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1.2 Naturaleza, fines y justificación del Estado.
Naturaleza
Son tres las maneras posibles de concebir jurídicamente al Estado: La primera de
ellas es considerarla como objeto, como establecimiento. Esta teoría al considerar
al Estado como objeto, realiza una separación interna de dos elementos que
existen en el Estado, los dominadores y los dominados, puesto que el objeto
supone la existencia de un sujeto al cual referirlo, y entonces los dominados son el
objeto de la autoridad. Pero sólo es posible concebir a un Estado como objeto de
un sujeto: como un grupo de esclavos sometidos a la propiedad de un Señor.
Esta idea según Porrúa Pérez, podría servir para explicar la realidad de
determinadas agrupaciones políticas históricas, pero es imposible que explique al
Estado moderno, que está formado por gobernantes y gobernados, siendo ambos
sujetos activos del Estado, no son objeto (los gobernados) de la actividad de la
autoridad, sino que unos y otros intervienen activamente para formar la realidad
del Estado; de las relaciones entre Gobierno y particulares y de éstos entre sí
surge precisamente el Estado. No se pueden separar y ni considerar a una como
sujeto y a otra como objeto. Las teorías absolutistas y patrimonialistas consideran
al Estado como objeto.
Otras doctrinas que tratan de explicar la naturaleza del Estado, al decir de las
teorías modernas explican a éste como una fundación o establecimiento y
recurren a un concepto jurídico para explicarlo, sin embargo, este concepto
jurídico a decir de Porrúa Pérez, lo presenta con perfiles vagos, y aunque llegaran
a precisarlo, sólo se referirían al aspecto jurídico del Estado si lograran probar la
existencia de un orden jurídico superior al Estado y del cual recibiera el
gobernante ese Derecho.
Fines y Justificación del Estado
La doctrina del Derecho del más fuerte pretende ser una justificación moral del
Estado, ya que afirma, ateniéndose a algún urden universal meta-físico, aunque
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de ninguna manera cristiano, que es invariablemente cierto y seguro que aquellos
que disfrutan de un rango moral supremo son siempre los que se hacen dueños
del poder.
Semejante creencia,' infantil en el mejor de los mundos posibles, que la historia
está muy lejos de corroborar, trae como resultado infalible la capitulación total de
nuestra conciencia jurídica frente al éxito político del momento. Por lo mismo que
no corresponde de cerca ni de lejos con la verdad histórica real, de ordinario suele
ser completada esta doctrina con un historicismo que se caracteriza por la
confusión fundamental de la eficacia política y del valor moral, de la validez ideal y
de la vigencia política.
Luego de haber mostrado que en la historia siempre ha prevalecido el derecho del
más fuerte, se cree haber aportado la demostración de que siempre debe ser así.
Si fueran consecuentes no deberían detenerse en este breve período que
llamamos historia, sino que tendrían que abordar también la prehistoria y
consagrar como modelos morales a las gentes de Neandertal. Se olvidan que si
existe una específica historia humana o historia de la cultura, se debe a que él
hombre, por naturaleza, es un ser utópico; esto es, capaz de oponer al ser un
deber y medir el poder con el rasero del Derecho."
El ser del Estado, afirma Heller, es, cabalmente, su devenir a través de actos de
decisión política constantemente renovados, es su devenir en la lucha política
entre poderes reales de voluntad, ante los cuales no es posible que el sujeto de
conocimiento mantenga una absoluta neutralidad. La relaciones entre el Estado y
el Derecho sólo pueden ser comprendidas si se considera el deber jurídico, a la
vez como un querer humano "la objetivación de un acto de decisión", lo cual, sin
embargo, en cuanto a acto creador del Derecho, ha de contener ya una exigencia
o una norma.
Los fines inminentes y trascendentes del Estado son proteger a una población,
con la misma cultura que se herede, facilitar el comercio y regular los conductas
humanas etc. en otras palabras podemos decir que es el que aspira al beneficio
I
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de todos y de cada uno de los miembros del conjunto social y es el componente
que le da sentido al Estado. Este fin social es lo que podemos denominar Bien
común.
Las instituciones son mecanismos de orden social y cooperación que procuran
gobernar el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser reducido o
coincidir con una sociedad entera). Las instituciones en dicho sentido trascienden
las voluntades individuales al identificarse con la imposición forzosa de un
propósito en teoría considerado como un bien social. Su mecanismo de
funcionamiento varía ampliamente en cada caso, aunque se destaca la
elaboración de numerosas reglas, comúnmente inflexibles.
El término institución se aplica por lo general a las normas de conducta y
costumbres consideradas importantes para una sociedad, como las particulares
organizaciones formales de gobierno y servicio público. Como estructuras y
mecanismos de orden social en la especie humana, las instituciones son uno de
los principales objetos de estudio en las ciencias sociales, como la sociología, las
ciencias políticas y la economía. Las instituciones son también un tema de estudio
central para el derecho, el régimen formal para la elaboración e implantación de
reglas. La creación y evolución de las instituciones es un asunto, desde luego, que
ha jugado un papel preponderante en la historia de las sociedades, existiendo
incluso una historia de las instituciones dedicada a su estudio. El institucionalismo
es un enfoque particular o tendencia de algunas corrientes dentro de estas
ciencias sociales.
Derivado del origen etimológico de instituto (en latín educación), una institución es
un establecimiento u organismo que realiza una labor social de tipo educativo y
cultural, como los institutos de enseñanza o investigación o los museos. Del
mismo origen vienen instrucción, instructor e institutriz.
El término institución no tiene por qué ser un lugar físico. Una institución es, por
ejemplo, el conducir un automóvil por la derecha en ciertos países. También
puede ampliarse el concepto para designar a una persona de especial
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consideración, veneración y respeto: por ejemplo Miguel Delibes es una institución
en la cultura española, o Chavela Vargas es una institución en la canción latina.
Hay muchos grados de instituciones, formales e informales. El estudio de estas
instituciones es de gran valor para entender muchos comportamientos políticos,
económicos, etc.
Los fines del Estado constituyen direcciones, metas, propósitos o tendencias de
carácter general que se reconocen al Estado para su justificación y que consagran
en su legislación. Las funciones del Estado son los medios o formas diversas que
adopta el derecho para realizar los fines del Estado. El concepto de función,
constituye la base de este desarrollo: "La misma etimología de la palabra función
determina cumplidamente su concepto: proviene de "Fungere", que significa
hacer, cumplir, ejercitar, que a su vez deriva de "Finire", por lo que dentro del
campo de las relaciones jurídicas de cualquier clase que ellas sean, la función
significará toda actuación por razón del fin jurídico en su doble esfera de privada y
pública".
El concepto de función, constituye la base de este desarrollo: "La misma
etimología de la palabra función determina cumplidamente su concepto: proviene
de "Fungere", que significa hacer, cumplir, ejercitar, que a su vez deriva de
"Finire", por lo que dentro del campo de las relaciones jurídicas de cualquier clase
que ellas sean, la función significará toda actuación por razón del fin jurídico en su
doble esfera de privada y pública". Las funciones del Estado tienen un apoyo
lógico y jurídico. Por medio de los fines se reconocen las etapas para alcanzar una
meta, por las funciones se consagran procedimientos de la legislación que
necesitan para su realización de las tres funciones esenciales del Estado.
La doctrina clásica y la legislación positiva han reconocido tres actividades
esenciales del Estado para realizar los fines, resultado del principio lógico-jurídico
de la división del trabajo aplicado a la teoría constitucional. a. La función
legislativa, que es la función encaminada a establecer las normas jurídicas
generales. El Estado moderno es el creador del orden jurídico nacional.
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La función administrativa, que es la función encaminada a regular la actividad
concreta y tutelar del Estado, bajo el orden jurídico. La ley debe ser ejecutada
particularizando su aplicación. En sentido moderno el Estado es el promotor del
desarrollo económico y social de un país. c. La función jurisdiccional, que es la
actividad del Estado encaminada a resolver las controversias, estatuir o declarar el
derecho. La superioridad del Poder Judicial en la sociedad moderna, lo coloca
como el órgano orientador de la vida jurídica nacional.
La actividad del Estado se expresa en nuestra constitución, artículo 49, en las tres
funciones clásicas, cuyos respectivos órganos ejercitan partes del poder estatal,
que es único, aunque las funciones son múltiples y constituyen la forma de
ejercicio de las atribuciones. La relación entre poder y función debemos pasar al
estudio de las funciones del Estado. En puridad a cada poder debería
corresponder una función específica, es decir, al Poder Legislativo le corresponde
la función legislativa, al Poder Ejecutivo la función Administrativa, y al Poder
Judicial la función jurisdiccional.
Al Poder Administrativo además de la función administrativa, le corresponden
otras actividades por ejemplo la facultad reglamentaria, que en un acto de
naturaleza legislativa; las controversias en materia fiscal, agraria, obrera, que son
actos materialmente jurisdiccionales. El Poder Judicial además de ejercer la
función jurisdiccional realiza otros actos no propiamente de esa naturaleza, por
ejemplo el nombramiento de su personal que es un acto administrativo.
La actividad legislativa del estado. El estado legislador: constituyente y ordinario El
Estado moderno, a diferencia de otras épocas, se caracteriza por ser el creador
del Derecho. El poder constituyente del estado. La función constituyente es la
actividad fundamental del Estado, encaminada a la creación, adición o reforma de
las normas constitucionales. Ella tiene por objeto la formulación de normas
jurídicas generales, relativas a la organización y funcionamiento de los órganos
supremos del poder público, sus modos de creación, sus relaciones y el régimen
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de garantías que protejan al ciudadano en contra de los abusos de las
autoridades.
La Actividad Administrativa del Estado. La Función Administrativa. Los fines del
Estado señalan los propósitos generales o metas por alcanzar que se incorporen a
los textos constitucionales y desarrolla la legislación administrativa. El poder del
Estado, unitario y coactivo, desenvuelve su actividad por medio de las funciones
del mismo. Las funciones del Estado comprenden a la función legislativa que tiene
como acto básico la ley, a la función administrativa el acto administrativo y la
función jurisdiccional a la sentencia.
Las escuelas de la teoría del Estado varían dependiendo del momento en que
consideres que el Estado se conforma como la unidad territorial con soberanía
sobre sus individuos y con el poder físico constreñido para sí. A grandes rasgos
encontramos las siguientes posturas sobre las justificaciones de la existencia del
Estado:
Estado Absoluto: comúnmente representado en los textos de Thomas Hobbes y
los demás iusnaturalistas del siglo XVI, plantea que la existencia del Estado se
genera mediante el pacto social que modifica la estructura social, de un estado de
naturaleza a un estado civil.
Estado Liberal: comúnmente representado por las lecturas de Rousseau, Locke y
probablemente Spinoza; su planteamiento parte del pacto social pero añade la
categoría de los derechos políticos como fundamentales para la aparición del
Estado.
Estado Represor: principalmente contiene la postura de Federico Engels más no
de Carlos Marx ya que este último no desarrollo plenamente una teoría del Estado;
Engels, por su parte, plantea que la evolución del Estado ha sido enviciada por la
ideología burguesa.
Estado Moderno: Max Weber plantea que la existencia del Estado moderno surge
a partir de que el poder legítimo entra solamente en poder del Estado y que esté,
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mediante un parto burocrático, limita el poder de la acción social racional con
arreglo a fines.
Estado Totalitario: Hannah Arendt lo describe perfectamente en su libro del mismo
nombre y añade que los únicos Estados totalitarios han sido la Italia fascista y la
Alemania nazi debido a que una sola persona o un grupo muy pequeño (no una
clase política, como diría Gaetano Mosca) reclama con éxito para sí todos los
elementos del Estado.
Estado Mínimo: postura plenamente económica que reduce el papel del Estado a
un mínimo de permitir el libre canje de mercancías y preservar la seguridad del
capital.
1.2.1 Teorías sobre el origen del estado
Teoría Teológica: Los sostenedores de esta teoría le dan un cariz eminentemente
religioso y explican que dios creó al hombre, a su imagen y semejanza. El hombre
creado por dios debe hacer en la vida todo aquello que propenda a la voluntad de
Dios. El hombre organizado en sociedad debe obedecer las leyes divinas, el
estado, por eso es producto de la voluntad divina.
Dios ha creado a los hombres para que vivan conjuntamente, esto es, e sociedad,
por lo que el estado no es otra cosa que la sociedad, organizada de acuerdo con
la voluntad de Dios y por esa circunstancia, todos los hombres están obligados a
reconocerlo y a someterse a su organización.
En la antigüedad dominó esta doctrina, lo que es explicable por la casi identidad
que existía entonces entre la comunidad religiosa y la comunidad política, como
sucedía en Grecia y en Roma.
Entre los más notables sostenedores de las teorías teológicas encontramos:
a) Demóstenes: quien afirmaba que hay que obedecer a la ley por ser obra de
Dios;
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b) San Agustín, en La ciudad de Dios no consideró al estado como de origen
divino, sino que vio en él una consecuencia del pecado de los hombres que hizo
necesaria la sujeción de los mismos a un poder y distinguió así la comunidad
política de la religiosa;
c) Santo Tomás; afirmó el principio de la sociabilidad natural del hombre con
fundamento en la indigencia social de su personalidad, es decir en su incapacidad
para lograr por si solo la adquisición de bienes necesarios para su perfección
física y moral, y fundando esa sociabilidad natural también en su condición
racional, que lo lleva a relacionarse, a vivir con sus semejantes.
Teoría histórica o sociológica: Esta corriente doctrinaria afirma que el estado es un
fenómeno natural; que tiene origen histórico, derivado de la vida misma de los
hombres, a consecuencia de un proceso real y positivo.
Al afirmar que se trata de un fenómeno natural, quiere significar que el mismo es
originado por el libre juego de las leyes naturales, entendiendo por éstas no
únicamente las estrictamente consideradas como tales, o sea las leyes físicas,
sino las derivadas de las funciones espirituales del hombre, considerándolas
también como fenómenos naturales. Al elaborar esta doctrina, los pensadores
afiliados a la misma se sirven de un método complejo: utilizan los datos de la
historia, analizan los fenómenos sociales y políticos de la vida real de manera
directa, estudiando la sociedad humana, sirviéndose de las conclusiones de las
ciencias sociales.
El estudio de ¿Cuándo se originó el estado? Tiene, en efecto, que apoyarse en los
datos que proporcione el conocimiento histórico y tienen que utilizarse, igualmente
las conclusiones que aporte la sociología.
El origen histórico del Estado es un problema sociológico; surge precisamente de
la especial estructura de una sociedad humana, y desentrañar ese problema
consiste en establecer que fenómenos dieron vida a la estructura estatal, de qué
manera y en qué momento se originó el vínculo político.
I
I
Como hemos dicho, la doctrina sociológica del Estado lo considera como una
realidad o fenómeno que se da históricamente, que surgen en el transcurso de la
historia como un hecho real y, por tanto, su origen se establece, se determina
mediante el examen de datos reales, reconstruyendo la sociedad primitiva,
entendiendo por ésta la que se considera estar más cerca o dentro de los orígenes
de la comunidad política.
Existen tres corrientes sociológicas en relación con la posible forma social
primitiva: a) El Patriarcado; b) El Matriarcado; c) y las Teorías que buscan explicar
los lazos de cohesión social en la existencia de factores aglutinantes;
Las teorías del Patriarcado y el Matriarcado, aun cuando distintas en cuanto al
elemento que consideran tenía preponderancia en el grupo social primitivo, (el
padre o la madre), sustentan un origen familiar de la sociedad, basado en la
consanguinidad, o sea los lazos creados por los grados de parentesco, que
asignan un principio de autoridad a favor de los progenitores. Los seres se unen,
en primer término por consanguinidad, constituyendo la base de la sociedad,
conocida como familia; y c) las teorías que buscan la explicación de los lazos de
cohesión social en la existencia en los vínculos primitivos de factores aglutinantes
que existen, además de los simples lazos del parentesco sanguíneo. Como se
expuso anteriormente, la consanguinidad es la base de la sociedad, siendo en
consecuencia el primer factor aglutinante de los grupos sociales; en segundo lugar
se encuentra que las familias se unen por las relaciones que surgen entre sí;
relaciones que tienen lugar por el hecho de la convivencia; asimismo se encuentra
que el ambiente geográfico, o sea el domicilio, el cual se constituye
voluntariamente por la residencia en un lugar, resultado de la convivencia es
también un factor aglutinante que opera al transformar el nomadismo de las
familias primitivas en vida sedentaria, lo cual va dando forma y organización a la
sociedad primitiva. En conclusión según esta última teoría, la consanguinidad, las
relaciones familiares, sus tradiciones, el espacio geográfico, la necesidad de
unificarse para defenderse mutuamente, la necesidad de tener una persona que
los dirija, etc., van dando como resultado el origen del Estado. Las Teorías
I
I
Contractualitas: Su más connotado expositor es Juan Jacobo Rousseau, quien
dice que el hombre ha nacido libre y, sin embargo, en la actualidad lo encontramos
encadenado, o sea sujeto a la disciplina que supone el vivir en un orden estatal.
¿Por qué se ha producido este cambio? En otras palabras ¿Por qué existe el
Estado? Las anteriores interrogantes Rousseau trata de explicarlas por medio del
pacto social, contrato que consta de una sola cláusula: La enajenación total de
cada asociado con todos sus derechos a la comunidad.
A cambio de esa enajenación, el hombre obtiene una libertad civil más restringida,
teóricamente que la libertad natural de que disfrutaba; porque está garantizado por
el Estado.
Para él solo ese contrato puede justificar la existencia del estado, pues a nadie
puede obligarse a perder su libertad si no ha dado su consentimiento.
Este consentimiento, este acuerdo de los hombres para ceder su libertad natural al
Estado, a cambio de que este le garantice la libertad civil hace que la obediencia a
la ley, que uno mismo se ha obligado a catar, sea una manifestación de la libertad,
pues haciendo uso precisamente de esa libertad es como las voluntades de los
hombres se han puesto de acuerdo dando vida a ese contrato social.
La idea de Rousseau se puede concretar en que el Estado surge de un libre
acuerdo entre los hombres, el Estado es artificial, es creado por el hombre
libremente, mediante un convenio, Un pacto social, no es consecuencia, un hecho
que se produzca espontáneamente en la naturaleza.
Con el tiempo la posición de Juan Jacobo Rousseau fue criticada y dejada
únicamente como referencia histórica, dando lugar al surgimiento de la teoría que
actualmente se tiene como la más correcta, y que sostiene: No debemos
desconocer el hecho de que en la formación misma del Estado interviene la
voluntad humana guiada por la necesidad natural de que exista ese organismo. En
efecto, la sociedad política el Estado, no existió siempre, sino que se originó, nació
a la vida en determinado momento histórico, a consecuencia de un proceso
I
I
sociológico que llevó a la conciencia de los hombres la necesidad de constituirlo.
Esta necesidad se hizo patente, porque los hombres vieron que tenía que lograr
un bien de categoría superior al bien propio de cada persona, el bien Público.
Observaron que para realizar plenamente su bien individual, tenían que hacerlo
reuniendo el esfuerzo de todos, para conseguir el bien público, que de manera
refleja hacía que ellos lograran su fin individual. Al nacer este elemento, al entrar
este ingrediente teleológico en la sociedad, ésta se convierte en sociedad política,
pues sabemos que precisamente esa teleología, el buscar el bien común,
especifica a las sociedades humanas permitiendo que se las califique de políticas.
Por tanto, la naturaleza humana, indigente social, impulsa al hombre a instituir la
sociedad política, que en esa forma es una creación humana, un producto de la
industria humana, como la llama Santo Tomás de Aquino. La manera como opera
esa voluntad del hombre es muy compleja y variada. Rara vez nace en virtud de
un acuerdo explícito del grupo social que determina transformarse en sociedad
política, como quiere Rousseau. Lo frecuente es que la sociedad política nazca en
virtud de un lento proceso histórico, de la aparición de un caudillo o de la
existencia de un grupo más fuerte. Este problema constituye lo que hemos
llamado proceso de formación de los Estados. Es el cómo surgen los Estados, que
investigan los historiadores y sociólogos. Admitimos, pues, que en el nacimiento
del Estado intervienen la voluntad del hombre, pero no otorgando un pacto; no
nace en virtud de un contrato para constituirlo, sino que el Estado surge de hecho
como algo derivado de la naturaleza social del hombre. Por las circunstancias
anteriores, se concluye en que el Estado nace no de un pacto social, sino a
consecuencia de un proceso histórico sociológico que va impulsando a la voluntad
humana hacia su creación de una manera necesaria. Los hombres,
razonablemente no pueden substraerse a la voluntad de crearlo, pues no pueden,
razonablemente, contrariar su naturaleza. Pero esa voluntad no se manifiesta de
manera Contractualista, sino en forma de actividad constante para crear y
mantener las instituciones políticas.

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Tgestado tema 1.2 complementaria

  • 1. I I 1.2 Naturaleza, fines y justificación del Estado. Naturaleza Son tres las maneras posibles de concebir jurídicamente al Estado: La primera de ellas es considerarla como objeto, como establecimiento. Esta teoría al considerar al Estado como objeto, realiza una separación interna de dos elementos que existen en el Estado, los dominadores y los dominados, puesto que el objeto supone la existencia de un sujeto al cual referirlo, y entonces los dominados son el objeto de la autoridad. Pero sólo es posible concebir a un Estado como objeto de un sujeto: como un grupo de esclavos sometidos a la propiedad de un Señor. Esta idea según Porrúa Pérez, podría servir para explicar la realidad de determinadas agrupaciones políticas históricas, pero es imposible que explique al Estado moderno, que está formado por gobernantes y gobernados, siendo ambos sujetos activos del Estado, no son objeto (los gobernados) de la actividad de la autoridad, sino que unos y otros intervienen activamente para formar la realidad del Estado; de las relaciones entre Gobierno y particulares y de éstos entre sí surge precisamente el Estado. No se pueden separar y ni considerar a una como sujeto y a otra como objeto. Las teorías absolutistas y patrimonialistas consideran al Estado como objeto. Otras doctrinas que tratan de explicar la naturaleza del Estado, al decir de las teorías modernas explican a éste como una fundación o establecimiento y recurren a un concepto jurídico para explicarlo, sin embargo, este concepto jurídico a decir de Porrúa Pérez, lo presenta con perfiles vagos, y aunque llegaran a precisarlo, sólo se referirían al aspecto jurídico del Estado si lograran probar la existencia de un orden jurídico superior al Estado y del cual recibiera el gobernante ese Derecho. Fines y Justificación del Estado La doctrina del Derecho del más fuerte pretende ser una justificación moral del Estado, ya que afirma, ateniéndose a algún urden universal meta-físico, aunque
  • 2. I I de ninguna manera cristiano, que es invariablemente cierto y seguro que aquellos que disfrutan de un rango moral supremo son siempre los que se hacen dueños del poder. Semejante creencia,' infantil en el mejor de los mundos posibles, que la historia está muy lejos de corroborar, trae como resultado infalible la capitulación total de nuestra conciencia jurídica frente al éxito político del momento. Por lo mismo que no corresponde de cerca ni de lejos con la verdad histórica real, de ordinario suele ser completada esta doctrina con un historicismo que se caracteriza por la confusión fundamental de la eficacia política y del valor moral, de la validez ideal y de la vigencia política. Luego de haber mostrado que en la historia siempre ha prevalecido el derecho del más fuerte, se cree haber aportado la demostración de que siempre debe ser así. Si fueran consecuentes no deberían detenerse en este breve período que llamamos historia, sino que tendrían que abordar también la prehistoria y consagrar como modelos morales a las gentes de Neandertal. Se olvidan que si existe una específica historia humana o historia de la cultura, se debe a que él hombre, por naturaleza, es un ser utópico; esto es, capaz de oponer al ser un deber y medir el poder con el rasero del Derecho." El ser del Estado, afirma Heller, es, cabalmente, su devenir a través de actos de decisión política constantemente renovados, es su devenir en la lucha política entre poderes reales de voluntad, ante los cuales no es posible que el sujeto de conocimiento mantenga una absoluta neutralidad. La relaciones entre el Estado y el Derecho sólo pueden ser comprendidas si se considera el deber jurídico, a la vez como un querer humano "la objetivación de un acto de decisión", lo cual, sin embargo, en cuanto a acto creador del Derecho, ha de contener ya una exigencia o una norma. Los fines inminentes y trascendentes del Estado son proteger a una población, con la misma cultura que se herede, facilitar el comercio y regular los conductas humanas etc. en otras palabras podemos decir que es el que aspira al beneficio
  • 3. I I de todos y de cada uno de los miembros del conjunto social y es el componente que le da sentido al Estado. Este fin social es lo que podemos denominar Bien común. Las instituciones son mecanismos de orden social y cooperación que procuran gobernar el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser reducido o coincidir con una sociedad entera). Las instituciones en dicho sentido trascienden las voluntades individuales al identificarse con la imposición forzosa de un propósito en teoría considerado como un bien social. Su mecanismo de funcionamiento varía ampliamente en cada caso, aunque se destaca la elaboración de numerosas reglas, comúnmente inflexibles. El término institución se aplica por lo general a las normas de conducta y costumbres consideradas importantes para una sociedad, como las particulares organizaciones formales de gobierno y servicio público. Como estructuras y mecanismos de orden social en la especie humana, las instituciones son uno de los principales objetos de estudio en las ciencias sociales, como la sociología, las ciencias políticas y la economía. Las instituciones son también un tema de estudio central para el derecho, el régimen formal para la elaboración e implantación de reglas. La creación y evolución de las instituciones es un asunto, desde luego, que ha jugado un papel preponderante en la historia de las sociedades, existiendo incluso una historia de las instituciones dedicada a su estudio. El institucionalismo es un enfoque particular o tendencia de algunas corrientes dentro de estas ciencias sociales. Derivado del origen etimológico de instituto (en latín educación), una institución es un establecimiento u organismo que realiza una labor social de tipo educativo y cultural, como los institutos de enseñanza o investigación o los museos. Del mismo origen vienen instrucción, instructor e institutriz. El término institución no tiene por qué ser un lugar físico. Una institución es, por ejemplo, el conducir un automóvil por la derecha en ciertos países. También puede ampliarse el concepto para designar a una persona de especial
  • 4. I I consideración, veneración y respeto: por ejemplo Miguel Delibes es una institución en la cultura española, o Chavela Vargas es una institución en la canción latina. Hay muchos grados de instituciones, formales e informales. El estudio de estas instituciones es de gran valor para entender muchos comportamientos políticos, económicos, etc. Los fines del Estado constituyen direcciones, metas, propósitos o tendencias de carácter general que se reconocen al Estado para su justificación y que consagran en su legislación. Las funciones del Estado son los medios o formas diversas que adopta el derecho para realizar los fines del Estado. El concepto de función, constituye la base de este desarrollo: "La misma etimología de la palabra función determina cumplidamente su concepto: proviene de "Fungere", que significa hacer, cumplir, ejercitar, que a su vez deriva de "Finire", por lo que dentro del campo de las relaciones jurídicas de cualquier clase que ellas sean, la función significará toda actuación por razón del fin jurídico en su doble esfera de privada y pública". El concepto de función, constituye la base de este desarrollo: "La misma etimología de la palabra función determina cumplidamente su concepto: proviene de "Fungere", que significa hacer, cumplir, ejercitar, que a su vez deriva de "Finire", por lo que dentro del campo de las relaciones jurídicas de cualquier clase que ellas sean, la función significará toda actuación por razón del fin jurídico en su doble esfera de privada y pública". Las funciones del Estado tienen un apoyo lógico y jurídico. Por medio de los fines se reconocen las etapas para alcanzar una meta, por las funciones se consagran procedimientos de la legislación que necesitan para su realización de las tres funciones esenciales del Estado. La doctrina clásica y la legislación positiva han reconocido tres actividades esenciales del Estado para realizar los fines, resultado del principio lógico-jurídico de la división del trabajo aplicado a la teoría constitucional. a. La función legislativa, que es la función encaminada a establecer las normas jurídicas generales. El Estado moderno es el creador del orden jurídico nacional.
  • 5. I I La función administrativa, que es la función encaminada a regular la actividad concreta y tutelar del Estado, bajo el orden jurídico. La ley debe ser ejecutada particularizando su aplicación. En sentido moderno el Estado es el promotor del desarrollo económico y social de un país. c. La función jurisdiccional, que es la actividad del Estado encaminada a resolver las controversias, estatuir o declarar el derecho. La superioridad del Poder Judicial en la sociedad moderna, lo coloca como el órgano orientador de la vida jurídica nacional. La actividad del Estado se expresa en nuestra constitución, artículo 49, en las tres funciones clásicas, cuyos respectivos órganos ejercitan partes del poder estatal, que es único, aunque las funciones son múltiples y constituyen la forma de ejercicio de las atribuciones. La relación entre poder y función debemos pasar al estudio de las funciones del Estado. En puridad a cada poder debería corresponder una función específica, es decir, al Poder Legislativo le corresponde la función legislativa, al Poder Ejecutivo la función Administrativa, y al Poder Judicial la función jurisdiccional. Al Poder Administrativo además de la función administrativa, le corresponden otras actividades por ejemplo la facultad reglamentaria, que en un acto de naturaleza legislativa; las controversias en materia fiscal, agraria, obrera, que son actos materialmente jurisdiccionales. El Poder Judicial además de ejercer la función jurisdiccional realiza otros actos no propiamente de esa naturaleza, por ejemplo el nombramiento de su personal que es un acto administrativo. La actividad legislativa del estado. El estado legislador: constituyente y ordinario El Estado moderno, a diferencia de otras épocas, se caracteriza por ser el creador del Derecho. El poder constituyente del estado. La función constituyente es la actividad fundamental del Estado, encaminada a la creación, adición o reforma de las normas constitucionales. Ella tiene por objeto la formulación de normas jurídicas generales, relativas a la organización y funcionamiento de los órganos supremos del poder público, sus modos de creación, sus relaciones y el régimen
  • 6. I I de garantías que protejan al ciudadano en contra de los abusos de las autoridades. La Actividad Administrativa del Estado. La Función Administrativa. Los fines del Estado señalan los propósitos generales o metas por alcanzar que se incorporen a los textos constitucionales y desarrolla la legislación administrativa. El poder del Estado, unitario y coactivo, desenvuelve su actividad por medio de las funciones del mismo. Las funciones del Estado comprenden a la función legislativa que tiene como acto básico la ley, a la función administrativa el acto administrativo y la función jurisdiccional a la sentencia. Las escuelas de la teoría del Estado varían dependiendo del momento en que consideres que el Estado se conforma como la unidad territorial con soberanía sobre sus individuos y con el poder físico constreñido para sí. A grandes rasgos encontramos las siguientes posturas sobre las justificaciones de la existencia del Estado: Estado Absoluto: comúnmente representado en los textos de Thomas Hobbes y los demás iusnaturalistas del siglo XVI, plantea que la existencia del Estado se genera mediante el pacto social que modifica la estructura social, de un estado de naturaleza a un estado civil. Estado Liberal: comúnmente representado por las lecturas de Rousseau, Locke y probablemente Spinoza; su planteamiento parte del pacto social pero añade la categoría de los derechos políticos como fundamentales para la aparición del Estado. Estado Represor: principalmente contiene la postura de Federico Engels más no de Carlos Marx ya que este último no desarrollo plenamente una teoría del Estado; Engels, por su parte, plantea que la evolución del Estado ha sido enviciada por la ideología burguesa. Estado Moderno: Max Weber plantea que la existencia del Estado moderno surge a partir de que el poder legítimo entra solamente en poder del Estado y que esté,
  • 7. I I mediante un parto burocrático, limita el poder de la acción social racional con arreglo a fines. Estado Totalitario: Hannah Arendt lo describe perfectamente en su libro del mismo nombre y añade que los únicos Estados totalitarios han sido la Italia fascista y la Alemania nazi debido a que una sola persona o un grupo muy pequeño (no una clase política, como diría Gaetano Mosca) reclama con éxito para sí todos los elementos del Estado. Estado Mínimo: postura plenamente económica que reduce el papel del Estado a un mínimo de permitir el libre canje de mercancías y preservar la seguridad del capital. 1.2.1 Teorías sobre el origen del estado Teoría Teológica: Los sostenedores de esta teoría le dan un cariz eminentemente religioso y explican que dios creó al hombre, a su imagen y semejanza. El hombre creado por dios debe hacer en la vida todo aquello que propenda a la voluntad de Dios. El hombre organizado en sociedad debe obedecer las leyes divinas, el estado, por eso es producto de la voluntad divina. Dios ha creado a los hombres para que vivan conjuntamente, esto es, e sociedad, por lo que el estado no es otra cosa que la sociedad, organizada de acuerdo con la voluntad de Dios y por esa circunstancia, todos los hombres están obligados a reconocerlo y a someterse a su organización. En la antigüedad dominó esta doctrina, lo que es explicable por la casi identidad que existía entonces entre la comunidad religiosa y la comunidad política, como sucedía en Grecia y en Roma. Entre los más notables sostenedores de las teorías teológicas encontramos: a) Demóstenes: quien afirmaba que hay que obedecer a la ley por ser obra de Dios;
  • 8. I I b) San Agustín, en La ciudad de Dios no consideró al estado como de origen divino, sino que vio en él una consecuencia del pecado de los hombres que hizo necesaria la sujeción de los mismos a un poder y distinguió así la comunidad política de la religiosa; c) Santo Tomás; afirmó el principio de la sociabilidad natural del hombre con fundamento en la indigencia social de su personalidad, es decir en su incapacidad para lograr por si solo la adquisición de bienes necesarios para su perfección física y moral, y fundando esa sociabilidad natural también en su condición racional, que lo lleva a relacionarse, a vivir con sus semejantes. Teoría histórica o sociológica: Esta corriente doctrinaria afirma que el estado es un fenómeno natural; que tiene origen histórico, derivado de la vida misma de los hombres, a consecuencia de un proceso real y positivo. Al afirmar que se trata de un fenómeno natural, quiere significar que el mismo es originado por el libre juego de las leyes naturales, entendiendo por éstas no únicamente las estrictamente consideradas como tales, o sea las leyes físicas, sino las derivadas de las funciones espirituales del hombre, considerándolas también como fenómenos naturales. Al elaborar esta doctrina, los pensadores afiliados a la misma se sirven de un método complejo: utilizan los datos de la historia, analizan los fenómenos sociales y políticos de la vida real de manera directa, estudiando la sociedad humana, sirviéndose de las conclusiones de las ciencias sociales. El estudio de ¿Cuándo se originó el estado? Tiene, en efecto, que apoyarse en los datos que proporcione el conocimiento histórico y tienen que utilizarse, igualmente las conclusiones que aporte la sociología. El origen histórico del Estado es un problema sociológico; surge precisamente de la especial estructura de una sociedad humana, y desentrañar ese problema consiste en establecer que fenómenos dieron vida a la estructura estatal, de qué manera y en qué momento se originó el vínculo político.
  • 9. I I Como hemos dicho, la doctrina sociológica del Estado lo considera como una realidad o fenómeno que se da históricamente, que surgen en el transcurso de la historia como un hecho real y, por tanto, su origen se establece, se determina mediante el examen de datos reales, reconstruyendo la sociedad primitiva, entendiendo por ésta la que se considera estar más cerca o dentro de los orígenes de la comunidad política. Existen tres corrientes sociológicas en relación con la posible forma social primitiva: a) El Patriarcado; b) El Matriarcado; c) y las Teorías que buscan explicar los lazos de cohesión social en la existencia de factores aglutinantes; Las teorías del Patriarcado y el Matriarcado, aun cuando distintas en cuanto al elemento que consideran tenía preponderancia en el grupo social primitivo, (el padre o la madre), sustentan un origen familiar de la sociedad, basado en la consanguinidad, o sea los lazos creados por los grados de parentesco, que asignan un principio de autoridad a favor de los progenitores. Los seres se unen, en primer término por consanguinidad, constituyendo la base de la sociedad, conocida como familia; y c) las teorías que buscan la explicación de los lazos de cohesión social en la existencia en los vínculos primitivos de factores aglutinantes que existen, además de los simples lazos del parentesco sanguíneo. Como se expuso anteriormente, la consanguinidad es la base de la sociedad, siendo en consecuencia el primer factor aglutinante de los grupos sociales; en segundo lugar se encuentra que las familias se unen por las relaciones que surgen entre sí; relaciones que tienen lugar por el hecho de la convivencia; asimismo se encuentra que el ambiente geográfico, o sea el domicilio, el cual se constituye voluntariamente por la residencia en un lugar, resultado de la convivencia es también un factor aglutinante que opera al transformar el nomadismo de las familias primitivas en vida sedentaria, lo cual va dando forma y organización a la sociedad primitiva. En conclusión según esta última teoría, la consanguinidad, las relaciones familiares, sus tradiciones, el espacio geográfico, la necesidad de unificarse para defenderse mutuamente, la necesidad de tener una persona que los dirija, etc., van dando como resultado el origen del Estado. Las Teorías
  • 10. I I Contractualitas: Su más connotado expositor es Juan Jacobo Rousseau, quien dice que el hombre ha nacido libre y, sin embargo, en la actualidad lo encontramos encadenado, o sea sujeto a la disciplina que supone el vivir en un orden estatal. ¿Por qué se ha producido este cambio? En otras palabras ¿Por qué existe el Estado? Las anteriores interrogantes Rousseau trata de explicarlas por medio del pacto social, contrato que consta de una sola cláusula: La enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a la comunidad. A cambio de esa enajenación, el hombre obtiene una libertad civil más restringida, teóricamente que la libertad natural de que disfrutaba; porque está garantizado por el Estado. Para él solo ese contrato puede justificar la existencia del estado, pues a nadie puede obligarse a perder su libertad si no ha dado su consentimiento. Este consentimiento, este acuerdo de los hombres para ceder su libertad natural al Estado, a cambio de que este le garantice la libertad civil hace que la obediencia a la ley, que uno mismo se ha obligado a catar, sea una manifestación de la libertad, pues haciendo uso precisamente de esa libertad es como las voluntades de los hombres se han puesto de acuerdo dando vida a ese contrato social. La idea de Rousseau se puede concretar en que el Estado surge de un libre acuerdo entre los hombres, el Estado es artificial, es creado por el hombre libremente, mediante un convenio, Un pacto social, no es consecuencia, un hecho que se produzca espontáneamente en la naturaleza. Con el tiempo la posición de Juan Jacobo Rousseau fue criticada y dejada únicamente como referencia histórica, dando lugar al surgimiento de la teoría que actualmente se tiene como la más correcta, y que sostiene: No debemos desconocer el hecho de que en la formación misma del Estado interviene la voluntad humana guiada por la necesidad natural de que exista ese organismo. En efecto, la sociedad política el Estado, no existió siempre, sino que se originó, nació a la vida en determinado momento histórico, a consecuencia de un proceso
  • 11. I I sociológico que llevó a la conciencia de los hombres la necesidad de constituirlo. Esta necesidad se hizo patente, porque los hombres vieron que tenía que lograr un bien de categoría superior al bien propio de cada persona, el bien Público. Observaron que para realizar plenamente su bien individual, tenían que hacerlo reuniendo el esfuerzo de todos, para conseguir el bien público, que de manera refleja hacía que ellos lograran su fin individual. Al nacer este elemento, al entrar este ingrediente teleológico en la sociedad, ésta se convierte en sociedad política, pues sabemos que precisamente esa teleología, el buscar el bien común, especifica a las sociedades humanas permitiendo que se las califique de políticas. Por tanto, la naturaleza humana, indigente social, impulsa al hombre a instituir la sociedad política, que en esa forma es una creación humana, un producto de la industria humana, como la llama Santo Tomás de Aquino. La manera como opera esa voluntad del hombre es muy compleja y variada. Rara vez nace en virtud de un acuerdo explícito del grupo social que determina transformarse en sociedad política, como quiere Rousseau. Lo frecuente es que la sociedad política nazca en virtud de un lento proceso histórico, de la aparición de un caudillo o de la existencia de un grupo más fuerte. Este problema constituye lo que hemos llamado proceso de formación de los Estados. Es el cómo surgen los Estados, que investigan los historiadores y sociólogos. Admitimos, pues, que en el nacimiento del Estado intervienen la voluntad del hombre, pero no otorgando un pacto; no nace en virtud de un contrato para constituirlo, sino que el Estado surge de hecho como algo derivado de la naturaleza social del hombre. Por las circunstancias anteriores, se concluye en que el Estado nace no de un pacto social, sino a consecuencia de un proceso histórico sociológico que va impulsando a la voluntad humana hacia su creación de una manera necesaria. Los hombres, razonablemente no pueden substraerse a la voluntad de crearlo, pues no pueden, razonablemente, contrariar su naturaleza. Pero esa voluntad no se manifiesta de manera Contractualista, sino en forma de actividad constante para crear y mantener las instituciones políticas.