Retencion en la fuente y en relacion de dependencia por Cecilia Lopez
1.
2. La retención del Impuesto a la Renta es la
obligación que tiene el empleador o quien
adquiere bienes o servicios de no
entregar todo el valor convenido, sino que
debe descontar por Impuesto a la Renta, los
porcentajes que determinen las normas
vigentes.
3. Debe retener la persona natural,
sucesiones indivisas,
sociedad pública o privada, que entregue rentas gravadas y que
por disposición legal, tenga la calidad de agente de retención
del Impuesto a la Renta.
4. Se retiene en los casos establecidos en las normas
vigentes adjuntas. A manera de ejemplos generales
algunos casos de retención son:
1. Los empleadores cuando pagan las remuneraciones.
2. Toda persona cuando envíe rentas al exterior.
3. Las sociedades que paguen rendimientos financieros.
4. Las sociedades y las personas naturales obligadas a
llevar contabilidad cuando paguen rentas gravadas.
5.
6. Intereses y
comisiones que
causen en las
Por energía y por
operaciones de
luz.
crédito entre las
instituciones del
sistema financiero.
Pagos realizados
por transporte
Pagos realizados
público y privado
por transporte
de carga prestados
privado de
por personas
personas.
naturales y
sociedades.
7. Pagos o créditos en cuentas de las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus
establecimientos afiliados.
Pagos que se realicen a personas naturales por concepto de servicios en los que prevalezca la
mano de obra.
Los ingresos por concepto de intereses descuentos y cualquier otra clase de rendimientos,
generados por prestamos, cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación
depósitos a plazo, certificados de inversión , avales, fianzas y cualquier otro tipo de documento
similar sean estos emitidos por sociedades constituidas por el país.
Intereses que cualquier entidad del sector publico reconozca a favor de sujetos pasivos.
8. * Por regalías, cánones, marcas, patentes, derechos de
autor y similares de las personas naturales con residencia o
establecimiento permanentes en el Ecuador.
Los pagos realizados a personas naturales y sociedades en
concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.
Los pagos a notarios y registradores de la propiedad y
mercantiles por su actividad notariales y de registro.
Los pagos a deportistas, entrenadores, árbitros y
miembros del cuerpo técnico que no se encuentren en
relación de dependencia.
Los pagos de artistas nacionales y artistas extranjeras
residentes en el país por mas de seis meses.
9. Los pagos a personas
naturales, no residentes
en el país, por servicios
prestados
ocasionalmente en el
Ecuador.
Así como otros pagos
distintos a utilidades o
dividendos que se envíen o
paguen o acrediten al
exterior, mediante
compensaciones o con la
mediación de entidades
financieras u otros
intermediarios.
10. Se retiene sobre el monto
total de rentas pagadas,
enviadas o acreditadas,
siempre que se trate de
rentas gravadas. Para la
retención no se
considerará los valores
de IVA ni ICE.
11. Retención de impuestos para trabajadores
en relación de dependencia
La retención del Impuesto a la Renta a los
trabajadores en relación de dependencia, es la
obligación que tienen los empleadores, de no
entregar todo el valor convenido (que es el ingreso
o la renta para quien recibe), sino que debe
descontar por impuesto a la renta, los porcentajes
que determinen las normas vigentes, de acuerdo a
los ingresos anuales proyectados.
12. Las rentas del trabajo en relación
de dependencia las debe retener el
empleador que paga las
remuneraciones, ya sea persona
natural, sociedad pública o
privada.
13. Cada mes debe el
empleador presentar una
declaración y pagar los
impuestos retenidos,
desde el primer día hábil
del mes siguiente.
14. Se retiene sobre la remuneración
mensual pagada, es decir, sobre el
monto total de sueldos, sobresueldos,
gratificaciones, bonificaciones, horas
extras, horas suplementarias, premios,
subsidios y demás ingresos pagados
por el empleador, en base de los
cuales se calcula el impuesto a ser
retenido durante el año.
15. La retención es el 100% del impuesto causado en el año, para esto se
proyectan los ingresos y las deducciones por aportes al IESS para doce
meses, tomando en cuenta el mes de enero, y se calcula el impuesto
que será retenido en su totalidad en base a la tabla anual de Impuesto a
la Renta para personas naturales. El valor a retener cada mes, será
este resultado dividido para doce.
16. El formulario 107, constituye el único
comprobante de retención, además de
identificar al empleador y al trabajador,
deberá contener: el monto total de
ingresos percibidos por el trabajador en el
año; el total de deducciones (aportes
personales al IESS); el impuesto causado
y el impuesto retenido.
17. Los impuestos que ha retenido por relación
de dependencia los declara en forma
mensual , utilizando el Formulario 103.
En esta declaración deberá incluir todas las
retenciones del impuesto a la renta
efectuadas durante el período.
18. Si se ha contratado bajo el sistema
de salario neto, el empleador debe
liquidar el impuesto considerando
como ingreso, el impuesto causado.
Obtenida la nueva base imponible, re-
líquida por una sola vez y el valor
obtenido es el impuesto a pagar en el
año.