2. QUE SON LAS NACIONES Y PUEBLOS INDÍGENA
ORIGINARIO CAMPESINOS
• Comúnmente se escucha decir que nuestro Pals está conformado por "collas”, "cambas" y "chapacos”, pero la realidad nos
muestra que nuestra Bolivia es un Pals donde convergen una variedad de culturas y pueblos originarios, habitan AImaras,
Guaraníes, Quechuas, Mosetenes, Urus, Chipayas, Matacos, Araonas, Pacahuaras, Moré, Chimanes, Lalmes, Wankarani y otros
más.
• Estos son los que se conoce como "las naciones y pueblos Indígena originario campesinos" y que son las colectividades humanas
que históricamente pertenecen a un territorio ancestral o mantienen sus formas de vida cultural con una identidad propia
expresada en su idioma, tradición histórica, - instituciones sociales, económicas, culturales, Jurídicas, políticas y cosmovisión,
dentro del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española.
3. CUALES SON LOS DERECHOS DE LA CONSTITUCION
POLITICA DEL ESTADO
• Art. 1.- Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho, Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano,
democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías, Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico,
Jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
• Art. 2.- Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus
territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al
autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta
Constitución y la ley.
4. A PARTIR DEL TEXTO CONSTITUCIONAL, CUALES SON LOS
CONCEPTOS QUE SON IMPORTANTES
• PLURIÉTNICO: Se refiere a la coexistencia en Bolivia de un número de diversas y distintas identidades étnicas, que se encuentran en los
pueblos y comunidades indígenas.
• PLURICULTURAL: Significa que en el país coexisten diferentes culturas, tanto de origen ancestral como de proveniencia universal, lo cual debe
ser considerado de forma equitativa en la interpretación en función de las distintas culturas con respecto a las leyes en la formación educativa,
profesional y humana de todos los bolivianos.
• PLURILINGUISTICO: Reconoce la gran diversidad lingüística existente en el país. Tiene el objetivo de favorecer la oficialización de los idiomas
de las naciones originarias, incorporando su uso pleno en la administración del Estado. También postula la incorporación de las lenguas
nativas en programas de educación intercultural bilingüe.
• INTERCULTURALIDAD: Si la pluriculturalidad es el reconocimiento al derecho a la diferencia entre culturas, la interculturalidad busca el enlace
de los aspectos positivos de cada cultura para alcanzar niveles comunes de mayor calidad en la vida social de un país diverso como el nuestro.
• PLURINACIONAL: Significa el reconocimiento de la existencia de naciones y pueblos indígena originario campesinos dentro del territorio
Nacional. PUEBLOS INDÍGENAS: Indígena significa “Originario del suelo en que vive”,
5. CUAL ES SISTEMA JURÍDICO DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS
• Son autoridades de los pueblos indígenas, originarios y comunidades campesinas, autoridades naturales, es decir las que, por
tradición, costumbres y prácticas culturales, son consideradas como legítimas por los habitantes de la respectiva comunidad o pueblo
indígena.
• Es necesario también indicar que el linchamiento no es parte del sistema jurídico de los pueblos indígenas, originarios y comunidades
campesinas, básicamente porque el linchamiento es lo que se denomina justicia por mano propia y porque no sigue ninguna regla o
norma, ni es administrado por ninguna “autoridad” de las comunidades indígenas o campesinas por lo que el “linchamiento” se
constituye en un delito. Es una justicia cercana física y espiritualmente a los miembros de una comunidad indígena o campesina,
porque es administrada en su idioma materno, por "sus pares o iguales” y responde a su cosmovisión o valores de la comunidad.
6. JUSTICIA COMUNITARIA ORIGINARIA CAMPESINA
• Los Derecho Consuetudinario que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos, pero sin la
intervención del Estado, sin jueces ni burocracia, sino directamente dentro la comunidad de individuos en la que las
autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas. Se dice que es una
institución del Derecho Consuetudinario porque se realiza en función a las costumbres y tradiciones de cada
comunidad, que por el trascurso del tiempo se convierten en normas.
CARACTERÍSTICAS Las características de la Justicia Comunitaria son:
• a) Administrar justicia, es decir busca el ideal de “dar a cada uno lo que merece”.
• b) Solo es aplicable entre los miembros de la comunidad.
• c) No intervienen profesionales de las ciencias del Derecho.
• d) No emplea lenguaje técnico jurídico.
• e) No participan Autoridades del Estado.
• f) Busca un reparo al daño causado, por lo que no busca una pena o castigo, así
tenemos como ejemplo el que mata a otro de la comunidad en la que vive, está
obligado a sostener económicamente a la viuda y a sus hijos y/o hijas.
7. AUTORIDADES DE PUEBLOS INDÍGENAS
ORIGINARIOS CAMPESINOS PUEBLOS ANDINOS
• El gobierno del ayllu, se pone al servicio de la comunidad integra, es el responsable de velar los limites inter- ayllus (mojones),
también de la producción agrícola y ganadera, del cuidado de la salud de la población. La preocupación de estas autoridades, es que
el año agrícola sea lo mejor para que las pirwas (depósito de productos agrícolas construido con cañahuecas y barro) queden llenas y
no haya hambre.
• La primera autoridad del ayllu, se caracteriza como símbolo de vestir el poncho típico del ayllu respectivo, la ch'uspa, el chicote y el
bastón de mando en el brazo (jilagata o mallku); la esposa lleva un hermoso aguayo y con el otro cargado, en la mano lleva la ch'uspa
de coca. Durante el año de su gestión, estas autoridades no se quitan el poncho ni el aguayo, por respeto a las normas propias del
ayllu.
8. LOS HABITANTES DE LAS TIERRAS ALTAS
• Los pueblos originarios de los Andes bolivianos, es decir, la zona occidental o andina del país son: Wancarani, Chiripa, Aymaras, Quechuas
y Urus. Los quechuas históricamente se han ubicado en los valles interandinos y los aymaras y urus en las zonas altiplánicas.
• Pero en este caso hablaremos de los:
• QUECHUA Los quechuas habitan la parte andina en Bolivia en los departamentos de Chuquisaca, Cochabamba, Potosí, Oruro y La Paz y se
distribuyen en casi todos las provincias y comunidades de los departamentos nombrados, inclusive se tienen datos de que se han
extendido en el resto de los departamentos de Bolivia. Su lengua nativa es el "QUECHUA" y su actividad principal es la agricultura.
• ORGANIZACIONES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE BOLIVIA Los indígenas actualmente han conformado organizaciones propias que
buscan la defensa y la reivindicación de sus derechos, la inclusión de los indígenas originarios campesinos en la sociedad, economía y la
política mediante la propuesta y gestión de políticas, programas y proyectos gubernamentales. Producto de la lucha de estos pueblos, en
la Constitución Política se les reconoce sus derechos, tienen representación en la Asamblea legislativa y otros.
9. • Sus organizaciones son:
• CIDOB: Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano representante nacional del movimiento indígena
de Bolivia, se fundó formalmente en octubre de 1982, en Santa Cruz de la Sierra.
• CONAMAQ: Confederación Nacional de Markas y Ayllus del Qollasuyo. Es una organización de las nacionalidades y
pueblos indigenas de las tierras altas de Bolivia, constituida el 22 de marzo de 1997. Tiene el objetivo de
"reconstituir los ayllus, markas y suyus del Qullasuyu”. Representa los ayllus de Aymaras, quechuas y Urus de los
departamentos de Potosí, Chuquisaca, La Paz y Cochabamba.