Este documento resume los artículos 1 al 15 de la ley de comercio electrónico de Ecuador. El artículo 1 establece que la ley regula los servicios electrónicos y protege a los usuarios. El artículo 2 reconoce la validez legal de los mensajes de datos. El artículo 8 establece los requisitos para la conservación válida de los mensajes de datos, incluida la accesibilidad, el formato y la integridad de la información. El artículo 13 explica que las firmas electrónicas identifican al remitente
Análisis de los artículos 1 y 19 de la ley de comercio electrónico y firmas electrónicas
1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
EXTENSIÓN PUYO
TEMA:
Análisis de los artículos 1 y 19 de la ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y
mensajes de datos
ESTUDIANTE:
Saskia Pérez
DOCENTE:
Ing. Miguel Velastegui
Puyo-2016
2. Art 1.- Objeto de la Ley
Esta ley se encarga de la regulación de toda clase de servicios electrónicos y la protección de
las personas que utilizan estos sistemas.
Art 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos
Este artículo se refiere a que los mensajes escritos, como los mensajes de datos; tendrán la
misma validez jurídica sin excepciones.
Art 3.- Incorporación por remisión
Tendrá validez jurídica la información que no este directamente contenida a los mensajes de
datos.
Art 4.- Propiedad intelectual
Los mensajes de datos estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales
relativos a la propiedad intelectual.
3. Art 5.- Confidencialidad y reserva
Existen principios de confidencialidad y reserva para los mensajes de datos en cualquiera de las formas, la
transferencia de información ilegal será sancionada conforme a lo dispuesto e la ley.
Art 6.- Información escrita
En este artículo nos explica que cuando la información se conste por escrito, quedara indicado y cumplido
con un mensaje de dato.
Art 7.- Información original
En este artículo podemos entender que la información original puede comprobarse que ha conservado la
integridad de la información, a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma
definitiva, como mensaje de datos.
Art 8.- Conservación de los mensajes de datos
En el articulo ocho nos dice que debe cumplir los siguientes requisitos para que tenga validez los mensajes
de datos:
Que la información que contenga sea accesible para su posterior consulta.
Que sea conservado con el formato en el que se haya generado, enviado o recibido, o con algún formato
que sea demostrable que reproduce con exactitud la información generada, enviada o recibida.
c. Que se conserve todo dato que permita determinar el origen, el destino del mensaje, la fecha y hora en
que fue creado, generado, procesado, enviado, recibido y archivado.
d. Que se garantice su integridad por el tiempo que se establezca en el reglamento a esta ley.
4. Art 9.- Protección de datos
En este articulo nos explican que para la protección de datos y la confidencialidad de los
mismos la constitución de la republica del Ecuador los protege para que estos no sean
violentados.
Art 10.- Procedencia e identidad de un mensaje de datos
En este articulo nos da a entender que salvo que exista una prueba que demuestre lo
contrario se dará por entendido que un mensaje de datos proviene de quien lo envía y
autoriza a quien lo recibe.
Art 11.- Envió y recepción de los mensajes de datos
Lo que nos da a entender este articulo es que siempre va a existir un emisor y un receptor
del mensaje de datos por lo cual el mensaje ingresa a la red y el mismo podrá elegir el
destinatario y el lugar a donde se enviara el mensaje de datos.
Art 12.- Duplicaciones del mensaje de datos
Aquí nos da a entender que cada mensaje de datos será considerado diferente, Si llegaría a
existir duda de los datos, las partes tendrían la potestad de confirmar con nuevo mensaje y
tendrán la obligación de verificar la autenticidad del mismo.
5. Art 13.- Firma electrónica
Aquí nos explica que la firma electrónica son utilizados para identificar al titular de la firma
con relación al mensaje de datos.
Art 14.- Efectos de la firma electrónica
En este articulo nos da a conocer los efectos de la firma electrónica, nos explica que se
reconocerán los mismos efectos jurídicos que las de una firma manuscrita.
Art 15.- Requisitos de la firma electrónica
Aquí nos habla sobre los requisitos que debe cumplir la firma electrónica para que tenga
validez:
a.Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular.
b. Que permita verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante
dispositivos técnicos de comprobación establecidos por esta Ley y sus reglamentos.
c. Que su método de creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable para el
propósito para el cual el mensaje fue generado o comunicado.
d. Que al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los que se creare se
hallen bajo control exclusivo del signatario.
e. Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.