Capitulo ll De los ingresos por actividades empresariales y profesionales
Sección l De las personas físicas con actividades empresariales y profesionales
1. . CONALEP PLANTEL TIJUANA 1
Modulo: Manejo del proceso tributario de personas
físicas.
Docente: María Isabel Sánchez rojas.
Fecha: 05 septiembre de 2016
Integrantes:
Lizarraga Quiñones Genesis Vianey
Medina Palomares Hemery Guadalupe
Monroy Soriano Rosa
Piña Bretado Alicia Jaqueline
Rodriguez Padilla Dailin Sinai
2. TEMA: CAPITULO II DE LOS INGRESOS
POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y
PROFESIONALES.
SECCIÓN I DE LAS PERSONAS FÍSICAS
CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y
PROFESIONALES
3. Sujetos …………………………………………………………………………………………….5
Residentes en el extranjero……………………………………………………………….....6
Actividades empresariales……………………………………….……………………..7 y 8
Prestación de servicios profesionales……………………………………………….9
Ingresos acumulables ……………………………………………………………………… 10
Condonaciones quitas o remisiones.. ……………………………………………11
Articulo 101 fracción II-IV……………………………………………………………….12
Enajenación de obras de arte…13
Agentes institucionales a crédito, seguro, finanzas o valores…………………..13
Explotación de patente aduanal……………………………………………….14
Explotación de derechos de autor …………………………………………………………14
Intereses cobrados……………………………………………………………………………….15
Devoluciones………………………………………………………………………………………..15
Ganancia derivada de la enajenación de activos…………………………………..15
Momento de acumulación de ingresos… ………………………………………………16
Diferentes tipos de ingresos………………………………………………………………….17
Deducciones autorizadas…………………………………………………………………….18
Deducciones…19
Determinación de la deducción de impuestos…20
Requisitos de las deducciones…21
Estrictamente indispensable………………………………………………………………22
Deducción de inversiones………………………………………………………………….23
Pagos de primas………………………………………………………………………………..24
Diversos ingresos………………………………………………………………………………..25
Pago a plazos……………………………………………………………………………...........26
4. Inversiones…………………………………………………………………………………………27
Plazo para reunir los registros……………………………………………………………..28
Articulo 106 pagos provisionales………………………………………………………...29
Pagos provisionales…………………………………………………………………………….30
Como se determina el pago profesional……………………………………………....31
Tabla de tarifa del articulo 96 de la ley isr………………………………………………32
Deducciones Autorizadas………………………………………………………………………..34
Cuando los contribuyentes presentan servicios profesionales a las
Personas morales…………………………………………………………………………………..35
Articulo 107 pago provisional de ingresos esporádicos derivados de
Prestación de servicios profesionales……………………………………………………39
Cumplimiento de las obligaciones fiscales cuando las actividades
empresariales se realicen a través de una copropiedad………………………43
Calculo del impuesto al ejercicio para los contribuyentes a que se
refieres esta sección………………………………………………………………..44
Disminución de perdida fiscal………………………………………………….45-48
Obligaciones de los contribuyentes persona física…………………………….49, 50, 51
Video personas físicas………………………………………………………………………..52
5. SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DEL
IMPUESTO
ARTICULO 100. Las personas físicas
que reciban ingresos que se obtienen a
través de actividades empresariales o de
la prestación de servicios profesionales.
6. RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON UNO O
VARIOS ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
Las personas físicas que provengan del
extranjero pero tengan uno o varios
establecimientos en el país deberán pagar el
ISR según los términos de esta sección.
7. ACTIVIDADES EMPRESARIALES
I. Ingresos por actividades empresariales, que
son los que provienen de actividades
comerciales las cuales son, industriales,
agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
8.
9. PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
II. Son ingresos por la prestación de algún
servicio ofrecido por la empresa.
10. INGRESOS ACUMULABLES
ARTICULO 101. Se consideran ingresos
acumulables por la realización de actividades
empresariales o por la prestación de servicios
profesionales.
11. CONDONACIONES, QUITAS O REMISIONES
I. Las condonaciones son el perdón que te da
el presidente de México cuando te perdonan el
pago de impuestos por un desastre natural.
12. Tratamiento a las deudas perdonadas para
los contribuyentes sujetos a un
procedimiento de concurso mercantil.
Enajenación de cuentas y documentos por
cobrar
Cantidades recuperadas por seguros,
fianzas
Cantidades para efectuar gastos por cuenta
de terceros
13. ENAJENACIÓN DE OBRAS DE ARTE
V. Obtener los derechos por las obras de arte
hechas por el contribuyente
AGENTES DE INSTITUCIONES DE
CREDITO, SEGUROS, FIANZAS O
VALORES.
VI. Son los obtenidos por una empresa cuya
actividad consiste en recibir del público
depósitos u otros fondos reembolsables y en
conceder créditos por cuenta propia.
14. EXPLOTACIÓN DE UNA PATENTE ADUANAL
VII. Simplemente es un permiso para exportar
ya sea mercancía, etc.
EXPLOTACION DE DERECHOS DE
AUTOR
VIII. Es la cantidad obtenida por la distribución
y/o consumo de cualquier cosa que haya
hecho el autor como: obras escritas,
fotografías o dibujos, en libros, periódicos,
revistas y en general.
15. INTERESES COBRADOS
IX. Son los intereses sin ajuste algunos,
derivados de la actividad empresarial o de la
prestación de servicios profesionales.
Devoluciones
X. Es la devolución que se efectúa de los
descuentos o bonificaciones que se reciban.
GANANCIA DERIVADA DE LA
ENAJENACION DE ACTIVOS
Es cuando vendes un activo fijo a mayor
precio que se debería.
16. MOMENTO DE ACUMULACIÓN DE LOS
INGRESOS.
Los ingresos se consideran acumulables en el momento en el que sean
efectivamente percibidos
Los ingresos se consideran efectivamente percibidos cuando se reciban en efectivo,
en bienes o en servicios , aun cuando correspondan a anticipos , depósitos u otro
concepto.
Se considera percibido el ingreso cuando el contribuyente reciba títulos de crédito
emitidos por una persona distinta de quien efectúa el pago.
Cuando se perciban en cheque, se considera percibido en la fecha de cobro o
cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un en tercero, excepto cuando
dicha transmisión sea en procuración (Poder que una persona da a otra para que
ejecute algo en su nombre).
Es efectivamente percibido cuando e interés del acreedor queda satisfecho mediante
cualquier forma de extinción de las obligaciones.
Cuando es el caso de enajenación de bienes que se exporten se deberá acumular el
ingreso cuando efectivamente se perciba .
17. DIFERENTES TIPOS DE INGRESOS
INGRESOS NOMINALES:
Serán los ingresos acumulables,
excepto el ajuste anual por inflación
acumulable.
El artículo 17 de la LISR, en su primer
párrafo dispone que el ajuste anual por
inflación acumulable, es el ingreso que
obtienen los contribuyentes por la
disminución real de sus deudas
(Cuando el saldo promedio anual de
las deudas sea mayor que el saldo
promedio anual de los créditos, la
diferencia se multiplicará por el factor
de ajuste anual y el resultado será el
ajuste anual por inflación acumulable).
INGRESOS ACUMULABLES:
Todos los ingresos acumulables incluyendo
el ajuste anual por inflación acumulable ya
explicado.
18. DEDUCCIONES AUTORIZADAS
Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales o
servicios profesionales efectuaran las deducciones siguientes:
Devoluciones: todas aquellas devoluciones recibidas, descuentos o
bonificaciones , siempre que se hubiese acumulado el ingreso
correspondiente.
Adquisiciones de Mercancías: Las adquisiciones de mercancías, así
como de materias primas, productos semiterminados para fabricar bienes
o enajenarlos.
Las Inversiones.
19. DEDUCCIONES.
Intereses Pagados: Derivados de la actividad empresarial o servicio
profesional , o capitales invertidos y se obtenga el comprobante fiscal
correspondiente.
Cuotas pagadas al IMSS: Cuotas a cargo de los patrones pagadas al
instituto mexicano del seguro social.
Pagos por impuesto local: Pagos efectuados por el impuesto local sobre
los ingresos por actividades empresariales o servicios.
20. DETERMINACION DE LA DEDUCCION POR INVERSIONES
-Los contribuyentes determinaran la deducción
por inversiones aplicando lo dispuesto.
-Los por cientos de deducciones se aplicaran
sobre el monto original de la inversión a un
cuando esta no se haya pagado en su
totalidad.
-y cuando no se pueda separar el monto
original de la inversión de los intereses que en
su caso se paguen por el financiamiento el
porciento que corresponda se aplicara sobre el
monto total.
21. REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES
Efectivamente erogadas
I. Cuando el pago haya sido realizado en efectivo,
mediante traspasos de cuentas en instituciones de
crédito o casas de bolsa.
-Cuando los pagos se efectúen con cheque , la
deducción se efectuara en el ejercicio en que este se
cobre.
-Se entenderá recibido el pago cuando efectivamente
se realice o cuando los contribuyentes transmitan aun
tercero los títulos de crédito excepto cuando dicha
transmisión sea en procuración.
22. ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES
II. Que sean estrictamente indispensables
para la obtención de los ingresos por los
que se esta obligado al pago de este
impuesto.
23. DEDUCCIÓN DE INVERSIONES
III. Cuando esta esta ley permita la
deducción de inversiones se proceda a los
términos de esta ley.
Se trata de contratos de arrendamiento
financiero se deberán cumplir.
24. PAGOS DE PRIMAS
V. Los pagos de primas por seguros o
finanzas se hagan conforme a las leyes de
la materia y correspondan a conceptos
que esta ley señala como deducibles o
que en otras leyes se establezca la
obligación de contratarlos y siempre que
tratándose de seguros.
25. DIVERSOS INGRESOS
IV. Que se resten una sola vez a un
cuando estén relacionadas con la
obtención de diversos ingresos.
26. PAGO A PLAZOS
VI. Cuando el pago se realice a plazos , la
deducción proceda por el monto de las
parcialidades efectivamente pagadas en el
mes o en el ejercicio que corresponda.
30. PAGOS PROVISIONALES.
Los contribuyentes efectuaran pagos provisionales
mensuales a cuenta del impuesto del ISR, a mas
tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que
corresponda el pago mediante declaración que
presentaran ante las oficinas autorizadas.
31. DECLARACION.
Quiénes lo presentan
Los asignatarios.
Dónde se presenta
En el Portal del SAT.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
A más tardar el día 17 del mes posterior a aquél al que corresponda el
pago provisional.
Requisitos:
Archivo electrónico que soporte su declaración y el comprobante del pago.
Condiciones
Contar con e. Firma vigente o contraseña.
Estar al corriente en sus obligaciones fiscales.
32.
33. COMO SE DETERMINA EL PAGO
PROVISIONAL.
Obtenido este resultado, se le debe aplicar la tarifa y tabla
de los artículos 96 y 97 respectivamente de la Ley del
Impuesto sobre la Renta que corresponda según el
período de pago.
Ingresos por enajenación
- Deducciones autorizadas
Ganancia total
- PTU
- PEAS
Pago provisional
36. DEDUCCIONES AUTORIZADAS.
-Las devoluciones que se reciban o los descuentos
o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
-Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o
devoluciones.
-Las inversiones.
-Las aportaciones efectuadas para la creación o
incremento de reservas para fondos de pensiones o
jubilaciones del personal
-Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto
Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas
sean a cargo de los trabajadores.
-El ajuste anual por inflación
37. CUANDO LOS CONTRIBUYENTES PRESENTAN
SERVICIOS PROFESIONALES A LAS
PERSONAS MORALES DEBERÁN:
Retener el pago provisional, el monto que
resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el
monto de los pagos que les efectúen, sin
deducción alguna.
Los contribuyentes deberán proporcionar:
Comprobante fiscal y constancia de
retención .
38. Documento que debe entregar
el patrón al trabajar en el cual
se indique el monto de los
ingresos que este último
percibe, el impuesto que le ha
sido retenido y deben constar
todos los datos del patrón.
39. ARTICULO 107. PAGO PROVISIONAL DE
INGRESOS ESPORADICOS DERIVADOS
DE PRESTACION DE SERVISIOS
PROFSIONALES.
40. Los contribuyentes que obtengan en forma
esporádica ingresos, cubrirán como pago
provisional a cuenta del impuesto anual, el
monto que resulte de aplicar la tasa del 20%
sobre el ingreso percibido, sin deducción
alguna.
41. El pago provisional se hará mediante
declaración que presentaran ante las
oficinas autorizadas dentro de los 15 días
siguientes a la obtención de ingreso.
Quedaran relevados la obligación de llevar
libros y registros, así como de presentar
declaraciones provisionales.
42. UNA DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.
Más importantes a cargo de los
contribuyentes es la presentación de sus
declaraciones provisionales y mensuales
de impuestos, siendo los principales:
• El impuesto sobre la renta (ISR)
• El impuesto al valor agregado (IVA)
También están obligados a reportar las
retenciones de ISR efectuadas a los
trabajadores, prestadores de servicios
personales independientes o a quienes
hayan otorgado el uso o goce temporal de
bienes y, en su caso, las retenciones de IVA.
43. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
FISCALES CUANDO LAS ACTIVIDADES
EMPRESARIALES SE REALICEN A TRAVES
DE UNA COPROPIEDAD
En representante común
determinara, en los términos
de esta sección, la utilidad
fiscal o la perdida fiscal, de
dichas actividades y cumplirá
por cuenta de la totalidad de
los copropietarios las
obligaciones señaladas en
esta ley.
44. CALCULO DEL IMPUESTO AL EJERCICIO
PARA LOS CONTRIBUYENTES A QUE SE
REFIERE ESTA SECCION
Ingresos
-Deducciones autorizadas (gastos-
compras)
-PTU
-PEAS
Utilidad gravable
45. PERDIDA FISCAL
Es la diferencia entre los ingresos
acumulables del ejercicio y las deducciones
autorizadas por el ISR correspondientes al
mismo ejercicio; siempre que el monto de las
deducciones sea superior a los ingresos.
46. FORMULA PERDIDA FISCAL
Ingresos
- deducciones
Perdida fiscal (-)
Las deducciones son mayores a los ingresos y
esto da la perdida obviamente
negativa
47. DISMINUCIÓN DE LA PERDIDA FISCAL
La perdida ocurrida en ejercicio podrá
disminuirse de la utilidad fiscal siguiente hasta
10 años.
Es un derecho de los contribuyentes
Se pierde al momento de no aplicarla en el
año correspondiente
48. II. El derecho de disminuir perdidas fiscales
es personal del contribuyente afectado por
esto y no puede trasmitir dicho derecho ,
sólo se puede en caso de muerte y sólo a los
herederos o legatarios que continúen con
dicha actividad
49. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
PERSONAS FISICAS
Art. 110 Los contribuyentes personas físicas
sujetas a régimen establecido en la sección
I, aparte de las ya mencionadas en esta ley y
las disposiciones fiscales tendrán otras
obligaciones.
50. OBLIGACIONES
I. Solicitar su RFC.
II. Llevar contabilidad de conformidad
con el CFF y su reglamento.
III. Expedir comprobantes fiscales
comprobando sus ingresos.
IV. Conservar contabilidad y
comprobantes respectivos y otros
necesarios
V. Los que lleven a cabo actividades
empresariales tendrán que formular un
estado de posición financiera y un
inventario de existencias
51. VI. Declarar las utilidades correspondientes a
los trabajadores.
VII. Presentar información a las autoridades
fiscales.
VIII. Expedir comprobantes fiscales que
comprueben el los ingresos de fuente de
riqueza en México.
IX. Cumplir con las obligaciones del capitulo
1
X. Presentar conjuntamente La declaración
del ejercicio y la inf. de las operaciones
realizada por las partes relacionadas.
XI. Obtener y conservar la documentación
mencionados en el art 76 de esta ley