1. Consta de un escudo dividido en tres campos:
Uno azul-celeste, ubicado en el lado superior derecho, lleva la figura de
una vicuña de perfil, mirando hacia el interior.
Otro blanco ubicado en el lado superior izquierdo, en el cual aparece la figura
del árbol de la quina.
Un tercero más grande de color rojo, situado debajo de los anteriores, presenta
una cornucopia dorada derramando veinticinco (25) monedas, que
corresponde al año de su creación (1825).
Significado:
Estos símbolos representan, las preciosidades del Perú en los tres reinos
naturales.
Se usará siempre con una corona cívica de encina de color verde (cerrada).
Irá acompañado en cada lado por una bandera y un estandarte de los colores
nacionales.
Medidas Oficiales:
El Escudo tendrá la proporción de cuatro (4) para el alto y tres (3) para el
ancho; trazándose, en la mitad del alto, la línea transversal que separa el
campo inferior de los dos superiores que serán de igual tamaño.
Uso:
Es el símbolo que distingue al Estado Peruano.
Es parte integrante de la Bandera de Guerra y del Gran Sello del Estado.
2. Es de forma rectangular compuesta de tres franjas verticales de igual
longitud, con los colores rojo, blanco y rojo.
Medidas Oficiales:
Deberá ser confeccionada en la proporción de tres para el largo y dos para el
ancho.
El tamaño de la bandera será proporcional al que corresponde al lugar donde
debe ser izado.
La longitud del asta será por lo menos tres veces mayor que el largo de
la bandera correspondiente para facilitar su ondeamiento.
La tela para la confección de la Bandera será de seda llana.
El asta será pintada de color blanco y la moharra (punta del asta) será de color
dorado.
La Bandera debe fijarse al asta unida por los vértices con cintas de color rojo
Uso:
La Bandera Nacional será izada al tope, obligatoriamente los días 27, 28, 29
y 30 de julio y 9 de diciembre de cada año, en los edificios
particulares, correspondiendo esta obligación a todos los locales ocupados por
casas, departamentos residenciales, conjuntos habitacionales, instituciones,
colegios, clubs, oficinas, establecimientos comerciales e industriales, talleres,
fabricas y centros de trabajo, ubicados en el territorio de la República Peruana,
cualquiera sea la nacionalidad del correspondiente propietario.
Igual obligación regirá en los días ordenados por la Ley o por un decreto
especial del Poder Ejecutivo.
3. En “Estado de Guerra” la Bandera Nacional deberá ondear permanentemente.
El artículo 4º de la Ley Nº 1801 de 26 de febrero de 1913, estableció y declaró
como oficiales e intangibles la letra y música del Himno Nacional.
Historia:
El Himno Nacional fue escrito por don José de la Torre Ugarte y
la música compuesta por inspiración del maestro don José Bernardo
Alcedo, y adoptado como Himno Oficial por el Decreto Supremo de Gobierno
en 1821.
El Himno Nacional fue estrenado en forma oficial la noche del 23 de
setiembre de 1821 en el Teatro de Lima con la presencia de don José de San
Martin y los Próceres de la Independencia Nacional.
Cantó por primera vez las estrofas del Himno
Nacional la soprano limeña Rosa Merino.
Uso:
El Himno Nacional debe ser entonado en Fiestas Patrias y demás actos
oficiales y públicos.
Información sobre las estrofas:
El Tribunal Constitucional sentenció en el Expediente Nº 00442004-AlTC,
que la Primera Estrofa del Himno Nacional es de carácter apócrifo (no
corresponde al escritor original) y que el Congreso de la República si tenía
competencia para incluir y establecer una primera estrofa de autor anónimo en
la versión oficial del Himno Nacional. siempre que se interprete jurídicamente y
se haga público conocimiento que la letra del Himno Nacional del
Perú establecido por el artículo de la Ley Nº1801comprende la versión original
completa escrita por José de la Torre Ugarte,
El Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial Nº 0244-2010-
ED de fecha 18 de agosto del año 2010 resuelve se cante con fervor
patriótico.