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ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS
DEL CENTRO ESCOLAR
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE UN CENTRO

ORGANOS DE GOBIERNO

UNIPERSONALES
(E.D)

ORGANOS DE
REPRESENTACIÓN

COLEGIADOS

-DIRECTOR
CLAUSTRO
-JEFE DE ESTUDIOS
DE
- SECRET.
PROFES.

ORGANOS DE
COORDINACIÓN DOCENTE

ASOCIACIONES

CONSEJO
ESCOLAR

PADRES
DE
ALUMNOS

ALUMNOS

-TUTORES
-EQUIPOS DE CICLO
-DEPARTAMENTOS
-COMISIÓN DE
COORDINACIÓN
PEDAGÓGICA (C.C.P.)
- EQUIPO DOCENTE
Referencia de la LOE a órganos de gobierno y
coordinación docente
• La LOE regula en su Título V, Capítulos III y IV, los órganos colegiados
de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos, así
como la dirección de los mismos.
•
•
•
•

(Artículos 126 a 139). Concretamente:
Consejo Escolar, composición y competencias.
Claustro, composición y competencias.
Se menciona a los órganos de coordinación docente que serán
regulados por las administraciones educativas.
Se denomina al equipo directivo como órgano ejecutivo y se presta
JMGB
especial atención al Director, detallando sus competencias, proceso de
selección, evaluación y reconocimiento.
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
COMPONENTES
Miembros natos

Miembros elegidos

Director

Profesores

Representante
organizaciones
empresariales

Jefe de Estudios

Padres de alumnos

Representante del
personal de atención ed.
complementaria

Secretario (con voz y sin
voto)

Representante PAS

Persona que impulse
medidas para fomentar la
igualdad entre H y M

Representante Ayto.

Alumnos (1º ESO)

JMGB
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
COMPETENCIAS
Aprobar y evaluar la PGA sin perjuicio de las competencias del claustro
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
por los candidatos
Participar en la selección del director
Decidir sobre la admisión de alumnos
Conocer la resolución de conflictos de disciplina
Analizar y valorar el funcionamiento del centro y la evolución del rendimiento
escolar
JMGB
CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO
• ES EL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS
DIFERENTES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA
• UN REPRESENTANTE DE LOS PADRES SERÁ
DESIGNADO POR LA A.M.P.A.
• LOS
ALUMNOS
DE
PRIMARIA
ESTARÁN
REPRESENTADOS CON VOZ PERO SIN VOTO EN
LAS CONDICIONES QUE ESTABLEZCA EL P.E.C.
CONSEJO ESCOLAR.
REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.
• EN DÍA Y HORA POSIBLE PARA TODOS
SUS MIEMBROS
• EN CONVOCATORIAS ORDINARIAS,
ORDEN DEL DÍA Y DOCUMENTACIÓN
CON UNA SEMANA DE ANTELACIÓN
• EN CONV. EXTRAORDINARIAS CON
UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 48 H.
CONSEJO ESCOLAR.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO.
• UNA VEZ AL TRIMESTRE, SIEMPRE
QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR, O
CUANDO LO SOLICITE AL MENOS UN
TERCIO DE SUS MIEMBROS.
• LA ASISTENCIA SERÁ OBLIGATORIA
PARA TODOS SUS MIEMBROS
CONSEJO ESCOLAR. COMISIONES
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•

COMISIÓN DE CONVIVENCIA
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CONSEJO ESCOLAR.
ELECCIÓN Y RENOVACIÓN
• PROCEDIMIENTO DURANTE EL
PRIMER TRIMESTRE DEL CURSO, POR
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REPRESENTADOS.
COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO
• SERÁ PRESIDIDO POR EL DIRECTOR
• ESTARÁ
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MOMENTO.
CLAUSTRO DE PROFESORES
COMPETENCIAS

Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración
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Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de
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alumnos
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
por los candidatos y participar en la selección del mismo
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro y la evolución del
rendimiento escolar
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JMGB
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL
CLAUSTRO
• SE REUNIRÁ COMO MÍNIMO UNA VEZ AL
TRIMESTRE,
Y
SIEMPRE
QUE
LO
CONVOQUE EL DIRECTOR O UN TERCIO DE
SUS MIEMBROS
• SERÁ
PRECEPTIVA
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SESIÓN
A
PRINCIPIO DE CURSO Y OTRA AL FINAL DEL
MISMO.
• LA ASISTENCIA ES OBLIGATORIA PARA
TODOS SUS MIEMBROS.
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL DIRECTOR.
Se ocupa de los aspectos de carácter
organizativo, representativo y de gestión.
– FUNCIONES:
•
•
•
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•

Toma de decisiones
La programación y evaluación de los procesos y resultados
La comunicación
La coordinación intra y extraescolar
La solución de conflictos
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL JEFE DE ESTUDIOS
Asume las competencias pedagógicas del
Equipo Directivo, respondiendo a las siguientes
funciones:
– Función académica
– Función planificadora-temporal y de agrupamiento de
alumnos
– Funciones orientadoras
– Funciones de coordinación docente
– Funciones convivenciales y disciplinarias.
•

•
•

•

ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
El J.E. será maestro funcionario definitivo en
el centro, designado por el Director, comunicado
a la comisión de selección y nombrado por el/la
Delegado/a Provincial.
La duración de su mandato será la del Director.
Podrá cesar por renuncia motivada, cese del
director, traslado, excedencia, a propuesta del
Director o por incumplimiento grave de sus
funciones
Podrá ser sustituido provisionalmente por el
profesor que designe el Director.
ÓRGANOS UNIPERSONALES
EL EQUIPO DIRECTIVO
• EL SECRETARIO
Requiere dedicación, orden, sistematicidad y
honradez personal. Los sectores en los que se
desenvuelve su gestión son:
– Legislación
– Documentación administrativa y académica
– Funciones de custodia y organización de recursos y
medios didácticos
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ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
• EQUIPOS DE CICLO
Todos los maestros que imparten docencia en
él, y se encargan de organizar y desarrollar las
enseñanzas propias del ciclo, bajo la supervisión
del jefe de estudios. Deben elaborar
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Programaciones
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y
mantener
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actividades complementarias y extraescolares.
Cada ciclo estará dirigido por un Coordinador,
para cada curso, que será un maestro definitivo
con docencia en ese ciclo
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
• COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Estará integrada por el Director, el Jefe de Estudios,
los Coordinadores de Ciclo y el Orientador del
Centro. Actuará de secretario el profesor de menor
edad.
La Comisión de Coordinación Pedagógica y se
reunirá con una periodicidad mensual. Celebrará,
además, una sesión extraordinaria al comienzo de
curso y otra al finalizar éste y cuantas otras se
consideren necesarias.
La Comisión de Coordinación Pedagógica
deberá tener establecidas las directrices
generales para la elaboración y revisión de las
Programaciones Didácticas antes del comienzo
de la elaboración de las mismas. Asimismo, la
Comisión deberá establecer durante el mes de
septiembre, y antes del inicio de las actividades
lectivas, un calendario de actuaciones para la
actuación con los alumnos de n.e.e.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

• TUTORES
La tutoría y orientación de alumnos forma
parte de la función docente. Cada grupo
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Estudios que coordinará el trabajo de
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  • 2.
  • 3. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE UN CENTRO ORGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES (E.D) ORGANOS DE REPRESENTACIÓN COLEGIADOS -DIRECTOR CLAUSTRO -JEFE DE ESTUDIOS DE - SECRET. PROFES. ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE ASOCIACIONES CONSEJO ESCOLAR PADRES DE ALUMNOS ALUMNOS -TUTORES -EQUIPOS DE CICLO -DEPARTAMENTOS -COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA (C.C.P.) - EQUIPO DOCENTE
  • 4.
  • 5.
  • 6. Referencia de la LOE a órganos de gobierno y coordinación docente • La LOE regula en su Título V, Capítulos III y IV, los órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos, así como la dirección de los mismos. • • • • (Artículos 126 a 139). Concretamente: Consejo Escolar, composición y competencias. Claustro, composición y competencias. Se menciona a los órganos de coordinación docente que serán regulados por las administraciones educativas. Se denomina al equipo directivo como órgano ejecutivo y se presta JMGB especial atención al Director, detallando sus competencias, proceso de selección, evaluación y reconocimiento.
  • 7. CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO COMPONENTES Miembros natos Miembros elegidos Director Profesores Representante organizaciones empresariales Jefe de Estudios Padres de alumnos Representante del personal de atención ed. complementaria Secretario (con voz y sin voto) Representante PAS Persona que impulse medidas para fomentar la igualdad entre H y M Representante Ayto. Alumnos (1º ESO) JMGB
  • 8. CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO COMPETENCIAS Aprobar y evaluar la PGA sin perjuicio de las competencias del claustro Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos Participar en la selección del director Decidir sobre la admisión de alumnos Conocer la resolución de conflictos de disciplina Analizar y valorar el funcionamiento del centro y la evolución del rendimiento escolar JMGB
  • 9. CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO • ES EL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIFERENTES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA • UN REPRESENTANTE DE LOS PADRES SERÁ DESIGNADO POR LA A.M.P.A. • LOS ALUMNOS DE PRIMARIA ESTARÁN REPRESENTADOS CON VOZ PERO SIN VOTO EN LAS CONDICIONES QUE ESTABLEZCA EL P.E.C.
  • 10. CONSEJO ESCOLAR. REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. • EN DÍA Y HORA POSIBLE PARA TODOS SUS MIEMBROS • EN CONVOCATORIAS ORDINARIAS, ORDEN DEL DÍA Y DOCUMENTACIÓN CON UNA SEMANA DE ANTELACIÓN • EN CONV. EXTRAORDINARIAS CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 48 H.
  • 11. CONSEJO ESCOLAR. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO. • UNA VEZ AL TRIMESTRE, SIEMPRE QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR, O CUANDO LO SOLICITE AL MENOS UN TERCIO DE SUS MIEMBROS. • LA ASISTENCIA SERÁ OBLIGATORIA PARA TODOS SUS MIEMBROS
  • 12. CONSEJO ESCOLAR. COMISIONES • • • • • • COMISIÓN DE CONVIVENCIA COMISIÓN ECONÓMICA COMISIÓN DEL COMEDOR ESCOLAR COMISIÓN DE GRATUIDAD DE LIBROS COMISIÓN PERMANENTE TODAS LAS QUE SE ESTIMEN OPORTUNAS
  • 13. CONSEJO ESCOLAR. ELECCIÓN Y RENOVACIÓN • PROCEDIMIENTO DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE DEL CURSO, POR MITADES CADA DOS AÑOS DE CADA UNO DE LOS SECTORES REPRESENTADOS.
  • 14. COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO • SERÁ PRESIDIDO POR EL DIRECTOR • ESTARÁ INTEGRADO POR LA TOTALIDAD DE LOS PROFESORES QUE INTEGRAN EL CENTRO EN ESE MOMENTO.
  • 15. CLAUSTRO DE PROFESORES COMPETENCIAS Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la PGA Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de alumnos Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos y participar en la selección del mismo Analizar y valorar el funcionamiento general del centro y la evolución del rendimiento escolar Conocer la resolución de conflictos disciplinarios JMGB
  • 16. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO • SE REUNIRÁ COMO MÍNIMO UNA VEZ AL TRIMESTRE, Y SIEMPRE QUE LO CONVOQUE EL DIRECTOR O UN TERCIO DE SUS MIEMBROS • SERÁ PRECEPTIVA UNA SESIÓN A PRINCIPIO DE CURSO Y OTRA AL FINAL DEL MISMO. • LA ASISTENCIA ES OBLIGATORIA PARA TODOS SUS MIEMBROS.
  • 17. ÓRGANOS UNIPERSONALES EL EQUIPO DIRECTIVO • EL DIRECTOR. Se ocupa de los aspectos de carácter organizativo, representativo y de gestión. – FUNCIONES: • • • • • Toma de decisiones La programación y evaluación de los procesos y resultados La comunicación La coordinación intra y extraescolar La solución de conflictos
  • 18. ÓRGANOS UNIPERSONALES EL EQUIPO DIRECTIVO • EL JEFE DE ESTUDIOS Asume las competencias pedagógicas del Equipo Directivo, respondiendo a las siguientes funciones: – Función académica – Función planificadora-temporal y de agrupamiento de alumnos – Funciones orientadoras – Funciones de coordinación docente – Funciones convivenciales y disciplinarias.
  • 19. • • • • ÓRGANOS UNIPERSONALES EL EQUIPO DIRECTIVO El J.E. será maestro funcionario definitivo en el centro, designado por el Director, comunicado a la comisión de selección y nombrado por el/la Delegado/a Provincial. La duración de su mandato será la del Director. Podrá cesar por renuncia motivada, cese del director, traslado, excedencia, a propuesta del Director o por incumplimiento grave de sus funciones Podrá ser sustituido provisionalmente por el profesor que designe el Director.
  • 20. ÓRGANOS UNIPERSONALES EL EQUIPO DIRECTIVO • EL SECRETARIO Requiere dedicación, orden, sistematicidad y honradez personal. Los sectores en los que se desenvuelve su gestión son: – Legislación – Documentación administrativa y académica – Funciones de custodia y organización de recursos y medios didácticos – Gestión económica – Información y atención al público
  • 21. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE • EQUIPOS DE CICLO Todos los maestros que imparten docencia en él, y se encargan de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo, bajo la supervisión del jefe de estudios. Deben elaborar las Programaciones Didácticas y mantener actualizada la metodología. Organizan todas las actividades complementarias y extraescolares. Cada ciclo estará dirigido por un Coordinador, para cada curso, que será un maestro definitivo con docencia en ese ciclo
  • 22. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE • COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Estará integrada por el Director, el Jefe de Estudios, los Coordinadores de Ciclo y el Orientador del Centro. Actuará de secretario el profesor de menor edad. La Comisión de Coordinación Pedagógica y se reunirá con una periodicidad mensual. Celebrará, además, una sesión extraordinaria al comienzo de curso y otra al finalizar éste y cuantas otras se consideren necesarias.
  • 23. La Comisión de Coordinación Pedagógica deberá tener establecidas las directrices generales para la elaboración y revisión de las Programaciones Didácticas antes del comienzo de la elaboración de las mismas. Asimismo, la Comisión deberá establecer durante el mes de septiembre, y antes del inicio de las actividades lectivas, un calendario de actuaciones para la actuación con los alumnos de n.e.e.
  • 24. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE • TUTORES La tutoría y orientación de alumnos forma parte de la función docente. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor designado por el Director a propuesta del Jefe de Estudios que coordinará el trabajo de todos.