Nuevos roles de los pueblos indígenas como actores productivos vinculados al sector forestal en Bolivia
1. Nuevos roles de los pueblos
indígenas como actores
productivos vinculados al
sector forestal en Bolivia
Walter Benjamín Rivera Coria
2.
3. Es la actividad económica que aporta valor
agregado por creación y suministro de
bienes y servicios. Consiste en la creación
de productos o servicios y, al mismo
tiempo, la creación de valor.
Producción
4. Las relaciones de producción
Primitivas
y antiguas
Feudalismo
Capitalismo
Socialismo
Comunismo
5.
6. Teorías del desarrollo
• TRADICIONALES, incluyen las teorías clásicas de desarrollo
económico; la teoría neoclásica de crecimiento económico; las
teorías estructuralistas o de industrialización por sustitución
de importaciones y las nuevas teorías liberales promovidas por
los organismos internacionales.
• MODERNAS, incluyen las teorías endógenas del crecimiento
económico y las nuevas teorías de desarrollo basadas en una
serie de distorsiones/fracasos considerados propias de, o de
mayor relevancia en, las economías en desarrollo.
(Tello, 2006)
7. Desarrollo Local
• Es un proceso endógeno
que procura aprovechar
los recursos propios para
fortalecer el entramado
socio institucional y el
sistema económico-
productivo, con la
finalidad de mejorar la
calidad de vida de una
comunidad.
• Proceso de acumulación de
capacidades para mejorar,
de manera colectiva y
continua, el bienestar de la
comunidad.
Desarrollo Económico
Territorial con Inclusión
8. Economía Plural
• Igualdad jurídica de todas las formas de producción económica: comunitaria,
estatal, privada y social cooperativa.
• Dirección estatal del desarrollo económico y propiedad estatal de los RRNN.
• Respeto a la propiedad de la tierra.
• Aprovechamiento productivo de especies no protegidas.
• Industrialización sostenible de los RRNN para diversificar la economía.
• Potestad de intervención estatal en la cadena productiva para garantizar el
abastecimiento de actores.
• Respeto a la iniciativa empresarial y seguridad jurídica.
• Fomento estatal y promoción del área comunitaria de la economía.
9. Aspectos de la Agenda Patriótica del
Bicentenario - 2025
1. Erradicación de la extrema pobreza.
2. Universalización de los servicios básicos.
3. Salud, educación y deporte para un ser humano integral.
4. Soberanía científica con identidad propia.
5. Soberanía comunitaria financiera sin capitalismo.
6. Soberanía productiva con diversificación y desarrollo.
7. Soberanía de nuestros recursos naturales.
8. Soberanía alimentaria y el saber alimentarse.
9. Soberanía ambiental con desarrollo integral.
10.Integración complementaria de los pueblos, con soberanía
11.Soberanía y transparencia en la gestión pública.
12.Disfrute de nuestra felicidad, fiestas, música, ríos, sueños.
13.Reencuentro soberano con nuestra alegría y el mar.
10. CPE y Derechos de los PPII en materia de organización
productiva y aprovechamiento de recursos
Auto
gobierno
y justicia
indígena
30, II, 14)
Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos, acorde a su
cosmovisión.
290
304, I
30, II, 17)
Autonomías indígena originario campesinas
146, VII Circunscripciones especiales indígena originario campesinas
307
Respeto, reconocimiento, protección, promoción de la organización económica
comunitaria.
30, II, 5) Derecho a que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado
30, II, 14) Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos.
30, II, 18) A la participación en los órganos e instituciones del Estado.
Tierra,
territorio
y RR.NN.
2 Dominio ancestral sobre sus territorios.
30, II, 6)
394, III
Titulación colectiva de sus territorios.
30, II, 17)
A la gestión territorial indígena autónoma
Al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes
en su territorio.
394, III Atributos de la propiedad colectiva indígena
30, II, 16)
353
Participación en los beneficios de la explotación de los recursos naturales en sus
territorios.
11. Derechos Forestales Otorgados por Usuario
1998-2010 (Ha.)
Usuarios 1998 2010
1 Agrupaciones sociales del lugar 0 602.020,00
2 Comunidades campesinas 0 19.041.113,00
3 Comunidades o pueblos indígenas 121.609,00 1.769.510,00
4 Concesiones con fines de investigación 113.526,00 163.611,00
5 Contratos de aprovechamiento forestal 27.721,00 225.400,00
6 Concesiones forestales 5.052.640,00 3.807.284,00
7 Propietarios privados 78.334,00 1.652.521,00
TOTAL 5.393.830,00 27.261.459,00
Fuente: ABT (2012): http://abt.gob.bo/index.php/estadistica/derechosforestales
12. Ley de Revolución Productiva
Agropecuaria
• Políticas encaminadas a soberanía alimentaria.
• Reconocimiento de comunidades IOCIA como OECOM.
• Ajuste estructural para facilitar asistencia técnica.
• Planificación estratégica alimentaria participativa IOCIA.
• Sistemas de investigación, de innovación tecnológica y de información.
• Sistema de regulación productiva, industrialización y comercialización.
• Acceso a insumos, infraestructura productiva, asistencia técnica y capacitación.
• Manejo sostenible y adecuado del agua y RRGG.
• Promoción del proceso de gestión territorial IOCIA.
• Fortalecimiento de capacidades y recuperación del conocimiento ancestral.
• Seguro Agrario Universal.
• Transferencia de recursos y financiamiento.
• Mecanismos de crédito.
13. Ley de Organizaciones económicas campesinas,
indígena originarias - OECAS y de Organizaciones
económicas comunitarias
• Norma la Agricultura Familiar Sustentable y las
actividades familiares diversificadas, realizadas por
OECAS, OECOMs y las familias productoras IOCIA
organizadas en la Agricultura Familiar Sustentable,
basadas en el uso y aprovechamiento de los
componentes de la Madre Tierra, acordes a su
vocación y potencial productivo para contribuir a la
soberanía alimentaria.
14. Agricultura Familiar Sustentable
• Es aquella producción caracterizada por la relación del trabajo
familiar y los recursos productivos disponibles como estrategia que
diversifica la producción en armonía con la Madre Tierra, para
garantizar la soberanía alimentaria y promueve el desarrollo
productivo integral sustentable.
• Involucra una alta participación de los miembros de la familia en
las etapas de recolección/manejo, producción, acopio,
transformación, comercialización y consumo.
• El Estado reconoce a OECAs y OECOMs como actores económicos
productivos capaces de generar autoempleo, empleo directo e
indirecto y excedente, como respuesta solidaria frente a otros
modelos de desarrollo productivo.
15. Contenido de la Ley de OECAs y OECOMs
Establece directrices y atribuye tareas a distintas reparticiones públicas, para:
• Planificación y generación de políticas públicas.
• Generación y acceso a información.
• Asistencia y capacitación técnica.
• Integración de la agricultura familiar en el nivel nacional, regional e internacional.
• Acceso a tecnología y créditos.
• Apertura de mercados.
• Mejoramiento de procesos productivos.
• Inversión pública planificada.
• Sello Social Boliviano para certificación de uso de mano de obra e insumos locales
incluyendo la Agricultura Familiar Sustentable.
• Establece el Registro Único de la Agricultura Familiar Sustentable.
• Establece lineamientos de participación y control social en generación de políticas públicas.
16. Ley de Apoyo a la Producción de
Alimentos y Restitución de Bosques
• Establece un régimen excepcional para el tratamiento de
predios con desmontes sin autorización entre el 12 de julio
de 1996 y el 31 de diciembre de 2011, destinado a
beneficiarios que se acojan al “Programa de Producción de
Alimentos y Restitución de Bosques”.
• Incentiva la producción de alimentos para garantizar el
derecho fundamental a la soberanía y seguridad alimentaria
y la restitución de áreas de bosques afectadas
17. Ley de Promoción y Desarrollo Artesanal
• Facilita el acceso del sector artesanal al financiamiento, asistencia
técnica, capacitación, acceso a mercados, recuperación y difusión de
sus saberes, técnicas, aptitudes y habilidades de las artesanas y los
artesanos.
• Crea el “Programa Nacional de Promoción a la Actividad Artesanal”.
• Crea el sello de identidad y calidad "Artesanía Boliviana”.
• Establece lineamientos para el fomento a la asociatividad, generación
de incentivos, becas de capacitación y certificación por competencias.
• Crea el Consejo Boliviano de la Artesanía.
18. Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005,
de Hidrocarburos
• Art. 57, de la distribución del Impuesto Directo a los
Hidrocarburos (IDH) indica que todos los beneficiarios (los
gobiernos municipales) destinarán los recursos recibidos por
ese impuesto para el desarrollo productivo y todo lo que
contribuya a la generación de fuentes de trabajo.
19. Ley Financial 2011
Artículo 6°.- (Transferencias público-privadas)
I. Se autoriza al Órgano Ejecutivo transferir recursos públicos en efectivo y/o en especie
e inversiones productivas a organizaciones económico - productivas, a organizaciones
territoriales […] a organizaciones indígena originaria campesinas y a personas
naturales, con el objetivo de estimular la actividad de desarrollo, seguridad
alimentaria, reconversión productiva […] en el marco del Plan Nacional de Desarrollo
y Planes Sectoriales.
III. El Fondo de Desarrollo para Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas
"FDPPIOYCC", podrá transferir recursos públicos a los Pueblos y Comunidades
Indígenas, Originarios y Campesinas, debiendo aperturar en su presupuesto
institucional programas y actividades que permitan identificar el sector económico,
localización geográfica, organización beneficiaria y monto a transferir.
IV. Las organizaciones económico - productivas, organizaciones territoriales, pueblos y
comunidades indígenas, originarios y campesinas, en su calidad de beneficiarias finales,
deben informar a la entidad otorgante sobre el uso y destino de los recursos públicos
[…].
20. Decreto Supremo Nº 1312, 2 de agosto
de 2012
• Reglamentar la organización interna y funcionamiento de los
Consejos Económicos Productivos creados por Ley Nº 144, de
26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva
Comunitaria Agropecuaria, como instancias de coordinación
y participación para la elaboración de políticas públicas,
planificación, seguimiento y evaluación de la Revolución
Productiva Comunitaria Agropecuaria.
21. Decreto Supremo Nº 29643, 16 de julio
de 2008
• Reconoce, norma y promueve las actividades a ser desarrolladas por las comunidades campesinas
e indígenas en calidad de Organizaciones Forestales Comunitarias - OFC, dedicadas al manejo,
industrialización y comercialización de productos maderables y no maderables en áreas de uso
forestal.
• Establece medidas de orientación técnica por el Estado al Manejo Forestal Comunitario.
• Dispone la formulación de programas y proyectos infraestructura caminera, autogeneración
eléctrica y provisión autónoma de agua, y otras por la Unidad de Desarrollo Integral Amazónico
del Ministerio de la Presidencia.
• Dispone la ejecución de programas y proyectos de inversión para el MFC garantizando la gestión
integral de los bosques.
• Establece funciones en materia de MFC para el MDRyT, INIAF, ABT y Ministerio de Producción y
Microempresa.
• Establece facultades para las OFC en el ámbito del MFC.
• Dispone medidas de apoyo financiero para las OFC por el BDP y organismos de crédito.
22. Decreto Supremo Nº 942, 2 de agosto de
2011
• Reglamenta parcialmente el Seguro Agrario Universal
"Pachamama", mediante la implementación del Seguro
Agrario para Municipios con mayores niveles de Extrema
Pobreza – SAMEP.
23. Decreto Supremo Nº 99, 29 de abril de
2009
• Incorpora a las Organizaciones de Pequeños Productores -
OPP a los alcances del Decreto Supremo Nº 24463 de 27 de
diciembre de 1996, como sujetos pasivos del Régimen
Agropecuario Unificado.
24. Algunos lineamientos clave del enfoque
gubernamental
• Superar la visión de los PPII como entes ajenos al desarrollo.
• Vencer las dificultades de los PPII para actuar como empresas.
• Se trata de una opción de índole político económico.
• El Vivir Bien/Buen Vivir se materializa a partir de un enfoque
ortodoxo.
• “No se podrá constituir un modelo económico social comunitario si
no es transformando las relaciones sociales de producción
capitalistas, así como las formas de transferencia de valor desde las
economías comunitarias hacia las economías capitalistas”.
• Está orientado a beneficiar la soberanía alimentaria con generación
de excedentes.
25. Algunos lineamientos clave del enfoque
gubernamental
• Superar la visión de los PPII como entes ajenos al desarrollo.
• Vencer las dificultades de los PPII para actuar como empresas.
• Se trata de una opción de índole político económico.
• El Vivir Bien/Buen Vivir se materializa a partir de un enfoque
ortodoxo.
• “No se podrá constituir un modelo económico social comunitario si
no es transformando las relaciones sociales de producción
capitalistas, así como las formas de transferencia de valor desde las
economías comunitarias hacia las economías capitalistas”.
• Está orientado a beneficiar la soberanía alimentaria con generación
de excedentes.
26. Algunos lineamientos clave del enfoque
gubernamental
• En perspectiva de la economía plural y de la planificación de largo plazo,
resulta imprescindible para el Derecho Forestal boliviano, comenzar a asimilar
los nuevos alcances de los roles otorgados a los pueblos indígenas, emergentes
del reconocimiento de sus derechos a la autodeterminación, al desarrollo, así
como a las implicaciones del ejercicio de sus formas de organización
tradicionales y a su nueva condición de actores productivos.
• El desarrollo local es otro ámbito que deberá ser considerado por la futura
reforma de la normativa del sector forestal, vinculado al rol de los gobiernos
locales y al desenvolvimiento del proceso autonómico.
• Debido a la presencia de un sector indígena mayoritario que participa en el
ciclo productivo y de transformación de los recursos forestales, el nuevo
régimen forestal boliviano debería privilegiar la consideración de los roles que
juega este sector, orientado esencialmente por las políticas del gobierno, el
derecho al desarrollo de los pueblos indígenas que reconoce la Constitución
boliviana y la planificación de largo plazo.