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Tabla de Contenidos
2.1.A.1-1 Variantes del Mercado (idioma y cantidades comercializadas) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11
    1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12
    1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13
    1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
    1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
    1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16

2.1.A.1-2 Reemplazo de Artículos Comerciales Estándares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17
    2.1 Cambios Menores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
         2.1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
         2.1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20
         2.1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21
         2.1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22
         2.1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23
         2.1.6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24
         2.1.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25
         2.1.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26
         2.1.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
         2.1.10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

       2.2 Cambios Mayores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
           2.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30
           2.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31
           2.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32
           2.2.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
           2.2.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
           2.2.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35
           2.2.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36

2.1.A.1-3 Artículos Comerciales Paralelos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37
    3.1 Promociones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
         3.1.1 Promociones que no impactan en el GTIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38
           3.1.1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
           3.1.1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
           3.1.1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41
           3.1.1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42
           3.1.1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
           3.1.1.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
           3.1.1.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45




4
3.1.1.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46
                  3.1.1.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47

               3.1.2 Promociones que tienen impacto sobre el GTIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48
                 3.1.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49
                 3.1.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50
                 3.1.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51
                 3.1.2.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52

       3.2 Mercadería con Precio Predeterminado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
            3.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
            3.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
            3.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56
       3.3 - 3.7 Otros Artículos Comerciales Paralelos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
            3.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58
            3.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59
            3.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60
            3.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
            3.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62
            3.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63
            3.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64

2.1.A.1.-4 Artículos de Temporada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65
         4.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66
         4.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67




        “Esta publicación ha sido posible gracias al trabajo de GS1 Argentina. Las Reglas de Asignación de GTIN simplificadas ya
        están disponibles en más de quince idiomas y colaboran cada día con el mundo de los negocios, beneficiándolo desde
        la implementación del Sistema GS1.”


        Huseyin Senai, Atención al Socio GS1




                                                                                                                                                                                                                                                                     5
Asignación del Número Mundial de Artículo Comercial
(GTIN)



Reglas Generales                                Responsabilidad                              Hay algunas excepciones como las si-
                                                                                             guientes:
Un Número Mundial de Artículo Comer-            Artículos con o sin marca
cial (GTIN) se utiliza para identificar cual-                                                • Artículos sin marca
quier ítem sobre el cual se necesita re-        El dueño de la marca, la organización        Los GTINs también son asignados por
cuperar información prefijada y que             propietaria de la descripción del artícu-    sus fabricantes si son ítems sin un nom-
puede ser cotizada o solicitada o factu-        lo comercial sin importar dónde o            bre de marca o artículos genéricos (sin
rada en cualquier punto de cualquier            quién lo fabrica, normalmente es res-        etiquetas privadas). Como diferentes fa-
cadena de abastecimiento.                       ponsable por de la asignación del GTIN.      bricantes pueden proveer artículos con
                                                Al asociarse a una Organización Miem-        idéntica apariencia para el consumidor,
Se requiere un GTIN único individual            bro GS1 recibe un Prefijo de Compañía        es posible que esos artículos tengan
cuando alguna de las características            GS1 el cual es para uso únicamente de        distintos GTINs. Las compañías que co-
predefinidas del ítem se diferencia de          la compañía a la cual es asignado. Este      mercializan estos artículos necesitan or-
modo relevante para el proceso co-              prefijo no puede ser vendido, alquilado      ganizar los programas de sus computa-
mercial. El principio rector es la asigna-      u otorgado, en forma completa o por          doras (por ejemplo programas de rea-
ción de un nuevo GTIN cuando el                 parte, para ser utilizado por cualquier      bastecimiento) para solucionar ese caso.
cliente deba distinguir un artículo co-         otra compañía.                               Ejemplos de artículos que suelen no te-
mercial nuevo de uno viejo y compre                                                          ner marca son manzanas, placas de ye-
en consecuencia.                                El dueño de la marca es la organización      so, velas, vasos, etc.
                                                que posee las descripciones de artículos     • Artículos Específicos de un Cliente
El Global Commerce Initiative Board (El         comerciales y puede ser:                     Cuando un artículo comercial es fabri-
Consejo de Iniciativa de Comercio Mun-                                                       cado específicamente para un cliente y
dial - GCI) ha aprobado reglas específi-        • El fabricante o proveedor                  sólo él lo pide, el GTIN puede ser asig-
cas que se aplican a prácticas industria-       La compañía fabrica el artículo comer-       nado por dicho cliente; en este caso el
les frecuentes para la industria de Bie-        cial o lo manda a fabricar en cualquier      GTIN debe estar formado por su Prefijo
nes de Consumo de Alta Rotación                 país y lo vende bajo su propio nombre        de Compañía GS1.
(FMCG). Estas reglas que abarcan varios         de marca.                                    • Otras excepciones
casos comunes de negocios se pueden             • El importador o mayorista                  Si el dueño de la marca no asigna un
encontrar en la Sección 3 a continua-           El importador o mayorista hace fabri-        GTIN, el importador u otro intermedia-
ción. Mientras que todos los estándares         car el artículo comercial en cualquier       rio puede darle al artículo un GTIN tem-
GS1 son de adopción voluntaria, las re-         país y lo vende bajo su propio nombre        porario. Esto implicaría que el importa-
glas intentan impulsar una práctica nor-        de marca, o cambia el artículo comer-        dor asuma el rol del dueño de la marca
mativa dentro del sector FMCG.                  cial, por ejemplo modificando el             y pueda, por ejemplo, registrar el artí-
                                                packaging del mismo.                         culo en un Catálogo de Datos. El GTIN
                                                • El minorista                               temporario puede ser utilizado hasta
                                                El minorista hace fabricar el artículo co-   que se asigne el GTIN por la vía normal.
                                                mercial en cualquier país y lo vende ba-     Otra posibilidad es que una cadena mi-
                                                jo su propia marca.                          norista asigne un código interno al artí-
                                                                                             culo que aún no tiene un GTIN para
                                                                                             usarlo únicamente en sus tiendas.




6
Guías para Asignación                                                                      • Cada promoción de temporada de un
                                              “Nota: Las regulaciones nacionales,
                                                                                            artículo debe tener asignado un GTIN
de GTIN                                       federales o locales deberán aplicarse
                                                                                            distinto. Por ejemplo: chocolate espe-
                                              y tener prioridad. Por ejemplo, en al-
                                              gunas industrias como la del cuida-           cialmente envuelto para Pascuas.
Características Pre-definidas
                                              do de la salud, las regulaciones u           • Hay otras variantes en promociones
                                              otras exigencias pueden requerir un           que no necesitan un nuevo GTIN. Por
A pesar de que esta lista no es exhausti-     nuevo GTIN.”                                  ejemplo: un cupón de descuento, ob-
va, las características básicas predefini-
                                                                                            sequios gratuitos dentro del paquete
das de un artículo comercial son:             “Nota: Comúnmente las modificacio-
                                                                                            (a menos que estos causen un incre-
                                              nes en el tamaño bruto que no afecte
                                              el contenido neto o la medida del artí-       mento en el peso bruto de más de
• El nombre del producto, el nombre de
                                              culo comercial no impactan en la asig-        un 20%), ofertas de competición o
 la marca y la descripción del producto.
                                              nación del GTIN. Sin embargo, si cual-        muestras entregadas directamente al
• Tipo y variedad del artículo comercial.     quier tamaño bruto (ej: longitud, pro-        consumidor sin pasar por el punto de
• El contenido neto del producto (peso,       fundidad, peso, etc.) cambiara más de
                                                                                            venta minorista.
 volumen u otra dimensión que tenga           un 20% se necesitaría un nuevo GTIN.”
 repercusión en su comercialización).
• Cantidad de artículos básicos conteni-
                                                                                           Cambios en el artículo comercial
 dos, y sus subdivisiones en pequeños        Variantes promocionales
 paquetes, la clase de la agrupación
                                                                                           Los cambios en el artículo comercial se
 (caja de cartón, pallet, caja transporta-   Una promoción es un cambio temporal
                                                                                           refieren a cualquier modificación o me-
 dora), para el caso de un artículo co-      sobre un artículo comercial, que modifi-
                                                                                           jora a través de la vida útil del mismo.
 mercial que sea una agrupación.             ca su presentación. Por lo general convi-
                                                                                           El “nuevo” artículo comercial reemplaza
                                             ve con el artículo estándar.
                                                                                           al viejo. Si el dueño de la marca creara
Una modificación a cualquiera de los
                                                                                           una variante (ej: con distintos ingredien-
elementos básicos que caracterizan a         • A las variantes de promoción de un
                                                                                           tes) en forma paralela al artículo están-
un artículo comercial derivará en un          artículo comercial que afecten el pe-
                                                                                           dar se le asignará un GTIN diferente.
cambio de GTIN.                               so neto o el volumen del mismo se le
                                              deberá asignar un nuevo y único
                                                                                           Las modificaciones o mejoras menores
                                              GTIN. Ejemplos: Un artículo adicional
                                                                                           en los artículos no requieren de un nue-
Mercadería Premarcada                         adjuntado en forma gratuita, un 10%
                                                                                           vo GTIN. Por ejemplo: rediseño de gráfi-
                                              más de regalo.
                                                                                           ca, cambios en la descripción secunda-
No es aconsejable prefijar un valor co-      • Las variantes promocionales de los ar-
                                                                                           ria del artículo que no impacten en la
mo práctica comercial ya que agrega           tículos pueden impactar sobre el peso
                                                                                           cadena de abastecimiento, modificacio-
complejidad en el mantenimiento de la         o la dimensión logística del mismo en
                                                                                           nes en el tamaño bruto que no excedan
base de datos del artículo a través de la     más de un 20%. En este caso, se les
                                                                                           el 20% con contenido sin cambios en la
cadena de abastecimiento. Sin embar-          debe asignar un GTIN diferente.
                                                                                           cantidad o medidas. Esta regla se aplica
go, si el valor que el consumidor debe       • En las promociones donde se especifica
                                                                                           a los artículos comerciales de consumo
pagar está marcado en el artículo, el         una reducción del precio en el paquete
                                                                                           minorista (unidades POS de retails) y
GTIN deberá ser modificado cuando el          será necesario otorgarles un nuevo
                                                                                           agrupaciones de artículos estándares
precio cambia.                                GTIN a menos que las prácticas comer-
                                                                                           (cajas apilables o pallets).
                                              ciales locales o la ley que rige el marca-
                                              do de precios dictamine lo contrario.
                                                                                           Si cambia la cantidad o la medida de un
                                              Por ejemplo: 10 centavos de descuento.
                                                                                           artículo o si se pretende que el consumi-




                                                                                                                                        7
dor distinga entre una marca vieja y una   Tiempo de reutilización de
nueva o la descripción de un producto,
                                           un GTIN
se le debe asignar un nuevo GTIN.

                                           Un GTIN asignado a un artículo comer-
                                           cial que ya no se comercializa no debe-
Variantes para agrupaciones
                                           ría ser re-utilizado para otro artículo por
                                           lo menos hasta que hayan transcurrido
Los artículos comerciales formados
                                           48 meses desde la fecha en que el artí-
por una agrupación identificada es-
                                           culo original fue provisto por última vez
tándar y sólida compuesta por pe-
                                           por el dueño de la marca al cliente.
queñas unidades deberá tener un
GTIN diferente si hubiera algún cam-
bio en el GTIN de sus elementos.




8
Alineación de datos                           Se propone la siguiente guía de “Mejo-        4. El dueño de la marca pone a disposi-
                                              res Prácticas” para todos los artículos.        ción de su cliente toda la información
Cuando a un artículo comercial se le          La misma ha sido desarrollada por pro-          relacionada con los artículos clasifica-
asigna un GTIN nuevo es fundamental           ductores, distribuidores y minoristas           dos, preferiblemente con un mensaje
que el Dueño de la Marca provea a los         para ayudar a eliminar cualquier con-           EDI o en un catálogo electrónico de
socios comerciales la información deta-       fusión entre la identificación del pro-         productos, simultáneamente a la
llada sobre las características del artícu-   ducto y el producto listado en la Base          clasificación del artículo. En el caso de
lo. Esta información debería ser provista     de Datos de los Minoristas en la Cade-          promociones de tiempo limitado o
tan pronto como sea posible, antes de         na de Abastecimiento.                           una evolución del producto, esta in-
que el artículo sea comercializado.                                                           formación se comunicará de antema-
                                              1. La asignación del GTIN y del código          no, permitiendo de esta manera vali-
Al acelerar la entrega de la información        de barras del GTIN es un proceso téc-         dar la información y hacerla circular
del GTIN a los compradores se reduce el         nico para el cual han sido estableci-         en forma interna.
manejo de pedidos excepcionales y el            das las reglas en las Especificaciones
tiempo requerido hasta que la merca-            Generales GS1. Clasificar un producto
dería llega al salón de ventas.                 es el acto por el cual una organiza-
                                                ción comercial adopta un nuevo pro-
                                                ducto de un surtido. La clasificación
Mejor Práctica en Alineación de Datos           de productos es el resultado de ne-
                                                gociaciones comerciales entre el
Es fundamental un número de pasos               comprador y el vendedor.
para asegurar que los GTINs sean co-            Por ejemplo: La asignación de GTIN
municados con exactitud dentro de la            debería ser independiente de la clasi-
Cadena de Abastecimiento. Estas accio-          ficación de productos.
nes garantizan que la información rela-
cionada con cada código de barras es-         2. Por razones administrativas, o para
caneado pueda ser vinculada con datos           asegurar que la información correcta
actualizados y precisos. Esto es particu-       sea comunicada al consumidor final,
larmente esencial para los artículos es-        los cambios en un producto pueden
caneados en el Punto de Venta donde             requerir de un GTIN nuevo. Un GTIN
la ausencia de información exacta pue-          nuevo puede no implicar automática-
de tener implicancias legales.                  mente una nueva clasificación.
                                                Por ejemplo: Si se hace un cambio en
El GTIN provee una solución a la Cadena         un producto clasificado que requiere
de Abastecimiento para la identificación        un GTIN nuevo, este no debería ser un
de cualquier artículo que se comerciali-        disparador automático para una nue-
za (que tiene precio, que se factura, o         va Clasificación del Producto.
que es pedido). En general los costos de
la Cadena de Abastecimiento se redu-          3. La asignación de GTIN y la clasificación
cen para todos los socios que mantie-           de bases de datos deben ser conside-
nen idénticas reglas de asignación den-         radas como dos decisiones completa-
tro de ella.                                    mente autónomas: la asignación de
                                                GTIN no es objeto de negociación.




                                                                                                                                          9
Cambios en la propiedad de la marca




 Adquisiciones y Fusiones                   Compra parcial                               GTINs adicionales requeridos. La deci-
                                                                                         sión debería ser parte de los convenios
 Para la compañía que es adquirida, los     Si una empresa compra una división de        legales de las nuevas compañías.
 stocks existentes que fueron numerados     otra que continuará utilizando su Prefijo
 antes de la adquisición o fusión mantie-   de Compañía GS1 en las divisiones no         No es necesario renumerar los stocks de
 nen el mismo GTIN. Los artículos produ-    vendidas, la compradora deberá cam-          artículos existentes. Sin embargo, si al-
 cidos después de la adquisición o fusión   biar el GTIN en la división adquirida        guna de las compañías divididas comer-
 pueden mantener el GTIN asignado           dentro del término de un año.                cializara artículos numerados con el Pre-
 anteriormente si la compañía compra-                                                    fijo de Compañía GS1 que ya no es váli-
 dora mantiene la membresía.                Las reglas de uso de los GTINs de los        do, debería volver a numerarlos en el
                                            vendedores y otras Claves de Identifi-       momento de rehacer etiquetas o
 Una fusión implica que alguien se ha       cación GS1, deberían tenerse en              packaging utilizando su propio Prefijo
 hecho cargo de la compañía y ha asu-       cuenta cuando se prepara el contrato         de Compañía GS1. La notificación a los
 mido la responsabilidad por el Prefijo     de compra.                                   clientes se debería hacer con la sufi-
 de Compañía GS1, así como también                                                       ciente anticipación.
 por sus bienes y locaciones. Los artícu-   El comprador debería incorporar lo
 los que la compañía adquirida produjo      antes posible y en forma gradual             Las empresas divididas que conserven
 con su Prefijo de GS1 de Empresa se        nuevos números de su propio rango            el Prefijo de Compañía GS1 deben llevar
 pueden seguir produciendo con ese          a los artículos de la marca adquirida.       un archivo de los GTINs asignados a los
 mismo prefijo después de la fusión, has-   Esto podrá hacerlo, por ejemplo,             artículos que ya no son de su
 ta que la compañía compradora tenga        cuando rediseñe o haga una reimpre-          propiedad. Esas mismas empresas no
 un control absoluto.                       sión del packaging.                          deben reutilizar dichos GTINs hasta
                                                                                         pasados cuatro años de su utilización
 Si la compañía compradora lo desea         Durante la venta de una compañía, y los      por última vez en la identificación de
 puede etiquetar todos los productos        siguientes cuatro años, la empresa           productos. Por lo tanto, la empresa que
 adquiridos utilizando su Prefijo GS1 de    vendedora no debe reasignar los núme-        no conservó el Prefijo de Compañía GS1
 Empresa existente. La importancia de       ros originales a otros artículos.            tiene que informar a la que sí lo utiliza
 asegurar que los socios comerciales es-                                                 las últimas fechas en las cuales comer-
 tán informados de cualquier cambio,                                                     cializó mercadería con ese Prefijo o ga-
 en forma oportuna, no puede estar          División                                     rantizar una fecha en la cual realizará el
 enfatizada en exceso. Una compañía                                                      cambio de número.
 debería ser cuidadosa cuando centrali-     Cuando una compañía se divide en dos
 za la asignación de todos los números      o más compañías separadas es necesa-
 bajo un Prefijo de Compañía GS1 ya         rio que cada Prefijo de Compañía GS1
 que esto deriva en trabajo adicional y     asignado a la original sea transferido so-
 mantenimiento de las bases de datos        lamente a una de las nuevas. Cualquier
 para los clientes.                         compañía que quede sin el Prefijo de
                                            Compañía GS1 deberá inscribirse en
                                            una Organización Miembro GS1. La de-
                                            cisión sobre cuál de las nuevas compa-
                                            ñías se quedará con el Prefijo de Com-
                                            pañía GS1 original debería considerarse
                                            de modo tal de reducir el número de




10
2.1.A.1-1
Variantes del mercado
(idioma y cantidades comercializadas)
1.1
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Nuevo lenguaje sobre el empaque de un producto comercializado en un mercado/país (etiqueta en un sólo idioma).




 Ejemplo: Un producto que incluye en su packaging el idioma inglés, cambia por el idioma español.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




12
1.2
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Agregar un idioma adicional sobre el packaging de un producto comercializado en varios mercados (etiqueta multi-idioma).




Ejemplo: Se decide agregar el idioma portugués a un producto que incluye en su packaging el idioma inglés y español.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                           13
1.3
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Sustitución del grupo de idiomas.




     Ejemplo: Un producto que incluye en su packaging el idoma inglés, español y portugués, cambia por inglés, francés e italiano




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




14
1.4
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Artículo comercial de muestra o prueba.




Nota: A un artículo de muestra o de prueba se le debe asignar un GTIN nuevo, que puede continuar sobre el producto en el caso de
que la prueba sea exitosa.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                                   15
1.5
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Grupos del mismo artículo minorista conteniendo diferentes cantidades.




     Nota: El GTIN del artículo contenido no es afectado, en cambio cada agrupado tiene un GTIN que lo identifica.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                  Nota: Tantos GTINs como agrupados existan.




16
2.1.A.1-2
Reemplazo de Artículos Comerciales Estándares
2.1. Cambios Menores



 Los cambios menores son aquellos que no son relevantes para los socios comerciales (ej.: No afectan ni la decisión del consumidor, ni
 la información de pedido, facturación y almacenamiento).


 Los fabricantes necesitan distinguir estos cambios menores en variantes de artículos comerciales (ej: Para rastrear el impacto en
 el precio).




18
2.1.1
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambios menores en la formulación que reemplazará al artículo existente y no implicará cambios en la declaración al consumidor.




Nota: El cambio no afecta a los socios comerciales. Los cambios menores en los ingredientes no afectan la descripción.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                                  19
2.1.2
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambios menores en el arte del empaque.




 Nota: Estos cambios menores, posiblemente relacionados con una promoción estacional, no deberían causar una nueva asignación
 de GTIN.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




20
2.1.3
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambios menores en el peso neto, unidades, volumen “no declarado”.
Ejemplo: Cambios en la tolerancia de fabricación que no afecten la declaración al consumidor.




                            Contenido real: 998 grs.              Contenido real: 1000 grs.


Nota: Estos cambios menores, posiblemente relacionados a una mejora en la fabricación del producto que no impacten sobre otras
reglas del GTIN no deben ser causa de asignación de un nuevo GTIN.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                                 21
2.1.4
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambios menores en el packaging a nivel de agrupación de artículo comercial estándar.




     Nota: Este tipo de cambio no afecta a ningún integrante de la cadena de abastecimiento.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




22
2.1.5
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambios menores en el material del packaging a nivel de artículo comercial de consumidor minorista.
Ejemplo: PET a HDPE.




Nota: Este tipo de cambio no afecta a ningún integrante de la cadena de abastecimiento.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                      23
2.1.6
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cuando un artículo comercial minorista o una agrupación de artículos comerciales estándares contiene un mix aleatorio de
 artículos y este cambia.
 Ejemplo: diferentes colores, sabores de jalea, etc.




 Nota: El cambio en el mix aleatorio no afecta la declaración al consumidor ni a los integrantes de la cadena de abastecimiento.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




24
2.1.7
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Recetas estacionales.
Ejemplo: “yogur con frutas estacionales”. Las frutas pueden cambiar de una estación a otra.




Nota: La declaración al consumidor se mantiene igual sea cual fuera la estación.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                              25
2.1.8
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambio en los gráficos de las marcas.
 Ejemplo: color gráfico, tamaño, tipo de letra, etc.




 Nota: El cambio no afecta a los socios de la cadena de abastecimiento.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




26
2.1.9
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Adición de marca.
Ejemplo: se agrega un nombre de marca corporativa al nombre del producto existente en el envoltorio.




Nota: El cambio no afecta a los socios de la cadena de abastecimiento.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                       27
2.1.10
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Un cambio en el contenido de un surtido dinámico.




     Ejemplo: Un grupo estándar de artículo comercial que contiene una cantidad fija de un surtido cambiante de artículos comerciale
     diferentes de consumo minorista.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




28
2.2. Cambios Mayores



Los cambios mayores son aquellos que requieren que los socios comerciales distingan dentro de sus sistemas entre el artículo
comercial “viejo” y el “nuevo” (ej.: La declaración al consumidor ha cambiado o la información de pedido, almacenamiento o fac-
turación se ve afectada).




                                                                                                                                  29
2.2.1
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambio en el peso neto o unidades declaradas.




 Nota: El cambio conduce a una modificación en la etiqueta ubicada al borde de la góndola. Si el artículo viejo no fuera distinguido del
 nuevo podría conducir a una marcación de precio inexacta que acarrearía penalidades legales




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




30
2.2.2
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambio en la formulación esperando que el consumidor final distinga el nuevo del viejo.




Nota: Este tipo de cambio conduce a una modificación en la declaración al consumidor.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                          31
2.2.3
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cualquier cambio dimensional de más de un 20% en el packaging del producto.




     Nota: El cambio conduce a una actualización en el sistema de administración de góndolas.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




32
2.2.4
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambios en la reconfiguración de artículos comerciales surtidos.
Ejemplo: 30/50/80/40 por 40/60/40/60.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




Nota: El grupo de artículos comerciales estándares es un nuevo artículo comercial pedido.




                                                                                            33
2.2.5
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambios significativos en la funcionalidad.
 Ejemplo: Nueva versión de software.




     Nota: Se recomienda un GTIN para la unidad comercial, como para cada agrupado estándar.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




34
2.2.6
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cambios de las palabras del nombre del producto, la marca o la descripción que aparecen sobre el mismo (incluyendo la remoción
de las marcas existentes utilizadas para describir al producto).




Nota: El cambio conduce a una modificación en la declaración al consumidor. Los cambios de marca, producto, nombre, deben ser
comunicados claramente y el stock antiguo retirado.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                                 35
2.2.7
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cambio gradual de marca o nombre del producto.
 Ejemplo: cuando la marca antigua coexiste con la nueva durante un período formado por varias etapas.




                                                     Coexisten ambas marcas                                Desaparece la
                                                                                                           marca original


 Nota: El titular de la marca decide exactamente cuándo se asignará el nuevo GTIN. Esto debería ser cuando la marca antigua desapa-
 rezca del producto




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




 Nota: Nuevo GTIN (en el mismo momento en que se produce el cambio de GTIN del Artículo Comercial de Consumo)




36
2.1.A.1-3
Artículos Comerciales Paralelos
3.1 Promociones
 3.1.1 Promociones que no impactan en el GTIN



 Las promociones son (normalmente) modificaciones de corto plazo realizadas a un producto comercial para presentarlo al con-
 sumidor. Esta sección resalta ejemplos de promociones donde los GTIN a nivel comercial permanecen sin cambios.




38
3.1.1.1
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Dos o más unidades comerciales a nivel minorista, una cerca de la otra (no juntas ni bandeadas) y que ambas puedan ser compradas
por separado.




Ejemplo: Un regalo por la compra o las ofertas como “Compre 2 y obtenga 1 gratis”




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




Nota: Sin cambio, a menos que las 2 unidades sean despachadas juntas en el mismo contenedor físico.




                                                                                                                                   39
3.1.1.2
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Dos o más unidades bandeadas juntas, por ejemplo para probar el ítem adjunto y que será un pack de prueba de un sólo pedido.
 Siempre que las medidas del pack no afecten la administración de la góndola.




 Nota: Este tipo de cambio no tiene impacto sobre ningún integrante de la cadena de abastecimiento.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




40
3.1.1.3
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Dos artículos no bandeados donde un ítem que no puede ser comprado por separado es gratis con la compra del otro.




Nota: El cambio no tiene impacto sobre el ítem original.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




Nota: Siempre que el regalo no sea despachado en el mismo contenedor.




                                                                                                                    41
3.1.1.4
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Un artículo con un ítem de regalo empaquetado adentro, manteniendo esta promoción el mismo precio que el artículo regular.




     Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




42
3.1.1.5
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Reconfiguración del empaque con propósitos promocionales.
Ejemplo: edición conmemorativa de botellas de sidra.




Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales y la declaración al consumidor no se ve afectada.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                  43
3.1.1.6
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Artículo con un cupón de descuento sobre o dentro del empaque.




 Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. Si se le da la opción al consumidor de comprar el artículo con o sin
 cupón, un GTIN separado será necesario.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




 Nota: Siempre que el cupón no tenga fecha de vencimiento.




44
3.1.1.7
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Un artículo puede tener un cupón o algún otro material impreso como prueba de que ha sido comprado, para poder recibir
un reembolso.




Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




Nota: Siempre que el cupón no tenga fecha de vencimiento.




                                                                                                                         45
3.1.1.8
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cuando el minorista compra ítems a precio regular y se le entregan ítems adicionales sin cargo.




     Nota: Cuando se incrementa la cantidad de artículos en una caja cambia el GTIN de la misma.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




 Nota: Si el contenido sigue igual y se incrementa la cantidad de cajas (compro 10 y obtengo 1 gratis) no hay cambios en el GTIN.




46
3.1.1.9
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Artículo promocional con tiempo límite para un evento. Promociones específicas donde el artículo debe ser expuesto en
un día determinado.
Ejemplo: Día del Animal.




Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. La declaración al consumidor no se ve afectada.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                        47
3.1.2 Promociones que tienen impacto sobre el GTIN



 Las promociones son (normalmente) modificaciones a corto plazo realizadas a un producto comercial para presentarlo al consumi-
 dor. Esta sección resalta ejemplos de promociones donde se requiere un nuevo GTIN a un mismo nivel comercial minorista.




48
3.1.2.1
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Si el artículo de consumo cambia por otro que tiene un pre-precio en su etiqueta.




Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                          49
3.1.2.2
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Si un artículo de consumo expresa explícitamente en el empaque una bonificación en el precio.




     Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




50
3.1.2.3
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Un pack con bonificación de mayor cantidad de peso neto o volumen y que se vende al mismo precio del ítem regular.




Nota: El cambio afecta la declaración al consumidor al pie de la góndola.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                     51
3.1.2.4
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Un pack compuesto por dos o más artículos, normalmente vendidos por separado, que se encuentran bandeados juntos.




     Nota: Se requiere un nuevo GTIN ya que este es un producto nuevo.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




52
3.2 Mercadería con Precio Predeterminado



El pre-precio no se recomienda como práctica comercial porque genera complejidad para el mantenimiento de los archivos de pre-
cios de los artículos comerciales minoristas y grupos comerciales estándares, a través de la cadena de abastecimiento.




                                                                                                                             53
3.2.1
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Item de consumo minorista con una etiqueta de precio adjunta, según requerimiento específico del minorista.




 Nota: Un ítem de consumo del que varios minoristas solicitan etiquetas con un precio específico no requiere un GTIN individual por
 cada etiqueta de precio.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




54
3.2.2
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Cuando el fabricante incluye un precio predeterminado como parte de la gráfica del empaque. Precio minorista sugerido
por fabricante.




Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                        55
3.2.3
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Cualquier otro tipo de marca de precio como parte del empaque, siendo el precio de venta el que está marcado en el mismo.




 Nota: Si el precio del producto cambia, el GTIN debería cambiar.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




56
3.3 - 3.7 Otros Artículos Comerciales Paralelos



Otros cambios que podrían afectar la asignación de GTIN.




                                                           57
3.3
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Diferentes fabricantes para artículos comerciales aparentemente idénticos para un minorista específico.




     Nota: El precio minorista no es relevante para el fabricante.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




58
3.4
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Diferentes precios minoristas, (por ejemplo, diferentes regiones de un mismo país) y el precio no está marcado en el empaque.




Nota: El precio minorista no es relevante para el GTIN, a menos que tenga un pre-precio colocado por el proveedor en el
empaque.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                                59
3.5
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Artículos comerciales producidos en diferentes lugares.




                  PRODUCIDA                                                                       PRODUCIDA
                      EN                                                                              EN
                   MENDOZA                                                                         SAN JUAN




 Nota: Diferentes GTINs para un mismo artículo podrían causar serios problemas para los socios comerciales.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




60
3.6
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Artículos comerciales vendidos en diferentes lugares.




                 VENDIDA                                                           VENDIDA
                   EN                                                                EN
                 USHUAIA                                                          TUCUMAN




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                             61
3.7
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Diseño nuevo/adicional de pallets que coexisten en forma permanente con el diseño original.




 Nota: El diseño de pallets no impacta en la cantidad de artículos comerciales minoristas o cajas contenidas. Si el pallet es la unidad
 de pedido, se requiere un GTIN para cada configuración del mismo.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




62
3.8
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Artículos comerciales presentados con diferentes dispositivos de seguridad.




Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales y la declaración al consumidor no se ve afectada




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




                                                                                                                 63
3.9
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Incorporación de una etiqueta EPC..




 Nota: Cuando un artículo posee una etiqueta EPC y un código de barras, el GTIN codificado debe ser idéntico.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




64
2.1.A.1- 4
Artículos de Temporada
4.1
 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
 Artículos comerciales modificados por razones estacionales.
 Ejemplo: Pack de Navidad, dulces envasados para Pascuas.




 Nota: Se requiere un nuevo GTIN ya que este es un producto nuevo. Los artículos recurrentes de temporada deberían utilizar el
 mismo GTIN cada estación.




 Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




66
4.2
Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo)
Artículos comerciales producidos con diferentes cosechas.
Ejemplo: vinos.




Ejemplo: Nuevo GTIN si la cosecha incide en el precio del artículo y mismo GTIN si la cosecha no incide en el precio del artículo.




Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente)




Nota: Si la cosecha incide en el precio                                      Nota: Si la cosecha no incide en el precio




                                                                                                                                     67
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  • 2. Basado en las Especificaciones Generales de GS1 Sección 2.1. Versión 7.0 – Enero 2006 Copyright© GS1 Febrero 2006
  • 3. Eximisiones Aunque se hicieron todos los esfuerzos para asegurar que los estándares del Sistema GS1 contenidos en este documento son correc- tos, GS1 declara por este medio que el documento se emite sin garantía explícita o implícita de exactitud o idoneidad para propósi- tos particulares, y queda exento de cualquier responsabilidad, directa o indirecta, por daños o pérdidas relacionadas con el uso del documento. El documento puede ir siendo modificado en base a los desarrollos de la tecnología, a cambios en los estándares o nue- vos requisitos legales. La información contenida en esta guía fue actualizada en el momento de la publicación, según el contenido de las Especificaciones Generales de GS1, Versión 7.0, de Enero de 2006, y se encuentra sujeta a cambios sin necesidad de notificación previa. Tabla de Contenidos 2.1.A.1-1 Variantes del Mercado (idioma y cantidades comercializadas) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16 2.1.A.1-2 Reemplazo de Artículos Comerciales Estándares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 2.1 Cambios Menores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 2.1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 2.1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 2.1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 2.1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 2.1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23 2.1.6. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24 2.1.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 2.1.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 2.1.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 2.1.10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 2.2 Cambios Mayores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 2.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 2.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 2.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 2.2.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 2.2.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 2.2.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 2.2.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36 2.1.A.1-3 Artículos Comerciales Paralelos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 3.1 Promociones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 3.1.1 Promociones que no impactan en el GTIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 3.1.1.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 3.1.1.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 3.1.1.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 3.1.1.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42 3.1.1.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 3.1.1.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44 3.1.1.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 4
  • 4. 3.1.1.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46 3.1.1.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 3.1.2 Promociones que tienen impacto sobre el GTIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 3.1.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 3.1.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 3.1.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 3.1.2.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 3.2 Mercadería con Precio Predeterminado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 3.2.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 3.2.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 3.2.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 3.3 - 3.7 Otros Artículos Comerciales Paralelos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 3.3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 3.4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59 3.5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 3.6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61 3.7 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 3.8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63 3.9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 2.1.A.1.-4 Artículos de Temporada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 4.1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 4.2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 “Esta publicación ha sido posible gracias al trabajo de GS1 Argentina. Las Reglas de Asignación de GTIN simplificadas ya están disponibles en más de quince idiomas y colaboran cada día con el mundo de los negocios, beneficiándolo desde la implementación del Sistema GS1.” Huseyin Senai, Atención al Socio GS1 5
  • 5. Asignación del Número Mundial de Artículo Comercial (GTIN) Reglas Generales Responsabilidad Hay algunas excepciones como las si- guientes: Un Número Mundial de Artículo Comer- Artículos con o sin marca cial (GTIN) se utiliza para identificar cual- • Artículos sin marca quier ítem sobre el cual se necesita re- El dueño de la marca, la organización Los GTINs también son asignados por cuperar información prefijada y que propietaria de la descripción del artícu- sus fabricantes si son ítems sin un nom- puede ser cotizada o solicitada o factu- lo comercial sin importar dónde o bre de marca o artículos genéricos (sin rada en cualquier punto de cualquier quién lo fabrica, normalmente es res- etiquetas privadas). Como diferentes fa- cadena de abastecimiento. ponsable por de la asignación del GTIN. bricantes pueden proveer artículos con Al asociarse a una Organización Miem- idéntica apariencia para el consumidor, Se requiere un GTIN único individual bro GS1 recibe un Prefijo de Compañía es posible que esos artículos tengan cuando alguna de las características GS1 el cual es para uso únicamente de distintos GTINs. Las compañías que co- predefinidas del ítem se diferencia de la compañía a la cual es asignado. Este mercializan estos artículos necesitan or- modo relevante para el proceso co- prefijo no puede ser vendido, alquilado ganizar los programas de sus computa- mercial. El principio rector es la asigna- u otorgado, en forma completa o por doras (por ejemplo programas de rea- ción de un nuevo GTIN cuando el parte, para ser utilizado por cualquier bastecimiento) para solucionar ese caso. cliente deba distinguir un artículo co- otra compañía. Ejemplos de artículos que suelen no te- mercial nuevo de uno viejo y compre ner marca son manzanas, placas de ye- en consecuencia. El dueño de la marca es la organización so, velas, vasos, etc. que posee las descripciones de artículos • Artículos Específicos de un Cliente El Global Commerce Initiative Board (El comerciales y puede ser: Cuando un artículo comercial es fabri- Consejo de Iniciativa de Comercio Mun- cado específicamente para un cliente y dial - GCI) ha aprobado reglas específi- • El fabricante o proveedor sólo él lo pide, el GTIN puede ser asig- cas que se aplican a prácticas industria- La compañía fabrica el artículo comer- nado por dicho cliente; en este caso el les frecuentes para la industria de Bie- cial o lo manda a fabricar en cualquier GTIN debe estar formado por su Prefijo nes de Consumo de Alta Rotación país y lo vende bajo su propio nombre de Compañía GS1. (FMCG). Estas reglas que abarcan varios de marca. • Otras excepciones casos comunes de negocios se pueden • El importador o mayorista Si el dueño de la marca no asigna un encontrar en la Sección 3 a continua- El importador o mayorista hace fabri- GTIN, el importador u otro intermedia- ción. Mientras que todos los estándares car el artículo comercial en cualquier rio puede darle al artículo un GTIN tem- GS1 son de adopción voluntaria, las re- país y lo vende bajo su propio nombre porario. Esto implicaría que el importa- glas intentan impulsar una práctica nor- de marca, o cambia el artículo comer- dor asuma el rol del dueño de la marca mativa dentro del sector FMCG. cial, por ejemplo modificando el y pueda, por ejemplo, registrar el artí- packaging del mismo. culo en un Catálogo de Datos. El GTIN • El minorista temporario puede ser utilizado hasta El minorista hace fabricar el artículo co- que se asigne el GTIN por la vía normal. mercial en cualquier país y lo vende ba- Otra posibilidad es que una cadena mi- jo su propia marca. norista asigne un código interno al artí- culo que aún no tiene un GTIN para usarlo únicamente en sus tiendas. 6
  • 6. Guías para Asignación • Cada promoción de temporada de un “Nota: Las regulaciones nacionales, artículo debe tener asignado un GTIN de GTIN federales o locales deberán aplicarse distinto. Por ejemplo: chocolate espe- y tener prioridad. Por ejemplo, en al- gunas industrias como la del cuida- cialmente envuelto para Pascuas. Características Pre-definidas do de la salud, las regulaciones u • Hay otras variantes en promociones otras exigencias pueden requerir un que no necesitan un nuevo GTIN. Por A pesar de que esta lista no es exhausti- nuevo GTIN.” ejemplo: un cupón de descuento, ob- va, las características básicas predefini- sequios gratuitos dentro del paquete das de un artículo comercial son: “Nota: Comúnmente las modificacio- (a menos que estos causen un incre- nes en el tamaño bruto que no afecte el contenido neto o la medida del artí- mento en el peso bruto de más de • El nombre del producto, el nombre de culo comercial no impactan en la asig- un 20%), ofertas de competición o la marca y la descripción del producto. nación del GTIN. Sin embargo, si cual- muestras entregadas directamente al • Tipo y variedad del artículo comercial. quier tamaño bruto (ej: longitud, pro- consumidor sin pasar por el punto de • El contenido neto del producto (peso, fundidad, peso, etc.) cambiara más de venta minorista. volumen u otra dimensión que tenga un 20% se necesitaría un nuevo GTIN.” repercusión en su comercialización). • Cantidad de artículos básicos conteni- Cambios en el artículo comercial dos, y sus subdivisiones en pequeños Variantes promocionales paquetes, la clase de la agrupación Los cambios en el artículo comercial se (caja de cartón, pallet, caja transporta- Una promoción es un cambio temporal refieren a cualquier modificación o me- dora), para el caso de un artículo co- sobre un artículo comercial, que modifi- jora a través de la vida útil del mismo. mercial que sea una agrupación. ca su presentación. Por lo general convi- El “nuevo” artículo comercial reemplaza ve con el artículo estándar. al viejo. Si el dueño de la marca creara Una modificación a cualquiera de los una variante (ej: con distintos ingredien- elementos básicos que caracterizan a • A las variantes de promoción de un tes) en forma paralela al artículo están- un artículo comercial derivará en un artículo comercial que afecten el pe- dar se le asignará un GTIN diferente. cambio de GTIN. so neto o el volumen del mismo se le deberá asignar un nuevo y único Las modificaciones o mejoras menores GTIN. Ejemplos: Un artículo adicional en los artículos no requieren de un nue- Mercadería Premarcada adjuntado en forma gratuita, un 10% vo GTIN. Por ejemplo: rediseño de gráfi- más de regalo. ca, cambios en la descripción secunda- No es aconsejable prefijar un valor co- • Las variantes promocionales de los ar- ria del artículo que no impacten en la mo práctica comercial ya que agrega tículos pueden impactar sobre el peso cadena de abastecimiento, modificacio- complejidad en el mantenimiento de la o la dimensión logística del mismo en nes en el tamaño bruto que no excedan base de datos del artículo a través de la más de un 20%. En este caso, se les el 20% con contenido sin cambios en la cadena de abastecimiento. Sin embar- debe asignar un GTIN diferente. cantidad o medidas. Esta regla se aplica go, si el valor que el consumidor debe • En las promociones donde se especifica a los artículos comerciales de consumo pagar está marcado en el artículo, el una reducción del precio en el paquete minorista (unidades POS de retails) y GTIN deberá ser modificado cuando el será necesario otorgarles un nuevo agrupaciones de artículos estándares precio cambia. GTIN a menos que las prácticas comer- (cajas apilables o pallets). ciales locales o la ley que rige el marca- do de precios dictamine lo contrario. Si cambia la cantidad o la medida de un Por ejemplo: 10 centavos de descuento. artículo o si se pretende que el consumi- 7
  • 7. dor distinga entre una marca vieja y una Tiempo de reutilización de nueva o la descripción de un producto, un GTIN se le debe asignar un nuevo GTIN. Un GTIN asignado a un artículo comer- cial que ya no se comercializa no debe- Variantes para agrupaciones ría ser re-utilizado para otro artículo por lo menos hasta que hayan transcurrido Los artículos comerciales formados 48 meses desde la fecha en que el artí- por una agrupación identificada es- culo original fue provisto por última vez tándar y sólida compuesta por pe- por el dueño de la marca al cliente. queñas unidades deberá tener un GTIN diferente si hubiera algún cam- bio en el GTIN de sus elementos. 8
  • 8. Alineación de datos Se propone la siguiente guía de “Mejo- 4. El dueño de la marca pone a disposi- res Prácticas” para todos los artículos. ción de su cliente toda la información Cuando a un artículo comercial se le La misma ha sido desarrollada por pro- relacionada con los artículos clasifica- asigna un GTIN nuevo es fundamental ductores, distribuidores y minoristas dos, preferiblemente con un mensaje que el Dueño de la Marca provea a los para ayudar a eliminar cualquier con- EDI o en un catálogo electrónico de socios comerciales la información deta- fusión entre la identificación del pro- productos, simultáneamente a la llada sobre las características del artícu- ducto y el producto listado en la Base clasificación del artículo. En el caso de lo. Esta información debería ser provista de Datos de los Minoristas en la Cade- promociones de tiempo limitado o tan pronto como sea posible, antes de na de Abastecimiento. una evolución del producto, esta in- que el artículo sea comercializado. formación se comunicará de antema- 1. La asignación del GTIN y del código no, permitiendo de esta manera vali- Al acelerar la entrega de la información de barras del GTIN es un proceso téc- dar la información y hacerla circular del GTIN a los compradores se reduce el nico para el cual han sido estableci- en forma interna. manejo de pedidos excepcionales y el das las reglas en las Especificaciones tiempo requerido hasta que la merca- Generales GS1. Clasificar un producto dería llega al salón de ventas. es el acto por el cual una organiza- ción comercial adopta un nuevo pro- ducto de un surtido. La clasificación Mejor Práctica en Alineación de Datos de productos es el resultado de ne- gociaciones comerciales entre el Es fundamental un número de pasos comprador y el vendedor. para asegurar que los GTINs sean co- Por ejemplo: La asignación de GTIN municados con exactitud dentro de la debería ser independiente de la clasi- Cadena de Abastecimiento. Estas accio- ficación de productos. nes garantizan que la información rela- cionada con cada código de barras es- 2. Por razones administrativas, o para caneado pueda ser vinculada con datos asegurar que la información correcta actualizados y precisos. Esto es particu- sea comunicada al consumidor final, larmente esencial para los artículos es- los cambios en un producto pueden caneados en el Punto de Venta donde requerir de un GTIN nuevo. Un GTIN la ausencia de información exacta pue- nuevo puede no implicar automática- de tener implicancias legales. mente una nueva clasificación. Por ejemplo: Si se hace un cambio en El GTIN provee una solución a la Cadena un producto clasificado que requiere de Abastecimiento para la identificación un GTIN nuevo, este no debería ser un de cualquier artículo que se comerciali- disparador automático para una nue- za (que tiene precio, que se factura, o va Clasificación del Producto. que es pedido). En general los costos de la Cadena de Abastecimiento se redu- 3. La asignación de GTIN y la clasificación cen para todos los socios que mantie- de bases de datos deben ser conside- nen idénticas reglas de asignación den- radas como dos decisiones completa- tro de ella. mente autónomas: la asignación de GTIN no es objeto de negociación. 9
  • 9. Cambios en la propiedad de la marca Adquisiciones y Fusiones Compra parcial GTINs adicionales requeridos. La deci- sión debería ser parte de los convenios Para la compañía que es adquirida, los Si una empresa compra una división de legales de las nuevas compañías. stocks existentes que fueron numerados otra que continuará utilizando su Prefijo antes de la adquisición o fusión mantie- de Compañía GS1 en las divisiones no No es necesario renumerar los stocks de nen el mismo GTIN. Los artículos produ- vendidas, la compradora deberá cam- artículos existentes. Sin embargo, si al- cidos después de la adquisición o fusión biar el GTIN en la división adquirida guna de las compañías divididas comer- pueden mantener el GTIN asignado dentro del término de un año. cializara artículos numerados con el Pre- anteriormente si la compañía compra- fijo de Compañía GS1 que ya no es váli- dora mantiene la membresía. Las reglas de uso de los GTINs de los do, debería volver a numerarlos en el vendedores y otras Claves de Identifi- momento de rehacer etiquetas o Una fusión implica que alguien se ha cación GS1, deberían tenerse en packaging utilizando su propio Prefijo hecho cargo de la compañía y ha asu- cuenta cuando se prepara el contrato de Compañía GS1. La notificación a los mido la responsabilidad por el Prefijo de compra. clientes se debería hacer con la sufi- de Compañía GS1, así como también ciente anticipación. por sus bienes y locaciones. Los artícu- El comprador debería incorporar lo los que la compañía adquirida produjo antes posible y en forma gradual Las empresas divididas que conserven con su Prefijo de GS1 de Empresa se nuevos números de su propio rango el Prefijo de Compañía GS1 deben llevar pueden seguir produciendo con ese a los artículos de la marca adquirida. un archivo de los GTINs asignados a los mismo prefijo después de la fusión, has- Esto podrá hacerlo, por ejemplo, artículos que ya no son de su ta que la compañía compradora tenga cuando rediseñe o haga una reimpre- propiedad. Esas mismas empresas no un control absoluto. sión del packaging. deben reutilizar dichos GTINs hasta pasados cuatro años de su utilización Si la compañía compradora lo desea Durante la venta de una compañía, y los por última vez en la identificación de puede etiquetar todos los productos siguientes cuatro años, la empresa productos. Por lo tanto, la empresa que adquiridos utilizando su Prefijo GS1 de vendedora no debe reasignar los núme- no conservó el Prefijo de Compañía GS1 Empresa existente. La importancia de ros originales a otros artículos. tiene que informar a la que sí lo utiliza asegurar que los socios comerciales es- las últimas fechas en las cuales comer- tán informados de cualquier cambio, cializó mercadería con ese Prefijo o ga- en forma oportuna, no puede estar División rantizar una fecha en la cual realizará el enfatizada en exceso. Una compañía cambio de número. debería ser cuidadosa cuando centrali- Cuando una compañía se divide en dos za la asignación de todos los números o más compañías separadas es necesa- bajo un Prefijo de Compañía GS1 ya rio que cada Prefijo de Compañía GS1 que esto deriva en trabajo adicional y asignado a la original sea transferido so- mantenimiento de las bases de datos lamente a una de las nuevas. Cualquier para los clientes. compañía que quede sin el Prefijo de Compañía GS1 deberá inscribirse en una Organización Miembro GS1. La de- cisión sobre cuál de las nuevas compa- ñías se quedará con el Prefijo de Com- pañía GS1 original debería considerarse de modo tal de reducir el número de 10
  • 10. 2.1.A.1-1 Variantes del mercado (idioma y cantidades comercializadas)
  • 11. 1.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Nuevo lenguaje sobre el empaque de un producto comercializado en un mercado/país (etiqueta en un sólo idioma). Ejemplo: Un producto que incluye en su packaging el idioma inglés, cambia por el idioma español. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 12
  • 12. 1.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Agregar un idioma adicional sobre el packaging de un producto comercializado en varios mercados (etiqueta multi-idioma). Ejemplo: Se decide agregar el idioma portugués a un producto que incluye en su packaging el idioma inglés y español. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 13
  • 13. 1.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Sustitución del grupo de idiomas. Ejemplo: Un producto que incluye en su packaging el idoma inglés, español y portugués, cambia por inglés, francés e italiano Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 14
  • 14. 1.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículo comercial de muestra o prueba. Nota: A un artículo de muestra o de prueba se le debe asignar un GTIN nuevo, que puede continuar sobre el producto en el caso de que la prueba sea exitosa. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 15
  • 15. 1.5 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Grupos del mismo artículo minorista conteniendo diferentes cantidades. Nota: El GTIN del artículo contenido no es afectado, en cambio cada agrupado tiene un GTIN que lo identifica. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Tantos GTINs como agrupados existan. 16
  • 16. 2.1.A.1-2 Reemplazo de Artículos Comerciales Estándares
  • 17. 2.1. Cambios Menores Los cambios menores son aquellos que no son relevantes para los socios comerciales (ej.: No afectan ni la decisión del consumidor, ni la información de pedido, facturación y almacenamiento). Los fabricantes necesitan distinguir estos cambios menores en variantes de artículos comerciales (ej: Para rastrear el impacto en el precio). 18
  • 18. 2.1.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios menores en la formulación que reemplazará al artículo existente y no implicará cambios en la declaración al consumidor. Nota: El cambio no afecta a los socios comerciales. Los cambios menores en los ingredientes no afectan la descripción. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 19
  • 19. 2.1.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios menores en el arte del empaque. Nota: Estos cambios menores, posiblemente relacionados con una promoción estacional, no deberían causar una nueva asignación de GTIN. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 20
  • 20. 2.1.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios menores en el peso neto, unidades, volumen “no declarado”. Ejemplo: Cambios en la tolerancia de fabricación que no afecten la declaración al consumidor. Contenido real: 998 grs. Contenido real: 1000 grs. Nota: Estos cambios menores, posiblemente relacionados a una mejora en la fabricación del producto que no impacten sobre otras reglas del GTIN no deben ser causa de asignación de un nuevo GTIN. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 21
  • 21. 2.1.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios menores en el packaging a nivel de agrupación de artículo comercial estándar. Nota: Este tipo de cambio no afecta a ningún integrante de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 22
  • 22. 2.1.5 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios menores en el material del packaging a nivel de artículo comercial de consumidor minorista. Ejemplo: PET a HDPE. Nota: Este tipo de cambio no afecta a ningún integrante de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 23
  • 23. 2.1.6 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cuando un artículo comercial minorista o una agrupación de artículos comerciales estándares contiene un mix aleatorio de artículos y este cambia. Ejemplo: diferentes colores, sabores de jalea, etc. Nota: El cambio en el mix aleatorio no afecta la declaración al consumidor ni a los integrantes de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 24
  • 24. 2.1.7 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Recetas estacionales. Ejemplo: “yogur con frutas estacionales”. Las frutas pueden cambiar de una estación a otra. Nota: La declaración al consumidor se mantiene igual sea cual fuera la estación. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 25
  • 25. 2.1.8 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambio en los gráficos de las marcas. Ejemplo: color gráfico, tamaño, tipo de letra, etc. Nota: El cambio no afecta a los socios de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 26
  • 26. 2.1.9 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Adición de marca. Ejemplo: se agrega un nombre de marca corporativa al nombre del producto existente en el envoltorio. Nota: El cambio no afecta a los socios de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 27
  • 27. 2.1.10 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Un cambio en el contenido de un surtido dinámico. Ejemplo: Un grupo estándar de artículo comercial que contiene una cantidad fija de un surtido cambiante de artículos comerciale diferentes de consumo minorista. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 28
  • 28. 2.2. Cambios Mayores Los cambios mayores son aquellos que requieren que los socios comerciales distingan dentro de sus sistemas entre el artículo comercial “viejo” y el “nuevo” (ej.: La declaración al consumidor ha cambiado o la información de pedido, almacenamiento o fac- turación se ve afectada). 29
  • 29. 2.2.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambio en el peso neto o unidades declaradas. Nota: El cambio conduce a una modificación en la etiqueta ubicada al borde de la góndola. Si el artículo viejo no fuera distinguido del nuevo podría conducir a una marcación de precio inexacta que acarrearía penalidades legales Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 30
  • 30. 2.2.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambio en la formulación esperando que el consumidor final distinga el nuevo del viejo. Nota: Este tipo de cambio conduce a una modificación en la declaración al consumidor. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 31
  • 31. 2.2.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cualquier cambio dimensional de más de un 20% en el packaging del producto. Nota: El cambio conduce a una actualización en el sistema de administración de góndolas. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 32
  • 32. 2.2.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios en la reconfiguración de artículos comerciales surtidos. Ejemplo: 30/50/80/40 por 40/60/40/60. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: El grupo de artículos comerciales estándares es un nuevo artículo comercial pedido. 33
  • 33. 2.2.5 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios significativos en la funcionalidad. Ejemplo: Nueva versión de software. Nota: Se recomienda un GTIN para la unidad comercial, como para cada agrupado estándar. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 34
  • 34. 2.2.6 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambios de las palabras del nombre del producto, la marca o la descripción que aparecen sobre el mismo (incluyendo la remoción de las marcas existentes utilizadas para describir al producto). Nota: El cambio conduce a una modificación en la declaración al consumidor. Los cambios de marca, producto, nombre, deben ser comunicados claramente y el stock antiguo retirado. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 35
  • 35. 2.2.7 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cambio gradual de marca o nombre del producto. Ejemplo: cuando la marca antigua coexiste con la nueva durante un período formado por varias etapas. Coexisten ambas marcas Desaparece la marca original Nota: El titular de la marca decide exactamente cuándo se asignará el nuevo GTIN. Esto debería ser cuando la marca antigua desapa- rezca del producto Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Nuevo GTIN (en el mismo momento en que se produce el cambio de GTIN del Artículo Comercial de Consumo) 36
  • 37. 3.1 Promociones 3.1.1 Promociones que no impactan en el GTIN Las promociones son (normalmente) modificaciones de corto plazo realizadas a un producto comercial para presentarlo al con- sumidor. Esta sección resalta ejemplos de promociones donde los GTIN a nivel comercial permanecen sin cambios. 38
  • 38. 3.1.1.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Dos o más unidades comerciales a nivel minorista, una cerca de la otra (no juntas ni bandeadas) y que ambas puedan ser compradas por separado. Ejemplo: Un regalo por la compra o las ofertas como “Compre 2 y obtenga 1 gratis” Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Sin cambio, a menos que las 2 unidades sean despachadas juntas en el mismo contenedor físico. 39
  • 39. 3.1.1.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Dos o más unidades bandeadas juntas, por ejemplo para probar el ítem adjunto y que será un pack de prueba de un sólo pedido. Siempre que las medidas del pack no afecten la administración de la góndola. Nota: Este tipo de cambio no tiene impacto sobre ningún integrante de la cadena de abastecimiento. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 40
  • 40. 3.1.1.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Dos artículos no bandeados donde un ítem que no puede ser comprado por separado es gratis con la compra del otro. Nota: El cambio no tiene impacto sobre el ítem original. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Siempre que el regalo no sea despachado en el mismo contenedor. 41
  • 41. 3.1.1.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Un artículo con un ítem de regalo empaquetado adentro, manteniendo esta promoción el mismo precio que el artículo regular. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 42
  • 42. 3.1.1.5 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Reconfiguración del empaque con propósitos promocionales. Ejemplo: edición conmemorativa de botellas de sidra. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales y la declaración al consumidor no se ve afectada. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 43
  • 43. 3.1.1.6 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículo con un cupón de descuento sobre o dentro del empaque. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. Si se le da la opción al consumidor de comprar el artículo con o sin cupón, un GTIN separado será necesario. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Siempre que el cupón no tenga fecha de vencimiento. 44
  • 44. 3.1.1.7 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Un artículo puede tener un cupón o algún otro material impreso como prueba de que ha sido comprado, para poder recibir un reembolso. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Siempre que el cupón no tenga fecha de vencimiento. 45
  • 45. 3.1.1.8 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cuando el minorista compra ítems a precio regular y se le entregan ítems adicionales sin cargo. Nota: Cuando se incrementa la cantidad de artículos en una caja cambia el GTIN de la misma. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Si el contenido sigue igual y se incrementa la cantidad de cajas (compro 10 y obtengo 1 gratis) no hay cambios en el GTIN. 46
  • 46. 3.1.1.9 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículo promocional con tiempo límite para un evento. Promociones específicas donde el artículo debe ser expuesto en un día determinado. Ejemplo: Día del Animal. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales. La declaración al consumidor no se ve afectada. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 47
  • 47. 3.1.2 Promociones que tienen impacto sobre el GTIN Las promociones son (normalmente) modificaciones a corto plazo realizadas a un producto comercial para presentarlo al consumi- dor. Esta sección resalta ejemplos de promociones donde se requiere un nuevo GTIN a un mismo nivel comercial minorista. 48
  • 48. 3.1.2.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Si el artículo de consumo cambia por otro que tiene un pre-precio en su etiqueta. Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 49
  • 49. 3.1.2.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Si un artículo de consumo expresa explícitamente en el empaque una bonificación en el precio. Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 50
  • 50. 3.1.2.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Un pack con bonificación de mayor cantidad de peso neto o volumen y que se vende al mismo precio del ítem regular. Nota: El cambio afecta la declaración al consumidor al pie de la góndola. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 51
  • 51. 3.1.2.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Un pack compuesto por dos o más artículos, normalmente vendidos por separado, que se encuentran bandeados juntos. Nota: Se requiere un nuevo GTIN ya que este es un producto nuevo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 52
  • 52. 3.2 Mercadería con Precio Predeterminado El pre-precio no se recomienda como práctica comercial porque genera complejidad para el mantenimiento de los archivos de pre- cios de los artículos comerciales minoristas y grupos comerciales estándares, a través de la cadena de abastecimiento. 53
  • 53. 3.2.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Item de consumo minorista con una etiqueta de precio adjunta, según requerimiento específico del minorista. Nota: Un ítem de consumo del que varios minoristas solicitan etiquetas con un precio específico no requiere un GTIN individual por cada etiqueta de precio. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 54
  • 54. 3.2.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cuando el fabricante incluye un precio predeterminado como parte de la gráfica del empaque. Precio minorista sugerido por fabricante. Nota: El cambio requiere que los socios comerciales distingan el stock nuevo del viejo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 55
  • 55. 3.2.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Cualquier otro tipo de marca de precio como parte del empaque, siendo el precio de venta el que está marcado en el mismo. Nota: Si el precio del producto cambia, el GTIN debería cambiar. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 56
  • 56. 3.3 - 3.7 Otros Artículos Comerciales Paralelos Otros cambios que podrían afectar la asignación de GTIN. 57
  • 57. 3.3 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Diferentes fabricantes para artículos comerciales aparentemente idénticos para un minorista específico. Nota: El precio minorista no es relevante para el fabricante. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 58
  • 58. 3.4 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Diferentes precios minoristas, (por ejemplo, diferentes regiones de un mismo país) y el precio no está marcado en el empaque. Nota: El precio minorista no es relevante para el GTIN, a menos que tenga un pre-precio colocado por el proveedor en el empaque. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 59
  • 59. 3.5 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículos comerciales producidos en diferentes lugares. PRODUCIDA PRODUCIDA EN EN MENDOZA SAN JUAN Nota: Diferentes GTINs para un mismo artículo podrían causar serios problemas para los socios comerciales. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 60
  • 60. 3.6 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículos comerciales vendidos en diferentes lugares. VENDIDA VENDIDA EN EN USHUAIA TUCUMAN Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 61
  • 61. 3.7 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Diseño nuevo/adicional de pallets que coexisten en forma permanente con el diseño original. Nota: El diseño de pallets no impacta en la cantidad de artículos comerciales minoristas o cajas contenidas. Si el pallet es la unidad de pedido, se requiere un GTIN para cada configuración del mismo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 62
  • 62. 3.8 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículos comerciales presentados con diferentes dispositivos de seguridad. Nota: El cambio no tiene impacto sobre los socios comerciales y la declaración al consumidor no se ve afectada Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 63
  • 63. 3.9 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Incorporación de una etiqueta EPC.. Nota: Cuando un artículo posee una etiqueta EPC y un código de barras, el GTIN codificado debe ser idéntico. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 64
  • 65. 4.1 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículos comerciales modificados por razones estacionales. Ejemplo: Pack de Navidad, dulces envasados para Pascuas. Nota: Se requiere un nuevo GTIN ya que este es un producto nuevo. Los artículos recurrentes de temporada deberían utilizar el mismo GTIN cada estación. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) 66
  • 66. 4.2 Identificación del artículo comercial del minorista (unidad de consumo) Artículos comerciales producidos con diferentes cosechas. Ejemplo: vinos. Ejemplo: Nuevo GTIN si la cosecha incide en el precio del artículo y mismo GTIN si la cosecha no incide en el precio del artículo. Identificación de grupos de artículos comerciales estándares (bulto continente) Nota: Si la cosecha incide en el precio Nota: Si la cosecha no incide en el precio 67