1. Sujetos del I.S.R.
Art. 120 L.I.S.R.
Personas Físicas:
1. Empresarios
Comerciantes
Industriales
Agricultores
Ganaderos, etc.
2. Profesionales
Oculistas
Abogados
Contadores, etc.
2. Ingresos Fiscales
Atrs. 121 y 122 L.I.S.R.
Ingresos acumulables:
1. Ventas
2. Intereses derivados dela actividad empresarial
3. Devoluciones sobre compras
4. Rebajas sobre compras
5. La ganancia derivada de la enajenación de activos.
Estos ingresos se acumulan hasta que sean cobrados en efectivo, bienes, serv
Cheques, tarjetas de debito, tarjetas de crédito, etc.
3. Ingresos Fiscales
Arts. 121 y 122 L.I.S.R.
Se acumulan devoluciones sobre compra, rebajas
Sobre compras y descuentos sobre compras siempre y
Cuando se hayan deducido previamente
4. Deducciones Fiscales
Arts. 123 L.I.S.R.
1. Las devoluciones, rebajas y descuentos sobre ventas si esque previamente se
acumularon.
2. Las adquisiciones (compras) de mercancias. Los activos fijos tienen un
tratamiento especial
3. Los gastos.
4. Las inversiones (equipo de reparto, equipo de oficina, equipo de computo,
edificios, etc.
5. Intereses pagados
6. Las cuotas IMSS patronales, inclusive las obreras.
5. Requisitos de las deducciones
Arts. 125 L.I.S.R.
1. Que hayan sido efectivamente pagadas en el ejercicio de que se trate
(el pago puede ser: en efectivo, cheque, traspasos de cuentas
bancarias en instituciones de crédito, en servicios o en bienes que no
sean títulos de Crédito.
2. Que sean estrictamente indispensables para la obtención de los
ingresos.
3. Deducciones de inversiones se hace con base a porcentajes
(depreciación y amortización)
4. Que se resten una sola vez.
5. Los pagos a plazos se consideran deducibles solo los montos de las
parcialidades correspondientes.
6. Requisitos de las deducciones
Arts. 125 L.I.S.R.
6. Tratándose de inversiones no se les de efecto fiscal a su
revaluación.
7. Es el plazo para reunir los requisitos fiscales será al
momento de realizar las operaciones o mas tardar el ultimo
día del ejercicio.
Tratándose de la documentación comprobatoria a que se
refiere el primer párrafo de la fracción III del Art.
31 de la L.I.S.R., esta se obtenga a mas tardar el día en que el
contribuyente deba presentar su declaración, el documento
fiscal de deducción deberá corresponder al ejercicio por el
que se efectué su deducción.