SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
COMANDITA SIMPLE
PRESENTADO POR:
PAOLA ANDREA ROMERO
SANCHEZ.
COMANDITA SIMPLE
•
• La sociedad en comandita se formará siempre
entre uno o más socios que comprometen
solidaria e ilimitadamente su responsabilidad
por las operaciones sociales y otro o varios
socios que limitan la responsabilidad a sus
respectivos aportes. Los primeros se
denominarán socios gestores o colectivos y los
segundos, socios comanditarios.
LA RAZON
• La razón social de las comanditarias se formará con el
nombre completo o el solo apellido de uno o más
socios colectivos y se agregará la expresión "y
compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo
caso de la indicación abreviada "S. en C." o de las
palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o su
abreviatura "S. C. A.", si es por acciones, so pena de
que para todos los efectos legales se presuma de
derecho que la sociedad es colectiva. El socio
comanditario o la persona extraña a la sociedad que
tolere la inclusión de su nombre en la razón social,
responderá como socio colectivo.
EL CAPITAL
• El capital social se formará con los aportes de los
socios comanditarios o con los de éstos y los de los
socios colectivos simultáneamente. Cuando los
colectivos hicieren aportaciones de capital, en la
respectiva escritura se relacionarán por su valor,
sin perjuicio de la responsabilidad inherente a la
categoría de tales socios. El comanditario no podrá
en ningún caso ser socio industrial
LA ADMINISTRACIÓN
• La administración de
la sociedad estará a
cargo de los socios
colectivos, quienes
podrán ejercerla
directamente o por
sus delegados, con
sujeción a lo previsto
para la sociedad
colectiva
• Los comanditarios no podrán ejercer funciones
de representación de la sociedad sino como
delegados de los socios colectivos y para
negocios determinados. En estos casos
deberán indicar, al hacer uso de la razón social,
que obran por poder, so pena de responder
solidariamente con los gestores por las
operaciones sociales que celebren o ejecuten.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
• La escritura constitutiva de la
sociedad en comandita
simple será otorgada por
todos los socios colectivos,
con o sin intervención de los
comanditarios; pero se
expresará siempre el nombre,
domicilio y nacionalidad de
éstos, así como las
aportaciones que haga cada
uno de los asociados.
• Las partes de interés de los socios
colectivos y las cuotas de los
comanditarios se cederán por
escritura pública, debiéndose
inscribir la cesión en el registro
mercantil. La cesión de las partes
de interés de un socio colectivo
requerirá de la aprobación
unánime de los socios; la cesión de
las cuotas de un comanditario, del
voto unánime de los demás
comanditarios.
SOCIEDAD EN COMANDITA POR
ACCIONES
• En el acto constitutivo de la sociedad no será
necesario que intervengan los socios
comanditarios; pero en la escritura siempre se
expresará el nombre, domicilio y nacionalidad
de los suscriptores, el número de acciones
suscritas, su valor nominal y la parte pagada.
La en comandita por acciones no podrá
constituirse ni funcionar con menos de cinco
accionistas
AL CONSTITUIRSE
• Al constituirse la sociedad deberá suscribirse
por lo menos el cincuenta por ciento de las
acciones en que se divida el capital autorizado
y pagarse siquiera la tercera parte del valor de
cada acción suscrita. El plazo para el pago de
los instalamentos pendientes no podrá
exceder de un año contado a partir de la fecha
de la suscripción.
• De conformidad con el artículo 22 de la Ley
1014 de 2006, podrán constituirse mediante
un documento privado aquellas sociedades
con una planta de personal no superior a diez
(10) trabajadores o activos totales por valor
inferior a quinientos (500) salarios mínimos
mensuales legales vigentes.
Dichas sociedades, podrán constituirse por
documento privado, el cual expresará:
• Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección de los socios.
• El domicilio social.
• El término de duración o la indicación de que este es indefinido.
• Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se
exprese que la sociedad podrá realizar cualquier acto lícito de comercio.
• El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes
aportados, con estimación de su valor. El socio o socios responderá por el valor
asignado a los bienes en el documento constitutivo. Cuando los activos destinados
a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pública, la
constitución deberá hacerse de igual manera e inscribirse también en los registros
correspondientes.
• El número de cuotas, acciones o partes de interés de igual valor nominal en que se
dividirá el capital de la sociedad y la forma en que serán distribuidas si fuere el
caso.
• La forma de administración dentro del tipo o especie de sociedad de que se trate,
así como el nombre, documento de identidad y las facultades de sus
administradores. A falta de estipulaciones se entenderá que los administradores
podrán adelantar todos los actos comprendidos dentro de las actividades
previstas.
• Declaración por parte del constituyente o
constituyentes, según sea el caso, o de sus
representantes o apoderados sobre el
cumplimiento de al menos uno de los
requisitos señalados en el artículo 22 de la Ley
1014 de 2006, esto es, que cuenten con diez
(10) o menos trabajadores, o con activos
totales, excluida la vivienda, por valor inferior
a quinientos (500) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Sociedad Colectiva
Sociedad ColectivaSociedad Colectiva
Sociedad Colectivaelias7
 
Sociedad anonima
Sociedad anonimaSociedad anonima
Sociedad anonimaladygarciap
 
Sociedad comandataria simple
Sociedad comandataria simpleSociedad comandataria simple
Sociedad comandataria simpleregiido
 
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
Sociedad Comercial de Responsabilidad LimitadaSociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
Sociedad Comercial de Responsabilidad LimitadaAngelo Arteaga Robles
 
sociedad de responsabilidad limitada
sociedad de responsabilidad limitadasociedad de responsabilidad limitada
sociedad de responsabilidad limitadaPierre Larrea Diaz
 
Sociedad anonima cerrada
Sociedad anonima cerradaSociedad anonima cerrada
Sociedad anonima cerradajeny010
 
Sociedades En Comandita
Sociedades En ComanditaSociedades En Comandita
Sociedades En Comanditaguestdcf237
 
Sociedad anonima exposicion
Sociedad anonima exposicionSociedad anonima exposicion
Sociedad anonima exposicionkathom
 
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitadaSociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitadaAlberth ibañez Fauched
 
Sociedad En Comandita Por Acciones
Sociedad En Comandita Por AccionesSociedad En Comandita Por Acciones
Sociedad En Comandita Por Accioneskiikiz90
 
Resumen de los tipos de sociedades mercantiles
Resumen  de  los  tipos  de  sociedades  mercantiles Resumen  de  los  tipos  de  sociedades  mercantiles
Resumen de los tipos de sociedades mercantiles Isabela Mendez
 
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima rennyjse
 
Sociedades comerciales.
Sociedades comerciales.Sociedades comerciales.
Sociedades comerciales.cesar
 
Sociedades en comandita Simple
Sociedades en comandita SimpleSociedades en comandita Simple
Sociedades en comandita SimpleArevaloValeria
 
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peña
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera PeñaPresentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peña
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peñaedwinstigozacapa
 

La actualidad más candente (20)

Sociedad Colectiva
Sociedad ColectivaSociedad Colectiva
Sociedad Colectiva
 
Sociedad anonima
Sociedad anonimaSociedad anonima
Sociedad anonima
 
Sociedad comandataria simple
Sociedad comandataria simpleSociedad comandataria simple
Sociedad comandataria simple
 
Clases sociedad
Clases sociedadClases sociedad
Clases sociedad
 
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
Sociedad Comercial de Responsabilidad LimitadaSociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
 
sociedad de responsabilidad limitada
sociedad de responsabilidad limitadasociedad de responsabilidad limitada
sociedad de responsabilidad limitada
 
Sociedad anonima cerrada
Sociedad anonima cerradaSociedad anonima cerrada
Sociedad anonima cerrada
 
Sociedades En Comandita
Sociedades En ComanditaSociedades En Comandita
Sociedades En Comandita
 
Sociedad anonima exposicion
Sociedad anonima exposicionSociedad anonima exposicion
Sociedad anonima exposicion
 
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitadaSociedad comercial de responsabilidad limitada
Sociedad comercial de responsabilidad limitada
 
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad LimitadaSociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad de Responsabilidad Limitada
 
Sociedad En Comandita Por Acciones
Sociedad En Comandita Por AccionesSociedad En Comandita Por Acciones
Sociedad En Comandita Por Acciones
 
Resumen de los tipos de sociedades mercantiles
Resumen  de  los  tipos  de  sociedades  mercantiles Resumen  de  los  tipos  de  sociedades  mercantiles
Resumen de los tipos de sociedades mercantiles
 
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
Mapa Conceptual de Sociedad Anonima
 
Sociedad comandita-simple
Sociedad comandita-simpleSociedad comandita-simple
Sociedad comandita-simple
 
Comandita por acciones
Comandita por accionesComandita por acciones
Comandita por acciones
 
Sociedades comerciales.
Sociedades comerciales.Sociedades comerciales.
Sociedades comerciales.
 
Sociedades en comandita Simple
Sociedades en comandita SimpleSociedades en comandita Simple
Sociedades en comandita Simple
 
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMASOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMA
 
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peña
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera PeñaPresentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peña
Presentacion sociedad anonima (1) Saul Cabrera Peña
 

Similar a Sociedad en comandita simple: concepto, características y constitución

5 sociedades-100216125648-phpapp02
5 sociedades-100216125648-phpapp025 sociedades-100216125648-phpapp02
5 sociedades-100216125648-phpapp02Fernando Fontalvo
 
Sociedades Administrativas
Sociedades Administrativas Sociedades Administrativas
Sociedades Administrativas German Grandas
 
Cuarta Clase
Cuarta ClaseCuarta Clase
Cuarta Clasejpsr
 
Aministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a ClaseAministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a Clasejotape74
 
Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)desconectate
 
Tipos de sociedades en Colombia
Tipos de sociedades en ColombiaTipos de sociedades en Colombia
Tipos de sociedades en ColombiaGuillermo Marin
 
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchez
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchezTarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchez
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchezTiare Sánchez
 
Trabajo de economía
Trabajo de economíaTrabajo de economía
Trabajo de economíajraineri
 
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadaConstitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadajavier ortiz
 
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilar
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilarCreación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilar
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilarmetalskater
 
Contabilidad de sociedades
Contabilidad de sociedadesContabilidad de sociedades
Contabilidad de sociedadescaridadpp
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectivacinpaoch
 
Las sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleLas sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleAlex Cruz
 
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal.  sociedad de responsabilidad limitadaMarclo legal.  sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitadaMariano1205
 

Similar a Sociedad en comandita simple: concepto, características y constitución (20)

5 sociedades-100216125648-phpapp02
5 sociedades-100216125648-phpapp025 sociedades-100216125648-phpapp02
5 sociedades-100216125648-phpapp02
 
Sociedades Administrativas
Sociedades Administrativas Sociedades Administrativas
Sociedades Administrativas
 
Cuarta Clase
Cuarta ClaseCuarta Clase
Cuarta Clase
 
Aministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a ClaseAministracion Moderna 4a Clase
Aministracion Moderna 4a Clase
 
Conta exposicion (1)
Conta exposicion (1)Conta exposicion (1)
Conta exposicion (1)
 
Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)Legislación comercial (Sociedades)
Legislación comercial (Sociedades)
 
Tipos de sociedades en Colombia
Tipos de sociedades en ColombiaTipos de sociedades en Colombia
Tipos de sociedades en Colombia
 
Creacion de empresas
Creacion de empresasCreacion de empresas
Creacion de empresas
 
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchez
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchezTarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchez
Tarea 1. sociedades mercantiles tonix,huerta,ortíz,sánchez
 
Sociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por accionesSociedad en comandita por acciones
Sociedad en comandita por acciones
 
Sociedades cont
Sociedades  contSociedades  cont
Sociedades cont
 
Trabajo de economía
Trabajo de economíaTrabajo de economía
Trabajo de economía
 
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitadaConstitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
Constitución de sociedad comercial de responsabilidad limitada
 
Sociedad
SociedadSociedad
Sociedad
 
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilar
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilarCreación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilar
Creación empresa sociedad anónima antonio jesús perea aguilar
 
Contabilidad de sociedades
Contabilidad de sociedadesContabilidad de sociedades
Contabilidad de sociedades
 
Sociedades
SociedadesSociedades
Sociedades
 
Sociedad colectiva
Sociedad colectivaSociedad colectiva
Sociedad colectiva
 
Las sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simpleLas sociedades en comandita simple
Las sociedades en comandita simple
 
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal.  sociedad de responsabilidad limitadaMarclo legal.  sociedad de responsabilidad limitada
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitada
 

Sociedad en comandita simple: concepto, características y constitución

  • 1. COMANDITA SIMPLE PRESENTADO POR: PAOLA ANDREA ROMERO SANCHEZ.
  • 2. COMANDITA SIMPLE • • La sociedad en comandita se formará siempre entre uno o más socios que comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes. Los primeros se denominarán socios gestores o colectivos y los segundos, socios comanditarios.
  • 3. LA RAZON • La razón social de las comanditarias se formará con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo caso de la indicación abreviada "S. en C." o de las palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o su abreviatura "S. C. A.", si es por acciones, so pena de que para todos los efectos legales se presuma de derecho que la sociedad es colectiva. El socio comanditario o la persona extraña a la sociedad que tolere la inclusión de su nombre en la razón social, responderá como socio colectivo.
  • 4. EL CAPITAL • El capital social se formará con los aportes de los socios comanditarios o con los de éstos y los de los socios colectivos simultáneamente. Cuando los colectivos hicieren aportaciones de capital, en la respectiva escritura se relacionarán por su valor, sin perjuicio de la responsabilidad inherente a la categoría de tales socios. El comanditario no podrá en ningún caso ser socio industrial
  • 5. LA ADMINISTRACIÓN • La administración de la sociedad estará a cargo de los socios colectivos, quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva
  • 6. • Los comanditarios no podrán ejercer funciones de representación de la sociedad sino como delegados de los socios colectivos y para negocios determinados. En estos casos deberán indicar, al hacer uso de la razón social, que obran por poder, so pena de responder solidariamente con los gestores por las operaciones sociales que celebren o ejecuten.
  • 7. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE • La escritura constitutiva de la sociedad en comandita simple será otorgada por todos los socios colectivos, con o sin intervención de los comanditarios; pero se expresará siempre el nombre, domicilio y nacionalidad de éstos, así como las aportaciones que haga cada uno de los asociados.
  • 8. • Las partes de interés de los socios colectivos y las cuotas de los comanditarios se cederán por escritura pública, debiéndose inscribir la cesión en el registro mercantil. La cesión de las partes de interés de un socio colectivo requerirá de la aprobación unánime de los socios; la cesión de las cuotas de un comanditario, del voto unánime de los demás comanditarios.
  • 9. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES • En el acto constitutivo de la sociedad no será necesario que intervengan los socios comanditarios; pero en la escritura siempre se expresará el nombre, domicilio y nacionalidad de los suscriptores, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada. La en comandita por acciones no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas
  • 10. AL CONSTITUIRSE • Al constituirse la sociedad deberá suscribirse por lo menos el cincuenta por ciento de las acciones en que se divida el capital autorizado y pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada acción suscrita. El plazo para el pago de los instalamentos pendientes no podrá exceder de un año contado a partir de la fecha de la suscripción.
  • 11. • De conformidad con el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, podrán constituirse mediante un documento privado aquellas sociedades con una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores o activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • 12. Dichas sociedades, podrán constituirse por documento privado, el cual expresará: • Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección de los socios. • El domicilio social. • El término de duración o la indicación de que este es indefinido. • Una enunciación clara y completa de las actividades principales, a menos que se exprese que la sociedad podrá realizar cualquier acto lícito de comercio. • El monto del capital haciendo una descripción pormenorizada de los bienes aportados, con estimación de su valor. El socio o socios responderá por el valor asignado a los bienes en el documento constitutivo. Cuando los activos destinados a la sociedad comprendan bienes cuya transferencia requiera escritura pública, la constitución deberá hacerse de igual manera e inscribirse también en los registros correspondientes. • El número de cuotas, acciones o partes de interés de igual valor nominal en que se dividirá el capital de la sociedad y la forma en que serán distribuidas si fuere el caso. • La forma de administración dentro del tipo o especie de sociedad de que se trate, así como el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores. A falta de estipulaciones se entenderá que los administradores podrán adelantar todos los actos comprendidos dentro de las actividades previstas.
  • 13. • Declaración por parte del constituyente o constituyentes, según sea el caso, o de sus representantes o apoderados sobre el cumplimiento de al menos uno de los requisitos señalados en el artículo 22 de la Ley 1014 de 2006, esto es, que cuenten con diez (10) o menos trabajadores, o con activos totales, excluida la vivienda, por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.