1. TRABAJO DE MACROECONOMIA NIVEL 3 DE
ADMINISTRACION DE EMPRESAS
ESTUDIANTES: ANATILDE MOSQUERA
ELISABETH PALACIOS
Y BEATRIZ MURILLO
PROFESOR:
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CHOCÓ (UTCH)
12/2/2022
5. ¿QUE ES EL BANCO DE LA REPUBLICA?
El Banco de la República es un órgano del Estado de naturaleza única, con
autonomía administrativa, patrimonial y técnica, que ejerce las funciones de banca
central. Según la Constitución, el principal objetivo de la política monetaria es
preservar la capacidad adquisitiva de la moneda, en coordinación con la política
económica general, entendida como aquella que propende por estabilizar el producto
y el empleo en sus niveles sostenibles de largo plazo. En ejercicio de esta función
adopta las medidas de política que considere necesarias para regular la liquidez de
la economía y facilitar el normal funcionamiento del sistema de pagos, velando por la
estabilidad del valor de la moneda.
Las funciones especiales asignadas al Banco comprenden la de regular la moneda,
los cambios internacionales y el crédito, emitir la moneda legal colombiana,
administrar las reservas internacionales, ser prestamista y banquero de los
establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del Gobierno. Como parte de
sus funciones, el Banco también contribuye a la generación de conocimiento y a la
actividad cultural del país.
Gestión del banco de la republica basada en
macro procesos
El Banco de la República presta sus servicios y ejecuta sus funciones con un
enfoque de gestión basado en 9 macro procesos misionales que se apoyan en 10
macro procesos corporativos así:
6. Proceso de toma de decisiones de política monetaria,
cambiaria y crediticia
De acuerdo con la Constitución Política y la Ley 31 de 1992, la Junta Directiva del Banco de
la República es autoridad monetaria, cambiaria y crediticia. En desarrollo de esta
competencia, le corresponde estudiar y adoptar las medidas monetarias, crediticias y
cambiarias para regular la circulación monetaria y en general la liquidez del mercado
financiero y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos de la economía,
velando por la estabilidad de la moneda.
Política monetaria: la estrategia de inflación
objetivo en Colombia
La política monetaria en Colombia tiene como objetivo mantener una tasa de
inflación baja y estable, y alcanzar el máximo nivel sostenible del producto y del
empleo. De esta forma, la política monetaria cumple con el mandato de la
Constitución de velar por mantener el poder adquisitivo del peso y contribuye a
mejorar el bienestar de la población.
Para lograr sus objetivos, el Banco de la República sigue un esquema de inflación
objetivo en un régimen de tipo de cambio flexible. Bajo este esquema, las acciones
de política monetaria están encaminadas a que la inflación futura se sitúe en la meta
fijada en el horizonte de política. En Colombia, dicha meta fue fijada por la JDBR en
7. 3% (con un margen admisible de desviación de ±1 punto porcentual). Esta meta se
refiere a la inflación de precios al consumidor, que se mide estadísticamente como la
variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Con el objetivo de alcanzar la meta de inflación, el Banco de la República fija la tasa
de interés de referencia, también conocida como tasa de interés de política
monetaria o de intervención. El Banco ajusta la oferta de dinero para garantizar que
el Indicador Bancario de Referencia (IBR) a un día esté cerca de la tasa de interés
de política monetaria. Los cambios en la tasa de referencia afectan la inflación y el
crecimiento de corto plazo a través de distintos mecanismos de transmisión
La flexibilidad del tipo de cambio que acompaña el esquema de inflación objetivo
tiene dos objetivos. Primero, le permite al Banco de la República tener una política
monetaria independiente que tenga en cuenta la situación de la economía
colombiana y que le posibilita cumplir con sus funciones constitucionales. Segundo,
la tasa de cambio flexible suaviza el efecto que choques externos, como variaciones
en el precio internacional del petróleo, podrían tener sobre la economía.
Política de intervención cambiaria
La estrategia de la política del Banco de la República busca mantener una tasa de
inflación baja y estable, así como alcanzar niveles del producto cercanos a su valor
potencial. Asimismo, la política del Banco contribuye a la preservación de la
estabilidad financiera y del sistema de pagos. La flexibilidad cambiaria es
considerada un elemento fundamental para el logro de estos objetivos. En primer
lugar, en un régimen con flexibilidad cambiaria la tasa de cambio opera como una
variable de ajuste ante los choques que recibe la economía, reduciendo la volatilidad
de la actividad económica. En segundo lugar, la flexibilidad cambiaria permite utilizar
de forma independiente la tasa de interés como un instrumento para acercar la
inflación y el producto a sus valores deseados. En tercer lugar, la flexibilidad
cambiaria reduce los incentivos a la toma excesiva de riesgo cambiario por parte de
los agentes de la economía, lo cual es vital para mantener la estabilidad financiera.
No obstante lo anterior, el Banco de la República como autoridad cambiaria tiene la
potestad de intervenir en el mercado de divisas. Dicha intervención no limita la
flexibilidad cambiaria, no pretende fijar o alcanzar algún nivel específico de la tasa de
cambio y persigue objetivos compatibles con la estrategia de inflación objetivo.
Específicamente, la intervención del Banco busca: i) incrementar el nivel de reservas
internacionales para reducir la vulnerabilidad externa y mejorar las condiciones de
acceso al crédito externo; ii) mitigar movimientos de la tasa de cambio que no
reflejen claramente el comportamiento de los fundamentales de la economía y que
puedan afectar negativamente la inflación y la actividad económica; y iii) moderar
desviaciones rápidas y sostenidas de la tasa de cambio respecto a su tendencia con
el fin de evitar comportamientos desordenados de los mercados financieros.
Para garantizar la compatibilidad de la intervención cambiaria con la estrategia de
inflación objetivo, las compras y ventas de divisas son esterilizadas en la medida
necesaria para estabilizar la tasa de interés de corto plazo en el nivel que la JDBR
considere coherente con el cumplimiento de las metas de inflación y con la evolución
del producto alrededor de su nivel potencial. Esto significa que la expansión o
8. contracción monetaria generada por las compras o ventas de divisas se compensa
para que la tasa de interés de corto plazo no se aparte del nivel prescrito por la
JDBR.
En la decisión de intervención se tienen en cuenta sus beneficios, sus costos para el
país y su efecto en los estados financieros del Banco. Los montos de compra de
divisas se determinan de manera tal que el nivel de liquidez externa del Banco de la
República cubra el déficit externo, los pagos de deuda externa y otros potenciales
movimientos de capitales.
Política crediticia
1. La Ley 31 de 1992 constituye el marco general de referencia para el ejercicio de
las funciones atribuidas al Banco de la República como Banco Central y a la Junta
Directiva (JDBR) como autoridad crediticia.
La Corte Constitucional1
se ha pronunciado en diversas oportunidades sobre la
competencia establecida por la Constitución Política y la ley en materia de regulación
crediticia reconociendo de manera constante la condición de autoridad reguladora
del crédito de la JDBR, así como la autonomía de que goza para el ejercicio de sus
funciones. Estas funciones deben ser ejercidas conforme a la ley que dicte el
Congreso, el cual no podrá desconocer o menoscabar su autonomía.
2. Dentro del marco de instrumentos asignados por el legislador, la JDBR puede
tomar medidas de carácter macro prudencial cuya implementación es excepcional y
temporal cuando se evidencian fallas de mercado y riesgos financieros, como la
sobrevaloración del precio de los activos, a efectos de preservar el funcionamiento
adecuado del sistema de pagos, así como apoyar la estabilidad financiera.
En este orden, se encuentra la intervención administrativa a las tasas de interés,
facultad que comprende el señalamiento de límites máximos a los intereses
remuneratorios de las operaciones activas y pasivas de los establecimientos de
crédito, sin que estos límites puedan inducir tasas reales negativas. La Junta ha
ejercido esta potestad en pocas ocasiones y por periodos muy limitados
exclusivamente sobre las operaciones activas2.
Adicionalmente, la JDBR puede establecer controles al crecimiento de las
operaciones de crédito y, en general, de las operaciones activas de los
establecimientos de crédito3
.
3. Otro instrumento con el que cuenta la JDBR es el establecimiento de encajes a las
entidades financieras que reciben depósitos y captaciones del público. Esta medida
tiene como objetivo el mantenimiento de una reserva de liquidez que permita a los
intermediarios solventar problemas transitorios de esta naturaleza. Considerando el
papel de las entidades financieras en la transformación de plazos (pasivos de corto
plazo hacia activos de más largo plazo), una salida inesperada de recursos puede
traducirse no sólo en dificultades de flujo de caja sino en una reducción en el valor
de sus activos. En estos casos el encaje sirve como mitigador de dichos riesgos.
9. Adicionalmente, este instrumento puede ser una herramienta complementaria de
política monetaria, hecho que en Colombia ha sido excepcional a través de la
imposición de encajes marginales. Con ellos se busca controlar excesos monetarios
y crediticios, así como reforzar los canales de transmisión de cambios en la tasa de
interés de intervención.
4. De otra parte, entre otras funciones crediticias, la JDBR está facultada para
señalar las condiciones financieras a las cuales deben sujetarse las entidades
públicas para adquirir o colocar títulos con el fin de que estas operaciones se
efectúen en condiciones de mercado. Adicionalmente, la ley le ha asignado
facultades relacionadas con el financiamiento del sector agropecuario. A este efecto,
está autorizada para fijar el monto de las inversiones obligatorias en Títulos de
Desarrollo Agropecuario (TDA) que deben suscribir las entidades financieras,
señalar las características de tales títulos (plazos y tasas de interés), así como
determinar las colocaciones sustitutivas de las inversiones obligatorias. Así mismo,
la JDBR está facultada para señalar límites de carácter general a las tasas de interés
de la cartera agropecuaria.
5. Desde al año 2000, dentro del marco del nuevo sistema de financiación de
vivienda creado por la Ley 546 de 1999 y dando estricto cumplimiento a los criterios
y procedimientos señalados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-955 de
2000, la JDBR establece el valor en pesos de la UVR con base en la inflación y los
límites a las tasas máximas de interés remuneratorio de los créditos destinados a la
financiación de vivienda en UVR y en pesos.
6. Para la toma de decisiones como autoridad monetaria y crediticia, en general el
BR hace un seguimiento al sistema financiero en su conjunto y a los mercados
financieros (deuda, divisas, mercado monetario, capitales ente otros) con el
propósito de identificar cuando se presentan situaciones que pueden comprometer la
estabilidad macroeconómica y financiera, así como el cumplimiento de las metas de
inflación. Este análisis macro prudencial que se efectúa permite identificar las
tendencias y los riesgos del sistema a fin de que la JDBR pueda adoptar las medidas
de manera oportuna para el logro de sus objetivos de política.
1. Sobre el tema se pueden mencionar, entre otras, las sentencias C-021 de 1999,
C-489 de 1994, C-256 de 1997, C-383 de 1999, C-481 de 1999, C-208 de 2000 y C-
827 de 2001.
2 Años 1992 y 1995.
3. Este control se ha implementado una vez en marzo de 1994, momento en que
se impuso un límite al crecimiento en el monto total de las operaciones activas,
incluyendo cartera, aceptaciones y avales. Esta medida fue derogada a partir de
agosto de 1994.
Otras funciones
Prestamista de última instancia de los
establecimientos de crédito
10. La Constitución ha asignado al Banco de la República la función de ser prestamista de
última instancia de los establecimientos de crédito mediante los apoyos transitorios de
liquidez (ATL). Esta función, complementaria a la provisión rutinaria de liquidez asociada con
la política monetaria y el buen funcionamiento de los sistemas de pago, tiene como propósito
minimizar el efecto contagio que pueda generar un problema de liquidez de una entidad
crediticia solvente sobre otras entidades financieras, propendiendo por la estabilidad del
sistema.
Apoyo al funcionamiento adecuado de los
sistemas de pago y prestación de servicios a las
entidades financieras
El Banco contribuye al buen funcionamiento de los sistemas de pago mediante la prestación
de diversos servicios a las entidades financieras, con los cuales se promueve una
liquidación segura, eficiente y oportuna de las operaciones. Estos servicios comprenden el
depósito y liquidación de valores, transferencias electrónicas de fondos, apertura y manejo
de cuentas de depósito y compensación interbancaria. Adicionalmente, provee liquidez
intradía a las entidades financieras para soportar las necesidades de los sistemas de pago y
regula el normal funcionamiento de los pagos internos y externos de la economía, en
particular los sistemas de pago de alto valor.
Producción y distribución de efectivo
El Banco de la República ejerce, en forma exclusiva e indelegable, la función estatal de
emitir la moneda legal y, en consecuencia, realiza la impresión, acuñación, cambio y
destrucción y puesta en circulación de especies monetarias.
Administración de las reservas internacionales
El Banco de la República administra las reservas internacionales con estrictos criterios de
seguridad, liquidez y rentabilidad. En ejercicio de esta función el Banco busca administrar las
reservas internacionales en la forma que más beneficie el interés del público y la economía
en general.
Agente fiscal del gobierno
La constitución y la Ley le asignan al Banco de la República varias funciones en relación con
el Gobierno. Se destacan la de servir como agente del Gobierno en la edición, colocación,
custodia y administración de papeles en el mercado de títulos de deuda pública; actuar
como agente fiscal en la contratación de créditos externos e internos, y en aquellas
operaciones que sean compatibles con los objetivos del Banco. La ley le ha asignado al
Banco de la República la de administrar algunos fondos de carácter público, como son el
11. Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (Frech), el Fondo de
Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP) y el Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE).
Contribución a la actividad cultural
La Ley 31 de 1992 determinó que el Banco podía continuar cumpliendo con las funciones
culturales y científicas que venía realizando desde los primeros años de fundado. En
desarrollo de esta facultad, el Banco contribuye a la actividad cultural del país mediante
cuatro líneas: la red de bibliotecas, Museos del oro, museo del arte, labor musical entre
otras.
Así es la labor cultural del banco de la republica
El Banco de la República, banco central de Colombia, ha estructurado a lo largo de
los años una labor cultural concebida como un proyecto a largo plazo que busca
contribuir con la gestión del patrimonio cultural de la nación, propiciar el acceso al
conocimiento y consolidar el sentido de ciudadanía. Es mediante estos grandes ejes
de trabajo, el económico y el cultural, que el Banco cumple a cabalidad su misión de
contribuir al bienestar de los colombianos.
A través de una red cultural en 29 ciudades del país, el Banco hace de la gestión
cultural un modelo sostenible, accesible e incluyente, que promueve la reflexión y el
pensamiento crítico y es referente para otras instituciones. Con estos objetivos,
realiza de forma continua y eficiente la labor musical y las acciones relacionadas con
sus colecciones de artes plásticas, documental, numismática, filatélica, arqueológica
y etnográfica.
El proyecto cultural nacional del Banco de la República se lleva a cabo en las
ciudades de Armenia, Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Buenaventura, Cali,
Cartagena, Cúcuta, Florencia, Girardot, Honda, Ibagué, Ipiales, Leticia, Manizales,
Medellín, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Popayán, Quibdó, Riohacha, San Andrés,
Santa Marta, Sincelejo, Tunja, Valledupar y Villavicencio, así como en el mundo
virtual con sus colecciones y programación.
Cada uno de estos centros culturales es un espacio concebido de acuerdo con la
vocación y las necesidades de su región y de sus públicos; del mismo modo
responden sus colecciones, sus servicios culturales y la programación permanente.
Al funcionar como un sistema en red, los centros culturales desarrollan su labor
mediante una interacción constante, en aras de ofrecer servicios más completos e
integrales a sus comunidades.
12. Contribución a la generación de conocimiento
El Banco de la República es un centro de generación de conocimiento muy importante para
el país. Esta labor se desarrolla mediante proyectos de investigación económica y
financiera de relevancia para Colombia, la producción y difusión de estadísticas con los más
altos estándares de calidad, y el fomento de la educación económica y financiera.
Atribuciones adicionales asignadas al banco de la
republica
Existen otras atribuciones asignadas a la JDBR que se desarrollan dentro de un
marco de coordinación con las facultades de regulación financiera y del mercado de
valores asignadas al Gobierno Nacional. Se mencionan, entre otras:
Emitir pronunciamiento previo sobre la incidencia que en las políticas a su
cargo tendrían las nuevas operaciones que el Gobierno Nacional se proponga
autorizar a las instituciones financieras. (literal a, numeral 1 del artículo 48 del
EOSF). Se resalta que el Gobierno está obligado de manera general a tener
en cuenta los objetivos de las políticas monetaria, cambiaria y crediticia y de
la política económica en general, para efectos del ejercicio de las facultades
de intervención en la actividad financiera y aseguradora (Artículo 47 del
EOSF)
Emitir concepto previo sobre la incidencia que en las políticas a su cargo
tendría la regulación que expida el Gobierno sobre los sistemas de pago de
bajo valor y actividades vinculadas. (literal i), numeral 1 del artículo 48 del
EOSF).
Regular los sistemas de pago alto valor (artículo 66 de la Ley 964 de 2005)
Solicitar a través de la Superintendencia Bancaria la suspensión de nuevas
operaciones financieras que realicen las instituciones vigiladas por dicha
Superintendencia, cuando resulten contrarias a la política monetaria,
cambiaria o crediticia (artículo 19 de la Ley 31 de 1992).
Solicitar al Superintendente Financiero de Colombia la certificación de la tasa
de interés bancario corriente cuando por razones de variaciones sustanciales
de mercado ello sea necesario (artículo 20 de la ley 31 de 1992).
Señalar los términos y condiciones de las nuevas actividades del mercado de
valores, así como las relativas a los sistemas de negociación, registro,
compensación y liquidación de divisas, dentro del marco de la Ley del
mercado de Valores, que desarrollará el Banco de la República, previo
concepto del Gobierno Nacional, a fin de que este pueda pronunciarse sobre
la incidencia de dichas actividades en la prestación de servicios al mercado
de valores. (artículo 66 de la Ley 964 de 2005).
Regular los sistemas de negociación y registro de divisas o de sus derivados
y sus operadores, lo mismo que los sistemas de compensación y liquidación
de divisas o de sus derivados y a sus operadores. artículo 66 de la Ley 964 de
2005).
13. Billetes y monedas
Dentro de las funciones de banca central se encuentra la de emitir de manera
exclusiva e indelegable la moneda legal colombiana, constituida por billetes y
moneda metálica. En consecuencia, realiza la producción, emisión, provisión y
destrucción de especies monetarias.
La producción de los billetes se realiza en las instalaciones de la Central de
Efectivo en Bogotá y la acuñación de la moneda en la Fábrica de Moneda ubicada
en Ibagué. La emisión es el acto formal y contable por medio del cual se le da poder
liberatorio a los billetes y monedas producidos y terminados, el cual es materializado
con la suscripción del Acta de Emisión. Posterior a esto, se pone a circulación una
vez se produce un intercambio económico y cuya distribución se realiza en tres
canales principales: las ventanillas de atención al público del Banco de la República,
las entidades del sector financieros y bóvedas delegadas.
Billetes colombianos
Con la familia de billetes colombianos se da continuidad al concepto de biodiversidad
presentado en la familia de monedas que comenzó a circular desde 2012, exaltando la
riqueza natural de nuestro país. Como parte de la noción de familia, estos billetes cuentan
con elementos de seguridad, cuya ubicación y manera de verificar son comunes en todas las
denominaciones, facilitándole al público su comprobación y reconocimiento de la
autenticidad. Actualmente, esta familia está circulando de manera simultánea con los billetes
de anterior diseño, sirviendo ambos para hacer transacciones.