Este manual proporciona orientación a los alcaldes auxiliares sobre sus funciones y responsabilidades. Entre estas se incluyen hacer cumplir las leyes municipales, resolver problemas comunitarios, denunciar delitos, y colaborar con departamentos como policía, desarrollo comunitario y ambiental. También explica conceptos como jurisdicción, requisitos para el cargo, y la implementación de leyes secas en ciertas aldeas.
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Manual alcaldes auxiliares
1. MANUAL DE LOS ALCALDES AUXILIARES DEL MUNICIPIO DE COMAYAGUA.
El presente Manualtiene como objetivo que el mismo sirva como una herramienta
de consulta y de guía de los Alcaldes Auxiliares para que puedan desempeñar su
labor en las Aldeas o caseríos de esta Jurisdicción Municipal, dentro del Marco
Legal, para que desempeñen la misma con respeto y consideración de sus vecinos.
CONCEPTOS.
ALCALDES AUXILIARES: Son Delegados de los Alcaldes Municipales y funcionan
como sus representantes directos en la Jurisdicción Municipal que les haya sido
asignada.
JURISDICCIÓN: Es el espacio geográfico que le corresponde a un país,
departamento, municipio, aldea, caserío, barrio, colonia.
JUEZ DE POLICIA: Es el Profesional del Derecho encargado de administrar justicia
en el edificio público municipal, la misma la aplicara con independencia de criterios,
implementando el Procedimiento Gubernativo, el cual consiste en conocer y fallar
sin forma nifigura de juicio. Adquiriendo el funcionario su convicción por cualquier
medio de o prueba establecido por las leyes.
DEPARTAMENTO MUNICIPAL DE JUSTICIA: ES un Departamento de la Alcaldía
Municipal cuya función es hacer cumplir las Ordenanzas Municipales, leyes
nacionales, acuerdos y resoluciones, planes de árbitros que emita tanto la
corporación Municipal como el estado de Honduras
SECRETARIA DE SEGURIDAD: Es el ente encargado de lo concerniente a la
formulación de la Política nacional de seguridad interior y de los
programas, planes, proyectos y estrategias de seguridad, lo relativo al
2. mantenimiento y restablecimiento del orden público para la pacífica
armónica convivencia.
POLICIA NACIONAL: Es el órgano uniformado y encargado de mantener el orden y
la seguridad pública el Estado.
DIRECCION POLICIAL DE INVESTIGACION: Dirige la investigación de los
delitos de acción pública, actuando con objetividad, imparcialidad legal en
los términos que la ley establece.
MINISTERIO PÚBLICO: Es un órgano con autonomía funcional y
administrativa, que representa a la sociedad ante los órganos
jurisdiccionales para velar por el respeto de los derechos y de las garantías
constitucionales; promover la acción penal pública en defensa del
patrimonio público y social, del medio ambiente y de otros intereses
difusos y de los derechos de los pueblos indígenas,y ejercer la acción penal
en los casos en que para iniciarlao proseguirla no fuese necesaria instancia
de parte.
ORDENANZA: Es la norma jurídica emanada de la corporación municipal para
regular el funcionamiento de su conducta o alguna actividad.
PATRONATO: Sociedad organizada dedicada a fines benéficos, o junta de personas
que dirigen o vigilan los asuntos de un organismo social.
REQUISITOS PARA OBTAR AL CARGO DE ALCALDE AUXILIAR
Para ser alcaldes auxiliares se requiere los siguientes requisitos;
a) Ser mayor de dieciocho años y estar en el ejercicio de sus derechos civiles
b) Saber leer y escribir.
c) Ser hondureño nacido en el Municipio o estar domiciliado por más de cinco
3. años. Consecutivos.
Habrá AlcaldesAuxiliares en barrios, colonias, aldeas propuestos en cada una de
ellas por la Asamblea popular respectiva, los cuales serán acreditados por el
Alcalde correspondiente.
El nombramiento de los Alcaldes auxiliares deberá recaer en personas de
reconocida honorabilidad, que sepan leer y escribir.
Todas las Autoridadesde la Administración central y del propio municipio están
en la obligación de cooperar con el Alcalde Auxiliar para el cumplimiento
eficiente de sus funciones eficiente.
Los Alcaldes Auxiliares solo podrán ser removidos por negligencia manifiesta,
incapacidad física o mental, así como por actos reñidos con la ley o la moral.
LA FUNCION POLICIAL:
Se ejerce en toda la república por las siguientes autoridades, artículo 10 de
la Ley de Policía y de Convivencia Social:
a).-Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía
Nacional.
b).-Los Departamentos Municipales de Justicia.
c).- Las Oficinas de Conciliación.
d).- Alcaldes Auxiliares.
FUNCIONES GENERALES DE LOS ALCALDES AUXILIARES.
a) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, ordenanzas y demás
disposiciones emitidas por la Corporación o el Alcalde Municipalen el ámbito
de su jurisdicción.
4. b) Por delegación expresa del Alcalde, resolver problemas o conflictos que sean
de su competencia municipal en su jurisdicción.
c) Recibir y atender información, reclamos, quejas e inquietudes de los vecinos
sobre asuntos que afecten el bienestar de la comunidad, cuando la decisión
no esté a su alcance administrativo., las que podrán en conocimiento del
Alcalde Municipal o del Juez de Policía, para que se evacue en forma
pertinente.
d) Recibir toda notificación que le hagan los vecinos sobre bienes extraviados o
aparecimiento de personal extraño a la comunidad.
e) Colaborar con el Patronatoen la realización de todos los proyectos que sean
para beneficio de la comunidad en citar a los vecinos para que contribuyan
con los mismos, ya sean en las áreas de salud, saneamiento, carreteras,
escuela, y otros..
f) Las demás que por ley le corresponda.
FUNCIONES RELACIONADAS CON EL DEPARTAMENTO MUNICIPAL
AMBIENTAL:
a) Aprovechamiento no comercialde madera, esel que se utiliza en la casa y no
tiene ningún beneficio comercial, ya que el mismo se aprovecha para
reparación o construcción de una vivienda
Responsabilidades de los Alcaldes Auxiliares en relación a los
aprovechamientos no comerciales.
1.- firmar el dictamen de inspección.
2.- Monitoreo del aprovechamiento.
5. 3.- extender Constancia en la cual se haga constar que dicha madera será
utilizada para la construcción o reparación de una vivienda.
El Alcalde Auxiliar será un miembro ex oficio de las Juntas Directivas de las
Juntas Administradoras de Agua, el cual tendrá derecho a voz, pero no a voto,
según lo establecido en el artículo 36 del Reglamentode la Ley Marco del Sector
Agua Potable y saneamiento.
FUNCIONES RELACIONADAS DE LOS ALCALDES AUXILIARES CON EL
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO COMUNITARIO.
Mantener comunicación permanente entre la comunidad y el Gobierno
local (Corporación Municipal), a trave4s del Departamento de Desarrollo
Comunitario.
Informar a través del Departamento de Desarrollo Comunitario a las
Comunidades sobre las Legislaciones Municipales que emita la misma:
1. Ley de Municipalidades.
2. Leyes Ambientales.
3. Ordenanzas Municipales.
4. Comunicados.
5. Resoluciones
6. Acuerdos.
Apoyar las convocatorias para las reuniones comunitarias en la
comunidad.
Asistir a eventos de capacitación y reuniones de trabajo promovidas por
la Alcaldía Municipal.
Coordinar con el Departamento de Desarrollo Comunitario la
6. investigación de diagnósticos de la Comunidad y actualizaciones de
datos.
Acompañamiento de eventos en la comunidad con otras organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales.
Vigilar y denunciar acciones que ponen en riesgo el Medio Ambiente.
Convocar y coordinar en el Departamento en el Departamento de
Desarrollo Comunitario las actividades orientadas a atender problemas
de emergencias producidas por fenómenos naturales u otros diferentes a
estos.
Solicitar y canalizar la participación de cabildos abiertos cuando la
comunidad lo necesite.
FUNCIONES RELACIONADAS CON LA POLICIA NACIONAL.
1. Denunciar cualquier delito que se cometa en su aldea, barrio o caserío.
2. Reportar a la policía de la presencia de personas extrañas a la comunidad.
3.- Colaboración con la policía nacionalen cualquier actividad que tenga que ver
con la seguridad.
4.- Colaborar y coordinar con las mesas de seguridad ciudadana, que se haya
conformado en la Aldea por la comunidad y autorizado por parte de la Policía
Nacional.
ORDENANZAS: Es la Norma Jurídica escrita emanada de la Corporación Municipal
para regular el funcionamiento de su conducta o alguna actividad específica.
Las Ordenanzas Municipales deben de ser cumplida por los vecinos y el alcalde
auxiliar debe velar por el cumplimiento de las mismas.
7. Ordenanzas Ambientales.
a.- Tala de Bosques,
b.- Control de Aguas Mieles.
C .- Ordenanzas de Regulación de Agroquímicos
d.- Casería Ilegal.
e).- Prohibición de quemas.
f) Quema de basura en donde hay tren de aseo.
DEFINICION DE LEY SECA:
Es la Declaratoria que emite la Corporación mediante una resolución en la cual
resuelve declarar ley seca en una determinada comunidad, la cual se decreta
después de recibir la solicitud de los vecinos, exponiendo la problemática que
están adoleciendo, firmando toda la asamblea dicha solicitud, posteriormente el
departamento municipal de Justicia, verifica a petición de la Corporación
Municipal la veracidad de dicha solicitud y de la problemática planteada,
posteriormente este departamento emite un informe de la investigación
realizada el cual se remite a la corporación para que desestime la misma o la
apruebe .
Aldeas en las que se ha implementado Ley Secas:
1. La Brea 16.-San Antonio de Cañas.
2. La Laguna. 17.-Cacahuapa.
3. La Escalera 18.-Lagunitas de Esquipulas.
8. 4. Portillo de la Mora. 19.-Caarboneras del Peñón.
5. San José del Injerto. 20.- El Sauce.
6. Santa Rora de Buenas Noches. 21.- La Sampedrana.
7. El Tule. 22.-Agua Salada.
8. Palo Colorado. 23.-Planes del Horno.
9. San Miguel de Selguapa. 24.- Piedras Azules.
10.Veracruz. 25.- Colonia 9 de Marzo.
11.Concepción del Horno. 26.-Valle de Ángeles.
12.Corralitos. 27.- El Roblito.
13.El Pichingo. 28.- El Sitio.
14.El Resumidero. 29.- San José de Pane.
15.Las Anonas. 30.- El Ciruelo.