4. referencias Definición de minusválido La Ley de Integración Social del Minusválido define discapacitado o minusválido así: "Se entenderá por minusválido toda persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidos como consecuencia de una deficiencia previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales." En un análisis de la legislación publicado por el Servicio de Información sobre Discapacidad, adscrito al IMSERSO se dice: "A partir de la promulgación de la Constitución de 1978, en nuestra legislación se emplean indistintamente los términos minusvalía y discapacidad. El término minusvalía - proviene de minus (menos) y valía - que significa el detrimento o disminución del valor que sufre una cosa. El término discapacidad, es menos ambiguo y con menos connotaciones sociales negativas que el de minusvalía. El vocablo guarda una estrecha relación con el término capacidad, lo que supone una cualidad del sujeto para ser capaz de realizar ciertas cosas. Discapacidad supone no estar capacitado para el desempeño de ciertas funciones. Discapacidad tiene su origen en un hecho concreto que supone no poder realizar determinadas funciones, pero no hay una disminución en la valía, en el valor, del sujeto afectado. Cualquier persona normal está capacitada para el desempeño de ciertas funciones y, sin embargo, puede no estarlo para el desempeño de otras." Tomado de la Fundación Española de la Tartamudez
5. Conclusiones Mi gratitud para la doctora Patricia Mena Yánez ,que permite mediante este curso a conocer y capacitarnos para la comprensión de las personas con discapacidades que necesitan de nuestro amor, para brindarles nuestra ayuda y comunicación, de este modo conocer sus inquietudes y necesidades , para poder educarles aprovechando sus habilidades y aumentar su autoestima integrándoles a su entorno familiar y social.