articulo 87 Ley General de Sociedades Ley N° 26887.pptx
Sociedad mercantil
1. maikel Aguilar
Contrato de la sociedad
mercantil
Elementos de forma
-Otorgamiento del Documento artículo 211
de Código de Comercio de acuerdo a sus
requisitos de
-Registro y Publicidad
2. Fondo y requisitos legales
O Las sociedades deben constituirse
necesariamente ante notario y de esta
misma forma deberán hacerse constar
sus modificaciones
O El notario no podrá autorizar la escritura
cuando los estatutos establecidos en los
documentos de la sociedad o sus
modificaciones sean contrarios a lo
establecido por la leyes mercantiles.
3. O I.- Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas
o morales que constituyan la sociedad;
O II.- El objeto de la sociedad;
O III.- Su razón social o denominación;
O IV.- Su duración, misma que podrá ser indefinida;
O V.- El importe del capital social;
O VI.- La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en
otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para
su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará
indicándose el mínimo que se fije;
O VII.- El domicilio de la sociedad;
O VIII.- La manera conforme a la cual haya de administrarse la
sociedad y las facultades de los administradores;
O IX.- El nombramiento de los administradores y la designación de
los que han de llevar la firma social;
O X.- La manera de hacer la distribución de las utilidades y
pérdidas entre los miembros de la sociedad;
O XI.- El importe del fondo de reserva;
O XII.- Los casos en que la sociedad haya de disolverse
anticipadamente, y
O XIII.- Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el
modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no
hayan sido designados anticipadamente.
O