1. LO QUE USTED DEBE
SABER SOBRE EL
DERECHO DE AUTOR
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2. LO QUE USTED DEBE SABER SOBRE EL DERECHO DE AUTOR
MAESTROS EN FORMACIÓN
NINY BARRETO
SAURIS TERAN
III SEMESTRE
PRESENTADO A
MARLON FIGUEROA
ESCUELA NORMALL SUPERIOR DEL DISTRITO DE BARRANQUILLA
OCTUBRE 2013
3. El derecho de autor según el artículo se entiende como el conjunto de normas
cuyo fin es proteger a los autores y a los titulares de sus obras, concediéndoles a
éstos el control en cuanto al uso y aprovechamiento de estas. Este derecho brinda
a los autores reconocimiento por sus obras, el cual a su vez protege toda obra
literaria y artística que se pueda reproducir o imprimir como folletos, libros, obras
musicales, coreografías, entre otros; cabe resaltar que el derecho de autor no
protege ideas.
Este derecho se caracteriza por ser individualista, en el caso de nuestro país
Colombia solo puede ser autor el individuo y no las empresas ni las instituciones, a
su vez concede al autor en primer lugar los derechos morales que son de carácter
personal, intransferibles, perpetuos, irrenunciables, no se venden ni se transfieren
y se hacen efectivos legalmente, su vulneración puede generar conflictos que
llevan a la indemnización.
Este derecho moral concede al autor las siguientes facultades: el derecho a la
paternidad, el derecho a retirar la obra o al arrepentimiento, el derecho a la
integridad, el derecho a conservar la obra inédita, el derecho a modificarla.
El derecho a la paternidad en el cual el autor reconoce la obra como suya
comunicándola al público con su nombre, con un nombre ficticio o como anónimo.
El derecho al arrepentimiento en el cual el autor puede retirar o suspender su obra
porque quiere modificarla o porque desea que sea utilizada de distinta forma.
El derecho a la integridad en el cual el autor puede impedir la deformación o
atentado de su obra que perjudique su honor, cuando se quiera corregir esta solo
puede ser autorizado por el autor.
El derecho a conservar la obra inédita en la que el autor tiene el poder de no
divulgar su obra e impedir el conocimiento de esta a otros.
También encontramos los derechos patrimoniales en los que se les permite al
autor, persona natural o jurídica que tenga los derechos de autor , controlar su
obra y beneficiarse económicamente por permitir su uso; estos derechos autorizan
4. o prohíben la reproducción, traducción, adaptación, modificación, publicación por
cualquier medio y distribución de la obra, es por ello, que cuando se toma el tema
de reproducción, se puntualiza que se realice por cualquier medio o procedimiento
conocido o por conocerse y esta debe tener la autorización del autor o titular.
Este derecho se caracteriza por ser exclusivo porque solo el autor puede autorizar
su uso, transferible ya que puede cederse a terceros, renunciable en la que el
autor puede prescindir de estos, independiente ya que la forma de explotarse debe
ser autorizada por el titular de los derechos, de duración limitada ya que tiene
períodos de tiempo paras gozar de ella.
Cabe resaltar que en
Colombia estos derechos patrimoniales tiene vigencia
durante la vida del autor y ochenta años más después de su muerte. Cuando una
obra ya no tiene derechos patrimoniales se pueden utilizar libremente. Es
importante tener en cuenta que estos derechos patrimoniales conceden a los
autores el derecho de reproducción, comunicación pública, transformación,
importación y distribución.
En cuanto a la originalidad y mérito de las obras tiene que ver con el sello personal
que el autor le da a su obra, el derecho de autor no determina ningún juicio sobre
el valor artístico o literario de estas, ya que este se encarga solo de proteger a la
obra. Un punto importante que no se debe dejar de lado es la naturaleza y las
clases de obras pues hay una gran diversidad de ellas como por ejemplo la obra
oral en la cual se expresan de forma verbal las ideas , las conferencias , sermones
entre otras, al igual las expresiones no verbales en las que se relacionan los
movimientos como las coreografías, estas obras gozan del mismo derecho de las
obra escritas; tenemos las obras literarias que son todos los escritos originales y
también entran en esta lista los programas de computación que son asimilados
como obras literarias; están a su vez las obras artísticas en las que se encuentran
los dibujos, los grabados, las pinturas entre otros, las obras musicales también se
consideran artísticas; en cuanto a las obras derivadas es la que resulta de la
transformación realizada a una obra original, para la realización de estas obras se
5. requiere autorización previa y expresa del autor o titular de la obra cuando se
encuentra en el dominio privado y no cuando son del dominio público.
Entre las obras derivadas podemos encontrar adaptaciones en las que no cambian
la esencia de la obra original;
compilaciones son las que pueden estar
conformadas por obras originales o por datos que tengan elementos creativos y
las traducciones en las que existe aporte creativo exige dominio de recursos
técnicos y literarios.
Las obras de dominio privado están bajo el control de su autor o titular es
necesaria la autorización de este o de estos para su aprovechamiento, una obra
de dominio público puede ser explotada por cualquier persona sin autorización,
una obra anónima es en la se desconoce su autoría, la propiedad intelectual de
una obra anónima es de la persona que la publica, una obra seudónima es en la
que el autor se oculta bajo un nombre ficticio, una obra póstuma es la que ha sido
dada al conocimiento público después de la muerte de su autor, los derechos de
autor de esta clase de obra son de los herederos del autor legítimamente
reconocidos por la ley, una obra audiovisual es toda creación expresada mediante
una serie de imágenes destinada a mostrarse en aparatos de proyección u otro
medio de comunicación, el titular de los derechos de autor de esta clase de obra
se reconocen a favor del productor, también encontramos la obra en colaboración
que es la que se realiza en conjunto, los derechos de autor de esta obra son todos
los autores participantes en su elaboración, y la obra por encargo es aquella en la
cual uno o varios autores, mediante contrato de servicios, elaboran una obra de
acuerdo con un plan y lineamientos específicos, señalados por una persona
natural o jurídica, el titular del derecho de autor de esta en cuanto a los derechos
patrimoniales corresponden a quien encargó la obra y los morales el autor
conserva. En una obra colectiva es la realizada por un grupo de autores, una tesis
de grado es una obra literaria, resultado de una investigación original en la cual la
autoría es del alumno o alumnos que la realizan y sus derechos corresponden
tanto los derechos (morales y patrimoniales) son de el o los alumnos que la
realizan.