La jornada laboral máxima es de 45 horas semanales distribuidas en 5 o 6 días, con un máximo de 10 horas diarias. Las horas extras no pueden exceder 2 horas diarias y deben pagarse con un recargo mínimo del 50%. Los trabajadores tienen derecho a 30 minutos de descanso dentro de la jornada, descanso semanal los domingos y festivos, y 15 días de vacaciones anuales pagadas después de 1 año de servicio.