1. “LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD
JURÍDICA EN LOS CONTRATOS ELECTRÓNICOS ENTRE
USUARIO EMPRESA PARA EL EFECTIVO DESARROLLO
DEL COMERCIO EN EL DISTRITO DE TACNA”
ALUMNA: LEIDY DIANA
VILLACA PARI
2. OBJETIVO PRINCIPAL:
La importancia de la confianza y la seguridad
jurídica en los contratos electrónicos para un
efectivo desarrollo del comercio para los
usuarios y las empresas del distrito de Tacna.
Conocer el alcance de la normatividad jurídica
en la materia de contratos digitales por parte de
los usuarios de la prensa.
3. Comercio Electrónico es toda forma de transacción comercial realizada por
medios electrónicos , la cual incluye los entornos cerrados (como el EDI) y otros
medios electrónicos de comunicación, como el télex, teléfono, fax o el uso de la
TV Digital
Conjunto de transacciones comerciales y financieras realizadas por medios
electrónicos, incluyendo texto, sonido e imagen.
Es un sistema global que utilizando redes informáticas y en particular Internet
permite crear un mercado electrónico (operado por computadora y a distancia)
de todo tipo de productos, servicios, tecnologías y bienes, e incluye todas las
operaciones necesarias para concretar operaciones de compra y venta,
matching, negociación, información de referencia comercial, intercambio de
documentos, acceso a la información de servicios de apoyo.
4. CARACTERISTICAS DEL COMERCIO ELECTRONICO
TRANSACCION DE BIENES Y SERVICIOS
UTILIZACION DE MEDIOS ELECTRONICOS
REDUCCION DE COSTOS Y TRANSACCION
PRIVACIDAD Y SEGURIDAD
RIESGO
APERTURA DE NUEVO MERCADO: QUE SE INICIÓ
CON EL INICIO DEL INTERNET.
5. Es el intercambio telemático de
información entre personas que
da lugar a una relación
comercial, consistente en la
entrega de bienes intangibles o
en un pedido electrónico de
bienes tangibles.
Al respecto podemos decir que
el contrato a través de Internet
sin elemento extra nacionales, se
considera perfeccionado con el
intercambio de la oferta y la
aceptación, sin modificaciones de
las mismas.
La voluntad de las partes de
contratar va a ser exteriorizada a
través de la computadora y de
las telecomunicaciones en
combinación.
CONTRATO
ELECTRONICO
Por lo tanto la contratación
electrónica por medios digitales,
es la que se lleva a cabo desde
la formación del consentimiento
hasta la ejecución del contrato,
mediante dispositivos de enlaces
electrónicos que se comunican
interactivamente por canales de
red basados en el
procesamiento y transmisión de
datos digitalizados, con el fin de
crear, modificar, transferir,
conservar o aniquilar derechos.
6. NORMATIVIVDAD:
•LEY N°2626
•LEY N° 27291: COGER EL ARTICULO DE 1374 , Y LO HIZO
NORMA QUE REGULA LA CELEBRACION DE CONTRATOS
ELECTRONICOS, (ES UNA LERY INNOVADORA)
•LEY N° 27309
•LAS NORMAS EMITIDAS POR INDECOPI, CODIGO CIVIL :
ART.1374
7. CONTENIDO DE LA NORMATIVIDAD:
Cuando una persona común y corriente escucha el término
“Contrato”, generalmente se imagina y visualiza un papel escrito
con una serie de cláusulas y al pie con firmas de las partes
contratantes. Pero, según nuestra legislación contrato es mucho
más que un papel firmado.
Conforme lo establece el Artículo 1351º del Código Civil: “El
Contrato es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular,
modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial”.
8. Existen algunos matices
de opiniones doctrinarias
que básicamente varían
de un país a otro,
definiendo al contrato
informático como los
contratos que tienen por
objeto bienes o servicios
informáticos, tal como lo
considera la legislación
Argentina y Española.
El contrato electrónico es
el acuerdo de dos o mas
partes para crear,
regular, modificar o
extinguir una relación
jurídica patrimonial,
utilizando medios
electrónicos”.
¿Contratos electrónicos
o contratos
informáticos?
Los medios electrónicos, son
definidos como aquellos
instrumentos que hacen
posible la comunicación entre
dos o más personas, utilizando
infraestructura y aparatos de
telecomunicaciones. En ese
sentido, como la realidad casi
siempre supera a la ley, en la
actualidad ya se vienen
utilizando los medios
electrónicos para celebrar
contratos
9. CONCLUSIONES:
Dentro de la dinámica comercial que presenta el
mundo globalizado por medio del internet, se
desenvuelve el comercio electrónico, el cual no es otra
cosa que el intercambio de bienes y servicios, con una
naturaleza onerosa, sin embargo cabe resaltar que ésta
actividad es tan cual la es la física sino que con la
particularidad que es mediante el soporte virtual, lo
que acorta distancias y elimina las fronteras, haciendo
las transacciones a tiempo veloz, sin embargo es
preciso resaltar la confianza que genera éste medio
asimismo los mecanismos de seguridad que envuelven
y protegen la actividad misma virtual en esta materia,
en tanto se observan las leyes que amparan dicha
actividad en tal soporte digital como los instrumentos
de confianza que garantizan la satisfacción tanto del
consumidor como del oferente.