El documento habla sobre la educación vial en Colombia. Explica que aunque la educación vial ha sido una prioridad por más de 70 años, todavía falta implementación efectiva en las escuelas. Describe los requisitos legales para la enseñanza de educación vial y los esfuerzos del gobierno para promoverla, pero señala que cada escuela decide cómo incluirla en sus planes de estudio. Concluye resaltando la importancia de crear una cultura de conciencia vial a través de la educación desde una edad temprana.
2. TITULO DEL ENSAYO
CONTENIDO
1. Portada
2. Introducción
3. Descripción de tema o
problemática
4. Desarrollo de la
argumentacion
5. Conclusiones y
recomendaciones
6. Título
POR NUESTRAVIDA, SEGUSROS EN
LAVIA
Desde hace 70 años en Colombia, se empezó a legislar sobre
educación escolar en tránsito y seguridad vial. Sin embargo, en
materia de cultura vial por el momento sólo hay unas interesantes
campañas.
Y aunque las campañas tienen un gran impacto entre la gente, por
lo que se ve en las calles a juzgar por el comportamiento de
conductores, peatones, ciclistas y motociclistas estas no son
suficientes.
8. Título
Se pretende lograr dentro de la comunidad educativa la
adquisición de hábitos de observación visual, auditiva,
psicomotriz para la formación de actitudes y
comportamientos frente al transito, respecto a las normas,
a las autoridades y a las acciones de competencia
ciudadana, que permitan mejorar la movilidad y la calidad
de vida de la comunidad policial, desde los colegios ya que
es de vital importancia y una problemática que se presenta
a diario a todos los niveles de nuestra sociedad.
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VIA
10. Título
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El exceso de tolerancia por parte de algunas autoridades para
exigir el cumplimiento de todas las normas de tránsito, han
ocasionado lesiones personales tanto en lo físico como en lo
psicológico y en lo económico.
Dando así pie para que se trasgredan constantemente las normas
que en materia de seguridad vial, las omitan por simple
desconocimiento de las mismas y por ende, se vulnera el derecho
a la vida, como podemos observar en las evidencias que se
presentan
Es necesario conocer a fondo la trascendencia en educación vial
como nos lo indican la ley 1503/2010, que nos habla de la
formación de hábitos, comportamientos y conductas de seguridad
vial, impartida por la ley 115/94 y; la ley 383/2010 que modifica el
Código Nacional de Tránsito, tomando ajustes a algunos apartes
de la ley 769/2002.
11. Título
Mucho se ha hablado sobre cultura ciudadana, buen
comportamiento en las calles, e incluso, el Fondo de Prevención
Vial lanzó una ruidosa campaña para inculcarle a la ciudadanía
más respeto y responsabilidad en las vías.
Es responsabilidad de nosotros formar parte de la adquisición de
hábitos de observación visual, auditiva y psicomotriz para
observar actitudes y comportamientos frente a la movilidad,
respeto a las normas, a las autoridades y a las actividades de
competencias ciudadanas.
Además, muchas veces las campañas se enfocan en temas
puntuales como el exceso de velocidad, conducción bajo el efecto
del alcohol, pero lo cierto es que en materia de educación es poco
lo que hay, pese a que en la legislación colombiana existen desde
hace muchos años disposiciones sobre la obligatoriedad de
enseñanza.
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12. Título
El artículo 56 de la Ley 769 (Código Nacional de Tránsito
estableció desde su promulgación en el 2002 la obligatoriedad de
enseñanza.
"Se establecerá como obligación en la educación Preescolar,
Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional impartir
los cursos de tránsito y seguridad vial previamente diseñados por
el Gobierno Nacional", dice la Ley.
Un parágrafo dejó en manos de los Ministerios de Transporte y
Educación Nacional, con un plazo de 12 meses, la expedición de
la reglamentación, es decir, presentar las cartillas y documentos
básicos de estudio de tránsito y seguridad vial.
Para esto, el Ministerio de Educación en asocio con el Ministerio
de Transporte, expidió la Directiva Ministerial número 13 que
contiene consideraciones, acciones y alternativas pedagógicas en
materia de educación y seguridad vial.
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13. Según el Ministerio de Educación, "en Colombia todas las
instituciones educativas cuentan con estándares de competencias
que integran componentes fundamentales de la educación vial (...)
orientada a que los niños, niñas y jóvenes puedan ejercer su derecho
a una movilidad libre y segura".
Pero, ¿se cumple? y la respuesta del Ministerio de educación es que
por la Ley General de Educación (115 de 1.994) "las instituciones
Educativas son autónomas para construir su currículo y su plan de
estudios". El Ministerio integró los componentes fundamentales de la
educación vial, pero son las instituciones educativas las que tienen
que estructurar sus proyectos educativos institucionales y sus planes
de estudio.
Y agrega que "el seguimiento al estado de la educación en tránsito y
prevención vial, deben hacerlo las secretarías de educación ya que el
Ministerio de Educación evalúa el desarrollo general de las
competencias básicas".
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14. "Se establecerá como obligación en la educación Preescolar, Básica
Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional impartir los cursos de
tránsito y seguridad vial previamente diseñados por el Gobierno
Nacional", dice la Ley.
Un parágrafo dejó en manos de los Ministerios de Transporte y
Educación Nacional, con un plazo de 12 meses, la expedición de la
reglamentación, es decir, presentar las cartillas y documentos básicos
de estudio de tránsito y seguridad vial.
Para esto, el Ministerio de Educación en asocio con el Ministerio de
Transporte, expidió la Directiva Ministerial número 13 que contiene
consideraciones, acciones y alternativas pedagógicas en materia de
educación y seguridad vial.
Según el Ministerio de Educación, "en Colombia todas las instituciones
educativas cuentan con estándares de competencias que integran
componentes fundamentales de la educación vial (...) orientada a que
los niños, niñas y jóvenes puedan ejercer su derecho a una movilidad
libre y segura".
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VIA
15. POR NUESTRAVIDA, SEGUROS
EN LAVIA
Pero, ¿se cumple? y la respuesta del Ministerio de educación es que
por la Ley General de Educación (115 de 1.994) "las instituciones
Educativas son autónomas para construir su currículo y su plan de
estudios". El Ministerio integró los componentes fundamentales de la
educación vial, pero son las instituciones educativas las que tienen que
estructurar sus proyectos educativos institucionales y sus planes de
estudio.
Y agrega que "el seguimiento al estado de la educación en tránsito y
prevención vial, deben hacerlo las secretarías de educación ya que el
Ministerio de Educación evalúa el desarrollo general de las
competencias básicas".
Esto por lo que se ve en escuelas y colegios no se ha dado, y mucho
menos cumplir con la segunda parte del parágrafo que obliga a la
"adopción de modernas herramientas tecnológicas didácticas
dinámicas para dramatizar el contenido de las cartillas y los
documentos básicos de estudio para la educación en tránsito y
seguridad vial en cada uno de los niveles de educación aquí descritos".
16. POR NUESTRAVIDA, SEGUSROS
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La Educación vial, es una idea con más de 70 años. Una de la primeras
normas sobre educación en tránsito y seguridad vial data de 1938. Ese año
el entonces presidente Alfonso López Pumarejo expidió el decreto 463 que
hacía "obligatoria para los establecimientos de educación la enseñanza de
las reglas de circulación y tránsito".
Ya en ese decreto se hablaba de impartir la enseñanza en escuelas
públicas y privadas por medio de conferencias, "que se dictaran en cada
establecimiento, una vez por semana, cuando, menos". Han pasado más
de 70 años, mucho tiempo se ha perdido y seguramente de haberse
cumplido con lo que mandaba el decreto tal vez la situación sería diferente.
17. POR NUESTRAVIDA, SEGUSROS
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Las conferencias trataban sobre "circulación de vehículos y de
peatones; circulación de peatones en las entradas y salidas de
edificios públicos y privados, en los teatros, plazas y calles; reglas
relativas al uso de las vías públicas en tiempos de lluvia; reglas para
el tránsito en los caminos y carreteras; modo de usar los vehículos,
en general; respeto y obligaciones que se deben a las autoridades
encargadas de reglamentar, dirigir y vigilar el tránsito en general;
señales, semáforos y demás distintivos de los reglamentos sobre
transito; y calles de vía doble y sencilla".
El acuerdo 39 de 1999,en la administración del alcalde Enrique
Peñalosa se expidió el Acuerdo 39 mediante el cual se introdujo en el
área de educación ética y en valores humanos, desde el nivel
preescolar hasta la educación media, la unidad académica de
normas básicas de tránsito, según ese Acuerdo, la Unidad
Académica de Normas Básicas de Tránsito tiene carácter obligatorio
para todos los establecimientos educativos oficiales y privados de
Bogotá. Señalaba que los contenidos serían elaborados por la
Secretaría de Educación y la Secretaría de Tránsito y Transporte.
18. Cada institución educativa es autónoma para decidir cómo integrar la
educación vial en sus planes de estudio, así que no existe un enfoque,
ni un texto único para abordar esta temática, pero todas deben
integrarla a partir de los estándares y de la directiva ministerial. Están
cumpliendo los colegios con lo que dice el Código Nacional de Tránsito
en su artículo 56? (Obligatoriedad de enseñanza)
Entre el 2004 y el 2005 se entregó un set de 12 cartillas sobre
educación en tránsito y seguridad vial, en todas las instituciones
educativas, acompañado de un proceso de socialización con docentes
y agentes educativos en más de 76 ciudades y municipios del país,
como resultado del trabajo interinstitucional entre los ministerios de
transporte y educación, las secretarías de educación de Bogotá y
Cundinamarca y Antioquia, y el Fondo de Prevención vial, quienes
generaron las orientaciones.
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19. POR NUESTRAVIDA, SEGUSROS
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Uno de los programas que ejemplifican la forma como las
instituciones educativas implementan desde las competencias
ciudadanas la educación vial y de tránsito, es el programa "visitas
pedagógicas" de la Fundación Terpel, las cuales se programan de
forma intencional, pedagógicamente, para la formación en
ciudadanía desde diversos ámbitos a través de salidas didácticas a
espacios públicos como museos, parques, zoológicos, instituciones
etc. Entre los temas que más han elegido los docentes participantes
están: el conocimiento, construcción y respeto de normas, las
cuales incluyen las normas de transito
21. Título
Conclusiones
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• El análisis de los episodios en las políticas publicas, en ámbito
social y cultural muestra, como un entorno mas democrático y
educativo ejercen su influencia en los jóvenes que día a día,
en caminan sus habilidades hacia un conocimiento mas
abierto.
• Es por eso que se esperan modificaciones dramáticas en
materia de educación vial, con proyecto vanguardista que
muestre un alcance social mas arraigado a la realidad
educativa, pero mas haya del conocimiento de normas, es
crear una cultura educativa vial, de conciencia vinculado a
actuaciones especificas de programas con empoderamiento,
de mantener una educación mas ágil que determinen el grado
de capacidad educacional.
22. Título
Conclusiones
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• El país afronta graves problemas de conocimiento vial y
más que de conocimiento es de conciencia vial, los
cuales se pueden desarrollar a través del fortalecimiento
emocional a través de la educación desde el colegio en
áreas de autorregulación y pensamiento creativo, que
promuevan comportamientos positivos en el estudiante
y facilite una actitud flexible al cambio, a diferentes
condiciones del medio en el cual es su entorno, a las
difíciles circunstancias viales a las cuales se debe
adaptar.
23. Título
Recomendaciones
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• Crear espacios de diálogo y reflexión para los integrantes de la
comunidad: charlas, debates, conferencias dadas por
personas especializadas
• Permitir la apropiación de valores y conceptos a través de
actividades concretas de enseñanza-aprendizaje; por medio de
videos, volantes y folletos ilustrativo ,charlas, conferencias
dadas por especialistas etc., con el fin de culturizar en
seguridad vial.
• Desarrollar habilidades en competencias ciudadanas y ser
responsables de su actitud frente a la vida, inculcando hábitos
y costumbres en seguridad vial en las personas como actores
en el tránsito.
Notas del editor
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