1. Asomadres
Asomadres Lopnna, es la Asociación de Madres y Familiares de Niñas y Niños
Víctimas de Secuestro Parental y Procesos Judiciales por Custodia (LOPNNA) en
Venezuela.
Asomadres es una asociación de madres y familiares de niñas, niños y adolescentes
venezolanos que han sido retenidos al menos en una ocasión por uno de sus
progenitores, violando el derecho de estos niños, niñas o adolescentes a una vida
tranquila y libre de violencia, incomunicándolos o limitándoles la comunicación con
sus progenitores y separándolos de su hogar habitual. Esta asociación se creó en
junio de 2010 cuando algunas madres que solicitaban restitución de la guarda de sus
hijos ante los tribunales competentes, se conocieron y decidieron unir fuerzas en una
organización sin fines de lucro. Desde entonces, estas madres y otros familiares de
niños que pasaron por situaciones traumáticas en procesos judiciales por custodia
hasta el punto de haber sido amenazados e incluso haber perdido la vida en manos
de parientes que los retuvieron en contra de su voluntad, se han dedicado a ir a la
prensa y acudir a organizaciones de defensa de los Derechos Humanos para
denunciar y solicitar apoyo con el fin de evitar los daños psicológicos y físicos que
pueden sufrir los niños, niñas y adolescentes que han sido separados de su entorno
familiar mediante actos violentos o mediante permisos judiciales obtenidos a través
de la falsificación u omisión de documentos públicos.
Asomadres redactó y presentó a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana
de Venezuela una propuesta de reforma de la Ley de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes (LOPNNA) con el propósito de que en este país el secuestro parental
dentro o fuera del territorio nacional sea considerado como un delito y las
falsificaciones u omisiones (debidamente comprobadas) de documentos para obtener
la custodia de un niño o niña, se consideren como actos de violencia que
comprometen la estabilidad psicológica y emocional de las víctimas y de sus familias.
Estas madres entregaron un informe para ser evaluado en el Exámen Periódico
universal (EPU) de las Naciones Unidas, a realizarse a finales de 2011, e intentan
hacer ver en la prensa de su país que ningún padre o madre tiene derechos que le
confieran la potestad de incurrir en malos tratos o violencia contra sus hijos o hijas.
También promueven campañas educativas que enfatizan que los daños ocasionados
por la privación de la libertad (que incluye la sustracción, retención e
incomunicación), son actos de violencia hacia cualquier persona, pero se agudizan
en niños, niñas o adolescentes cuyas posibilidades de entender la agresión y
defenderse de ella pueden ser menores a las de los adultos.
La Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente (LOPNA) fue sancionada
por el Congreso de la República de Venezuela el 2 de septiembre de 1998, y
promulgada por el entonces Presidente de la República, Dr. Rafael Caldera, el 2 de
octubre de 1998 y entró en vigencia el 1 de abril del año 2000, para ser reformada
siete años más tarde, durante el gobierno del presidente Hugo Chávez Frías, en
diciembre de 2007, por la Asamblea de la República Bolivariana de Venezuela que
agregó importantes elementos para la defensa de los derechos humanos de de
2. niñas, niños y adolescentes. La actual LOPNNA es una ley que tiene por objeto
garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes de Venezuela el disfrute pleno y
efectivo de sus Derechos Humanos y Garantías Constitucionales a través de la
"protección Integral" que el Estado, sumado a la familia y la Sociedad, debe brindarle
a sus ciudadanos desde el momento de la concepción, donde se inicia la vida en el
vientre materno.
En esta ley se prevé la "retención indebida" de un niño, niña o adolescente, pero no
se reconoce el "secuestro parental" como un delito por lo cual varios sectores de la
sociedad se han visto interesados en volver a reformar la ley en función de
maximizar la protección a niñas, niños y adolescentes, quienes en la Constitución
Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y en sus leyes, son considerados
como "Prioridad Absoluta" y en base a esa prioridad su interés se distingue como
"Interés superior" a los de los demás. La seguridad de niños, niñas y adolescentes es
una cuestión prioritaria en las leyes de muchos países, pues ellos y ellas representan
el futuro del planeta, es por eso que es necesario proteger su psiquis al igual que su
integridad física, los cuales son sumamente debilitados tras un acto de secuestro
parental.
En Venezuela, como en cualquier parte del mundo, los niños no están exentos de
correr peligros o de ser víctimas de agresiones, y el secuestro parental es una
manera de agredir a los hijos e hijas, de utilizarlos como objetos de venganza e
incluso de llevarlos a la muerte si no se dan las condiciones que los "secuestradores"
solicitan para volver al niño o niña a la normalidad. Cuando estos casos ocurren, el
padre o madre que ha retenido a su hijo o hija sin medir las consecuencias de sus
actos es el responsable directo por sus acciones, sin embargo en países como
España, Alemania y Estados Unidos, la legislación asume la responsabilidad de
evitar estos eventos y proteger a los niños y niñas que tiene el Estado, y existen
serias sanciones penales para quienes cometen este delito.