3. Disposiciones Generales
Se refiere a un conjunto de normas y procedimientos que
protegen la integridad física y mental del trabajador,
preservándolo de los riesgos de la salud inherente a las tareas
del cargo; también es el estudio y control de las condiciones de
trabajo: de naturaleza física (iluminación, ruido, temperatura),
el tiempo (horas de trabajo, periodos de descanso) y el social
dentro de la situación de trabajo.
La higiene del trabajo tiene un carácter eminentemente preventivo,
ya que tiene por objeto la salud y el confort del trabajador, y
evita que se enferme ó ausente. Entre los principales objetivos
están:
Eliminación de las causas de enfermedades profesionales.
Reducción de los efectos perjudiciales provocados por el
trabajo en personas enfermas ó portadoras de defectos físicos.
Prevención del empeoramiento de enfermedades ó de lesiones
Mantenimiento de la salud de los trabajadores y aumento de la
productividad, por medio del control del ambiente de trabajo.
4. Todo los refugios, instalaciones
sanitarias y de aseo, comedores
y vestuarios deberán:
a) Tener una iluminación y
ventilación adecuada.
b) En caso necesario por razones
de salud y bienestar, estar
provistos de un sistema de
calefacción.
c) Mantenerse en condiciones de
limpieza y salubridad.
Se debería exigir que todos los
trabajadores, tanto los ocupados
en obras subterráneas como los
que trabajan en la superficie,
utilicen únicamente las
instalaciones sanitarias puestas a
su disposición.
6. REGLAS EN LA OBRA:
Se deberá poner a disposición de los
trabajadores, en lugares fácilmente
accesibles y en cantidades suficientes, agua
potable y fresca.
El agua potable deberá proceder de una
fuente cuya utilización haya sido aprobada
por las autoridades sanitarias competentes.
A falta de agua potable procedente de una
fuente aprobada, el servicio de higiene
competente debería prever las medidas
necesarias para que el agua destinada al
consumo de los trabajadores sea adecuada
para tal fin.
Debería prohibirse la utilización de un
mismo vaso por varias personas.
El agua potable debería conservarse
únicamente en recipientes herméticamente
cerrados y provistos de grifos.
AGUA POTABLE
7. Siempre que sea posible, se deberían instalar
en las obras fuentes que reúnan las debidas
condiciones de higiene.
En todo sistema de abastecimiento o recipiente
de agua no potable deberían colocarse avisos
bien visibles en los que se prohíba a los
trabajadores beber dicha agua.
No debería haber ninguna posibilidad de
conexión entre una fuente de abastecimiento de
agua potable y otra de agua no potable.
No se debería utilizar el agua de los pozos para
beber sin la autorización previa de las
autoridades sanitarias competentes.
En caso de fuertes calores, se deberían
suministrar pastillas de sal a los trabajadores,
quienes deberían tomarlas de conformidad con
las prescripciones médicas.
Cuando para disponer de agua potable sea
preciso instalar un sistema de tratamiento y
purificación, las autoridades sanitarias
competentes deberían aprobar dicho sistema
antes de ponerlo en servicio.
8. Cuando sea preciso transportar agua
potable de una fuente pública al lugar de
las obras, se deberá obtener la
aprobación de las autoridades sanitarias
competentes en cuanto al sistema de
transporte utilizado.
Los depósitos de transporte y
almacenamiento y los recipientes de
suministro de agua deberán:
a) ser de material inoxidable sin
propiedades tóxicas, herméticos y fáciles
de limpiar;
b) limpiarse apropiadamente;
c) desinfectarse a intervalos apropiados
según un procedimiento aprobado por las
autoridades sanitarias competentes.
El agua potable transportada y
almacenada deberá contener siempre un
residuo de cloro en una proporción
mínima de uno en un millón.
El agua transportada y almacenada en
depósitos u otros recipientes y distribuida
en las obras deberá conservarse
bacteriológicamente pura.
9. REGLAS EN LA OBRA:
Se deberán prever refugios adecuados para que los trabajadores
puedan protegerse contra la intemperie.
En la medida de lo posible, se deberán prever en los refugios, las
instalaciones apropiadas como:
a) para lavarse,
b) para tomar las comidas, y
c) para secar y guardar ropa.
Se deberían prever refugios en la superficie para los trabajadores
ocupados en obras subterráneas.
REFUGIOS
10. REGLAS EN LA OBRA:
Los trabajadores deberán disponer de retretes
suficientes, instalados en lugares de fácil
acceso.
Se deberán prever retretes separados para
hombres y mujeres.
Siempre que sea posible, se deberán instalar
retretes con un sistema de descarga automática
del agua, conectados con el alcantarillado
público.
En los edificios donde haya dormitorios,
comedores y otros locales de alojamiento sólo
deberán instalarse retretes provistos de un
sistema de descarga automática del agua.
Si no existiera alcantarillado público, se deberá
instalar un sistema de desagüe provisional
conforme a las prescripciones establecidas por
las autoridades sanitarias competentes.
Los retretes deberán estar dispuestos de
manera que no pueda verse a su ocupante y
ofrezcan a éste una protección contra la
intemperie y la caída de objetos.
INSTALACIONES SANITARIAS
11. El suelo de los retretes deberá ser liso e
impermeable.
Siempre deberá haber en los retretes papel
higiénico en cantidad suficiente y, cuando sea
necesario, agua.
Las tuberías y demás instalaciones de los retretes
deberán ajustarse a las prescripciones
establecidas por las autoridades sanitarias
competentes.
Se deberán instalar lavabos en número suficiente
lo más cerca posible de los retretes.
En los retretes químicos se deberá prever una
cantidad suficiente de desinfectantes y
desodorantes.
Si no pudiera instalarse un sistema de descarga
automática del agua, se deberán prever letrinas
con:
a) un depósito que no permita el paso de las
moscas, colocado en una zanja de paredes
impermeables;
b) mingitorios conectados directamente a la zanja
por una tubería que no permita el paso de las
moscas.
12. No se debería construir ninguna letrina dentro
de un radio de 30 m de un pozo o de un radio
mayor si las condiciones del terreno lo exigen.
Las letrinas de zanja deberían ser
desinfectadas diariamente.
Se debería cubrir diariamente el contenido de
las fosas de las letrinas con arena, cal, cenizas
u otro material apropiado.
Se deberían recubrir con tierra las fosas de las
letrinas cuando su contenido esté a menos de
60 cm de la superficie del suelo.
Para la remoción o el soterramiento del
contenido de las fosas de las letrinas se
deberían observar las prescripciones de las
autoridades sanitarias competentes.
Las tapaderas de las letrinas de zanja
deberían ser dobles y ajustarse de manera que
impidan la entrada de moscas.
Los retretes químicos deberían ajustarse a las
prescripciones establecidas por las
autoridades sanitarias competentes.
13. Lavabos y duchas
Deberían ponerse a disposición de los trabajadores
instalaciones suficientes para lavarse en las que se
prevean:
a) Un caudal suficiente de agua limpia
b) Un sistema apropiado para el desagüe del agua sucia
c) Jabón no irritante en cantidad suficiente
d) Una cantidad suficiente de medios apropiados para
secarse
Las instalaciones para lavarse no deberían ser
utilizadas para ningún otro fin.
Cuando los trabajadores estén expuestos a
contaminaciones cutáneas por substancias tóxicas,
infecciosas o irritantes, a manchas de aceite o grasa o al
polvo, se deberían instalar duchas con agua caliente y fría
en número suficiente.
Las instalaciones de las duchas deberían ser limpiadas
14. Comedores y
cantinas
Cuando haya un mínimo de veinticinco trabajadores
ocupados en una obra se debería poner a su disposición
un local apropiado para utilizarlo como comedor, a menos
que puedan comer en sus casas o en otro lugar
adecuado.
Los comedores deberían estar provistos de:
a) Suficiente número de mesas y sillas o bancos
b) Agua potable
c) Instalaciones adecuadas para lavar los cubiertos,
platos, etc.
d) Instalaciones adecuadas para calentar las comidas y
hervir agua
e) recipientes con tapa para echar en ellos los residuos
15. Después de cada comida se deberían limpiar cuidadosamente,
y en caso necesario desinfectar, los recipientes de la basura
Los comedores deberían ser utilizados exclusivamente para
los fines previstos
El piso de los comedores debería ser fácil de limpiar
Las mesas deberían estar recubiertas de material adecuado,
no absorbente y lavable, y estar siempre limpias.
Se deberían limpiar las mesas después de cada comida .
Siempre que sea necesario, se deberían tomar medidas
apropiadas para impedir que penetren insectos y parásitos
en los comedores y cantinas.
16. Vestuarios
Se deberían instalar vestuarios para los trabajadores en lugares de fácil
acceso.
Los vestuarios deberían ser utilizados exclusivamente para los fines
previstos.
Los vestuarios deberían estar provistos de:
a) medios apropiados para secar la ropa
b) medios apropiados para colgar la ropa y, si hubiera riesgo de
contaminación, armarios para guardar separadamente la ropa de calle y la ropa
de trabajo
c) bancos u otros asientos adecuados.
• Se deberían adoptar las medidas necesarias
para desinfectar los vestuarios y los armarios de
conformidad con las prescripciones establecidas
por el servicio de higiene competente
17. Eliminación de residuos
Se debería colocar en lugares adecuados un número suficiente de
recipientes para las basuras y otros desechos.
Los recipientes para las basuras deberían estar provistos de una tapa y
ser inoxidables, estancos y fáciles de limpiar.
Los recipientes para las basuras deberían estar siempre cerrados y ser
vaciados a intervalos convenientes.
Se deberían limpiar y desinfectar a intervalos convenientes los recipientes
para las basuras.
No se deberían echar ni guardar las basuras en ningún lugar fuera de los
recipientes previstos para ello.
19. Al igual que en otro tipo de de actividades industriales, los
riesgos higiénicos de los trabajadores de la construcción pueden
clasificarse en tres grupos: riesgos químicos, riesgos físicos y
riesgos biológicos.
RIESGOS QUÍMICOS
Los riesgos químicos se presentan normalmente en forma de:
Polvo (cemento, yeso, sílice, madera, metales).
Fibras (amianto, fibras minerales artificiales).
Humos (soldadura, asfalto, alquitrán, combustión de motores
gasolina/gasóleo).
Gases y vapores (soldadura, pintura, imprimaciones, adhesivos,
disolventes).
20. RIESGOS FÍSICOS
Los riesgos físicos también se encuentran presentes en todo proyecto
de construcción. Uno de los riesgos físicos, común a la mayoría de
los oficios de la construcción, es la exposición a ambientes fríos y
calurosos. Los trabajos se suelen realizar normalmente al aire libre
y con posible presencia de frío, calor, viento, lluvia, niebla, nieve,
etc.
Otros riesgos significativos de la actividad son:
Ruido (motores de todo tipo de vehículos, compresores, martillos
neumáticos, sierras circulares, radiales, acuchilladoras, etc.)
Vibraciones cuerpo entero y de mano brazo ( vehículos,
máquinas/martillos neumáticos, perforadoras y herramientas
mecánicas)
Radiaciones no ionizantes (radiación ultravioleta producida por
los equipos de soldadura, radiación solar, radiación láser producida
por equipos de medida)
Radiaciones ionizantes (control de calidad en soldaduras)
21. RIESGO BIOLÓGICO
El riesgo biológico por exposición a
microorganismos infecciosos,
sustancias tóxicas de origen biológico,
picaduras o mordeduras de animales,
se suele dar principalmente en las fases
de excavación, movimiento de tierras,
túneles, trabajos subterráneos y en
trabajos de demolición.
RIESGOS ESPECIALES
Un caso específico de los riesgos para la
salud de los trabajadores en la
construcción son las OBRAS
SUBTERRÁNEAS. Dentro de estas
obras se incluye la construcción de
túneles para carreteras, autopistas, vías
férreas, tendido de tuberías de
alcantarillado, agua caliente y vapor,
conducciones eléctricas y cables
telefónicos. Los riesgos higiénicos son
los mismos que los de la construcción
en superficie, pero agravados por la
condición de trabajar en un "espacio
confinado".
22. Normas & Leyes
LEGISLACION DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN MEXICO
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS: EN SU ART. 123 ESTABLECE LOS
DERECHOS LABORALES FUNDAMENTADOS Y SIENTA
LAS BASES DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL
TRABAJO
LEY FEDERAL DEL TRABAJO: REAFIRMA LA
RESPONSABILIDAD DEL PATRON DE PROPORCIONAR
A LOS TRABAJADORES, UN AMBIENTE LABORAL
SEGURO Y SANO.
REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y
MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO: 1997, ESTABLECE
LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA, ACORDE CON EL
DESARROLLO Y LAS NECESIDADES DEL PAIS.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS: APROX. 38
NORMAS VIGENTES
23. Un ESPACIO CONFINADO puede definirse como cualquier espacio
con aberturas limitadas de entrada y salida, ventilación natural
desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos,
inflamables o explosivos, ó tener una atmósfera deficiente en
oxígeno; y que no está concebido para una ocupación continuada por
parte del trabajador". En muchas ocasiones, además, el EC implica
limitaciones en la libertad de movimientos de sus ocupantes.
Otro riesgo especial puede considerarse la DEMOLICIÓN DE
ESTRUCTURAS. La demolición de cualquier tipo de estructura es
una de las operaciones más peligrosas de la actividad de la
construcción. Ya que aparte de los riesgos específicos de seguridad,
los riesgos higiénicos de exposición a polvo, fibras, ruido y
vibraciones, incrementan notablemente el riesgo en éstas
operaciones.