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PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN
RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS
CONDICIONES GENERALES
- AÑO 2013 -
ENTE VASCO DE LA ENERGÍA
Alda. Urquijo 36-1ª planta
48011 BILBAO
Tlf: 94 403 56 00
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 1/10
PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS
EN VIVIENDAS
1. OBJETO Y NATURALEZA DEL PROGRAMA
1.1 Las reformas de las viviendas existentes y, en particular, las mejoras de sus
cerramientos acristalados son una buena oportunidad para tomar medidas
eficaces con el fin de aumentar su rendimiento energético, tal como propone la
Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.
Por ello, el objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a
viviendas para la renovación de los cerramientos acristalados de su envolvente;
entendiendo como cerramiento acristalado, aquellas ventanas o puertas ventana
que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así
reducir el consumo de energía en el sector doméstico.
1.2 Las ayudas que se concedan en el marco del presente Programa de Ayudas
tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido no reintegrables.
2. BENEFICIARIOS
2.1 Tendrán la consideración de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de
Ayudas, todas aquellas personas físicas propietarias, usufructuarias o
arrendatarias de la vivienda objeto de renovación y que procedan a la renovación
de las ventanas por otras de alta eficiencia energética.
2.2 La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y
tener carácter de vivienda de ocupación habitual.
2.3 No podrán tener la condición de beneficiarios:
a) Actuaciones que hayan resultado beneficiadas de otros Programas de Ayudas
de Renove de Ventanas gestionados por el EVE.
b) Las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
(en adelante “LGS”), o de contratar con la Administración de la Comunidad
Autónoma del País Vasco o su sector público.
c) Las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el
artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la
Hacienda General del País Vasco (en adelante “D. Leg 1/1997”).
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 2/10
3. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS
SOLICITUDES
La dotación económica total destinada a este Programa de Ayudas asciende a un
millón quinientos mil euros (1.500.000 €), según el correspondiente crédito
establecido al efecto en los presupuestos del EVE.
La cuantía total del conjunto de ayudas no superará la cantidad de 1.500.000
euros o la que resulte de su actualización en el caso de que, de conformidad con
la legislación vigente, se aprueben modificaciones presupuestarias a la dotación
económica aportada por el EVE.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará al día siguiente
de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco
(en adelante “BOPV”) y finalizará el día 30 de septiembre de 2013 ó hasta el
agotamiento del presupuesto destinado en caso de que se produzca con
anterioridad.
En este último caso, de agotamiento del crédito, no se atenderán las solicitudes
posteriores, aún cuando hayan sido correctamente presentadas dentro del
período de vigencia del programa de ayudas.
Se dará publicidad de las dotaciones económicas pendientes así como del
agotamiento del crédito correspondiente en la siguiente dirección de internet:
www.eve.es
Las solicitudes que estuvieran ya presentadas completas y en tramitación, que
no pudieran ser atendidas por agotamiento de la dotación presupuestaria
asignada, serán denegadas, por tal motivo, mediante resolución del órgano
competente.
4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
4.1 Se considerará susceptible de ayuda la sustitución de aquellas ventanas o
puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente
exterior por otras de elevada eficiencia energética. Las nuevas ventanas deberán
cumplir los siguientes requisitos:
 Deberán contar con marcado CE.
 En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente
térmico.
 El doble acristalamiento deberá estar formado por vidrios con aislamiento
térmico reforzado (ATR) y deberá tener:
 un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 W/m2
.K.
 un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.
 Todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la
vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los
cerramientos interiores de la vivienda.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 3/10
4.2 La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será
una subvención a fondo perdido del 22% del coste subvencionable de la
inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable
por cada m2
de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.000 euros el máximo
de subvención por vivienda.
El porcentaje de subvención sobre la inversión total será inferior al 22% cuando
el precio/m2
de ventana sea superior a 400 €, considerándose entonces como
inversión subvencionable el producto resultante de los m2
de ventana totales
renovados por el coste máximo subvencionable de 400 €.
4.3 En el cómputo de la superficie de ventana renovada no se tendrán en cuenta la
superficie correspondiente al cajón de persiana.
5. COSTE SUBVENCIONABLE
5.1 Se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco y
acristalamiento, e incluso cajón de persiana), así como los costes de albañilería
derivados de la instalación de las mismas.
5.2 No se considerará coste subvencionable:
 El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en
general, cualquier tributo.
 Los gastos financieros consecuencia de la inversión.
 Las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún
componente de la ventana, o aquellas cuyo coste sea inferior a 1.000 euros
(Base Imponible).
 Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar
ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos) y ampliar la superficie habitable
de la vivienda, por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la
envolvente de la vivienda.
 Componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana,
mosquiteras, tendederos, barandillas…etc.
 Y en general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que
no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos del presente
programa.
6. LIMITACIONES GENERALES A LA SOLICITUD
6.1 La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario será de 1.000€ por cada
renovación en vivienda.
6.2 Sólo se admitirá una solicitud por persona y sólo se podrá presentar una solicitud
por vivienda.
6.3 No podrán acogerse al presente programa las inversiones inferiores a 1.000 €.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 4/10
6.4 No se podrán acoger al presente Programa de Ayudas, las actuaciones cuyas
facturas al beneficiario tengan fecha de emisión anterior al 1 de junio de 2013.
6.5 Posibilidad de concurrencia con otras ayudas: Las subvenciones otorgadas por
otras administraciones públicas o por entidades privadas que tengan el mismo
objeto que las recogidas en el presente documento, serán incompatibles con las
previstas en el presente programa y tendrán como posibles consecuencias:
a) La denegación de la subvención: siempre que el porcentaje de subvención
otorgado por otra administración y/o entidad sea igual o superior al límite
máximo del 22% establecido por el EVE.
b) La minoración del porcentaje de subvención aplicado: cuando el porcentaje de
subvención otorgado por otra administración y/o entidad sea inferior al límite
máximo del 22% establecido por el EVE, al porcentaje de subvención que se
aplique desde el EVE (determinado en función de la relación precio/m2
de
ventana especificado en el segundo párrafo del punto 4 –Actuaciones
subvencionables y Cuantía de las ayudas-) se le descontará el recibido de
otras administraciones y/o entidades en el momento de emitir la resolución o
al realizar el pago de la subvención.
7. SOLICITUD DE AYUDAS
Las solicitudes se presentarán, en el plazo señalado en la condición 3ª, en las
oficinas del EVE ó por correo certificado y con acuse de recibo, en ambos casos
en la siguiente dirección:
EVE – Ente Vasco de la Energía
Apdo. Correos 5020
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urquijo, 36 – 1ª planta
48011 Bilbao
Ref.: PRVV 2013
8. GESTIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD DE AYUDAS
La ayuda será solicitada por quien ostente la condición de beneficiario, según lo
dispuesto en la condición 2ª.
A tal efecto, en la dirección y dentro del plazo de vigencia del Programa de
Ayudas, el solicitante deberá presentar toda la documentación que se relaciona a
continuación:
a. Solicitud de ayuda económica, según modelo del ANEXO I, firmada por el
solicitante.
b. Copia del D.N.I. del beneficiario (por ambas caras) y, en el caso de que la
vivienda esté alquilada, además, copia del contrato de arrendamiento en
vigor.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 5/10
c. Documento que acredite la ocupación habitual de la vivienda: si en el DNI
del solicitante aparece la dirección de la vivienda objeto de renovación no
será necesario otro documento, en caso contrario será necesario el
Certificado de Empadronamiento del solicitante en el que figure como
residente en el domicilio objeto de renovación con fecha anterior a la
publicación, en el BOPV, de este Programa de Ayudas.
d. Certificado bancario acreditativo que presente los 20 dígitos del número de
cuenta, de la que el beneficiario habrá de justificar ser titular, en la que se
desea recibir el abono de la ayuda, en su caso.
e. Factura detallada (en original, original duplicado ó copia compulsada)
justificativa de la inversión en renovación de ventanas, que deberá incluir,
como mínimo, los siguiente conceptos:
 Breve descripción de la renovación, indicando el domicilio objeto de la
renovación.
 Desglose detallado de las acciones incluidas dentro del concepto de
renovación.
 Memoria detallada de la carpintería colocada (imprescindible tipo de
carpintería y tipo y espesores de los vidrios colocados, así como de la
cámara).
 Medidas de cada una de las ventanas renovadas.
En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá ir
acompañada del presupuesto al que haga referencia y en el cual se vean
dichos conceptos.
El citado documento deberá estar firmado y sellado por el instalador
correspondiente.
f. Resultados de los ensayos de transmitancia térmica (Ug) para los vidrios
utilizados.
g. Pegatinas justificativas de los vidrios instalados.
h. Etiquetas justificativas de marcado CE de las ventanas instaladas. (ver
modelo en ANEXO III).
i. Fotografías de cada una de las ventanas antes de la renovación.
j. Fotografías de cada una de las ventanas después de la renovación.
k. Declaración relativa a otras ayudas solicitadas y/o otorgadas (ANEXO II).
El EVE podrá recabar del solicitante cualquier información y documentación
complementaria que estime necesaria para la concesión de la ayuda (escrituras,
justificantes bancarios, etc...).
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 6/10
Cualquier consulta, relacionada con el presente Programa de Ayudas, será
atendida llamando al siguiente número de teléfono: 94 403 56 00.
9. RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN
La concesión de ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, de
modo que los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de
presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario
suficiente.
El orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente a la
presentación completa de la documentación descrita en la condición anterior.
Si la solicitud estuviese incompleta o fuera defectuosa, se otorgará un plazo
máximo de diez (10) días hábiles al interesado para que subsane la falta. Estas
solicitudes permanecerán a la espera, sin reserva de crédito, de la recepción en el
EVE de los documentos que falten, pudiendo optar el solicitante por su retirada.
De aportarse la documentación en dicho plazo, se continuará la tramitación del
expediente respetando el orden de entrada fijado tras la presentación de la
documentación completa. En caso contrario, se tendrá por desistida la solicitud
por falta de subsanación de las omisiones documentales en el plazo requerido, lo
cual no impedirá que el solicitante pueda formular una nueva solicitud.
Una vez analizado el proyecto presentado, la Dirección General del EVE resolverá
sobre el mismo en el plazo de tres (3) meses y se comunicará dicha resolución al
solicitante.
En todo caso, el EVE valorará y emitirá resolución únicamente en función de la
información aportada por el solicitante de la ayuda, siendo responsabilidad del
solicitante la correcta presentación de la misma. La presencia de errores y/o
faltas en la información aportada que afecten directamente a la determinación,
por parte del EVE, de la cuantía de la ayuda a otorgar, no en cuanto a su
correcta tramitación, será responsabilidad única del solicitante.
En la resolución se determinará el alcance de la acción objeto de la ayuda, el
importe de la ayuda, aquellos otros aspectos juzgados de interés y, en su caso,
los motivos de denegación.
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección
General del EVE, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél
en que tenga lugar la notificación de la resolución, o interponer directamente el
recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-
administrativo de Bilbao en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la notificación de la resolución, todo ello de conformidad con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (Ley 30/1992), y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 7/10
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la
ayuda siempre que se entienda cumplido el objeto de ésta, podrá dar lugar a la
modificación de la resolución de concesión de la ayuda.
10. ABONO DE LAS AYUDAS
La tramitación del abono de la subvención al beneficiario se llevará a cabo por el
EVE una vez emitida y notificada la resolución de la Dirección General del EVE,
comprobada la validez de la documentación aportada por el solicitante y, en los
casos en que proceda, realizada la inspección.
El abono de la subvención se realizará en la cuenta bancaria señalada a tal efecto
por el solicitante.
11. INSPECCIONES
Con posterioridad a la emisión de una resolución de otorgamiento de subvención
y, en su caso, antes y/o después del abono de la ayuda, el EVE podrá realizar “in
situ” inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la
ejecución de la inversión objeto de la ayuda.
Los beneficiarios cuya renovación sea objeto de inspección, tendrán
conocimiento de esta situación mediante comunicación previa.
La realización de la inspección tiene carácter obligatorio para el beneficiario.
Si por causas ajenas al EVE no pudiese realizarse la inspección “in situ” en la
fecha comunicada al beneficiario, se notificará por escrito al mismo de que
dispone de quince (15) días hábiles para concertar una nueva fecha y facilitar la
inspección.
En caso contrario, el EVE procederá a incoar un expediente de revocación total
de la ayuda y, en su caso, a solicitar el reintegro total de la misma.
Una vez contrastada la información tomada durante la inspección con la
documentación presentada en la solicitud, si se concluyera que el importe de
subvención inicialmente otorgado debiera ser inferior o no procediese otorgar
subvención, el EVE procederá a incoar un expediente de revocación total o
parcial de la ayuda y, en su caso, a solicitar el reintegro total o parcial de la
misma, sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que pudieran
corresponder.
Al contrario, en aquellos casos en los que se concluyera que el importe de
subvención a otorgar debiera ser mayor al inicialmente otorgado, no se procederá
a la emisión de una nueva resolución por parte del EVE, puesto que la presencia
de errores y/o faltas en la información aportada por el beneficiario y que afecte
directamente a la determinación de la cuantía de la ayuda a otorgar por el EVE,
no en cuanto a su correcta tramitación, será responsabilidad única del
beneficiario.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 8/10
12. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Los beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente Programa deberán
cumplir en todo caso las siguientes obligaciones:
a. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince (15) días
tras la fecha de recepción de la notificación de la concesión de la ayuda, el
beneficiario no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá
que ésta queda aceptada, tanto en su aspecto económico como en las demás
condiciones recogidas en la resolución así como las de la presente
convocatoria.
b. Utilizar la ayuda para el concreto destino para el que ha sido concedida.
c. Facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas
Públicas la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones
respecto de las ayudas recibidas con cargo a esta convocatoria.
d. Comunicar al EVE la solicitud u obtención de subvenciones o ayudas, ingresos
o recursos para la misma o similar finalidad, procedente de cualquier otra
administración o ente tanto público como privado.
e. Ejecutar las instalaciones cumpliendo los Reglamentos y Normativas que les
sean aplicables, y sus componentes deberán poseer la correspondiente
homologación por organismo competente. De este modo, queda asumido por
el beneficiario que el proyecto que desarrolle se debe ajustar en todos los
extremos a la normativa vigente, tanto técnica como urbanística o de
cualquier otra naturaleza, que en relación al proyecto presentado le sea
aplicable.
El EVE no tendrá responsabilidad alguna de cualquier incumplimiento al
respecto por parte del beneficiario.
f. Informar, a petición del EVE, de la evolución de los resultados obtenidos.
g. Comunicar al EVE la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva
como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la
subvención.
h. Las acciones de comunicación y promoción que pueda realizar el beneficiario
referentes al proyecto subvencionado, bien sea en soporte papel, electrónico o
audiovisual, deberán contener referencia expresa al hecho de que dicho
proyecto ha sido subvencionado con cargo al Programa de Ayudas a
Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas - 2013.
i. Facilitar cuanta información le sea requerida por el EVE en el ejercicio de sus
funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 9/10
13. INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS
El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria y demás
normas aplicables, así como las condiciones que, en su caso, se establezcan en
la resolución de concesión, dará lugar, previo el oportuno expediente de
incumplimiento, a la cancelación de la misma y a la obligación de reintegrar al
EVE las ayudas y los intereses legales correspondientes, conforme a lo dispuesto
al respecto en la LGS, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (en adelante “RGS”) y D. Leg. 1/1997, así como el Titulo II del
Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general
de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos,
régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su
gestión sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que correspondan.
La incoación y resolución de los expedientes de revocación, y en su caso
reintegro, total o parcial corresponderán a la Dirección General del EVE.
14. CLÁUSULA DE INFORMACIÓN A LOS SOLICITANTES
El EVE, con domicilio en el edificio Plaza Bizkaia, Alameda de Urquijo 36, 1ª
Planta, 48011, Bilbao, informa de que los datos personales que el beneficiario
proporcione o que se generen posteriormente serán incorporados a ficheros de
los que EVE es responsable. Los datos serán tratados con la finalidad del análisis
y gestión de su solicitud y, en su caso, de la ejecución y control de la relación
que se establezca como consecuencia de la eventual concesión de las ayudas
objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable.
El beneficiario podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación
y oposición reconocidos en la normativa de protección de datos poniéndose en
contacto con EVE por escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior,
acreditando debidamente su identidad.
El beneficiario se compromete a que, con anterioridad a facilitar al EVE cualquier
dato personal de cualquier persona física/jurídica involucrada en la gestión y, en
su caso, posterior ejecución de esta solicitud, habrá informado a tal persona
física/jurídica del contenido de lo previsto en los párrafos anteriores y cumplido
cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta
cesión de los datos personales al EVE, sin que el EVE deba realizar ninguna
actuación adicional. Asimismo, se compromete a comunicar a EVE las
rectificaciones o cancelaciones que procedan respecto de los datos cedidos.
15. DISPOSICIONES FINALES
 La decisión del EVE es de naturaleza administrativa y la jurisdicción
competente en materia de subvenciones gestionadas por el EVE es la
contencioso-administrativa.
Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 10/10
 El EVE se reserva el derecho de uso de las imágenes obtenidas de las
instalaciones objeto de ayudas provenientes del presente Programa.
 En todo lo no previsto en estas Condiciones Generales, se estará a lo
establecido en la LGS, el RGS, el D. Leg. 1/1997.
En Bilbao, a 31 de mayo de 2013
PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE
VENTANAS EN VIVIENDAS
- AÑO 2013 -
ANEXOS
ANEXO I. Solicitud de ayuda económica
ANEXO II. Declaración relativa otras ayudas solicitadas y/o otorgadas
ANEXO III. Modelo etiqueta marcado CE
Se deben cum plim entar todos los datos solicitados. No se tendrán en cuenta solicitudes incom pletas.
D./Dña.: , con D.N.I. nº
representante legal de: , con D.N.I. nº
Proyecto a realizar:
Importe (euros): (IVA, No incluido)
Dom icilio del solicitante (todos los campos son obligatorios):
Dirección: Provincia:
Municipio: C.P.:
E-mail: Teléfono:
Nº cuenta bancaria: Móvil:
Datos para el envio de docum entación (cumplimentar sólo si es diferente al Domicilio):
Nombre y apellidos: E-mail:
Dirección: Provincia:
Municipio: C.P.:
Datos de la persona de contacto (cumplimentar sólo si es diferente al Solicitante):
Nombre y apellidos: Teléfono:
E-mail: Móvil:
Datos del emplazamiento de la actuación (cumplimentar sólo si es diferente al Domicilio):
Dirección: Provincia:
Municipio: C.P.:
Se ruega presentar la documentación sin encuadernar.
Lugar y fecha:
Nombre y apellidos:
Firma:
El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, informa de que losdatos personalesque el solicitante de la ayuda proporcione o que se generen post eriorment e serán incorporadosa
ficherosde losque EVEes responsable.Los datosserán tratadoscon la f inalidad del análisis y gestión de las ayudasy, en su caso,de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de la
eventual concesión de las ayudas objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable. El solicitante podrá ejercitar susderechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición
reconocidosen la normativa de protección de datosponiéndose en contacto con EVEpor escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior,acredit ando debidament e su identidad.El solicitante se compromet e a
que,con anterioridad a facilitar al EVEcualquier dato personal de cualquier persona física/jurídica involucrada en la presentación, gestión y, en su caso,posterior ejecución de esta solicitud, habrá informado a tal
persona física/jurídica del contenido de lo previsto en lospárrafosanterioresy cumplido cualesquiera otrosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de losdat os personalesal EVE,sin que el
EVEdeba realizar ninguna actuación adicional. Asimismo, se compromete a comunicar a EVElasrectificacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos.
(OBLIGATORIO)
(Indicar los 20 dígitos)
PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS
SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA 2013
ANEXO I
DATOS DEL SOLICITANTE
(si procede)
acogiéndome al PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS , solicita al
Ente Vasco de la Energía ayuda para la realización de la siguiente actuación:
·
·
·
· En caso de que la vivienda esté alquilada, copia del contrato de arrendamiento en vigor.
· Certificado bancario acreditativo del número de cuenta corriente y titularidad del beneficiario.
·
·
• Tipo de carpintería colocada, así como tipo y espesores de los vidrios colocados y de de la cámara.
• Medidas de cada una de las ventanas renovadas.
· Resultados de los ensayos de transmitancia térmica (Ug) para los vidrios utilizados.
· Pegatinas justificativas de los vidrios instalados.
·
·
·
El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, inf orma de que losdat os personalesque el solicit ant e de la ayuda proporcione o que se generen post eriorment e serán incorporadosa
f icherosde losque EVEesresponsable. Losdat osserán t rat adoscon la f inalidad del análisis y gest ión de las ayudasy, en su caso, de la ejecución y cont rol de la relación que se est ablezca como consecuencia de la
event ual concesión de las ayudas objet o de est a solicit ud, así como para el cumplimient o de la normat iva aplicable. El solicit ant e podrá ejercit ar susderechos de acceso, rect if icación, cancelación y oposición
reconocidosen la normat iva de prot ección de dat osponiéndose en cont acto con EVEpor escrit o en la dirección indicada en el párraf o ant erior, acredit ando debidament e su ident idad. El solicit ant e se compromet e
a que, con ant erioridad a f acilit ar al EVEcualquier dat o personal de cualquier persona fí sica/ jurí dica involucrada en la present ación, gest ión y, en su caso, post erior ejecución de est a solicit ud, habrá inf ormado a
t al persona f í sica/ jurí dica del cont enido de lo previst o en lospárraf os ant erioresy cumplido cualesquiera ot rosrequisit os que pudieran ser de aplicación para la correct a cesión de losdat os personalesal EVE, sin
que el EVEdeba realizar ninguna act uación adicional. Asimismo, se compromet e a comunicar a EVElasrect if icacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Factura detallada (original, original duplicado ó copia compulsada) justificativa de la inversión en renovación de
ventanas, que deberá incluir, como mínimo, los siguiente conceptos:
• Breve descripción de la renovación, indicando el domicilio objeto de la renovación.
• Desglose detallado de las acciones incluidas dentro del concepto de renovación.
En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá ir acompañada del presupuesto al que
haga referencia y en el cual se vean dichos conceptos.
Fotografías de cada una de las ventanas antes de la renovación.
Fotografías de cada una de las ventanas después de la renovación.
PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS
SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA 2013
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Documentación general obligatoria:
Solicitud de ayuda económica - Datos del solicitante, con firma originales.
ANEXO I
Declaración de ayudas solicitadas y/o cobradas (Anexo II).
Etiquetas justificativas de marcado CE de las ventanas instaladas (ver modelo en Anexo III).
Copia del DNI del firmante.
Documento que acredite la ocupación habitual de la vienda. Si el DNI no reflejara residencia en la vivienda objeto
de renovación, certificado de empadronamiento.
D./Dña.
representante legal de: , con D.N.I. nº:
I.
II.
III.
Lugar y fecha:
Nombre y apellidos:
Firma:
PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS
ANEXO II
DECLARACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS y/o SOLICITADAS
, con D.N.I. nº:
Administ. Pública
u Organismo
Fecha
solicitud
Objeto de la ayuda
DECLARA QUE:
Conocer lo dispuesto en las bases del Programa de Ayudas, y concretamente, lo establecido en referencia a la
posibilidad de concurrencia con otras ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o por entidades
privadas, que tengan el mismo objeto que las recogidas en dicho Programa.
Haber solicitado a otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto por el que
presento la solicitud de ayuda, las siguientes ayudas:
(si procede)
El EVE,con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36,1ªPlanta, 48011,Bilbao,inf orma de que losdatospersonalesque el solicitant e de la ayuda proporcione o que se generen posteriormente serán incorporadosa
ficherosde losque EVEesresponsable.Losdatosserán tratadoscon la finalidad del análisisy gestión de lasayudasy,en su caso,de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de
la eventual concesión de las ayudas objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable. El solicit ante podrá ejercitar sus derechosde acceso,rectificación, cancelación y
oposición reconocidosen la normativa de prot ección de datosponiéndose en contacto con EVEpor escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior, acreditando debidament e su ident idad. El solicit ante
se compromete a que, con ant erioridad a facilitar al EVEcualquier dato personal de cualquier persona f ísica/jurídica involucrada en la presentación,gestión y,en su caso, post erior ejecución de esta solicitud,
habrá inf ormado a tal persona física/jurídica del contenido de lo previsto en lospárrafosanterioresy cumplido cualesquiera otrosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de losdatos
personalesal EVE,sin que el EVEdeba realizar ninguna actuación adicional.Asimismo,se compromete a comunicar a EVElasrect ificacioneso cancelacionesque procedan respecto de losdatoscedidos.
NO haber recibido resolución de otorgamiento de subvención de otras administraciones públicas o entidades
privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda.
Administ. Pública
u Organismo
Fecha
concesión
NO haber solicitado ayudas a otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto
por el que presento la solicitud de ayuda.
Haber recibido resolución de otorgam iento de subvención de otras administraciones públicas o entidades
privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda, adjuntando una copia de dicho
documento.
Subvención
otorgada
Objeto de la ayuda
El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, informa de que losdat os personalesque el solicit ant e de la ayuda proporcione o que segeneren post eriorment e serán incorporadosa
f icherosde losque EVEes responsable. Los datosserán t rat adoscon la f inalidad del análisis y gest ión de las ayudasy, en su caso, de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de la
event ual concesión de las ayudas objet o de est a solicit ud, así como para el cumplimient o de la normat iva aplicable. El solicitant e podrá ejercit ar susderechos de acceso, rect if icación, cancelación y oposición
reconocidosen la normativa de prot ecciónde datosponiéndose en contact o con EVEpor escrit o en la dirección indicada en el párrafo ant erior,acredit ando debidament e su ident idad.El solicit ant e se compromete a
que, con ant erioridad a f acilit ar al EVEcualquier dat o personal de cualquier persona f í sica/ jurí dica involucrada en la present ación, gest ión y, en su caso, post erior ejecución de est a solicit ud, habrá inf ormado a t al
persona f í sica/ jurídica del cont enido de lo previst o en lospárraf osant erioresy cumplido cualesquiera ot rosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correct a cesión de losdat os personalesal EVE, sin que el
EVEdeba realizar ninguna act uación adicional. Asimismo, se compromet e a comunicar a EVElasrect if icacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos.
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Plan Renove de ventanas País Vasco

  • 1. PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS CONDICIONES GENERALES - AÑO 2013 - ENTE VASCO DE LA ENERGÍA Alda. Urquijo 36-1ª planta 48011 BILBAO Tlf: 94 403 56 00
  • 2. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 1/10 PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS 1. OBJETO Y NATURALEZA DEL PROGRAMA 1.1 Las reformas de las viviendas existentes y, en particular, las mejoras de sus cerramientos acristalados son una buena oportunidad para tomar medidas eficaces con el fin de aumentar su rendimiento energético, tal como propone la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. Por ello, el objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a viviendas para la renovación de los cerramientos acristalados de su envolvente; entendiendo como cerramiento acristalado, aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior, y así reducir el consumo de energía en el sector doméstico. 1.2 Las ayudas que se concedan en el marco del presente Programa de Ayudas tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido no reintegrables. 2. BENEFICIARIOS 2.1 Tendrán la consideración de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de Ayudas, todas aquellas personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda objeto de renovación y que procedan a la renovación de las ventanas por otras de alta eficiencia energética. 2.2 La vivienda deberá estar localizada en la Comunidad Autónoma del País Vasco y tener carácter de vivienda de ocupación habitual. 2.3 No podrán tener la condición de beneficiarios: a) Actuaciones que hayan resultado beneficiadas de otros Programas de Ayudas de Renove de Ventanas gestionados por el EVE. b) Las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante “LGS”), o de contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco o su sector público. c) Las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco (en adelante “D. Leg 1/1997”).
  • 3. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 2/10 3. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES La dotación económica total destinada a este Programa de Ayudas asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000 €), según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE. La cuantía total del conjunto de ayudas no superará la cantidad de 1.500.000 euros o la que resulte de su actualización en el caso de que, de conformidad con la legislación vigente, se aprueben modificaciones presupuestarias a la dotación económica aportada por el EVE. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará al día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante “BOPV”) y finalizará el día 30 de septiembre de 2013 ó hasta el agotamiento del presupuesto destinado en caso de que se produzca con anterioridad. En este último caso, de agotamiento del crédito, no se atenderán las solicitudes posteriores, aún cuando hayan sido correctamente presentadas dentro del período de vigencia del programa de ayudas. Se dará publicidad de las dotaciones económicas pendientes así como del agotamiento del crédito correspondiente en la siguiente dirección de internet: www.eve.es Las solicitudes que estuvieran ya presentadas completas y en tramitación, que no pudieran ser atendidas por agotamiento de la dotación presupuestaria asignada, serán denegadas, por tal motivo, mediante resolución del órgano competente. 4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS 4.1 Se considerará susceptible de ayuda la sustitución de aquellas ventanas o puertas ventana que separen los recintos o estancias calefactados del ambiente exterior por otras de elevada eficiencia energética. Las nuevas ventanas deberán cumplir los siguientes requisitos:  Deberán contar con marcado CE.  En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.  El doble acristalamiento deberá estar formado por vidrios con aislamiento térmico reforzado (ATR) y deberá tener:  un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 W/m2 .K.  un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.  Todos los huecos deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda.
  • 4. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 3/10 4.2 La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será una subvención a fondo perdido del 22% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable por cada m2 de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.000 euros el máximo de subvención por vivienda. El porcentaje de subvención sobre la inversión total será inferior al 22% cuando el precio/m2 de ventana sea superior a 400 €, considerándose entonces como inversión subvencionable el producto resultante de los m2 de ventana totales renovados por el coste máximo subvencionable de 400 €. 4.3 En el cómputo de la superficie de ventana renovada no se tendrán en cuenta la superficie correspondiente al cajón de persiana. 5. COSTE SUBVENCIONABLE 5.1 Se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento, e incluso cajón de persiana), así como los costes de albañilería derivados de la instalación de las mismas. 5.2 No se considerará coste subvencionable:  El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en general, cualquier tributo.  Los gastos financieros consecuencia de la inversión.  Las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún componente de la ventana, o aquellas cuyo coste sea inferior a 1.000 euros (Base Imponible).  Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos) y ampliar la superficie habitable de la vivienda, por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.  Componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana, mosquiteras, tendederos, barandillas…etc.  Y en general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos del presente programa. 6. LIMITACIONES GENERALES A LA SOLICITUD 6.1 La cuantía máxima de las ayudas por beneficiario será de 1.000€ por cada renovación en vivienda. 6.2 Sólo se admitirá una solicitud por persona y sólo se podrá presentar una solicitud por vivienda. 6.3 No podrán acogerse al presente programa las inversiones inferiores a 1.000 €.
  • 5. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 4/10 6.4 No se podrán acoger al presente Programa de Ayudas, las actuaciones cuyas facturas al beneficiario tengan fecha de emisión anterior al 1 de junio de 2013. 6.5 Posibilidad de concurrencia con otras ayudas: Las subvenciones otorgadas por otras administraciones públicas o por entidades privadas que tengan el mismo objeto que las recogidas en el presente documento, serán incompatibles con las previstas en el presente programa y tendrán como posibles consecuencias: a) La denegación de la subvención: siempre que el porcentaje de subvención otorgado por otra administración y/o entidad sea igual o superior al límite máximo del 22% establecido por el EVE. b) La minoración del porcentaje de subvención aplicado: cuando el porcentaje de subvención otorgado por otra administración y/o entidad sea inferior al límite máximo del 22% establecido por el EVE, al porcentaje de subvención que se aplique desde el EVE (determinado en función de la relación precio/m2 de ventana especificado en el segundo párrafo del punto 4 –Actuaciones subvencionables y Cuantía de las ayudas-) se le descontará el recibido de otras administraciones y/o entidades en el momento de emitir la resolución o al realizar el pago de la subvención. 7. SOLICITUD DE AYUDAS Las solicitudes se presentarán, en el plazo señalado en la condición 3ª, en las oficinas del EVE ó por correo certificado y con acuse de recibo, en ambos casos en la siguiente dirección: EVE – Ente Vasco de la Energía Apdo. Correos 5020 Edificio Plaza Bizkaia Alameda de Urquijo, 36 – 1ª planta 48011 Bilbao Ref.: PRVV 2013 8. GESTIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD DE AYUDAS La ayuda será solicitada por quien ostente la condición de beneficiario, según lo dispuesto en la condición 2ª. A tal efecto, en la dirección y dentro del plazo de vigencia del Programa de Ayudas, el solicitante deberá presentar toda la documentación que se relaciona a continuación: a. Solicitud de ayuda económica, según modelo del ANEXO I, firmada por el solicitante. b. Copia del D.N.I. del beneficiario (por ambas caras) y, en el caso de que la vivienda esté alquilada, además, copia del contrato de arrendamiento en vigor.
  • 6. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 5/10 c. Documento que acredite la ocupación habitual de la vivienda: si en el DNI del solicitante aparece la dirección de la vivienda objeto de renovación no será necesario otro documento, en caso contrario será necesario el Certificado de Empadronamiento del solicitante en el que figure como residente en el domicilio objeto de renovación con fecha anterior a la publicación, en el BOPV, de este Programa de Ayudas. d. Certificado bancario acreditativo que presente los 20 dígitos del número de cuenta, de la que el beneficiario habrá de justificar ser titular, en la que se desea recibir el abono de la ayuda, en su caso. e. Factura detallada (en original, original duplicado ó copia compulsada) justificativa de la inversión en renovación de ventanas, que deberá incluir, como mínimo, los siguiente conceptos:  Breve descripción de la renovación, indicando el domicilio objeto de la renovación.  Desglose detallado de las acciones incluidas dentro del concepto de renovación.  Memoria detallada de la carpintería colocada (imprescindible tipo de carpintería y tipo y espesores de los vidrios colocados, así como de la cámara).  Medidas de cada una de las ventanas renovadas. En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá ir acompañada del presupuesto al que haga referencia y en el cual se vean dichos conceptos. El citado documento deberá estar firmado y sellado por el instalador correspondiente. f. Resultados de los ensayos de transmitancia térmica (Ug) para los vidrios utilizados. g. Pegatinas justificativas de los vidrios instalados. h. Etiquetas justificativas de marcado CE de las ventanas instaladas. (ver modelo en ANEXO III). i. Fotografías de cada una de las ventanas antes de la renovación. j. Fotografías de cada una de las ventanas después de la renovación. k. Declaración relativa a otras ayudas solicitadas y/o otorgadas (ANEXO II). El EVE podrá recabar del solicitante cualquier información y documentación complementaria que estime necesaria para la concesión de la ayuda (escrituras, justificantes bancarios, etc...).
  • 7. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 6/10 Cualquier consulta, relacionada con el presente Programa de Ayudas, será atendida llamando al siguiente número de teléfono: 94 403 56 00. 9. RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN La concesión de ayudas se realizará en régimen de evaluación individualizada, de modo que los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario suficiente. El orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente a la presentación completa de la documentación descrita en la condición anterior. Si la solicitud estuviese incompleta o fuera defectuosa, se otorgará un plazo máximo de diez (10) días hábiles al interesado para que subsane la falta. Estas solicitudes permanecerán a la espera, sin reserva de crédito, de la recepción en el EVE de los documentos que falten, pudiendo optar el solicitante por su retirada. De aportarse la documentación en dicho plazo, se continuará la tramitación del expediente respetando el orden de entrada fijado tras la presentación de la documentación completa. En caso contrario, se tendrá por desistida la solicitud por falta de subsanación de las omisiones documentales en el plazo requerido, lo cual no impedirá que el solicitante pueda formular una nueva solicitud. Una vez analizado el proyecto presentado, la Dirección General del EVE resolverá sobre el mismo en el plazo de tres (3) meses y se comunicará dicha resolución al solicitante. En todo caso, el EVE valorará y emitirá resolución únicamente en función de la información aportada por el solicitante de la ayuda, siendo responsabilidad del solicitante la correcta presentación de la misma. La presencia de errores y/o faltas en la información aportada que afecten directamente a la determinación, por parte del EVE, de la cuantía de la ayuda a otorgar, no en cuanto a su correcta tramitación, será responsabilidad única del solicitante. En la resolución se determinará el alcance de la acción objeto de la ayuda, el importe de la ayuda, aquellos otros aspectos juzgados de interés y, en su caso, los motivos de denegación. Contra la resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección General del EVE, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de la resolución, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso- administrativo de Bilbao en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992), y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  • 8. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 7/10 Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda siempre que se entienda cumplido el objeto de ésta, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión de la ayuda. 10. ABONO DE LAS AYUDAS La tramitación del abono de la subvención al beneficiario se llevará a cabo por el EVE una vez emitida y notificada la resolución de la Dirección General del EVE, comprobada la validez de la documentación aportada por el solicitante y, en los casos en que proceda, realizada la inspección. El abono de la subvención se realizará en la cuenta bancaria señalada a tal efecto por el solicitante. 11. INSPECCIONES Con posterioridad a la emisión de una resolución de otorgamiento de subvención y, en su caso, antes y/o después del abono de la ayuda, el EVE podrá realizar “in situ” inspección técnica o económica para la comprobación efectiva de la ejecución de la inversión objeto de la ayuda. Los beneficiarios cuya renovación sea objeto de inspección, tendrán conocimiento de esta situación mediante comunicación previa. La realización de la inspección tiene carácter obligatorio para el beneficiario. Si por causas ajenas al EVE no pudiese realizarse la inspección “in situ” en la fecha comunicada al beneficiario, se notificará por escrito al mismo de que dispone de quince (15) días hábiles para concertar una nueva fecha y facilitar la inspección. En caso contrario, el EVE procederá a incoar un expediente de revocación total de la ayuda y, en su caso, a solicitar el reintegro total de la misma. Una vez contrastada la información tomada durante la inspección con la documentación presentada en la solicitud, si se concluyera que el importe de subvención inicialmente otorgado debiera ser inferior o no procediese otorgar subvención, el EVE procederá a incoar un expediente de revocación total o parcial de la ayuda y, en su caso, a solicitar el reintegro total o parcial de la misma, sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que pudieran corresponder. Al contrario, en aquellos casos en los que se concluyera que el importe de subvención a otorgar debiera ser mayor al inicialmente otorgado, no se procederá a la emisión de una nueva resolución por parte del EVE, puesto que la presencia de errores y/o faltas en la información aportada por el beneficiario y que afecte directamente a la determinación de la cuantía de la ayuda a otorgar por el EVE, no en cuanto a su correcta tramitación, será responsabilidad única del beneficiario.
  • 9. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 8/10 12. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Los beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente Programa deberán cumplir en todo caso las siguientes obligaciones: a. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince (15) días tras la fecha de recepción de la notificación de la concesión de la ayuda, el beneficiario no renuncia expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada, tanto en su aspecto económico como en las demás condiciones recogidas en la resolución así como las de la presente convocatoria. b. Utilizar la ayuda para el concreto destino para el que ha sido concedida. c. Facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones respecto de las ayudas recibidas con cargo a esta convocatoria. d. Comunicar al EVE la solicitud u obtención de subvenciones o ayudas, ingresos o recursos para la misma o similar finalidad, procedente de cualquier otra administración o ente tanto público como privado. e. Ejecutar las instalaciones cumpliendo los Reglamentos y Normativas que les sean aplicables, y sus componentes deberán poseer la correspondiente homologación por organismo competente. De este modo, queda asumido por el beneficiario que el proyecto que desarrolle se debe ajustar en todos los extremos a la normativa vigente, tanto técnica como urbanística o de cualquier otra naturaleza, que en relación al proyecto presentado le sea aplicable. El EVE no tendrá responsabilidad alguna de cualquier incumplimiento al respecto por parte del beneficiario. f. Informar, a petición del EVE, de la evolución de los resultados obtenidos. g. Comunicar al EVE la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención. h. Las acciones de comunicación y promoción que pueda realizar el beneficiario referentes al proyecto subvencionado, bien sea en soporte papel, electrónico o audiovisual, deberán contener referencia expresa al hecho de que dicho proyecto ha sido subvencionado con cargo al Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas - 2013. i. Facilitar cuanta información le sea requerida por el EVE en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
  • 10. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 9/10 13. INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGROS El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria y demás normas aplicables, así como las condiciones que, en su caso, se establezcan en la resolución de concesión, dará lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la cancelación de la misma y a la obligación de reintegrar al EVE las ayudas y los intereses legales correspondientes, conforme a lo dispuesto al respecto en la LGS, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante “RGS”) y D. Leg. 1/1997, así como el Titulo II del Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión sin perjuicio de las acciones legales y sanciones que correspondan. La incoación y resolución de los expedientes de revocación, y en su caso reintegro, total o parcial corresponderán a la Dirección General del EVE. 14. CLÁUSULA DE INFORMACIÓN A LOS SOLICITANTES El EVE, con domicilio en el edificio Plaza Bizkaia, Alameda de Urquijo 36, 1ª Planta, 48011, Bilbao, informa de que los datos personales que el beneficiario proporcione o que se generen posteriormente serán incorporados a ficheros de los que EVE es responsable. Los datos serán tratados con la finalidad del análisis y gestión de su solicitud y, en su caso, de la ejecución y control de la relación que se establezca como consecuencia de la eventual concesión de las ayudas objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable. El beneficiario podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la normativa de protección de datos poniéndose en contacto con EVE por escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior, acreditando debidamente su identidad. El beneficiario se compromete a que, con anterioridad a facilitar al EVE cualquier dato personal de cualquier persona física/jurídica involucrada en la gestión y, en su caso, posterior ejecución de esta solicitud, habrá informado a tal persona física/jurídica del contenido de lo previsto en los párrafos anteriores y cumplido cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales al EVE, sin que el EVE deba realizar ninguna actuación adicional. Asimismo, se compromete a comunicar a EVE las rectificaciones o cancelaciones que procedan respecto de los datos cedidos. 15. DISPOSICIONES FINALES  La decisión del EVE es de naturaleza administrativa y la jurisdicción competente en materia de subvenciones gestionadas por el EVE es la contencioso-administrativa.
  • 11. Condiciones Generales. (Año 2013) Programa de Ayudas a Inversiones en Renovación de Ventanas en Viviendas 10/10  El EVE se reserva el derecho de uso de las imágenes obtenidas de las instalaciones objeto de ayudas provenientes del presente Programa.  En todo lo no previsto en estas Condiciones Generales, se estará a lo establecido en la LGS, el RGS, el D. Leg. 1/1997. En Bilbao, a 31 de mayo de 2013
  • 12. PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS - AÑO 2013 - ANEXOS ANEXO I. Solicitud de ayuda económica ANEXO II. Declaración relativa otras ayudas solicitadas y/o otorgadas ANEXO III. Modelo etiqueta marcado CE
  • 13. Se deben cum plim entar todos los datos solicitados. No se tendrán en cuenta solicitudes incom pletas. D./Dña.: , con D.N.I. nº representante legal de: , con D.N.I. nº Proyecto a realizar: Importe (euros): (IVA, No incluido) Dom icilio del solicitante (todos los campos son obligatorios): Dirección: Provincia: Municipio: C.P.: E-mail: Teléfono: Nº cuenta bancaria: Móvil: Datos para el envio de docum entación (cumplimentar sólo si es diferente al Domicilio): Nombre y apellidos: E-mail: Dirección: Provincia: Municipio: C.P.: Datos de la persona de contacto (cumplimentar sólo si es diferente al Solicitante): Nombre y apellidos: Teléfono: E-mail: Móvil: Datos del emplazamiento de la actuación (cumplimentar sólo si es diferente al Domicilio): Dirección: Provincia: Municipio: C.P.: Se ruega presentar la documentación sin encuadernar. Lugar y fecha: Nombre y apellidos: Firma: El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, informa de que losdatos personalesque el solicitante de la ayuda proporcione o que se generen post eriorment e serán incorporadosa ficherosde losque EVEes responsable.Los datosserán tratadoscon la f inalidad del análisis y gestión de las ayudasy, en su caso,de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de la eventual concesión de las ayudas objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable. El solicitante podrá ejercitar susderechos de acceso, rectificación,cancelación y oposición reconocidosen la normativa de protección de datosponiéndose en contacto con EVEpor escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior,acredit ando debidament e su identidad.El solicitante se compromet e a que,con anterioridad a facilitar al EVEcualquier dato personal de cualquier persona física/jurídica involucrada en la presentación, gestión y, en su caso,posterior ejecución de esta solicitud, habrá informado a tal persona física/jurídica del contenido de lo previsto en lospárrafosanterioresy cumplido cualesquiera otrosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de losdat os personalesal EVE,sin que el EVEdeba realizar ninguna actuación adicional. Asimismo, se compromete a comunicar a EVElasrectificacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos. (OBLIGATORIO) (Indicar los 20 dígitos) PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA 2013 ANEXO I DATOS DEL SOLICITANTE (si procede) acogiéndome al PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDAS , solicita al Ente Vasco de la Energía ayuda para la realización de la siguiente actuación:
  • 14. · · · · En caso de que la vivienda esté alquilada, copia del contrato de arrendamiento en vigor. · Certificado bancario acreditativo del número de cuenta corriente y titularidad del beneficiario. · · • Tipo de carpintería colocada, así como tipo y espesores de los vidrios colocados y de de la cámara. • Medidas de cada una de las ventanas renovadas. · Resultados de los ensayos de transmitancia térmica (Ug) para los vidrios utilizados. · Pegatinas justificativas de los vidrios instalados. · · · El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, inf orma de que losdat os personalesque el solicit ant e de la ayuda proporcione o que se generen post eriorment e serán incorporadosa f icherosde losque EVEesresponsable. Losdat osserán t rat adoscon la f inalidad del análisis y gest ión de las ayudasy, en su caso, de la ejecución y cont rol de la relación que se est ablezca como consecuencia de la event ual concesión de las ayudas objet o de est a solicit ud, así como para el cumplimient o de la normat iva aplicable. El solicit ant e podrá ejercit ar susderechos de acceso, rect if icación, cancelación y oposición reconocidosen la normat iva de prot ección de dat osponiéndose en cont acto con EVEpor escrit o en la dirección indicada en el párraf o ant erior, acredit ando debidament e su ident idad. El solicit ant e se compromet e a que, con ant erioridad a f acilit ar al EVEcualquier dat o personal de cualquier persona fí sica/ jurí dica involucrada en la present ación, gest ión y, en su caso, post erior ejecución de est a solicit ud, habrá inf ormado a t al persona f í sica/ jurí dica del cont enido de lo previst o en lospárraf os ant erioresy cumplido cualesquiera ot rosrequisit os que pudieran ser de aplicación para la correct a cesión de losdat os personalesal EVE, sin que el EVEdeba realizar ninguna act uación adicional. Asimismo, se compromet e a comunicar a EVElasrect if icacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Factura detallada (original, original duplicado ó copia compulsada) justificativa de la inversión en renovación de ventanas, que deberá incluir, como mínimo, los siguiente conceptos: • Breve descripción de la renovación, indicando el domicilio objeto de la renovación. • Desglose detallado de las acciones incluidas dentro del concepto de renovación. En caso de que la factura no contenga los conceptos indicados, deberá ir acompañada del presupuesto al que haga referencia y en el cual se vean dichos conceptos. Fotografías de cada una de las ventanas antes de la renovación. Fotografías de cada una de las ventanas después de la renovación. PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA 2013 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Documentación general obligatoria: Solicitud de ayuda económica - Datos del solicitante, con firma originales. ANEXO I Declaración de ayudas solicitadas y/o cobradas (Anexo II). Etiquetas justificativas de marcado CE de las ventanas instaladas (ver modelo en Anexo III). Copia del DNI del firmante. Documento que acredite la ocupación habitual de la vienda. Si el DNI no reflejara residencia en la vivienda objeto de renovación, certificado de empadronamiento.
  • 15. D./Dña. representante legal de: , con D.N.I. nº: I. II. III. Lugar y fecha: Nombre y apellidos: Firma: PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS ANEXO II DECLARACIÓN DE AYUDAS OTORGADAS y/o SOLICITADAS , con D.N.I. nº: Administ. Pública u Organismo Fecha solicitud Objeto de la ayuda DECLARA QUE: Conocer lo dispuesto en las bases del Programa de Ayudas, y concretamente, lo establecido en referencia a la posibilidad de concurrencia con otras ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o por entidades privadas, que tengan el mismo objeto que las recogidas en dicho Programa. Haber solicitado a otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda, las siguientes ayudas: (si procede) El EVE,con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36,1ªPlanta, 48011,Bilbao,inf orma de que losdatospersonalesque el solicitant e de la ayuda proporcione o que se generen posteriormente serán incorporadosa ficherosde losque EVEesresponsable.Losdatosserán tratadoscon la finalidad del análisisy gestión de lasayudasy,en su caso,de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de la eventual concesión de las ayudas objeto de esta solicitud, así como para el cumplimiento de la normativa aplicable. El solicit ante podrá ejercitar sus derechosde acceso,rectificación, cancelación y oposición reconocidosen la normativa de prot ección de datosponiéndose en contacto con EVEpor escrito en la dirección indicada en el párrafo anterior, acreditando debidament e su ident idad. El solicit ante se compromete a que, con ant erioridad a facilitar al EVEcualquier dato personal de cualquier persona f ísica/jurídica involucrada en la presentación,gestión y,en su caso, post erior ejecución de esta solicitud, habrá inf ormado a tal persona física/jurídica del contenido de lo previsto en lospárrafosanterioresy cumplido cualesquiera otrosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de losdatos personalesal EVE,sin que el EVEdeba realizar ninguna actuación adicional.Asimismo,se compromete a comunicar a EVElasrect ificacioneso cancelacionesque procedan respecto de losdatoscedidos. NO haber recibido resolución de otorgamiento de subvención de otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda. Administ. Pública u Organismo Fecha concesión NO haber solicitado ayudas a otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda. Haber recibido resolución de otorgam iento de subvención de otras administraciones públicas o entidades privadas, para el mismo proyecto por el que presento la solicitud de ayuda, adjuntando una copia de dicho documento. Subvención otorgada Objeto de la ayuda
  • 16. El EVE, con domicilio en C/ Alameda de Urquijo 36, 1ª Plant a, 48011, Bilbao, informa de que losdat os personalesque el solicit ant e de la ayuda proporcione o que segeneren post eriorment e serán incorporadosa f icherosde losque EVEes responsable. Los datosserán t rat adoscon la f inalidad del análisis y gest ión de las ayudasy, en su caso, de la ejecución y cont rol de la relación que se establezca como consecuencia de la event ual concesión de las ayudas objet o de est a solicit ud, así como para el cumplimient o de la normat iva aplicable. El solicitant e podrá ejercit ar susderechos de acceso, rect if icación, cancelación y oposición reconocidosen la normativa de prot ecciónde datosponiéndose en contact o con EVEpor escrit o en la dirección indicada en el párrafo ant erior,acredit ando debidament e su ident idad.El solicit ant e se compromete a que, con ant erioridad a f acilit ar al EVEcualquier dat o personal de cualquier persona f í sica/ jurí dica involucrada en la present ación, gest ión y, en su caso, post erior ejecución de est a solicit ud, habrá inf ormado a t al persona f í sica/ jurídica del cont enido de lo previst o en lospárraf osant erioresy cumplido cualesquiera ot rosrequisitosque pudieran ser de aplicación para la correct a cesión de losdat os personalesal EVE, sin que el EVEdeba realizar ninguna act uación adicional. Asimismo, se compromet e a comunicar a EVElasrect if icacioneso cancelacionesque procedan respect o de losdat oscedidos. PROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN RENOVACIÓN DE VENTANAS ANEXO III MODELO ETIQUETA MARCADO CE