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Yarledy Gutierrez Fierro
Martha Lucia Muelas Riascos
INTRODUCCION
El estudio de este modulo presenta la organización
general de un municipio colombiano. Explica cada una
de las ramas de los poderes municipales.
Se pone énfasis en los cambios introducidos por la nueva
ley de acuerdo a la constitución de 1991.
Se enfatiza el fortalecimiento fiscal del municipio por los
nuevos aportes e ingresos que antes eran destinados al
Departamento o la Nación.
OBJETIVOS GENERALES
1.   Identificar la estructura administrativa y política de un
     municipio colombiano.
2.   Identificar el proceso que señala la ley para la
     constitución de un municipio.
3.   Explicar la función administrativa, política y social de
     cada una de las ramas del poder publico de un municipio.
4.   Explicar la importancia del cargo de Alcalde y las
     funciones que señala la nueva ley.
5.   Despertar conciencia de la responsabilidad ciudadana en
     la elección popular de alcaldes y de concejales.
6.   Explica el alcance democrático de la elección popular de
     alcaldes.
7.   Analizar en que consiste analizar la autonomía
     administrativa y fiscal del municipio.
MOTIVACION
 Los colombianos tenemos     El sistema democrático nos
 el derecho y el deber de      exige participación
 saber y aprender como         electoral.
 estamos gobernados, saber
 que hacen y que funciones
 desempeñan nuestros
 gobernantes. La marcha
 del gobierno municipal
 afecta todos nuestros
 intereses, nuestras
 convivencias y nuestro
 bienestar.
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO
 OBJETIVOS
1. Distinguir las autoridades del municipio.
2. Explicar las funciones de las autoridades en el
   municipio.
3. Identificar el proceso legal mediante el cual un
   poblado adquiere la categoría del municipio.
A. EL MUNICIPIO COLOMBIANO
 La nación colombiana       La población, la
 esta conformada por         conforman una reunión
 las siguientes              de familia, un poblado de
 entidades territoriales:    casas (casco urbano), las
 departamentos,              tierras, campos o fincas
 distritos, municipios y     (zona rural)
 territorios indígenas.
B. ¿QUIEN GOBIERNA EL
MUNICIPIO?
 El municipio esta representado por tres ramas que son:
 la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Los diferentes
 órganos del estado tienen funciones separadas pero
 colaboran armónicamente para la consecución de sus
 fines.
LOS MUNICIPIOS TIENE LOS
SIGUIENTES DERECHOS:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer las competencias que le correspondan, lo que
   significa que el municipio debe asumir las
   responsabilidades que determinen la ley en materia
   económica, de servicios públicos, participación
   comunitaria y mejoramiento social y cultural.
3. Administra los recursos presupuestales que la nación
   le asigne.
C. PROCESO Y REQUISITOS PARA LA
CREACION DE UN MUNICIPIO
 Corresponde a las asambleas departamentales por
 medio de ordenanzas crear y suprimir municipios y
 fijar los limites entre las diferentes áreas de un
 municipio.
 Los requisitos exigidos por la ley para que una parte
   del territorio de un departamento pueda constituirse
   en un municipio son los siguientes:
1.   Numero de Habitantes
El Municipio debe tener por lo menos 20.000 habitantes según
certificación detallada del DANE.
2. Capacidad de organizar un presupuesto
El Municipio debe mostrar capacidad para organizar un presupuesto
anual no inferior a $1.500.000.
3. Cabecera del Municipio
Todo municipio tiene una zona urbana y una zona rural. La zona
urbana es el poblado que sirve de cabecera para el municipio. Allí
deberán habitar no menos de 3.000 personas.
4. Solicitud de creación
La creación del municipio debe ser solicitada por no menos de 4.000
ciudadanos domiciliados dentro de los limites que se piden para el
nuevo municipio.
5. Concepto de planeación departamental
Los organismos departamentales de planeación deberán dar un
concepto sobre la convivencia económica y social del municipio.
6. Funcionamiento previo de una Junta Administradora
Esta junta deberá haber funcionado durante el año anterior a la
creación del municipio en ese territorio y organizada según l
determina el código de régimen municipal.
C. URBANISMO
 Todo municipio comprende un área urbana y área
  rural.
 El planeamiento del desarrollo del municipio incluirá
  sectores residenciales, cívicos, comerciales,
  industriales y de recreación.
 A los consejos municipales les corresponde indicar el
  trazado de las calles y las poblaciones , y conceder
  permiso a las empresas que estén trabajando para el
  bienestar de los ciudadanos.
D. LOS TERRITORIOS INDIGENAS
 La conformación de las entidades territoriales
 indígenas se hará de acurdo con lo dispuesto de la ley
 Orgánica de Ordenamiento Territorial, y será realizada
 por el gobierno nacional con participación de las
 comunidades indígenas.
RAMA LEGISLATIVA EN EL
       MUNICIPIO: EL CONCEJO
Objetivos
1. Identificar las funciones del consejo municipal.
2. Explicar los requisitos que exige la ley para que un
   ciudadano pueda ser elegido Concejal.
3. Reconocer las responsabilidades que tienen los
   ciudadanos de elegir Concejales que actúen en
   función del progreso y del Municipio.
4. Participara mediante el voto responsable en la
   elección de concejales.
A. EL CONCEJO MUNICIPAL
   Las funciones especificas que cumplen los concejos
    son actos administrativos que deben estar siempre en
    relación con los intereses y beneficios de su
    respectivo Municipio.
   Estas funciones son las siguientes:
1.  Expedir el presupuesto anual de rentas y gastos con base en el
    proyecto de Acuerdo presentado por el Alcalde y la junta
    administradora locales.
2. Decretar impuestos y contribuciones.
3. Adoptar planes y programas de desarrollo económico y social
    y de obras publicas.
4. Dictar las normas necesarias para la prestación de los
    servicios públicos municipales.
5. Determinar la estructura u organización administrativa de l
    Municipio.
6. Elegir personero y tesorero y los demás funcionarios que la
    ley determina.
7. Dictar medidas de policía local.
8. Conceder autorizaciones al Alcalde
9. Controlar el funcionamiento de la administración municipal
10. Emitir conceptos y opciones en los casos que la constitución y
    las leyes le enseñen
B. JUNTAS ADMINISTRATIVAS
LOCALES
 Son corporaciones publicas de elección popular están
  constituidas por los ciudadanos de cada localidad que
  se postulan escriben en las respectivas registradurias
  para su elección.
 Los miembros de las juntas se llaman Ediles
C. AREAS METROPOLITANAS
 Los municipios podrán asociarse para construir áreas
  metropolitanas con el fin de desarrollar programas de
  prestación de servicios. Estas obras deberán ser
  sostenidas con las rentas de este municipio.
 La misión del concejo se puede resumir en dos
  palabras: coadministrar y fiscalizar.
D. PROHIBICIONES
Esta expresamente prohibido a los concejos.
 Obligar a los habitantes a contribuir con dineros o servicios
  para fiestas o regocijos públicos.
 Pagar dichas fiestas o regocijos con fondos municipales.
 Perdonar deudas a favor del municipio.
 Gravar con impuesto el transito de objetos por el territorio
  de los municipios.
 Aplicar los bienes o rentas municipales con fines distintos
  al servicio publico.
 Gravar con impuestos objetos ya grabados por la nación o
  por el departamento.
E. CONCEJALES
 Para ser elegido concejal se requiere ser colombiano y
  no haber sido condenado a pena de prisión ni haber
  sido sancionado con la perdida de la ciudadanía.
 Debemos votar únicamente por aquellos ciudadanos
  que sobresalen por su preparación, inteligencia,
  honestidad, trabajo y espíritu de servicio a la
  comunidad.
RAMA EJECUTIVA EN EL
       MUNICIPIO: LA ALCALDIA
Objetivos
1. Reconocer los factores que hacen importante el cargo
   de alcalde municipal.
2. Identificar sus funciones como primera autoridad del
   municipio.
3. Reconocer la elección popular de alcalde como medio
   de participación democrática para decidir el destino
   del municipio.
4. Votar en forma responsable y consciente para elegir
   Alcalde del Municipio.
A. ALCALDE MUNICIPAL
    El alcalde es la primera autoridad del municipio y por
     tanto es el encargado de cumplir y hacer cumplir en su
     respectivo territorio la Constitución Nacional, las leyes de
     la república, las ordenanzas de la asamblea y los acuerdos
     del consejo en su municipio.
1.   Importancia del cargo
    Es el jefe de la administración municipal.
    Es quien hace cumplir los acuerdos del concejo.
    Es quien dirige la operación administrativa.
    Es el jefe de policía en el municipio.
    Es el representante legal en todos los casos que se
     requiere.
2.  Funciones del Alcalde
Las funciones del Alcalde son las siguientes:
En cuanto a las leyes y el concejo
1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, leyes, acuerdos,
    decretos y ordenanzas.
2. Cuidar de que el concejo se reúna oportunamente,
    desempeñe los deberes que le corresponde y convocarlo a
    reuniones extraordinarias.
3. Suministrar al concejo los informes que soliciten para el
    buen desempeño de sus funciones.
4. Conservar el orden publico en el municipio de
    conformidad con la ley.
5. Presentar al concejo las proyectos de acuerdo que juzgue
    convenientes para la buena marcha del municipio
6. Aprobar o rechazar los acuerdos expedidos por el concejo
En cuanto a la administración
7. Velar porque los empleados municipales
   desempeñen oportuna y débilmente sus funciones.
8. Nombrar y remover libremente los empleados de su
   oficina.
9. Dictar las normas necesarias para la administración
   del personal que prestan sus servicios en el
   municipio
En cuanto al presupuesto y reglamentos
10. Ordenar los gastos municipales. Presentar el
    proyecto de acuerdo del presupuesto, que deberá ser
    aprobado por el concejo municipal.
En cuanto a inspección
11. Inspeccionar con frecuencia los establecimientos
    públicos para que marchen con regularidad
3. Elección
 A partir de año 2004 lo alcaldes serán elegidos
     directamente por el voto de los ciudadanos por un
     periodo de 4 años y ninguno podrá ser reelegido para
     el siguiente periodo.
    Nadie podrá ser elegido simultáneamente: Alcalde y
     Congresista, Diputado o Concejal
4.   Requisitos para ser alcalde
    Ser mayor de 18 años
    Ser de nacionalidad colombiana, ya sea por
     nacimiento o adaptación
    No haber perdido la nacionalidad por cualquier
     causa
B.RELACION ENTRE EL ALCALDE Y
EL CONCEJO
• El concejo debe autorizar al alcalde para celebrar contratos en el
  municipio
• Debe además determinar la estructura de la administración
  municipal y las funciones de su independencia
Por su parte le corresponde al alcalde
 Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el
  concejo
 Colaborar con el concejo para el buen desempeño de sus
  funciones
 Presentar informes generales sobre su administración de
  sesiones extraordinarias
 Convocar al concejo a sesiones extraordinarias cuando fuere
  necesario
C.RELACION ENTRE EL ALCALDE Y LA
ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL
Y NACIONAL
 El alcalde debe mantener coordinación con los
  diferentes organismos de el gobierno nacional y
  departamental tales como ministerios, departamentos
  administrativos, establecimientos públicos (por medio
  de los funcionarios respectivos a nivel municipal).
 La planeación municipal se debe hacer en
  coordinación con los planes y programas del gobierno
  nacional y del departamental.
D.RELACIONES ENTRE EL ALCALDE
Y LA COMUNIDAD
 El alcalde debe ser líder de la comunidad municipal,
  esto quiere decir que es la persona encargada de velar
  por el desarrollo integral de la sociedad local, de
  solucionar los problemas colectivos y de establecer las
  relaciones adecuadas con las organizaciones e
  instituciones que existen en el municipio
 A nivel del municipio es donde realmente se viven los
  problemas y en donde con mayor precisión se observan
  los efectos de las soluciones sociales
E. IMPORTANCIA DE LA ELECCION
DE ALCALDES
 La elección de Alcaldes significa un gran cambio en el
 sistema político del país.
El Alcalde es escogido por la mayoría de los ciudadanos,
 esto implica que la gente deberá dar su voto para
 escoger a la persona que mejor corresponda a sus
 intereses y al compromiso con las comunidades.
 Se requiere que el voto de los ciudadanos sea libre,
 responsable y a conciencia.
El Alcalde tendrá mucho poder en el municipio, así que
 tendrá que invertir en obras y servicios para la
 comunidad.
RAMA JUDICIAL EN EL MUNICIPIO:
       LOS JUZGADOS
Objetivos
1. Identificar la organización de la rama judicial en
   Colombia y en el municipio.
2. Distinguir las facultades que tiene los jueces de
   diversas categorías para resolver denuncias.
3. Reconocer la autoridad que tiene el juez como el
   funcionario del Estado encargado de administrar
   justicia a nivel municipal.
A. LOS JUZGADOS
 La rama judicial del poder publico esta representada
  en el municipio por medio de los juzgados . Al frente
  de cada juzgado se halla un juez.
 El juez es la persona encargada de administrar justicia
  y pronunciar sentencias en su jurisdicción o territorio.
  Los jueces son nombrados por los tribunales
  superiores del Distrito judicial.
 En cada municipio debe haber uno o
  varios jueces.
1.   El Juez Civil Municipal
Atiende los asuntos civiles de menor y mínima cuantía como resolución de
contratos, cobro ejecutivo de deudas, sucesiones, proceso de alimentos,
matrimonios civiles, linderos, etc.
2. El Juez Penal Municipal
Atiende los denuncios sobre delitos (hurto, lesiones, homicidios, homicidios,
calumnias, especulación, acaparamiento, la libertad y el honor sexual de las
personas, etc.).
3.   Los Jueces del Circuito
- Civiles, Penales y Laborales- atienden respectivamente, los asuntos civiles,
penales y laborales de mayor importancia.
4. Los Jueces de Menores
Deben resolver asuntos en los cuales estén involucrados menores de edad por
cometer delitos.
5.    Los Jueces Superiores
Solo conocen de asuntos penales graves como homicidios, falsedades,
rebelión, sedición, asonada, (estos tres últimos son los llamados delitos
políticos).
6. Los Jueces de Instrucción Criminal
Solo adelantan o conocen de la fase investigativa del proceso penal o sumario
y por consiguiente no dictan sentencias condenatorias o absolutorias.
B. AUTOS Y SENTENCIAS
 Las decisiones de los jueces de llaman autos y
  sentencias. Los autos pueden ser de dos clases:
  Interlocutorios y de sustanciación.
 Los autos interlocutorios son los que se pronuncian
  para resolver cuestiones de fondo dentro del proceso y
  se deben notificar a la persona interesada. Los autos de
  sustanciación son los que ordenan seguir adelante con
  el proceso, es decir, son de tramite.
 Las sentencias son las decisiones que ponen fin al
  proceso condenando o absolviendo al acusado (absolver
  es dar por libre al acusado).
 Tanto los autos como las sentencias son de obligatorio
  cumplimiento. Si un ciudadano no esta de acuerdo con
  la decisión del juez puede y debe demandar ante el
  inmediato superior del juez o a la Corte Suprema de
  Justicia según el caso.
 El poder Judicial es el encargado de administrar
  justicia. Esta rama esta integrada por los jueces. La
  Corte Suprema de Justicia, el Consejo del Estado, la
  Corte Constitucional, la Fiscalía General de la Nación y
  el Consejo Superior de la Judicatura, como lo muestra
  el siguiente grafico.
RAMAS DE LA JUSTICIA EN
COLOMBIA A NIVEL NACIONAL
                            - Corte Suprema de Justicia
            JURISDICCION    - Tribunales Superiores
             ORDINARIA      -Juzgados Instrucción Criminal,
                            Laboral y Municipal
                            - Consejo de Estado
            JURISDICCION
                            - Sala de lo contencioso –
            CONTENCIOSA     administrativo
JUSTICIA   ADMINISTRATIVA
                            - Sala de Consulta y Servicio Civil

            JURISDICCION
           CONSTITUCIONAL   - Corte Constitucional


                            - Autoridades de los pueblos
           JURISDICCIONES   indígenas
             ESPECIALES
                            -Jueces de paz
 La rama de la Jurisdicción Ordinaria es la encargada de
  juzgar los delitos cometidos por cualquier ciudadano, pero
  si son cometidos por Presidente, Ministros, Congresistas,
  serán juzgados por la Corte Suprema de Justicia.
 La rama de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa
  actúa como cuerpo consultivo del Gobierno en asuntos de
  administración.
 La rama de la Jurisdicción Constitucional esta
  encabezada por la Corte Constitucional. Cualquier
  ciudadano puede demandar una ley ante seta corte si le
  parece que viola la constitución, o los derechos y garantías
  consagradas en ella.
 La rama de las Jurisdicciones Especiales es la encargada
  de resolver conflictos individuales y comunitarios en las
  comunidades indígenas, para la cual se crearon los jueces
  de paz.
ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN Y
           CONTROL
Objetivos
1. Establecer las relaciones entre las funciones del
   personero y las necesidades de los ciudadanos.
2. Identificar las funciones del tesorero y su
   responsabilidad ante la comunidad en el manejo de
   los dineros del municipio.
A. ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN Y
CONTROL DEL MUNICIPIO
 La personería y la tesorería son los órganos de
  fiscalización del municipio.
 Tales organismos son independientes de las tres ramas
  del poder publico. El personero y el tesorero son
  nombrados por el Concejo Municipal.
 El personero es el agente del Ministerio Publico. El
  debe velar por los intereses del municipio y por el bien
  de la sociedad.
B. EL PERSONERO
 En cada municipio habrá un personero. Para ser personero
  se requiere ser abogado titulado o haber terminado estudios
  de derecho.
 Este funcionario es agente del Ministerio Publico y tiene
  funciones de Fiscalizador y Defensor del Pueblo.
 Además el personero representara a los ciudadanos en los
  procesos penales ante los jueces municipales.
 La actuación de los personeros como Defensores del Pueblo
  en los procesos penales solo se cumplirá cuando lo ordene el
  procurador General del la Nación, cuando lo solicite el
  procesado o los perjudicados con el delito, y cuando los
  respectivos Personeros así lo decidan.
C. EL TESORERO
 El tesorero municipal es el funcionario encargado de la
  recaudación, manejo e inversión de los caudales (dineros), bienes
  y efectos (documentos negociables) de propiedad del municipio.
Son funciones del tesorero:
 Recaudar los impuestos, contribuciones y demás ingresos
  provenientes de las utilidades, por algún concepto ( rentas
  municipales).
 Pagar las cuentas debidamente legalizadas y que correspondan a
  gastos y obligaciones del municipio.
 Dirigir la contabilidad de la tesorería. Responder por los dineros
  que estén bajo se custodia y manejo.
 Ejercer las acciones que permite la ley para hacer efectivo el cobro
  puntual de los impuestos municipales.
 Rendir mensualmente a la Contraloría las cuentas de tesorería.
D. EL CONTRALOR
 Sera elegido por el Concejo Municipal solamente en
  aquellos municipios cuyo presupuesto anual sea
  superior a cincuenta millones de pesos ($50.000.000)
 Le corresponde al Contralor llevar el control de la
  contabilidad de municipio, revisar las cuentas de la
  administración y rendir informes sobre la situación del
  fisco (erario o tesoro publico) al contralor
  departamental.
 Ningún contralor podrá ser reelegido.
LAS FINANZAS DEL MUNICIPIO
Objetivos
1. Distinguir cuales son las fuentes de Ingreso de un
   municipio.
2. Identificar los gastos que le corresponde al municipio
   por conceptos de servicios sociales.
3. Estar consciente de la responsabilidad que tiene el
   municipio en el manejo correcto de sus rentas.
4. Participar en la fiscalización del buen manejo de los
   recursos fiscales del municipio.
A. ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y
SECTORES DE DESARROLLO MUNICIPAL
 Con recursos financieros disponibles y con autonomía
  para manejarlos le corresponderá a los municipios
  administrar sus propios servicios y sectores de
  desarrollo, así:
1. Sector de agua potable y saneamiento ambiental
Comprenderá la prestación de los servicios de agua
potable, saneamiento ambiental, matadero publico, aseo
publico y plaza de mercado.
2. Sector Salud
La construcción de centros y puestos de salud y
hospitales estar a cargo de los municipios. La
organización y el funcionamiento de las
instituciones hospitalarias de los municipios,
se regirán por las normas del sistema
Nacional de Salud.
3. Sector Educación
La construcción, dotación y mantenimiento de los
planteles escolares, e instalaciones
deportivas estarán a cargo de los
municipios.
4. Sector Agropecuario. Asistencia técnica
Sera prestada a pequeños productores para
la cual se utilizaran los resultados de las
investigaciones realizadas por el ICA y otros
organismos de investigación científica.
Adjudicación de baldíos nacionales
Los municipios levantara por medio de funcionarios su
dependencia o personal técnico por contratos, toda la
información necesaria para adjudicar los terrenos baldíos.
Desarrollo rural integrado
Estará dirigido a las áreas de economía campesina y zonas de
minifundio y colonización. Podrán los municipios participar
de los programas de producción de alimentos básicos y en
proyectos para el desarrollo social de las áreas rurales.
B. LOS INGRESOS DEL MUNICIPIO
 Los municipios podrán contar con los ingresos y
  contribuciones siguientes: por un lado los ingresos
  corrientes y por otro ingresos no tributarios.
1. Ingresos corrientes
a. Impuestos directos
 Impuesto predial
 Impuestos de Industria y comercio y de avisos y
    tableros
 Impuesto de industria y comercio al sector financiero
 Impuestos de circulación y transito
b. Impuestos Indirectos
    Impuestos de parque y arborización
    Impuesto de espectáculo publico
    Impuesto de degüello de ganado menor
    Impuestos sobre billetes de lotería, tiquetes, boletas
     de tarifas y apuestas y premios de las mismas
    Impuesto al valor agregado IVA


                       Licores         Servicios de salud y educación
     RENTAS
DEPARTAMENTALES
                       Loterías              Servicios de salud
2. Ingresos no tributarios
El municipio recibe otros ingresos que ya no son de
impuestos propiamente dichos, sino por pagos de
servicios que ofrece el gobierno. Tales son las tarifas de
los servicios públicos (acueducto, energía, alcantarillado
y teléfono) de mataderos, plazas de mercado. Ingresos
por conceptos de multas de contratos.
Otros ingresos mas importantes son aquellos por
compensación de costos tales como valorización y peajes
por construcción de caminos, pavimentación, parques,
urbanizaciones y otros.
B. PRESUPUESTO MUNICIPAL
 Se entiende por presupuesto el costo de una obra y
  también los gastos e ingresos de una institución u
  organismo publico.
 De acuerdo con la constitución de 1991, los municipios
  participan del presupuesto de la nación, esto quiere
  decir, que tendrán presupuesto propio. El monto
  presupuestal para cada municipio se incrementara del
  14% (1993) hasta alcanzar el 22% en el año 2000. Los
  dineros de presupuesto serán destinados a mejoras del
  municipio.
C. CONTROL FISCAL
 Los concejos de los municipios cuyo presupuesto anual
 será superior a 50.000.000 de pesos, podrán crear y
 organizar Contralorías que tengan a cargo la vigilancia
 del manejo del presupuesto (gestión fiscal). En los
 municipios donde no haya contraloría, la vigilancia de
 su gestión fiscal le corresponde a la contraloría
 Departamental.
Resumen
 La ley que descentraliza la administración y
  proporciona nuevos recursos económicos al municipio
  significa un fortalecimiento de los ingresos del
  municipio.
 Es de gran importancia que los ciudadanos estén
  atentos al desempeño de las funciones y al manejo
  correcto de los asuntos fiscales.
 E l mal manejo de los recursos del municipio seria una
  frustración mas a las aspiraciones de bienestar de los
  ciudadanos y quizás el agotamiento de la esperanza en
  el futuro y la confianza en los dirigentes políticos.
Bibliografía…
 Cafam
Caja de Compensación familiar Cafam
Subdirección de Educación
Departamento de Educación Continuada
 Ministerio de Educación Nacional
 Revolución Educativa Colombia Aprende

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Administracion del Estado Colombiano

  • 1. Yarledy Gutierrez Fierro Martha Lucia Muelas Riascos
  • 2. INTRODUCCION El estudio de este modulo presenta la organización general de un municipio colombiano. Explica cada una de las ramas de los poderes municipales. Se pone énfasis en los cambios introducidos por la nueva ley de acuerdo a la constitución de 1991. Se enfatiza el fortalecimiento fiscal del municipio por los nuevos aportes e ingresos que antes eran destinados al Departamento o la Nación.
  • 3. OBJETIVOS GENERALES 1. Identificar la estructura administrativa y política de un municipio colombiano. 2. Identificar el proceso que señala la ley para la constitución de un municipio. 3. Explicar la función administrativa, política y social de cada una de las ramas del poder publico de un municipio. 4. Explicar la importancia del cargo de Alcalde y las funciones que señala la nueva ley. 5. Despertar conciencia de la responsabilidad ciudadana en la elección popular de alcaldes y de concejales. 6. Explica el alcance democrático de la elección popular de alcaldes. 7. Analizar en que consiste analizar la autonomía administrativa y fiscal del municipio.
  • 4. MOTIVACION  Los colombianos tenemos  El sistema democrático nos el derecho y el deber de exige participación saber y aprender como electoral. estamos gobernados, saber que hacen y que funciones desempeñan nuestros gobernantes. La marcha del gobierno municipal afecta todos nuestros intereses, nuestras convivencias y nuestro bienestar.
  • 5. EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO  OBJETIVOS 1. Distinguir las autoridades del municipio. 2. Explicar las funciones de las autoridades en el municipio. 3. Identificar el proceso legal mediante el cual un poblado adquiere la categoría del municipio.
  • 6. A. EL MUNICIPIO COLOMBIANO  La nación colombiana  La población, la esta conformada por conforman una reunión las siguientes de familia, un poblado de entidades territoriales: casas (casco urbano), las departamentos, tierras, campos o fincas distritos, municipios y (zona rural) territorios indígenas.
  • 7. B. ¿QUIEN GOBIERNA EL MUNICIPIO?  El municipio esta representado por tres ramas que son: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Los diferentes órganos del estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la consecución de sus fines.
  • 8. LOS MUNICIPIOS TIENE LOS SIGUIENTES DERECHOS: 1. Gobernarse por autoridades propias. 2. Ejercer las competencias que le correspondan, lo que significa que el municipio debe asumir las responsabilidades que determinen la ley en materia económica, de servicios públicos, participación comunitaria y mejoramiento social y cultural. 3. Administra los recursos presupuestales que la nación le asigne.
  • 9. C. PROCESO Y REQUISITOS PARA LA CREACION DE UN MUNICIPIO  Corresponde a las asambleas departamentales por medio de ordenanzas crear y suprimir municipios y fijar los limites entre las diferentes áreas de un municipio.  Los requisitos exigidos por la ley para que una parte del territorio de un departamento pueda constituirse en un municipio son los siguientes:
  • 10. 1. Numero de Habitantes El Municipio debe tener por lo menos 20.000 habitantes según certificación detallada del DANE. 2. Capacidad de organizar un presupuesto El Municipio debe mostrar capacidad para organizar un presupuesto anual no inferior a $1.500.000. 3. Cabecera del Municipio Todo municipio tiene una zona urbana y una zona rural. La zona urbana es el poblado que sirve de cabecera para el municipio. Allí deberán habitar no menos de 3.000 personas. 4. Solicitud de creación La creación del municipio debe ser solicitada por no menos de 4.000 ciudadanos domiciliados dentro de los limites que se piden para el nuevo municipio. 5. Concepto de planeación departamental Los organismos departamentales de planeación deberán dar un concepto sobre la convivencia económica y social del municipio. 6. Funcionamiento previo de una Junta Administradora Esta junta deberá haber funcionado durante el año anterior a la creación del municipio en ese territorio y organizada según l determina el código de régimen municipal.
  • 11. C. URBANISMO  Todo municipio comprende un área urbana y área rural.  El planeamiento del desarrollo del municipio incluirá sectores residenciales, cívicos, comerciales, industriales y de recreación.  A los consejos municipales les corresponde indicar el trazado de las calles y las poblaciones , y conceder permiso a las empresas que estén trabajando para el bienestar de los ciudadanos.
  • 12. D. LOS TERRITORIOS INDIGENAS  La conformación de las entidades territoriales indígenas se hará de acurdo con lo dispuesto de la ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y será realizada por el gobierno nacional con participación de las comunidades indígenas.
  • 13. RAMA LEGISLATIVA EN EL MUNICIPIO: EL CONCEJO Objetivos 1. Identificar las funciones del consejo municipal. 2. Explicar los requisitos que exige la ley para que un ciudadano pueda ser elegido Concejal. 3. Reconocer las responsabilidades que tienen los ciudadanos de elegir Concejales que actúen en función del progreso y del Municipio. 4. Participara mediante el voto responsable en la elección de concejales.
  • 14. A. EL CONCEJO MUNICIPAL  Las funciones especificas que cumplen los concejos son actos administrativos que deben estar siempre en relación con los intereses y beneficios de su respectivo Municipio.  Estas funciones son las siguientes:
  • 15. 1. Expedir el presupuesto anual de rentas y gastos con base en el proyecto de Acuerdo presentado por el Alcalde y la junta administradora locales. 2. Decretar impuestos y contribuciones. 3. Adoptar planes y programas de desarrollo económico y social y de obras publicas. 4. Dictar las normas necesarias para la prestación de los servicios públicos municipales. 5. Determinar la estructura u organización administrativa de l Municipio. 6. Elegir personero y tesorero y los demás funcionarios que la ley determina. 7. Dictar medidas de policía local. 8. Conceder autorizaciones al Alcalde 9. Controlar el funcionamiento de la administración municipal 10. Emitir conceptos y opciones en los casos que la constitución y las leyes le enseñen
  • 16. B. JUNTAS ADMINISTRATIVAS LOCALES  Son corporaciones publicas de elección popular están constituidas por los ciudadanos de cada localidad que se postulan escriben en las respectivas registradurias para su elección.  Los miembros de las juntas se llaman Ediles
  • 17. C. AREAS METROPOLITANAS  Los municipios podrán asociarse para construir áreas metropolitanas con el fin de desarrollar programas de prestación de servicios. Estas obras deberán ser sostenidas con las rentas de este municipio.  La misión del concejo se puede resumir en dos palabras: coadministrar y fiscalizar.
  • 18. D. PROHIBICIONES Esta expresamente prohibido a los concejos.  Obligar a los habitantes a contribuir con dineros o servicios para fiestas o regocijos públicos.  Pagar dichas fiestas o regocijos con fondos municipales.  Perdonar deudas a favor del municipio.  Gravar con impuesto el transito de objetos por el territorio de los municipios.  Aplicar los bienes o rentas municipales con fines distintos al servicio publico.  Gravar con impuestos objetos ya grabados por la nación o por el departamento.
  • 19. E. CONCEJALES  Para ser elegido concejal se requiere ser colombiano y no haber sido condenado a pena de prisión ni haber sido sancionado con la perdida de la ciudadanía.  Debemos votar únicamente por aquellos ciudadanos que sobresalen por su preparación, inteligencia, honestidad, trabajo y espíritu de servicio a la comunidad.
  • 20. RAMA EJECUTIVA EN EL MUNICIPIO: LA ALCALDIA Objetivos 1. Reconocer los factores que hacen importante el cargo de alcalde municipal. 2. Identificar sus funciones como primera autoridad del municipio. 3. Reconocer la elección popular de alcalde como medio de participación democrática para decidir el destino del municipio. 4. Votar en forma responsable y consciente para elegir Alcalde del Municipio.
  • 21. A. ALCALDE MUNICIPAL  El alcalde es la primera autoridad del municipio y por tanto es el encargado de cumplir y hacer cumplir en su respectivo territorio la Constitución Nacional, las leyes de la república, las ordenanzas de la asamblea y los acuerdos del consejo en su municipio. 1. Importancia del cargo  Es el jefe de la administración municipal.  Es quien hace cumplir los acuerdos del concejo.  Es quien dirige la operación administrativa.  Es el jefe de policía en el municipio.  Es el representante legal en todos los casos que se requiere.
  • 22. 2. Funciones del Alcalde Las funciones del Alcalde son las siguientes: En cuanto a las leyes y el concejo 1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, leyes, acuerdos, decretos y ordenanzas. 2. Cuidar de que el concejo se reúna oportunamente, desempeñe los deberes que le corresponde y convocarlo a reuniones extraordinarias. 3. Suministrar al concejo los informes que soliciten para el buen desempeño de sus funciones. 4. Conservar el orden publico en el municipio de conformidad con la ley. 5. Presentar al concejo las proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio 6. Aprobar o rechazar los acuerdos expedidos por el concejo
  • 23. En cuanto a la administración 7. Velar porque los empleados municipales desempeñen oportuna y débilmente sus funciones. 8. Nombrar y remover libremente los empleados de su oficina. 9. Dictar las normas necesarias para la administración del personal que prestan sus servicios en el municipio
  • 24. En cuanto al presupuesto y reglamentos 10. Ordenar los gastos municipales. Presentar el proyecto de acuerdo del presupuesto, que deberá ser aprobado por el concejo municipal. En cuanto a inspección 11. Inspeccionar con frecuencia los establecimientos públicos para que marchen con regularidad
  • 25. 3. Elección  A partir de año 2004 lo alcaldes serán elegidos directamente por el voto de los ciudadanos por un periodo de 4 años y ninguno podrá ser reelegido para el siguiente periodo.  Nadie podrá ser elegido simultáneamente: Alcalde y Congresista, Diputado o Concejal 4. Requisitos para ser alcalde  Ser mayor de 18 años  Ser de nacionalidad colombiana, ya sea por nacimiento o adaptación  No haber perdido la nacionalidad por cualquier causa
  • 26. B.RELACION ENTRE EL ALCALDE Y EL CONCEJO • El concejo debe autorizar al alcalde para celebrar contratos en el municipio • Debe además determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de su independencia Por su parte le corresponde al alcalde  Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el concejo  Colaborar con el concejo para el buen desempeño de sus funciones  Presentar informes generales sobre su administración de sesiones extraordinarias  Convocar al concejo a sesiones extraordinarias cuando fuere necesario
  • 27. C.RELACION ENTRE EL ALCALDE Y LA ADMINISTRACION DEPARTAMENTAL Y NACIONAL  El alcalde debe mantener coordinación con los diferentes organismos de el gobierno nacional y departamental tales como ministerios, departamentos administrativos, establecimientos públicos (por medio de los funcionarios respectivos a nivel municipal).  La planeación municipal se debe hacer en coordinación con los planes y programas del gobierno nacional y del departamental.
  • 28. D.RELACIONES ENTRE EL ALCALDE Y LA COMUNIDAD  El alcalde debe ser líder de la comunidad municipal, esto quiere decir que es la persona encargada de velar por el desarrollo integral de la sociedad local, de solucionar los problemas colectivos y de establecer las relaciones adecuadas con las organizaciones e instituciones que existen en el municipio  A nivel del municipio es donde realmente se viven los problemas y en donde con mayor precisión se observan los efectos de las soluciones sociales
  • 29. E. IMPORTANCIA DE LA ELECCION DE ALCALDES  La elección de Alcaldes significa un gran cambio en el sistema político del país. El Alcalde es escogido por la mayoría de los ciudadanos, esto implica que la gente deberá dar su voto para escoger a la persona que mejor corresponda a sus intereses y al compromiso con las comunidades.  Se requiere que el voto de los ciudadanos sea libre, responsable y a conciencia. El Alcalde tendrá mucho poder en el municipio, así que tendrá que invertir en obras y servicios para la comunidad.
  • 30. RAMA JUDICIAL EN EL MUNICIPIO: LOS JUZGADOS Objetivos 1. Identificar la organización de la rama judicial en Colombia y en el municipio. 2. Distinguir las facultades que tiene los jueces de diversas categorías para resolver denuncias. 3. Reconocer la autoridad que tiene el juez como el funcionario del Estado encargado de administrar justicia a nivel municipal.
  • 31. A. LOS JUZGADOS  La rama judicial del poder publico esta representada en el municipio por medio de los juzgados . Al frente de cada juzgado se halla un juez.  El juez es la persona encargada de administrar justicia y pronunciar sentencias en su jurisdicción o territorio. Los jueces son nombrados por los tribunales superiores del Distrito judicial.  En cada municipio debe haber uno o varios jueces.
  • 32. 1. El Juez Civil Municipal Atiende los asuntos civiles de menor y mínima cuantía como resolución de contratos, cobro ejecutivo de deudas, sucesiones, proceso de alimentos, matrimonios civiles, linderos, etc. 2. El Juez Penal Municipal Atiende los denuncios sobre delitos (hurto, lesiones, homicidios, homicidios, calumnias, especulación, acaparamiento, la libertad y el honor sexual de las personas, etc.). 3. Los Jueces del Circuito - Civiles, Penales y Laborales- atienden respectivamente, los asuntos civiles, penales y laborales de mayor importancia. 4. Los Jueces de Menores Deben resolver asuntos en los cuales estén involucrados menores de edad por cometer delitos. 5. Los Jueces Superiores Solo conocen de asuntos penales graves como homicidios, falsedades, rebelión, sedición, asonada, (estos tres últimos son los llamados delitos políticos). 6. Los Jueces de Instrucción Criminal Solo adelantan o conocen de la fase investigativa del proceso penal o sumario y por consiguiente no dictan sentencias condenatorias o absolutorias.
  • 33. B. AUTOS Y SENTENCIAS  Las decisiones de los jueces de llaman autos y sentencias. Los autos pueden ser de dos clases: Interlocutorios y de sustanciación.  Los autos interlocutorios son los que se pronuncian para resolver cuestiones de fondo dentro del proceso y se deben notificar a la persona interesada. Los autos de sustanciación son los que ordenan seguir adelante con el proceso, es decir, son de tramite.  Las sentencias son las decisiones que ponen fin al proceso condenando o absolviendo al acusado (absolver es dar por libre al acusado).
  • 34.  Tanto los autos como las sentencias son de obligatorio cumplimiento. Si un ciudadano no esta de acuerdo con la decisión del juez puede y debe demandar ante el inmediato superior del juez o a la Corte Suprema de Justicia según el caso.  El poder Judicial es el encargado de administrar justicia. Esta rama esta integrada por los jueces. La Corte Suprema de Justicia, el Consejo del Estado, la Corte Constitucional, la Fiscalía General de la Nación y el Consejo Superior de la Judicatura, como lo muestra el siguiente grafico.
  • 35. RAMAS DE LA JUSTICIA EN COLOMBIA A NIVEL NACIONAL - Corte Suprema de Justicia JURISDICCION - Tribunales Superiores ORDINARIA -Juzgados Instrucción Criminal, Laboral y Municipal - Consejo de Estado JURISDICCION - Sala de lo contencioso – CONTENCIOSA administrativo JUSTICIA ADMINISTRATIVA - Sala de Consulta y Servicio Civil JURISDICCION CONSTITUCIONAL - Corte Constitucional - Autoridades de los pueblos JURISDICCIONES indígenas ESPECIALES -Jueces de paz
  • 36.  La rama de la Jurisdicción Ordinaria es la encargada de juzgar los delitos cometidos por cualquier ciudadano, pero si son cometidos por Presidente, Ministros, Congresistas, serán juzgados por la Corte Suprema de Justicia.  La rama de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa actúa como cuerpo consultivo del Gobierno en asuntos de administración.  La rama de la Jurisdicción Constitucional esta encabezada por la Corte Constitucional. Cualquier ciudadano puede demandar una ley ante seta corte si le parece que viola la constitución, o los derechos y garantías consagradas en ella.  La rama de las Jurisdicciones Especiales es la encargada de resolver conflictos individuales y comunitarios en las comunidades indígenas, para la cual se crearon los jueces de paz.
  • 37. ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Objetivos 1. Establecer las relaciones entre las funciones del personero y las necesidades de los ciudadanos. 2. Identificar las funciones del tesorero y su responsabilidad ante la comunidad en el manejo de los dineros del municipio.
  • 38. A. ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DEL MUNICIPIO  La personería y la tesorería son los órganos de fiscalización del municipio.  Tales organismos son independientes de las tres ramas del poder publico. El personero y el tesorero son nombrados por el Concejo Municipal.  El personero es el agente del Ministerio Publico. El debe velar por los intereses del municipio y por el bien de la sociedad.
  • 39. B. EL PERSONERO  En cada municipio habrá un personero. Para ser personero se requiere ser abogado titulado o haber terminado estudios de derecho.  Este funcionario es agente del Ministerio Publico y tiene funciones de Fiscalizador y Defensor del Pueblo.  Además el personero representara a los ciudadanos en los procesos penales ante los jueces municipales.  La actuación de los personeros como Defensores del Pueblo en los procesos penales solo se cumplirá cuando lo ordene el procurador General del la Nación, cuando lo solicite el procesado o los perjudicados con el delito, y cuando los respectivos Personeros así lo decidan.
  • 40. C. EL TESORERO  El tesorero municipal es el funcionario encargado de la recaudación, manejo e inversión de los caudales (dineros), bienes y efectos (documentos negociables) de propiedad del municipio. Son funciones del tesorero:  Recaudar los impuestos, contribuciones y demás ingresos provenientes de las utilidades, por algún concepto ( rentas municipales).  Pagar las cuentas debidamente legalizadas y que correspondan a gastos y obligaciones del municipio.  Dirigir la contabilidad de la tesorería. Responder por los dineros que estén bajo se custodia y manejo.  Ejercer las acciones que permite la ley para hacer efectivo el cobro puntual de los impuestos municipales.  Rendir mensualmente a la Contraloría las cuentas de tesorería.
  • 41. D. EL CONTRALOR  Sera elegido por el Concejo Municipal solamente en aquellos municipios cuyo presupuesto anual sea superior a cincuenta millones de pesos ($50.000.000)  Le corresponde al Contralor llevar el control de la contabilidad de municipio, revisar las cuentas de la administración y rendir informes sobre la situación del fisco (erario o tesoro publico) al contralor departamental.  Ningún contralor podrá ser reelegido.
  • 42. LAS FINANZAS DEL MUNICIPIO Objetivos 1. Distinguir cuales son las fuentes de Ingreso de un municipio. 2. Identificar los gastos que le corresponde al municipio por conceptos de servicios sociales. 3. Estar consciente de la responsabilidad que tiene el municipio en el manejo correcto de sus rentas. 4. Participar en la fiscalización del buen manejo de los recursos fiscales del municipio.
  • 43. A. ADMINISTRACION DE SERVICIOS Y SECTORES DE DESARROLLO MUNICIPAL  Con recursos financieros disponibles y con autonomía para manejarlos le corresponderá a los municipios administrar sus propios servicios y sectores de desarrollo, así: 1. Sector de agua potable y saneamiento ambiental Comprenderá la prestación de los servicios de agua potable, saneamiento ambiental, matadero publico, aseo publico y plaza de mercado.
  • 44. 2. Sector Salud La construcción de centros y puestos de salud y hospitales estar a cargo de los municipios. La organización y el funcionamiento de las instituciones hospitalarias de los municipios, se regirán por las normas del sistema Nacional de Salud. 3. Sector Educación La construcción, dotación y mantenimiento de los planteles escolares, e instalaciones deportivas estarán a cargo de los municipios.
  • 45. 4. Sector Agropecuario. Asistencia técnica Sera prestada a pequeños productores para la cual se utilizaran los resultados de las investigaciones realizadas por el ICA y otros organismos de investigación científica. Adjudicación de baldíos nacionales Los municipios levantara por medio de funcionarios su dependencia o personal técnico por contratos, toda la información necesaria para adjudicar los terrenos baldíos. Desarrollo rural integrado Estará dirigido a las áreas de economía campesina y zonas de minifundio y colonización. Podrán los municipios participar de los programas de producción de alimentos básicos y en proyectos para el desarrollo social de las áreas rurales.
  • 46. B. LOS INGRESOS DEL MUNICIPIO  Los municipios podrán contar con los ingresos y contribuciones siguientes: por un lado los ingresos corrientes y por otro ingresos no tributarios. 1. Ingresos corrientes a. Impuestos directos  Impuesto predial  Impuestos de Industria y comercio y de avisos y tableros  Impuesto de industria y comercio al sector financiero  Impuestos de circulación y transito
  • 47. b. Impuestos Indirectos  Impuestos de parque y arborización  Impuesto de espectáculo publico  Impuesto de degüello de ganado menor  Impuestos sobre billetes de lotería, tiquetes, boletas de tarifas y apuestas y premios de las mismas  Impuesto al valor agregado IVA Licores Servicios de salud y educación RENTAS DEPARTAMENTALES Loterías Servicios de salud
  • 48. 2. Ingresos no tributarios El municipio recibe otros ingresos que ya no son de impuestos propiamente dichos, sino por pagos de servicios que ofrece el gobierno. Tales son las tarifas de los servicios públicos (acueducto, energía, alcantarillado y teléfono) de mataderos, plazas de mercado. Ingresos por conceptos de multas de contratos. Otros ingresos mas importantes son aquellos por compensación de costos tales como valorización y peajes por construcción de caminos, pavimentación, parques, urbanizaciones y otros.
  • 49. B. PRESUPUESTO MUNICIPAL  Se entiende por presupuesto el costo de una obra y también los gastos e ingresos de una institución u organismo publico.  De acuerdo con la constitución de 1991, los municipios participan del presupuesto de la nación, esto quiere decir, que tendrán presupuesto propio. El monto presupuestal para cada municipio se incrementara del 14% (1993) hasta alcanzar el 22% en el año 2000. Los dineros de presupuesto serán destinados a mejoras del municipio.
  • 50. C. CONTROL FISCAL  Los concejos de los municipios cuyo presupuesto anual será superior a 50.000.000 de pesos, podrán crear y organizar Contralorías que tengan a cargo la vigilancia del manejo del presupuesto (gestión fiscal). En los municipios donde no haya contraloría, la vigilancia de su gestión fiscal le corresponde a la contraloría Departamental.
  • 51. Resumen  La ley que descentraliza la administración y proporciona nuevos recursos económicos al municipio significa un fortalecimiento de los ingresos del municipio.  Es de gran importancia que los ciudadanos estén atentos al desempeño de las funciones y al manejo correcto de los asuntos fiscales.  E l mal manejo de los recursos del municipio seria una frustración mas a las aspiraciones de bienestar de los ciudadanos y quizás el agotamiento de la esperanza en el futuro y la confianza en los dirigentes políticos.
  • 52. Bibliografía…  Cafam Caja de Compensación familiar Cafam Subdirección de Educación Departamento de Educación Continuada  Ministerio de Educación Nacional  Revolución Educativa Colombia Aprende