2. DEDUCCIONES
GASTOS PERSONALES
Hasta el 50% del total de
sus ingresos gravados
No exceder del 1.3
veces fracción básica
desgravada.
Deducciones - Gastos Personales
Numeral 16 Art. 10 LORTI
3. GASTOS PERSONALES
LÍMITES INDIVIDUALES
La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos
gravados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente a 1.3 veces la
fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales.
Sin perjuicio de los límites establecidos en el párrafo anterior, la cuantía máxima de cada
tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de impuesto a la renta en:
Vivienda: 0,325 veces
Educación: 0,325 veces
Alimentación: 0,325 veces
Vestimenta: 0,325 veces
Salud: 1,3 veces
Mejorar la equidad.
Vigente a partir del período fiscal 2011
4. DEDUCCIONES
GASTOS PERSONALES
Hijos
Cónyuge
Discapacitados
Hijos menores
de edad
Nota: Se debe considerar solo la base imponible sin IVA e ICE.
Deducciones - Gastos Personales
Numeral 16 Art. 10 LORTI
7. GASTOS PERSONALES
Gastos de Educación
Servicios de
educación especial
para personas
discapacitadas
Servicios prestados
por centros de
cuidado infantil
Gastos Personales
Art. 31 del RALORTI
8. GASTOS PERSONALES
Gastos de Salud
Educación superior podrán
deducirse de; su cónyuge, hijos
de cualquier edad u otras
personas que dependan
económicamente del
contribuyente.
Nota: Declaración juramentada
Gastos Personales
Art. 10 Numeral 16 del RALORTI
12. DEDUCCIONES
GASTOS PERSONALES
Presentar obligatoriamente la declaración del Impuesto a
la Renta anual y el anexo.
Los comprobantes deben mantenerlos por el lapso de
siete años.
No se podrán aplicar gastos realizados por terceros
Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad
registrarán sus gastos en la conciliación tributaria
Gastos Personales
14. Personas Bajo Relación de
Dependencia
La información deberán presentar en el mes de Enero
de cada año.
Bajo relación de dependencia presentarán a su
empleador, en documento impreso, en dos ejemplares
iguales, una proyección de los gastos personales
susceptibles de duducción para efecto de cálculo del
Impuesto a la Renta que consideren incurrirán en el
ejercicio económico en curso
Art. 98 LORTI
Art. 2 Resolución No NAC – DGER2008-0621 del 15 de mayo de 2008
15. Personas Bajo Relación de
Dependencia
El empleado estará obligado a presentar en el mes de
octubre de cada año un nuevo documento
Cuando trabaje para dos empleadores o más, informará
al empleador con el que perciba mayores ingresos, la
sumatoria de todos sus ingresos en relación de
dependencia, debiendo este empleador efectura la
correspondiente retención considerendo la totalidad de
sus ingresos y las deducciones por aportes personales
al IESS
Art. 98 LORTI
Art. 2 Resolución No NAC – DGER2008-0621 del 15 de mayo de 2008
18. Rentas del Trabajo en Relación de
Dependencia
B.I. = Ingresos Gravable – Deducciones
Ingresos Gravables
Sueldos Deducciones
Comisiones Aporte al IESS
Horas Extras (9.35%)
Subsidios Gastos Personales
Gastos de representación. salud
Vacaciones, etc educación
Ingresos Exentos vivienda
Décimo 3ero y 4to Vestimenta
Viáticos o Gastos de viaje,
Alimentación
hospedaje y alimentación
Fondos de Reserva
Gastos Personales
19. FORMULARIO SRI-GP
DECLARACIÓN DE GASTOS PERSONALES A SER UTILIZADOS POR EL EMP
CASO DE INGRESOS EN RELACION DE DEPENDENCIA
FORMULARIO SRI-GP
CIUDAD AÑO
CIUDAD Y FECHA DE
EJERCICIO FISCAL
ENTREGA/RECEPCION
Información / Identificación del empleado contribuyente (a ser llenado por el empleado)
CEDULA O PASAPORTE APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
101 102
INGRESOS GRAVADOS PROYECTADOS (sin decimotercera y decimocuarta remuneración) (ver Nota 1)
(+) TOTAL INGRESOS GRAVADOS CON ESTE EMPLEADOR (con el empleador que más ingresos perciba) 103
USD$
(+) TOTAL INGRESOS CON OTROS EMPLEADORES (en caso de haberlos) 104
USD$
(=) TOTAL INGRESOS PROYECTADOS 105
USD$
Gastos Personales
20. FORMULARIO SRI-GP
GASTOS PROYECTADOS
(+) GASTOS DE VIVIENDA 106
USD$
(+) GASTOS DE EDUCACION 107
USD$
(+) GASTOS DE SALUD 108
USD$
(+) GASTOS DE VESTIMENTA 109
USD$
(+) GASTOS DE ALIMENTACION 110
USD$
(=) TOTAL GASTOS PROYECTADOS (ver Nota 2) 111
USD$
NOTAS:
1.- Cuando un contribuyente trabaje con DOS O MÁS empleadores, presentará este informe al empleador con el que perciba mayores ingresos, el que efectuará la retenció
gravados y deducciones (aportes personales al IESS) co
Gastos Personales
21. FORMULARIO SRI-GP
Identificación del Agente de Retención (a ser llenado por el empleador)
RUC RAZON SOCIAL, DENOMINACION O APELLIDOS Y NOMBRES COMPLETOS
112 113
0 0 1
Firmas
EMPLEADOR / AGENTE DE RETENCION EMPLEADO CONTRIBUYENT
Gastos Personales