La ley de comercio electrónico establece el reconocimiento jurídico de los mensajes de datos y las firmas electrónicas para darles validez y eficacia legal. Los mensajes de datos tendrán el mismo cumplimiento que las leyes si son reconocidos por las partes y no han sido alterados. La ley también contempla la protección de datos personales, la identidad de los emisores y receptores, y los requisitos y efectos de las firmas electrónicas para garantizar su validez en juicios.
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
Analisis juridico de informatica
1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE
LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
MATERIA
DERECHO INFORMÁTICO
ESTUDIANTE
LIZBETH CASTILLO
NIVEL
CUARTO A
3. ARTICULO 1 .- OBJETO DE LA LEY
La finalidad de la ley de comercio electrónico es controlar, los sistemas de
información en el marco de la informática y que así se pueda proteger a cada uno de
sus usuarios.
ARTICULO 2.-RECONOCIMIENTO JURÍDICO DE LOS MENSAJES DE DATOS
Los mensajes de datos en el campo virtual tendrán el mismo cumplimento de las
leyes , contemplando validez y eficacia en la ley.
4. ARTICULO 3.- INCORPORACIÓN POR REMISIÓN.
Los mensajes de datos que sean reconocidos por las partes tendrán validez jurídica,
siempre y cuando tenga el conocimiento de los autores de los mismos.
ARTICULO 4.-PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los mensajes de datos, también contemplaran sanciones conforme a las leyes
legalmente establecidas .
5. ARTICULO 5.-CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA
Se establecerán principios a favor de los mensajes de datos y en que caso de que
hayan sido divulgados sin ninguna autorización se sancionara conforme a lo
establecido en la ley.
ARTICULO 6.-INFORMACIÓN ESCRITA
Para que un mensaje de datos pueda constar por medio de escrito, requerirá cierta
información en caso de sea accesible a la misma.
6. ARTICULO 7.- INFORMACIÓN ORIGINAL
Se considera la originalidad de un mensaje de datos siempre y cuando este no sea
alterado en su contenido y dicha información sea fidedigna desde su fuente emitida
ARTICULO 8.-CONSERVACIÓN DE LOS MENSAJES DE DATOS
Todo tipo de información que sea calificada por medio de la ley de comercio
electrónico, tendrá que cumplir, y diferentes parámetros para que dicha información
sea conservada
7. ARTICULO 9.- PROTECCIÓN DE DATOS
Para la protección de datos, toda información será considerada de carácter personal e
intimo, por lo que se requerirá el consentimiento del involucrado para que dicha
información pueda ser divulgada, bajo las normas de la constitución de la republica
del Ecuador u otros organismos.
ARTICULO 10.-PROCEDENCIA E IDENTIDAD DE UN MENSAJE DE DATOS
La identidad o procedencia de mensajes de datos será verificada, tanto del emisor
como el receptor, y solo en ciertos casos no procederá dicha identificación.
8. ARTICULO 11.-ENVÍO Y RECEPCIÓN DE LOS MENSAJES DE DATOS.
Para el envió y recepción de mensajes de dato siempre se tomar en cuenta la emisión,
recepción y los lugares de envió.
ARTICULO 12.-DUPLICACIÓN DEL MENSAJE DE DATOS
Los mensajes de datos contemplaran cierta particularidad, y en caso de no serlo así se
recurrirá a su fuente.
9. ARTICULO 13.-FIRMA ELECTRÓNICA
Las firmas electrónicas serán los títulos de diferentes servicios electrónicos, en los
cuales constara información que sirva para la identificación de las mismas.
ARTICULO 14.- EFECTOS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
La firma electrónica servirá tal cual como un escrito, y tendrá validez jurídica, siendo
un instrumento para un juicio.
10. ARTICULO 15.-REQUISITOS DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
La firma electrónica constara de diferentes requisitos y uno de ellos y el mas
importante es que será individual en su estructura, sin daños ocasionados a las otras
partes.
ARTICULO 16.-LA FIRMA ELECTRÓNICA EN UN MENSAJE DE DATOS
En caso de que la firma electrónica sea emitida por medio de un mensaje de datos,
deberá realizarse todo acto de esta manera y por tal también al cumplimiento de la
ley, conforme a lo prescrito.
11. ARTICULO 17.-OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA FIRMA ELECTRÓNICA.
El titular principal de una firma electrónica deberá cumplir con ciertas obligaciones
principales como: actuar con personería y diligencia efectiva, notificar, verificar etc.
ARTICULO 18.-DURACIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
El periodo de cada firma electrónica será de una manera indefinida y podrán ser
disueltas o también suspendidas conforme a la ley.
ARTICULO 19.-EXTINCIÓN DE LA FIRMA ELECTRÓNICA
La extinción de una firma electrónica será por diferentes factores, pero no sera motivo
de incumplimiento de responsabilidades por parte del titular.