en Ver Melo, M. A. (2005), “O leviatã brasileiro e a esfinge argentina: os determinantes institucionais da politica tributaria”. el manejo del déficit fiscal. Está pendiente Revista brasileria de Ciências Sociais Vol. 20 No. 58. p.91-128, São implementar políticas en la parte de gasto, Paulo. Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
  • 21. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial medios de información y con capacidad de 1.2. Dos visiones del Estado pronunciamiento. Dicha visión entiende que la responsabilidad del Estado se La falta de acuerdos mínimos en política limita a garantizar un número reducido de fiscal se caracteriza por la presencia de dos derechos civiles y políticos. Sin embargo, visiones contrapuestas acerca del papel esta visión no reconoce que existen serias del Estado en la sociedad. Una, derivada desigualdades en el país y condiciones del fin del conflicto armado interno y sociales precarias principalmente por contenida en los AP (1996), y la otra, la de elevada pobreza, alta desnutrición crónica un “Estado mínimo”, potenciada a raíz del y mortalidad infantil. replanteamiento del rol del Estado ocurrido desde los años ochenta. Por lo tanto, para la visión del Estado mínimo, no se visualiza un rol del mismo El propósito de los AP consiste en el en la reducción de las desigualdades establecimiento de bases para el desarrollo económicas y sociales, ni en abordar económico y social del país, por medio de las raíces estructurales de la pobreza, una agenda que ve el cumplimiento de los más allá de crear un clima conducente derechos humanos (entendidos en sus a la inversión privada, como mecanismo dimensiones económica, social y cultural, para incrementar el ingreso a todos los así como en términos de libertades civiles estratos de la sociedad (teoría del goteo o y políticas) como una piedra de toque para derrame). la construcción de un nuevo modelo de Estado. Por otra parte, los aumentos del gasto público social se consideran ineficientes Por ello es que los Acuerdos comprometen económicamente. Asimismo, esta visión al Estado a asumir activamente un papel tilda a las políticas fiscales redistributivas de legislador, de proveedor de servicios de intervencionismo público excesivo o sociales universales, de corrector de populismo. injusticias sociales, de inversor en gasto social y de redistribuidor de la riqueza. En síntesis, la discusión sobre las políticas públicas y, en particular, la política judicial En fuerte contraste con lo anterior, se tributaria en Guatemala, tiene como ha consolidado una tendencia hacia referente obligado a estas dos visiones un modelo de “Estado mínimo”. Esta contrapuestas. corriente predomina en el pensamiento de ciertas elites económicas y políticas y en otros sectores sociales, como el estrato 1.3. Situación fiscal de clase media, que cuenta con acceso a en Guatemala Esta sección está basada en el documento ICEFI/CESR (2008) ¿Derechos o privilegios? El derecho a la salud y a la educación en La debilidad del Estado para cumplir sus Guatemala: un momento decisivo, en elaboración. finalidades de intermediario en el desarrollo Los Acuerdos fueron consensuados y suscritos por el gobierno, la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) y un de condiciones de igualdad es una amplio espectro de actores sociales y políticos. constante histórica. En los AP se reconoció Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 22. esta realidad, por lo que se propuso como y la estabilidad tanto económica como meta para el gobierno central una carga política, en especial para países en vías de tributaria de 13.2% del PIB para el año desarrollo, como es el caso de Guatemala.11 1998. Aparte de lo anterior, el país cuenta con un sistema inequitativo horizontalmente,12 Después de doce años de la firma de los producto de la persistencia de un generoso Acuerdos de Paz, las metas fiscales no se marco de exenciones fiscales.13 han cumplido y la recaudación tributaria, si bien es cierto que ha tenido una También se enfrentan situaciones de tendencia al alza, se encuentra aún lejos elevado incumplimiento tributario14 (evasión de lo pactado en los Acuerdos (en el año y elusión fiscal). Para este último tema 2007 la carga fue de 12.3% del PIB, un se cuenta únicamente con estimaciones máximo histórico). para el Impuesto sobre la Renta –ISR- y el Impuesto al Valor Agregado –IVA-. En el Esta situación no le ha permitido al caso del ISR su incumplimiento fue, en el Estado cumplir progresivamente con las período 1995-2003, de entre el 40% y el demandas mínimas de educación, salud y 60% para personas jurídicas, y entre el 3% seguridad, tal y como lo revela un análisis y el 20% para personas naturales; en el caso detallado del presupuesto y del gasto a lo del IVA, su incumplimiento fue de 26.1% en largo de la última década.10 2007.15 En otros países de Latinoamérica, como México, el incumplimiento global se Por otra parte, la vigencia de una visión de situó en 27% en 2004, y en Chile entre un Estado mínimo ha hecho que se vea al 15.6% y 18.2% para ese mismo año.16 aumento en la recaudación tributaria como Las anteriores situaciones caracterizan una manera de mermar los incentivos a la a un país donde la tributación es débil, inversión privada. Ante esto, la literatura económica concluye que la inversión 11 ICEFI (2008), Incentivos fiscales y su relación con la inversión está determinada, en mayor medida, extranjera en Guatemala y Nicaragua, p.42. 12 por otras variables, como el crecimiento Se refiere a que, para un mismo nivel de ingresos, la carga impositiva es distinta. económico, la apertura comercial, la 13 Esto se mide a través del gasto tributario, el cual fue de calidad de infraestructura existente, el Q18,307.3 millones en 2006, equivalentes a un 8% del PIB. Dicho capital humano de la fuerza laboral, los indicador es calculado por la SAT y se asocia con lo que deja de percibir el Estado por otorgar tratamientos tributarios especiales niveles de corrupción en el sector público que representan una excepción a la norma tributaria vigente para los contribuyentes en general. 14 Por incumplimiento tributario se entiende la suma de la El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria evasión y la elusión fiscal. Evasión es todo acto que, violando las indica textualmente lo siguiente: “…el Gobierno se compromete a disposiciones legales, produce el impago de un tributo. En cambio, que, antes del año 2000, la carga tributaria en relación al producto elusión es el acto de sacar provecho del defecto de una norma interno bruto se haya incrementado en, por lo menos, un 50% con legal y que produce –también- el incumplimiento en el pago de los respecto a la carga tributaria de 1995”. Con el propósito de contar tributos. con cifras actualizadas, se calculó lo anterior con base en el nuevo 15 Para cifras de ISR, ver Solórzano, C. (2005), El incumplimiento sistema de cuentas nacionales (SCN93) del Banco de Guatemala. tributario del ISR y el déficit fiscal en Guatemala en el período de Tomado de la Superintendencia de Administración Tributaria 1995 al 2003, Tesis. Para el caso del IVA, SAT (2008), Memoria de (SAT), en: http://portal.sat.gob.gt/portal/estadisticas/Prueba/Carga labores del año 2007. %20Tributaria%20Gobierno%20Central.htm 16 Cetrángolo, O. y J. Gómez-Sabaini (2007), La tributación directa 10 Puede observarse esto en la evolución de los Objetivos de en América Latina y los desafíos a la imposición sobre la renta, pp. Desarrollo del Milenio, Ver Segeplan (2006) y SNU (2008). 86-87. Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
  • 23. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial tanto en términos de recursos como de partidos políticos y otras organizaciones cumplimiento. Por ello cabe aseverar que sociales, en el contexto democrático, los retos en el tema tributario son vastos realizan acuerdos, alianzas y transacciones y variados. para alcanzar sus intereses sectoriales. Estos acuerdos necesitan estabilizarse para regular el conjunto de actividades de 1.4. La justicia como forma que se trate. El instrumento principal para que ello ocurra es la ley. Le corresponde al de exigir el cumplimiento de parlamento estabilizar los acuerdos políticos, las obligaciones tributarias normativizándolos. Luego el sistema judicial (y otras instituciones del Estado), deberán Tradicionalmente se ha reconocido que garantizar que el incumplimiento de esas la actual crisis de gobernabilidad se normas (resultado de los pactos políticos) debe a la debilidad de las instituciones será reparado, dotándolas de fuerza y gubernamentales. También se supone, confianza y mostrando a los grupos sociales tal como lo declaran diversos informes que bien vale la pena pactar y estabilizar sobre la situación de gobernabilidad en el esos pactos en normas…”.17 país, que una de las causas del conflicto armado interno fue, precisamente, la En el ámbito del cumplimiento de las debilidad institucional. Esta afirmación obligaciones tributarias, la justicia es acertada, pero, en realidad, encubre tiene dos funciones básicas: por un la debilidad de la ley, materializada en lado, debe disminuir los riesgos de la profunda falta de credibilidad de los impunidad en los intentos de evadir ciudadanos en la fuerza de aquella para dichas responsabilidades; y por el otro, resolver los conflictos sociales. Algunos proteger al ciudadano respecto a posibles pregonan que tal debilidad es un fenómeno arbitrariedades que cometan las instancias moderno e incluso, característico de responsables del efectivo cumplimiento de sociedades postconflicto; sin embargo, la las obligaciones tributarias. historia de la sociedad guatemalteca es una de impotencia constante de la ley, Pero la justicia no es el único espacio desde la colonia, pasando por el período apto para exigir el cumplimiento de las independiente, e incluso, en el período obligaciones tributarias y la protección revolucionario de 1944. de los derechos del contribuyente. De ser así, tendríamos el problema de Lo expuesto, aunado a la ineficiencia la judicialización de la conflictividad de las instituciones estatales, impide tributaria, que provocaría la saturación la consolidación del ciclo básico de la de casos e ineficiencia en la doble función democracia, que tiene como base el Estado de protección de derechos y eficacia para de Derecho: los acuerdos sociales que se reclamar el impago de impuestos. En convierten en leyes y su cumplimiento este sentido, el sistema de justicia es efectivo por medio de diversos mecanismos, incluida la justicia. Alberto Bínder explica 17 Binder, A., y Ovando, J. (2003), De las repúblicas aéreas al este fenómeno de la siguiente manera: “...los Estado de Derecho, p. 124. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI -
  • 24. subsidiario de la administración pública, si la administración pública tiene las la cual debiera implementar mecanismos potestades constitucionales para imponer ágiles de cobro de impuestos y mecanismos sanciones, pues pareciera que dicha expeditos de gestión de la conflictividad en potestad estaría únicamente a cargo de la materia tributaria. función jurisdiccional, por la naturaleza de la división de poderes. La Constitución de la República, aun cuando no es 1.5. Ilícitos administrativos explícita al respecto, contiene principios y penales que autorizan, dentro de determinados límites, la posibilidad de que el Ejecutivo Por las razones anteriores, existen dos tipos imponga sanciones por el incumplimiento de infracciones al incumplimiento de las de las obligaciones de naturaleza obligaciones tributarias: administrativas administrativa. Dentro de los límites se y penales; las primeras constituyen encuentra el artículo cinco constitucional, infracciones a normas de carácter que contiene lo relativo a la libertad de administrativo, principalmente contenidas acción de la persona, en el sentido de que en el Código Tributario y demás leyes no podrá ser molestada por actos que tributarias, mientras que las segundas no impliquen infracción a las leyes. Esta están dispuestas en leyes de naturaleza potestad de sanción administrativa no penal (delitos y faltas). Ambas se acompañan es absoluta; así, por ejemplo, el artículo de mecanismos específicos para imponer 11 de la Constitución prohíbe que por la sanción correspondiente. La discusión infracciones a reglamentos las personas estriba en dilucidar la legitimidad de permanezcan detenidas; el artículo 24 cada tipo de sanción. En el caso de las enuncia que, en materia fiscal, para sanciones administrativas, se discute impugnar resoluciones administrativas en Figura 1 Ilícitos administrativos e ilícitos penales Leyes tributarias Leyes penales • Código Tributario y leyes tributarias • Código Penal y leyes tributarias especiales. especiales. • Determinan las obligaciones tributarias • Tipifican los delitos tributarios y regulan los mecanismos de cobro de los (ilícitos penales tributarios) tributos. • El Código Procesal Penal • Tipifican las faltas tributarias (ilícitos establece el procedimiento para la administrativos tributarios o infracciones investigación y sanción de estos ilícitos tributarias) • Establecen el procedimiento para la investigación y sanción de los estos ilícitos. Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional. 10 Exigencia de las obligaciones tributarias por el sistema de justicia
  • 25. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial los expedientes originados en reparos o penal en materia fiscal, se encuentra en ajustes por cualquier tributo, no se exigirá que el Estado tiene la potestad del Ius al contribuyente el pago previo del impuesto Puniendi, o derecho de castigar, dentro o garantía alguna, y el artículo 239 se de límites específicos, en especial como refiere a que los reglamentos se limitarán a último mecanismo de intervención para normar lo relativo al cobro administrativo proteger determinados bienes jurídicos. del tributo y a establecer los procedimientos Su utilización en materia fiscal se justifica que faciliten su recaudación. en la medida en que el régimen tributario y el erario nacional constituyen un recurso A estos principios generales que facultan indispensable para el cumplimiento de la posibilidad de imponer sanciones la misión que la Constitución le confiere administrativas, deben agregarse las al Estado. Su aplicación se rige por los garantías penales y procesales de principios de legalidad, es decir, que las naturaleza penal: legalidad, irretroactividad, conductas se hallen claramente definidas; prohibición de analogía cuando no necesidad, en el entendido de que constituya favorezca al infractor, excepcionalidad el último mecanismo para resolver la de la sanción administrativa, inocencia, conflictos; se garantice la protección de defensa y juicio previo. Esto es así porque un bien jurídico determinado, y pueda la sanción administrativa, en su aplicación, atribuirse a una persona por cometer las implica afectación de derechos (aun acciones prohibidas con la intención de cuando no sean derechos fundamentales), realizarlas. los cuales no se pueden limitar sin que previamente no se garanticen los Sin duda las sanciones penales en materia derechos constitucionales que protegen a tributaria tienen que cumplir los principios la persona frente a arbitrariedades de la constitucionales relativos al Régimen administración tributaria. Tanto es así, Financiero del Estado contenidos en los que el sistema jurídico administrativo artículos 239-243, en especial el relativo contempla la posibilidad de que el afectado a que las leyes tributarias se estructuran recurra ante un juez específico (juez de lo de conformidad con la capacidad de pago. contencioso administrativo), quien tiene la Esto no solo debe regir para la creación de posibilidad de analizar el agravio recibido tributos, sino también para la gestión de durante el procedimiento administrativo. los cobros y en el régimen punitivo. La justificación para legitimar la sanción Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - 11
  • 26.
  • 27. Los procesos contencioso administrativo 2 y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias 2.1. El procedimiento El proceso económico coactivo (Ver Figura administrativo para 2) es un mecanismo de cobro por la vía judicial, y deviene del impago de la el cobro de las obligación tributaria determinada mediante obligaciones tributarias el proceso administrativo. Es decir que en este caso el proceso económico coactivo es Uno de los objetivos centrales de esta un proceso judicial por medio del cual la investigación es determinar en qué medida administración pública reclama el pago de el sistema de justicia incide en el cobro de una obligación tributaria. Por otra parte, el las obligaciones tributarias. Por lo tanto, en procedimiento contencioso administrativo este capítulo se analizará el funcionamiento (Figura 3) busca resolver una reclamación y resultados de los procesos contencioso del contribuyente contra decisiones de administrativo y económico coactivo para la administración tributaria, tomadas la recuperación de los tributos. También mediante un proceso administrativo. se analizará, aunque en forma meramente Finalmente, existe una relación entre el explicativa, el sistema administrativo procedimiento contencioso administrativo sancionador, debido a que tanto el y el proceso económico coactivo, pues si proceso contencioso administrativo como el resultado final del proceso contencioso el económico coactivo se derivan del administrativo es favorable a la procedimiento administrativo previo. administración tributaria, por medio de Figura 2 Proceso Proceso económico administrativo coactivo La SAT determina la El Estado procura el pago existencia y el monto de la de la obligación tributaria infracción tributaria. mediante la coacción judicial. Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - 13
  • 28. Figura 3 Proceso Impugnación en la vía Contencioso administrativo administrativa administrativo La SAT determina la La resolución del proceso El contribuyente impugna la resolución de la SAT ante el existencia y el monto de la administrativo se impugna tribunal de lo contencioso infracción tributaria. ante el directorio de SAT. administrativo. Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional. Figura 4 Esquema de relaciones entre el procedimiento administrativo y los procesos económico coactivo y contencioso administrativo La SAT detecta la infracción tributaria Se inicia el proceso administrativo Se determina el monto de la infracción, sumando al valor de la infracción, multas, intereses y mora. La SAT emite resolución, cobrando el monto de la infracción. ¿El Fin al proceso contribuyente realiza administrativo el pago de la infracción Si tributaria? No ¿El No contribuyente impugna Se inicia el proceso la resolución económico coactivo de SAT? Si Se inicia el proceso contencioso administrativo No ¿El Si Contribuyente absuelto contribuyente pierde de pagar la infracción el proceso contencioso tributaria. administrativo? Fuente: Elaboración propia con base en la legislación nacional. 14 Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
  • 29. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial ésta se inicia el procedimiento económico cobro del impuesto defraudado e imponer coactivo para lograr el cobro del tributo. la sanción correspondiente al autor de la infracción. En síntesis, los procesos contencioso administrativo y económico coactivo, El Derecho Tributario Sancionador ejerce dependen de la existencia de un coacción mediante sanciones de carácter procedimiento administrativo previo, que pecuniario. En contraste con el Derecho determina la obligación tributaria a pagar. Penal, la aplicación de una sanción tributaria no afecta derechos fundamentales (la vida, 2.1.1. Principios del derecho la libertad), sino únicamente la propiedad. tributario sancionador Desde luego, el procedimiento tributario sancionador debe estar regulado con base Es una rama del derecho administrativo, en principios y garantías contenidos en la y constituye un mecanismo de reacción Constitución Política de la República. Es del Estado frente al incumplimiento de importante señalar que estos son un marco las normas jurídicas tributarias por mínimo de regulación y limitación del poder parte de los ciudadanos. Es el conjunto estatal para evitar la arbitrariedad y, por lo de normas y procedimientos coercitivos tanto, no constituyen un beneficio para el de carácter administrativo por medio del contribuyente. En ese sentido, los principios cual la administración pública asegura el y garantías constitucionales, al sujetar la pago de los tributos e impone sanciones actividad del Estado a lo establecido en a los contribuyentes responsables de las la ley, desarrollan el verdadero Estado infracciones tributarias. de Derecho. Los principios del Derecho Tributario Sancionador son: Sin embargo, a diferencia del Derecho Penal, cuya aplicación corresponde 1. Principio de legalidad exclusivamente a los tribunales de justicia, el Derecho Tributario Sancionador es una El artículo 239 de la Constitución establece potestad de la administración tributaria. el principio de legalidad en materia El basamento jurídico de esta facultad tributaria al estipular que corresponde sancionadora de la administración con exclusividad al Congreso de la se encuentra en el artículo 183 de la República determinar las infracciones y Constitución Política de la República. Allí sanciones tributarias; esto significa se establece como función del Organismo que la administración tributaria no Ejecutivo hacer cumplir las leyes, de tal puede crear infracciones por medio de suerte que el quebrantamiento de una reglamentos o acuerdos. Este principio ley tributaria provoca la intervención de establece que la infracción tributaria debe la administración para lograr el pago del estar previamente determinada en la ley; tributo establecido en la norma. Una vez implica además que ésta debe definir en que la administración tributaria determina forma clara y precisa las conductas que que existen indicios de que el contribuyente pueden ser sancionadas, así como la ha cometido una infracción tributaria, sanción específica a imponer, y prohíbe las se inicia el procedimiento para lograr el infracciones y sanciones por analogía. El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - 15
  • 30. principio de legalidad en materia tributaria Tributario Sancionador, que implica constituye, por una parte, una garantía únicamente sanciones a la propiedad. Por para el contribuyente de que no va a ser ello es que en esta materia el principio de perseguido por la administración de forma ley más favorable al contribuyente no debe arbitraria, creando así certeza jurídica ser aplicable. y económica, y a la vez, es una forma de motivación para que el contribuyente 3. Principio de responsabilidad pague sus impuestos ante la amenaza de personal y empresarial sufrir una sanción. Este principio establece que únicamente 2. Principio de irretroactividad pueden ser sancionadas las personas causantes de la acción u omisión que El principio de irretroactividad establece constituye la infracción tributaria. En que a nadie se le puede sancionar por el caso de las empresas, como personas cometer actos que no estaban prohibidos jurídicas, también son susceptibles de ser antes de ser emitida la ley. Este principio sancionadas por incumplimiento de las redunda en una mayor estabilidad jurídica obligaciones tributarias. En ese sentido, y económica, beneficiosa, en términos de el artículo 81 del CT establece que las certeza, para el contribuyente. El artículo personas jurídicas son responsables ante 66 del Código Tributario –CT– excede la administración tributaria por los actos este principio al establecer el criterio de u omisiones de sus representantes. retroactividad de la ley más favorable al contribuyente: Artículo 66. Las normas 4. Principio de proporcionalidad tributarias sancionatorias regirán para o capacidad de pago el futuro. No obstante, tendrán efecto retroactivo las que supriman infracciones Además del pago del tributo, el Derecho y establezcan sanciones más benignas, Tributario Sancionador busca la imposición siempre que favorezcan al infractor y que no de una sanción ejemplar y preventiva, que afecten resoluciones o sentencias firmes. sea eficaz para disuadir a los contribuyentes de cometer infracciones tributarias. Ante esto, en este estudio se considera Sin embargo, estas sanciones se deben que esta disposición del CT contraviene adecuar a la capacidad real de pago de el artículo 15 de la Constitución Política los contribuyentes y a la proporcionalidad de la República, según el cual la ley no es con la infracción cometida. Este punto es retroactiva salvo en materia penal cuando tratado en el artículo 243 de la Constitución, favorezca al reo. Resulta evidente que la donde se establece que las leyes tributarias aplicación de una sanción penal conlleva la serán estructuradas conforme al principio afectación de derechos fundamentales de de capacidad de pago. la persona, y que por ello el Derecho Penal debe ser utilizado en la forma más benigna 5. Principio de única persecución posible, incluso retrotrayendo la sanción penal hacia una situación más favorable Este principio supone la prohibición a la persona condenada; no así el Derecho de imponer, por una misma infracción 16 Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
  • 31. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial tributaria, dos o más sanciones. A este la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales respecto, el artículo 90 del CT establece y Papel Sellado Especial para Protocolos, que “La Administración Tributaria en Decreto 37-92; la Ley de Racionalización ningún caso sancionará dos veces la misma de los Impuestos al Consumo de Bebidas infracción”. Alcohólicas, Destiladas, Cerveza y otras bebidas, Decreto 74-83; y el Decreto 61- 6. Menor afectación al bien jurídico 77, Ley de Tabaco y sus Productos. Las infracciones se clasifican en sustanciales En algunas materias el procedimiento y formales. Son infracciones sustanciales administrativo es independiente del las caracterizadas por la falta de pago de los procedimiento penal, y una misma tributos en la forma y término que establece acción puede conllevar responsabilidad la ley, mientras que las infracciones administrativa y, a la vez, responsabilidad formales contemplan el incumplimiento penal. Por ejemplo, cuando un policía de los deberes formales o procedimientos comete un delito, se lleva a cabo administrativos establecidos en la ley o por un procedimiento administrativo de los reglamentos. destitución y un procedimiento penal de acusación, ya que se están afectando dos En relación con las sanciones se bienes jurídicos distintos: el servicio policial diferencian las de naturaleza pecuniaria, y la propiedad. Sin embargo, en materia que comprenden las multas y recargos, tributaria los delitos y las infracciones y las no pecuniarias. Entre estas últimas tributarias son acciones que dañan el encontramos: (i) el cierre temporal del mismo bien jurídico: el erario, pero que negocio, establecimiento u oficina; (ii) la se diferencian por la intensidad del daño; prohibición de celebrar contratos y otros por ello la comisión de un delito tributario actos jurídicos con órganos del Estado; subsume la infracción administrativa. En (iii) el decomiso de materiales objeto de ese sentido, el artículo 69 del CT establece la infracción o utilizados para cometerla; que constituye infracción tributaria “toda (iv) la pérdida de concesiones; (v) la acción u omisión que implique violación de pérdida de exenciones o incentivos, y (vi) normas tributarias de índole sustancial o la inhabilitación para el ejercicio de oficios formal constituye infracción que sancionará o profesiones por determinado periodo. la Administración Tributaria, en tanto Finalmente, algunas sanciones pecuniarias no constituya delito o falta sancionado tienen rebajas de las multas cuando el conforme a la legislación penal”. contribuyente se presenta a pagar antes de ser notificado. Así mismo, en algunos 2.1.2. Infracciones y sanciones en casos se estipula la agravación de la multa materia fiscal en el caso de reincidencias. Las infracciones tributarias se encuentran Escobar, R. y otros (2000), Fortalecimiento de las Sanciones establecidas en el CT, Decreto 6-91 y en Penales relacionadas con la defraudación fiscal y la capacidad algunas leyes tributarias especiales, tales reinvestigación y sanción del Ministerio Público y del Organismo Judicial, p. 44. como la Ley Contra la Defraudación y el En el Anexo 1 se describen las infracciones en materia tributaria Contrabando Aduanero, Decreto 58-90, y la sanción correspondiente a cada infracción. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - 17
  • 32. sancionadora y contribuyente) en la 2.1.3. El proceso tributario audiencia, facilitando el contradictorio, es sancionador decir, la posibilidad de que el contribuyente puede contraargumentar en el mismo El procedimiento para sancionar las acto; también permiten la concentración infracciones tributarias se encuentra de las actuaciones del procedimiento en regulado en el Decreto 6-91, CT. En tal pocas audiencias sin necesidad de muchos Código se determinan los dos fines centrales trámites; finalmente, al ser públicos y del proceso tributario sancionador: orales dan lugar al conocimiento público de las actuaciones, evitando así la corrupción 1. Asegurar el cumplimiento de las y tráfico de influencias. Todo esto obligaciones tributarias que por acción redunda en la celeridad del procedimiento u omisión el contribuyente dejó de administrativo. pagar. 2. Sancionar a los contribuyentes por el a. Fases del procedimiento impago de estas obligaciones. tributario sancionador El proceso tributario sancionador se Debido a que el objetivo central de esta caracteriza porque todo su procedimiento investigación se circunscribe a la materia se realiza por escrito. Algunos autores de judicial, y el procedimiento tributario Derecho Administrativo consideran que sancionador es de índole administrativa, esta es una característica importante únicamente se describirá a grandes rasgos de este proceso: “Otro fundamento del el mencionado procedimiento, ya que procedimiento administrativo se refiere a de este dependen en buena medida los la necesaria manifestación y constancia procesos económico coactivo y contencioso escrita de los actos que lo integran. Esto administrativo, los cuales sí son objeto de constituye una garantía de seguridad esta investigación. jurídica para el particular y para la misma Administración”. El procedimiento tributario sancionador está a cargo de la Superintendencia de Sin embargo esos argumentos resultan Administración Tributaria –SAT- desde descontextualizados a tenor de los avances su inicio hasta su finalización. El artículo tecnológicos, ya que actualmente las 98 del CT establece como facultad de la grabaciones de audio o vídeo permiten SAT: 4. “Sancionar a los contribuyentes y dejar plena constancia de las actuaciones responsables, de acuerdo con este código procesales, respetando así la seguridad y demás leyes tributarias”. Por su parte, el jurídica de los contribuyentes y de la artículo 100 del mismo cuerpo legal otorga Administración Tributaria. facultades de investigación y fiscalización a la SAT. Además, los procesos orales garantizan la inmediación de los actores (autoridad “Artículo 100. Elementos de fiscalización. La Administración Tributaria tendrá facultades de fiscalización e investigación. Para Calderón, H. y Amenós, J. (2005), “El procedimiento el efecto tomará como base entre otros: 1. Libros, documentos y administrativo”, p. 218. archivos, o sistemas de contabilidad del contribuyente que se 18 Los procesos contencioso administrativo y económico coactivo como forma de cobro de las obligaciones tributarias
  • 33. La eficiencia de la captación fiscal por la vía judicial Cuando la SAT, por medio de la Una vez determinado de oficio el monto de verificación de las declaraciones y los datos la infracción, se notifica al contribuyente proporcionados por el contribuyente, o dándole un plazo de treinta días hábiles, a por las inspecciones y determinaciones efecto de que –si existe inconformidad desu que realiza mediante sus Intendencias parte– presente pruebas que demuestren de fiscalización, encuentra indicios de que la determinación de la SAT no es la comisión de una infracción tributaria, correcta (artículo 146 CT). debe iniciar el procedimiento tributario sancionador. Durante el período de los 30 días el contribuyente debe contestar la Como primer punto, la SAT debe requerir notificación y solicitar apertura a prueba. al contribuyente la presentación de las El período de prueba tiene una duración declaraciones omitidas, fijando para ello improrrogable de 30 días y es otorgado el plazo de diez días (artículo 107 CT). Si con la mera solicitud; comienza a correr transcurrido ese plazo el contribuyente a partir del sexto día hábil posterior al día no presentara las declaraciones o la del vencimiento del plazo conferido para información requerida, la SAT formulará evacuar la audiencia. Este plazo puede la determinación de oficio del impuesto, declararse vencido antes de su finalización, así como las sanciones o intereses que cuando las pruebas se hayan aportado corresponda. y las partes interesadas así lo requieran (artículo 143 CT). De conformidad con En este punto se debe tomar en cuenta los artículos 142 y 143 del CT, durante que el procedimiento establecido en el CT este período podrán utilizarse todos los para las notificaciones presenta un avance medios de prueba admitidos en Derecho. importante: la posibilidad de notificar En cualquier caso, se haya o no evacuado al contribuyente en las direcciones audiencia y de oficio o a solicitud de parte, electrónicas que para tal efecto se tengan la SAT puede dictar resolución en un plazo registradas (artículo 133 CT). Se considera no mayor de 15 días, durante los cual cabe que, de ser aplicada esta medida, permitirá ordenar que se tenga a la vista cualquier reducir significativamente los plazos del documento que se crea conveniente, que procedimiento. Sin embargo, la información se practique cualquier diligencia que se recopilada indica que la práctica común considere necesaria o que se amplíen las en los procedimientos es la cédula de que ya se hayan realizado (artículo 144 notificación entregada personalmente al CT). contribuyente; de acuerdo con la Ley del Organismo Judicial, el plazo máximo para Concluido el procedimiento, en el plazo las notificaciones es de diez días. de treinta días hábiles la SAT dictará la resolución final, que incluye la relacionan con sus actividades económicas y financieras…2. Informaciones referentes a volúmenes o cantidades y valores de los bienes que se importen o exporten. 3.Tiene la facultad de requerir del En la doctrina procesal se conoce como “plazo para mejor contribuyente y éste esta obligado a presentar las copias, fotocopias, fallar” o “plazo para mejor resolver” a un período durante el cual copias electrónicas o por cualquier otro medio, de la documentación la autoridad que debe resolver el procedimiento se toma un tiempo y archivos almacenados en papel o medios magnéticos, ópticos u para estudiar las pruebas presentadas por las partes, pudiéndose otros dispositivos de almacenamiento digital”. incluso incorporar nuevas pruebas de oficio. Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales - ICEFI - 19