Reutilización y transparencia David Fernández Mena Bilbao-15 de Octubre de 2010
El acceso a la información del SP  El Sector Público o la información en manos del sector público apenas ha estado regulada hasta los últimos años. En otros países, se configuró como el derecho de petición del ciudadano, pero no garantizaba el acceso a la misma. La tradición jurídica sajona tiene mas tiempo avanzando en este terreno. En Latinoamérica, se comienza a reformar las constituciones para integrarlo en sus cartas de derechos fundamentales.
Contenido del derecho El acceso a la información en manos del sector público no esta considerado un derecho fundamental a dia de hoy Lógico, debido a la fecha de redacción de las constituciones y cartas de derechos fundamentales El TEDH reiteradamente se ha pronunciado en contra de reconocerlo Sin embargo, se observan excepciones y cambios de tendencia (educación, investigacion) aunque tímidos.
El acceso en España Tres grandes grupos normativos lo regulan en España Leyes de Patrimonio Historico y de Archivos Ley de Procedimiento Administrativo Comun (30/92) Ley de reutilización de Información del Sector Público (37/2007)
Leyes de Patrimonio Objetivo de estas leyes es mayormente, mantener el patrimonio en un adecuado estado de conservación y explotación La Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985, de 25 de junio Ejerce de ley “Marco” Múltiples normas adicionales
Leyes de Patrimonio (T. VII) Los documentos de cualquier época, siendo el criterio diferenciador el carácter público del documento.  Los documentos con una antigüedad superior a los cincuenta años. Los documentos con una antigüedad superior a los cien años, generados, conservados o reunidos por una persona física o una entidad jurídica privada. Documentos, que que sean declarados por la administración competente, si lo estima conveniente.
Leyes de archivos Dispersión normativa No existe Ley de Archivos Decreto 914/1969 de 8 de mayo que crea el AGA Reglamentos internos para dependencias (Defensa, interior) Leyes autonómicas
Ley 30/92 Régimen general de acceso Regulado todo en el articulo 37 Solamente aplicable al poder ejecutivo podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo
La Reutilización El enfoque de la reutilización no esta pensado para el acceso, sino para obtener un valor añadido de la información en poder del Sector Publico Enfoque económico: UE: 4 Billones de EUR USA: 45 Billones de EUR
Principios De acuerdo con la Directiva 2003/98 No obligatoriedad Libertad de Licenciamiento Libertad de “Tarifas” -Tasa o Precio Publico.
Estatus real de la implementación La ley se transpuso (bajo amenaza de sanción)  en la ley 37/2007 Proyectos  Aporta Ciudad de Zaragoza Gobierno Vasco (Open Data) Gobierno de Asturias.
Conflictos Limitaciones a los documentos e informaciones a reutilizar: Limite de la 30/92 Voluntariedad de las administraciones Cuestiones de Protección de Datos (anonimización) Propiedad Intelectual de terceros Presupuesto
Consecuencias Escasa reutilización en España Escasos informes oficiales sobre la cuestión en la UE (ePSI) Escasa difusión del patrimonio inmaterial de la administración En General, poco mercado basado en valores agregados sobre la información del sector publico Excepciones en lo jurídico y en lo financiero
Transparencia y Acceso La transparencia y el acceso a la información publica se basa en el principio general de que toda información que este en manos del sector publico, pertenece a los ciudadanos (80 países tienen ley. Excepciones obvias: Seguridad publica Protección de datos Convenio del Consejo de Europa sobre Derecho de acceso a la información.
Estatus La tecnologia fMRI ( resonancia magnetica funcional) permite ver la activación de ciertas zonas cerebrales en funcion de los estímulos externos. Lawrence A. Farwell funda una compañia (BrainSciencewaves) para emplear este tipo de tecnicas en sustitucion del poligrafo.
Principios El derecho a la información es un derecho de toda persona. El derecho de acceso se aplica a todas las entidades públicas. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.
Principios Los funcionarios tienen la obligación de ayudar a los solicitantes. Responsable de información. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de la información son la excepción Las denegaciones de acceso a la información deben ser limitadas y estar debidamente motivadas
Principios Toda persona tiene el derecho de recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información sobre sus funciones y gastos sin que sea necesario realizar una solicitud. El derecho de acceso a la información debe estar garantizado por un órgano independiente
Ley de Transparencia en España Anunciada hace dos años. Mencionada solamente en un medio de comunicación. El borrador del Proyecto de ley se filtró.
Contenido La AGPD sera el Órgano de Control o Garante Plazos largos (30 días) Falta definición en temas de PD y otros. Solo es un borrador.
Conclusiones En España es difícil reutilizar debido a la inexistencia de Ley de Transparencia El Patrimonio inmaterial de la administración no se difunde ni genera riqueza en la medida adecuada La Ley de Transparencia dará la vuelta a todo esto, exigiendo grandes cambios en la forma de manejar la información, exigiendo cambios técnicos, archivísticos y de mentalidad.

acceso bilbao

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    Reutilización y transparenciaDavid Fernández Mena Bilbao-15 de Octubre de 2010
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    El acceso ala información del SP El Sector Público o la información en manos del sector público apenas ha estado regulada hasta los últimos años. En otros países, se configuró como el derecho de petición del ciudadano, pero no garantizaba el acceso a la misma. La tradición jurídica sajona tiene mas tiempo avanzando en este terreno. En Latinoamérica, se comienza a reformar las constituciones para integrarlo en sus cartas de derechos fundamentales.
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    Contenido del derechoEl acceso a la información en manos del sector público no esta considerado un derecho fundamental a dia de hoy Lógico, debido a la fecha de redacción de las constituciones y cartas de derechos fundamentales El TEDH reiteradamente se ha pronunciado en contra de reconocerlo Sin embargo, se observan excepciones y cambios de tendencia (educación, investigacion) aunque tímidos.
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    El acceso enEspaña Tres grandes grupos normativos lo regulan en España Leyes de Patrimonio Historico y de Archivos Ley de Procedimiento Administrativo Comun (30/92) Ley de reutilización de Información del Sector Público (37/2007)
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    Leyes de PatrimonioObjetivo de estas leyes es mayormente, mantener el patrimonio en un adecuado estado de conservación y explotación La Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985, de 25 de junio Ejerce de ley “Marco” Múltiples normas adicionales
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    Leyes de Patrimonio(T. VII) Los documentos de cualquier época, siendo el criterio diferenciador el carácter público del documento. Los documentos con una antigüedad superior a los cincuenta años. Los documentos con una antigüedad superior a los cien años, generados, conservados o reunidos por una persona física o una entidad jurídica privada. Documentos, que que sean declarados por la administración competente, si lo estima conveniente.
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    Leyes de archivosDispersión normativa No existe Ley de Archivos Decreto 914/1969 de 8 de mayo que crea el AGA Reglamentos internos para dependencias (Defensa, interior) Leyes autonómicas
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    Ley 30/92 Régimengeneral de acceso Regulado todo en el articulo 37 Solamente aplicable al poder ejecutivo podrá ser ejercido, además de por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo
  • 9.
    La Reutilización Elenfoque de la reutilización no esta pensado para el acceso, sino para obtener un valor añadido de la información en poder del Sector Publico Enfoque económico: UE: 4 Billones de EUR USA: 45 Billones de EUR
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    Principios De acuerdocon la Directiva 2003/98 No obligatoriedad Libertad de Licenciamiento Libertad de “Tarifas” -Tasa o Precio Publico.
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    Estatus real dela implementación La ley se transpuso (bajo amenaza de sanción) en la ley 37/2007 Proyectos Aporta Ciudad de Zaragoza Gobierno Vasco (Open Data) Gobierno de Asturias.
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    Conflictos Limitaciones alos documentos e informaciones a reutilizar: Limite de la 30/92 Voluntariedad de las administraciones Cuestiones de Protección de Datos (anonimización) Propiedad Intelectual de terceros Presupuesto
  • 13.
    Consecuencias Escasa reutilizaciónen España Escasos informes oficiales sobre la cuestión en la UE (ePSI) Escasa difusión del patrimonio inmaterial de la administración En General, poco mercado basado en valores agregados sobre la información del sector publico Excepciones en lo jurídico y en lo financiero
  • 14.
    Transparencia y AccesoLa transparencia y el acceso a la información publica se basa en el principio general de que toda información que este en manos del sector publico, pertenece a los ciudadanos (80 países tienen ley. Excepciones obvias: Seguridad publica Protección de datos Convenio del Consejo de Europa sobre Derecho de acceso a la información.
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    Estatus La tecnologiafMRI ( resonancia magnetica funcional) permite ver la activación de ciertas zonas cerebrales en funcion de los estímulos externos. Lawrence A. Farwell funda una compañia (BrainSciencewaves) para emplear este tipo de tecnicas en sustitucion del poligrafo.
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    Principios El derechoa la información es un derecho de toda persona. El derecho de acceso se aplica a todas las entidades públicas. Realizar solicitudes debe ser sencillo, rápido y gratuito.
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    Principios Los funcionariostienen la obligación de ayudar a los solicitantes. Responsable de información. Principio de publicidad de la información: el secreto y la denegación de la información son la excepción Las denegaciones de acceso a la información deben ser limitadas y estar debidamente motivadas
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    Principios Toda personatiene el derecho de recurrir las denegaciones de acceso o la no contestación a las solicitudes realizadas. Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información sobre sus funciones y gastos sin que sea necesario realizar una solicitud. El derecho de acceso a la información debe estar garantizado por un órgano independiente
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    Ley de Transparenciaen España Anunciada hace dos años. Mencionada solamente en un medio de comunicación. El borrador del Proyecto de ley se filtró.
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    Contenido La AGPDsera el Órgano de Control o Garante Plazos largos (30 días) Falta definición en temas de PD y otros. Solo es un borrador.
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    Conclusiones En Españaes difícil reutilizar debido a la inexistencia de Ley de Transparencia El Patrimonio inmaterial de la administración no se difunde ni genera riqueza en la medida adecuada La Ley de Transparencia dará la vuelta a todo esto, exigiendo grandes cambios en la forma de manejar la información, exigiendo cambios técnicos, archivísticos y de mentalidad.