2. Se habla de GE como el uso de las tecnologías de la
información y comunicación (TIC) para proveer servicios
gubernamentales independientes del tiempo, distancia y
complejidad organizacional.
El Banco mundial lo define como “el uso de las tecnologías de
información y comunicaciones para mejorar la eficiencia, la
efectividad, la transparencia y la rendición de cuentas del
gobierno” y las Naciones Unidas lo definen como “La utilización
de Internet y el World Wide Web para entregar información y
servicios del gobierno a los ciudadanos.
GOBIERNO ELECTRONICO:
3. Es una nueva tendencia de los Estados, dentro de las prácticas de la nueva
gestión pública, que busca mejorar la transparencia y la participación
ciudadana. Enfatiza el uso de las nuevas tecnologías de comunicación e
información para el fomento de esta, la apropiación y reutilización de los
datos, y el empoderamiento ciudadano.
El 20 de setiembre de 2011 se inauguró la “Alianza para un Gobierno
Abierto”, A la fecha, 48 países se han comprometido entregar sus planes
de acción a esta causa, incluido el Perú.
A esta iniciativa se sumo como parte de la sociedad civil y creando asi: El
Observatorio de Gobierno Electrónico (e-Gov Perú) y Escuelab (fabricación
digital sistemas interactivos).
GOBIERNOS ABIERTOS:
4. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), es el
Órgano Técnico Especializado que depende directamente del Despacho de
la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). ONGEI, en su calidad de Ente
Rector del Sistema Nacional de Informática, se encarga de liderar los
proyectos, la normatividad, y las diversas actividades que en materia de
Gobierno Electrónico realiza el Estado, asimismo, se encarga de la
administración de diversos portales del Estado.
PERU GOBIERNO ELECTRONICO
5. • PROBLEMA GENERAL:
¿cuáles son las condiciones para dejar un conocimiento accesible a la
mayoría de personas actuando en una sociedad que exige conocimiento y
facilidad de uso de ejemplos?, lo razonable sería que exista archivo de las
diferentes materias y problemas que se suscitan ante un juzgado de paz,
pero ¿qué pasaría si estos juzgados mencionados, no cuentan con una
conexión real con la institución a la que pertenecen y que vela por la
justicia en todos los niveles?
La realidad según una investigación a priori, nos muestra una realidad
deplorable en cuanto a las condiciones de trabajo y herramientas posibles
que tienen los juzgados dentro de nuestra ciudad.
FORMULACION DEL PROBLEMA
6. • Si bien la LOPJ establece la obligación del Poder Judicial de proveer a los
jueces de paz de los útiles indispensables para el cumplimiento de su función
(artículo 63) .
•En cuanto al local donde funcionan estos juzgados, tanto las
municipalidades como la comunidad.
•Por ello, generalmente la gran mayoría de jueces de paz atiende en sus
domicilios, con las consecuentes incomodidades.
•La Policía Nacional está llamada a prestar auxilio a los jueces de paz; sin
embargo, en numerosas ocasiones dicho apoyo no es efectivo.
RESPALDO INSTITUCIONAL
7. • El uso de las TIC, a nivel de juzgados de paz, no están establecidas las
herramientas mínimas tanto para los que ejercen el gobierno electrónico,
ni para los usuarios. Al no mantenerse una base de datos actualizada de
los hechos o acciones que se han desarrollado dentro del juzgado de paz,
se desvirtúa el fin del articulo 2 de la constitución política del Perú en su
inciso 5, que señala en su primer párrafo lo siguiente “a solicitar sin
expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier
entidad publica en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido.
• La agenda Digital 2.0 es el plan efectivo a concretizar la verdadera
conexión entre todas las instituciones públicas del país, su actuación
dentro de todos los niveles del Poder Judicial, seria esencial para el
desarrollo de la vida de tipo informática dentro de los servicios esenciales
que debe proveer el Estado para un mejor ejercicio de los derechos
procesales que tienen los ciudadanos peruano
CONCLUSIONES: