La SC recibió un informe de la FGR donde se refiere a las multas impuestas por la SC por infracciones a la Ley de Competencia. En el informe se detalla que la FGR ha realizado gestiones de cobro con lo que ha obtenido un compromiso de pago por seis cuotas mensuales, a partir de febrero del presente año, por parte de cuatro empresas.
SC recibió informe sobre pago de $318 mil en multas
1. Comunicado de Prensa C. 09-10
Antiguo Cuscatlán, 17 de marzo de 2010.
SC recibió informe sobre pago de $318 mil en
multas
La Superintendencia de Competencia (SC) recibió un informe de la Fiscalía General de la República
(FGR) con las gestiones de cobro y compromisos de pago de multas impuestas a empresas por
prácticas anticompetitivas.
“Es un paso importante La SC recibió un informe de la FGR donde se refiere a las multas impuestas por la
que la FGR haya SC por infracciones a la Ley de Competencia. En el informe se detalla que la FGR
gestionado estas multas y ha realizado gestiones de cobro con lo que ha obtenido un compromiso de pago
que los agentes por seis cuotas mensuales, a partir de febrero del presente año, por parte de
económicos las estén cuatro empresas.
cancelando. Sin embargo,
también es importante el En el informe emitido por el Fiscal General, Romeo Benjamín Barahona Meléndez,
cese de las prácticas también incluye la fotocopia de los recibos de ingreso que amparan la cancelación
anticompetitivas, en de la primera cuota correspondiente al mes de febrero, en total los abonos de las
beneficio de la eficiencia multas pagadas suman $318,080.00.
económica y de los
Las multas, que fueron impuestas por el Consejo Directivo (CD) de la SC, deben
consumidores”, informó
ingresar al Fondo General de la Nación. No existe justificación alguna para que
José Enrique Argumedo,
éstas no hayan sido canceladas.
Presidente del Consejo
Directivo de la Según el Art. 73 del Reglamento de la Ley de Competencia, el obligado al pago de
Superintendencia de una multa deberá presentar a la SC original y fotocopia del recibo de ingreso
Competencia. emitido por la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda, a más
tardar tres días después de efectuado el pago, como constancia de cumplimiento
de su obligación.
El Art. 74 de dicho reglamento establece que transcurridos ocho días después de declarada firme la
resolución del CD, y si la multa no ha sido pagada: “el Superintendente solicitará al Fiscal General de la
República, que los adeudos respectivos, se hagan efectivos por la vía de la ejecución”.
Empresa sancionada Multa total por pagar Abono de multa mes de
febrero
AES CLESA Y COMPAÑÍA, S. EN C. DE C.V. $17,040.00 $2,840.00
Compañía de Alumbrado Eléctrico de San Salvador $17,040.00 (Caso Villa Nejapa) $2,840.00
S.A. de C.V.
Compañía de Alumbrado Eléctrico de San Salvador $170,400.00 (Caso Zona San $28,400.00
S.A. de C.V. Bartolo)
ESSO STANDARD OIL, S.A. LIMITED $852,000.00 $142,000.00
Distribuidora SHELL de El Salvador, S.A. $852,000.00 $142,000.00
TOTAL US$1,908,480.00 US$318,080.00
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2. Síntesis de estado de multas impuestas
Cantidad de multas impuestas 38
Cantidad de agentes económicos sancionados 31
Monto total de multas impuestas $6,154,977.47
Cantidad de multas pagadas en su totalidad 7
Cantidad de agentes económicos que pagaron las multas en su totalidad 7
Cantidad de multas pagadas parcialmente 5
Cantidad de agentes económicos que han pagado las multas parcialmente 4
Monto de multas pagadas (en su totalidad y parcialmente) $384,379.39
Monto de multas pendientes de pago $5,770,598.08
Cantidad de multas pendientes de pago 31
Cantidad de agentes económicos con multas pendientes de pago 24
Cantidad de multas no pagadas injustificadamente 25
Cantidad de agentes económicos que, injustificadamente, no han pagado la
20
multa en su totalidad
Monto de multas pendientes de pago sin justificación $3,771,055.08
INFORME TOTAL DE MULTAS
Art. 38 inc. 6º de la LC – Falta de colaboración
Art. 30 letra a) de la LC – Abuso de posición dominante
Art. 30 letras b) y d) de la LC – Abuso de posición dominante
Art. 25 letra a) de la LC – Acuerdo entre competidores
Art. 25 letra d) de la LC - Acuerdo entre competidores
Sujetos sancionados por Infracciones Sanciones y/o medidas Cumplimiento Motivo del incumplimiento de la
No.
la SC cometidas impuestas por la SC de la sanción sanción
La Sala de lo Contencioso
Administrativo ordenó la
1 FERSON, S.A. DE C.V. Falta de colaboración $14,984.64 No
suspensión provisional del cobro de
la multa.
No existe justificación. El cobro de
2 QUIMEX, S.A. DE C.V. Falta de colaboración $14,133.24 No la sanción ya está en manos de la
FGR.
LABORATORIOS LÓPEZ,
3 Falta de colaboración $16,857.72 Si
S.A. DE C.V.
BILLY CAÑAS, S.A. DE
4 Falta de colaboración $1,532.52 Si
C.V.
LABORATORIOS
5 Falta de colaboración $4,955.15 Si
PHARMASIL, S.A. DE C.V.
$170,400.00 y orden de No existe justificación. El cobro de
Abuso de posición coordinar trabajos con B&D la sanción ya está en manos de la
6 CAESS, S.A. de C.V. No
dominante Servicios Técnicos, S.A. de FGR. Se ha pagado parcialmente
C.V. $28,400.00
No existe justificación. El cobro de
Abuso de posición la sanción ya está en manos de la
7 CAESS, S.A. de C.V. $17,040.00 No
dominante FGR. Se ha pagado parcialmente
$2,840.00
8 AES-CLESA Y CIA. S. EN Abuso de posición $17,040.00 No No existe justificación. El cobro de
C. DE C.V. dominante la sanción ya está en manos de la
FGR. Se ha pagado parcialmente
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3. $2,840.00
DISTRIBUIDORA DE No existe justificación. El cobro de
Abuso de posición
9 ELECTRICIDAD DEL SUR, $17,040.00 No la sanción ya está en manos de la
dominante
S.A. DE C.V. FGR.
DISTRIBUIDORA DE No existe justificación. El cobro de
Abuso de posición
10 ELECTRICIDAD DEL SUR, $25,560.00 No la sanción ya está en manos de la
dominante
S.A. DE C.V. FGR.
La orden de cese de la práctica ha
sido suspendida provisionalmente
por la Sala de lo Contencioso
$852,000.00 y orden de
Administrativo. Respecto al
ESSO STANDARD OIL, Abuso de posición cese de la política
11 No incumplimiento al pago de la multa,
S.A. LIMITED dominante comercial que provocó la
no existe justificación. El cobro de
infracción.
la sanción ya está en manos de la
FGR. Se ha pagado parcialmente
$142,000.00
La orden de cese de la práctica ha
sido suspendida provisionalmente
por la Sala de lo Contencioso
$852,000.00 y orden de Administrativo. Respecto al
SHELL EL SALVADOR, Abuso de posición cese de la política incumplimiento al pago de la multa,
12 No
S.A. dominante comercial que provocó la no existe justificación. El cobro de
infracción. la sanción ya está en manos de la
FGR. Se ha pagado parcialmente
$142,000.00
NEAGRO, S.A. PUESTO
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
DE BOLSA DE
13 anticompetitivo entre $5,112.00 No la sanción ya está en manos de la
PRODUCTOS
competidores FGR.
AGROPECUARIOS
LATIN TRADE, S.A.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
PUESTO DE BOLSA DE
14 anticompetitivo entre $5,112.00 No la sanción ya está en manos de la
PRODUCTOS
competidores FGR.
AGROPECUARIOS
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
15 SBS, S.A. anticompetitivo entre $5,112.00 No la sanción ya está en manos de la
competidores FGR.
LAFISE AGROBOLSA,
Acuerdo
S.A. PUESTO DE BOLSA
16 anticompetitivo entre $5,112.00 SI
DE PRODUCTOS
competidores
AGROPECUARIOS
INTERPRODUCTOS, S.A.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
PUESTO DE BOLSA DE
17 anticompetitivo entre $5,112.00 No la sanción ya está en manos de la
PRODUCTOS
competidores FGR.
AGROPECUARIOS
GRANOS
CONTINENTALES, S.A. Acuerdo No existe justificación. El cobro de
18 PUESTO DE BOLSA DE anticompetitivo entre $5,112.00 No la sanción ya está en manos de la
PRODUCTOS competidores FGR.
AGROPECUARIOS
Abuso de posición $29,820.00 y orden de cese
19 SALAZAR R., S.A. DE C.V. Si
dominante del bloqueo.
Abuso de posición
BOSS VISION, S.A. DE $4,260.00 y orden de cese
20 dominante Si
C.V. del bloqueo.
Competencia)
La Sala de lo Contencioso
Acuerdo
Administrativo ordenó la
21 MOL, S.A. DE C.V. anticompetitivo entre $1,971,015.16 No
suspensión provisional del cobro de
competidores
la multa.
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4. Sujetos sancionados por Infracciones Sanciones y/o medidas Cumplimiento Motivo del incumplimiento de la
No.
la SC cometidas impuestas por la SC de la sanción sanción
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
22 HARISA, S.A. DE C.V. anticompetitivo entre $2,061,406.20 No la sanción ya está en manos de la
competidores FGR.
No existe justificación. El cobro de
23 VELIMAR, S.A. DE C.V. Falta de colaboración $250.74 No la sanción ya está en manos de la
FGR.
La Sala de lo Constitucional ha
CTE TELECOM
24 Falta de colaboración $3,762.00 No suspendido provisionalmente el
PERSONAL, S.A. DE C.V.
cobro de la multa.
La Sala de lo Constitucional ha
CTE TELECOM
25 Falta de colaboración $3,762.00 No suspendido provisionalmente el
PERSONAL, S.A. DE C.V.
cobro de la multa.
COMPAÑÍA DE
La Sala de lo Constitucional ha
TELECOMUNICACIONES
26 Falta de colaboración $3,762.00 No suspendido provisionalmente el
DE EL SALVADOR, S.A.
cobro de la multa.
DE C.V.
27 DIGICEL, S.A. DE C.V. Falta de colaboración $3,762.00 Si
TELEFONICA MOVILES No existe justificación. El cobro de
28 EL SALVADOR, S.A. DE Falta de colaboración $7,900.20 No la sanción ya está en manos de la
C.V. FGR.
La Sala de lo Contencioso
TELEFONICA MOVILES
Administrativo ordenó la
29 EL SALVADOR, S.A. DE Falta de colaboración $2,257.20 No
suspensión provisional del cobro de
C.V.
la multa.
No existe justificación. El cobro de
TELEMOVIL EL
30 Falta de colaboración $4,138.20 No la sanción ya está en manos de la
SALVADOR, S.A.
FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
U-TRAVEL SERVICE, S.A.
31 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
DE C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
U-TRAVEL SERVICE, S.A.
32 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
DE C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
AMATE TRAVEL, S.A. DE
33 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
AMATE TRAVEL, S.A. DE
34 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
INTER-TOURS, S.A. DE
35 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
INTER-TOURS, S.A. DE
36 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
C.V.
competidores FGR.
Acuerdo No existe justificación. El cobro de
AGENCIA DE VIAJES
37 anticompetitivo entre $3,046.50 No la sanción ya está en manos de la
ESCAMILLA, S.A. DE C.V.
competidores FGR.
38 PROLAICA, S.A. DE C.V. Falta de colaboración $3,341.00 No No existe justificación.
Antecedentes
7 enero 2008 La SC solicitó por primera vez a la FGR el pago de las multas impuestas.
8 septiembre 2008 La SC solicitó por segunda vez a la FGR el pago de las multas impuestas.
16 septiembre 2008 La SC solicitó por tercera vez a la FGR el pago de las multas impuestas.
24 septiembre 2009 La SC solicitó por cuarta vez a la FGR el pago de las multas impuestas.
5 marzo 2010 SC recibió informe de FGR con abono de multas impuestas.
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