Este documento presenta las consideraciones más importantes para el tratamiento de actas observadas en el proceso electoral peruano. Explica que las actas observadas son aquellas que no pueden ser procesadas debido a errores o falta de información, y son remitidas a la Junta Electoral Especial para su resolución. También describe el procedimiento para la resolución de actas observadas por parte de la JEE, incluyendo la posibilidad de apelación de estas resoluciones ante el Jurado Nacional de Elecciones.